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DE ANÁLISIS
DEL SGSST
Y ESTÁNDARES MÍNIMOS
SEMINARIO
LEGISLACIÓN EN
SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Código sustantivo del trabajo, Decretos 2663 y 3743 de
1961, adoptados por la ley 141 de 1961.
Art 349. Reglamento de higiene y seguridad.
Los empleadores que tengan a su servicio 10 o más
trabajadores permanentes deben elaborar un reglamento
especial de higiene y seguridad y someterlo a la revisión y
aprobación de la Oficina Nacional de Medicina e Higiene
Industrial de MinTrabajo, a más tardar dentro de los 3 meses
siguientes a la vigencia de este Código, o dentro de los 3 meses
siguientes a la iniciación de las labores, si se trata de un nuevo
establecimiento.
Ley 962 de 2005 Articulo 55: No es necesario radicarlo
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Programa de Salud Ocupacional
El PSO será de funcionamiento permanente y estará
constituido por:
• Subprograma de Medicina Preventiva
• Subprograma de Medicina del Trabajo
• Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial
• Funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y
Seguridad Industrial
Resolución 1016 de 1989
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Sistema General de Riesgos Profesionales
21. Obligaciones del Empleador.
• Notificar a la ARP a la que se encuentre afiliado, los AT y
las EP.
Decreto Ley 1295 de 1994
ANTECEDENTES NORMATIVOS
22. Obligaciones de los trabajadores.
• Procurar el cuidado integral de su salud.
• Suministrar información clara, veraz y completa sobre su
estado de salud.
• Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del
SG-SST
• Participar en la prevención de los riesgos profesionales
a través del COPASO o vigía.
Decreto Ley 1295 de 1994
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Normas sobre el SGRP
Prestaciones económicas:
• Subsidio por incapacidad temporal
• Indemnización por Incapacidad
permanente parcial
• Pensión de invalidez
• Pensión de sobrevivientes
• Auxilio funerario
Ley 776 de 2002
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Prestación económica PCL Pago
Subsidio por incapacidad
temporal
Menor al 5%
100% del Ingreso Base de Cotización
IBC
Indemnización por
incapacidad permanente
parcial
Entre el 5
y < 50%
Entre 2 y 24 Ingreso Base de
Liquidación IBL
Ejemplo: PCL de 20%, el trabajador
recibirá 9,5 veces su IBL
Pensión de invalidez
50% a <66% 60% del IBL
66% o más 75% del IBL
Ayuda permanente Aumentará 15% la pensión recibida
Pensión de sobrevivientes
Muerte del afiliado 75% del IBL
Muerte del
pensionado por
invalidez
100% de lo que estaba recibiendo
como pensión
Auxilio funerario Entre 5 y 10 SMMLV
ANTECEDENTES NORMATIVOS
FURAT y FUREP
El empleador o contratante deberá
notificar a la entidad promotora de salud
a la que se encuentre afiliado el
trabajador y a la correspondiente ARP,
sobre la ocurrencia del accidente de
trabajo o de la enfermedad profesional.
Para tal efecto, el empleador o el
contratante deberá diligenciar
completamente el informe, dentro de los
2 días hábiles siguientes a la ocurrencia
del AT o al diagnóstico de la EP.
Resolución 156 de 2005
ANTECEDENTES NORMATIVOS
FURAT y FUREP
El informe de accidente de trabajo o enfermedad profesional
se considera una prueba, entre otras, para la determinación
del origen por parte de las instancias establecidas por ley.
En ningún caso remplaza el procedimiento establecido para
tal determinación ni es requisito para el pago de
prestaciones asistenciales o económicas al trabajador, pero
una vez radicado en la ARP da inicio la asignación de la
reserva correspondiente.
Resolución 156 de 2005
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Investigación de ATEL
Establecer obligaciones y requisitos mínimos para realizar la
investigación de incidentes y accidentes de trabajo, con el
fin de identificar las causas, hechos y situaciones que los
han generado, e implementar las medidas correctivas
encaminadas a eliminar o minimizar condiciones de riesgo y
evitar su recurrencia.
