EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS. CONCEPTO DE ESTADO Y DESCRIPCION DE SUS ELEMENTOS
22 0d8723810fcc1494a827104b0c2b89a3 22
1. Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
DÉCIMA NOVENA ÉPOCA 22 DE AGOSTO DE 2016 No. 142
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Delegación Coyoacán
Nota aclaratoria del Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de la Acción Institucional para
impermeabilización de azoteas en edificios de unidades habitacionales “Tu Unidad Sin Goteras”, publicadas en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 29 de marzo de 2016 3
Aviso por el que se da a conocer el Anexo 1 de la Acción Institucional para la impermeabilización de azoteas en
edificios de unidades habitacionales “Tu Unidad Sin Goteras“ para la Delegación Coyoacán para el Ejercicio
Fiscal 2016 5
Delegación Iztapalapa
Nota aclaratoria al “Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos y Mecanismos de Operación de diferentes
Acciones Institucionales” publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 4 de julio del año 2016 7
Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional
“Enlace Ciudadano para la Promoción del Rescate del Espacio Público y el Desarrollo Sustentable” publicado en la
Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 4 de abril del año 2016 8
Nota aclaratoria al Aviso por el que se dan a conocer los Lineamientos Operativos de la Acción Institucional
“Cultura de la Legalidad”. publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México día 05 de abril de 2016 9
Delegación Miguel Hidalgo
Prorroga definitiva del Aviso por el que se convoca a todos los representantes de las organizaciones de tianguis,
bazares y mercados sobre ruedas de establecidas en la Delegación Miguel Hidalgo, a fin de presentar por escrito las
actualizaciones los padrones 12
Prorroga definitiva del aviso por el que se convoca a todos los líderes, representantes y comerciantes establecidos
en vía pública en la Delegación Miguel Hidalgo, a fin de presentar por escrito las actualizaciones de los padrones 13
Continúa en la Pág. 2
2. 2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
Índice
Viene de la Pág. 1
Instituto Electoral del Distrito Federal
Aviso mediante el cual se da a conocer el “Acuerdo de Creación del Sistema de Datos Personales para la
Integración del Listado de Ciudadanas y Ciudadanos Registrados para Emitir su Voto y Opinión, Mediante el
Sistema Electrónico por Internet, en los Procedimientos de Participación Ciudadana de la Ciudad de México” 14
Auditoría Superior de la Ciudad de México
Acuerdo por el que se modifica el artículo quinto del acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el
25 de septiembre de 2015, por el que se transformó la Coordinación de Transparencia, Acceso a la Información
Pública, Protección de Datos Personales y Archivo en la Unidad de Transparencia, Evaluación y Vinculación 18
CONVOCATORIAS DE LICITACIÓN Y FALLOS
Delegación Tláhuac.- Nota aclaratoria a la Convocatoria 002-16, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México de fecha 05 de agosto del 2016
21
Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México.- Convocatoria No. 015.-
Licitación Pública Nacional No: LPN/DA/CRHM/015/2016 para el Servicio para la impresión de materiales para la
difusión de las acciones y programas en materia de prevención de adicciones, que realiza el Instituto para la
Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México
22
SECCIÓN DE AVISOS
Servicios Integrales El Sótano, S.A. de C.V. 23
Instituto de Orientación Psicológica y Logoterapia, S.C. 23
Programa Latinoamericano de Investigación en Salud Sexual y Reproductiva, A. C. 24
Corporación de Servicios Radiológicos, S.A. de C.V. 25
Aviso 26
3. 22 de Agosto de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
DELEGACIÓN COYOACÁN
MIREYA CRUZ LEVARIO, DIRECTORA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL ÓRGANO POLÍTICO
ADMINISTRATIVO EN COYOACÁN, con fundamento en los artículos 87 tercer párrafo y 117 primer párrafo del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal; artículo 2 tercer párrafo, 7 primer párrafo, 10 fracción IV, 37, 39 fracción LVI de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal; artículos 9 y 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 1, 97 y 101
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 1, 3 fracción V y VI, 4, 6 y 8 de la Ley de Desarrollo Social para el
Distrito Federal; 122 Bis fracción IV inciso F), 123 fracción IV y 145 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal, así como lo establecido en el Marco Conceptual para la definición de criterios en la creación y modificación de programas y
acciones sociales emitido por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número
69 de fecha 14 de Abril del 2015. Contando con capacidad legal para subscribir el presente documento de conformidad con el Acuerdo
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 244 de fecha 22 de Diciembre de 2015, mediante el que se delega en el
Titular de la Dirección General de Participación Ciudadana la facultad para suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus
atribuciones, emito el siguiente:
NOTA ACLARATORIA DEL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LA ACCIÓN
INSTITUCIONAL PARA “IMPERMEABILIZACIÓN DE AZOTEAS EN EDIFICIOS DE UNIDADES HABITACIONALES
“TU UNIDAD SIN GOTERAS” PARA LA DELEGACIÓN COYOACÁN, EJERCICIO FISCAL 2016, PUBLICADAS EN EL
NÚMERO 38 DE LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL DÍA 29 DE MARZO DE 2016.
En la página 62
DICE:
Para dar cumplimiento al objetivo general del programa, en este año se contempla atender Unidades Habitacionales ubicadas en el
perímetro de la Delegación Coyoacán, en donde se invertirán $50’000,000.00 (Cincuenta millones de pesos 00/100M.N.).La
Coordinación General del programa, al término del mismo, deberá contar por cada Unidad, con las Actas de Entrega-Recepción
acompañadas de sus Bitácoras de obra autorizadas por los integrantes de los Comités Ciudadanos y/o vecinos que vivan en las Unidades
Habitacionales de que se trate para la entrega de los trabajos
DEBE DECIR:
Para dar cumplimiento al objetivo general del programa, en este año se contempla atender Unidades Habitacionales ubicadas en el
perímetro de la Delegación Coyoacán, en donde el recurso requiere ser ampliado por $ 2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100M.N.)
para poder ejecutar una inversión total por $52’000,000,00 (Cincuenta y dos millones de pesos 00/100 M.N.). La Coordinación General
del Programa, al término del mismo, deberá contar por cada Unidad, con las Actas de Entrega-Recepción acompañadas de sus Bitácoras
de obra autorizadas por los integrantes de los Comités Ciudadanos y/o vecinos que vivan en las Unidades Habitacionales de que se trate
para la entrega de los trabajos.
En la página 63 párrafo 1 y2
DICE:
El monto asignado al Programa, es de $50’000.000.00 (cincuenta millones de pesos 00/00M.N) sujeto a disposición presupuestal.
Se asignará a cada Unidad Habitacional, la cantidad que resulte una vez que se hayan realizado los estudios de necesidades con el
propósito de lograr una atención suficiente y significativa en beneficio de los habitantes. Dichas Unidades Habitacionales están
referenciadas en el anexo 1 de las presente Reglas de Operación, del cual será publicado en fecha posterior en la Gaceta Oficial de la
Ciudad de México
4. 4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
DEBE DECIR:
El monto asignado al Programa, es de $52’000.000.00 (Cincuenta y dos millones de pesos 00/100M.N.) sujeto a disposición presupuestal.
Para este ejercicio fiscal, se tiene contemplado aplicar aproximadamente en la primera etapa 190,083.93M2 por lo que se estima llevar a
cabo una segunda etapa en donde se ejecutaran un adicional de 7,347.89M2 para la presente Acción Institucional con el propósito de
lograr una atención suficiente y significativa en beneficio de los habitantes de las Unidades Habitacionales de la Delegación Coyoacán.
Dichas Unidades Habitacionales estarán referenciadas en el anexo 1 de las Reglas de Operación, el cual será publicado en fecha posterior
en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
TRANSITORIOS
Único:- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México, D.F., 18 de agosto de 2016.
