2. LAVADO Y BLANQUEO DE ACTIVOS Con el objeto de prevenir e impedir la utilización del sistema financiero y de otros sectores de la actividad económica, para encubrir el origen de fondos generados en actividades ilegales o criminales,(tráfico de drogas, corrupción, fraude fiscal, terrorismo, etc.) se publica la ley 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero (dentro del sistema de servicio público) y dicta diversas disposiciones para la prevención de estos ilícitos.
3. LAVADO Y BLANQUEO DE ACTIVOS Entre las principales disposiciones de establece que aquellos sujetos obligados en virtud de la Ley 19.913, deberán contar con un sistema de prevención de lavado o blanqueo de activos, el cual se basará en los siguientes componentes: