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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SINALOA
FACULTAD DE MEDICINA
DELITOS SEXUALES
MEDICINA LEGAL
Equipo #5
Integrantes:
• Machado Bodarth Mariana
• Martínez Hernández Daniel Sebastián
Felipe
• Medrano Jiménez Alma Jocelyne
• Mendivil Moreno Gema Sarahí
• Monobe Guerrero María Paloma
• Montoya López Bianca Guadalupe
2019
DELITOS SEXUALES
ASPECTOS JURÍDICOS Y MÉDICOLEGALES
OBJETIVOS
 CONOCER EL CONCEPTO DE DELITO SEXUAL
 RECONOCER LOS DIFERENTES TIPOS DE PARAFILIAS Y SUS IMPLICACIONES MEDICOLEGALES
 ESTABLECER LOS PASOS A SEGUIR AL REALIZAR UN EXAMEN DE UNA POSIBLE VÍCTIMA DE DELITO
SEXUAL
 SEÑALAR CUALES CON LAS LESIONES QUE SE PRESENTAN ANTE UN DELITO SEXUAL
 IDENTIFICAR CUAL ES EL RÉGIMEN CONSTITUCIONAL DE LOS DELITOS SEXUALES
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
 Constituyen un conjunto de delitos que tienen en común la falta de
libertad en el consentimiento de la víctima para la relación sexual.
 Los delitos de importancia medico legal son:
 Violación
 Estupro
 Sodomía
ESTUPRO
 Acceso carnal mediante la seducción.
 Mujer honesta mayor de 12 y menor de 15 (algunos códigos extienden esta edad hasta los
18 años).
SODOMÍA
 Acceso carnal con un varón cuya edad oscila entre
12 y 17 años.
ASPECTOS JURÍDICOS
 ACCESO CARNAL
 SUJETO ACTIVO
 SUJETO PASIVO
 UTILIZACIÓN DE MEDIOS
VIOLENTOS
ACCESO CARNAL
 Acceso procede del latín (accesus: entrada,
paso).
 El acceso carnal es denominado cópula en
algunos códigos penales.
 Introducción completa o incompleta del miembro
viril en la vía vaginal, anal o bucal de la víctima.
 Introducción por vía vaginal o anal de cualquier
elemento o instrumento distinto del miembro viril.
 El código español lo considera como ¨agresión sexual¨ en su
artículo 430.
 Coito vulvar (niñas pequeñas).
 La penetración incompleta del pene de un individuo
sexualmente desarrollado es suficiente para causarles graves
lesiones en la región genital, las cuales muchas veces
comprometen el periné y la región anorrectal.
SUJETO ACTIVO
 Agresor/Agresora
 Reconoce que ella puede ser violadora
cuando introdujera por vía vaginal o anal de
la víctima ¨cualquier elemento o
instrumento distinto del miembro viril.¨
SUJETO PASIVO
 Mujer y Hombre
UTILIZACIÓN DE MEDIOS VIOLENTOS
 Violencia física o moral que emplea el
actor del delito para vencer la voluntad de
la víctima, quien en ese momento esta
psíquica y físicamente capacitada para
oponer resistencia.
SITUACIONES PARTICULARES
 Violación de menores de edad: En tal caso, ¨la ley presume implícitamente, sin admitir
prueba en contrario, la incapacidad de consentir de la persona violada¨ (Mora y Orozco
Reina).
 Violación de persona ¨privada de razón¨: El violador debe tener conocimiento de que la
víctima sufre privación de la razón o del sentido, no obstante lo cual su voluntad es yacer con
ella (Cuello Calón).
 Violación de una prostituta: Puesto que el bien jurídico que se tutela es la libertad sexual y
no la honestidad, si a una persona que vive del comercio de su cuerpo, se le obliga al acceso
carnal, se le hace víctima de violación (Soler).
 Violación dentro del matrimonio: Cuello Calón señala como
ejemplos la exigencia marital para realizar actos contra natura que
no están impuestos por el deber conyugal, o cuando se accede
violentamente a la mujer que se opone por razones de protección de
ella o de su descendencia, en vista de que el marido padece una
enfermedad venérea. Cabanillas indica dentro de esta última
circunstancia la proximidad del parto o el periodo posterior.
 Causa de agravación: El CP de Costa Rica señala como causa de
agravación en la violación si ¨resultare un grave daño en la salud de
la víctima¨ y en el estupro si ¨se produjere la muerte de la ofendida¨.
 Contagio venéreo: Leg. Penal costarricense el art. 130 estipula ¨el
que sabiendo que padece una enfermedad venérea, contagiase a
otro, será sancionado con prisión de 1-3 años¨.
RAPTO
Delito contra la libertad sexual
consistente en la sustracción o
retención de una persona
mediante violencia o engaño,
con fines libidinosos o
matrimoniales.
“ARTÍCULO 164 :
Al particular que ilegítimamente prive a otro
de su libertad personal, con el propósito de
realizar un acto sexual o para satisfacer un
acto erótico, se le impondrá de dos a ocho
años de prisión, y de cien a trescientos días
multa.
Código penal del edo.
de Sinaloa
Art. 172:
El delito de rapto se
perseguirá por querella, salvo
que el mismo sea cometido
con violencia, en este caso se
perseguirá de oficio.
Parafília
Griego "pará" desviado y "philéo", atracción, amante.
DSM IV:
 Criterio A) presencia de repetidas e intensas fantasías
sexuales de tipo excitatorio, e impulsos o
comportamientos sexuales.
 Criterio B) esos deben provocar malestar clínico
significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas
importantes de la actividad del individuo.
Edad de comienzo Repercusiones:
Aparecen: Infancia y
primeras etapas de la
adolescencia.
Se definen: en la
adultez joven.
Las parafilias pueden asociarse.
Pueden llevar a situaciones que
violan la Ley.
Clasificación
ALTERACIONES DE LA
ELECCION DE OBJETO
ALTERACIONES EN EL ACTO
SEXUAL
 Fetichismo.
 Pedofilia.
 Necrofilia.
 Zoofilia.
 Coprofilia.
 Exhibicionismo.
 Voyeurismo.
 Masoquismo sexual.
 Sadismo sexual.
 Fetichismo.
 Transvestista.
 Frotteurismo.
 Escatología telefónica.
 Clismafilia.
Fetichismo
Utilización de un objeto inanimado utilizados para la
excitación sexual, masturbacion, el coito y la fantasia.
Puede inlcuir partes del cuerpo, prendas de vestir y otros
fetiches se deben al material del objeto.
El fetishista puede incurrir al robo.
Pedofilia
 El objeto sexual elegido para la excitación y relación sexual es
un niño de edad prepuberal.
 Si el parafílico es adulto, el niño debe ser por lo menos 10
años más joven.
 Predomina en hombres.
 Rara vez llega al coito.
Necrofilia
Viene del griego “nekrós” (muerto) y “philéa” (amar).
Atracción y actos sexuales con cadáveres, personas
muertas.
Zoofilia
Fantasía prevalente o la conducta de mantener relaciones
sexuales con animales.
Estas son el método preferido o exclusivo de conseguir
excitación sexual.
 Primaria: cuando nunca tuvo relaciones humanas.
 Secundaria: cuando empezó a tener prácticas zoófilas
luego de una experiencia humana inicial.
Coprofilia
Se obtiene placer sexual por el contacto con los
excrementos.
También puede dar satisfacción sexual oler papel
que contienen materia fecal propia o ajena o
mediante la introducción del dedo en el ano
para olerlos esporádicamente.
Exhibicionismo
Parafilia masculina en la que se exponen los genitales a un
extraño, con objeto de alcanzar la excitación sexual, sin
intento de tener relaciones sexuales con el mismo. Es
necesario que el otro se sorprenda o espante como
requisito para la excitación.
Voyeurismo
Observar a personas desnudas, desnudándose o que se
encuentran en plena actividad sexual sin que la persona
observada se percate de esto. Las personas a quienes mira
suelen ser desconocidas.
Masoquismo
Produce excitación sexual el ser humillado o atormentado, o
que sea lesionado físicamente incluso poner en peligro su
vida para sentir placer sexual.
Hay sustitución del acto sexual coital por otro que produzca
dolor.
Sadismo
Parafilia en que hay modificaciones del acto sexual por la
erotización del dolor, en que el placer obtenido proviene del
sufrimiento ajeno.
Transvestista
Consiste en 4 características:
1º) Varón heterosexual que se viste repetida y
persistentemente con ropas de mujer.