(Firma)
MIREYA CRUZ LEVARIO
DIRECTORA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL ÓRGANO POLÍTICO ADMINISTRATIVO DE
COYOACÁN
_________________________________________
5. 22 de Agosto de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 5
DELEGACIÓN COYOACÁN
MIREYA CRUZ LEVARIO, Directora General de Participación Ciudadana en la Delegación Coyoacán, con fundamento en
los artículos 122, apartado C. Base Tercera, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 87, 104, 105,
112, segundo párrafo, 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1°, 2°, 3°, fracción III, 10 fracción XV, 11 párrafo Décimo
Quinto, 37, 38 y 39 fracciones XLIII, XLV y LVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 122
fracción V, 122 Bis fracción XV inciso E), 128 fracción VIII; del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal; 4, 6, 8, 11 fracción I, 25, 26, 27, 29, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; 50 y 51
del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, 102 y 103 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal, de la Ley de Planeación del Desarrollo Social del Distrito Federal, y mediante el Acuerdo de fecha 22 de
diciembre de 2015 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal mediante el cual se delega al titular de la Dirección General
de Participación Ciudadana, la facultad para suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como de
celebrar, otorgar y suscribir los contratos, convenios y demás actos jurídicos de carácter administrativo o de cualquier otra índole
dentro del ámbito de su competencia, necesarios para el ejercicio de sus funciones, por ello, se da a conocer el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ANEXO 1 DE LA ACCIÓN INSTITUCIONAL PARA LA
IMPERMEABILIZACIÓN DE AZOTEAS EN EDIFICIOS DE UNIDADES HABITACIONALES “ TU UNIDAD SIN
GOTERAS “ PARA LA DELEGACIÓN COYOACÁN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016.
ANEXO: I
LISTADO DE UNIDADES HABITACIONALES QUE SE ATENDERAN CON LOS RECURSOS DE LA ACCIÓN
INSTITUCIONAL PARA LA IMPERMEABILIZACIÓN DE AZOTEAS EN EDIFICIOS DE UNIDADES
HABITACIONALES “TU UNIDAD SIN GOTERAS “PARA LA DELEGACIÓN COYOACÁN PARA EL EJERCICIO
FISCAL 2016.
UNIDAD HABITACIONAL POBLACIÓN
BENEFICIADA
METROS
CUADRADOS
1 C.T.M. ZONA I
1264 1,668.31
2 C.T.M. ZONA II
2340 3,960.04
3 C.T.M. ZONA III
2340 3,930.00
4 U.H. CANAL NACIONAL 260
2800 12,485.24
5 U.H. CANAL NACIONAL
(BOMBAS)
2760
8,049.91
6 C.T.M. V
8060 6,545.37
7 C.T.M. VI
12004 3,624.28
8 C.T.M. VII
10008 12,953.72
9 C.T.M. VII-A
1464
4,801.67
10 C.T.M. VIII
2640 25,123.60
11 C.T.M. VIII-A
9368
12,811.88
6. 6 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
12 C.T.M. IX
9224 19,007.04
13 C.T.M. IX-A
1792 8,151.29
14 C.T.M. X
2800 11,719.59
15 STUNAM
4960 14,485.51
16 LOS OLIVOS
840 3,702.89
17 U.H. GIRASOLES II 2656 10,933.11
18 U.H. TLALPAN
2000 4,832.79
19 U.H. CROC VI
3600 9,110.23
20 U.H. PILOTO
3128 1,303.76
21 U.H. UNIVERSIDAD 2016-2026
760 2,492.06
22 U.H. PUERTO RICO
800 2,456.17
23 FOVISSSTE UNIVERSIDAD
4288 4,949.35
24 EJIDOS DE CHURUBUSCO
500 986.12
El Programa se sujeta a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social, que a la letra dice: En los
subsidios y beneficios de tipo material y económico que otorguen, con el objeto de los Programas Sociales específicos
implementados por el Gobierno del Distrito Federal y las Delegaciones, deberán llevar la siguiente leyenda:
“Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos
provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Esta prohibido el uso de este Programa con fines políticos,
electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso in debido de los recursos de este Programa en el
Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente”
TRANSITORIOS:
Único:- El presente anexo entrara en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
Ciudad de México, a 18 de agosto de 2016.
MIREYA CRUZ LEVARIO
DIRECTORA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL ÓRGANO POLÍTICO
ADMINISTRATIVO DE COYOACÁN
7. 22 de Agosto de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 7
DELEGACIÓN IZTAPALAPA
LIC. DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, con fundamento en los artículos 112 segundo párrafo y 117 del Estatuto
de Gobierno del Distrito Federal; 37 y 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 122 fracción V y
122Bis fracción IX, inciso e del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; articulo 97 último párrafo y 101 de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 116 fracciones I y II del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal;, he tenido a bien expedir la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL “AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS Y MECANISMOS DE
OPERACIÓN DE DIFERENTES ACCIONES INSTITUCIONALES A CARGO DE LA DELEGACIÓN IZTAPLAPA PARA EL
EJERCICIO FISCAL 2016” PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL DÍA 4 DEL MES DE JULIO
DEL AÑO 2016.
Página 220, Párrafo Cuarto
Dice:
III. METAS FÍSICAS
Se otorgará un apoyo económico mínimo de $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) hasta $300,000.00 (trescientos mil pesos
00/100 M.N.), por única ocasión y de manera extraordinaria a persona, representante de grupo o colectivo artístico, musical y escénico, creativo,
artistas urbanos, productores, o de las diferentes ramas de las artes, a un mínimo de 200 y hasta un máximo de 400, como apoyo para producción,
transportación y alimentación, entre otros, en el desempeño de sus actividades, hasta alcanzar el tope del recurso autorizado por este concepto.
Debe decir:
III. METAS FÍSICAS
Se otorgará un apoyo económico mínimo de $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) hasta $30,000.00 (treinta mil pesos 00/100 M.N., por única
ocasión y de manera extraordinaria a personas, representante de grupo o colectivo artístico, musical y escénico, creativo, artistas urbanos,
productores, o de las diferentes ramas de las artes, a un mínimo de 200 y hasta un máximo de 400, como apoyo para producción, transportación y
alimentación, entre otros, en el desempeño de sus actividades, hasta alcanzar el tope del recurso autorizado por este concepto.
Página 220 Párrafo Quinto
Dice:
IV. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL (RECURSO AUTORIZADO)
Se autoriza un presupuesto de hasta $32,000,000.00 (treinta y dos millones, 00/100 M.N.), con cargo a la partida presupuestal 4419 “Otras
Ayudas Sociales a Personas”.
Debe decir:
IV. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL (RECURSO AUTORIZADO)
Se autoriza un presupuesto de hasta $27, 000,000.00 (veintisiete millones, 00/100 M.N.), con cargo a la partida presupuestal 4419 “Otras Ayudas
Sociales a Personas”.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dado en la Ciudad de México a los 19 días del mes de Agosto de 2016.
ATENTAMENTE
LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA
(Firma)
LIC.DIONE ANGUIANO FLORES
8. 8 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
DELEGACIÓN IZTAPALAPA
LIC. DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, con fundamento en los artículos 112 segundo
párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 37 y 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal; 122 fracción V y 122Bis fracción IX, inciso e del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal; articulo 97 último párrafo y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal; 116 fracciones I y II del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal;, he tenido a
bien expedir la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS OPERATIVOS DE
LA ACCIÓN INSTITUCIONAL “ENLACE CIUDADANO PARA LA PROMOCIÓN DEL RESCATE DEL
ESPACIO PUBLICO Y EL DESARROLLO SUSTENTABLE EN LA DELEGACION IZTAPALAPA”
PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EL DÍA 4 DEL MES DE ABRIL DEL
AÑO 2016.
Página 87, Párrafo Tercero
Dice:
VI.PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
Monto de los Recursos Asignados:
Para el ejercicio fiscal 2016, se programó una erogación de hasta $25,012,000.00 (veinticinco millones doce mil pesos
00/100
M.N.)