Resolución 1401 de 2007
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Causas básicas
Factores personales
Factores del trabajo
Causas inmediatas
• Condición subestándar
• Acto subestándar
Resolución 1401 de 2007
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Accidente grave
Trae como consecuencia amputación de cualquier segmento
corporal; fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné,
humero, radio y cúbito); trauma craneoencefálico;
quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de
mano, tales como, aplastamiento o quemaduras; lesiones
severas de columna vertebral con compromiso de médula
espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el
campo visual o lesiones que comprometan la capacidad
auditiva.
Resolución 1401 de 2007
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Obligaciones del empleador
Conformar el equipo investigador.
• Jefe Inmediato o Supervisor del trabajo
• Representante del COPASO (hoy COPASST)
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En caso de AT grave:
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mantenimiento.
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ANTECEDENTES NORMATIVOS
Obligaciones del empleador
• Investigar TODOS los incidentes y accidentes de trabajo
dentro de los quince (15) días siguientes, a través del
equipo investigador.
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incidentes y los accidentes de trabajo, que contenga,
como mínimo, los lineamientos establecidos en la
presente resolución, siendo procedente adoptar los
diseñados por la ARP.
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formato suministrado por la ARP.
Resolución 1401 de 2007
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Cuando el accidente de trabajo sea mortal, la ARP remitirá el
informe dentro de los 10 días hábiles siguientes a la emisión
del concepto, junto con la investigación y copia del informe
del accidente de trabajo, a la Dirección Territorial de Trabajo
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administrativa laboral y se impongan las sanciones a que
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Resolución 1401 de 2007
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Sanciones
El incumplimiento de lo establecido en la presente
resolución será sancionado de conformidad con lo
establecido en los literales a) y c) del artículo 91del Decreto-
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Las investigaciones administrativas y las sanciones por
incumplimiento de la presente resolución serán de
competencia de las Direcciones Territoriales, de conformidad
con lo previsto por el artículo 115 del Decreto-ley 2150 de
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Resolución 1401 de 2007
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Sistema General de Riesgos Laborales
3 Accidente de trabajo. Es accidente de trabajo todo
suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión
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durante la ejecución de órdenes del empleador, o
contratante durante la ejecución de una labor bajo su
autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
Ley 1562 de 2012
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Igualmente se considera AT el que se produzca durante el
traslado de los trabajadores o contratistas desde su
residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el
transporte lo suministre el empleador.
También se considerará como AT el ocurrido durante el
ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se
encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se
produzca en cumplimiento de dicha función.
Ley 1562 de 2012
ANTECEDENTES NORMATIVOS
De igual forma se considera accidente de trabajo el que se
produzca por la ejecución de actividades recreativas,
deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en
representación del empleador o de la empresa usuaria
cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios
temporales que se encuentren en misión.
Ley 1562 de 2012
ANTECEDENTES NORMATIVOS
En caso de accidente que ocasione la muerte del trabajador
donde se demuestre el incumplimiento de las normas de
salud ocupacional, MinTrabajo impondrá multa no inferior a
20 SMLMV, ni superior a 1.000 SMLMV destinados al Fondo
de Riesgos Laborales; en caso de reincidencia por
incumplimiento de los correctivos de promoción y prevención
formulados por la ARL o MinTrabajo una vez verificadas las
circunstancias, se podrá ordenar la suspensión de
actividades o cierre definitivo de la empresa por parte de las
Direcciones Territoriales de MinTrabajo, garantizando
siempre el debido proceso.
Ley 1562 de 2012
ANTECEDENTES NORMATIVOS
11. Del total de la cotización las actividades mínimas de P&P en el
SGRL por parte de las ARL serán las siguientes:
1. Actividades básicas programadas y evaluadas conforme a los
indicadores de Riesgos Laborales para las empresas
correspondiente al 5% del total de la cotización.
2. Del 92% del total de la cotización, la ARL destinará como mínimo
el 10% para actividades de P&P. La SuperFinanciera, podrá
reducir el porcentaje del 10% definido en el numeral 2, de acuerdo
con la suficiencia de la tarifa de cotización, sólo cuando se
requiera incrementar las reservas para cubrir los siniestros por
parte de las ARL.
3. Hasta el 3% del total de la cotización se destinará para el Fondo
de Riesgos Laborales.
