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PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 2015-2027
COMPONENTE RURAL
DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE
JORGE EDUARDO ROJAS GIRALDO
Alcalde de Manizales
JOSÉ FERNANDO OLARTE OSORIO
Secretario de Planeación
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Dr. Jorge Eduardo Rojas Giraldo, Alcalde
Dr. José Fernando Olarte Osorio, Secretario de Planeación
Coordinador General P.O.T
Arq. Jorge Andrés Castro Aguirre
Asesoría P.O.T
Abog. Esp. Derecho Urbano, Nelson Uribe Ramírez
Equipo Técnico P.O.T
Del. Arq. Diana María Alvarán Cardona
Arq. Juan David Arboleda Ramírez
Arq. Gustavo Adolfo Arteaga Botero
Geol. Diana Marcela Bedoya Marín
Com. Soc. Ángela María Betancurt Jaramillo
Soc. Ricardo Andrés Camargo Amézquita
Arq. Ángela María García Ríos
Adm. Luis Alfonso Giraldo Duque
Del. Arq. Liliana Gómez Cardona
Adm. Mauricio Gómez Trujillo
Geol. Juan Carlos Gutiérrez Arboleda
Ing. Ind. Marcelo Gutiérrez Guarín
Ing. Ana Milena Gutiérrez Ocampo
Adm. Sebastián Herrera Beltrán
Ing. Leonardo Leal García
Arq. Ana Isabel López Ospina
Abog. Jaime Marín Marín
Econ. Diana Patricia Martínez López
Ing. Amb. Paulo César Mejía Valencia
Arq. Lilia Millán Gaviria
Zoot. Jhon Jaime Muñoz Marín
Del. Arq. Omar Fabián Núñez Velasco
Ing. Amb. Tatiana Ochoa Cárdenas
Arq. Diana Patricia Osorio Hernández
Econ. Jairo Alonso Ospina Rincón
Arq. Fabio Salazar Sánchez
Arq. Claudia María Salazar Velásquez
Arq. María Luz Vásquez Jaramillo
Ing. Gustavo Adolfo Vélez Gutiérrez
Estad. Luz Dary Vergara Castrillón
Ing. María Isabel Zapata Tabares
Ing. Sist. Mauricio Andrés Zuluaga Giraldo
Geol. José Alfredo Zuluaga Vargas
Apoyo
Dr. Jorge Andrés Bernal Sánchez, Director Unidad de Gestión del Riesgo
Dra. María del Socorro Zuluaga Restrepo, Prof. Esp. Secretaría Jurídica.
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3. COMPONENTE RURAL
CONTENIDO
3.1 POLÍTICAS DE MEDIANO Y CORTO PLAZO SOBRE USO Y OCUPACIÓN EN ARMONÍA
CON EL MODELO ESTRUCTURAL DE LARGO PLAZO DEL COMPONENTE GENERAL........... 8
3.2 CATEGORÍAS DEL SUELO RURAL ........................................................................................ 11
3.2.1 CATEGORÍA DE PROTECCIÓN EN SUELO RURAL........................................................... 12
3.2.1.1 ÁREAS DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL (ESTRUCTURA ECOLÓGICA
PRINCIPAL) ..................................................................................................................................................... 12
3.2.1.1.1 CLASIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL................................................ 13
3.2.1.1.1.1 ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL RURAL (EEPR) .......................................................... 13
3.2.1.1.1.2 INFRAESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL (IER) ....................................................................... 31
3.2.1.1.1.3 ZONAS CON DESARROLLO CONDICIONADO ........................................................................... 41
3.2.1.2 ÁREAS PARA LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA Y DE EXPLOTACIÓN DE
RECURSOS NATURALES............................................................................................................................... 43
3.2.1.3 ÁREAS DEL SISTEMA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS ............................................. 51
3.2.1.3.1 AGUA Y SANEAMIENTO BÁSICO: ACUEDUCTOS VEREDALES, PLANTAS DE TRATAMIENTO
DE AGUA POTABLE Y AGUAS RESIDUALES................................................................................................ 53
3.2.1.3.2 ESCOMBRERAS MUNICIPALES..................................................................................................... 54
3.2.1.4 ÁREAS DE AMENAZA Y RIESGO ..................................................................................................... 55
3.2.1.4.1 CRITERIOS GENERALES DE ACTUACIÓN.................................................................................... 55
3.2.1.4.2 RIESGO IMPLÍCITO ......................................................................................................................... 57
3.2.1.4.3 SUELOS DE DESARROLLO CONDICIONADO............................................................................... 59
3.2.1.4.4 ÁREAS DE PROTECCIÓN POR AMENAZA Y RIESGO.................................................................. 61
3.2.1.5 ÁREAS E INMUEBLES CONSIDERADOS PATRIMONIO CULTURAL............................................. 62
3.2.1.5.1 PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO – BIENES INMUEBLES DE INTERÉS CULTURAL (BIC)........ 62
3.2.1.5.2 PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO Y PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO EN EL PAISAJE
CULTURAL CAFETERO .................................................................................................................................. 64
3.2.1.5.2.1 PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO............................................................................................... 64
3.2.1.5.2.2 PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO.................................................................................................. 73
3.2.1.5.3 RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA - PATRIMONIO INMATERIAL ........................... 73
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3.2.2 CATEGORÍA DE DESARROLLO RESTRINGIDO EN SUELO RURAL ............................... 75
3.2.2.1 SUELO SUBURBANO ......................................................................................................................... 75
3.2.2.1.1 NORMAS DE ORDENAMIENTO PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL SUELO
SUBURBANO ................................................................................................................................................... 78
3.2.2.1.2 NORMAS GENERALES APLICABLES A LAS CONSTRUCCIONES EN SUELO SUBURBANO.... 79
3.2.2.1.3 ORDENAMIENTO DE LOS CORREDORES VIALES SUBURBANOS............................................. 81
3.2.2.1.4 NORMAS APLICABLES PARA EL DESARROLLO DE USOS COMERCIALES Y DE SERVICIOS
EN SUELO RURAL SUBURBANO................................................................................................................... 82
3.2.2.2.1 CONDICIONES BÁSICAS PARA LA LOCALIZACIÓN DE USOS INDUSTRIALES EN SUELO
RURAL SUBURBANO ...................................................................................................................................... 83
3.2.2.2 CENTROS POBLADOS ...................................................................................................................... 85
3.2.2.2.1 NORMAS DE ORDENAMIENTO PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS CENTROS
POBLADOS... ................................................................................................................................................... 86
3.2.2.2.2 NORMAS GENERALES APLICABLES A LAS CONSTRUCCIONES EN LOS CENTROS
POBLADOS... ................................................................................................................................................... 86
3.2.2.3 ÁREAS DEL SISTEMA DE EQUIPAMIENTOS .................................................................................. 89
3.2.2.3.1 CLASIFICACIÓN DE EQUIPAMIENTOS RURALES........................................................................ 90
3.2.2.3.1.1 EQUIPAMIENTOS COLECTIVOS RURALES ............................................................................... 90
3.2.2.3.1.1.1 EQUIPAMIENTOS DE SALUD ................................................................................................... 91
3.2.2.3.1.1.2 EQUIPAMIENTOS EDUCATIVOS.............................................................................................. 92
3.2.2.3.1.1.3 EQUIPAMIENTOS CULTURALES.............................................................................................. 95
3.2.2.3.1.1.4 EQUIPAMIENTOS DE CULTO ................................................................................................... 95
3.2.2.3.1.1.5 EQUIPAMIENTOS RECREATIVOS Y DEPORTIVOS................................................................ 96
3.2.2.3.1.2 EQUIPAMIENTOS DE SERVICIOS RURALES BÁSICOS ............................................................ 96
3.2.2.3.1.2.1 EQUIPAMIENTOS DE SEGURIDAD.......................................................................................... 97
3.2.2.3.1.2.2 EQUIPAMIENTOS DE SERVICIOS A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA................................... 98
3.2.2.3.1.2.3 EQUIPAMIENTOS DE SERVICIOS ESPECIALES..................................................................... 99
3.2.2.4 SISTEMA DE MOVILIDAD ........................................................................................................... 100
3.2.2.4.1 COMPONENTES DEL SISTEMA DE MOVILIDAD......................................................................... 101
3.2.2.4.1.1 SUBSISTEMA VIAL RURAL ........................................................................................................ 101
3.2.2.4.1.1.1 DIMENSIONES MÍNIMAS DE LA SECCIÓN TRANSVERSAL DE LAS VÍAS RURALES ........ 106
3.2.2.4.1.1.2 FAJAS DE RETIRO O ÁREAS DE EXCLUSIÓN...................................................................... 106
3.2.2.4.1.2 SUBSISTEMA DE TRANSPORTE RURAL ................................................................................. 107
3.2.2.5 DE LOS USOS DEL SUELO RURAL................................................................................................ 108
3.2.2.5.1 CLASIFICACIÓN DE LOS USOS RURALES DE ACUERDO CON SU ACTIVIDAD...................... 108
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3.2.2.5.2 CATEGORIZACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO.......................................................................... 110
3.2.2.5.3 NIVELES DE IMPACTO.................................................................................................................. 111
3.2.2.5.4 USO DE VIVIENDA EN SUELO RURAL ........................................................................................ 111
3.2.2.5.5 ACTIVIDADES COMPATIBLES O COMPLEMENTARIAS Y CONDICIONADAS DE LOS GRUPOS
DE COMERCIO, SERVICIOS E INSTITUCIONAL ......................................................................................... 112
3.2.2.5.6 ACTIVIDADES INDUSTRIALES ..................................................................................................... 113
3.2.2.5.7 REQUERIMIENTOS DE IMPACTO AMBIENTAL........................................................................... 117
3.2.2.5.8 ACTIVIDAD INDUSTRIAL EN SUELO RURAL NO SUBURBANO ................................................ 118
3.2.2.6 CONDICIONES GENERALES PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS PARA LOS DISTINTOS
USOS EN SUELO RURAL............................................................................................................................. 119
3.2.2.6.1.1 SUBDIVISIÓN EN SUELO RURAL (CORREGIMIENTOS) ......................................................... 120
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LISTADO DE GRÁFICOS
GRÁFICO 1 – CATEGORÍAS DEL SUELO RURAL MUNICIPIO DE MANIZALES........................................ 11
GRÁFICO 2 – PLANO G-3 ESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL ................................................................. 11
GRÁFICO 3 – PLANO R-4 CLASES AGROLÓGICAS.................................................................................... 44
GRÁFICO 4 – PLANO R-5 CLASES AGROLÓGICAS_CORREGIMIENTOS COLOMBIA, CRISTALINA Y
REMANSO........................................................................................................................................................ 45
GRÁFICO 5 – PLANO R-7 CLASES AGROLÓGICAS_CORREGIMIENTOS MANANTIAL Y RIO BLANCO 46
GRÁFICO 6 – PLANO R-6 CLASES AGROLÓGICAS_CORREGIMIENTOS PANORAMA Y CORREDOR
AGROTURÍSTICO............................................................................................................................................ 47
GRÁFICO 7 – PLANO R-12 SERVICIOS PÚBLICOS RURAL........................................................................ 52
GRÁFICO 8 – PLANO R-2 RIESGO IMPLICITO POR DESLIZAMIENTO RURAL......................................... 58
GRÁFICO 9 – FLUJOGRAMA SUELO DE DESARROLLO CONDICIONADO............................................... 60
GRÁFICO 10 – PLANO G-1 CLASIFICACIÓN DEL SUELO MUNICIPAL...................................................... 77
GRÁFICO 11 – CENTRALIDADES SUBURBANAS ....................................................................................... 82
GRÁFICO 12 – PLANO EQUIPAMIENTOS RURALES................................................................................... 89
GRÁFICO 13 – PLANO R-3 SUBSISTEMA VIAL: CLASIFICACIÓN VIAL RURAL..................................... 100
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LISTADO DE TABLAS
TABLA 1 – ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL RURAL (EEPR)......................................................... 14
TABLA 2 – INFRAESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL (IER)...................................................................... 31
TABLA 3 – INFRAESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL (IER)...................................................................... 42
TABLA 4 – ACUEDUCTOS ÁREA RURAL DE MANIZALES ......................................................................... 53
TABLA 5 – TIPOS DE INTERVENCIONES ASOCIADAS A NIVELES DE RIESGO IMPLÍCITO ................... 56
TABLA 6 – BIENES INMUBLES DECLARADOS BIC DEL NIVEL NACIONAL Y MUNICIPAL,
LOCALIZADOS EN SUELO RURAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES ....................................................... 62
TABLA 7 – PRE-INVENTARIO DE BIENES INMUBLES LOCALIZADOS EN LOS CINCO (5)
CORREGIMIENTOS QUE HACEN PARTE DEL PAISAJE CULTURAL CAFETERO (PCC)......................... 68
TABLA 8 – CRITERIOS DE VALORACIÓN .................................................................................................... 71
TABLA 9 – VALORES QUE SE PERMITEN ATRIBUIR A LOS INMUEBLES................................................ 72
TABLA 10 – RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA - PATRIMONIO INMATERIAL .................... 73
TABLA 11 – EQUIPAMIENTOS DE SALUD RURALES ................................................................................. 91
TABLA 12 - EQUIPAMIENTOS EDUCATIVOS RURALES............................................................................. 92
TABLA 13 - EQUIPAMIENTOS CULTURALES RURALES ............................................................................ 95
TABLA 14 - EQUIPAMIENTOS DE CULTO RURALES .................................................................................. 95
TABLA 15 – EQUIPAMIENTOS RECREATIVOS Y DEPORTIVOS RURALES.............................................. 96
TABLA 16 – EQUIPAMIENTOS DE SEGURIDAD RURALES ........................................................................ 97
TABLA 17 – EQUIPAMIENTOS DE SERVICIOS A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RURALES................ 98
TABLA 18 – ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SUBSISTEMA VIAL RURAL....................................... 102
TABLA 19 – ORDEN DE LAS VÍAS NACIONALES-REGIONALES-RURALES........................................... 103
TABLA 20 – ACTIVIDADES ASOCIADAS AL USO: AGRICULTURA, GANADERIA, CAZA, SILVICULTURA
Y PESCA ........................................................................................................................................................ 116
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3.1 POLÍTICAS DE MEDIANO Y CORTO PLAZO SOBRE USO Y OCUPACIÓN EN
ARMONÍA CON EL MODELO ESTRUCTURAL DE LARGO PLAZO DEL
COMPONENTE GENERAL
POLÍTICAS:
Las políticas de mediano y largo plazo sobre el uso y ocupación del suelo rural del
municipio de Manizales, se articulan con las variables estratégicas del Modelo de
Ocupación Territorial de Largo Plazo para Manizales, contenidas en el numeral 1.1.5 del
Componente General del Documento Técnico de Soporte, en especial la que se expresa
de la siguiente manera:
“Un territorio rural desarrollado de manera integral a través de la articulación funcional,
económica y social con la región y el área urbana del municipio, en términos de
prestación de servicios ambientales y de seguridad alimentaria; con un ordenamiento
y desarrollo productivo basado en sus ventajas competitivas y comparativas, que le
permitan optimizar su productividad, contribuir a la generación de empleo, mejorar las
condiciones de vida de sus habitantes, y elevar la competitividad del municipio en el
marco de la equidad social y sostenibilidad ambiental”.
A partir de lo anterior, se establecen como Políticas de mediano y largo plazo en cuanto al
uso y ocupación del suelo rural en el municipio de Manizales, las siguientes:
 Aprovechar adecuadamente las ventajas comparativas con que las que cuenta el
territorio rural, convirtiéndolas en ventajas competitivas, facilitando el adelanto de sus
actividades económicas y productivas.
 Promover el uso adecuado del suelo mediante la implantación de técnicas apropiadas
y determinantes de tipo ambiental que permitan tener un manejo conveniente y
sostenible del suelo rural, la Estructura Ecológica Principal y las áreas expuestas a
amenaza y riesgo.
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 Respetar las condiciones naturales del terreno, su geografía, su orografía, su geología,
su hidrografía las cuales serán la base del crecimiento municipal y del desarrollo de
todas las actividades, sociales, económicas y productivas.
OBJETIVOS:
 Potenciar las ventajas comparativas del territorio hacia ventajas competitivas, mediante
el conocimiento de sus potencialidades y limitaciones en cuanto a clima y suelo, con
miras a la atracción de nuevas y diversas formas productivas.
 Reducir la diferencia con lo urbano, a través de la concepción del municipio como uno
sólo.
 Propender por el desarrollo sostenible para el municipio.
 Trabajar de manera permanente en el ordenamiento ambiental de la cuenca del río
Chinchiná, como ecosistema estratégico municipal y regional.
 Permitir la ocupación del territorio de forma adecuada, procurando por la compatibilidad
de actividades y buscando mayor relación entre distintos tipos de uso.
ESTRATEGIAS:
 Promover actividades económicas asociadas al ecoturismo, agroturismo y turismo de
naturaleza en función de la capacidad productiva, la vocación ambiental, la capacidad
de carga de los ecosistemas, y de la identidad cultural del territorio rural, maximizando
además las oportunidades relacionadas con el paisaje cultural cafetero patrimonio de la
humanidad.
 Orientar acciones para el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad,
disponibilidad, acceso físico y económico de la población a viviendas adecuadas,
infraestructura pública y equipamientos, involucrando técnicas acordes con los modos
de vida rural que promuevan la permanencia de la población en el territorio.
 Estimular en las comunidades rurales la innovación y modernización tecnológica de los
sistemas productivos sostenibles de la economía campesina y desarrollar mecanismos
de articulación con los mercados de la ciudad y la región.
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 Consolidar la red de asentamientos rurales para proveer servicios sociales, teniendo en
cuenta la vocación de cada uno de éstos y su función en el entorno local y regional.
 Identificar y reglamentar las áreas que tienen vocación para el acopio, la
transformación, el comercio de alimentos y las actividades productivas, priorizando los
centros poblados, las centralidades suburbanas y los centros de equipamientos y
servicios.
 Desarrollar acciones que permitan el aumento de la conectividad ecológica, el flujo de
la biodiversidad y la oferta de servicios ecosistémicos, con énfasis en el suministro de
agua potable para los acueductos veredales y comunitarios.
 Promover la incorporación de los instrumentos de planificación rural, que contengan la
reglamentación sobre oferta y demanda hídrica para los sistemas productivos de las
cuencas hidrográficas.
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3.2 CATEGORÍAS DEL SUELO RURAL
Con el fin de promover el ordenamiento y desarrollo sostenible del suelo rural, el presente
Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Manizales da cumplimiento a las
determinantes que se desarrollan en el Decreto Nacional 3600 de 2007 “Por el cual se
reglamentan las disposiciones de las Leyes 99 de 1993 y 388 de 1997 relativas a las
determinantes de ordenamiento en suelo rural y al desarrollo de actuaciones urbanísticas
de parcelación y edificación de este tipo de suelo y se adoptan otras disposiciones”, las
cuales constituyen normas de superior jerarquía en los términos del artículo 10 de la Ley
388 de 1997.
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 3600 de 2007, en el componente
rural del POT de Manizales y en su cartografía se determinan y delimitan cada una de las
categorías de protección y de desarrollo restringido, con la definición de los
lineamientos de ordenamiento y la asignación de usos principales, compatibles,
condicionados y prohibidos correspondientes.
GRÁFICO 1 – CATEGORÍAS DEL SUELO RURAL MUNICIPIO DE MANIZALES
Fuente: Elaboración Equipo POT, con base en la Presentación Decreto 3600 de 2007: Ordenamiento Territorial Rural.
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
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3.2.1 CATEGORÍA DE PROTECCIÓN EN SUELO RURAL
Forman parte de la categoría de protección en suelo rural las siguientes áreas:
 Áreas de conservación y protección ambiental.
 Áreas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales.
 Áreas del sistema de servicios públicos domiciliarios.
 Áreas de amenaza y riesgo.
 Áreas e inmuebles considerados patrimonio cultural.
3.2.1.1 ÁREAS DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL (ESTRUCTURA
ECOLÓGICA PRINCIPAL)
Teniendo en cuenta la definición de Estructura Ecológica que se encuentra en el
Componente General como un “Sistema interconectado de áreas que da sustento a los
procesos ecológicos esenciales del territorio y a la oferta de servicios ecosistémicos
(actual y futura), con la finalidad de brindar capacidad de soporte para el desarrollo
socioeconómico y cultural de la población” en el suelo rural para cumplir esta finalidad
será asumida en los componentes de Estructura Ecológica Principal e Infraestructura
Ecológica y su valoración se refiere a los principios, criterios, atributos y variables para la
priorización de áreas a incorporar a la EEP de Manizales, como resultado del estudio de
Estructura Ecológica, los cuales hacen parte de los suelos de protección del municipio y
se encuentran delimitados en los Planos G-2 ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE
GENERAL y G-3 ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE, que hacen parte integral
del presente Plan.
