1. ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014
SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE
RESOLUCIÓN N° 001-2014-2°JEE LE/JNE
EXPEDIENTE N° 047-2014-069
San Juan de Lurigancho, diez de julio de dos mil catorce
VISTO el expediente de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de El
Agustino, provincia y departamento de Lima, presentada por el Personero Legal Titular
acreditado ante este Jurado Electoral Especial de la organización política PARTIDO
DEMOCRATICO SOMOS PERU, señor Edwin Alexander Gutierrez Moreno, para
participar en el proceso de Elecciones Municipales del año 2014, a realizarse el 05 de
octubre de 2014.
CONSIDERANDO
Mediante Decreto Supremo N° 009-2014-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano
el 24 de enero de 2014, el Presidente de la República convoca a Elecciones Regionales
de presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales de los departamentos de toda
la República y de la provincia constitucional del Callao, así como a elecciones
municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el
país, para el día 05 de octubre de 2014.
El artículo 10 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, establece los
requisitos mínimos que debe contener una lista de candidatos para que pueda
procederse a su inscripción.
Los artículos 22, 23, 24 y 25 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos
para Elecciones Municipales (en adelante el Reglamento), aprobado mediante
Resolución N° 271-2014-JNE, señalan los requisitos para ser candidato y los
documentos que las organizaciones políticas deben presentar con su solicitud de
inscripción de lista de candidatos.
En el presente caso se advierte que la solicitud de inscripción de la lista de candidatos
presentada no cumple los siguientes requisitos formales:
Calificación de la solicitud de inscripción de lista de candidatos
1. La Solicitud de Inscripción de Listas de Candidatos no está firmada por el
Personero Legal de la organización política PARTIDO DEMOCRATICO SOMOS
PERU, de conformidad con el numeral 25.1 del artículo 25 del Reglamento; lo que
deberá ser subsanado.
2. El Acta de Elección Interna presentada con la Solicitud de Inscripción de Lista de
Candidatos no consigna el lugar en el que fue suscrita dicha acta, de conformidad
con literal a del numeral 25.2 del artículo 25 del Reglamento; lo que deberá
subsanarse.
3. El Acta de Elección Interna presentada con la Solicitud de Inscripción de Lista de
Candidatos está firmada solo por tres miembros del Comité Electoral, sin embargo
el artículo 13 del estatuto vigente de la organización política PARTIDO
DEMOCRATICO SOMOS PERU señala que este órgano está conformado por
cinco miembros; lo que deberá subsanarse.
SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE
Av. Gran Chimu N° 1059, Urb. Zarate, San Juan de Lurigancho.
Teléfono: (01) 2866476
2. ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014
SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE
4. El Acta de Elección Interna presentada con la Solicitud de Inscripción de Lista de
Candidatos no consigna Distrito Electoral (distrito o provincia) para el que se
realizaron las elecciones, de conformidad con literal b del numeral 25.2 del artículo
25 del Reglamento; lo que deberá subsanarse.
5. El Plan de Gobierno adjuntado con la Solicitud de Inscripción de Listas de
Candidatos no está firmado en cada una de sus páginas por el Personero Legal, de
conformidad con el numeral 25.4 del artículo 25 del Reglamento; lo que deberá ser
subsanado.
6. No se ha cumplido con adjuntar el impreso el impreso del Formato Resumen del
Plan de Gobierno, así como la Constancia de su ingreso en el sistema PECAOE, a
través del portal electrónico institucional del JNE, de conformidad con el numeral
25.4 del artículo 25 del Reglamento; lo que deberá ser subsanado.
Candidatos a regidores
1. Respecto del candidato a Regidor N° 1, señor SAMUEL HUAICHAO SALAZAR, se
verifica que no ha cumplido con acreditar el tiempo mínimo de residencia de dos
años en la circunscripción en la que se postula, de conformidad con el numeral
25.10 del artículo 25 del Reglamento, debido a que la documentación aportada no
es suficiente para demostrar dicho periodo de tiempo; debiendo realizar la
subsanación respectiva.
2. Respecto del candidato a Regidor N° 2, señor EDWIN ABDON VICENTE ARMAS,
se verifica que no ha cumplido con acreditar el tiempo mínimo de residencia de dos
años en la circunscripción en la que se postula, de conformidad con el numeral
25.10 del artículo 25 del Reglamento, debido a que la documentación aportada no
es suficiente para demostrar dicho periodo de tiempo; debiendo realizar la
subsanación respectiva.
3. Respecto del candidato a Regidor N° 9, señora GREGORIA QUISPE MENDOZA, se
verifica que no ha cumplido con adjuntar el original o copia legalizada del cargo de la
solicitud de licencia sin goce de haber en su condición de Agente Comunitario en el
Puesto de Salud / Cerro El Agustino, de conformidad con el numeral 25.9 del artículo 25
del Reglamento.
El artículo 28, numeral 28.1, del Reglamento, dispone que las observaciones a las
solicitudes de inscripción de listas de candidatos podrán subsanarse en un plazo de dos
(2) días naturales.
Por lo tanto, el Pleno del Segundo Jurado Electoral Especial de Lima Este, en uso de
sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo primero.- Declarar INADMISIBLE la solicitud de inscripción de la lista de
candidatos para el Concejo Distrital de El Agustino, presentada por el Personero Legal
Titular acreditado ante este Jurado Electoral Especial de la organización política
PARTIDO DEMOCRATICO SOMOS PERU, señor Edwin Alexander Gutierrez Moreno,
con el objeto de participar en las Elecciones Municipales del año 2014, a realizarse el
05 de octubre de 2014; y en consecuencia, conceder un plazo de DOS (02) DÍAS
NATURALES para subsanar las observaciones indicadas en la parte considerativa,
bajo apercibimiento de declarar improcedente la solicitud de inscripción.
SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE
Av. Gran Chimu N° 1059, Urb. Zarate, San Juan de Lurigancho.
Teléfono: (01) 2866476
3. ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014
SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE
Artículo segundo.- TENGASE en cuenta el domicilio procesal señalado, a fin de
realizarse las notificaciones correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
S.S.
POMAREDA CHÁVEZ BEDOYA
ANGULO ARANA
JARA REYES
Hernández Donaire
Secretaria Jurisdiccional
aacc
SEGUNDO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA ESTE
Av. Gran Chimu N° 1059, Urb. Zarate, San Juan de Lurigancho.
Teléfono: (01) 2866476