2º) Al vestirse asi obtener excitación sexual.
3ª) Frustración intensa cuando la conducta es
interferida.
4º) El trastorno no tiene los criterios de
transexualismo.
Frotteurismo
Frotación del cuerpo de otra persona que no es consiente.
Aprovechan las aglomeraciones para practicar sus actos,
aprietan sus genitales contra las nalgas o muslos de la
víctima, o les tocan los genitales, las nalgas o las mamas,
mientras imaginan estar viviendo una verdadera relación
sexual.
-Exclusivos.
-No exclusivos.
Urofilia
El individuo necesita obligatoriamente para el orgasmo,
sentir el olor o el sabor de la orina, ver orinar a alguien o
sentir el ruido que hace.
Diversos grados:
1) Masturbarse mientras huele un pañuelo empapado
en orina.
2) Escuchar el chorro de orina.
3) Ver orinar a otros.
4) Pedir al otro que orine sobre el urofílico; a esta
práctica se la denomina “lluvia dorada”.
5) Beber la orina de otro.
Urofilia
Escatología telefónica
Uso de las llamadas telefónicas obscenas como forma de
obtener excitación sexual. No mantienen relaciones
sexuales reales, sino que a través del teléfono se
describen recíprocamente lo que están haciendo o
fantasean, se desnudan, se masturban.
Clismafilia
Se obtiene placer con enemas y supositorios.
Origen: el exceso de utilización de enemas y supositorios
en la infancia en casos de enfermedad.
La utilización de estímulos anorrectales con enemas
puede ser sustitutiva de la actividad sexual coital.
LENOCINIO
• Deriva del latín “lenocinĭum”
• El término lenocinio puede definirse como la acción
que se realiza al servir o inducir a una mujer para el
trato obsceno o lujurioso con un hombre, por ende
suelen llamar a los prostíbulos casas de lenocinio o
de tolerancia.
• El lenocinio es toda aquella actividad que se basa
en intervenir para que sea posible toda relaciones
amorosas o sexuales ocultas; lo cual cabe destacar
que esta actividad u oficio es forma parte del delito
de corrupción.
• Cabe destacar que el lenocinio en un sentido general implica o supone instigar, inculcar e
inducir por medio de amenazas, promesas o hasta simplemente con palabras con el fin
de que una mujer acepte satisfacer los actos sexuales y lujuriosos oscuros de un hombre
en particular.
Código penal del estado de Sinaloa
Capítulo II
LENOCINIO
• Al que explote el comercio carnal de otro se mantenga de este comercio u
obtenga de él un beneficio cualquiera, o administre o sostenga lugares
dedicados a explotar la prostitución, se le impondrá de seis meses a ocho
años de prisión y de cien a quinientos días multa.
• Si el agente fuere ascendiente, tutor, curador, cónyuge, concubinario, o
tuviere cualquier otra autoridad sobre la persona explotada, se le impondrá
prisión de seis meses a diez años y además será privado de todo derecho
sobre los bienes de aquélla en su caso, e inhabilitado el tutor o curador,
para el ejercicio de la patria potestad o para ejercer la función u ocupación
en virtud de las cuales ejercía aquella autoridad
ARTÍCULO 275
Incesto
• Para que exista este delito, es
necesario que los practicantes
sean descendientes, aunque
también puede existir incesto
entre padres e hijos, hermanos,
primos.
El articulo 272 del actual Código penal federal establece: “Se impondrá la pena de 1 a 6 años de prisión a los
descendientes que tengan relaciones sexuales. La pena aplicable a estos últimos será de 6 meses a 3 años de prisión.
Se aplicara esta misma sanción en caso de incesto entre hermanos.”
Adulterio
• Según el Derecho Civil, el
adulterio es la violación de la
fidelidad que se deben
recíprocamente los conyugues,
consiste en el acto sexual entre 2
personas una casada y la otra
no, o en caso de no pertenecer a
la relación matrimonial.
ASPECTOS MEDICOLEGALES
 La prueba médica es indispensable para fundamentar la denuncia de la persona ofendida.
 Los objetivos de la pericia del médico forense son los siguientes:
1. Diagnóstico de acceso carnal reciente.
2. Diagnóstico de la manera en que fue realizado.
3. Diagnóstico de vinculación del acusado con el hecho.
 Para cumplir con tales objetivos se debe seguir con este procedimiento:
a) Examen de la víctima.
b) Examen del acusado.
c) Examen del escenario.
EXAMEN DE LA VÍCTIMA
 Orden judicial específica para estudio por este
tipo de delito.
 Consentimiento informado de la víctima o de su
representante legal.
 Presencia de una enfermera o de otro
funcionario judicial durante la realización del
examen.
EL EXAMEN MEDICOLEGAL COMPRENDE:
 Interrogatorio
 Inspección
 Examen de las lesiones
 Muestras para laboratorio
 Evaluación psicopatológica forense
INTERROGATORIO
1.- CUÁNDO OCURRIÓ EL HECHO
Fecha y hora exacta, día festivo o laborable, de
principio o fin de semana.
2.- -CÓMO SE LLEVÓ A CABO EL HECHO
Características de la relación sexual (vaginal, anal, o
ambas), coito bucal, masturbar al agresor, adoptar
posiciones sexuales, sometida a cunilinguo, si fue
amenazada con armas, golpeada, atada, si se
suministró alguna bebida, inyección etc.
3.- DÓNDE TUVO LUGAR EL HECHO
Hotel, casa, vía pública, parque, potrero, edifico,
automóvil.
´4.- QUIÉN O QUIÉNES LA AGREDIERON
Relación con la víctima ( ascendente, descendiente,
colateral, novio, exnovio, amante etc). Información de
sus características físicas y psíquicas. Aclarar si la
víctima podría reconocerlo.
5.- POR QUÉ
Motivos que impulsaron al agresor. En ocasiones
culpa a la sociedad, odio contra las mujeres etc.
INSPECCIÓN
 Tipo constitucional
 Estatura
 Peso
 Desarrollo musculoesquelético y
genital
 Actitud
 Fascies
 Gestos
 Lesiones en la piel
 Orden o desorden de cabellos y
maquillaje
 Daño en las ropas
EXAMEN DE LAS LESIONES
ÁREA GENITAL
Genitales externos, región ano rectal y
zona triangular entre ambas.
ÁREA PARAGENITAL
Superficie interna de los muslos,
nalgas y parte baja de la pared anterior
del abdomen.
ÁREA EXTRAGENITAL
Porción restante de la superficie del
cuerpo. Interesan cuello, mamas,
muñecas y tobillos.
SEMIOLOGÍA MEDICOLEGAL DE LA VÍA
GENITAL FEMENINA
ANATOMÍA GENITAL FEMENINA
CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES EN EL ÁREA
GENITAL
 Las lesiones del área genital femenina pueden clasificarse en:
 Lesiones externas: Las ubicadas en labios mayores, labios menores, área periuretral, perineo
y horquilla vulvoperineal, Fosa Navicular, cara externa del Himen.
 Lesiones internas: Las ubicadas en cara interna del Himen, Vagina y Cérvix.
Ubicación más frecuente de las lesiones:
• En 70% de los casos en la horquilla vulvoperineal.
• En 53% de los casos en los labios menores.
• En 29% de los casos en el himen.
• En 25% de los casos en la fosa navicular.
EXPERIENCIA SEXUAL PREVIA
Alargamiento de la vagina Aplanamiento de las rugosidades de la
mucosa vaginal
EXAMEN DE LOS GENITALES EXTERNOS FEMENINOS
 Los objetivos del examen de los genitales externos femeninos son:
a) Recolección de pelos, fibras, manchas y otros indicios de la vulva.
b) Descripción de lesiones en la vulva.
c) Descripción de la condición del himen.
d) Descripción de las lesiones y recolección de indicios en la vagina.
Vargas Alvarado, Eduardo. Medicina legal. 4ta edición. México: Trillas; 2012.
Gifford J, A practical guide to conducting a child sexual abuse examination, Paediatrics and Child Health, https://
doi.org/10.1016/j.paed.2019.07.006
CLASIFICACIÓN DE LOS HIMEN
Características anatómicas que
pueden confundir al examinador  Escotadura: Es la hendidura, depresión o
invaginación congénita (muesca) del borde
libre del himen. Pueden ser únicas o
múltiples, asimétricas o simétricas. Su borde
es regular y no llega a la base de
implantación del himen; al tratar de juntar sus
bordes no se logra la unión de los mismos.