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GRÁFICO 2 – PLANO G-3 ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE
Fuente: Elaboración Equipo POT, a partir del Estudio Estructura Ecológica de Manizales. Contrato No. 291-2012. Corpocaldas - Grupo HTM.
3.2.1.1.1 CLASIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL
3.2.1.1.1.1 ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL RURAL (EEPR)
En el suelo rural la Estructura Ecológica Principal está conformada por las áreas del
Sistema Nacional de Áreas Protegidas y las Áreas de Interés Ambiental del orden
municipal.
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TABLA 1 – ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL RURAL (EEPR)
ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL RURAL
SUBCATEGORÍA
TRATAMIENTODE
CONSERVACIÓN
AMBIENTAL
DEFINICIÓN
Áreas del Sistema
Nacional de Áreas
Protegidas
Área de Conservación
Área definida geográficamente designada, regulada y
administrada a fin de alcanzar objetivos específicos de
conservación del Sistema Nacional de Áreas protegidas.
Actualmente en esta subcategoría se han declarado
desde la Nación en la categoría de áreas públicas:
Reservas Forestales Protectoras (RFP) y Distrito de
Conservación de Suelo (DCS), en el momento que se
declaren nuevas reservas de las Categorías Públicas o
Privadas entrará en esta subcategoría del presente Plan
de Ordenamiento Territorial.
Objetivos
Generales de
Conservación de
las Áreas del
SINAP:
Asegurar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos naturales para
mantener la diversidad biológica.
Garantizar la oferta de bienes y servicios ambientales esenciales para el bienestar
humano.
Garantizar la permanencia del medio natural, o de algunos de sus componentes, como
fundamento para el mantenimiento de la diversidad cultural del país y de la valoración
social de la naturaleza.
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ÁREAS
PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN
BIODIVERSIDAD SERVICIOS ECOSISTÉMICOS
Estructura y
composición
Funcion
alidad
Aprovision
amiento
Regulación y soporte Cultural
Vulnerabilidaddeespecies
Relictualidadenbiomas
Representatividaddebiomas
Estadodetransformaciónde
ecosistemas
Conectividadestructural
Alimentos
Recursosforestales
Aprovisionamientodeagua
superficial
Regulaciónhídrica
Regulaciónrecargade
acuíferos
Moderacióndeeventos
extremosporprecipitación
Moderacióndeeventosde
inundacionesyavenidas
torrenciales
Moderaciónmovimientosen
masa(rural)
Almacenamientodecarbono
enbiomasaaérea
Valorcultural,estéticoy
paisajístico
1. RFP. Río Blanco ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
2. DCS. Guacas -
Rosario
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
3. RFP. Plan Alto ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
4. RFP. Sabinas ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
5. RFP. Bosques de
La CH C
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
6. RFP. Torre 4 ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
USOS
Los usos de las áreas del SINAP serán los regulados a través de la aprobación del Plan
de Manejo Ambiental de cada área, en concordancia con la zonificación establecida al
interior de ellas, a fin de garantizar el cumplimiento de sus objetivos de conservación.
Las zonas y sus consecuentes sub-zonas dependerán de la destinación que se prevea
para el área según la categoría de manejo definida.
Los usos y actividades permitidas en las distintas áreas protegidas que integran el
SINAP se podrán realizar siempre y cuando no alteren la estructura, composición y
función de la biodiversidad característicos de cada categoría y no contradigan sus
objetivos de conservación. 1
1
Decreto 2372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, la Ley 165 de 1994 y el
Decreto Ley 216 de 2003, en relación con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, las categorías de manejo que lo
conforman y se dictan otras disposiciones”.
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CONDICIONANTES DE USO
Condiciones
Generales
La definición de la zonificación de cada una de las áreas que se realice a través del
plan de manejo respectiva no conlleva en ningún caso el derecho a adelantar
directamente las actividades inherentes a la zona respectiva por los posibles
propietarios privados, ocupantes usuarios a habitantes que se encuentren o ubiquen al
interior de tales zonas.
De esta forma, el desarrollo de las actividades permitidas en cada una de las áreas del
SINAP, debe estar precedido del permiso, concesión, licencia, o autorización a que
haya lugar, otorgada por la autoridad ambiental, Corpocaldas, y acompañado de la
definición de los criterios técnicos para su realización. 2
Condiciones
Específicas
Como se indicó en las condiciones generales todas las áreas para poder desarrollar sus
usos deberán referirse al Plan de Manejo Ambiental y a la autorización de la autoridad
ambiental, no obstante desde el presente Plan de Ordenamiento Territorial se
presentan estrategias para la consolidación y mejoramiento de las áreas.
Estrategia para la RFP Rio Blanco:
Si bien las áreas del SINAP son responsabilidad de la Autoridad Ambiental, que para el
caso de Manizales es Corpocaldas, desde la Estructura ecológica Municipal retomando
el estudio de estructura ecológica, se incluye como estrategia de gestión de la Reserva
Forestal Protectora Rio Blanco, realizar todos los estudios necesarios para realinderar e
incluir el áreas de interés ambiental municipal bosque de Belmira y aumentar su
superficie en ecosistema de páramo, trámite en el que se apoyará desde el Municipio a
Corpocaldas como administrador de dicha reserva.
Estrategia de Gestión:
En las áreas del SINAP, como instrumentos para su consolidación se incluyen dentro
del Ámbito I de aplicación de instrumentos: como Áreas de conservación con
declaratorias y/o restricciones, de conservación con declaratorias y/o restricciones (se
describe en el componente general), proponiendo instrumentos dirigidos a ampliar la
esfera del dominio público.
2
Decreto 2372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, la Ley 165 de 1994 y el
Decreto Ley 216 de 2003, en relación con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, las categorías de manejo que lo
conforman y se dictan otras disposiciones”.
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SUBCATEGORÍA
TRATAMIENTO DE
CONSERVACIÓN AMBIENTAL
DEFINICIÓN
Áreas de interés
Ambiental
Conservación y desarrollo
sostenible
Son aquellas zonas de terreno de importancia
estratégica municipal y de soporte que permiten la
preservación, restauración o uso sostenible de la
biodiversidad y los servicios ecosistémicos, con
condiciones especiales para su uso y manejo.
Objetivos
Conservar las zonas con representatividad de las coberturas boscosas que se
encuentran en la zona rural para así contribuir a la conservación de la biodiversidad con
el objetivo de permitir la dispersión de plantas y animales y el intercambio de genes
para mantener su viabilidad.
Conservar y restaurar áreas en las cuales la regulación hídrica sea importante, es decir,
conservar aquellas áreas en las cuales las coberturas del suelo, su uso y la forma de
ocupación del territorio ejerzan una influencia sobre el comportamiento del recurso
hídrico y que éste a su vez impacte sobre la calidad de vida de los habitantes.
Regular a través de la conservación y mejoramiento de las áreas de interés ambiental
la calidad acústica y la calidad del aire, convirtiendo estos ecosistemas en áreas
funcionales ecológica y ambientalmente.
Realzar el valor simbólico, espiritual y de recreación de las áreas de interés ambiental
que permita identificar, delimitar, valorar, caracterizar y zonificar los diferentes lugares
en relación a los servicios Ecosistémicos Culturales y que a su vez de cuenta de la
relación sistémica con los servicios de aprovisionamiento, regulación y soporte.
Aprovisionar de agua frente a la influencia de fenómenos climáticos de macro escala
como el ENSO y bajo la el escenario de aumento de temperaturas en un cambio global.
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ÁREAS
PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN
BIODIVERSIDAD SERVICIOS ECOSISTÉMICOS
Estructura y
composición
Funcio
nalidad
Aprovisionam
iento
Regulación y soporte Cultural
Vulnerabilidaddeespecies
Relictualidadenbiomas
Representatividaddebiomas
Estadodetransformaciónde
ecosistemas
Conectividadestructural
Alimentos
Recursosforestales
Aprovisionamientodeagua
superficial
Regulaciónhídrica
Regulaciónrecargade
acuíferos
Moderacióndeeventos
extremosporprecipitación
Moderacióndeeventosde
inundacionesyavenidas
torrenciales
Moderaciónmovimientosen
masa(rural)
Almacenamientodecarbono
enbiomasaaérea
Valorcultural,estéticoy
paisajístico
1. Bosque El
Arenillo
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
2. Bosque
Tesorito
♦ ♦ ♦ ♦ ♦
3. Bosques de La
Licorera
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
4. Bosques del
Recinto del
Pensamiento
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
5. Bosques
cuenca Alta Q.
Manizales
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
6. Bosque Belmira ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
7. Humedales
Altoandinos
♦ ♦ ♦
8. Bosque Tres
Puertas
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
9. Bosque
Caracoles
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
10. Nodo cuenca
La Trinidad
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
11. Nodo cuencas
La Cuchilla y La
Cabaña
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
12. Nodo Las
Marías
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
13. Nodo cuenca
La China
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
14. Nodo La
Carbonera
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
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USOS
Principal
Usos de preservación: Comprenden todas aquellas actividades de protección,
regulación, ordenamiento y control y vigilancia, dirigidas al mantenimiento de los
atributos, composición, estructura y función de la biodiversidad, evitando al máximo la
intervención humana y sus efectos.
Compatible
Usos de restauración, rehabilitación y recuperación: Comprenden todas las
estrategias de restauración para restablecer los procesos ecológicos y mantener la
composición, estructura y función del ecosistema; de rehabilitación la cual no implica
llegar a un estado original y se enfoca en el restablecimiento de manera parcial de
elementos estructurales o funcionales del ecosistema deteriorado, así como de la
productividad y los servicios que provee el ecosistema; y de recuperación que implica
retornar la utilidad de un ecosistema sin tener como referencia el estado inicial, en la
que se reemplaza un ecosistema degradado por otro productivo, pero estas acciones
no llevan al ecosistema original, integran ecológica y paisajísticamente el área
degradada con su entorno. Estos usos comprenden las invenciones para la mitigación
de amenaza o riesgo.
Usos de Conocimiento: Comprenden todas las actividades de investigación,
monitoreo o educación ambiental que aumentan la información, el conocimiento, el
intercambio de saberes, la sensibilidad y conciencia frente a temas ambientales y la
comprensión de los valores y funciones naturales, sociales y culturales de la
biodiversidad.
Condicionado
De uso sostenible: Comprenden todas las actividades de producción, extracción,
construcción, adecuación o mantenimiento de infraestructura, relacionadas con el
aprovechamiento sostenible de la biodiversidad, así como las actividades forestales y
los proyectos de desarrollo siempre y cuando no alteren los atributos de la
biodiversidad y servicios ecosistémicos previstos en cada área. Cruce de vías y
poliductos, redes de servicios públicos domiciliarios (Las redes de servicios públicos no
incluyen sistemas de tratamiento de aguas residuales, ni disposición de residuos
sólidos), se permiten en las zonas de desarrollo sostenible y uso público, en las demás
zonas se permitirá sólo en aquellos casos en que técnicamente no es posible su
ubicación en las otras zonas y se demuestre que no genera riesgo o amenaza en la
zona de influencia.
Usos de disfrute: Comprenden todas las actividades de recreación y ecoturismo,
incluyendo la construcción, adecuación o mantenimiento de la infraestructura necesaria
para su desarrollo, que no alteran los atributos de la biodiversidad y servicios
ecosistémicos previstos en cada área.
Prohibido Toda clase de intervención diferente a las que estén relacionadas con actividades
culturales y turísticas.
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CONDICIONANTES DE USO
Condiciones
Generales
El instrumento de planificación que orienta la gestión y conservación de la Áreas de
Interés Ambiental será el PLAN DE MANEJO, el cual será aprobado por Decreto
Municipal.
Si bien se definen los usos generales para las áreas de interés ambiental, cada área de
acuerdo a los principios y criterios que se priorizaron, responde a un objetivo de
conservación los cuales deberán respetarse y asegurarse en el desarrollo de los usos
permitidos en las áreas y a la zonificación ambiental definida en los Planes de Manejo,
en caso de las áreas rurales que lo requieran.
Es decir que solo requerirán Plan de Manejo las áreas que en sus condiciones
específicas así lo requieran.
En todo caso para explotación de recursos se deberá asegurar la conservación de los
principios y criterios priorizados y contar con los permisos y requerimientos de la
autoridad ambiental. En actividades de exploración o explotación minera deberán
asegurar la NO alteración de los atributos de la biodiversidad y servicios ecosistémicos,
en especial en las áreas abastecedoras de agua deberán asegurar el aprovisionamiento
y calidad del recurso hídrico.
Las invenciones para la mitigación de amenaza o riesgo no deben fragmentar la reserva,
por lo tanto una vez implementada la solución se debe generar una restitución
morfológica y de cobertura vegetal de la zona intervenida.
Las obras para la instalación de redes de servicios deben contar con estudios de
mitigación de impactos ambientales, de riesgo y paisajísticos (en relación con el impacto
visual que puedan causar en el entorno). En lo posible deberán ubicarse, de acuerdo a
la zonificación interna de cada área, en las zonas de uso sostenible o en la de uso
público.
Las áreas que así lo permitan en sus condiciones específicas podrán realizar el
desarrollo, de acuerdo a la zonificación ambiental interna de las mismas en las zonas de
uso sostenible y de uso público, siempre y cuando cumpla con la función social
establecida y los objetivos de conservación, cumpliendo con el Plan de intervención:
Plan de Intervención: Para los desarrollos complementarios a realizarse en las áreas
de interés ambiental, asociados a los usos condicionados se deberá presentar ante la
Secretaría de Planeación(que para sus efectos deberá convocar a las Secretarías de
Medio Ambiente, Tránsito, UGR y demás dependencias de acuerdo a la propuesta) un
Plan de intervención integral para análisis y viabilidad del proyecto, como instrumento de
gestión y planificación que garantice el reparto equitativo de cargas y beneficios, que
responda a los valores representativos de cada área, el cual deberá tener en cuenta:
• El sustento de la propuesta a la luz de los principios y criterios priorizados para el área
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de interés ambiental.
• El área del plan tendrá un aprovechamiento máximo de 0.15 de área bruta del plan,
incluyendo las áreas colindantes de desarrollo condicionado. Con lo cual deberán
definir los índices de construcción y ocupación y demás normas urbanísticas según la
propuesta.
Los usos actuales y los propuestos. Para el caso de las áreas que cuenten con Plan
de Manejo Ambiental deberán responder a la zonificación interna del área y criterios
definidos en las fichas normativas de cada zona según los usos establecidos. Para las
áreas que no cuentan con Plan de Manejo Ambiental, deberán realizar un estudio
descriptivo del área y de ordenamiento, donde se realice la zonificación al interior del
área, delimitando las zonas de preservación, restauración, uso sostenible y de uso
público, precisando las zonas en las cuales se pueden realizar las actividades que se
planteen (se debe referir a lo indicado en el artículo sexto Acuerdo 0786 de 2012 “Por
el cual se modifica el acuerdo no.603 de 2004 que crea el sistema municipal de áreas
naturales protegidas del municipio de Manizales”).
• En el caso de incluir infraestructura de apoyo (a las actividades de recreación,
ecoturismo, conocimiento o equipamientos) las propuestas deberán homologarse a los
usos definidos en el presente Plan de Ordenamiento Territorial. Las construcciones
deberán responder al carácter de conservación del área. También deben tenerse en
cuenta las condiciones de amenaza o riesgo identificadas en la zona, (en zonas de
riesgo implícito) y de acuerdo al nivel de riesgo se deben acoger las exigencias para
intervención prescriptiva que aplique en la zona según las disposiciones de los
determinantes de riesgo del presente POT (Tipos de intervenciones asociadas a
niveles de riesgo). “La intervención prescriptiva plantea el tipo de análisis y exigencias
que se deben cumplir con el fin de reducir o controlar (asegurarse de no dejar
aumentar) la amenaza, y si es del caso la exposición en las áreas propensas a los
fenómenos peligrosos. Dichas exigencias deben obedecer a una normativa propia de
requisitos mínimos de idoneidad y seguridad que no serían más que las reglas del
juego para establecer la posible mitigabilidad de la amenaza y el riesgo”
3
. En todo
caso deberán realizarse primero las intervenciones en las zonas con riesgo implícito
que hagan parte del área.
3
“Insumos técnicos para el ajuste del plan de ordenamiento territorial de Manizales con base en las evaluaciones ad hoc de
amenaza, vulnerabilidad y riesgo por deslizamientos, inundaciones y eventos sísmicos”, Convenio Interinstitucional
Corpocaldas Universidad Nacional de Colombia 2014.
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Áreas de descanso y valoración del paisaje: se deben tener adecuada señalización,
obras de iluminación, bancas y barandas (materiales y sistemas constructivos que
respeten las condiciones del área) que permitan ofrecer balcones paisajísticos con un
grado de seguridad. Dichos espacios no pueden generar procesos de modificación de
la topografía de la zona.
• Establecer las condiciones de accesibilidad peatonal, vehicular, pública y privada,
privilegiando los transportes y sistemas autónomos.
• Las ofertas de estacionamiento público y privado, actual y propuesto de acuerdo a las
necesidades.
• Identificación de los impactos generados por la propuesta y la mitigación de los
impactos negativos.
• Definición de los sistemas de espacios públicos, equipamientos y movilidad.
• En caso de requerirse, se deberán tramitar sistemas adecuados de abastecimiento,
tratamiento y vertimiento de aguas aprobados por la autoridad ambiental de acuerdo a
requerimientos de la actividad.
Los protocolos para presentar el Plan de Intervención y sus etapas de aprobación serán
desarrolladas conforme al procedimiento de los Planes de Implantación (contenidos en
el Anexo N° 3 NORMAS GENERALES), y los actos jurídicos que allí se produzcan
tendrán los mismos efectos y podrán ser impugnados de idéntica forma.
De la misma manera para la aprobación se aplicarán los requerimientos de contenidos
en materia de movilidad y las consideraciones, contemplados para los Planes de
Implantación.
Condiciones Específicas
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ÁREAS
ESTRATEGIAS DE DESARROLLO
Valores para el
desarrollo y manejo
Condiciones Especiales
Ámbito de
aplicación de
instrumentos
1. Bosque El
Arenillo
Área en la que se
promueve la
conservación de
Servicios ecosistémicos
y culturales para la
educación, la
investigación y el
turismo de naturaleza
complementaria al
paisaje cultural cafetero.
Para su gestión y desarrollo de actividades se
debe tener en cuenta el Plan de Manejo el cual
se adopta en el presente Plan de Ordenamiento
Territorial. El Plan de Manejo podrá ser
actualizado o ajustado por Decreto Municipal.
Las estrategias de desarrollo deberán estar
dirigidas a potenciar el área mediante
programas de educación ambiental y turismo
que sirvan para el empoderamiento social y la
generación de recursos para su enriquecimiento
y consolidación como parte de la red de
conectividad de Manizales. Para ello se
promoverá su desarrollo desde la iniciativa
privada, el cual requerirá del Plan de
intervención ajustado a los requerimientos
generales, acogiendo lo establecido en el Plan
de Manejo.
En las propuestas se deben retomar los
programas de sostenibilidad del paisaje y las
medidas y recomendaciones generadas por el
Plan de manejo del Paisaje Cultural Cafetero.
En las zonas de desarrollo sostenible se
promoverá los programas de reconversión de
sistemas productivos.
En todo caso, no podrán realizar construcciones,
subdivisiones, ni parcelaciones ni nuevos
desarrollos productivos a los existentes en el
área, en todo caso los cultivos existentes
deberán transformarse a sistemas sostenibles
Agrosilvicolas: Establecer semilleros de
especies nativas; sembrar cultivos permanentes
en pequeños bloques; mantener las coberturas
arbóreas naturales por lo menos en 70% del
área; manejar las aguas de escurrimiento
mediante zanjas transversales dirigidas a las
áreas de drenaje. Mantener las coberturas
vegetales arbóreas o arbustivas naturales;
mezclar los cultivos permanentes con árboles y
pastos; los cultivos en menor proporción que los
pastos.(Con soporte en el estudio semidetallado
de suelos del IGAC)
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en suelo
predominantemente
privado.
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2. Bosque
Tesorito
Área en la que se
promueve la
conservación,
restauración y los usos
de conocimiento y
desarrollo sostenible
desde la iniciativa
privada, Teniendo en
cuenta su valor cultural
y de conectividad.