Debe decir:
VI.PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
Se autoriza un presupuesto de hasta $22, 652,000.00 (veintidós millones seiscientos cincuenta y dos mil, 00/100 M.N.), con
cargo a la partida presupuestal 4419 “Otras Ayudas Sociales a Personas”.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dado en la Ciudad de México a los 19 días del mes de Agosto de 2016.
ATENTAMENTE
LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA
(Firma)
LIC.DIONE ANGUIANO FLORES
9. 22 de Agosto de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 9
DELEGACIÓN IZTAPALAPA
LIC.DIONE ANGUIANO FLORES, Jefa Delegacional en Iztapalapa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112
segundo párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 39 fracción XLV de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal, he tenido a bien expedir la siguiente:
NOTA ACLARATORIA AL AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS OPERATIVOS DE
LA ACCIÓN INSTITUCIONAL “CULTURA DE LA LEGALIDAD”. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DE LA
CIUDAD DE MÉXICO DÍA 05 DE ABRIL DE 2016.
Página 107 Sexto Párrafo
Dice:
I. ENTIDAD RESPONSABLE DE LAS ACCIONES INSTITUCIONALES
La Delegación Iztapalapa, a través de la Dirección General Jurídica y de Gobierno, la Dirección Jurídica y la Dirección de
Gobierno.
Debe decir:
I. ENTIDAD RESPONSABLE DE LAS ACCIONES INSTITUCIONALES
La Delegación Iztapalapa, a través de la Dirección General de Administración, Dirección General Jurídica y de Gobierno,
Dirección Jurídica y Dirección de Gobierno.
Página 107 Décimo Párrafo
Dice:
III. OBJETIVO ESPECÍFICOS
Atender todas las solicitudes de trámites y servicios que sean solicitadas por los habitantes de esta demarcación territorial, que son
detectadas en los recorridos realizados en esta Delegación.
Realizar visitas coordinadas por manzana en cada colonia, para así brindarles la asesoría correspondiente en las materias civil,
mercantil, familiar, laboral, administrativa y jurídica en general, a los residentes de esta demarcación territorial.
Comparecer ante la Agencia del Ministerio Público de ser necesario.
Colaborar en la supervisión, la prosecución y trámite de los procedimientos judiciales en los que intervenga la Delegación.
Coadyuvar en la defensa y la demanda de acciones jurídicas de la Delegación.
Auxiliar en la asesoría y apoyo oportuno a las áreas de la Delegación en aspectos jurídicos.
Apoyo jurídico en la elaboración de procedimientos administrativos de nulidad, revocación y cancelación y en general cualquier
otro tendiente a modificar derechos creados por resoluciones de las autoridades, proponiendo alternativas de solución.
Canalizar las quejas de la ciudadanía a los juzgados cívicos con el propósito de conciliar conflictos o imponer las sanciones
administrativas correspondientes en los términos de ley de justicia cívica.
Asesoramiento y actuación en todo tipo de operaciones inmobiliarias.
Investigar en las distintas Dependencias de la Ciudad de México, la situación jurídica de la propiedad de los predios ubicados en la
jurisdicción, particularmente ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal (RPPC), Dirección
General de Regularización Territorial (DGRT), Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal
(SEDUVI), Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT), Dirección General del Patrimonio
inmobiliario (DGPI) entre otras.
10. 10 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
Asesorar en los conflictos entre colonos, cuando exista identificación técnica o confusión en las superficies que amparan las
escrituras de los lotes urbanos.
Analizar los casos de tenencia de la tierra con problemas jurídicos para emitir opinión que permita su solución.
Llevar a cabo estudios para regularizar los bienes que son propiedad del Gobierno de la Ciudad de México y los de propiedad
privada.
Dar atención y seguimiento a la sustanciación en los juicios civiles, laborales, penales y contenciosos administrativos.
Apoyar en las resoluciones administrativas, como resultado de las visitas de verificación practicadas a los establecimientos
mercantiles e inmuebles ubicados dentro de la demarcación.
Coadyuvar en la revisión de las actas de visitas de verificación.
Asesorar a las Direcciones Territoriales para el adecuado ejercicio de las atribuciones conferidas, en materia de verificación
administrativa, laboral, civil, penal, etcétera.
Asegurar la atención mediante el seguimiento por medio de la elaboración de oficios, promociones, acuerdos y las resoluciones
administrativas y el debido resguardo documental en los archivos institucionales.
Archivar los acuerdos, promociones y demás documentos en sus respectivos expedientes de las áreas que integran la Dirección
General Jurídica y de Gobierno.
Elaborar propuestas de respuesta a peticiones ciudadanas para su revisión y visto bueno de los diversos titulares de las áreas
administrativas que componen la Dirección General Jurídica y de Gobierno.
Debe Decir:
III. OBJETIVO ESPECÍFICOS
Atender las solicitudes de trámites y servicios que sean solicitadas por los habitantes de esta demarcación territorial, que son
detectadas en los recorridos realizados en esta Delegación.
Realizar visitas coordinadas por manzana en cada colonia, para así brindarles la asesoría correspondiente en las materias civil,
mercantil, familiar, laboral, administrativa y jurídica en general, a los residentes de esta demarcación territorial.
Asistir y/o acompañar, ante la Agencia del Ministerio Público de ser necesario.
Auxiliar en la asesoría y apoyo oportuno a las áreas de la Delegación en aspectos jurídicos.
Apoyo jurídico en la elaboración de procedimientos administrativos de nulidad, recursos de nulidad y cancelación y en general
cualquier otro tendiente a modificar derechos creados por resoluciones de las autoridades, proponiendo alternativas de solución.
Canalizar las quejas de la ciudadanía a los juzgados cívicos con el propósito de conciliar conflictos o imponer las sanciones
administrativas correspondientes en los términos de ley de justicia cívica.
Tramitar oficios a las distintas Dependencias de la Ciudad de México, el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del
Distrito Federal (RPPC), Dirección General de Regularización Territorial (DGRT), Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda
del Gobierno del Distrito Federal (SEDUVI), Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT), Dirección
General del Patrimonio inmobiliario (DGPI) entre otras.
Elaboración e impresión de los convenios de colaboración que firme la titular de este Órgano Político Administrativo.
Archivar acuerdos, promociones y actuaciones de seguimiento a la sustanciación en los juicios civiles, laborales, penales y
contenciosos administrativos.
Apoyar en la impresión de las resoluciones administrativas, como resultado de las visitas de verificación practicadas a los
establecimientos mercantiles e inmuebles ubicados dentro de la demarcación.
11. 22 de Agosto de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 11
Coadyuvar en la integración a su expediente de las actas de visitas de verificación.
Colaborar en la integración de acuerdos, promociones y demás documentos en sus respectivos expedientes de las áreas que
integran la Dirección General Jurídica y de Gobierno.
Elaborar propuestas de respuesta a peticiones ciudadanas para su revisión y visto bueno de los diversos titulares de las áreas
administrativas que componen la Dirección General Jurídica y de Gobierno.
Página109 Primer Párrafo
Dice:
V. METAS FÍSICAS
Para el ejercicio fiscal 2016, se beneficiarán hasta 38 ciudadanas/ciudadanos con 12 estímulos económicos de $10,964.91
(Diez mil novecientos sesenta y cuatro mil pesos 91/100 m.n.); con cargo a la partida 4000 siempre de conformidad con la
disponibilidad presupuestal que se tenga.
Debe decir:
V. METAS FÍSICAS
Para el ejercicio fiscal 2016, se beneficiarán hasta 46 ciudadanas/ciudadanos con 12 estímulos económicos de $10,869.56
(Diez mil ochocientos sesenta y nueve mil pesos 56/100 m.n.); con cargo a la partida 4000 siempre de conformidad con la
disponibilidad presupuestal que se tenga.