 Pseudo-Himen: anillo formado por la
separación incompleta de los labios
menores.
 Pilares Vaginales longitudinales: son
engrosamientos longitudinales de la mucosa
vaginal que se forman a nivel de III, VI y IX
horas
Presenta un orificio que permite el paso del
pene o de dedos sin romperse y vuelve a las
dimensiones normales una vez que aquel o
aquellos se retiran. Esta condición se debe a
una mayor elasticidad de algunos hímenes
Tiene también la membrana integra, pero en
cambio, el orificio mantiene un diámetro
anormalmente grande. Esta condición puede
ser congénita o adquirida por dilataciones
lentas, repetidas y progresivas .
DESFLORACIÓN
 Es la primera ruptura del himen, que se evidencia con la presencia de desgarro(s).
 El desgarro himeneal es una solución de continuidad, única o múltiple, que puede ser de tipo
incompleto (no llega a su base de implantación) o completo cuando llega al borde de implantación o
inserción.
 Los desgarros himeneales son fácilmente detectados en su fase reciente, pudiendo ser ocasionados por
diversas causas: coito, maniobras onanistas, traumáticas y patológicas.
TIPOS DE DESGARRO HIMENEAL
Completos
 desde el borde libre hasta el borde de
inserción
Incompletos
 no llegan al borde de inserción o implantación
UBICACIÓN DE LOS DESGARROS
 Los desgarros se describen según la técnica del Cuadrante Horario de Lacassagne, que permite ubicar
los desgarros y describir su ubicación en el sentido horario, en números romanos (de la I hasta las XII
horas).
(1) Himen Anular: Horas II, V, VII, X.
(2) Himen Semilunar: Horas IV Y VIII.
(3) Himen Bilabiado: Horas VI y XII.
DESGARRO RECIENTE
 Inmediatamente después del suceso sexual, se puede ocasionar una solución de continuidad en el ancho
himeneal, el cual se denominará desgarro, que estará acompañado de signos vitales perilesionales:
sangrado o hemorragia, equimosis, congestión, eritema, edema, tumefacción. Si el desgarro se
encuentra en proceso de cicatrización, presentará signos inflamatorios o signos vitales perilesionales en
resolución, depósitos de fibrina en los bordes del desgarro, etc.
La cicatrización puede retardarse por múltiples factores como: frecuencia de coitos, infecciones agregadas y
estado nutricional o inmunológico de la examinada. En algunos casos, en la base del desgarro y en una muy
pequeña extensión, (desgarros incompletos), los bordes pueden volver a unirse dando una leve línea
blanquecina cicatrizal. Si encontramos los signos descritos anteriormente, se concluirá como: Desfloración
reciente.
DESGARRO ANTIGUO
 En tal sentido, cuando existan desgarros resueltos o cicatrizados, sin signos vitales perilesionales
himeneales, correspondería a un desgarro antiguo y se concluirá como desfloración antigua. Los
desgarros incompletos antiguos pueden ser confundidos usualmente con las escotaduras congénitas, y
cuyas diferencias se pueden dilucidar por medio de tablas de diagnóstico diferencial o por medio de la
exposición del himen ante la lámpara de Wood.
DIAGNOSTICO DIFERENCIAL
 Debe distinguirse entre ruptura antigua y escotadura congénita.
 La ruptura o desgarre llega hasta el borde de inserción; es única o múltiple, sus bordes pueden ser
ligeramente irregulares.
 La escotadura congénita no llega hasta el borde de inserción y sus bordes son regulares; puede ser única
o múltiple. En este ultimo caso, su localización no necesariamente es simétrica.
Vargas Alvarado, Eduardo. Medicina legal. 4ta edición. México: Trillas; 2012.
CARÚNCULAS MIRTIFORMES
• Son los restos himeneales en forma de mamelones que
quedan como consecuencia de “entallamiento”
himeneal producidos durante el parto vaginal.
• Por esta razón, su presencia en la práctica es signo
patognomónico de parto vaginal antiguo.
SEMIOLOGÍA DE LA VÍA ANAL
ANATOMICAMENTE
 Considerado como un conducto muscular.
 Línea anorrectal
 Línea anoperineal
EXAMEN
 Hendidura anteroposterior
 Pliegues radiados
 Al ser dilatado: forma circular y los pliegues se
borran
TÉCNICA DE EXAMEN
 Colocar al paciente de rodillas sobre la mesa de examen.
 En la descripción de las lesiones se seguirá el orden de la
caratula del reloj.
ASPECTOS MEDICOLEGALES
Violencia resiente
 Desgarro triangular en hora 6
 Desgarro de algunos de los pliegues anales
 Desgarros recto perineales
 Hemorragia incoercible en desgarros de paredes
anorrectales o perineales.
Coito anal habitual
 Cicatrices antiguas en el ano
Interesa establecer si hay signos de violencia resiente o coito
anal habitual.
EXAMEN FÍSICO DE LAS ÁREAS PARAGENITAL Y EXTRAGENITAL
PARAGENITAL
 Periné
 Tercio inferior de la pared abdominal anterior
 Nalgas
 Cara interna de los muslos
EXTRAGENITAL
 Contusiones en piel cabelluda
 Hematomas
 Excoriaciones e rostro, cuello, tórax
 Sugilaciones y mordeduras en cuello y mamas
 Hematomas en pared abdominal, muslos,
rodillas y piernas
 Signos de comprensión toracoabdominal
Que pueden mostrar contusiones
(excoriaciones, equimosis, hematomas y
hasta heridas contusas)
MUESTRAS DE LABORATORIO
 Coito reciente
 Grupo sanguíneo de victima y agresor
 Administración de tóxicos a la víctima
 Enfermedades de transmisión sexual preexistentes en
la víctima.
 Embarazo preexistente a la agresión
 Fibras y pelos para identificar el lugar del hecho y el
agresor
 Muestras para ADN de agresor y víctima
Tienen como objetivos establecer lo siguiente:
COITO RECIENTE
 Importante indicador de penetración es el semen en la vagina,
recto y en la boca
 En individuos azoospérmicos hay que concretarse a la
determinación de los marcadores genéticos del semen.
De acuerdo con Parikh:
• Espermatozoides móviles:
eyaculación 3 horas antes
• Espermatozoides inmóviles:
eyaculación 24 horas antes
MUESTRAS DE LABORATORIO
GRUPO SANGUINEO
 Sangre y saliva
 Aclarar si la victima es de tipo secretor
 Diferentes grupos  agresor
ADMINISTRACIÓN DE TÓXICOS
 Alcohol
 Psicotrópicos
 Estupefacientes
MUESTRAS DE LABORATORIO
ETS PREEXISTENTES
 Aclarar responsabilidades futuras.
 En base a la cronología de los respectivos
periodos de incubación.
EMBARAZO PREEXISTENTE
FIBRAS Y PELO
 Identificar el lugar del hecho y el agresor
 Ropas, cabellos, piel, vagina y recto
EVALUACIÓN PSICOPATOLÓGICA
 Psiquiatras y psicólogos forenses
 Aclarar la situación
 Descartar la falsedad
ATENCIÓN CURATIVA DE LA VÍCTIMA
 Tratamiento de los traumatismos físicos
 Prevención de enfermedades de trasmisión sexual
 Prevención de embarazo
 Tratamiento del traumatismo emocional
SECUELAS EMOCIONALES
 Burges y Holmstrom  Síndrome
específico del trauma de la violación
Respuesta Aguda:
Estilo de vida alterado por la
agresión
Largo plazo:
La victima se reorganiza
Respuesta
aguda
Estado
expresado
Estilo controlado
CONSECUENCIAS TARDÍAS
 Desconfianza hacia los hombres
 Trastornos sexuales
 Reacciones fóbicas
 Ansiedad y depresión
 Ansiedad persistente y rechazo a exámenes ginecológicos
 Suicidio o intentos suicidas
SEGUIMIENTO PSIQUIATRICO
EXAMEN DEL ACUSADO
- ORDEN JUDICIAL.
-CONSENTIMIENTO INFORMADO.
EVALUAR:
 Capacidad de erección.
 Fuerza física para vencer a la victima.
 Signos de coito reciente.
 Signos de coito reciente efectuado con violencia.
 Signos que lo vinculen con el delito investigado.
Examen físico
Muestras de laboratorio
Evaluación
psicopatológica
EXAMEN FÍSICO
Signos generales
 Estatura.