Para su gestión y desarrollo de actividades se
debe tener en cuenta el Plan de Manejo el cual
se adopta en el presente Plan de Ordenamiento
Territorial. El Plan de Manejo podrá ser
actualizado o ajustado por Decreto Municipal.
Se realindera el área incluyendo un predio
aledaño, con el fin de mejorar sus condiciones
ecológicas para la conectividad y reducir la
presión actual, liberando zonas que no aportan a
los principios y criterios priorizados, por lo tanto
se promoverá la reconversión a sistemas
productivos sostenibles que mitiguen los
impactos sobre el área y potencialicen sus
atributos, las zonas que se liberan del área de
interés ambiental deberán acogerse a lo
establecido para las áreas con desarrollo
condicionado adyacentes a la estructura
ecológica de soporte.
Teniendo en cuenta su vocación y tenencia
actual, se promoverán los usos sostenibles
actividades de investigación, monitoreo o
educación ambiental desde la iniciativa privada,
el cual para nuevos desarrollos a los actuales
requerirá del plan de intervención ajustado a los
requerimientos generales, acogiendo lo
establecido en el Plan de Manejo Ambiental, en
el que podrán plantearse actividades
ecoturísticas según los requerido para ello.
En todo caso, no podrán realizar construcciones,
subdivisiones, ni parcelaciones ni nuevos
desarrollos productivos a los existentes en el
área, en todo caso los cultivos existentes
deberán transformarse a sistemas sostenibles
Agrosilvicolas: Se debe evitar el sobrepastoreo,
teniendo en cuenta el alto grado de
transformación se deben diseñar y aplicar
programas de revegetalización. Mantener las
coberturas vegetales arbóreas o arbustivas
naturales; mezclar los cultivos permanentes con
árboles y pastos; los cultivos en menor
proporción que los pastos. (Con soporte en el
estudio semidetallado de suelos del IGAC).
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en suelo
predominantemente
privado
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3. Bosques de La
Licorera
Área en la que se
promueve la
conservación y uso
sostenible.
Se promueve la gestión público-privada para la
conservación.
De no realizarse usos condicionados, no se
requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de
Intervención. En caso de proponer Usos de
disfrute solo podrán plantearse usos de bajo
impacto y se deberá acoger a lo establecido en
el Plan de Intervención ajustado a los
requerimientos generales, realizando el análisis
descriptivo y de ordenamiento del área,
definiendo los usos de mayor impacto en las
zonas de desarrollo condicionado que limitan
con el área, se debe tener en cuenta no afectar
la provisión, regulación y calidad del agua y no
activar zonas de amenaza.
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en suelo
predominantemente
privado
4. Bosques del
Recinto del
Pensamiento
Área en la que se
promueve la
conservación y los usos
de conocimiento y
desarrollo sostenible y
de disfrute desde la
iniciativa privada.
Se promueve gestión público-privada para la
conservación.
Teniendo en cuenta la vocación de área y los
desarrollos ecoturísticos actuales se promoverá
la conservación y potencialización de los
principios y criterios priorizados, en caso de
nuevos desarrollos en el área se requiere del
Plan de Intervención ajustado a los
requerimientos generales. El mantenimiento de
la infraestructura actual del parque no requiere
plan de intervención ajustado a los
requerimientos generales. Se debe tener en
cuenta no afectar la provisión, regulación y
calidad del agua y no activar zonas de amenaza.
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en suelo
predominantemente
privado
5. Bosques
cuenca Alta
Quebrada
Manizales
Área en la que se
promueven los usos de
conservación y
restauración por ser
zona de abastecimiento
hídrico aferente de
acueductos cuenca de
la quebrada Manizales.
De no realizarse usos condicionados, no se
requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de
Intervención. En caso de proponer Usos de
disfrute deberá formular el Plan de Intervención,
realizando el análisis descriptivo y de
ordenamiento del área, definiendo los usos de
mayor impacto en las zonas que limitan con el
área.
Se promoverán procesos de restauración y
reconversión a sistemas sostenibles. En todo
caso para explotación de recursos se deberá
asegurar la conservación de los principios y
criterios priorizados y contar con los permisos y
requerimientos de la autoridad ambiental.
Aquellos predios menores a la UAF, solo podrán
construir alguna infraestructura de apoyo al
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en suelo
predominantemente
privado
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proceso productivo que se tenga, cuando se
demuestre de acuerdo a lo dispuesto por el
artículo 38 de la Ley 160 de1994, que la
extensión conforme a las condiciones
agroecológicas de la zona y con tecnología
adecuada, permite a la familia remunerar su
trabajo y disponer de un excedente capitalizable
que coadyuve a la formación de su patrimonio,
de otro lado no podrán realizar construcciones,
subdivisiones, ni parcelaciones.
Teniendo en cuenta que el área está afectada
por títulos mineros y varias solicitudes de títulos,
se requiere que los mismos aseguren la
provisión, regulación y calidad del recurso
hídrico y la prevención y control de zonas de
amenaza o riesgo a través de intervenciones
prescriptivas y correctivas. Así mismo la
mitigación y compensación de los impactos
negativos realizados en la zona, que le permitan
conservar y recuperar los principios y criterios
de priorización de especial importancia para el
municipio.
6. Bosque
Belmira
Área en la que se
promueven los usos de
conservación y
restauración
En el corto y mediano plazo del Plan de
Ordenamiento Territorial se realizarán las
acciones requeridas por Corpocaldas para
adicionar la presente área a la Reserva Forestal
protectora de Río Blanco.
En el transcurso del trámite se permitirán usos
principales y compatibles, con actividades
tendientes a la conservación, restauración y
reconversión de sistemas productivos que
permitan mantener y mejorar los principios y
criterios de priorización, por lo cual no requiere
Plan de Manejo, ni de intervención.
(Teniendo en cuenta la propuesta en la
cartografía de Estructura Ecológica de Soporte
se consolida el área propuesta como Río
Blanco.)
Ámbito II: Áreas de
conservación en suelo
predominantemente
público de
conservación con
declaratorias y/o
restricciones
7. Humedales
altoandinos
Ecosistema estratégico
de acuerdo con las
políticas y normatividad
nacional e internacional,
en el que se promueven
usos de conservación y
restauración
Se promoverán procesos de recuperación y
restauración en las rondas hídricas.
Para desarrollos agropecuarios y explotación de
los recursos naturales deberá realizarse la
delimitación de la ronda hídrica (faja forestal)
aplicando la metodología definida por
Corpocaldas mediante la Resolución 077 de
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en suelo
predominantemente
privado
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2011 y se deberá acoger lo definido en el Plan
de Manejo de humedales formulado por
Corpocaldas. Por lo tanto, no aplica el Plan de
Intervención.
8. Bosque Tres
Puertas
Bosque remanente en la
vertiente manizalita del
río Cauca para el que se
promueven usos de
conservación y
restauración dada la
presencia de especies
objeto de conservación
y conectividad ecológica
Se promoverán procesos de restauración y
reconversión a sistemas sostenibles. En todo
caso para explotación de recursos se deberá
asegurar la conservación de los principios y
criterios priorizados y contar con los permisos y
requerimientos de la autoridad ambiental.
De no realizarse usos condicionados, no se
requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de
Intervención. En caso de proponer Usos de
disfrute deberá formular el Plan de Intervención,
realizando el análisis descriptivo y de
ordenamiento del área, definiendo los usos de
mayor impacto en las zonas de desarrollo
condicionado que limitan con el área.
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en suelo
predominantemente
privado
9. Bosque
Caracoles
Área en la que se
promueve las
actividades de
conservación y
restauración y como
actividades
complementarias de
conocimiento y de
recreación pasiva
Para su gestión y desarrollo de actividades se
debe tener en cuenta el Plan de Manejo el cual
se adopta en el presente Plan de Ordenamiento
Territorial. El Plan de Manejo podrá ser
actualizado o ajustado por Decreto Municipal.
Se fomentarán acciones de restauración,
reconversión de sistemas productivos y manejo
sostenible que apunten a su conexión y
consolidación con el Nodo La Cuchilla - La
Cabaña que permitan mejorar sus indicadores
en el marco de la red de conectividad ecológica.
Las actividades deberán acogerse al Plan de
Manejo, en caso de desarrollar usos
condicionados de disfrute, requerirá de un Plan
de intervención de acuerdo a lo establecido, el
que podrá desarrollarse desde iniciativa privada.
Ámbito II: Áreas de
conservación en suelo
predominantemente
público de
conservación con
declaratorias y/o
restricciones
10.Nodo cuenca
La Trinidad
Área en la que se
promueven los usos de
conservación y
restauración por su
potencial de conectividad.
Incluye área aferente de
acueductos de la vereda
La Trinidad.
Se promoverán acciones conservación y
restauración que permitan aumentar su
representatividad. Se promoverán procesos
reconversión a sistemas sostenibles. En todo
caso para explotación de recursos se deberá
asegurar la conservación de los principios y
criterios priorizados y contar con los permisos y
requerimientos de la autoridad ambiental.
De no realizarse usos condicionados, no se
requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en suelo
predominantemente
privado
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Intervención. En caso de proponer Usos de
disfrute deberá formular el Plan de Intervención,
realizando el análisis descriptivo y de
ordenamiento del área, definiendo los usos de
mayor impacto en las zonas de transición que
limitan con el área, se debe tener en cuenta no
afectar la provisión, regulación y calidad del
agua y no activar zonas de amenaza.
Aquellos predios menores a la UAF, solo podrán
construir alguna infraestructura de apoyo al
proceso productivo que se tenga, cuando se
demuestre de acuerdo a lo dispuesto por el
artículo 38 de la Ley 160 de1994, que la
extensión conforme a las condiciones
agroecológicas de la zona y con tecnología
adecuada, permite a la familia remunerar su
trabajo y disponer de un excedente capitalizable
que coadyuve a la formación de su patrimonio,
de otro lado no podrán realizar construcciones,
subdivisiones, ni parcelaciones. En estos casos
se deberá realizar la reconversión a sistemas
productivos sostenibles asociados a usos
agroforestales, silvopastoriles, forestal
productor, forestal protector-productor, en
especial aquellos asociados a coberturas
boscosas. Establecer semilleros de especies
nativas; sembrar cultivos permanentes en
pequeños bloques; mantener las coberturas
arbóreas naturales por lo menos en 70% del
área; manejar las aguas de escurrimiento
mediante zanjas transversales dirigidas a las
áreas de drenaje. Mantener las coberturas
vegetales arbóreas o arbustivas naturales;
mezclar los cultivos permanentes con árboles y
pastos; los cultivos en menor proporción que los
pastos. (Con soporte en el estudio semidetallado
de suelos del IGAC).
11.Nodo
cuencas La
Cuchilla y La
Cabaña
Área en la que se
promueven los usos de
conservación y
restauración por su
potencial de
conectividad. Incluye
área aferente de
acueductos de las
veredas La Cabaña y la
Cuchilla del Salado.
Se promoverán acciones conservación y
restauración que permitan aumentar su
representatividad. Se promoverán procesos
reconversión a sistemas sostenibles. En todo
caso para explotación de recursos se deberá
asegurar la conservación de los principios y
criterios priorizados y contar con los permisos y
requerimientos de la autoridad ambiental.
De no realizarse usos condicionados, no se
requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en suelo
predominantemente
privado
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Intervención. En caso de proponer Usos de
disfrute deberá formular el Plan de Intervención,
realizando el análisis descriptivo y de
ordenamiento del área, definiendo los usos de
mayor impacto en las zonas de transición que
limitan con el área, se debe tener en cuenta no
afectar la provisión, regulación y calidad del
agua y no activar zonas de amenaza.
12.Nodo Las
Marías
Área en la que se
promueven los usos de
conservación y
restauración por su
potencial de
conectividad.
Se promoverán acciones conservación y
restauración que permitan aumentar su
representatividad y que permitan mejorar sus
indicadores en el marco de la red de
conectividad ecológica. Se promoverán
procesos reconversión a sistemas sostenibles.
En todo caso para explotación de recursos se
deberá asegurar la conservación de los
principios y criterios priorizados y contar con los
permisos y requerimientos de la autoridad
ambiental.
De no realizarse usos condicionados, no se
requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de
Intervención. En caso de proponer Usos de
disfrute deberá formular el Plan de Intervención,
realizando el análisis descriptivo y de
ordenamiento del área, definiendo los usos de
mayor impacto en las zonas que limitan con el
área.
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en suelo
predominantemente
privado
13.Nodo cuenca
La China
Área en la que se
promueven los usos de
conservación y
restauración por su
potencial de
conectividad.
Se promoverán acciones conservación y
restauración que permitan aumentar su
representatividad y que permitan mejorar sus
indicadores en el marco de la red de
conectividad ecológica. Se promoverán
procesos reconversión a sistemas sostenibles.
En todo caso para explotación de recursos se
deberá asegurar la conservación de los
principios y criterios priorizados y contar con los
permisos y requerimientos de la autoridad
ambiental.
De no realizarse usos condicionados, no se
requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de
Intervención. En caso de proponer Usos de
disfrute deberá formular el Plan de Intervención,
realizando el análisis descriptivo y de
ordenamiento del área, definiendo los usos de
mayor impacto en las zonas de transición que
limitan con el área.
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en suelo
predominantemente
privado
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Aquellos predios menores a la UAF, solo podrán
construir alguna infraestructura de apoyo al
proceso productivo que se tenga, cuando se
demuestre de acuerdo a lo dispuesto por el
artículo 38 de la Ley 160 de1994, que la
extensión conforme a las condiciones
agroecológicas de la zona y con tecnología
adecuada, permite a la familia remunerar su
trabajo y disponer de un excedente capitalizable
que coadyuve a la formación de su patrimonio,
de otro lado no podrán realizar construcciones,
subdivisiones, ni parcelaciones. En todo caso
los cultivos existentes deberán transformarse a
sistemas sostenibles Agrosilvicolas: Establecer
semilleros de especies nativas; sembrar cultivos
permanentes en pequeños bloques; mantener
las coberturas arbóreas naturales por lo menos
en 70% del área; manejar las aguas de
escurrimiento mediante zanjas transversales
dirigidas a las áreas de drenaje. Mantener las
coberturas vegetales arbóreas o arbustivas
naturales; mezclar los cultivos permanentes con
árboles y pastos; los cultivos en menor
proporción que los pastos. (Con soporte en el
estudio semidetallado de suelos del IGAC).
14.Nodo La
Carbonera
Área en la que se
promueven los usos de
conservación y
restauración por su
potencial de
conectividad.
Se promoverán acciones conservación y
restauración que permitan aumentar su
representatividad. Se promoverán procesos
reconversión a sistemas sostenibles. En todo
caso para explotación de recursos se deberá
asegurar la conservación de los principios y
criterios priorizados, y contar con los permisos y
requerimientos de la autoridad ambiental.
De no realizarse usos condicionados, no se
requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de
Intervención. En caso de proponer Usos de
disfrute deberá formular Plan de Manejo y el
Plan de Intervención, realizando el análisis
descriptivo y de ordenamiento del área,
definiendo los usos de mayor impacto en las
zonas de transición que limitan con el área, se
debe tener en cuenta no afectar la provisión,
regulación y calidad del agua y no activar zonas
de amenaza.
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en suelo
predominantemente
privado.
Fuente: Elaboración Equipo POT, a partir del Estudio Estructura Ecológica de Manizales 2013 y Normatividad Ambiental
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3.2.1.1.1.2 INFRAESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL (IER)
Contiene elementos complementarios a la Estructura Ecológica Principal, construidos o
transformados por intervención antrópica, que prestan servicios ecosistémicos que
soportan el desarrollo socioeconómico y cultural de la población en el territorio.
TABLA 2 – INFRAESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL (IER)
INFRAESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL
SUBCATEGORÍAS
TRATAMIENTO DE
CONSERVACIÓN
AMBIENTAL
DEFINICIÓN
Páramo de Letras Área de Conservación y
protección ambiental
Ecosistema estratégico donde los elementos como la
vegetación, el suelo y subsuelo tienen gran potencial para
interceptar, almacenar y regular los flujos hídricos
superficiales y subterráneos, por lo cual cumple un papel
relevante en la regulación y aprovisionamiento del recurso
hídrico. (PMA Páramo del Departamento de Caldas).
Laderas
perimetrales
Área de Conservación y
protección ambiental
Corresponde a las laderas se localizan en el borde
exterior del perímetro urbano, con características
ambientales como relictos boscosos, conectividad
estructural y/o con pendientes superiores a los 40°, que
permiten moderar movimientos en masa, inundación o
avenidas torrenciales todo esto a partir de la retención del
suelo, la cual está directamente relacionada con el tipo de
cobertura y el uso actual y potencial del suelo, las cuales
cumplen funciones de conectividad, paisajísticas y un
efecto de borde entre los desarrollos urbanos y rurales
para permitir la conectividad estructural y funcional.
Corredores de
conectividad
ecológica
Área sostenible para la
producción agrícola y
ganadera
Franja de vegetación remanente en diferentes estados de
maduración que une las áreas protegidas separadas por
la actividad humana, para facilitar el libre tránsito de
organismos entre las áreas protegidas, cumpliendo
principalmente funciones de conectividad, paisajísticas y
en algunos casos de regulación de la calidad del aire.
En el área rural se incluyen los Corredores de
Conectividad Ecológica asociados a sistemas productivos,
claves para conservación de los recursos de aguas,
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control de procesos erosivos y zonas de protección
forestal.
Áreas de
importancia
estratégica para la
conservación de
recursos hídricos
Área sostenible para la
producción agrícola y
ganadera
Aquellas microcuencas y/o áreas aferentes de los
acuíferos abastecedores de acueductos tanto urbanos
como rurales y con provisión de agua para generación
hidroeléctrica. Se trata de las zonas que no se encuentran
contenidas dentro de las áreas de interés ambiental que
entre otros atributos de biodiversidad y servicios
ecosistémicos cumplen la función de conservación del
recurso hídrico, las mismas se delimitan en el Plano G-3
ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE RURAL.
Se incluirán las áreas de importancia estratégica para la
conservación de recursos hídricos que surten de agua a
los acueductos urbanos y rurales, que se prioricen según
lo establecido en el artículo 111 de la Ley 99 de 1993
modificado por el artículo 210 de la Ley 1450 de 2011,
reglamentado por el Decreto Nacional 0953 de 2013.
Rondas hídricas
(Fajas de
protección)
Área de Conservación y
protección ambiental
La Faja de Protección –FP es la franja aledaña al cauce
natural de las corrientes la cual tiene por objeto preservar
los recursos naturales renovables y brindar servicios
ambientales.
Zonas con función
amortiguadora
Área sostenible para la
producción agrícola y
ganadera
Superficie de territorio circunvecina y colindante a las
áreas protegidas del SINAP, que deben cumplir una
función amortiguadora que permita mitigar los impactos
negativos que las acciones humanas puedan causar
sobre dichas áreas.
Objetivos:
Promover la estructuración de redes de conectividad que no sólo contribuyan a la
movilidad de la fauna y los flujos genéticos, sino también promover especies arbóreas y
vegetales con características que permitan aportar al mejoramiento de la calidad del
aire, la calidad acústica y la calidad paisajística.
Proveer espacios naturales o aquellos en proceso de restablecimiento de su estado
natural, aptos para el deleite, la recreación, la educación, el mejoramiento de la calidad
ambiental y la valoración social de la naturaleza.
Fomentar la transformación de sistemas productivos ineficientes y que generan
degradación de suelos, así como afectación a la calidad de aguas, en sistemas más
eficiente y adaptables frente a las condiciones que influyen en la variabilidad climática.