Ley 1562 de 2012
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Tabla de enfermedades laborales
Decreto 1477 de 2014
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo
• Libro 2: Régimen reglamentario del sector trabajo
• Parte 2: Reglamentaciones
• Título 4: Riesgos laborales
• Capítulos 1 - 11
Decreto 1072 de 2015
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Artículo 2.2.4.1.6. Accidente de trabajo y enfermedad
laboral con muerte del trabajador.
Cuando un trabajador fallezca como consecuencia de un
ATEL, el empleador deberá adelantar, junto con el
COPASST o el Vigía de SST, según sea el caso, dentro de
los 15 días calendario siguientes a la ocurrencia de la
muerte, una investigación encaminada a determinar las
causas del evento y remitirlo a la ARL, en los formatos que
para tal fin ésta determine. Recibida la investigación por la
ARL, ésta lo evaluará y emitirá concepto sobre el evento
correspondiente, y determinará las acciones de prevención a
ser tomadas por el empleador, en un plazo no superior a 15
días hábiles.
Decreto 1072 de 2015
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Artículo 2.2.4.1.7. Reporte de accidentes y enfermedades a
las Direcciones Territoriales y Oficinas Especiales.
Los empleadores reportarán los accidentes graves y
mortales, así como las enfermedades diagnosticadas como
laborales, directamente a la Dirección Territorial u Oficinas
Especiales correspondientes, dentro de los 2 días hábiles
siguientes al evento o recibo del diagnóstico de la
enfermedad, independientemente del reporte que deben
realizar a las ARL y EPS y lo establecido en el artículo
2.2.4.1.6. del presente Decreto.
Decreto 1072 de 2015
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Afiliación de trabajadores
independientes
Artículo 2.2.4.2.2.15.
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1. Reportar a la Administradora
de Riesgos Laborales los
accidentes de trabajo y
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Decreto 1072 de 2015
ANTECEDENTES NORMATIVOS
Artículo 2.2.4.2.2.16. Obligaciones del contratista.
3. Informar a los contratantes la ocurrencia de incidentes,
accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
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7. Investigar los accidentes de trabajo y enfermedades
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ANTECEDENTES NORMATIVOS
Artículo 2.2.4.3.5: Tabla de Cotizaciones Mínimas y
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cuantía de la sanción a los empleadores.
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Ruido
Resolución 2400 de 1979 art 88
Resolución 8321 de 1983
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Resolución 2400 de 1979 art 79
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Resolución 2400 de 1979 art 63
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Resolución 2400 de 1979 art 97
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Biológico
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NTC 1692/12 - Transporte mercancías peligrosas
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NTC 1461/87 - Señalización, tamaño, formas
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NTC 4114/97 - Inspecciones
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  • 1. DE ANÁLISIS DEL SGSST Y ESTÁNDARES MÍNIMOS SEMINARIO
  • 2. LEGISLACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 3. ANTECEDENTES NORMATIVOS Código sustantivo del trabajo, Decretos 2663 y 3743 de 1961, adoptados por la ley 141 de 1961. Art 349. Reglamento de higiene y seguridad. Los empleadores que tengan a su servicio 10 o más trabajadores permanentes deben elaborar un reglamento especial de higiene y seguridad y someterlo a la revisión y aprobación de la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial de MinTrabajo, a más tardar dentro de los 3 meses siguientes a la vigencia de este Código, o dentro de los 3 meses siguientes a la iniciación de las labores, si se trata de un nuevo establecimiento. Ley 962 de 2005 Articulo 55: No es necesario radicarlo