 Peso.
 Desarrollo musculoesquelético.
 Desarrollo genital.
 Facies.
 Actitud.
 Ropa: Fibras, manchas, pelos.
Signos especiales
 Área genital.
 Área paragenital.
 Área extragenital.
Retraer el prepucio: Buscar lesiones y/o cuerpos extraños.
Exprimir cuerpo del pene: Secreción o semen Estudio
bacteriológico para ETS.
¿Qué nos interesa revisar en el área genital?
SIGNOS DE COITO RECIENTE
Presencia de células vaginales.
Sangre serológicamente igual.
Tricomonas.
Flujo de semen.
Sangre menstrual.
SIGNOS DE COITO CON VIOLENCIA
 Glande: Edema, contusiones, sangre, ruptura de frenillo.
 Prepucio: Herida contusa, inflamación.
 Surco balanoprepucial: Manchas de sangre de la victima,
materia fecal, cuerpos extraños.
 Estigmas ungueales en cuello y manos
 Mordedura de miembros superiores o
pecho
MUESTRAS DE LABORATORIO
Establecen:
 Signos de coito reciente.
 Grupos sanguíneos de la victima y del presunto violador.
 ETS.
 Fibras y pelos de la victima o del lugar de los hechos.
 Tóxicos.
EVALUACIÓN PSICOPATOLÓGICA
 Agresión como un medio para llegar a un fin.
 Violencia es el fin o una meta secundaria.
Existen dos clases de
violadores:
EXAMEN DEL ESCENARIO
OBJETIVOS:
a) Confirmar.
b) Determinar como se realizó.
c) Que vinculo hay entre el acusado y los hechos.
Signos generales Signos especiales
Ubicación probable. Manchas.
Posibilidad de que los gritos
pudieran haberse escuchado.
Pelos.
Orden. Sangre.
Desorden. Saliva.
Trozos de ropa y preservativos.
LEGISLACIÓN PENAL
MÉXICO
ARTÍCULO
259
A quien con fines lascivos asedie
reiteradamente personal de cualquier sexo,
valiéndose de su posición jerárquica derivada
de sus relaciones laborales, docentes,
domesticas o cualquiera otra que implique
subordinación se le impondrá sanción hasta
de 40 días de multa.
Si el hostigador fuese servido publico se le
destituirá de su cargo, solamente será
punible el hostigamiento sexual cuando se
cause un perjuicio o daño, solo se procederá
contra el hostigador a petición de la parte
ofendida.
ARTÍCULO
260
Al que sin consentimiento de una
persona y sin el propósito de llegar a la
cópula ejecute en ella un acto sexual o
la obligue a ejecutarlo, se le impondrá
pena de 6 meses a 4 años de prisión
Si hiciera uso de violencia física o
moral el mínimo y el máximo de la
pena aumenta hasta el doble
ARTÍCULO 261
Al que sin el propósito de llegar a cópula ejecute
un acto sexual en una persona de menos de 12
años o que no tenga la capacidad de
comprender el significado del hecho, se le aplica
una pena de 6 meses a 3 años de prisión, si se
hace uso de la violencia física o moral, la pena
ser de 2 a 7 años de prisión
ARTÍCULO 262
ARTÍCULO 263
Al que tenga cópula con una persona mayor
de 12 años y menor de 18, obteniendo su
consentimiento por medio de engaño, se le
aplicara de 3 meses a 4 años de prisión
En caso del articulo anterior el 262, no se
procederá contra el sujeto activo, sino por
el del ofendido o de sus representantes
Al que por medio de la violencia
física o moral realice cópula
con la persona de cualquier
sexo, se le impondrá prisión de
8 a 14 años.
Se equipara a la violación y se
sancionara con la misma pena:
 Al que sin violencia realice cópula
con persona menor de 12 años de
edad
 Al que sin violencia realice cópula
con persona que no tenga la
capacidad de comprender el
significado del hecho
ARTÍCULO
272
Se impondrá la pena de 1 a 6 años de prisión
a los ascendientes que tengan relaciones
sexuales con sus descendientes
La pena aplicable a estos últimos será de 6
meses a 3 años de prisión, se aplicara esta
misma sanción en caso de incesto entre
hermanos.
SINALOA
DECRETO NÚMERO 539
CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE SINALOA
A quien por medio de la violencia física o moral,
realice cópula con persona de cualquier sexo sin la
voluntad de ésta, se le impondrá prisión de seis a
quince años.
Comete también el delito de violación y se
sancionará como tal, al que introduzca por vía
vaginal o anal cualquier parte del cuerpo, objeto o
instrumento diferente al miembro viril, por medio de
la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo del
ofendido.
TÍTULO OCTAVO
DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL Y SU NORMAL
DESARROLLO
CAPÍTULO I
¨VIOLACIÓN¨
Se equiparará a la violación y se castigará con
prisión de 10 a 30 años:
I. Al que sin violencia realice cópula con
persona menor de 12 años
II. Al que sin violencia realice cópula con
persona que no tenga la capacidad de
comprender el significado del hecho
III. Al que sin violencia y con fines lascivos
introduzca por vía anal o vaginal cualquier
elemento o instrumento distinto del
miembro viril en una persona menor de
doce años de edad o persona que no
tenga la capacidad de comprender el
significado del hecho, o por cualquier
causa no pueda resistirlo, sea cual fuere el
sexo de la víctima.
Cuando la violación o su equiparación sea
cometida por dos o más personas, se
impondrán de 10 a 30 años de prisión.
ARTÍCULO 180 ARTÍCULO 181
Al que por medio de la violencia, física o moral, o
por engaño, realice en una mujer inseminación
artificial, se le aplicará prisión de 2 a 6 años.
La pena se aumentará hasta en una mitad más,
si la inseminación se hace en una menor de
edad.
CAPÍTULO II
¨INSEMINACIÓN ARTIFICIAL INDEBIDA¨
Comete el delito de atentados al pudor, el que
ejecuta en una persona, sin el consentimiento
de ésta, o en quien por cualquier causa no
pudiera resistir, un acto erótico sexual sin el
propósito directo e inmediato de llegar a la
cópula.
Al responsable de este delito se le impondrá de
tres meses a un año de prisión si la persona
ofendida fuere púber. Si el acto erótico sexual
se ejecuta o se obliga a ejecutarlo con persona
menor de 12 años de edad, o mayor de esa
edad pero que no tenga capacidad de
comprender o que por cualquier causa no
pueda resistirlos, la penalidad aplicable será de
2 a 6 años de prisión.
CAPÍTULO III
¨ATENTADOS AL PUDOR¨
ARTÍCULO 183
Al que tenga cópula con una mujer menor de
18 años pero mayor de 16, casta y honesta,
obteniendo su consentimiento por medio de
engaño, se le aplicará prisión de 1 a 4 años.
Si la mujer es mayor de 12 pero menor de 16
años, se aumentará en una mitad la pena
anterior.
CAPÍTULO IV
¨ESTUPRO¨
Al que solicite favores de naturaleza sexual para sí o para un
tercero, valiéndose de su situación de superioridad jerárquica,
laboral docente, doméstica o de cualquier otra naturaleza que
implique subordinación, se le impondrá prisión de uno a dos
años. Si la solicitud de favores de naturaleza sexual, se
acompaña con la amenaza de causar a la víctima un mal
relacionado con las legítimas expectativas que pueda tener en
el ámbito de su relación con su superior jerárquico, se le
impondrá prisión de dos a tres años. Si la persona ofendida es
menor de edad, la pena de prisión será de tres a cinco años. En
caso de reincidencia, se le impondrá prisión de dos a siete años
ARTÍCULO 185
CAPÍTULO V
¨ACOSO SEXUAL¨

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  • 1. UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SINALOA FACULTAD DE MEDICINA DELITOS SEXUALES MEDICINA LEGAL Equipo #5 Integrantes: • Machado Bodarth Mariana • Martínez Hernández Daniel Sebastián Felipe • Medrano Jiménez Alma Jocelyne • Mendivil Moreno Gema Sarahí • Monobe Guerrero María Paloma • Montoya López Bianca Guadalupe 2019
  • 3. OBJETIVOS  CONOCER EL CONCEPTO DE DELITO SEXUAL  RECONOCER LOS DIFERENTES TIPOS DE PARAFILIAS Y SUS IMPLICACIONES MEDICOLEGALES  ESTABLECER LOS PASOS A SEGUIR AL REALIZAR UN EXAMEN DE UNA POSIBLE VÍCTIMA DE DELITO SEXUAL  SEÑALAR CUALES CON LAS LESIONES QUE SE PRESENTAN ANTE UN DELITO SEXUAL  IDENTIFICAR CUAL ES EL RÉGIMEN CONSTITUCIONAL DE LOS DELITOS SEXUALES
  • 4. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL  Constituyen un conjunto de delitos que tienen en común la falta de libertad en el consentimiento de la víctima para la relación sexual.  Los delitos de importancia medico legal son:  Violación  Estupro  Sodomía
  • 5. ESTUPRO  Acceso carnal mediante la seducción.  Mujer honesta mayor de 12 y menor de 15 (algunos códigos extienden esta edad hasta los 18 años).