Página 109 Segundo Párrafo
Dice:
VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
Para el ejercicio fiscal 2016, se programó una erogación de $5, 000,000.00 (CINCO MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.)
Debe decir:
VI. PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL
Para el ejercicio fiscal 2016, se programó una erogación de $6, 000,000.00 (SEIS MILLONES DE PESOS 00/100 M.N.)
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Dado en la Ciudad de México a los 22 días del mes de Agosto de 2016.
ATENTAMENTE
LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTAPALAPA
(Firma)
LIC.DIONE ANGUIANO FLORES
12. 12 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
PRORROGA DEFINITIVA DEL AVISO POR EL QUE SE CONVOCA A TODOS LOS REPRESENTANTES DE LAS
ORGANIZACIONES DE TIANGUIS, BAZARES Y MERCADOS SOBRE RUEDAS DE ESTABLECIDAS EN LA
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, A FIN DE PRESENTAR POR ESCRITO LAS ACTUALIZACIONES LOS PADRONES.
LIC. OBDULIO ÁVILA MAYO, en mi carácter de Director General de Servicios Jurídicos y Gobierno, en la demarcación territorial en
Miguel Hidalgo y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, fracción II de la Base Tercera del Inciso C del artículo 122 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 104 y las fracciones V, VI Y XI del artículo 117 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; párrafo tercero del artículo 2°, fracción XI del artículo 10, 36, 37, 38; fracciones VI, VIII, y LXXXVI del artículo 39
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; párrafos primero y segundo del artículo 1; fracción III del artículo
3, 120, 121, inciso A) de la fracción XI del artículo 122 Bis; fracciones I y XIV del 123; fracciones I y IV del 169; fracciones I, XXVII,
XXVIII y XXXVIII del artículo 170 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; se emite la presente
prorroga.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6 , 7, 8, 9, 30, 31 y demás relativos y aplicables de la Ley del Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal con relación al artículo 5 fracción VIII del Reglamento de Mercados para el Distrito Federal, y tercer
párrafo del punto número 1 del Acuerdo 11/98, mediante el cual se emite el Programa de Reordenamiento de Comercio en Vía Pública y
los criterios para la aplicación de las cuotas por concepto de aprovechamiento por el uso de las vías y áreas públicas para realizar
actividades mercantiles, publicado en la Gaceta Oficial el 16 de febrero de 1998, referente a “De la afectación de la vía pública”, que en lo
conducente señala: “ ... Los trabajadores que ejerzan sus actividades de comercio en la vía pública, deben ser personas plenamente
identificadas, respetuosas de la paz y seguridad de las personas...”; y considerando que:
PRIMERO.- Que a 13 de junio de 2016, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el AVISO POR EL QUE SE
CONVOCA A TODOS LOS REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE TIANGUIS, BAZARES Y MERCADOS
SOBRE RUEDAS DE ESTABLECIDAS EN LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, A FIN DE PRESENTAR POR
ESCRITO LAS ACTUALIZACIONES LOS PADRONES, en el que se fijaron los requerimientos a cumplir al exhibir los padrones
solicitados, tanto a líderes y representantes como a los comerciantes independientes, así mismo se otorgó un plazo de 40 días hábiles para
satisfacer el requerimiento hecho.
SEGUNDO. Que realizado el computo de los 40 días hábiles que se otorgaron para la exhibición de los padrones, estos concluyeron el
día veintidós de agosto de dos mil dieciséis, por lo tanto a efecto de que todas las organizaciones y comerciantes independientes estén en
condiciones de cumplir con lo requerido, a través del presente se otorga una prórroga al día diecinueve de septiembre del dos mil
dieciséis, para dar cumplimiento al aviso en cuestión.
TERCERO. Quedan subsistentes los apercibimientos señalados para el supuesto de que se haga caso omiso a la presente, las
organizaciones no podrán ejercer ningún tipo de representación con relación a aquellos que no queden incluidos en los padrones
correspondientes, aunado a que de considerarse procedente se aplicará lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley de Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal, que faculta a la autoridad administrativa para que en la vía de ejecución directa retire obstáculos,
vehículos o cualesquiera otros efectos o bienes irregularmente colocados, ubicados o asentados en bienes del dominio público de la
Ciudad de México.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El presente acuerdo, entrará en vigor a partir del 23 de agosto de 2016.
Ciudad de México a los diecisiete días del mes de agosto de dos mil dieciséis.
A T E N T A M E N T E
(Firma)
LIC. OBDULIO ÁVILA MAYO
DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS JURÍDICOS Y GOBIERNO
EN LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
13. 22 de Agosto de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 13
DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO
PRORROGA DEFINITIVA DEL AVISO POR EL QUE SE CONVOCA A TODOS LOS LÍDERES, REPRESENTANTES Y
COMERCIANTES ESTABLECIDOS EN VÍA PÚBLICA EN LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, A FIN DE
PRESENTAR POR ESCRITO LAS ACTUALIZACIONES DE LOS PADRONES.
LIC. OBDULIO ÁVILA MAYO, en mi carácter de Director General de Servicios Jurídicos y Gobierno, en la demarcación territorial en
Miguel Hidalgo y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 14, 16, fracción II de la Base Tercera del Inciso C del artículo 122 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 104 y las fracciones V, VI Y XI del artículo 117 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; párrafo tercero del artículo 2°, fracción XI del artículo 10, 36, 37, 38; fracciones VI, VIII, y LXXXVI del artículo 39
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; párrafos primero y segundo del artículo 1; fracción III del artículo
3, 120, 121, inciso A) de la fracción XI del artículo 122 Bis; fracciones I y XIV del 123; fracciones I y IV del 169; fracciones I, XXVII,
XXVIII y XXXVIII del artículo 170 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; se emite la presente
prorroga.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, 7, 8, 9, 11, 30, 31 y demás relativos y aplicables de la Ley del Procedimiento
Administrativo del Distrito Federal con relación al punto número 8 del Acuerdo 11/98, mediante el cual se emite el Programa de
Reordenamiento de Comercio en Vía Pública y los criterios para la aplicación de las cuotas por concepto de aprovechamiento por el uso
de las vías y áreas públicas para realizar actividades mercantiles, publicado en la Gaceta Oficial el 16 de febrero de 1998, que en lo
conducente dice: “De las asociaciones de comerciantes. Las Asociaciones de comerciantes pueden intervenir para representar a sus
asociados y con tal carácter podrán concertar con las autoridades los lugares de instalación o reubicación; pero los trámites para la
obtención de los permisos serán siempre individuales. Tendrán también derecho para presentar los padrones de sus asociados instalados
como comerciantes en vía pública, que hayan sido aprobados por administraciones anteriores. A falta de los mismos, las autoridades los
integrarán conforme a los datos de que dispongan.”; y considerando que:
PRIMERO.- Que a 13 de junio de 2016, fue publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el AVISO POR EL QUE SE
CONVOCA A TODOS LOS LÍDERES, REPRESENTANTES Y COMERCIANTES ESTABLECIDOS EN VÍA PÚBLICA EN
LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO, A FIN DE PRESENTAR POR ESCRITO LAS ACTUALIZACIONES DE LOS
PADRONES, en el que se fijaron los requerimientos a cumplir al exhibir los padrones solicitados, tanto a líderes y representantes como a
los comerciantes independientes, así mismo se otorgó un plazo de 40 días hábiles para satisfacer el requerimiento hecho.
SEGUNDO. Que realizado el computo de los 40 días hábiles que se otorgaron para la exhibición de los padrones, estos concluyeron el
día veintidós de agosto de dos mil dieciséis, por lo tanto a efecto de que todas las organizaciones y comerciantes independientes estén en
condiciones de cumplir con lo requerido, a través del presente se otorga una prórroga al día diecinueve de septiembre del dos mil
dieciséis, para dar cumplimiento al aviso en cuestión.