  • 4. ANTECEDENTES NORMATIVOS Programa de Salud Ocupacional El PSO será de funcionamiento permanente y estará constituido por: • Subprograma de Medicina Preventiva • Subprograma de Medicina del Trabajo • Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial • Funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial Resolución 1016 de 1989
  • 5. ANTECEDENTES NORMATIVOS Sistema General de Riesgos Profesionales 21. Obligaciones del Empleador. • Notificar a la ARP a la que se encuentre afiliado, los AT y las EP. Decreto Ley 1295 de 1994
  • 6. ANTECEDENTES NORMATIVOS 22. Obligaciones de los trabajadores. • Procurar el cuidado integral de su salud. • Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud. • Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del SG-SST • Participar en la prevención de los riesgos profesionales a través del COPASO o vigía. Decreto Ley 1295 de 1994
  • 7. ANTECEDENTES NORMATIVOS Normas sobre el SGRP Prestaciones económicas: • Subsidio por incapacidad temporal • Indemnización por Incapacidad permanente parcial • Pensión de invalidez • Pensión de sobrevivientes • Auxilio funerario Ley 776 de 2002
  • 8. ANTECEDENTES NORMATIVOS Prestación económica PCL Pago Subsidio por incapacidad temporal Menor al 5% 100% del Ingreso Base de Cotización IBC Indemnización por incapacidad permanente parcial Entre el 5 y < 50% Entre 2 y 24 Ingreso Base de Liquidación IBL Ejemplo: PCL de 20%, el trabajador recibirá 9,5 veces su IBL Pensión de invalidez 50% a <66% 60% del IBL 66% o más 75% del IBL Ayuda permanente Aumentará 15% la pensión recibida Pensión de sobrevivientes Muerte del afiliado 75% del IBL Muerte del pensionado por invalidez 100% de lo que estaba recibiendo como pensión Auxilio funerario Entre 5 y 10 SMMLV
  • 9. ANTECEDENTES NORMATIVOS FURAT y FUREP El empleador o contratante deberá notificar a la entidad promotora de salud a la que se encuentre afiliado el trabajador y a la correspondiente ARP, sobre la ocurrencia del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional. Para tal efecto, el empleador o el contratante deberá diligenciar completamente el informe, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la ocurrencia del AT o al diagnóstico de la EP. Resolución 156 de 2005
  • 10. ANTECEDENTES NORMATIVOS FURAT y FUREP El informe de accidente de trabajo o enfermedad profesional se considera una prueba, entre otras, para la determinación del origen por parte de las instancias establecidas por ley. En ningún caso remplaza el procedimiento establecido para tal determinación ni es requisito para el pago de prestaciones asistenciales o económicas al trabajador, pero una vez radicado en la ARP da inicio la asignación de la reserva correspondiente. Resolución 156 de 2005
  • 11. ANTECEDENTES NORMATIVOS Investigación de ATEL Establecer obligaciones y requisitos mínimos para realizar la investigación de incidentes y accidentes de trabajo, con el fin de identificar las causas, hechos y situaciones que los han generado, e implementar las medidas correctivas encaminadas a eliminar o minimizar condiciones de riesgo y evitar su recurrencia. Resolución 1401 de 2007
  • 12. ANTECEDENTES NORMATIVOS Causas básicas Factores personales Factores del trabajo Causas inmediatas • Condición subestándar • Acto subestándar Resolución 1401 de 2007
  • 13. ANTECEDENTES NORMATIVOS Accidente grave Trae como consecuencia amputación de cualquier segmento corporal; fractura de huesos largos (fémur, tibia, peroné, humero, radio y cúbito); trauma craneoencefálico; quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como, aplastamiento o quemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de médula espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva. Resolución 1401 de 2007
  • 14. ANTECEDENTES NORMATIVOS Obligaciones del empleador Conformar el equipo investigador. • Jefe Inmediato o Supervisor del trabajo • Representante del COPASO (hoy COPASST) • Encargado del desarrollo del PSO (hoy SG-SST) En caso de AT grave: • Profesional con licencia en Salud Ocupacional (propio o contratado) • Encargado del diseño de normas, procesos y/o mantenimiento. Resolución 1401 de 2007