  • 6. SODOMÍA  Acceso carnal con un varón cuya edad oscila entre 12 y 17 años.
  • 7. ASPECTOS JURÍDICOS  ACCESO CARNAL  SUJETO ACTIVO  SUJETO PASIVO  UTILIZACIÓN DE MEDIOS VIOLENTOS
  • 8. ACCESO CARNAL  Acceso procede del latín (accesus: entrada, paso).  El acceso carnal es denominado cópula en algunos códigos penales.  Introducción completa o incompleta del miembro viril en la vía vaginal, anal o bucal de la víctima.  Introducción por vía vaginal o anal de cualquier elemento o instrumento distinto del miembro viril.
  • 9.  El código español lo considera como ¨agresión sexual¨ en su artículo 430.  Coito vulvar (niñas pequeñas).  La penetración incompleta del pene de un individuo sexualmente desarrollado es suficiente para causarles graves lesiones en la región genital, las cuales muchas veces comprometen el periné y la región anorrectal.
  • 10. SUJETO ACTIVO  Agresor/Agresora  Reconoce que ella puede ser violadora cuando introdujera por vía vaginal o anal de la víctima ¨cualquier elemento o instrumento distinto del miembro viril.¨
  • 12. UTILIZACIÓN DE MEDIOS VIOLENTOS  Violencia física o moral que emplea el actor del delito para vencer la voluntad de la víctima, quien en ese momento esta psíquica y físicamente capacitada para oponer resistencia.
  • 13. SITUACIONES PARTICULARES  Violación de menores de edad: En tal caso, ¨la ley presume implícitamente, sin admitir prueba en contrario, la incapacidad de consentir de la persona violada¨ (Mora y Orozco Reina).  Violación de persona ¨privada de razón¨: El violador debe tener conocimiento de que la víctima sufre privación de la razón o del sentido, no obstante lo cual su voluntad es yacer con ella (Cuello Calón).  Violación de una prostituta: Puesto que el bien jurídico que se tutela es la libertad sexual y no la honestidad, si a una persona que vive del comercio de su cuerpo, se le obliga al acceso carnal, se le hace víctima de violación (Soler).
  • 14.  Violación dentro del matrimonio: Cuello Calón señala como ejemplos la exigencia marital para realizar actos contra natura que no están impuestos por el deber conyugal, o cuando se accede violentamente a la mujer que se opone por razones de protección de ella o de su descendencia, en vista de que el marido padece una enfermedad venérea. Cabanillas indica dentro de esta última circunstancia la proximidad del parto o el periodo posterior.  Causa de agravación: El CP de Costa Rica señala como causa de agravación en la violación si ¨resultare un grave daño en la salud de la víctima¨ y en el estupro si ¨se produjere la muerte de la ofendida¨.  Contagio venéreo: Leg. Penal costarricense el art. 130 estipula ¨el que sabiendo que padece una enfermedad venérea, contagiase a otro, será sancionado con prisión de 1-3 años¨.
  • 15. RAPTO Delito contra la libertad sexual consistente en la sustracción o retención de una persona mediante violencia o engaño, con fines libidinosos o matrimoniales.
  • 16. “ARTÍCULO 164 : Al particular que ilegítimamente prive a otro de su libertad personal, con el propósito de realizar un acto sexual o para satisfacer un acto erótico, se le impondrá de dos a ocho años de prisión, y de cien a trescientos días multa.
  • 17. Código penal del edo. de Sinaloa Art. 172: El delito de rapto se perseguirá por querella, salvo que el mismo sea cometido con violencia, en este caso se perseguirá de oficio.
  • 18. Parafília Griego "pará" desviado y "philéo", atracción, amante. DSM IV:  Criterio A) presencia de repetidas e intensas fantasías sexuales de tipo excitatorio, e impulsos o comportamientos sexuales.  Criterio B) esos deben provocar malestar clínico significativo o deterioro social, laboral o de otras áreas importantes de la actividad del individuo.
  • 19. Edad de comienzo Repercusiones: Aparecen: Infancia y primeras etapas de la adolescencia. Se definen: en la adultez joven. Las parafilias pueden asociarse. Pueden llevar a situaciones que violan la Ley.
  • 20. Clasificación ALTERACIONES DE LA ELECCION DE OBJETO ALTERACIONES EN EL ACTO SEXUAL  Fetichismo.  Pedofilia.  Necrofilia.  Zoofilia.  Coprofilia.  Exhibicionismo.  Voyeurismo.  Masoquismo sexual.  Sadismo sexual.  Fetichismo.  Transvestista.  Frotteurismo.  Escatología telefónica.  Clismafilia.
  • 21. Fetichismo Utilización de un objeto inanimado utilizados para la excitación sexual, masturbacion, el coito y la fantasia. Puede inlcuir partes del cuerpo, prendas de vestir y otros fetiches se deben al material del objeto. El fetishista puede incurrir al robo.
  • 22. Pedofilia  El objeto sexual elegido para la excitación y relación sexual es un niño de edad prepuberal.  Si el parafílico es adulto, el niño debe ser por lo menos 10 años más joven.  Predomina en hombres.  Rara vez llega al coito.
  • 23. Necrofilia Viene del griego “nekrós” (muerto) y “philéa” (amar). Atracción y actos sexuales con cadáveres, personas muertas.
  • 24. Zoofilia Fantasía prevalente o la conducta de mantener relaciones sexuales con animales. Estas son el método preferido o exclusivo de conseguir excitación sexual.  Primaria: cuando nunca tuvo relaciones humanas.  Secundaria: cuando empezó a tener prácticas zoófilas luego de una experiencia humana inicial.
  • 25. Coprofilia Se obtiene placer sexual por el contacto con los excrementos. También puede dar satisfacción sexual oler papel que contienen materia fecal propia o ajena o mediante la introducción del dedo en el ano para olerlos esporádicamente.
  • 26. Exhibicionismo Parafilia masculina en la que se exponen los genitales a un extraño, con objeto de alcanzar la excitación sexual, sin intento de tener relaciones sexuales con el mismo. Es necesario que el otro se sorprenda o espante como requisito para la excitación.
  • 27. Voyeurismo Observar a personas desnudas, desnudándose o que se encuentran en plena actividad sexual sin que la persona observada se percate de esto. Las personas a quienes mira suelen ser desconocidas.
  • 28. Masoquismo Produce excitación sexual el ser humillado o atormentado, o que sea lesionado físicamente incluso poner en peligro su vida para sentir placer sexual. Hay sustitución del acto sexual coital por otro que produzca dolor.
  • 29. Sadismo Parafilia en que hay modificaciones del acto sexual por la erotización del dolor, en que el placer obtenido proviene del sufrimiento ajeno.
  • 30. Transvestista Consiste en 4 características: 1º) Varón heterosexual que se viste repetida y persistentemente con ropas de mujer. 2º) Al vestirse asi obtener excitación sexual. 3ª) Frustración intensa cuando la conducta es interferida. 4º) El trastorno no tiene los criterios de transexualismo.
  • 31. Frotteurismo Frotación del cuerpo de otra persona que no es consiente. Aprovechan las aglomeraciones para practicar sus actos, aprietan sus genitales contra las nalgas o muslos de la víctima, o les tocan los genitales, las nalgas o las mamas, mientras imaginan estar viviendo una verdadera relación sexual. -Exclusivos. -No exclusivos.
  • 32. Urofilia El individuo necesita obligatoriamente para el orgasmo, sentir el olor o el sabor de la orina, ver orinar a alguien o sentir el ruido que hace.