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ÁREAS
PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN
BIODIVERSIDAD SERVICIOS ECOSISTÉMICOS
Estructura y
composición
Funcion
alidad
Aprovision
amiento
Regulación y soporte
Cult
ural
Vulnerabilidaddeespecies
Relictualidadenbiomas
Representatividaddebiomas
Estadodetransformaciónde
ecosistemas
Conectividadestructural
Alimentos
Recursosforestales
Aprovisionamientodeagua
superficial
Regulaciónhídrica
Regulaciónrecargade
acuíferos
Moderacióndeeventos
extremosporprecipitación
Moderacióndeeventosde
inundacionesyavenidas
torrenciales
Moderaciónmovimientosen
masa
Almacenamientodecarbonoen
biomasaaérea
Regulacióndelacalidaddel
aire(urbano)
Valorcultural,estéticoy
paisajístico
Páramo de Letras ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
Áreas de importancia
estratégica para la
conservación de
recursos hídricos
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
Laderas perimetrales ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
Corredor de
conectividad río
Chinchiná
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
Corredor de
conectividad río Cauca ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
Corredor de
conectividad río
Guacaica
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
Rondas hídricas
♦ ♦ ♦ ♦
Sistema de corredores
de conectividad bajo
Manizales
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
Zonas con función
amortiguadora
♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
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USOS
Principal
Usos de restauración, rehabilitación y recuperación: Comprenden todas las
estrategias de restauración para restablecer los procesos ecológicos y mantener la
composición, estructura y función del ecosistema; de rehabilitación la cual no implica
llegar a un estado original y se enfoca en el restablecimiento de manera parcial de
elementos estructurales o funcionales del ecosistema deteriorado, así como de la
productividad y los servicios que provee el ecosistema; y de recuperación que implica
retornar la utilidad de un ecosistema sin tener como referencia el estado inicial, en la
que se reemplaza un ecosistema degradado por otro productivo, pero estas acciones no
llevan al ecosistema original, integran ecológica y paisajísticamente el área degradada
con su entorno. Estos usos comprenden las invenciones para la mitigación de amenaza
o riesgo.
Compatible
Usos de Conocimiento: Comprenden todas las actividades de investigación,
monitoreo o educación ambiental que aumentan la información, el conocimiento, el
intercambio de saberes, la sensibilidad y conciencia frente a temas ambientales y la
comprensión de los valores y funciones naturales, sociales y culturales de la
biodiversidad.
Condicionado
De uso sostenible: Comprenden todas las actividades de producción, extracción,
construcción, adecuación o mantenimiento de infraestructura, relacionadas con el
aprovechamiento sostenible de la biodiversidad y los proyectos de desarrollo con
restricciones en la densidad de ocupación y construcción siempre y cuando no alteren
los atributos de la biodiversidad y servicios ecosistémicos previstos en cada área, por
esta razón es necesaria la implementación de buenas prácticas de producción agrícola
y ganadera así como sistemas alternativos de producción. Cruce de vías y poliductos,
redes de servicios públicos domiciliarios (Las redes de servicios públicos no incluyen
sistemas de tratamiento de aguas residuales, ni disposición de residuos sólidos), se
permiten sólo en aquellos casos en que técnicamente no es posible su ubicación en
otras áreas y se demuestre que no genera riesgo o amenaza en la zona de influencia.
Usos de disfrute: Comprenden todas las actividades de recreación y ecoturismo,
incluyendo la construcción, adecuación o mantenimiento de la infraestructura necesaria
para su desarrollo, que no alteran los atributos de la biodiversidad y servicios
ecosistémicos previstos en cada zona, por lo cual no disminuyan o degraden o alteren
los atributos básicos de composición estructura y función que prestan.
Prohibido
Toda clase de actividades que no estén contempladas en los usos permitidos,
compatibles y condicionados, de acuerdo a la zonificación establecida en cada área, o
que afecte los principios y criterios priorizados para cada una de ellas.
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CONDICIONANTES DE USO
Consideraciones
Generales
En las invenciones para la mitigación de amenaza o riesgo, se debe generar una
restitución morfológica y de cobertura vegetal de la zona intervenida que permita
conservar los atributos y criterios priorizados en la zona.
Las obras para la instalación de redes de servicios deben contar con estudios de
mitigación de impactos ambientales, de riesgo y paisajísticos (en relación con el impacto
visual que puedan causar en el entorno).
Plan de Intervención: Para los desarrollos condicionados a realizarse en las áreas de la
infraestructura ecológica que así lo permitan, deberá presentar ante la Secretaría de
Planeación (que para sus efectos deberá convocar a las Secretarías de Medio Ambiente,
UGR y demás dependencias de acuerdo a la propuesta) un Plan de intervención integral
para análisis y aprobación que responda a los valores representativos del área, el cual
deberá tener en cuenta por lo menos:
• El sustento de la propuesta a la luz de los principios y criterios priorizados para el área
de interés ambiental.
• El área del plan tendrá un aprovechamiento máximo de 0.15 de área bruta del plan,
incluyendo las áreas colindantes de desarrollo condicionado.
• Áreas de descanso y valoración del paisaje: se deben tener adecuada señalización,
obras de iluminación, bancas y barandas (materiales y sistemas constructivos que
respeten las condiciones del área) que permitan ofrecer balcones paisajísticos con un
grado de seguridad. Dichos espacios no pueden generar procesos de modificación de
la topografía de la zona.
• Deberá tenerse en cuenta las condiciones de amenaza o riesgo identificadas en la
zona, en el caso de ser necesario (en zonas de riesgo implícito), para la propuesta de
infraestructura de apoyo (a las actividades de recreación, conocimiento o
equipamientos),de acuerdo al nivel de riesgo se deben acoger las exigencias para
intervención prescriptiva que aplique en la zona según las disposiciones dispuestas en
los determinantes de riesgo del presente POT (Tipos de intervenciones asociadas a
niveles de riesgo). “La intervención prescriptiva plantea el tipo de análisis y exigencias
que se deben cumplir con el fin de reducir o controlar (asegurarse de no dejar
aumentar) la amenaza, y si es del caso la exposición en las áreas propensas a los
fenómenos peligrosos. Dichas exigencias deben obedecer a una normativa propia de
requisitos mínimos de idoneidad y seguridad que no serían más que las reglas del
juego para establecer la posible mitigabilidad de la amenaza y el riesgo”
4
. En todo
4
“Insumos técnicos para el ajuste del plan de ordenamiento territorial de Manizales con base en las evaluaciones ad hoc de
amenaza, vulnerabilidad y riesgo por deslizamientos, inundaciones y eventos sísmicos”, Convenio Interinstitucional
Corpocaldas Universidad Nacional de Colombia 2014.
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caso deberán realizarse primero las intervenciones en las zonas con riesgo implícito
que hagan parte del área.
• Los usos actuales y los propuestos.
• Deberá realizar una sectorización al interior del área delimitando las zonas de
protección y conservación y de uso condicionado en las cuales se pueden realizar las
actividades que se planteen sin perder los principios y criterios priorizados,
especialmente los de conectividad teniendo en cuenta no afectar el paisaje.
• Las condiciones de accesibilidad peatonal.
• Identificación de los impactos generados por la propuesta y la mitigación a los
impactos negativos.
• Definición de los sistemas de espacios públicos, equipamientos y movilidad.
• En caso de requerirse, se deberán tramitar sistemas adecuados de abastecimiento,
tratamiento y vertimiento de aguas aprobados por la autoridad ambiental de acuerdo a
requerimientos de la actividad.
Los protocolos para presentar el Plan de Intervención y sus etapas de aprobación serán
desarrolladas conforme al procedimiento de los Planes de Implantación (contenidos en el
Anexo N° 3 NORMAS GENERALES), y los actos jurídicos que allí se produzcan tendrán
los mismos efectos y podrán ser impugnados de idéntica forma. Para el caso de
desarrollos de espacio público requerirán la respectiva licencia de intervención de
espacio público.
Condiciones Específicas
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ÁREAS
ESTRATEGIAS DE DESARROLLO
Valores para el
desarrollo y manejo
Condiciones Especiales
Ámbito de
aplicación de
instrumentos
Páramo de
Letras
Conservación y manejo
de esta área, de
manera tal que se
garantice de forma
permanente la
prestación de bienes y
servicios que ella
presta. Área aferente
de acueductos cuenca
del río Chinchiná.
Los usos que se desarrollen en el ecosistema de
páramo deberá ajustarse a los establecidos en el
Plan de Manejo de Páramos de Caldas o el que lo
modifique o lo complemente, y se incorporarán al
Plan de Ordenamiento Territorial los ajustes a la
delimitación actual que realice la Autoridad Ambiental
siguiendo los lineamientos dados por el Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible, en cumplimiento
de la ley 1450 de 2011.
Se promoverán acciones de restauración del
ecosistema paramuno y conservación de las
especies de flora endémicas allí existentes, no se
permite la introducción de especies forestales
exóticas. Se deberán implementar de manera
paulatina mejores prácticas de producción
agropecuarias, propendiendo por la disminución de la
expansión de la frontera agrícola.
No aplica el Plan de intervención.
Ámbito V: Áreas de
conservación –
producción en
predios privados
Laderas
perimetrales
Su uso principal se
encuentra referido a la
restauración y generar
procesos de
conectividad que a su
vez permitan de forma
condicionada usos de
conocimiento, disfrute
generando espacios de
recreación pasiva
equipamiento de
seguridad ligado a la
protección de la zona.
No se permiten los usos sostenibles de explotación
de los recursos naturales, actividades exploratorias y
extractivas de los recursos naturales, ni
agropecuarios; donde existan estos usos se
promoverá la transformación a usos de restauración.
Se permitirán actividades recreativas y contemplación
del paisaje con acceso a los visitantes a través del
desarrollo de una infraestructura mínima que permita
su apropiación y disfrute ciudadano, tal como
senderos o miradores; conservando la conectividad
así como los principios y criterios priorizados para
estas áreas, el cual se deberá presentar en el marco
del Plan de Intervención definido en las condiciones
generales.
Ámbito II: Áreas de
conservación en
suelo
predominantemente
público de
conservación con
declaratorias y/o
restricciones
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en
suelo
predominantemente
privado
Corredores de
conectividad
ecológica
Sus usos principales
son de conservación y
restauración, como uso
condicionado se
permitirán usos de
disfrute generando
espacios de recreación
pasiva y educación
En relación con los Corredores de Conectividad de
los ríos, se propenderá por la conservación y
trasformación de sistemas productivos; con el fin de
lograr la consolidación con las rondas hídricas. Para
los desarrollos condicionados de disfrute en estos
corredores, fuera de las rondas hídricas, se deberá
realizar el respectivo Plan de Intervención según lo
indicado en las condiciones generales, los cuales
Ámbito II: Áreas de
conservación en
suelo
predominantemente
público de
conservación con
declaratorias y/o
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ambiental,
investigación,
conservando la
conectividad así como
los principios y criterios
priorizados para estas
áreas.
podrán ser propuestos desde la iniciativa de los
propietarios privados, los cuales podrán usufructuar
los usos que se desarrollen allí, siempre y cuando se
ajusten al plan de intervención.
Se establecerá un corredor de conectividad de
Manizales bajo que además de las funciones de
conectividad ecológica permita la conservación del
recurso hídrico, el control de procesos erosivos y la
protección de sistemas forestales, el mismo requerirá
la estructuración de un proyecto que apunte a la
restauración y a la consolidación de una matriz de
producción-conservación que favorezca la
conectividad. Hasta tanto no se realice la formulación
e implementación del proyecto, en la delimitación
establecida en el Plano G-3 ESTRUCTURA
ECOLÓGICA DE SOPORTE RURAL, se permitirán
sistemas productivos sostenibles asociados a usos
agroforestales, silvopastoriles, forestal productor,
forestal protector-productor.
restricciones.
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en
suelo
predominantemente
privado
Áreas de
Abastecimiento
de Agua
(incluido Bosque
Sinaí –
Manantial)
Se promoverán usos de
conservación,
restauración,
rehabilitación y
recuperación de las
áreas de importancia
estratégica para la
conservación de
recursos hídricos.
Se incluye como parte
de la infraestructura
ecológica en la
presente subcategoría
el área aferente de
acueductos y áreas
potenciales de
aprovisionamiento
hídrico en el
corregimiento
Manantial, además de
plantaciones forestales
circunvecinas.
En estas áreas se promoverán acciones manejo
forestal sostenible, aprovechamientos de bajo
impacto, conservación de bosques nativos pre-
existentes, conservación y restauración de retiros a
cauces y nacimientos. Agricultura orgánica fuera de
las rodas hídricas, evitando el uso de agroquímicos.
En todo caso para explotación de recursos se deberá
asegurar la conservación de los principios y criterios
priorizados, se debe tener en cuenta no afectar la
provisión, regulación y calidad del agua y no activar
zonas de amenaza, en este sentido en las zonas con
pendientes fuertemente escarpadas y presencia de
erosión se prohíben las actividades agropecuarias,
las talas rasas y las quemas.
Aquellos predios menores a la UAF, solo podrán
construir alguna infraestructura de apoyo al proceso
productivo que se tenga, cuando se demuestre de
acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley
160 de1994, que la extensión conforme a las
condiciones agroecológicas de la zona y con
tecnología adecuada, permite a la familia remunerar
su trabajo y disponer de un excedente capitalizable
que coadyuve a la formación de su patrimonio, de
otro lado no podrán realizar construcciones,
subdivisiones, ni parcelaciones. En todo caso los
cultivos existentes deberán transformarse a sistemas
sostenibles Agrosilvicolas: Establecer cultivos
permanentes con sombrío y para algunas épocas del
Ámbito II: Áreas de
conservación en
suelo
predominantemente
público de
conservación con
declaratorias y/o
restricciones.
Ámbito V: Áreas de
conservación –
producción en
predios privados.
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año; sembrar especies maderables adaptadas a los
condiciones de sitio; mantener las coberturas
arbóreas naturales por lo menos en 50% del área;
realizar pequeñas bateas para eliminar el exceso de
agua en el suelo. Mantener las coberturas vegetales
arbóreas o arbustivas naturales; mezclar los cultivos
permanentes con árboles y pastos; los cultivos en
menor proporción que los pastos. (Con soporte en el
estudio semidetallado de suelos del IGAC). En estos
casos no aplica el Plan de Intervención.
En relación las áreas de importancia estratégica para
la conservación de recursos hídricos que surten de
agua a los acueductos urbanos y rurales, que se
prioricen según lo establecido en el artículo 111 de la
Ley 99 de 1993 modificado por el artículo 210 de la
Ley 1450 de 2011, reglamentado por el Decreto
Nacional 0953 de 2013, su adquisición se realizará
en el marco de dicha normativa y hasta tanto se
realice la compra se promoverán proyectos de pagos
por servicios ambientales. De este modo los predios
priorizados y adquiridos en aplicación de la norma en
mención serán incorporados en esta categoría con la
respectiva actualización cartográfica en el Plano G-3
ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE RURAL.
Para estas zonas se promoverán usos de
restauración, rehabilitación y recuperación y en caso
de proponer usos condicionados de desarrollo
sostenible o disfrute se deberá realizar El Plan de
Intervención.
Rondas hídricas
(Fajas de
protección)
Cauces permanentes:
Usos de preservación y
restauración
(incluyendo
intervenciones de
mitigación de riesgo),
Redes de Servicios
Públicos Domiciliarios:
No incluye sistemas de
tratamiento de aguas
residuales, ni
disposición de residuos
sólidos. Uso público
(Recreación pasiva). La
construcción de
senderos ecológicos y
parques lineales se
condicionará a los
Teniendo en cuenta que la delimitación de las rondas
hídricas se ha reglamentado como determinante
ambiental por parte de la Autoridad Ambiental en la
Resolución 077 de 2011, toda el área rural del
municipio acoge el estudio realizado por Corpocaldas
en aplicación de la metodología establecida para la
demarcación de fajas protectoras y su cartografía
ajustado con el estudio hidrológico del POMCA
(Plano G-3 y R-10 DEMARCACIÓN DE LAS FAJAS
DE PROTECCIÓN DE CORRIENTES HÍDRICAS
RURALES), asimismo se acogerán las
actualizaciones que se realicen al estudio y su
cartografía en el marco de la norma aplicable y con la
aprobación de Corpocaldas. De igual forma, en caso
requerirse mayor precisión en la delimitación del
retiro de fajas, los particulares podrán aplicar la
metodología establecida en la Resolución 077 de
2011 o la que la modifique, complemente o sustituya,
Ámbito II: Áreas de
conservación en
suelo
predominantemente
público de
conservación con
declaratorias y/o
restricciones.
Ámbito III: Áreas de
incentivo a la
conservación en
suelo
predominantemente
privado
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Fuente: Elaboración Equipo POT, a partir del Estudio Estructura Ecológica de Manizales 2013 y Normatividad Ambiental
estudios que se
realicen de manera
particular. Cruce de
vías y poliductos.
y una vez realizado el ajuste se aprobará solo con la
certificación de Corpocaldas que precise que la
propuesta de demarcación está acorde con las
normas sobre la materia.
Para el caso de intervención de cauces con llenos,
los mismos se realizarán en las condiciones y según
lo establecido en la Resolución 077 de 2011 o la que
la modifique, complemente o sustituya, incluyendo los
retiros y usos establecidos en dicha norma.
En el área del lleno se conservará libre de
edificaciones una faja equivalente al doble de la
máxima profundidad del mismo, en la cual se
permitirá la construcción de vías, parqueaderos,
zonas verdes y actividades agropecuarias. En el área
restante, se podrán implementar construcciones
sujetas a la capacidad portante del lleno, según los
resultados del estudio de suelos, y al cumplimiento
de las normas técnicas contenidas en el reglamento
Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-
10 igual regla se aplicará en los llenos existentes a la
fecha de la expedición de la presente resolución a los
que no se haya dado destinación final. (Res.
077/2011).
Cauces intermitentes:
Se podrán establecer
llenos sobre cauces
intermitentes, previo
permiso de
Corpocaldas, de
acuerdo a lo
establecido en la
Resolución 077 de
2011.
Zonas con
función
amortiguadora
Usos sostenibles:
Cumpliendo con los
objetivos de
conservación de cada
área, de acuerdo a las
determinantes
ambientales definidas
por Corpocaldas para
cada zona.
Preliminarmente en ellas se debe propender por la
implementación de sistemas productivos sostenibles
asociados a usos agroforestales, silvopastoriles,
forestal productor, forestal protector-productor, en
especial aquellos asociados a coberturas boscosas, a
fin de garantizar su función en la atenuación o
reducción de presiones sobre las áreas protegidas.
Se permiten actividades controladas. Agropecuarias,
forestales, habitacionales no nucleadas con
restricciones en la densidad de ocupación y la
construcción y ejecución de proyectos de desarrollo,
bajo un esquema compatible con los objetivos de
conservación del área protegida.
Una vez definidos los determinantes para zonas con
función amortiguadora por parte de Corpocaldas,
éstas se incorporarán al Plan de Ordenamiento
Territorial y su a la cartografía Plano G-3
ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE RURAL,
acogiendo los usos que se definan para estas áreas
con los respectivos lineamientos Ambientales.
Ámbito V: Áreas de
conservación –
producción en
predios privados
ALCALDÍA DE MANIZALES
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL
PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
DTS | COMPONENTE RURAL
DTS | COMPONENTE RURAL
PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 41
P.O.TMANIZALES 2015-2027
3.2.1.1.1.3 ZONAS CON DESARROLLO CONDICIONADO
Se refiere a las zonas que por sus condiciones o por su ubicación en relación con la
Estructura Ecológica Principal, deben cumplir con condicionantes para su desarrollo que
permita mitigar los impactos negativos que las acciones humanas puedan causar sobre la
estructura ecológica. Las zonas de desarrollo condicionado no hacen parte de los suelos
de protección pero atenúan los impactos sobre la estructura ecológica, por lo tanto las
zonas con desarrollo condicionado se encuentran delimitadas en el Plano G-3
ESTRUCTURA ECOLOGICA DE SOPORTE RURAL.
Se consideran las franjas colindantes de las Áreas de Interés Ambiental (AIA) sobre las
cuales tiene influencia los usos rurales como el agropecuario, vivienda rural y de
desarrollo restringido (suburbano, centros poblados), las cuales deberán orientarse a
atenuar y prevenir las perturbaciones, contribuir a subsanar alteraciones que se presenten
por efecto de las presiones en dichas áreas, con los objetivos de conservación y aportar a
la preservación de los elementos biofísicos y valores culturales, los servicios ambientales
y los procesos ecológicos relacionados con las AIA, por lo cual deberán tener a usos
sostenibles que permitan procesos de transición, compatibilidad y sostenibilidad.
ALCALDÍA DE MANIZALES
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL
PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
DTS | COMPONENTE RURAL
DTS | COMPONENTE RURAL
PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 42
P.O.TMANIZALES 2015-2027
TABLA 3 – ZONAS CON DESARROLLO CONDICIONADO RURAL
Fuente: Elaboración Equipo POT, a partir del Estudio Estructura Ecológica de Manizales 2013 y Normatividad Ambiental
ZONAS CON DESARROLLO CONDICIONADO
ZONAS
COLINDANTES DE
LAS ÁREAS
TRATAMIENTOS CONDICIONANTE
Ámbito de
aplicación de
instrumentos
Zonas colindantes
entre las áreas de
interés ambiental
rurales y las áreas de
interés ambiental
urbanas: Ecoparque
Yarumos, Ecoparque
Alcázares y Bosque
Caracoles.
