2. Pasado
Los docentes que
ingresaban al magisterio no
siempre cumplían con los
requisitos básicos
necesarios. Porque el marco
legal no les especificaba
con precisión.
Actualidad
Para ingresar a un servicio
publico y una carrera
educativa publica, se
deberá hacer siempre
mediante un concurso de
merito y oposición (Art.228
CE y Art.97 LOEI)
3. Alinear pruebas de ingreso al
magisterio con los estándares
de desempeño profesional.
Estándares De Desempeño
Profesional
• Orientan la mejora de la
labor profesional de
docentes y directivos del
sistema educativo
ecuatoriano.
• Su propósito es fomentar
en el aula una enseñanza
que permita que todos los
estudiantes alcancen los
perfiles de egreso o
aprendizajes declarados.
ESTANDARES
DE
DESEMPEÑO
PROFESIONAL
Estándares
de calidad
educativa
Modelo de
estándares de
desempeño
profesional
docente
Fundamentación
teórica de la propuesta
de estándares de
´desempeño
profesional docente
4. Traje Típico
SE REPLANTEA LA CARRERA DOCENTE PUBLICA
PARA QUE LE MAESTRO SE DESARROLLAR
COMO PROFESIONAL DE LA EDUCACIÓN.
SISITEMA DE EDUCACION
PUBLICA
POCO PERTINENTE Y DE ESCASO RIGOR
ACADEMICO
DESARROLLARSE
PROFESIONALMENTE
SISTEMA FORMACION
PROFESIONAL
DESEMPEÑO DE AULA
5. El Nuevo Marco Legal
DOCENTES
PÚBLICOS
DESARROLLO
DE
ESTRATEGIAS
ACTIVIDADES
PEDAGÓGICAS
6. El Nuevo Marco Legal
• Art. 204.- Proceso de evaluación,
retroalimentación y refuerzo académico.- A fin
de promover el mejoramiento académico y
evitar que los estudiantes finalicen el año
escolar sin haber cumplido con los aprendizajes
esperados para el grado o curso, los
establecimientos educativos deben cumplir,
como mínimo, con los procesos de evaluación,
retroalimentación y refuerzo académico.
7. El Nuevo Marco Legal
• Art. 207.- Reuniones con los representantes
legales de los estudiantes.- El docente debe
convocar a los representantes legales de los
estudiantes a por lo menos dos (2) reuniones
al año para determinar estrategias conjuntas,
a fin de promover el mejoramiento académico
de sus representados. Se debe dejar
constancia escrita de las recomendaciones y
sugerencias que se formulen para el
mejoramiento académico.
8. El Nuevo Marco Legal
• Informes de aprendizaje.- Las instituciones
educativas deben emitir en un formato oficial
definido por el Nivel Central de la Autoridad
Educativa Nacional informes parciales,
quimestrales y anuales de aprendizaje, que
expresen cualitativa y cuantitativamente el
alcance de los aprendizajes logrados por el
estudiante en cada una de las asignaturas, y en
los que se deben incluir recomendaciones para
promover el aprendizaje del estudiante.
1. Informe parcial de aprendizaje.
2. Informe quimestral de aprendizaje.
9. Selección de los mejores docentes con
concursos de méritos y oposición rigurosos y
transparentes
10. La formación inicial de docentes y
otros profesionales educativos en
el Ecuador ha tenido dificultades, y
esa puede ser una de las causas de
las carencias del sistema Educativo
Nacional
Art. 76.- La Universidad
Nacional de Educación,
para su creación, debe
cumplir con los requisitos
establecidos en la
Constitución de la
República y la Ley
Orgánica de Educación
Superior. El objetivo de
esta universidad es
fomentar el ejercicio de la
docencia, de cargos
directivos y
administrativos y de
apoyo en el Sistema
Nacional de Educación.