  • 33. Diversos grados: 1) Masturbarse mientras huele un pañuelo empapado en orina. 2) Escuchar el chorro de orina. 3) Ver orinar a otros. 4) Pedir al otro que orine sobre el urofílico; a esta práctica se la denomina “lluvia dorada”. 5) Beber la orina de otro. Urofilia
  • 34. Escatología telefónica Uso de las llamadas telefónicas obscenas como forma de obtener excitación sexual. No mantienen relaciones sexuales reales, sino que a través del teléfono se describen recíprocamente lo que están haciendo o fantasean, se desnudan, se masturban.
  • 35. Clismafilia Se obtiene placer con enemas y supositorios. Origen: el exceso de utilización de enemas y supositorios en la infancia en casos de enfermedad. La utilización de estímulos anorrectales con enemas puede ser sustitutiva de la actividad sexual coital.
  • 36. LENOCINIO • Deriva del latín “lenocinĭum” • El término lenocinio puede definirse como la acción que se realiza al servir o inducir a una mujer para el trato obsceno o lujurioso con un hombre, por ende suelen llamar a los prostíbulos casas de lenocinio o de tolerancia. • El lenocinio es toda aquella actividad que se basa en intervenir para que sea posible toda relaciones amorosas o sexuales ocultas; lo cual cabe destacar que esta actividad u oficio es forma parte del delito de corrupción.
  • 37. • Cabe destacar que el lenocinio en un sentido general implica o supone instigar, inculcar e inducir por medio de amenazas, promesas o hasta simplemente con palabras con el fin de que una mujer acepte satisfacer los actos sexuales y lujuriosos oscuros de un hombre en particular.
  • 38. Código penal del estado de Sinaloa Capítulo II LENOCINIO • Al que explote el comercio carnal de otro se mantenga de este comercio u obtenga de él un beneficio cualquiera, o administre o sostenga lugares dedicados a explotar la prostitución, se le impondrá de seis meses a ocho años de prisión y de cien a quinientos días multa. • Si el agente fuere ascendiente, tutor, curador, cónyuge, concubinario, o tuviere cualquier otra autoridad sobre la persona explotada, se le impondrá prisión de seis meses a diez años y además será privado de todo derecho sobre los bienes de aquélla en su caso, e inhabilitado el tutor o curador, para el ejercicio de la patria potestad o para ejercer la función u ocupación en virtud de las cuales ejercía aquella autoridad ARTÍCULO 275
  • 39. Incesto • Para que exista este delito, es necesario que los practicantes sean descendientes, aunque también puede existir incesto entre padres e hijos, hermanos, primos. El articulo 272 del actual Código penal federal establece: “Se impondrá la pena de 1 a 6 años de prisión a los descendientes que tengan relaciones sexuales. La pena aplicable a estos últimos será de 6 meses a 3 años de prisión. Se aplicara esta misma sanción en caso de incesto entre hermanos.”
  • 40. Adulterio • Según el Derecho Civil, el adulterio es la violación de la fidelidad que se deben recíprocamente los conyugues, consiste en el acto sexual entre 2 personas una casada y la otra no, o en caso de no pertenecer a la relación matrimonial.
  • 41. ASPECTOS MEDICOLEGALES  La prueba médica es indispensable para fundamentar la denuncia de la persona ofendida.  Los objetivos de la pericia del médico forense son los siguientes: 1. Diagnóstico de acceso carnal reciente. 2. Diagnóstico de la manera en que fue realizado. 3. Diagnóstico de vinculación del acusado con el hecho.  Para cumplir con tales objetivos se debe seguir con este procedimiento: a) Examen de la víctima. b) Examen del acusado. c) Examen del escenario.
  • 42. EXAMEN DE LA VÍCTIMA  Orden judicial específica para estudio por este tipo de delito.  Consentimiento informado de la víctima o de su representante legal.  Presencia de una enfermera o de otro funcionario judicial durante la realización del examen.
  • 43. EL EXAMEN MEDICOLEGAL COMPRENDE:  Interrogatorio  Inspección  Examen de las lesiones  Muestras para laboratorio  Evaluación psicopatológica forense
  • 44. INTERROGATORIO 1.- CUÁNDO OCURRIÓ EL HECHO Fecha y hora exacta, día festivo o laborable, de principio o fin de semana. 2.- -CÓMO SE LLEVÓ A CABO EL HECHO Características de la relación sexual (vaginal, anal, o ambas), coito bucal, masturbar al agresor, adoptar posiciones sexuales, sometida a cunilinguo, si fue amenazada con armas, golpeada, atada, si se suministró alguna bebida, inyección etc. 3.- DÓNDE TUVO LUGAR EL HECHO Hotel, casa, vía pública, parque, potrero, edifico, automóvil. ´4.- QUIÉN O QUIÉNES LA AGREDIERON Relación con la víctima ( ascendente, descendiente, colateral, novio, exnovio, amante etc). Información de sus características físicas y psíquicas. Aclarar si la víctima podría reconocerlo. 5.- POR QUÉ Motivos que impulsaron al agresor. En ocasiones culpa a la sociedad, odio contra las mujeres etc.
  • 45. INSPECCIÓN  Tipo constitucional  Estatura  Peso  Desarrollo musculoesquelético y genital  Actitud  Fascies  Gestos  Lesiones en la piel  Orden o desorden de cabellos y maquillaje  Daño en las ropas
  • 46. EXAMEN DE LAS LESIONES ÁREA GENITAL Genitales externos, región ano rectal y zona triangular entre ambas. ÁREA PARAGENITAL Superficie interna de los muslos, nalgas y parte baja de la pared anterior del abdomen. ÁREA EXTRAGENITAL Porción restante de la superficie del cuerpo. Interesan cuello, mamas, muñecas y tobillos.
  • 47. SEMIOLOGÍA MEDICOLEGAL DE LA VÍA GENITAL FEMENINA
  • 49. CLASIFICACIÓN DE LAS LESIONES EN EL ÁREA GENITAL  Las lesiones del área genital femenina pueden clasificarse en:  Lesiones externas: Las ubicadas en labios mayores, labios menores, área periuretral, perineo y horquilla vulvoperineal, Fosa Navicular, cara externa del Himen.  Lesiones internas: Las ubicadas en cara interna del Himen, Vagina y Cérvix. Ubicación más frecuente de las lesiones: • En 70% de los casos en la horquilla vulvoperineal. • En 53% de los casos en los labios menores. • En 29% de los casos en el himen. • En 25% de los casos en la fosa navicular.
  • 50. EXPERIENCIA SEXUAL PREVIA Alargamiento de la vagina Aplanamiento de las rugosidades de la mucosa vaginal
  • 51. EXAMEN DE LOS GENITALES EXTERNOS FEMENINOS  Los objetivos del examen de los genitales externos femeninos son: a) Recolección de pelos, fibras, manchas y otros indicios de la vulva. b) Descripción de lesiones en la vulva. c) Descripción de la condición del himen. d) Descripción de las lesiones y recolección de indicios en la vagina. Vargas Alvarado, Eduardo. Medicina legal. 4ta edición. México: Trillas; 2012.
  • 52. Gifford J, A practical guide to conducting a child sexual abuse examination, Paediatrics and Child Health, https:// doi.org/10.1016/j.paed.2019.07.006
  • 53.
  • 54. CLASIFICACIÓN DE LOS HIMEN Características anatómicas que pueden confundir al examinador  Escotadura: Es la hendidura, depresión o invaginación congénita (muesca) del borde libre del himen. Pueden ser únicas o múltiples, asimétricas o simétricas. Su borde es regular y no llega a la base de implantación del himen; al tratar de juntar sus bordes no se logra la unión de los mismos.  Pseudo-Himen: anillo formado por la separación incompleta de los labios menores.  Pilares Vaginales longitudinales: son engrosamientos longitudinales de la mucosa vaginal que se forman a nivel de III, VI y IX horas
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  • 61. Presenta un orificio que permite el paso del pene o de dedos sin romperse y vuelve a las dimensiones normales una vez que aquel o aquellos se retiran. Esta condición se debe a una mayor elasticidad de algunos hímenes Tiene también la membrana integra, pero en cambio, el orificio mantiene un diámetro anormalmente grande. Esta condición puede ser congénita o adquirida por dilataciones lentas, repetidas y progresivas .
  • 62. DESFLORACIÓN  Es la primera ruptura del himen, que se evidencia con la presencia de desgarro(s).  El desgarro himeneal es una solución de continuidad, única o múltiple, que puede ser de tipo incompleto (no llega a su base de implantación) o completo cuando llega al borde de implantación o inserción.  Los desgarros himeneales son fácilmente detectados en su fase reciente, pudiendo ser ocasionados por diversas causas: coito, maniobras onanistas, traumáticas y patológicas.