TERCERO. Quedan subsistentes los apercibimientos señalados para el supuesto de que se haga caso omiso al Aviso publicado el trece
de junio de dos mil dieciséis y al presente, en el sentido de que se procederá a la integración de los padrones con los datos que se detenten
en el Sistema de Comercio en Vía Pública (SISCOVIP), así como la obtenida por personal de vía pública, en el entendido de que
concluido el plazo a que hace referencia la presente las organizaciones no podrán ejercer ningún tipo de representación con relación a
aquellos que no queden incluidos en los padrones correspondientes.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO.- El presente acuerdo, entrará en vigor a partir del 23 de agosto de 2016.
Ciudad de México a los diecisiete días del mes de agosto de dos mil dieciséis.
A T E N T A M E N T E
(Firma)
LIC. OBDULIO ÁVILA MAYO
DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS JURÍDICOS Y GOBIERNO EN LA DELEGACIÓN MIGUEL
HIDALGO
14. 14 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
INSTITUTO ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL
LIC. RUBÉN GERALDO VENEGAS, SECRETARIO EJECUTIVO DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL
DISTRITO FEDERAL, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, apartado A y 16, segundo párrafo de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35, fracciones I, II inciso d) y XXVII del Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales del Distrito Federal; 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito
Federal, numerales 6 y 7 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, y atendiendo a
los principios de licitud, consentimiento, calidad de los datos, confidencialidad, seguridad, disponibilidad y temporalidad de
los datos personales en poder del Instituto Electoral del Distrito Federal, para dar cumplimiento a las obligaciones a las que
está sujeto en materia de datos personales, se comunica el siguiente:
AVISO MEDIANTE EL CUAL SE DA A CONOCER EL “ACUERDO DE CREACIÓN DEL SISTEMA DE
DATOS PERSONALES PARA LA INTEGRACIÓN DEL LISTADO DE CIUDADANAS Y CIUDADANOS
REGISTRADOS PARA EMITIR SU VOTO Y OPINIÓN, MEDIANTE EL SISTEMA ELECTRÓNICO POR
INTERNET, EN LOS PROCEDIMIENTOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO”
“CONSIDERANDOS:
I. El Instituto Electoral del Distrito Federal es un Órgano Autónomo de la Administración Pública de la Ciudad de México,
y por ende un Sujeto Obligado al cumplimiento de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición
de Cuentas de la Ciudad de México y de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, de conformidad
con el artículo 20, párrafo primero del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal y artículo 1
de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
II. De conformidad con los artículos 6 y 7, fracción I, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y
numeral 6, párrafo primero de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, corresponde a
cada Sujeto Obligado determinar, mediante Acuerdo emitido por el titular o, en su caso, del órgano competente, la creación,
modificación o supresión de sistemas de datos personales, conforme a su respectivo ámbito de competencia y publicarlo en
la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
III. Conforme lo establece el artículo 7, fracción I, de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y el
numeral 6, párrafo segundo de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, en los casos
de creación y modificación, el Acuerdo deberá dictarse y publicarse, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, al menos
quince días hábiles previos a la creación o modificación de sus sistemas de datos personales.
IV. El Titular de la Unidad Técnica de Servicios Informáticos del Instituto Electoral del Distrito Federal, como responsable
de atender los servicios en materia informática, cómputo y telecomunicación que se requieran para las actividades
ordinarias, procesos electorales y procedimientos de participación ciudadana; así como de investigar y analizar
permanentemente nuevas tecnologías en materia de informática y comunicaciones, para proponer su aplicación en el
Instituto Electoral, realiza la propuesta de creación del “Sistema de Datos Personales para la Integración del Listado de
Ciudadanas y Ciudadanos registrados para emitir su voto y opinión, mediante el Sistema Electrónico por Internet, en los
procedimientos de participación ciudadana de la Ciudad de México”, en virtud de la necesidad de registrar, controlar y
proteger los datos personales de las y los ciudadanos que utilicen el Sistema Electrónico por Internet.
V. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 7, fracción II de la Ley de Protección de Datos
Personales para el Distrito Federal, y numeral 7 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito
Federal, a continuación, se señala el contenido del Acuerdo de creación del citado Sistema, en los términos siguientes:
ACUERDO DE CREACIÓN DEL SISTEMA DE DATOS PERSONALES PARA LA INTEGRACIÓN DEL
LISTADO DE CIUDADANAS Y CIUDADANOS REGISTRADOS PARA EMITIR SU VOTO Y OPINIÓN,
MEDIANTE EL SISTEMA ELECTRÓNICO POR INTERNET, EN LOS PROCEDIMIENTOS DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
I. Identificación del sistema de datos personales.
15. 22 de Agosto de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 15
Denominación:
La denominación es: Sistema de Datos Personales para la Integración del Listado de Ciudadanas y Ciudadanos registrados
para emitir su voto y opinión, mediante el Sistema Electrónico por Internet, en los procedimientos de participación
ciudadana de la Ciudad de México.
Normatividad aplicable:
a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
b) Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;
c) Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública;
d) Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
e) Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal;
f) Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;
g) Ley de Archivos del Distrito Federal;
h) Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal;
i) Reglamento Interior del Instituto Electoral del Distrito Federal;
j) Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y
k) Manual de Organización y Funcionamiento del Instituto Electoral del Distrito Federal.
Finalidad y uso previsto son:
La finalidad del Sistema consiste en integrar una base de datos personales de las y los ciudadanos de la Ciudad de México
que, mediante el registro previo de los datos personales requeridos, la generación de una contraseña y la utilización del
Sistema Electrónico por Internet, les permita ejercer su voto y opinión en los procedimientos de participación ciudadana de
la Ciudad de México, garantizando en todo momento que dicho ejercicio sea universal, libre, secreto, personal e
intransferible.
II. Origen de los datos.
Las personas sobre las que se pretenden obtener datos de carácter personal o que resultan obligadas a
suministrarlos son: todas las ciudadanas y ciudadanos que se registren personalmente para ejercer su voto y opinión,
mediante el Sistema Electrónico por Internet, en los procedimientos de participación ciudadana de la Ciudad de México.
Procedencia: La propia persona interesada.
Procedimiento de obtención es: Llenado de un formulario electrónico por parte de las y los ciudadanos que se registren en
el Sistema Electrónico por Internet para ejercer su voto y opinión en los procedimientos de participación ciudadana de la
Ciudad de México.
Las y los ciudadanos deberán registrar en medio electrónico (automatizado): nombre, apellido 1, apellido 2, clave de elector,
OCR de la credencial para votar, teléfono celular, correo electrónico y domicilio.
Los plazos de conservación: temporalidad de conservación tres años.
III. Estructura básica del sistema de datos personales.
16. 16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
Datos identificativos: nombre, apellido 1, apellido 2, clave de elector, OCR de la credencial para votar, teléfono celular.
Datos electrónicos: correo electrónico no oficial.
Datos obligatorios: nombre, apellido 1, clave de elector, OCR de la credencial para votar, teléfono celular, correo
electrónico y domicilio.
Datos de carácter facultativo: apellido 2.
Modo de tratamiento: automatizado.
IV. Cesión de datos.
Los datos personales recabados podrán ser cedidos a las autoridades que en virtud de sus funciones y actividades deban
conocer los datos personales que se generen, siendo las siguientes:
Destinatarios:
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal
Para la investigación de quejas y
denuncias por presuntas
violaciones a los derechos
humanos.
Artículos 3, 17, fracción II y 36 de
la Ley de la Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
Instituto de Transparencia, Acceso a la
Información Pública, Protección de Datos
Personales y Rendición de Cuentas de la
Ciudad de México
Para la sustanciación de recursos
de revisión, recurso de
inconformidad, denuncias y el
procedimiento para determinar el
presunto incumplimiento a la Ley
de Protección de Datos
Personales para el Distrito
Federal.
Artículos 53, fracción II, 243
fracciones II y III, 247, 254, 255,
256 y 259 de la Ley de
Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Rendición de
Cuentas de la Ciudad de México.