  • 15. ANTECEDENTES NORMATIVOS Obligaciones del empleador • Investigar TODOS los incidentes y accidentes de trabajo dentro de los quince (15) días siguientes, a través del equipo investigador. • Adoptar una metodología y un formato para investigar los incidentes y los accidentes de trabajo, que contenga, como mínimo, los lineamientos establecidos en la presente resolución, siendo procedente adoptar los diseñados por la ARP. • Si el AT es mortal se debe utilizar obligatoriamente el formato suministrado por la ARP. Resolución 1401 de 2007
  • 16. ANTECEDENTES NORMATIVOS Cuando el accidente de trabajo sea mortal, la ARP remitirá el informe dentro de los 10 días hábiles siguientes a la emisión del concepto, junto con la investigación y copia del informe del accidente de trabajo, a la Dirección Territorial de Trabajo o a la Oficina Especial de Trabajo, según sea el caso, a efecto de que se adelante la correspondiente investigación administrativa laboral y se impongan las sanciones a que hubiere lugar si fuere del caso. Resolución 1401 de 2007
  • 17. ANTECEDENTES NORMATIVOS Sanciones El incumplimiento de lo establecido en la presente resolución será sancionado de conformidad con lo establecido en los literales a) y c) del artículo 91del Decreto- ley 1295 de 1994. Las investigaciones administrativas y las sanciones por incumplimiento de la presente resolución serán de competencia de las Direcciones Territoriales, de conformidad con lo previsto por el artículo 115 del Decreto-ley 2150 de 1995. Resolución 1401 de 2007
  • 18. ANTECEDENTES NORMATIVOS Sistema General de Riesgos Laborales 3 Accidente de trabajo. Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Ley 1562 de 2012
  • 19. ANTECEDENTES NORMATIVOS Igualmente se considera AT el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. También se considerará como AT el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. Ley 1562 de 2012
  • 20. ANTECEDENTES NORMATIVOS De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión. Ley 1562 de 2012
  • 21. ANTECEDENTES NORMATIVOS En caso de accidente que ocasione la muerte del trabajador donde se demuestre el incumplimiento de las normas de salud ocupacional, MinTrabajo impondrá multa no inferior a 20 SMLMV, ni superior a 1.000 SMLMV destinados al Fondo de Riesgos Laborales; en caso de reincidencia por incumplimiento de los correctivos de promoción y prevención formulados por la ARL o MinTrabajo una vez verificadas las circunstancias, se podrá ordenar la suspensión de actividades o cierre definitivo de la empresa por parte de las Direcciones Territoriales de MinTrabajo, garantizando siempre el debido proceso. Ley 1562 de 2012
  • 22. ANTECEDENTES NORMATIVOS 11. Del total de la cotización las actividades mínimas de P&P en el SGRL por parte de las ARL serán las siguientes: 1. Actividades básicas programadas y evaluadas conforme a los indicadores de Riesgos Laborales para las empresas correspondiente al 5% del total de la cotización. 2. Del 92% del total de la cotización, la ARL destinará como mínimo el 10% para actividades de P&P. La SuperFinanciera, podrá reducir el porcentaje del 10% definido en el numeral 2, de acuerdo con la suficiencia de la tarifa de cotización, sólo cuando se requiera incrementar las reservas para cubrir los siniestros por parte de las ARL. 3. Hasta el 3% del total de la cotización se destinará para el Fondo de Riesgos Laborales. Ley 1562 de 2012
  • 23. ANTECEDENTES NORMATIVOS Tabla de enfermedades laborales Decreto 1477 de 2014
  • 24. ANTECEDENTES NORMATIVOS Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo • Libro 2: Régimen reglamentario del sector trabajo • Parte 2: Reglamentaciones • Título 4: Riesgos laborales • Capítulos 1 - 11 Decreto 1072 de 2015