  • 63. TIPOS DE DESGARRO HIMENEAL Completos  desde el borde libre hasta el borde de inserción Incompletos  no llegan al borde de inserción o implantación
  • 64. UBICACIÓN DE LOS DESGARROS  Los desgarros se describen según la técnica del Cuadrante Horario de Lacassagne, que permite ubicar los desgarros y describir su ubicación en el sentido horario, en números romanos (de la I hasta las XII horas). (1) Himen Anular: Horas II, V, VII, X. (2) Himen Semilunar: Horas IV Y VIII. (3) Himen Bilabiado: Horas VI y XII.
  • 65. DESGARRO RECIENTE  Inmediatamente después del suceso sexual, se puede ocasionar una solución de continuidad en el ancho himeneal, el cual se denominará desgarro, que estará acompañado de signos vitales perilesionales: sangrado o hemorragia, equimosis, congestión, eritema, edema, tumefacción. Si el desgarro se encuentra en proceso de cicatrización, presentará signos inflamatorios o signos vitales perilesionales en resolución, depósitos de fibrina en los bordes del desgarro, etc. La cicatrización puede retardarse por múltiples factores como: frecuencia de coitos, infecciones agregadas y estado nutricional o inmunológico de la examinada. En algunos casos, en la base del desgarro y en una muy pequeña extensión, (desgarros incompletos), los bordes pueden volver a unirse dando una leve línea blanquecina cicatrizal. Si encontramos los signos descritos anteriormente, se concluirá como: Desfloración reciente.
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  • 68. DESGARRO ANTIGUO  En tal sentido, cuando existan desgarros resueltos o cicatrizados, sin signos vitales perilesionales himeneales, correspondería a un desgarro antiguo y se concluirá como desfloración antigua. Los desgarros incompletos antiguos pueden ser confundidos usualmente con las escotaduras congénitas, y cuyas diferencias se pueden dilucidar por medio de tablas de diagnóstico diferencial o por medio de la exposición del himen ante la lámpara de Wood.
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  • 71. DIAGNOSTICO DIFERENCIAL  Debe distinguirse entre ruptura antigua y escotadura congénita.  La ruptura o desgarre llega hasta el borde de inserción; es única o múltiple, sus bordes pueden ser ligeramente irregulares.  La escotadura congénita no llega hasta el borde de inserción y sus bordes son regulares; puede ser única o múltiple. En este ultimo caso, su localización no necesariamente es simétrica. Vargas Alvarado, Eduardo. Medicina legal. 4ta edición. México: Trillas; 2012.
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  • 73. CARÚNCULAS MIRTIFORMES • Son los restos himeneales en forma de mamelones que quedan como consecuencia de “entallamiento” himeneal producidos durante el parto vaginal. • Por esta razón, su presencia en la práctica es signo patognomónico de parto vaginal antiguo.
  • 74. SEMIOLOGÍA DE LA VÍA ANAL ANATOMICAMENTE  Considerado como un conducto muscular.  Línea anorrectal  Línea anoperineal EXAMEN  Hendidura anteroposterior  Pliegues radiados  Al ser dilatado: forma circular y los pliegues se borran
  • 75. TÉCNICA DE EXAMEN  Colocar al paciente de rodillas sobre la mesa de examen.  En la descripción de las lesiones se seguirá el orden de la caratula del reloj.
  • 76. ASPECTOS MEDICOLEGALES Violencia resiente  Desgarro triangular en hora 6  Desgarro de algunos de los pliegues anales  Desgarros recto perineales  Hemorragia incoercible en desgarros de paredes anorrectales o perineales. Coito anal habitual  Cicatrices antiguas en el ano Interesa establecer si hay signos de violencia resiente o coito anal habitual.
  • 77. EXAMEN FÍSICO DE LAS ÁREAS PARAGENITAL Y EXTRAGENITAL PARAGENITAL  Periné  Tercio inferior de la pared abdominal anterior  Nalgas  Cara interna de los muslos EXTRAGENITAL  Contusiones en piel cabelluda  Hematomas  Excoriaciones e rostro, cuello, tórax  Sugilaciones y mordeduras en cuello y mamas  Hematomas en pared abdominal, muslos, rodillas y piernas  Signos de comprensión toracoabdominal Que pueden mostrar contusiones (excoriaciones, equimosis, hematomas y hasta heridas contusas)
  • 78. MUESTRAS DE LABORATORIO  Coito reciente  Grupo sanguíneo de victima y agresor  Administración de tóxicos a la víctima  Enfermedades de transmisión sexual preexistentes en la víctima.  Embarazo preexistente a la agresión  Fibras y pelos para identificar el lugar del hecho y el agresor  Muestras para ADN de agresor y víctima Tienen como objetivos establecer lo siguiente:
  • 79. COITO RECIENTE  Importante indicador de penetración es el semen en la vagina, recto y en la boca  En individuos azoospérmicos hay que concretarse a la determinación de los marcadores genéticos del semen. De acuerdo con Parikh: • Espermatozoides móviles: eyaculación 3 horas antes • Espermatozoides inmóviles: eyaculación 24 horas antes
  • 80. MUESTRAS DE LABORATORIO GRUPO SANGUINEO  Sangre y saliva  Aclarar si la victima es de tipo secretor  Diferentes grupos  agresor ADMINISTRACIÓN DE TÓXICOS  Alcohol  Psicotrópicos  Estupefacientes
  • 81. MUESTRAS DE LABORATORIO ETS PREEXISTENTES  Aclarar responsabilidades futuras.  En base a la cronología de los respectivos periodos de incubación. EMBARAZO PREEXISTENTE FIBRAS Y PELO  Identificar el lugar del hecho y el agresor  Ropas, cabellos, piel, vagina y recto
  • 82. EVALUACIÓN PSICOPATOLÓGICA  Psiquiatras y psicólogos forenses  Aclarar la situación  Descartar la falsedad
  • 83. ATENCIÓN CURATIVA DE LA VÍCTIMA  Tratamiento de los traumatismos físicos  Prevención de enfermedades de trasmisión sexual  Prevención de embarazo  Tratamiento del traumatismo emocional
  • 84. SECUELAS EMOCIONALES  Burges y Holmstrom  Síndrome específico del trauma de la violación Respuesta Aguda: Estilo de vida alterado por la agresión Largo plazo: La victima se reorganiza Respuesta aguda Estado expresado Estilo controlado
  • 85. CONSECUENCIAS TARDÍAS  Desconfianza hacia los hombres  Trastornos sexuales  Reacciones fóbicas  Ansiedad y depresión  Ansiedad persistente y rechazo a exámenes ginecológicos  Suicidio o intentos suicidas SEGUIMIENTO PSIQUIATRICO
  • 86. EXAMEN DEL ACUSADO - ORDEN JUDICIAL. -CONSENTIMIENTO INFORMADO.
  • 87. EVALUAR:  Capacidad de erección.  Fuerza física para vencer a la victima.  Signos de coito reciente.  Signos de coito reciente efectuado con violencia.  Signos que lo vinculen con el delito investigado. Examen físico Muestras de laboratorio Evaluación psicopatológica
  • 88. EXAMEN FÍSICO Signos generales  Estatura.  Peso.  Desarrollo musculoesquelético.  Desarrollo genital.  Facies.  Actitud.  Ropa: Fibras, manchas, pelos. Signos especiales  Área genital.  Área paragenital.  Área extragenital.
  • 89. Retraer el prepucio: Buscar lesiones y/o cuerpos extraños. Exprimir cuerpo del pene: Secreción o semen Estudio bacteriológico para ETS. ¿Qué nos interesa revisar en el área genital?
  • 90. SIGNOS DE COITO RECIENTE Presencia de células vaginales. Sangre serológicamente igual. Tricomonas. Flujo de semen. Sangre menstrual.
  • 91. SIGNOS DE COITO CON VIOLENCIA  Glande: Edema, contusiones, sangre, ruptura de frenillo.  Prepucio: Herida contusa, inflamación.  Surco balanoprepucial: Manchas de sangre de la victima, materia fecal, cuerpos extraños.  Estigmas ungueales en cuello y manos  Mordedura de miembros superiores o pecho
  • 92. MUESTRAS DE LABORATORIO Establecen:  Signos de coito reciente.  Grupos sanguíneos de la victima y del presunto violador.  ETS.  Fibras y pelos de la victima o del lugar de los hechos.  Tóxicos.