Suelo de
producción
agropecuaria y
de desarrollo
restringido rural
Se permiten actividades controladas,
agrícolas, ganaderas, forestales,
habitacionales no nucleadas, ejecución de
proyectos de desarrollo bajo un esquema
compatible con principios y criterios de
priorización de conservación del área
protegida, en las cuales se promoverá
sistemas productivos sostenibles que
permitan mitigar el efecto de borde hacia
las áreas de interés ambiental, se debe
propender por la implementación de
sistemas productivos sostenibles
asociados a usos agroforestales,
silvopastoriles, forestal productor, forestal
protector-productor, en especial aquellos
asociados a coberturas boscosas.
Podrán hacer parte de los Planes de
intervención de las áreas de interés
ambiental rural, participando en el reparto
de carga y beneficios, ubicando en ella los
usos de mayor impacto.
No aplica.
Paisaje cultural
cafetero
Suelo de
producción
agropecuaria
Se permiten actividades controladas, y de
uso sostenible de recursos naturales, con
restricciones en la densidad de ocupación
y la construcción y ejecución de proyectos
de desarrollo, bajo un esquema compatible
con los objetivos del Paisaje Cultural
Cafetero, y acogiendo las condiciones
establecidas por el Ministerio de Cultura o
quien haga sus veces.
Ámbito IV: Áreas
de interés
ambiental
Componente Rural ‪#POT‬ ‪‎Manizales
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  • 1.
  • 2. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 1 P.O.TMANIZALES 2015-2027 PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 2015-2027 COMPONENTE RURAL DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE JORGE EDUARDO ROJAS GIRALDO Alcalde de Manizales JOSÉ FERNANDO OLARTE OSORIO Secretario de Planeación
  • 3. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 2 P.O.TMANIZALES 2015-2027 ALCALDÍA DE MANIZALES Dr. Jorge Eduardo Rojas Giraldo, Alcalde Dr. José Fernando Olarte Osorio, Secretario de Planeación Coordinador General P.O.T Arq. Jorge Andrés Castro Aguirre Asesoría P.O.T Abog. Esp. Derecho Urbano, Nelson Uribe Ramírez Equipo Técnico P.O.T Del. Arq. Diana María Alvarán Cardona Arq. Juan David Arboleda Ramírez Arq. Gustavo Adolfo Arteaga Botero Geol. Diana Marcela Bedoya Marín Com. Soc. Ángela María Betancurt Jaramillo Soc. Ricardo Andrés Camargo Amézquita Arq. Ángela María García Ríos Adm. Luis Alfonso Giraldo Duque Del. Arq. Liliana Gómez Cardona Adm. Mauricio Gómez Trujillo Geol. Juan Carlos Gutiérrez Arboleda Ing. Ind. Marcelo Gutiérrez Guarín Ing. Ana Milena Gutiérrez Ocampo Adm. Sebastián Herrera Beltrán Ing. Leonardo Leal García Arq. Ana Isabel López Ospina Abog. Jaime Marín Marín Econ. Diana Patricia Martínez López Ing. Amb. Paulo César Mejía Valencia Arq. Lilia Millán Gaviria Zoot. Jhon Jaime Muñoz Marín Del. Arq. Omar Fabián Núñez Velasco Ing. Amb. Tatiana Ochoa Cárdenas Arq. Diana Patricia Osorio Hernández Econ. Jairo Alonso Ospina Rincón Arq. Fabio Salazar Sánchez Arq. Claudia María Salazar Velásquez Arq. María Luz Vásquez Jaramillo Ing. Gustavo Adolfo Vélez Gutiérrez Estad. Luz Dary Vergara Castrillón Ing. María Isabel Zapata Tabares Ing. Sist. Mauricio Andrés Zuluaga Giraldo Geol. José Alfredo Zuluaga Vargas Apoyo Dr. Jorge Andrés Bernal Sánchez, Director Unidad de Gestión del Riesgo Dra. María del Socorro Zuluaga Restrepo, Prof. Esp. Secretaría Jurídica.
  • 4. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 3 P.O.TMANIZALES 2015-2027 3. COMPONENTE RURAL CONTENIDO 3.1 POLÍTICAS DE MEDIANO Y CORTO PLAZO SOBRE USO Y OCUPACIÓN EN ARMONÍA CON EL MODELO ESTRUCTURAL DE LARGO PLAZO DEL COMPONENTE GENERAL........... 8 3.2 CATEGORÍAS DEL SUELO RURAL ........................................................................................ 11 3.2.1 CATEGORÍA DE PROTECCIÓN EN SUELO RURAL........................................................... 12 3.2.1.1 ÁREAS DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL (ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL) ..................................................................................................................................................... 12 3.2.1.1.1 CLASIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL................................................ 13 3.2.1.1.1.1 ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL RURAL (EEPR) .......................................................... 13 3.2.1.1.1.2 INFRAESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL (IER) ....................................................................... 31 3.2.1.1.1.3 ZONAS CON DESARROLLO CONDICIONADO ........................................................................... 41 3.2.1.2 ÁREAS PARA LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA Y DE EXPLOTACIÓN DE RECURSOS NATURALES............................................................................................................................... 43 3.2.1.3 ÁREAS DEL SISTEMA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS ............................................. 51 3.2.1.3.1 AGUA Y SANEAMIENTO BÁSICO: ACUEDUCTOS VEREDALES, PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE Y AGUAS RESIDUALES................................................................................................ 53 3.2.1.3.2 ESCOMBRERAS MUNICIPALES..................................................................................................... 54 3.2.1.4 ÁREAS DE AMENAZA Y RIESGO ..................................................................................................... 55 3.2.1.4.1 CRITERIOS GENERALES DE ACTUACIÓN.................................................................................... 55 3.2.1.4.2 RIESGO IMPLÍCITO ......................................................................................................................... 57 3.2.1.4.3 SUELOS DE DESARROLLO CONDICIONADO............................................................................... 59 3.2.1.4.4 ÁREAS DE PROTECCIÓN POR AMENAZA Y RIESGO.................................................................. 61 3.2.1.5 ÁREAS E INMUEBLES CONSIDERADOS PATRIMONIO CULTURAL............................................. 62 3.2.1.5.1 PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO – BIENES INMUEBLES DE INTERÉS CULTURAL (BIC)........ 62 3.2.1.5.2 PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO Y PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO EN EL PAISAJE CULTURAL CAFETERO .................................................................................................................................. 64 3.2.1.5.2.1 PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO............................................................................................... 64 3.2.1.5.2.2 PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO.................................................................................................. 73 3.2.1.5.3 RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA - PATRIMONIO INMATERIAL ........................... 73
  • 5. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 4 P.O.TMANIZALES 2015-2027 3.2.2 CATEGORÍA DE DESARROLLO RESTRINGIDO EN SUELO RURAL ............................... 75 3.2.2.1 SUELO SUBURBANO ......................................................................................................................... 75 3.2.2.1.1 NORMAS DE ORDENAMIENTO PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL SUELO SUBURBANO ................................................................................................................................................... 78 3.2.2.1.2 NORMAS GENERALES APLICABLES A LAS CONSTRUCCIONES EN SUELO SUBURBANO.... 79 3.2.2.1.3 ORDENAMIENTO DE LOS CORREDORES VIALES SUBURBANOS............................................. 81 3.2.2.1.4 NORMAS APLICABLES PARA EL DESARROLLO DE USOS COMERCIALES Y DE SERVICIOS EN SUELO RURAL SUBURBANO................................................................................................................... 82 3.2.2.2.1 CONDICIONES BÁSICAS PARA LA LOCALIZACIÓN DE USOS INDUSTRIALES EN SUELO RURAL SUBURBANO ...................................................................................................................................... 83 3.2.2.2 CENTROS POBLADOS ...................................................................................................................... 85 3.2.2.2.1 NORMAS DE ORDENAMIENTO PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS CENTROS POBLADOS... ................................................................................................................................................... 86 3.2.2.2.2 NORMAS GENERALES APLICABLES A LAS CONSTRUCCIONES EN LOS CENTROS POBLADOS... ................................................................................................................................................... 86 3.2.2.3 ÁREAS DEL SISTEMA DE EQUIPAMIENTOS .................................................................................. 89 3.2.2.3.1 CLASIFICACIÓN DE EQUIPAMIENTOS RURALES........................................................................ 90 3.2.2.3.1.1 EQUIPAMIENTOS COLECTIVOS RURALES ............................................................................... 90 3.2.2.3.1.1.1 EQUIPAMIENTOS DE SALUD ................................................................................................... 91 3.2.2.3.1.1.2 EQUIPAMIENTOS EDUCATIVOS.............................................................................................. 92 3.2.2.3.1.1.3 EQUIPAMIENTOS CULTURALES.............................................................................................. 95 3.2.2.3.1.1.4 EQUIPAMIENTOS DE CULTO ................................................................................................... 95 3.2.2.3.1.1.5 EQUIPAMIENTOS RECREATIVOS Y DEPORTIVOS................................................................ 96 3.2.2.3.1.2 EQUIPAMIENTOS DE SERVICIOS RURALES BÁSICOS ............................................................ 96 3.2.2.3.1.2.1 EQUIPAMIENTOS DE SEGURIDAD.......................................................................................... 97 3.2.2.3.1.2.2 EQUIPAMIENTOS DE SERVICIOS A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA................................... 98 3.2.2.3.1.2.3 EQUIPAMIENTOS DE SERVICIOS ESPECIALES..................................................................... 99 3.2.2.4 SISTEMA DE MOVILIDAD ........................................................................................................... 100 3.2.2.4.1 COMPONENTES DEL SISTEMA DE MOVILIDAD......................................................................... 101 3.2.2.4.1.1 SUBSISTEMA VIAL RURAL ........................................................................................................ 101 3.2.2.4.1.1.1 DIMENSIONES MÍNIMAS DE LA SECCIÓN TRANSVERSAL DE LAS VÍAS RURALES ........ 106 3.2.2.4.1.1.2 FAJAS DE RETIRO O ÁREAS DE EXCLUSIÓN...................................................................... 106 3.2.2.4.1.2 SUBSISTEMA DE TRANSPORTE RURAL ................................................................................. 107 3.2.2.5 DE LOS USOS DEL SUELO RURAL................................................................................................ 108 3.2.2.5.1 CLASIFICACIÓN DE LOS USOS RURALES DE ACUERDO CON SU ACTIVIDAD...................... 108
  • 6. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 5 P.O.TMANIZALES 2015-2027 3.2.2.5.2 CATEGORIZACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO.......................................................................... 110 3.2.2.5.3 NIVELES DE IMPACTO.................................................................................................................. 111 3.2.2.5.4 USO DE VIVIENDA EN SUELO RURAL ........................................................................................ 111 3.2.2.5.5 ACTIVIDADES COMPATIBLES O COMPLEMENTARIAS Y CONDICIONADAS DE LOS GRUPOS DE COMERCIO, SERVICIOS E INSTITUCIONAL ......................................................................................... 112 3.2.2.5.6 ACTIVIDADES INDUSTRIALES ..................................................................................................... 113 3.2.2.5.7 REQUERIMIENTOS DE IMPACTO AMBIENTAL........................................................................... 117 3.2.2.5.8 ACTIVIDAD INDUSTRIAL EN SUELO RURAL NO SUBURBANO ................................................ 118 3.2.2.6 CONDICIONES GENERALES PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS PARA LOS DISTINTOS USOS EN SUELO RURAL............................................................................................................................. 119 3.2.2.6.1.1 SUBDIVISIÓN EN SUELO RURAL (CORREGIMIENTOS) ......................................................... 120
  • 7. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 6 P.O.TMANIZALES 2015-2027 LISTADO DE GRÁFICOS GRÁFICO 1 – CATEGORÍAS DEL SUELO RURAL MUNICIPIO DE MANIZALES........................................ 11 GRÁFICO 2 – PLANO G-3 ESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL ................................................................. 11 GRÁFICO 3 – PLANO R-4 CLASES AGROLÓGICAS.................................................................................... 44 GRÁFICO 4 – PLANO R-5 CLASES AGROLÓGICAS_CORREGIMIENTOS COLOMBIA, CRISTALINA Y REMANSO........................................................................................................................................................ 45 GRÁFICO 5 – PLANO R-7 CLASES AGROLÓGICAS_CORREGIMIENTOS MANANTIAL Y RIO BLANCO 46 GRÁFICO 6 – PLANO R-6 CLASES AGROLÓGICAS_CORREGIMIENTOS PANORAMA Y CORREDOR AGROTURÍSTICO............................................................................................................................................ 47 GRÁFICO 7 – PLANO R-12 SERVICIOS PÚBLICOS RURAL........................................................................ 52 GRÁFICO 8 – PLANO R-2 RIESGO IMPLICITO POR DESLIZAMIENTO RURAL......................................... 58 GRÁFICO 9 – FLUJOGRAMA SUELO DE DESARROLLO CONDICIONADO............................................... 60 GRÁFICO 10 – PLANO G-1 CLASIFICACIÓN DEL SUELO MUNICIPAL...................................................... 77 GRÁFICO 11 – CENTRALIDADES SUBURBANAS ....................................................................................... 82 GRÁFICO 12 – PLANO EQUIPAMIENTOS RURALES................................................................................... 89 GRÁFICO 13 – PLANO R-3 SUBSISTEMA VIAL: CLASIFICACIÓN VIAL RURAL..................................... 100
  • 8. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 7 P.O.TMANIZALES 2015-2027 LISTADO DE TABLAS TABLA 1 – ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL RURAL (EEPR)......................................................... 14 TABLA 2 – INFRAESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL (IER)...................................................................... 31 TABLA 3 – INFRAESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL (IER)...................................................................... 42 TABLA 4 – ACUEDUCTOS ÁREA RURAL DE MANIZALES ......................................................................... 53 TABLA 5 – TIPOS DE INTERVENCIONES ASOCIADAS A NIVELES DE RIESGO IMPLÍCITO ................... 56 TABLA 6 – BIENES INMUBLES DECLARADOS BIC DEL NIVEL NACIONAL Y MUNICIPAL, LOCALIZADOS EN SUELO RURAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES ....................................................... 62 TABLA 7 – PRE-INVENTARIO DE BIENES INMUBLES LOCALIZADOS EN LOS CINCO (5) CORREGIMIENTOS QUE HACEN PARTE DEL PAISAJE CULTURAL CAFETERO (PCC)......................... 68 TABLA 8 – CRITERIOS DE VALORACIÓN .................................................................................................... 71 TABLA 9 – VALORES QUE SE PERMITEN ATRIBUIR A LOS INMUEBLES................................................ 72 TABLA 10 – RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA - PATRIMONIO INMATERIAL .................... 73 TABLA 11 – EQUIPAMIENTOS DE SALUD RURALES ................................................................................. 91 TABLA 12 - EQUIPAMIENTOS EDUCATIVOS RURALES............................................................................. 92 TABLA 13 - EQUIPAMIENTOS CULTURALES RURALES ............................................................................ 95 TABLA 14 - EQUIPAMIENTOS DE CULTO RURALES .................................................................................. 95 TABLA 15 – EQUIPAMIENTOS RECREATIVOS Y DEPORTIVOS RURALES.............................................. 96 TABLA 16 – EQUIPAMIENTOS DE SEGURIDAD RURALES ........................................................................ 97 TABLA 17 – EQUIPAMIENTOS DE SERVICIOS A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RURALES................ 98 TABLA 18 – ELEMENTOS QUE CONFORMAN EL SUBSISTEMA VIAL RURAL....................................... 102 TABLA 19 – ORDEN DE LAS VÍAS NACIONALES-REGIONALES-RURALES........................................... 103 TABLA 20 – ACTIVIDADES ASOCIADAS AL USO: AGRICULTURA, GANADERIA, CAZA, SILVICULTURA Y PESCA ........................................................................................................................................................ 116
  • 9. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 8 P.O.TMANIZALES 2015-2027 PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 2015-2027 3.1 POLÍTICAS DE MEDIANO Y CORTO PLAZO SOBRE USO Y OCUPACIÓN EN ARMONÍA CON EL MODELO ESTRUCTURAL DE LARGO PLAZO DEL COMPONENTE GENERAL POLÍTICAS: Las políticas de mediano y largo plazo sobre el uso y ocupación del suelo rural del municipio de Manizales, se articulan con las variables estratégicas del Modelo de Ocupación Territorial de Largo Plazo para Manizales, contenidas en el numeral 1.1.5 del Componente General del Documento Técnico de Soporte, en especial la que se expresa de la siguiente manera: “Un territorio rural desarrollado de manera integral a través de la articulación funcional, económica y social con la región y el área urbana del municipio, en términos de prestación de servicios ambientales y de seguridad alimentaria; con un ordenamiento y desarrollo productivo basado en sus ventajas competitivas y comparativas, que le permitan optimizar su productividad, contribuir a la generación de empleo, mejorar las condiciones de vida de sus habitantes, y elevar la competitividad del municipio en el marco de la equidad social y sostenibilidad ambiental”. A partir de lo anterior, se establecen como Políticas de mediano y largo plazo en cuanto al uso y ocupación del suelo rural en el municipio de Manizales, las siguientes:  Aprovechar adecuadamente las ventajas comparativas con que las que cuenta el territorio rural, convirtiéndolas en ventajas competitivas, facilitando el adelanto de sus actividades económicas y productivas.  Promover el uso adecuado del suelo mediante la implantación de técnicas apropiadas y determinantes de tipo ambiental que permitan tener un manejo conveniente y sostenible del suelo rural, la Estructura Ecológica Principal y las áreas expuestas a amenaza y riesgo.
  • 10. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 9 P.O.TMANIZALES 2015-2027  Respetar las condiciones naturales del terreno, su geografía, su orografía, su geología, su hidrografía las cuales serán la base del crecimiento municipal y del desarrollo de todas las actividades, sociales, económicas y productivas. OBJETIVOS:  Potenciar las ventajas comparativas del territorio hacia ventajas competitivas, mediante el conocimiento de sus potencialidades y limitaciones en cuanto a clima y suelo, con miras a la atracción de nuevas y diversas formas productivas.  Reducir la diferencia con lo urbano, a través de la concepción del municipio como uno sólo.  Propender por el desarrollo sostenible para el municipio.  Trabajar de manera permanente en el ordenamiento ambiental de la cuenca del río Chinchiná, como ecosistema estratégico municipal y regional.  Permitir la ocupación del territorio de forma adecuada, procurando por la compatibilidad de actividades y buscando mayor relación entre distintos tipos de uso. ESTRATEGIAS:  Promover actividades económicas asociadas al ecoturismo, agroturismo y turismo de naturaleza en función de la capacidad productiva, la vocación ambiental, la capacidad de carga de los ecosistemas, y de la identidad cultural del territorio rural, maximizando además las oportunidades relacionadas con el paisaje cultural cafetero patrimonio de la humanidad.  Orientar acciones para el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad, disponibilidad, acceso físico y económico de la población a viviendas adecuadas, infraestructura pública y equipamientos, involucrando técnicas acordes con los modos de vida rural que promuevan la permanencia de la población en el territorio.  Estimular en las comunidades rurales la innovación y modernización tecnológica de los sistemas productivos sostenibles de la economía campesina y desarrollar mecanismos de articulación con los mercados de la ciudad y la región.
  • 11. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 10 P.O.TMANIZALES 2015-2027  Consolidar la red de asentamientos rurales para proveer servicios sociales, teniendo en cuenta la vocación de cada uno de éstos y su función en el entorno local y regional.  Identificar y reglamentar las áreas que tienen vocación para el acopio, la transformación, el comercio de alimentos y las actividades productivas, priorizando los centros poblados, las centralidades suburbanas y los centros de equipamientos y servicios.  Desarrollar acciones que permitan el aumento de la conectividad ecológica, el flujo de la biodiversidad y la oferta de servicios ecosistémicos, con énfasis en el suministro de agua potable para los acueductos veredales y comunitarios.  Promover la incorporación de los instrumentos de planificación rural, que contengan la reglamentación sobre oferta y demanda hídrica para los sistemas productivos de las cuencas hidrográficas.