  • 25. ANTECEDENTES NORMATIVOS Artículo 2.2.4.1.6. Accidente de trabajo y enfermedad laboral con muerte del trabajador. Cuando un trabajador fallezca como consecuencia de un ATEL, el empleador deberá adelantar, junto con el COPASST o el Vigía de SST, según sea el caso, dentro de los 15 días calendario siguientes a la ocurrencia de la muerte, una investigación encaminada a determinar las causas del evento y remitirlo a la ARL, en los formatos que para tal fin ésta determine. Recibida la investigación por la ARL, ésta lo evaluará y emitirá concepto sobre el evento correspondiente, y determinará las acciones de prevención a ser tomadas por el empleador, en un plazo no superior a 15 días hábiles. Decreto 1072 de 2015
  • 26. ANTECEDENTES NORMATIVOS Artículo 2.2.4.1.7. Reporte de accidentes y enfermedades a las Direcciones Territoriales y Oficinas Especiales. Los empleadores reportarán los accidentes graves y mortales, así como las enfermedades diagnosticadas como laborales, directamente a la Dirección Territorial u Oficinas Especiales correspondientes, dentro de los 2 días hábiles siguientes al evento o recibo del diagnóstico de la enfermedad, independientemente del reporte que deben realizar a las ARL y EPS y lo establecido en el artículo 2.2.4.1.6. del presente Decreto. Decreto 1072 de 2015
  • 27. ANTECEDENTES NORMATIVOS Afiliación de trabajadores independientes Artículo 2.2.4.2.2.15. Obligaciones del contratante. 1. Reportar a la Administradora de Riesgos Laborales los accidentes de trabajo y enfermedades laborales. 2. Investigar todos los incidentes y accidentes de trabajo. Decreto 1072 de 2015
  • 28. ANTECEDENTES NORMATIVOS Artículo 2.2.4.2.2.16. Obligaciones del contratista. 3. Informar a los contratantes la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Artículo 2.2.4.2.2.17. Obligaciones de la Administradora de Riesgos Laborales. 7. Investigar los accidentes de trabajo y enfermedades laborales que presenten los trabajadores independientes afiliados. Decreto 1072 de 2015
  • 29. ANTECEDENTES NORMATIVOS Artículo 2.2.4.3.5: Tabla de Cotizaciones Mínimas y Máximas. Artículo 2.2.4.3.9. a 2.2.4.3.9: Reclasificación de tarifas.
  • 30. ANTECEDENTES NORMATIVOS Artículo 2.2.4.11.5. Criterio de proporcionalidad y razonabilidad para la cuantía de la sanción a los empleadores.
  • 31. ANTECEDENTES NORMATIVOS Ruido Resolución 2400 de 1979 art 88 Resolución 8321 de 1983 Resolución 1792 de 1990 Iluminación Resolución 2400 de 1979 art 79 Resolución 181331 de 2009 Vibración Resolución 2400 de 1979 art 93 Temperatura Resolución 2400 de 1979 art 63 Decreto 2222 de 1993 Presión atmosférica Resolución 2400 de 1979 art 562 Radiaciones ionizantes Resolución 2400 de 1979 art 97 Resolución 181434 de 2002 Resolución 180005 de 2010 Radiaciones no Resolución 2400 de 1979 art 110 Peligros higiénicos
  • 32. ANTECEDENTES NORMATIVOS Peligros higiénicos Químico Resolución 2400 de 1979 art 155, 163, 212, 243 Ley 55 de 1993 Decreto 1496 de 2018 Biológico Resolución 2400 de 1979 art 163 Decreto 4126 de 2005 Decreto 1669 de 2002 Resolución 1164 de 2002 Postura, esfuerzo, manipulación manual de cargas Resolución 2400 de 1979 art 388 Psicosocial Ley 1010 de 2006 Resolución 2646 de 2008
  • 33. ANTECEDENTES NORMATIVOS Condiciones de seguridad Mecánico Resolución 2400 de 1979 art 266 Eléctrico Resolución 2400 de 1979 art 121 Resolución 90708 de 2013 Locativo Resolución 2400 de 1979 art 4 Trabajo en Alturas Resolución 1409 de 2009 Tránsito Res 1565/14 – Plan de seguridad vial
  • 34. ANTECEDENTES NORMATIVOS NTC 4435/10 - Ficha de datos de seguridad NTC 4532/10 - Tarjeta de emergencia NTC 1692/12 - Transporte mercancías peligrosas NTC 3808/14 - Anillo del extintor NFPA 600/05 - Brigadas industriales NFPA 704/12 - Identificación materiales peligrosos NFPA 30/12 - Líquidos y combustibles inflamables NFPA 101/12 - Código de seguridad humana ISO 45001 - Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Normativa
  • 35. ANTECEDENTES NORMATIVOS GTC 8/94 - Iluminación, electrotecnia GTC 24/09 - Residuos sólidos GTC 45/12 - Identificación de peligros NTC 1461/87 - Señalización, tamaño, formas NTC 3701/95 - Estadísticas ATEL NTC 4114/97 - Inspecciones NTC 4116/97 - Análisis de tareas críticas NTC 4144/05 - Señalización, altura NTC 2885/09 - Extintores portátiles Normativa
  • 36. SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Gracias