  • 93. EVALUACIÓN PSICOPATOLÓGICA  Agresión como un medio para llegar a un fin.  Violencia es el fin o una meta secundaria. Existen dos clases de violadores:
  • 94. EXAMEN DEL ESCENARIO OBJETIVOS: a) Confirmar. b) Determinar como se realizó. c) Que vinculo hay entre el acusado y los hechos. Signos generales Signos especiales Ubicación probable. Manchas. Posibilidad de que los gritos pudieran haberse escuchado. Pelos. Orden. Sangre. Desorden. Saliva. Trozos de ropa y preservativos.
  • 97. ARTÍCULO 259 A quien con fines lascivos asedie reiteradamente personal de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domesticas o cualquiera otra que implique subordinación se le impondrá sanción hasta de 40 días de multa. Si el hostigador fuese servido publico se le destituirá de su cargo, solamente será punible el hostigamiento sexual cuando se cause un perjuicio o daño, solo se procederá contra el hostigador a petición de la parte ofendida.
  • 98. ARTÍCULO 260 Al que sin consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula ejecute en ella un acto sexual o la obligue a ejecutarlo, se le impondrá pena de 6 meses a 4 años de prisión Si hiciera uso de violencia física o moral el mínimo y el máximo de la pena aumenta hasta el doble
  • 99. ARTÍCULO 261 Al que sin el propósito de llegar a cópula ejecute un acto sexual en una persona de menos de 12 años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, se le aplica una pena de 6 meses a 3 años de prisión, si se hace uso de la violencia física o moral, la pena ser de 2 a 7 años de prisión ARTÍCULO 262 ARTÍCULO 263 Al que tenga cópula con una persona mayor de 12 años y menor de 18, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicara de 3 meses a 4 años de prisión En caso del articulo anterior el 262, no se procederá contra el sujeto activo, sino por el del ofendido o de sus representantes
  • 100. Al que por medio de la violencia física o moral realice cópula con la persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de 8 a 14 años. Se equipara a la violación y se sancionara con la misma pena:  Al que sin violencia realice cópula con persona menor de 12 años de edad  Al que sin violencia realice cópula con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho
  • 101. ARTÍCULO 272 Se impondrá la pena de 1 a 6 años de prisión a los ascendientes que tengan relaciones sexuales con sus descendientes La pena aplicable a estos últimos será de 6 meses a 3 años de prisión, se aplicara esta misma sanción en caso de incesto entre hermanos.
  • 102. SINALOA DECRETO NÚMERO 539 CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE SINALOA
  • 103. A quien por medio de la violencia física o moral, realice cópula con persona de cualquier sexo sin la voluntad de ésta, se le impondrá prisión de seis a quince años. Comete también el delito de violación y se sancionará como tal, al que introduzca por vía vaginal o anal cualquier parte del cuerpo, objeto o instrumento diferente al miembro viril, por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo del ofendido. TÍTULO OCTAVO DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL Y SU NORMAL DESARROLLO CAPÍTULO I ¨VIOLACIÓN¨
  • 104. Se equiparará a la violación y se castigará con prisión de 10 a 30 años: I. Al que sin violencia realice cópula con persona menor de 12 años II. Al que sin violencia realice cópula con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho III. Al que sin violencia y con fines lascivos introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento o instrumento distinto del miembro viril en una persona menor de doce años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, o por cualquier causa no pueda resistirlo, sea cual fuere el sexo de la víctima. Cuando la violación o su equiparación sea cometida por dos o más personas, se impondrán de 10 a 30 años de prisión. ARTÍCULO 180 ARTÍCULO 181
  • 105. Al que por medio de la violencia, física o moral, o por engaño, realice en una mujer inseminación artificial, se le aplicará prisión de 2 a 6 años. La pena se aumentará hasta en una mitad más, si la inseminación se hace en una menor de edad. CAPÍTULO II ¨INSEMINACIÓN ARTIFICIAL INDEBIDA¨
  • 106. Comete el delito de atentados al pudor, el que ejecuta en una persona, sin el consentimiento de ésta, o en quien por cualquier causa no pudiera resistir, un acto erótico sexual sin el propósito directo e inmediato de llegar a la cópula. Al responsable de este delito se le impondrá de tres meses a un año de prisión si la persona ofendida fuere púber. Si el acto erótico sexual se ejecuta o se obliga a ejecutarlo con persona menor de 12 años de edad, o mayor de esa edad pero que no tenga capacidad de comprender o que por cualquier causa no pueda resistirlos, la penalidad aplicable será de 2 a 6 años de prisión. CAPÍTULO III ¨ATENTADOS AL PUDOR¨ ARTÍCULO 183
  • 107. Al que tenga cópula con una mujer menor de 18 años pero mayor de 16, casta y honesta, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará prisión de 1 a 4 años. Si la mujer es mayor de 12 pero menor de 16 años, se aumentará en una mitad la pena anterior. CAPÍTULO IV ¨ESTUPRO¨
  • 108. Al que solicite favores de naturaleza sexual para sí o para un tercero, valiéndose de su situación de superioridad jerárquica, laboral docente, doméstica o de cualquier otra naturaleza que implique subordinación, se le impondrá prisión de uno a dos años. Si la solicitud de favores de naturaleza sexual, se acompaña con la amenaza de causar a la víctima un mal relacionado con las legítimas expectativas que pueda tener en el ámbito de su relación con su superior jerárquico, se le impondrá prisión de dos a tres años. Si la persona ofendida es menor de edad, la pena de prisión será de tres a cinco años. En caso de reincidencia, se le impondrá prisión de dos a siete años ARTÍCULO 185 CAPÍTULO V ¨ACOSO SEXUAL¨

Notas del editor

  1. Los genitales de la mujer presentan 3 partes fundamentales: la vulva, himen y vagina La vulva tiene forma oval. Limita hacia arriba con la pared anterior del abdomen, hacia abajo con el perine, hacia los lados con los muslos, lo comprenden el monte de venus, los labios mayores y menores, vestíbulo meato urinario y clítoris. El himen es una membrana que se halla interpuesta entre la vulva y el orificio inferior de la vagina, en la mujer de pie esta horizontal y en la mujer recostada queda vertical. Tiene un borde periferico de inserción y un orificio hacia la porción central, para la salida de la sangra menstrual. La vagina es un tubo constituido por una pared de tejido muscular resvestido por una capa mucosa interna y por una capa fibrosa externa. De acuerdo con sus dimensiones, las vaginas pueden ser normales (6.5-7 cm), largas (12-14) y cortas (4-5)
  2. -En relación con la longitud de este órgano, se acepta que la mujer ha tenido experiencia sexual admite la introducción del dedo índice del examinador en toda la longitud en el fondo del saco posterior. En cuanto a las rugosidades de la mucosa, se ha establecido que pueden aplanarse con un mínimo de 6 coitos, aunque el termino medio puede ser de 20.
  3. dos bordes, uno que se implanta en la mucosa vestibular (borde himeneal fijo – convexo - ó de implantación ó de inserción) y otro borde que es libre (borde himeneal libre – cóncavo, u orificial) que forma el introito vaginal u orificio himeneal (Ostium himeneal).La orla o franja Himeneal, indica el ancho del himen en todo su diámetro. Asimismo, el orificio himeneal o introito vaginal, pueden ser por su diámetro: - < 1.0 cmt. de diámetro: Orificio himeneal pequeño. - Entre 1.0 A 2.0 cmts. de diámetro: Orificio himeneal mediano. - > 2.0 cmts. de diámetro: Orificio himeneal grande. - Entre 2.5 y 3.0 a más cmts. de diámetro: Himen Complaciente.
  4. Se clasifican de acuerdo a la solución de continuidad que se presenta en la Orla Himeneal
  5. Desgarro triangulas en hora 6= signo de Wilson Johnston Existen otros signos indicativos de coito anal habitual tales como: Ano infundibuliforme Borramiento de pliegues radiados Piel anal hiperqueratosica Eversion mucocutanea
  6. Semen tiene 2 fracciones: la porción celular o esperma: 5%; la porción liquida o plasma seminal que contiene enzimas: 95%
  7. Si el examen realizado poco después del hecho resulta negativo, su positividad posterior permitirá correlacionarlo con el hecho, con base en la cronología de los respectivos periodos de incubación;