  • 12. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 11 P.O.TMANIZALES 2015-2027 3.2 CATEGORÍAS DEL SUELO RURAL Con el fin de promover el ordenamiento y desarrollo sostenible del suelo rural, el presente Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Manizales da cumplimiento a las determinantes que se desarrollan en el Decreto Nacional 3600 de 2007 “Por el cual se reglamentan las disposiciones de las Leyes 99 de 1993 y 388 de 1997 relativas a las determinantes de ordenamiento en suelo rural y al desarrollo de actuaciones urbanísticas de parcelación y edificación de este tipo de suelo y se adoptan otras disposiciones”, las cuales constituyen normas de superior jerarquía en los términos del artículo 10 de la Ley 388 de 1997. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 3600 de 2007, en el componente rural del POT de Manizales y en su cartografía se determinan y delimitan cada una de las categorías de protección y de desarrollo restringido, con la definición de los lineamientos de ordenamiento y la asignación de usos principales, compatibles, condicionados y prohibidos correspondientes. GRÁFICO 1 – CATEGORÍAS DEL SUELO RURAL MUNICIPIO DE MANIZALES Fuente: Elaboración Equipo POT, con base en la Presentación Decreto 3600 de 2007: Ordenamiento Territorial Rural. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
  • 13. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 12 P.O.TMANIZALES 2015-2027 3.2.1 CATEGORÍA DE PROTECCIÓN EN SUELO RURAL Forman parte de la categoría de protección en suelo rural las siguientes áreas:  Áreas de conservación y protección ambiental.  Áreas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales.  Áreas del sistema de servicios públicos domiciliarios.  Áreas de amenaza y riesgo.  Áreas e inmuebles considerados patrimonio cultural. 3.2.1.1 ÁREAS DE CONSERVACIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL (ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL) Teniendo en cuenta la definición de Estructura Ecológica que se encuentra en el Componente General como un “Sistema interconectado de áreas que da sustento a los procesos ecológicos esenciales del territorio y a la oferta de servicios ecosistémicos (actual y futura), con la finalidad de brindar capacidad de soporte para el desarrollo socioeconómico y cultural de la población” en el suelo rural para cumplir esta finalidad será asumida en los componentes de Estructura Ecológica Principal e Infraestructura Ecológica y su valoración se refiere a los principios, criterios, atributos y variables para la priorización de áreas a incorporar a la EEP de Manizales, como resultado del estudio de Estructura Ecológica, los cuales hacen parte de los suelos de protección del municipio y se encuentran delimitados en los Planos G-2 ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE GENERAL y G-3 ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE, que hacen parte integral del presente Plan.
  • 14. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 13 P.O.TMANIZALES 2015-2027 GRÁFICO 2 – PLANO G-3 ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE Fuente: Elaboración Equipo POT, a partir del Estudio Estructura Ecológica de Manizales. Contrato No. 291-2012. Corpocaldas - Grupo HTM. 3.2.1.1.1 CLASIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL 3.2.1.1.1.1 ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL RURAL (EEPR) En el suelo rural la Estructura Ecológica Principal está conformada por las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas y las Áreas de Interés Ambiental del orden municipal.
  • 15. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 14 P.O.TMANIZALES 2015-2027 TABLA 1 – ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL RURAL (EEPR) ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL RURAL SUBCATEGORÍA TRATAMIENTODE CONSERVACIÓN AMBIENTAL DEFINICIÓN Áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas Área de Conservación Área definida geográficamente designada, regulada y administrada a fin de alcanzar objetivos específicos de conservación del Sistema Nacional de Áreas protegidas. Actualmente en esta subcategoría se han declarado desde la Nación en la categoría de áreas públicas: Reservas Forestales Protectoras (RFP) y Distrito de Conservación de Suelo (DCS), en el momento que se declaren nuevas reservas de las Categorías Públicas o Privadas entrará en esta subcategoría del presente Plan de Ordenamiento Territorial. Objetivos Generales de Conservación de las Áreas del SINAP: Asegurar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos naturales para mantener la diversidad biológica. Garantizar la oferta de bienes y servicios ambientales esenciales para el bienestar humano. Garantizar la permanencia del medio natural, o de algunos de sus componentes, como fundamento para el mantenimiento de la diversidad cultural del país y de la valoración social de la naturaleza.
  • 16. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 15 P.O.TMANIZALES 2015-2027 ÁREAS PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN BIODIVERSIDAD SERVICIOS ECOSISTÉMICOS Estructura y composición Funcion alidad Aprovision amiento Regulación y soporte Cultural Vulnerabilidaddeespecies Relictualidadenbiomas Representatividaddebiomas Estadodetransformaciónde ecosistemas Conectividadestructural Alimentos Recursosforestales Aprovisionamientodeagua superficial Regulaciónhídrica Regulaciónrecargade acuíferos Moderacióndeeventos extremosporprecipitación Moderacióndeeventosde inundacionesyavenidas torrenciales Moderaciónmovimientosen masa(rural) Almacenamientodecarbono enbiomasaaérea Valorcultural,estéticoy paisajístico 1. RFP. Río Blanco ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 2. DCS. Guacas - Rosario ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 3. RFP. Plan Alto ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 4. RFP. Sabinas ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 5. RFP. Bosques de La CH C ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 6. RFP. Torre 4 ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ USOS Los usos de las áreas del SINAP serán los regulados a través de la aprobación del Plan de Manejo Ambiental de cada área, en concordancia con la zonificación establecida al interior de ellas, a fin de garantizar el cumplimiento de sus objetivos de conservación. Las zonas y sus consecuentes sub-zonas dependerán de la destinación que se prevea para el área según la categoría de manejo definida. Los usos y actividades permitidas en las distintas áreas protegidas que integran el SINAP se podrán realizar siempre y cuando no alteren la estructura, composición y función de la biodiversidad característicos de cada categoría y no contradigan sus objetivos de conservación. 1 1 Decreto 2372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, la Ley 165 de 1994 y el Decreto Ley 216 de 2003, en relación con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, las categorías de manejo que lo conforman y se dictan otras disposiciones”.
  • 17. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 16 P.O.TMANIZALES 2015-2027 CONDICIONANTES DE USO Condiciones Generales La definición de la zonificación de cada una de las áreas que se realice a través del plan de manejo respectiva no conlleva en ningún caso el derecho a adelantar directamente las actividades inherentes a la zona respectiva por los posibles propietarios privados, ocupantes usuarios a habitantes que se encuentren o ubiquen al interior de tales zonas. De esta forma, el desarrollo de las actividades permitidas en cada una de las áreas del SINAP, debe estar precedido del permiso, concesión, licencia, o autorización a que haya lugar, otorgada por la autoridad ambiental, Corpocaldas, y acompañado de la definición de los criterios técnicos para su realización. 2 Condiciones Específicas Como se indicó en las condiciones generales todas las áreas para poder desarrollar sus usos deberán referirse al Plan de Manejo Ambiental y a la autorización de la autoridad ambiental, no obstante desde el presente Plan de Ordenamiento Territorial se presentan estrategias para la consolidación y mejoramiento de las áreas. Estrategia para la RFP Rio Blanco: Si bien las áreas del SINAP son responsabilidad de la Autoridad Ambiental, que para el caso de Manizales es Corpocaldas, desde la Estructura ecológica Municipal retomando el estudio de estructura ecológica, se incluye como estrategia de gestión de la Reserva Forestal Protectora Rio Blanco, realizar todos los estudios necesarios para realinderar e incluir el áreas de interés ambiental municipal bosque de Belmira y aumentar su superficie en ecosistema de páramo, trámite en el que se apoyará desde el Municipio a Corpocaldas como administrador de dicha reserva. Estrategia de Gestión: En las áreas del SINAP, como instrumentos para su consolidación se incluyen dentro del Ámbito I de aplicación de instrumentos: como Áreas de conservación con declaratorias y/o restricciones, de conservación con declaratorias y/o restricciones (se describe en el componente general), proponiendo instrumentos dirigidos a ampliar la esfera del dominio público. 2 Decreto 2372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el Decreto Ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, la Ley 165 de 1994 y el Decreto Ley 216 de 2003, en relación con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, las categorías de manejo que lo conforman y se dictan otras disposiciones”.
  • 18. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 17 P.O.TMANIZALES 2015-2027 SUBCATEGORÍA TRATAMIENTO DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL DEFINICIÓN Áreas de interés Ambiental Conservación y desarrollo sostenible Son aquellas zonas de terreno de importancia estratégica municipal y de soporte que permiten la preservación, restauración o uso sostenible de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos, con condiciones especiales para su uso y manejo. Objetivos Conservar las zonas con representatividad de las coberturas boscosas que se encuentran en la zona rural para así contribuir a la conservación de la biodiversidad con el objetivo de permitir la dispersión de plantas y animales y el intercambio de genes para mantener su viabilidad. Conservar y restaurar áreas en las cuales la regulación hídrica sea importante, es decir, conservar aquellas áreas en las cuales las coberturas del suelo, su uso y la forma de ocupación del territorio ejerzan una influencia sobre el comportamiento del recurso hídrico y que éste a su vez impacte sobre la calidad de vida de los habitantes. Regular a través de la conservación y mejoramiento de las áreas de interés ambiental la calidad acústica y la calidad del aire, convirtiendo estos ecosistemas en áreas funcionales ecológica y ambientalmente. Realzar el valor simbólico, espiritual y de recreación de las áreas de interés ambiental que permita identificar, delimitar, valorar, caracterizar y zonificar los diferentes lugares en relación a los servicios Ecosistémicos Culturales y que a su vez de cuenta de la relación sistémica con los servicios de aprovisionamiento, regulación y soporte. Aprovisionar de agua frente a la influencia de fenómenos climáticos de macro escala como el ENSO y bajo la el escenario de aumento de temperaturas en un cambio global.
  • 19. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 18 P.O.TMANIZALES 2015-2027 ÁREAS PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN BIODIVERSIDAD SERVICIOS ECOSISTÉMICOS Estructura y composición Funcio nalidad Aprovisionam iento Regulación y soporte Cultural Vulnerabilidaddeespecies Relictualidadenbiomas Representatividaddebiomas Estadodetransformaciónde ecosistemas Conectividadestructural Alimentos Recursosforestales Aprovisionamientodeagua superficial Regulaciónhídrica Regulaciónrecargade acuíferos Moderacióndeeventos extremosporprecipitación Moderacióndeeventosde inundacionesyavenidas torrenciales Moderaciónmovimientosen masa(rural) Almacenamientodecarbono enbiomasaaérea Valorcultural,estéticoy paisajístico 1. Bosque El Arenillo ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 2. Bosque Tesorito ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 3. Bosques de La Licorera ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 4. Bosques del Recinto del Pensamiento ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 5. Bosques cuenca Alta Q. Manizales ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 6. Bosque Belmira ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 7. Humedales Altoandinos ♦ ♦ ♦ 8. Bosque Tres Puertas ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 9. Bosque Caracoles ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 10. Nodo cuenca La Trinidad ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 11. Nodo cuencas La Cuchilla y La Cabaña ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 12. Nodo Las Marías ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 13. Nodo cuenca La China ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ 14. Nodo La Carbonera ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
  • 20. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 19 P.O.TMANIZALES 2015-2027 USOS Principal Usos de preservación: Comprenden todas aquellas actividades de protección, regulación, ordenamiento y control y vigilancia, dirigidas al mantenimiento de los atributos, composición, estructura y función de la biodiversidad, evitando al máximo la intervención humana y sus efectos. Compatible Usos de restauración, rehabilitación y recuperación: Comprenden todas las estrategias de restauración para restablecer los procesos ecológicos y mantener la composición, estructura y función del ecosistema; de rehabilitación la cual no implica llegar a un estado original y se enfoca en el restablecimiento de manera parcial de elementos estructurales o funcionales del ecosistema deteriorado, así como de la productividad y los servicios que provee el ecosistema; y de recuperación que implica retornar la utilidad de un ecosistema sin tener como referencia el estado inicial, en la que se reemplaza un ecosistema degradado por otro productivo, pero estas acciones no llevan al ecosistema original, integran ecológica y paisajísticamente el área degradada con su entorno. Estos usos comprenden las invenciones para la mitigación de amenaza o riesgo. Usos de Conocimiento: Comprenden todas las actividades de investigación, monitoreo o educación ambiental que aumentan la información, el conocimiento, el intercambio de saberes, la sensibilidad y conciencia frente a temas ambientales y la comprensión de los valores y funciones naturales, sociales y culturales de la biodiversidad. Condicionado De uso sostenible: Comprenden todas las actividades de producción, extracción, construcción, adecuación o mantenimiento de infraestructura, relacionadas con el aprovechamiento sostenible de la biodiversidad, así como las actividades forestales y los proyectos de desarrollo siempre y cuando no alteren los atributos de la biodiversidad y servicios ecosistémicos previstos en cada área. Cruce de vías y poliductos, redes de servicios públicos domiciliarios (Las redes de servicios públicos no incluyen sistemas de tratamiento de aguas residuales, ni disposición de residuos sólidos), se permiten en las zonas de desarrollo sostenible y uso público, en las demás zonas se permitirá sólo en aquellos casos en que técnicamente no es posible su ubicación en las otras zonas y se demuestre que no genera riesgo o amenaza en la zona de influencia. Usos de disfrute: Comprenden todas las actividades de recreación y ecoturismo, incluyendo la construcción, adecuación o mantenimiento de la infraestructura necesaria para su desarrollo, que no alteran los atributos de la biodiversidad y servicios ecosistémicos previstos en cada área. Prohibido Toda clase de intervención diferente a las que estén relacionadas con actividades culturales y turísticas.
  • 21. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 20 P.O.TMANIZALES 2015-2027 CONDICIONANTES DE USO Condiciones Generales El instrumento de planificación que orienta la gestión y conservación de la Áreas de Interés Ambiental será el PLAN DE MANEJO, el cual será aprobado por Decreto Municipal. Si bien se definen los usos generales para las áreas de interés ambiental, cada área de acuerdo a los principios y criterios que se priorizaron, responde a un objetivo de conservación los cuales deberán respetarse y asegurarse en el desarrollo de los usos permitidos en las áreas y a la zonificación ambiental definida en los Planes de Manejo, en caso de las áreas rurales que lo requieran. Es decir que solo requerirán Plan de Manejo las áreas que en sus condiciones específicas así lo requieran. En todo caso para explotación de recursos se deberá asegurar la conservación de los principios y criterios priorizados y contar con los permisos y requerimientos de la autoridad ambiental. En actividades de exploración o explotación minera deberán asegurar la NO alteración de los atributos de la biodiversidad y servicios ecosistémicos, en especial en las áreas abastecedoras de agua deberán asegurar el aprovisionamiento y calidad del recurso hídrico. Las invenciones para la mitigación de amenaza o riesgo no deben fragmentar la reserva, por lo tanto una vez implementada la solución se debe generar una restitución morfológica y de cobertura vegetal de la zona intervenida. Las obras para la instalación de redes de servicios deben contar con estudios de mitigación de impactos ambientales, de riesgo y paisajísticos (en relación con el impacto visual que puedan causar en el entorno). En lo posible deberán ubicarse, de acuerdo a la zonificación interna de cada área, en las zonas de uso sostenible o en la de uso público. Las áreas que así lo permitan en sus condiciones específicas podrán realizar el desarrollo, de acuerdo a la zonificación ambiental interna de las mismas en las zonas de uso sostenible y de uso público, siempre y cuando cumpla con la función social establecida y los objetivos de conservación, cumpliendo con el Plan de intervención: Plan de Intervención: Para los desarrollos complementarios a realizarse en las áreas de interés ambiental, asociados a los usos condicionados se deberá presentar ante la Secretaría de Planeación(que para sus efectos deberá convocar a las Secretarías de Medio Ambiente, Tránsito, UGR y demás dependencias de acuerdo a la propuesta) un Plan de intervención integral para análisis y viabilidad del proyecto, como instrumento de gestión y planificación que garantice el reparto equitativo de cargas y beneficios, que responda a los valores representativos de cada área, el cual deberá tener en cuenta: • El sustento de la propuesta a la luz de los principios y criterios priorizados para el área
  • 22. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 21 P.O.TMANIZALES 2015-2027 de interés ambiental. • El área del plan tendrá un aprovechamiento máximo de 0.15 de área bruta del plan, incluyendo las áreas colindantes de desarrollo condicionado. Con lo cual deberán definir los índices de construcción y ocupación y demás normas urbanísticas según la propuesta. Los usos actuales y los propuestos. Para el caso de las áreas que cuenten con Plan de Manejo Ambiental deberán responder a la zonificación interna del área y criterios definidos en las fichas normativas de cada zona según los usos establecidos. Para las áreas que no cuentan con Plan de Manejo Ambiental, deberán realizar un estudio descriptivo del área y de ordenamiento, donde se realice la zonificación al interior del área, delimitando las zonas de preservación, restauración, uso sostenible y de uso público, precisando las zonas en las cuales se pueden realizar las actividades que se planteen (se debe referir a lo indicado en el artículo sexto Acuerdo 0786 de 2012 “Por el cual se modifica el acuerdo no.603 de 2004 que crea el sistema municipal de áreas naturales protegidas del municipio de Manizales”). • En el caso de incluir infraestructura de apoyo (a las actividades de recreación, ecoturismo, conocimiento o equipamientos) las propuestas deberán homologarse a los usos definidos en el presente Plan de Ordenamiento Territorial. Las construcciones deberán responder al carácter de conservación del área. También deben tenerse en cuenta las condiciones de amenaza o riesgo identificadas en la zona, (en zonas de riesgo implícito) y de acuerdo al nivel de riesgo se deben acoger las exigencias para intervención prescriptiva que aplique en la zona según las disposiciones de los determinantes de riesgo del presente POT (Tipos de intervenciones asociadas a niveles de riesgo). “La intervención prescriptiva plantea el tipo de análisis y exigencias que se deben cumplir con el fin de reducir o controlar (asegurarse de no dejar aumentar) la amenaza, y si es del caso la exposición en las áreas propensas a los fenómenos peligrosos. Dichas exigencias deben obedecer a una normativa propia de requisitos mínimos de idoneidad y seguridad que no serían más que las reglas del juego para establecer la posible mitigabilidad de la amenaza y el riesgo” 3 . En todo caso deberán realizarse primero las intervenciones en las zonas con riesgo implícito que hagan parte del área. 3 “Insumos técnicos para el ajuste del plan de ordenamiento territorial de Manizales con base en las evaluaciones ad hoc de amenaza, vulnerabilidad y riesgo por deslizamientos, inundaciones y eventos sísmicos”, Convenio Interinstitucional Corpocaldas Universidad Nacional de Colombia 2014.
  • 23. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 22 P.O.TMANIZALES 2015-2027 Áreas de descanso y valoración del paisaje: se deben tener adecuada señalización, obras de iluminación, bancas y barandas (materiales y sistemas constructivos que respeten las condiciones del área) que permitan ofrecer balcones paisajísticos con un grado de seguridad. Dichos espacios no pueden generar procesos de modificación de la topografía de la zona. • Establecer las condiciones de accesibilidad peatonal, vehicular, pública y privada, privilegiando los transportes y sistemas autónomos. • Las ofertas de estacionamiento público y privado, actual y propuesto de acuerdo a las necesidades. • Identificación de los impactos generados por la propuesta y la mitigación de los impactos negativos. • Definición de los sistemas de espacios públicos, equipamientos y movilidad. • En caso de requerirse, se deberán tramitar sistemas adecuados de abastecimiento, tratamiento y vertimiento de aguas aprobados por la autoridad ambiental de acuerdo a requerimientos de la actividad. Los protocolos para presentar el Plan de Intervención y sus etapas de aprobación serán desarrolladas conforme al procedimiento de los Planes de Implantación (contenidos en el Anexo N° 3 NORMAS GENERALES), y los actos jurídicos que allí se produzcan tendrán los mismos efectos y podrán ser impugnados de idéntica forma. De la misma manera para la aprobación se aplicarán los requerimientos de contenidos en materia de movilidad y las consideraciones, contemplados para los Planes de Implantación. Condiciones Específicas
  • 24. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 23 P.O.TMANIZALES 2015-2027 ÁREAS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO Valores para el desarrollo y manejo Condiciones Especiales Ámbito de aplicación de instrumentos 1. Bosque El Arenillo Área en la que se promueve la conservación de Servicios ecosistémicos y culturales para la educación, la investigación y el turismo de naturaleza complementaria al paisaje cultural cafetero. Para su gestión y desarrollo de actividades se debe tener en cuenta el Plan de Manejo el cual se adopta en el presente Plan de Ordenamiento Territorial. El Plan de Manejo podrá ser actualizado o ajustado por Decreto Municipal. Las estrategias de desarrollo deberán estar dirigidas a potenciar el área mediante programas de educación ambiental y turismo que sirvan para el empoderamiento social y la generación de recursos para su enriquecimiento y consolidación como parte de la red de conectividad de Manizales. Para ello se promoverá su desarrollo desde la iniciativa privada, el cual requerirá del Plan de intervención ajustado a los requerimientos generales, acogiendo lo establecido en el Plan de Manejo. En las propuestas se deben retomar los programas de sostenibilidad del paisaje y las medidas y recomendaciones generadas por el Plan de manejo del Paisaje Cultural Cafetero. En las zonas de desarrollo sostenible se promoverá los programas de reconversión de sistemas productivos. En todo caso, no podrán realizar construcciones, subdivisiones, ni parcelaciones ni nuevos desarrollos productivos a los existentes en el área, en todo caso los cultivos existentes deberán transformarse a sistemas sostenibles Agrosilvicolas: Establecer semilleros de especies nativas; sembrar cultivos permanentes en pequeños bloques; mantener las coberturas arbóreas naturales por lo menos en 70% del área; manejar las aguas de escurrimiento mediante zanjas transversales dirigidas a las áreas de drenaje. Mantener las coberturas vegetales arbóreas o arbustivas naturales; mezclar los cultivos permanentes con árboles y pastos; los cultivos en menor proporción que los pastos.(Con soporte en el estudio semidetallado de suelos del IGAC) Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado.