Artículos 38, 39, 40 y 42 de la Ley
de Protección de Datos Personales
para el Distrito Federal.
Auditoría Superior de la Ciudad de México Para el ejercicio de sus funciones
de fiscalización.
Artículos 8, fracciones VIII y XIX,
9 y 14 fracciones VII y XX de la
Ley de Fiscalización Superior de la
Ciudad de México.
Órganos de Control Para la realización de auditorías o
realización de investigaciones por
presuntas faltas administrativas
Artículos 34 fracciones II y III y 74
de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito
Federal.
Órganos Jurisdiccionales Locales y
Federales.
Para la sustanciación de los
procesos jurisdiccionales
tramitados ante ellos.
Artículos, 3, 15, 75, 121, 143, 144,
147 y 149 de la Ley de Amparo,
Reglamentaria de los Artículos 103
Y 107 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Artículos 96, 109, 278, 288, 326 y
331 del Código de Procedimientos
Civiles para el Distrito Federal.
Artículo 191 fracción XIX de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la
Federación.
17. 22 de Agosto de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 17
Destinatarios Finalidad genérica Fundamento legal
Artículos 783 y 784 de la Ley
Federal del Trabajo.
Artículo 323 del Código Civil del
Distrito Federal.
Artículo 3 del Código de
Procedimientos Penales del Distrito
Federal.
Artículo 55 de la Ley de
Procedimiento Administrativo del
Distrito Federal.
V. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales.
Unidad Administrativa Responsable: Unidad Técnica de Servicios Informáticos del Instituto Electoral de Distrito Federal.
Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales: Titular de la Unidad Técnica de Servicios Informáticos del
Instituto Electoral de Distrito Federal.
VI. Unidad Administrativa ante la cual se presentarán solicitudes para ejercer derechos de Acceso, Rectificación,
Cancelación y Oposición (ARCO) de datos personales, así como la revocación del consentimiento.
Unidad Administrativa: Unidad de Transparencia del Instituto Electoral del Distrito Federal.
Domicilio y correo electrónico: Huizaches número 25, Colonia Rancho los Colorines, Código Postal 14386, Delegación
Tlalpan, Ciudad de México. Dirección de correo electrónico: unidad.transparencia@iedf.org.mx
VII. Nivel de seguridad.
Nivel Básico.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente “Acuerdo de creación del Sistema de Datos Personales para la Integración del Listado
de Ciudadanas y Ciudadanos registrados para emitir su voto y opinión, mediante el Sistema Electrónico por Internet, en los
procedimientos de participación ciudadana de la Ciudad de México”.
SEGUNDO. Se instruye al Enlace en materia de datos personales para que notifique al Instituto de Transparencia, Acceso a
la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México de la publicación
del presente Acuerdo, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del mismo y al Responsable del Sistema de
Datos Personales señalado en el presente Acuerdo, para que realice las adecuaciones pertinentes en el Registro Electrónico
de Sistemas de Datos Personales, en un plazo no mayor a los diez días hábiles siguientes a la publicación en la Gaceta
Oficial de la Ciudad de México.
TERCERO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.”
En la Ciudad de México, a los 15 días del mes de agosto de dos mil dieciséis.
_________________________________
Lic. Rubén Geraldo Venegas
Secretario Ejecutivo del
Instituto Electoral del Distrito Federal
18. 18 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO QUINTO DEL ACUERDO PUBLICADO EN LA
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 2015, POR EL QUE SE
TRANSFORMÓ LA COORDINACIÓN DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA,
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y ARCHIVO EN LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA,
EVALUACIÓN Y VINCULACIÓN
DR. DAVID MANUEL VEGA VERA, Auditor Superior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México, con
fundamento en los artículos 74, fracción VI; 122, Apartado A, fracción II, párrafo noveno y 134 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 3, cuarto párrafo, 10, inciso a; 14,
fracción XIX y 16, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1, 3, 5, fracción VI, 6, fracciones II y IV
del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Ciudad de México y,
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 74, fracción VI y 122, Apartado A, fracción II, párrafo sexto y 134 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 43, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1 y 3, párrafos
segundo y cuarto de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1, del Reglamento Interior de la Auditoría
Superior de la Ciudad de México, la Auditoría Superior de la Ciudad de México, es la entidad de Fiscalización Superior de
la Ciudad de México, a través de la cual la Asamblea Legislativa del Distrito Federal tiene a su cargo la fiscalización del
ingreso y gasto público del Gobierno de la Ciudad de México, así como su evaluación; en el desempeño de sus atribuciones
tiene el carácter de autoridad administrativa, cuenta con personalidad jurídica, patrimonio propio y goza de autonomía
técnica y de gestión para decidir sobre su organización interna, funcionamiento, determinaciones y resoluciones.
SEGUNDO.- Que el Auditor Superior como máxima autoridad de esta Auditoría Superior de la Ciudad de México, le
corresponde originalmente la representación de esta entidad de fiscalización superior, quien tiene entre sus facultades el
aprobar y expedir, la creación, modificación y actualización de la normatividad interna de la Auditoría Superior de la
Ciudad de México, en términos de lo previsto por los artículos 10, inciso a y 14, fracción I de la Ley de Fiscalización
Superior de la Ciudad de México y artículos 3, fracción I, 4 y 6, fracciones II y IV del Reglamento Interior de la Auditoría
Superior de la Ciudad de México.
TERCERO.- Que para el ejercicio de sus atribuciones y el despacho de los asuntos que le competan a la Auditoría Superior
se estructura con las unidades administrativas siguientes: Un Auditor Superior, que será la máxima autoridad; la Unidad
Técnica Sustantiva de Fiscalización Financiera y Administración; la Unidad Técnica Sustantiva de Fiscalización
Especializada y de Asuntos Jurídicos; la Dirección General de Administración y Sistemas; la Dirección General de Asuntos
Jurídicos; la Dirección General de Auditoria de Cumplimiento Financiero "A"; la Dirección General de Auditoria de
Cumplimiento Financiero "B"; la Dirección General de Auditoria de Cumplimiento Financiero "C"; la Dirección General de
Auditoria Especializada "A"; la Dirección General de Auditoria Especializada "B"; la Coordinación de Asesores y Análisis
de Acciones Fiscalizadoras; la Unidad de Transparencia, Evaluación y Vinculación; la Coordinación de Divulgación; y una
Contraloría General de la Auditoria Superior, que para el ejercicio de sus atribuciones contará con independencia. Así
también, se establece que el Auditor Superior, para el mejor desempeño de sus atribuciones y despacho de los asuntos de su
competencia se auxiliará de las unidades administrativas que mediante el Reglamento o Acuerdo respectivo determine
conforme al presupuesto autorizado, como lo dispone el artículo 3 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la
Ciudad de México.
CUARTO.- Que de conformidad con lo señalado en el artículo 6, fracciones I, II, IV y XXXV del Reglamento Interior de la
Auditoría Superior de la Ciudad de México, el Auditor Superior tendrá las facultades de administrar, ejercer y disponer el
presupuesto anual, así como del patrimonio de la Auditoría Superior, difundir cualquier disposición de carácter
administrativa para el buen desarrollo de las actividades internas; emitir acuerdos, circulares y/o criterios, sobre aspectos
administrativos de las actividades internas de la Auditoría Superior y las demás que le confieran la Ley, el Reglamento y
otras disposiciones legales aplicables.
QUINTO.- Que mediante Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 25 de septiembre de 2015,
emitido por el Auditor Superior se transformó la Coordinación de Transparencia, Acceso a la Información Pública,
Protección de Datos Personales y Archivo en la Unidad de Transparencia, Evaluación y Vinculación la cual seguirá
19. 22 de Agosto de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 19
dependiendo del Auditor Superior y ejercerá las atribuciones en las materias de transparencia, acceso a la información
pública, protección de datos personales y archivo, así como las relativas a la Unidad de Documentación e Información.
