El documento habla sobre la propiedad intelectual en Colombia. Explica que la propiedad intelectual incluye creaciones de la mente como invenciones, obras literarias y artísticas. Se divide en dos ramas: propiedad industrial y derechos de autor. También describe la Asociación Colombiana de la Propiedad Intelectual y su objetivo de promover el desarrollo del derecho de propiedad intelectual.
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Propiedad intelectual Colombia guía
1. PROPIEDAD INTELECTUAL EN COLOMBIA
GUIA 1
LAURA DANIELA DAZA QUIROGA
INSTITUTO MADRE DEL BUEN CONSEJO
11-2
INFORMATICA Y TECNOLOGIA
FLORIDABLANCA
2016
2. La Propiedad Intelectual se relaciona con las creaciones de la mente: invenciones, obras
literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio.
Los derechos de Propiedad Intelectual se dividen en dos ramas que protegen los intereses
de los creadores al ofrecerles ventajas en relación con sus creaciones: La propiedad
Industrial y La Protección a Derechos de Autor.
La Asociación Colombiana de la Propiedad Intelectual
(ACPI) se ha constituido como una persona jurídica de
Derecho Privado, sin ánimo de lucro, integrada por
personas que ejercen actividades profesionales
concernientes a la Protección de los derechos de
Propiedad Intelectual
Son fines de la Asociación promover el desarrollo del Derecho de la Propiedad Intelectual y
áreas conexas, facilitar el ejercicio profesional, el beneficio de los titulares de los derechos
respectivos y el bien común de la sociedad. Para el logro de su objeto la Asociación
Colombiana de la Propiedad Intelectual:
Buscará la permanente actualización de los conocimientos especializados de sus miembros
y promoverá la divulgación de las normas y principios que informan la Propiedad
Intelectual y materias afines tanto en el sector privado, como en el oficial, para lo cual
dispondrá de publicaciones periódicas y podrá organizar, sola o en conjunto
Buscará la adopción de reglas legales adecuadas o la modificación de las ya existentes, de
manera que se adapten al desarrollo socioeconómico del país, y consulten la evolución del
Derecho de la Propiedad Intelectual
3. NORMATIVIDAD SOBRE DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD
INTELECTUAL EN COLOMBIA
1. Constitución Política de Colombia Artículo 61 El Estado protegerá la propiedad
intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley.
Nota: El concepto de “propiedad intelectual”, acogido por el artículo 61 de la Constitución
Política, en concordancia con el artículo 2 numeral 8 del Convenio que establece la
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, es omnicomprensivo de diferentes
categorías de propiedad sobre creaciones del intelecto, que incluye dos grandes especies o
ramas: la propiedad industrial y el derecho de autor, que aunque comparten su naturaleza
especial, se ocupan de materias distintas. Mientras que la primera trata principalmente de la
protección de las invenciones, las marcas, los dibujos o modelos industriales, y la represión
de la competencia desleal, el derecho de autor recae sobre obras literarias, artísticas,
musicales, emisiones de radiodifusión, programas de ordenador, etc.
2. Ley 23 de 1982 Sobre los Derechos de Autor
2.1 Articulo y 2.2 Articulo
1. Los autores de obras literarias, científicas y artísticas gozarán de protección para sus
obras en la forma prescrita por la presente ley y, en cuanto fuere compatible con ella, por el
derecho común. También protege esta ley a los intérpretes o ejecutantes, a los productores
de fonogramas y a los organismos de radiodifusión, en sus derechos conexos a los del
autor.
4. 2. Los derechos de autor recaen sobre las obras científicas, literarias y artísticas las cuales
se comprenden todas las creaciones del espíritu en el campo científico, literario y artístico,
cualquiera que sea el modo o forma de expresión y cualquiera que sea su destinación, tales
como: los libros, folletos y otros escritos (…)
3. Ley 44 de 1993
3.2 Capitulo IV Articulo 51 Incurrirá en prisión de dos (2) a cinco (5) años y multa de cinco
(5) a veinte (20) salarios legales mínimos mensuales:
1. Quien publique una obra literaria o artística inédita, o parte de ella, por cualquier medio,
sin la autorización previa y expresa del titular del derecho.
2. Quien inscriba en el registro de autor una obra literaria, científica o artística a nombre de
persona distinta del autor verdadero, o con título cambiado o suprimido, o con el texto
alterado, deformado, modificado o mutilado, o mencionando falsamente el nombre del
editor, productor fonográfico, cinematográfico, video gráfico o de soporte lógico.
3. Quien de cualquier modo o por cualquier medio reproduzca, enajene, compendie, mutile
o transforme una obra literaria, científica o artística, sin autorización previa y expresa de
sus titulares
4. Quien reproduzca fonogramas, video gramas, soporte lógico u obras cinematográficas
sin autorización previa y expresa del titular, o transporte, almacene, conserve, distribuya,
importe, venda, ofrezca, adquiera para la venta o distribución o suministre a cualquier título
dichas reproducciones.
7. Cibergrafia
Propiedad Intelectual en Colombia: Archivos PDF y definición
http://www.cide.edu.co/cidevirtual/file.php/1/Normatividad_Derechos_de_Autor.pdf
http://www.wipo.int/edocs/pubdocs/es/intproperty/450/wipo_pub_450.pdf
http://www.sic.gov.co/drupal/que-es-la-propiedad-intelectual
http://acpi.org.co/2013/09/18/que-es-acpi/
Imágenes disponibles basadas en el tema:
https://www.google.com.co/search?q=propiedad+intelectual+en+colombia&espv=2&biw=
1600&bih=799&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwi4v4j09tbLAhVJHh4KH
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