  • 25. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 24 P.O.TMANIZALES 2015-2027 2. Bosque Tesorito Área en la que se promueve la conservación, restauración y los usos de conocimiento y desarrollo sostenible desde la iniciativa privada, Teniendo en cuenta su valor cultural y de conectividad. Para su gestión y desarrollo de actividades se debe tener en cuenta el Plan de Manejo el cual se adopta en el presente Plan de Ordenamiento Territorial. El Plan de Manejo podrá ser actualizado o ajustado por Decreto Municipal. Se realindera el área incluyendo un predio aledaño, con el fin de mejorar sus condiciones ecológicas para la conectividad y reducir la presión actual, liberando zonas que no aportan a los principios y criterios priorizados, por lo tanto se promoverá la reconversión a sistemas productivos sostenibles que mitiguen los impactos sobre el área y potencialicen sus atributos, las zonas que se liberan del área de interés ambiental deberán acogerse a lo establecido para las áreas con desarrollo condicionado adyacentes a la estructura ecológica de soporte. Teniendo en cuenta su vocación y tenencia actual, se promoverán los usos sostenibles actividades de investigación, monitoreo o educación ambiental desde la iniciativa privada, el cual para nuevos desarrollos a los actuales requerirá del plan de intervención ajustado a los requerimientos generales, acogiendo lo establecido en el Plan de Manejo Ambiental, en el que podrán plantearse actividades ecoturísticas según los requerido para ello. En todo caso, no podrán realizar construcciones, subdivisiones, ni parcelaciones ni nuevos desarrollos productivos a los existentes en el área, en todo caso los cultivos existentes deberán transformarse a sistemas sostenibles Agrosilvicolas: Se debe evitar el sobrepastoreo, teniendo en cuenta el alto grado de transformación se deben diseñar y aplicar programas de revegetalización. Mantener las coberturas vegetales arbóreas o arbustivas naturales; mezclar los cultivos permanentes con árboles y pastos; los cultivos en menor proporción que los pastos. (Con soporte en el estudio semidetallado de suelos del IGAC). Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado
  • 26. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 25 P.O.TMANIZALES 2015-2027 3. Bosques de La Licorera Área en la que se promueve la conservación y uso sostenible. Se promueve la gestión público-privada para la conservación. De no realizarse usos condicionados, no se requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de Intervención. En caso de proponer Usos de disfrute solo podrán plantearse usos de bajo impacto y se deberá acoger a lo establecido en el Plan de Intervención ajustado a los requerimientos generales, realizando el análisis descriptivo y de ordenamiento del área, definiendo los usos de mayor impacto en las zonas de desarrollo condicionado que limitan con el área, se debe tener en cuenta no afectar la provisión, regulación y calidad del agua y no activar zonas de amenaza. Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado 4. Bosques del Recinto del Pensamiento Área en la que se promueve la conservación y los usos de conocimiento y desarrollo sostenible y de disfrute desde la iniciativa privada. Se promueve gestión público-privada para la conservación. Teniendo en cuenta la vocación de área y los desarrollos ecoturísticos actuales se promoverá la conservación y potencialización de los principios y criterios priorizados, en caso de nuevos desarrollos en el área se requiere del Plan de Intervención ajustado a los requerimientos generales. El mantenimiento de la infraestructura actual del parque no requiere plan de intervención ajustado a los requerimientos generales. Se debe tener en cuenta no afectar la provisión, regulación y calidad del agua y no activar zonas de amenaza. Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado 5. Bosques cuenca Alta Quebrada Manizales Área en la que se promueven los usos de conservación y restauración por ser zona de abastecimiento hídrico aferente de acueductos cuenca de la quebrada Manizales. De no realizarse usos condicionados, no se requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de Intervención. En caso de proponer Usos de disfrute deberá formular el Plan de Intervención, realizando el análisis descriptivo y de ordenamiento del área, definiendo los usos de mayor impacto en las zonas que limitan con el área. Se promoverán procesos de restauración y reconversión a sistemas sostenibles. En todo caso para explotación de recursos se deberá asegurar la conservación de los principios y criterios priorizados y contar con los permisos y requerimientos de la autoridad ambiental. Aquellos predios menores a la UAF, solo podrán construir alguna infraestructura de apoyo al Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado
  • 27. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 26 P.O.TMANIZALES 2015-2027 proceso productivo que se tenga, cuando se demuestre de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 160 de1994, que la extensión conforme a las condiciones agroecológicas de la zona y con tecnología adecuada, permite a la familia remunerar su trabajo y disponer de un excedente capitalizable que coadyuve a la formación de su patrimonio, de otro lado no podrán realizar construcciones, subdivisiones, ni parcelaciones. Teniendo en cuenta que el área está afectada por títulos mineros y varias solicitudes de títulos, se requiere que los mismos aseguren la provisión, regulación y calidad del recurso hídrico y la prevención y control de zonas de amenaza o riesgo a través de intervenciones prescriptivas y correctivas. Así mismo la mitigación y compensación de los impactos negativos realizados en la zona, que le permitan conservar y recuperar los principios y criterios de priorización de especial importancia para el municipio. 6. Bosque Belmira Área en la que se promueven los usos de conservación y restauración En el corto y mediano plazo del Plan de Ordenamiento Territorial se realizarán las acciones requeridas por Corpocaldas para adicionar la presente área a la Reserva Forestal protectora de Río Blanco. En el transcurso del trámite se permitirán usos principales y compatibles, con actividades tendientes a la conservación, restauración y reconversión de sistemas productivos que permitan mantener y mejorar los principios y criterios de priorización, por lo cual no requiere Plan de Manejo, ni de intervención. (Teniendo en cuenta la propuesta en la cartografía de Estructura Ecológica de Soporte se consolida el área propuesta como Río Blanco.) Ámbito II: Áreas de conservación en suelo predominantemente público de conservación con declaratorias y/o restricciones 7. Humedales altoandinos Ecosistema estratégico de acuerdo con las políticas y normatividad nacional e internacional, en el que se promueven usos de conservación y restauración Se promoverán procesos de recuperación y restauración en las rondas hídricas. Para desarrollos agropecuarios y explotación de los recursos naturales deberá realizarse la delimitación de la ronda hídrica (faja forestal) aplicando la metodología definida por Corpocaldas mediante la Resolución 077 de Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado
  • 28. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 27 P.O.TMANIZALES 2015-2027 2011 y se deberá acoger lo definido en el Plan de Manejo de humedales formulado por Corpocaldas. Por lo tanto, no aplica el Plan de Intervención. 8. Bosque Tres Puertas Bosque remanente en la vertiente manizalita del río Cauca para el que se promueven usos de conservación y restauración dada la presencia de especies objeto de conservación y conectividad ecológica Se promoverán procesos de restauración y reconversión a sistemas sostenibles. En todo caso para explotación de recursos se deberá asegurar la conservación de los principios y criterios priorizados y contar con los permisos y requerimientos de la autoridad ambiental. De no realizarse usos condicionados, no se requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de Intervención. En caso de proponer Usos de disfrute deberá formular el Plan de Intervención, realizando el análisis descriptivo y de ordenamiento del área, definiendo los usos de mayor impacto en las zonas de desarrollo condicionado que limitan con el área. Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado 9. Bosque Caracoles Área en la que se promueve las actividades de conservación y restauración y como actividades complementarias de conocimiento y de recreación pasiva Para su gestión y desarrollo de actividades se debe tener en cuenta el Plan de Manejo el cual se adopta en el presente Plan de Ordenamiento Territorial. El Plan de Manejo podrá ser actualizado o ajustado por Decreto Municipal. Se fomentarán acciones de restauración, reconversión de sistemas productivos y manejo sostenible que apunten a su conexión y consolidación con el Nodo La Cuchilla - La Cabaña que permitan mejorar sus indicadores en el marco de la red de conectividad ecológica. Las actividades deberán acogerse al Plan de Manejo, en caso de desarrollar usos condicionados de disfrute, requerirá de un Plan de intervención de acuerdo a lo establecido, el que podrá desarrollarse desde iniciativa privada. Ámbito II: Áreas de conservación en suelo predominantemente público de conservación con declaratorias y/o restricciones 10.Nodo cuenca La Trinidad Área en la que se promueven los usos de conservación y restauración por su potencial de conectividad. Incluye área aferente de acueductos de la vereda La Trinidad. Se promoverán acciones conservación y restauración que permitan aumentar su representatividad. Se promoverán procesos reconversión a sistemas sostenibles. En todo caso para explotación de recursos se deberá asegurar la conservación de los principios y criterios priorizados y contar con los permisos y requerimientos de la autoridad ambiental. De no realizarse usos condicionados, no se requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado
  • 29. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 28 P.O.TMANIZALES 2015-2027 Intervención. En caso de proponer Usos de disfrute deberá formular el Plan de Intervención, realizando el análisis descriptivo y de ordenamiento del área, definiendo los usos de mayor impacto en las zonas de transición que limitan con el área, se debe tener en cuenta no afectar la provisión, regulación y calidad del agua y no activar zonas de amenaza. Aquellos predios menores a la UAF, solo podrán construir alguna infraestructura de apoyo al proceso productivo que se tenga, cuando se demuestre de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 160 de1994, que la extensión conforme a las condiciones agroecológicas de la zona y con tecnología adecuada, permite a la familia remunerar su trabajo y disponer de un excedente capitalizable que coadyuve a la formación de su patrimonio, de otro lado no podrán realizar construcciones, subdivisiones, ni parcelaciones. En estos casos se deberá realizar la reconversión a sistemas productivos sostenibles asociados a usos agroforestales, silvopastoriles, forestal productor, forestal protector-productor, en especial aquellos asociados a coberturas boscosas. Establecer semilleros de especies nativas; sembrar cultivos permanentes en pequeños bloques; mantener las coberturas arbóreas naturales por lo menos en 70% del área; manejar las aguas de escurrimiento mediante zanjas transversales dirigidas a las áreas de drenaje. Mantener las coberturas vegetales arbóreas o arbustivas naturales; mezclar los cultivos permanentes con árboles y pastos; los cultivos en menor proporción que los pastos. (Con soporte en el estudio semidetallado de suelos del IGAC). 11.Nodo cuencas La Cuchilla y La Cabaña Área en la que se promueven los usos de conservación y restauración por su potencial de conectividad. Incluye área aferente de acueductos de las veredas La Cabaña y la Cuchilla del Salado. Se promoverán acciones conservación y restauración que permitan aumentar su representatividad. Se promoverán procesos reconversión a sistemas sostenibles. En todo caso para explotación de recursos se deberá asegurar la conservación de los principios y criterios priorizados y contar con los permisos y requerimientos de la autoridad ambiental. De no realizarse usos condicionados, no se requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado
  • 30. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 29 P.O.TMANIZALES 2015-2027 Intervención. En caso de proponer Usos de disfrute deberá formular el Plan de Intervención, realizando el análisis descriptivo y de ordenamiento del área, definiendo los usos de mayor impacto en las zonas de transición que limitan con el área, se debe tener en cuenta no afectar la provisión, regulación y calidad del agua y no activar zonas de amenaza. 12.Nodo Las Marías Área en la que se promueven los usos de conservación y restauración por su potencial de conectividad. Se promoverán acciones conservación y restauración que permitan aumentar su representatividad y que permitan mejorar sus indicadores en el marco de la red de conectividad ecológica. Se promoverán procesos reconversión a sistemas sostenibles. En todo caso para explotación de recursos se deberá asegurar la conservación de los principios y criterios priorizados y contar con los permisos y requerimientos de la autoridad ambiental. De no realizarse usos condicionados, no se requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de Intervención. En caso de proponer Usos de disfrute deberá formular el Plan de Intervención, realizando el análisis descriptivo y de ordenamiento del área, definiendo los usos de mayor impacto en las zonas que limitan con el área. Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado 13.Nodo cuenca La China Área en la que se promueven los usos de conservación y restauración por su potencial de conectividad. Se promoverán acciones conservación y restauración que permitan aumentar su representatividad y que permitan mejorar sus indicadores en el marco de la red de conectividad ecológica. Se promoverán procesos reconversión a sistemas sostenibles. En todo caso para explotación de recursos se deberá asegurar la conservación de los principios y criterios priorizados y contar con los permisos y requerimientos de la autoridad ambiental. De no realizarse usos condicionados, no se requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de Intervención. En caso de proponer Usos de disfrute deberá formular el Plan de Intervención, realizando el análisis descriptivo y de ordenamiento del área, definiendo los usos de mayor impacto en las zonas de transición que limitan con el área. Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado
  • 31. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 30 P.O.TMANIZALES 2015-2027 Aquellos predios menores a la UAF, solo podrán construir alguna infraestructura de apoyo al proceso productivo que se tenga, cuando se demuestre de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 160 de1994, que la extensión conforme a las condiciones agroecológicas de la zona y con tecnología adecuada, permite a la familia remunerar su trabajo y disponer de un excedente capitalizable que coadyuve a la formación de su patrimonio, de otro lado no podrán realizar construcciones, subdivisiones, ni parcelaciones. En todo caso los cultivos existentes deberán transformarse a sistemas sostenibles Agrosilvicolas: Establecer semilleros de especies nativas; sembrar cultivos permanentes en pequeños bloques; mantener las coberturas arbóreas naturales por lo menos en 70% del área; manejar las aguas de escurrimiento mediante zanjas transversales dirigidas a las áreas de drenaje. Mantener las coberturas vegetales arbóreas o arbustivas naturales; mezclar los cultivos permanentes con árboles y pastos; los cultivos en menor proporción que los pastos. (Con soporte en el estudio semidetallado de suelos del IGAC). 14.Nodo La Carbonera Área en la que se promueven los usos de conservación y restauración por su potencial de conectividad. Se promoverán acciones conservación y restauración que permitan aumentar su representatividad. Se promoverán procesos reconversión a sistemas sostenibles. En todo caso para explotación de recursos se deberá asegurar la conservación de los principios y criterios priorizados, y contar con los permisos y requerimientos de la autoridad ambiental. De no realizarse usos condicionados, no se requerirá de Plan de Manejo, ni Plan de Intervención. En caso de proponer Usos de disfrute deberá formular Plan de Manejo y el Plan de Intervención, realizando el análisis descriptivo y de ordenamiento del área, definiendo los usos de mayor impacto en las zonas de transición que limitan con el área, se debe tener en cuenta no afectar la provisión, regulación y calidad del agua y no activar zonas de amenaza. Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado. Fuente: Elaboración Equipo POT, a partir del Estudio Estructura Ecológica de Manizales 2013 y Normatividad Ambiental
  • 32. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 31 P.O.TMANIZALES 2015-2027 3.2.1.1.1.2 INFRAESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL (IER) Contiene elementos complementarios a la Estructura Ecológica Principal, construidos o transformados por intervención antrópica, que prestan servicios ecosistémicos que soportan el desarrollo socioeconómico y cultural de la población en el territorio. TABLA 2 – INFRAESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL (IER) INFRAESTRUCTURA ECOLÓGICA RURAL SUBCATEGORÍAS TRATAMIENTO DE CONSERVACIÓN AMBIENTAL DEFINICIÓN Páramo de Letras Área de Conservación y protección ambiental Ecosistema estratégico donde los elementos como la vegetación, el suelo y subsuelo tienen gran potencial para interceptar, almacenar y regular los flujos hídricos superficiales y subterráneos, por lo cual cumple un papel relevante en la regulación y aprovisionamiento del recurso hídrico. (PMA Páramo del Departamento de Caldas). Laderas perimetrales Área de Conservación y protección ambiental Corresponde a las laderas se localizan en el borde exterior del perímetro urbano, con características ambientales como relictos boscosos, conectividad estructural y/o con pendientes superiores a los 40°, que permiten moderar movimientos en masa, inundación o avenidas torrenciales todo esto a partir de la retención del suelo, la cual está directamente relacionada con el tipo de cobertura y el uso actual y potencial del suelo, las cuales cumplen funciones de conectividad, paisajísticas y un efecto de borde entre los desarrollos urbanos y rurales para permitir la conectividad estructural y funcional. Corredores de conectividad ecológica Área sostenible para la producción agrícola y ganadera Franja de vegetación remanente en diferentes estados de maduración que une las áreas protegidas separadas por la actividad humana, para facilitar el libre tránsito de organismos entre las áreas protegidas, cumpliendo principalmente funciones de conectividad, paisajísticas y en algunos casos de regulación de la calidad del aire. En el área rural se incluyen los Corredores de Conectividad Ecológica asociados a sistemas productivos, claves para conservación de los recursos de aguas,
  • 33. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 32 P.O.TMANIZALES 2015-2027 control de procesos erosivos y zonas de protección forestal. Áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos Área sostenible para la producción agrícola y ganadera Aquellas microcuencas y/o áreas aferentes de los acuíferos abastecedores de acueductos tanto urbanos como rurales y con provisión de agua para generación hidroeléctrica. Se trata de las zonas que no se encuentran contenidas dentro de las áreas de interés ambiental que entre otros atributos de biodiversidad y servicios ecosistémicos cumplen la función de conservación del recurso hídrico, las mismas se delimitan en el Plano G-3 ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE RURAL. Se incluirán las áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua a los acueductos urbanos y rurales, que se prioricen según lo establecido en el artículo 111 de la Ley 99 de 1993 modificado por el artículo 210 de la Ley 1450 de 2011, reglamentado por el Decreto Nacional 0953 de 2013. Rondas hídricas (Fajas de protección) Área de Conservación y protección ambiental La Faja de Protección –FP es la franja aledaña al cauce natural de las corrientes la cual tiene por objeto preservar los recursos naturales renovables y brindar servicios ambientales. Zonas con función amortiguadora Área sostenible para la producción agrícola y ganadera Superficie de territorio circunvecina y colindante a las áreas protegidas del SINAP, que deben cumplir una función amortiguadora que permita mitigar los impactos negativos que las acciones humanas puedan causar sobre dichas áreas. Objetivos: Promover la estructuración de redes de conectividad que no sólo contribuyan a la movilidad de la fauna y los flujos genéticos, sino también promover especies arbóreas y vegetales con características que permitan aportar al mejoramiento de la calidad del aire, la calidad acústica y la calidad paisajística. Proveer espacios naturales o aquellos en proceso de restablecimiento de su estado natural, aptos para el deleite, la recreación, la educación, el mejoramiento de la calidad ambiental y la valoración social de la naturaleza. Fomentar la transformación de sistemas productivos ineficientes y que generan degradación de suelos, así como afectación a la calidad de aguas, en sistemas más eficiente y adaptables frente a las condiciones que influyen en la variabilidad climática.