SEXTO.- Que en el artículo QUINTO del Acuerdo a que se hace mención en el Considerando que antecede se desincorporó
la Subdirección de Oficialía de Partes de la entonces Coordinación de Transparencia, Acceso a la Información Pública,
Protección de Datos Personales y Archivo, estableciéndose que la entrada en vigor del aludido Acuerdo, dependería
directamente del Auditor Superior y sus funciones serían coordinadas por el Secretario Particular del Auditor Superior.
SÉPTIMO.- Que de conformidad con lo previsto en el artículo 15, fracciones I y II del Reglamento Interior de la Auditoría
Superior de la Ciudad de México, la Unidad de Transparencia, Evaluación y Vinculación, tiene entre otras atribuciones el
coordinar el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de
datos personales y archivo de las unidades administrativas; así como el proponer al Auditor Superior las bases y normas de
conservación, microfilmación o destrucción de los documentos y demás información que genere la Auditoría Superior.
OCTAVO.- Que de conformidad con lo previsto en el artículo 24, fracciones I y VI, de la Ley de Transparencia, Acceso a
la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, los sujetos obligados deberán documentar todo
acto que derive del ejercicio de sus atribuciones, facultades, competencias, funciones, procesos deliberativos y decisiones
definitivas conforme lo señale la ley, así como constituir y mantener actualizados sus sistemas de archivo y gestión
documental conforme a la normatividad aplicable.
NOVENO.- Que el artículo 11 de la Ley de Archivos del Distrito Federal dispone que la información que generen, reciban
o administren los entes públicos en sus respectivos Sistemas Institucionales de Archivos, que se encuentre contenida en
cualquier medio o soporte documental, ya sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático, holográfico o
cualquier otro derivado de las innovaciones tecnológicas, se denominará genéricamente documento de archivo. Será
documentación de archivo toda la que se encuentre en cualquier registro que documente el ejercicio de las facultades o
actividad de los entes públicos. Los documentos de archivos deberán ser organizados, inventariados, conservados y
custodiados de acuerdo con lo establecido en dicha ley.
DÉCIMO.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo Noveno, fracciones I, incisos a) y b) y II, inciso a), del
Acuerdo emitido por el Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos para la Organización y Conservación de los
Archivos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de mayo de 2016, el Sistema Institucional de archivos operará
entre otras por la Unidad Normativa conformada por el Área coordinadora de archivos y el Comité de Transparencia y la
Unidad Operativa integrada por el área de Correspondencia u Oficialía de Partes.
DÉCIMO PRIMERO.- Que la Unidad de Transparencia, Evaluación y Vinculación, al ser por disposición reglamentaria la
competente para coordinar el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información
pública, protección de datos personales y archivo de las unidades administrativas; así como proponer al Auditor Superior las
bases y normas de conservación, microfilmación o destrucción de los documentos y demás información que genere la
Auditoría Superior y en concordancia con lo dispuesto en la Ley de Trasparencia, Acceso a la Información Pública y
Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y de la Ley de Archivos del Distrito Federal, así como en los Lineamientos
antes referidos, le corresponde tener a su cargo la Oficialía de Partes de la Auditoría Superior en virtud de que a través de
ésta, se recibe y da trámite a toda la documentación que ingrese para el Titular de esta entidad de fiscalización superior, o
bien, para alguna unidad administrativa.
Por las consideraciones anteriormente expuestas se emite el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL ARTÍCULO QUINTO DEL ACUERDO PUBLICADO EN LA
GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 2015, POR EL QUE SE
TRANSFORMÓ LA COORDINACIÓN DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA,
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y ARCHIVO EN LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA,
EVALUACIÓN Y VINCULACIÓN
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de
México.
20. 20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
SEGUNDO.- Se modifica el artículo QUINTO del ACUERDO PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL
DISTRITO FEDERAL, EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 2015, POR EL QUE SE TRANSFORMÓ LA
COORDINACIÓN DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PROTECCIÓN DE
DATOS PERSONALES Y ARCHIVO EN LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, EVALUACIÓN Y
VINCULACIÓN por lo que se desincorpora de la Secretaría Particular del Auditor Superior, la Subdirección de Oficialía
de Partes y se incorpora a la Unidad de Transparencia, Evaluación y Vinculación. En consecuencia, todos los recursos
humanos y materiales con los que cuenta dicha Subdirección pasan íntegramente a la citada Unidad sin perjuicio de sus
derechos laborales.
TERCERO.- Se instruye al Director General de Administración y Sistemas para que se realicen los trámites
administrativos correspondientes y se lleve a cabo la desincorporación a que se hace mención en el artículo segundo de este
Acuerdo.
Así lo acordó el Dr. David Manuel Vega Vera, Auditor Superior, en la Ciudad de México, a los 11 días del mes de julio de
2016.
(Firma)
_______________________________________
DR. DAVID MANUEL VEGA VERA
AUDITOR SUPERIOR DE LA AUDITORÍA
SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
21. Administración Pública de la Ciudad de México
Delegación Tláhuac
Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano
Licitación Pública Nacional
Julio César Sánchez Alba, Director General de Obras y Desarrollo Urbano en la Delegación Tláhuac, en observancia a lo dispuesto en la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, y de conformidad con la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal en sus artículos 24 apartado A, 25 apartado
A fracción I y 26. Con fundamento en los artículos; 122 fracción III y 126, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a
bien emitir la siguiente:
NOTA ACLARATORIA A LA CONVOCATORIA 002-16, PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO DE FECHA 05
DE AGOSTO DEL 2016
Pagina 1, primera columna, No. De Licitación
DICE:
No. Licitación Costo de las bases Fecha límite para
adquirir bases
Visita al lugar de la
obra o los trabajos
Junta de
Aclaraciones
Presentación y Apertura de Proposiciones
30001121-02-16 $ 4,000.00 09/08/2016
10/08/2016
12:00 Hrs.
16/08/2016
9:30 Hrs.
22/08/2016
9:30 Hrs.
DEBE DECIR:
No. Licitación Costo de las bases Fecha límite para
adquirir bases
Visita al lugar de la
obra o los trabajos
Junta de
Aclaraciones
Presentación y Apertura de Proposiciones
30001121-03-16 $ 4,000.00 09/08/2016
10/08/2016
12:00 Hrs.
16/08/2016
9:30 Hrs.
22/08/2016
9:30 Hrs.
TRANSITORIO
Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México
Ciudad de México, 16 de agosto de 2016
(Firma)
Arq. Julio Cesar Sánchez Alba
Director General de Obras y
Desarrollo Urbano
22. GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
INSTITUTO PARA LA ATENCIÓN Y PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Convocatoria No. 015
El L.C. José Luis Hernández Barrera, Director de Administración del Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México (IAPA),
en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26, 27 inciso a), 28, 30 fracción I, 32 y 43 de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, 36 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, y 27 fracciones II, XIII, XXXIV y XXXV
del Estatuto Orgánico del IAPA, así como al numeral 4.3.1 de la Circular Uno; convoca a prestadores de servicios, y a todos los interesados en participar en la
Licitación Pública Nacional No: LPN/DA/CRHM/015/2016 para el Servicio para la impresión de materiales para la difusión de las acciones y programas en
materia de prevención de adicciones, que realiza el Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México.
No. de Licitación Costo de las bases
Fecha límite para
adquirir las bases
Visita a las
instalaciones
Junta de Aclaraciones
de bases
Presentación y
Apertura de Propuestas
Fallo
LPN/DA/CRHM/015/2016 $1,000.00 25/08/2016 NO APLICA
26/08/2016
10:00 horas
30/08/2016
16:30 horas
02/09/2016
10:00 horas
Partida Descripción Cantidad
Unidad de
Medida
1
Servicio para la impresión de materiales para la difusión de las acciones y programas
en materia de prevención de adicciones, que realiza el Instituto para la Atención y
Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México.