  • 34. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 33 P.O.TMANIZALES 2015-2027 ÁREAS PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN BIODIVERSIDAD SERVICIOS ECOSISTÉMICOS Estructura y composición Funcion alidad Aprovision amiento Regulación y soporte Cult ural Vulnerabilidaddeespecies Relictualidadenbiomas Representatividaddebiomas Estadodetransformaciónde ecosistemas Conectividadestructural Alimentos Recursosforestales Aprovisionamientodeagua superficial Regulaciónhídrica Regulaciónrecargade acuíferos Moderacióndeeventos extremosporprecipitación Moderacióndeeventosde inundacionesyavenidas torrenciales Moderaciónmovimientosen masa Almacenamientodecarbonoen biomasaaérea Regulacióndelacalidaddel aire(urbano) Valorcultural,estéticoy paisajístico Páramo de Letras ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ Áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ Laderas perimetrales ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ Corredor de conectividad río Chinchiná ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ Corredor de conectividad río Cauca ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ Corredor de conectividad río Guacaica ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ Rondas hídricas ♦ ♦ ♦ ♦ Sistema de corredores de conectividad bajo Manizales ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ Zonas con función amortiguadora ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦ ♦
  • 35. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 34 P.O.TMANIZALES 2015-2027 USOS Principal Usos de restauración, rehabilitación y recuperación: Comprenden todas las estrategias de restauración para restablecer los procesos ecológicos y mantener la composición, estructura y función del ecosistema; de rehabilitación la cual no implica llegar a un estado original y se enfoca en el restablecimiento de manera parcial de elementos estructurales o funcionales del ecosistema deteriorado, así como de la productividad y los servicios que provee el ecosistema; y de recuperación que implica retornar la utilidad de un ecosistema sin tener como referencia el estado inicial, en la que se reemplaza un ecosistema degradado por otro productivo, pero estas acciones no llevan al ecosistema original, integran ecológica y paisajísticamente el área degradada con su entorno. Estos usos comprenden las invenciones para la mitigación de amenaza o riesgo. Compatible Usos de Conocimiento: Comprenden todas las actividades de investigación, monitoreo o educación ambiental que aumentan la información, el conocimiento, el intercambio de saberes, la sensibilidad y conciencia frente a temas ambientales y la comprensión de los valores y funciones naturales, sociales y culturales de la biodiversidad. Condicionado De uso sostenible: Comprenden todas las actividades de producción, extracción, construcción, adecuación o mantenimiento de infraestructura, relacionadas con el aprovechamiento sostenible de la biodiversidad y los proyectos de desarrollo con restricciones en la densidad de ocupación y construcción siempre y cuando no alteren los atributos de la biodiversidad y servicios ecosistémicos previstos en cada área, por esta razón es necesaria la implementación de buenas prácticas de producción agrícola y ganadera así como sistemas alternativos de producción. Cruce de vías y poliductos, redes de servicios públicos domiciliarios (Las redes de servicios públicos no incluyen sistemas de tratamiento de aguas residuales, ni disposición de residuos sólidos), se permiten sólo en aquellos casos en que técnicamente no es posible su ubicación en otras áreas y se demuestre que no genera riesgo o amenaza en la zona de influencia. Usos de disfrute: Comprenden todas las actividades de recreación y ecoturismo, incluyendo la construcción, adecuación o mantenimiento de la infraestructura necesaria para su desarrollo, que no alteran los atributos de la biodiversidad y servicios ecosistémicos previstos en cada zona, por lo cual no disminuyan o degraden o alteren los atributos básicos de composición estructura y función que prestan. Prohibido Toda clase de actividades que no estén contempladas en los usos permitidos, compatibles y condicionados, de acuerdo a la zonificación establecida en cada área, o que afecte los principios y criterios priorizados para cada una de ellas.
  • 36. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 35 P.O.TMANIZALES 2015-2027 CONDICIONANTES DE USO Consideraciones Generales En las invenciones para la mitigación de amenaza o riesgo, se debe generar una restitución morfológica y de cobertura vegetal de la zona intervenida que permita conservar los atributos y criterios priorizados en la zona. Las obras para la instalación de redes de servicios deben contar con estudios de mitigación de impactos ambientales, de riesgo y paisajísticos (en relación con el impacto visual que puedan causar en el entorno). Plan de Intervención: Para los desarrollos condicionados a realizarse en las áreas de la infraestructura ecológica que así lo permitan, deberá presentar ante la Secretaría de Planeación (que para sus efectos deberá convocar a las Secretarías de Medio Ambiente, UGR y demás dependencias de acuerdo a la propuesta) un Plan de intervención integral para análisis y aprobación que responda a los valores representativos del área, el cual deberá tener en cuenta por lo menos: • El sustento de la propuesta a la luz de los principios y criterios priorizados para el área de interés ambiental. • El área del plan tendrá un aprovechamiento máximo de 0.15 de área bruta del plan, incluyendo las áreas colindantes de desarrollo condicionado. • Áreas de descanso y valoración del paisaje: se deben tener adecuada señalización, obras de iluminación, bancas y barandas (materiales y sistemas constructivos que respeten las condiciones del área) que permitan ofrecer balcones paisajísticos con un grado de seguridad. Dichos espacios no pueden generar procesos de modificación de la topografía de la zona. • Deberá tenerse en cuenta las condiciones de amenaza o riesgo identificadas en la zona, en el caso de ser necesario (en zonas de riesgo implícito), para la propuesta de infraestructura de apoyo (a las actividades de recreación, conocimiento o equipamientos),de acuerdo al nivel de riesgo se deben acoger las exigencias para intervención prescriptiva que aplique en la zona según las disposiciones dispuestas en los determinantes de riesgo del presente POT (Tipos de intervenciones asociadas a niveles de riesgo). “La intervención prescriptiva plantea el tipo de análisis y exigencias que se deben cumplir con el fin de reducir o controlar (asegurarse de no dejar aumentar) la amenaza, y si es del caso la exposición en las áreas propensas a los fenómenos peligrosos. Dichas exigencias deben obedecer a una normativa propia de requisitos mínimos de idoneidad y seguridad que no serían más que las reglas del juego para establecer la posible mitigabilidad de la amenaza y el riesgo” 4 . En todo 4 “Insumos técnicos para el ajuste del plan de ordenamiento territorial de Manizales con base en las evaluaciones ad hoc de amenaza, vulnerabilidad y riesgo por deslizamientos, inundaciones y eventos sísmicos”, Convenio Interinstitucional Corpocaldas Universidad Nacional de Colombia 2014.
  • 37. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 36 P.O.TMANIZALES 2015-2027 caso deberán realizarse primero las intervenciones en las zonas con riesgo implícito que hagan parte del área. • Los usos actuales y los propuestos. • Deberá realizar una sectorización al interior del área delimitando las zonas de protección y conservación y de uso condicionado en las cuales se pueden realizar las actividades que se planteen sin perder los principios y criterios priorizados, especialmente los de conectividad teniendo en cuenta no afectar el paisaje. • Las condiciones de accesibilidad peatonal. • Identificación de los impactos generados por la propuesta y la mitigación a los impactos negativos. • Definición de los sistemas de espacios públicos, equipamientos y movilidad. • En caso de requerirse, se deberán tramitar sistemas adecuados de abastecimiento, tratamiento y vertimiento de aguas aprobados por la autoridad ambiental de acuerdo a requerimientos de la actividad. Los protocolos para presentar el Plan de Intervención y sus etapas de aprobación serán desarrolladas conforme al procedimiento de los Planes de Implantación (contenidos en el Anexo N° 3 NORMAS GENERALES), y los actos jurídicos que allí se produzcan tendrán los mismos efectos y podrán ser impugnados de idéntica forma. Para el caso de desarrollos de espacio público requerirán la respectiva licencia de intervención de espacio público. Condiciones Específicas
  • 38. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 37 P.O.TMANIZALES 2015-2027 ÁREAS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO Valores para el desarrollo y manejo Condiciones Especiales Ámbito de aplicación de instrumentos Páramo de Letras Conservación y manejo de esta área, de manera tal que se garantice de forma permanente la prestación de bienes y servicios que ella presta. Área aferente de acueductos cuenca del río Chinchiná. Los usos que se desarrollen en el ecosistema de páramo deberá ajustarse a los establecidos en el Plan de Manejo de Páramos de Caldas o el que lo modifique o lo complemente, y se incorporarán al Plan de Ordenamiento Territorial los ajustes a la delimitación actual que realice la Autoridad Ambiental siguiendo los lineamientos dados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en cumplimiento de la ley 1450 de 2011. Se promoverán acciones de restauración del ecosistema paramuno y conservación de las especies de flora endémicas allí existentes, no se permite la introducción de especies forestales exóticas. Se deberán implementar de manera paulatina mejores prácticas de producción agropecuarias, propendiendo por la disminución de la expansión de la frontera agrícola. No aplica el Plan de intervención. Ámbito V: Áreas de conservación – producción en predios privados Laderas perimetrales Su uso principal se encuentra referido a la restauración y generar procesos de conectividad que a su vez permitan de forma condicionada usos de conocimiento, disfrute generando espacios de recreación pasiva equipamiento de seguridad ligado a la protección de la zona. No se permiten los usos sostenibles de explotación de los recursos naturales, actividades exploratorias y extractivas de los recursos naturales, ni agropecuarios; donde existan estos usos se promoverá la transformación a usos de restauración. Se permitirán actividades recreativas y contemplación del paisaje con acceso a los visitantes a través del desarrollo de una infraestructura mínima que permita su apropiación y disfrute ciudadano, tal como senderos o miradores; conservando la conectividad así como los principios y criterios priorizados para estas áreas, el cual se deberá presentar en el marco del Plan de Intervención definido en las condiciones generales. Ámbito II: Áreas de conservación en suelo predominantemente público de conservación con declaratorias y/o restricciones Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado Corredores de conectividad ecológica Sus usos principales son de conservación y restauración, como uso condicionado se permitirán usos de disfrute generando espacios de recreación pasiva y educación En relación con los Corredores de Conectividad de los ríos, se propenderá por la conservación y trasformación de sistemas productivos; con el fin de lograr la consolidación con las rondas hídricas. Para los desarrollos condicionados de disfrute en estos corredores, fuera de las rondas hídricas, se deberá realizar el respectivo Plan de Intervención según lo indicado en las condiciones generales, los cuales Ámbito II: Áreas de conservación en suelo predominantemente público de conservación con declaratorias y/o
  • 39. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 38 P.O.TMANIZALES 2015-2027 ambiental, investigación, conservando la conectividad así como los principios y criterios priorizados para estas áreas. podrán ser propuestos desde la iniciativa de los propietarios privados, los cuales podrán usufructuar los usos que se desarrollen allí, siempre y cuando se ajusten al plan de intervención. Se establecerá un corredor de conectividad de Manizales bajo que además de las funciones de conectividad ecológica permita la conservación del recurso hídrico, el control de procesos erosivos y la protección de sistemas forestales, el mismo requerirá la estructuración de un proyecto que apunte a la restauración y a la consolidación de una matriz de producción-conservación que favorezca la conectividad. Hasta tanto no se realice la formulación e implementación del proyecto, en la delimitación establecida en el Plano G-3 ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE RURAL, se permitirán sistemas productivos sostenibles asociados a usos agroforestales, silvopastoriles, forestal productor, forestal protector-productor. restricciones. Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado Áreas de Abastecimiento de Agua (incluido Bosque Sinaí – Manantial) Se promoverán usos de conservación, restauración, rehabilitación y recuperación de las áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos. Se incluye como parte de la infraestructura ecológica en la presente subcategoría el área aferente de acueductos y áreas potenciales de aprovisionamiento hídrico en el corregimiento Manantial, además de plantaciones forestales circunvecinas. En estas áreas se promoverán acciones manejo forestal sostenible, aprovechamientos de bajo impacto, conservación de bosques nativos pre- existentes, conservación y restauración de retiros a cauces y nacimientos. Agricultura orgánica fuera de las rodas hídricas, evitando el uso de agroquímicos. En todo caso para explotación de recursos se deberá asegurar la conservación de los principios y criterios priorizados, se debe tener en cuenta no afectar la provisión, regulación y calidad del agua y no activar zonas de amenaza, en este sentido en las zonas con pendientes fuertemente escarpadas y presencia de erosión se prohíben las actividades agropecuarias, las talas rasas y las quemas. Aquellos predios menores a la UAF, solo podrán construir alguna infraestructura de apoyo al proceso productivo que se tenga, cuando se demuestre de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley 160 de1994, que la extensión conforme a las condiciones agroecológicas de la zona y con tecnología adecuada, permite a la familia remunerar su trabajo y disponer de un excedente capitalizable que coadyuve a la formación de su patrimonio, de otro lado no podrán realizar construcciones, subdivisiones, ni parcelaciones. En todo caso los cultivos existentes deberán transformarse a sistemas sostenibles Agrosilvicolas: Establecer cultivos permanentes con sombrío y para algunas épocas del Ámbito II: Áreas de conservación en suelo predominantemente público de conservación con declaratorias y/o restricciones. Ámbito V: Áreas de conservación – producción en predios privados.
  • 40. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 39 P.O.TMANIZALES 2015-2027 año; sembrar especies maderables adaptadas a los condiciones de sitio; mantener las coberturas arbóreas naturales por lo menos en 50% del área; realizar pequeñas bateas para eliminar el exceso de agua en el suelo. Mantener las coberturas vegetales arbóreas o arbustivas naturales; mezclar los cultivos permanentes con árboles y pastos; los cultivos en menor proporción que los pastos. (Con soporte en el estudio semidetallado de suelos del IGAC). En estos casos no aplica el Plan de Intervención. En relación las áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua a los acueductos urbanos y rurales, que se prioricen según lo establecido en el artículo 111 de la Ley 99 de 1993 modificado por el artículo 210 de la Ley 1450 de 2011, reglamentado por el Decreto Nacional 0953 de 2013, su adquisición se realizará en el marco de dicha normativa y hasta tanto se realice la compra se promoverán proyectos de pagos por servicios ambientales. De este modo los predios priorizados y adquiridos en aplicación de la norma en mención serán incorporados en esta categoría con la respectiva actualización cartográfica en el Plano G-3 ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE RURAL. Para estas zonas se promoverán usos de restauración, rehabilitación y recuperación y en caso de proponer usos condicionados de desarrollo sostenible o disfrute se deberá realizar El Plan de Intervención. Rondas hídricas (Fajas de protección) Cauces permanentes: Usos de preservación y restauración (incluyendo intervenciones de mitigación de riesgo), Redes de Servicios Públicos Domiciliarios: No incluye sistemas de tratamiento de aguas residuales, ni disposición de residuos sólidos. Uso público (Recreación pasiva). La construcción de senderos ecológicos y parques lineales se condicionará a los Teniendo en cuenta que la delimitación de las rondas hídricas se ha reglamentado como determinante ambiental por parte de la Autoridad Ambiental en la Resolución 077 de 2011, toda el área rural del municipio acoge el estudio realizado por Corpocaldas en aplicación de la metodología establecida para la demarcación de fajas protectoras y su cartografía ajustado con el estudio hidrológico del POMCA (Plano G-3 y R-10 DEMARCACIÓN DE LAS FAJAS DE PROTECCIÓN DE CORRIENTES HÍDRICAS RURALES), asimismo se acogerán las actualizaciones que se realicen al estudio y su cartografía en el marco de la norma aplicable y con la aprobación de Corpocaldas. De igual forma, en caso requerirse mayor precisión en la delimitación del retiro de fajas, los particulares podrán aplicar la metodología establecida en la Resolución 077 de 2011 o la que la modifique, complemente o sustituya, Ámbito II: Áreas de conservación en suelo predominantemente público de conservación con declaratorias y/o restricciones. Ámbito III: Áreas de incentivo a la conservación en suelo predominantemente privado
  • 41. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 40 P.O.TMANIZALES 2015-2027 Fuente: Elaboración Equipo POT, a partir del Estudio Estructura Ecológica de Manizales 2013 y Normatividad Ambiental estudios que se realicen de manera particular. Cruce de vías y poliductos. y una vez realizado el ajuste se aprobará solo con la certificación de Corpocaldas que precise que la propuesta de demarcación está acorde con las normas sobre la materia. Para el caso de intervención de cauces con llenos, los mismos se realizarán en las condiciones y según lo establecido en la Resolución 077 de 2011 o la que la modifique, complemente o sustituya, incluyendo los retiros y usos establecidos en dicha norma. En el área del lleno se conservará libre de edificaciones una faja equivalente al doble de la máxima profundidad del mismo, en la cual se permitirá la construcción de vías, parqueaderos, zonas verdes y actividades agropecuarias. En el área restante, se podrán implementar construcciones sujetas a la capacidad portante del lleno, según los resultados del estudio de suelos, y al cumplimiento de las normas técnicas contenidas en el reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR- 10 igual regla se aplicará en los llenos existentes a la fecha de la expedición de la presente resolución a los que no se haya dado destinación final. (Res. 077/2011). Cauces intermitentes: Se podrán establecer llenos sobre cauces intermitentes, previo permiso de Corpocaldas, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 077 de 2011. Zonas con función amortiguadora Usos sostenibles: Cumpliendo con los objetivos de conservación de cada área, de acuerdo a las determinantes ambientales definidas por Corpocaldas para cada zona. Preliminarmente en ellas se debe propender por la implementación de sistemas productivos sostenibles asociados a usos agroforestales, silvopastoriles, forestal productor, forestal protector-productor, en especial aquellos asociados a coberturas boscosas, a fin de garantizar su función en la atenuación o reducción de presiones sobre las áreas protegidas. Se permiten actividades controladas. Agropecuarias, forestales, habitacionales no nucleadas con restricciones en la densidad de ocupación y la construcción y ejecución de proyectos de desarrollo, bajo un esquema compatible con los objetivos de conservación del área protegida. Una vez definidos los determinantes para zonas con función amortiguadora por parte de Corpocaldas, éstas se incorporarán al Plan de Ordenamiento Territorial y su a la cartografía Plano G-3 ESTRUCTURA ECOLÓGICA DE SOPORTE RURAL, acogiendo los usos que se definan para estas áreas con los respectivos lineamientos Ambientales. Ámbito V: Áreas de conservación – producción en predios privados
  • 42. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 41 P.O.TMANIZALES 2015-2027 3.2.1.1.1.3 ZONAS CON DESARROLLO CONDICIONADO Se refiere a las zonas que por sus condiciones o por su ubicación en relación con la Estructura Ecológica Principal, deben cumplir con condicionantes para su desarrollo que permita mitigar los impactos negativos que las acciones humanas puedan causar sobre la estructura ecológica. Las zonas de desarrollo condicionado no hacen parte de los suelos de protección pero atenúan los impactos sobre la estructura ecológica, por lo tanto las zonas con desarrollo condicionado se encuentran delimitadas en el Plano G-3 ESTRUCTURA ECOLOGICA DE SOPORTE RURAL. Se consideran las franjas colindantes de las Áreas de Interés Ambiental (AIA) sobre las cuales tiene influencia los usos rurales como el agropecuario, vivienda rural y de desarrollo restringido (suburbano, centros poblados), las cuales deberán orientarse a atenuar y prevenir las perturbaciones, contribuir a subsanar alteraciones que se presenten por efecto de las presiones en dichas áreas, con los objetivos de conservación y aportar a la preservación de los elementos biofísicos y valores culturales, los servicios ambientales y los procesos ecológicos relacionados con las AIA, por lo cual deberán tener a usos sostenibles que permitan procesos de transición, compatibilidad y sostenibilidad.
  • 43. ALCALDÍA DE MANIZALES SECRETARÍA DE PLANEACIÓN MUNICIPAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DTS | COMPONENTE RURAL DTS | COMPONENTE RURAL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE MANIZALES 42 P.O.TMANIZALES 2015-2027 TABLA 3 – ZONAS CON DESARROLLO CONDICIONADO RURAL Fuente: Elaboración Equipo POT, a partir del Estudio Estructura Ecológica de Manizales 2013 y Normatividad Ambiental ZONAS CON DESARROLLO CONDICIONADO ZONAS COLINDANTES DE LAS ÁREAS TRATAMIENTOS CONDICIONANTE Ámbito de aplicación de instrumentos Zonas colindantes entre las áreas de interés ambiental rurales y las áreas de interés ambiental urbanas: Ecoparque Yarumos, Ecoparque Alcázares y Bosque Caracoles. Suelo de producción agropecuaria y de desarrollo restringido rural Se permiten actividades controladas, agrícolas, ganaderas, forestales, habitacionales no nucleadas, ejecución de proyectos de desarrollo bajo un esquema compatible con principios y criterios de priorización de conservación del área protegida, en las cuales se promoverá sistemas productivos sostenibles que permitan mitigar el efecto de borde hacia las áreas de interés ambiental, se debe propender por la implementación de sistemas productivos sostenibles asociados a usos agroforestales, silvopastoriles, forestal productor, forestal protector-productor, en especial aquellos asociados a coberturas boscosas. Podrán hacer parte de los Planes de intervención de las áreas de interés ambiental rural, participando en el reparto de carga y beneficios, ubicando en ella los usos de mayor impacto. No aplica. Paisaje cultural cafetero Suelo de producción agropecuaria Se permiten actividades controladas, y de uso sostenible de recursos naturales, con restricciones en la densidad de ocupación y la construcción y ejecución de proyectos de desarrollo, bajo un esquema compatible con los objetivos del Paisaje Cultural Cafetero, y acogiendo las condiciones establecidas por el Ministerio de Cultura o quien haga sus veces. Ámbito IV: Áreas de interés ambiental