1 Servicio
Los servidores públicos responsables del procedimiento de evaluación cuantitativa y cualitativa de la documentación legal y administrativa, propuesta
económica y garantía de formalidad de la propuesta son: L.C. María Estela Soto Tapia, Coordinadora de Recursos Humanos y Materiales y la Lic. Tania
Margarita Álvarez Elguea, Jefa de Unidad Departamental de Procesos, Licitaciones y Contratos del IAPA. La evaluación cuantitativa y cualitativa de la
propuesta técnica: será emitido por el Área técnica o Requirente del IAPA. Las bases de licitación se encuentran disponibles para su consulta en la página de
Internet: www.iapa.df.gob.mx en el apartado de “Licitaciones”, o bien en Avenida Rio Mixcoac #234, Primer Piso, Colonia Acacias, Delegación Benito
Juárez, C.P. 03240, Ciudad de México, con número de teléfono: 46313016, los días 22, 23, 24 y 25 de agosto 2016 en un horario de lunes a jueves de 09:00 a
15:00 y 16:30 a 18:30 horas, y viernes de 09:00 a 15:00 horas. El pago se efectuará mediante cheque certificado o de caja o depósito a favor del Instituto
para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México en la cuenta 0182029820, ó mediante transferencia electrónica a la cuenta
CLABE 012180001820298200 de la Institución Bancaria BBVA Bancomer, S.A.
Las propuestas deberán de formularse en idioma español. La propuesta económica deberá presentarse en pesos mexicanos. No se otorgará anticipo. El lugar de
la prestación del servicio será de conformidad con lo establecido en las bases de la presente licitación. Los pagos se efectuarán máximo a los 20 días naturales
posteriores a la fecha del registro de las Cuentas por Liquidar Certificadas y de acuerdo con lo establecido en las bases de la presente licitación. La firma del
contrato se efectuará de conformidad con lo establecido en las bases de la presente licitación.
Los actos derivados de la presente licitación se llevarán a cabo en la sala de juntas de la Dirección de Administración, ubicada en Avenida Rio Mixcoac
número 234, Primer Piso, Colonia Acacias, Delegación Benito Juárez, C.P. 03240, Ciudad de México. Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de
licitación, así como las propuestas técnicas presentadas por los licitantes podrán ser negociadas, salvo la propuesta económica, ya que podrán ofertar un precio
más bajo en relación al originalmente ofertado, una vez que la convocante haya comunicado el resultado del dictamen.
CIUDAD DE MÉXICO A 19 DE AGOSTO DE 2016
(Firma)
L.C. JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ BARRERA
DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN
________________________
23. 22 de Agosto de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 23
SECCIÓN DE AVISOS
SERVICIOS INTEGRALES EL SOTANO, S.A. DE C.V.
R.F.C. SIS060120TF6
ESTADO DE RESULTADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015
Ventas 0.00
Costos y gastos 0.00
Utilidad neta 0.00
SERVICIOS INTEGRALES EL SOTANO, S.A. DE C.V.
R.F.C. SIS060120TF6
ESTADO DE POSICIÓN FINANCIERA DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015
Activo circulante 0 Suma el pasivo 12,799.97
Activo Activo fijo 0
Activo circulante 286,417.51 CAPITAL
Suma el activo 286,417.51 Capital Social 1,264,889.97
Perdidas acumuladas -991,272.43
Suma el capital. 273,617.54
Suma el pasivo y el capital 286,417.51
(Firma)
María Elena Ramírez Aguilar
Liquidador.
INSTITUTO DE ORIENTACION PSICOLOGICA Y LOGOTERAPIA, S.C.
ESTADO DE POSICION FINANCIERA EN LIQUIDACION AL 27 DE JUNIO DE 2016
ACTIVO PASIVO
CIRCULANTE CIRCULANTE
CAJA 10,000.00 0.00
CAPITAL CONTABLE
CAPITAL SOCIAL 10,000.00
SUMA DE EL PASIVO Y
SUMA ACTIVO 10,000.00 CAPITAL 10,000.00
(Firma)
PATRICIA PACHECO PRADO
LIQUIDADOR
24. 24 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
PROGRAMA LATINOAMERICANO DE INVESTIGACION EN SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA, A. C.
(EN LIQUIDACION)
Balance Final de Liquidación al 31 de diciembre del 2015. (Cifras expresadas en pesos).
ACTIVO 0.00 PASIVO 0.00
CAPITAL CONTABLE 0.00
CAPITAL SOCIAL 0.00
SUMA ACTIVO 0.00 SUMA PASIVO Y CAPITAL
(Firma)
FERNANDO LARREA GALLO
Liquidador.
“El presente balance se publica en cumplimiento y para efectos de la fracción II del artículo 247 de la Ley General de
Sociedades Mercantiles”
25. 22 de Agosto de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25
CORPORACIÓN DE SERVICIOS RADIOLÓGICOS, S.A. DE C.V.
AVISO DE DISMINUCIÓN AL CAPITAL SOCIAL
En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que en Asamblea
General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de CORPORACIÓN DE SERVICIOS RADIOLÓGICOS, S.A. DE C.V.,
celebrada el día 01 de julio de 2013, se resolvió disminuir el capital social, en su parte fija, en la cantidad de $6,250.00
M.N. (Seis Mil Doscientos Cincuenta Pesos 00/100 Moneda Nacional) y en su parte variable en la cantidad de
$3’202,375.00 M.N. (Tres Millones Doscientos Dos Mil Trescientos Setenta y Cinco Pesos 00/100 Moneda Nacional),
mediante el reembolso que por tal cantidad se realiza a BANCA MIFEL, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE,
GRUPO FINANCIERO MIFEL, a razón de $1.00 M.N. (Un Peso 00/100 Moneda Nacional) que es el valor nominal por
acción, más una prima por disminución de capital por la cantidad de $3.429385883632274 M.N. (Tres Pesos
429385883632274/100 Moneda Nacional) por cada acción, resultando un reembolso total de
$14’212,238.28086961 M.N. (Catorce Millones Doscientos Doce Mil Doscientos Treinta y Ocho Pesos 28086961/100
Moneda Nacional). En consecuencia, el capital social de la sociedad queda fijado en la suma de $25’061,636.00 M.N.
(Veinticinco Millones Sesenta y Un Mil Seiscientos Treinta y Seis Pesos 00/100 Moneda Nacional), de los cuales
$43,750.00 M.N. (Cuarenta y Tres Mil Setecientos Cincuenta Pesos 00/100 Moneda Nacional) corresponden a su parte
mínima fija y $25’017,886.00 M.N. (Veinticinco Millones Diecisiete Mil Ochocientos Ochenta y Seis Pesos 00/100
Moneda Nacional) que corresponden a su parte variable.
Ciudad de México, a 25 de julio de 2016.
(Firma)
__________________________________________________
LIC. RAMIRO GREGORIO EZEQUIEL CERVANTES URBÁN
EN SU CARÁCTER DE DELEGADO ESPECIAL DE LA
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA
DE ACCIONISTAS DE CORPORACIÓN DE SERVICIOS RADIOLÓGICOS, S.A. DE C.V.
CELEBRADA EL DÍA 01 DE JULIO DE 2013.
26. 26 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
AVISO
PRIMERO. Se da a conocer a la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea Legislativa;
Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, los requisitos que
habrán de contener los documentos para su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, siendo los siguientes:.
1. El documento a publicar deberá presentarse ante la Unidad Departamental de Publicaciones para su revisión, autorización y según el
caso, cotización con un mínimo de 4 días hábiles de anticipación a la fecha en que se requiera sea publicado, esto para el caso de
las publicaciones ordinarias, si se tratase de las inserciones urgentes a que hace referencia el Código Fiscal del Distrito Federal,
estas se sujetarán a la disposición de espacios que determine la citada Unidad Departamental, esto en el horario de 9:00 a 13:30
horas, acompañado de la solicitud de inserción dirigida al titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos.
El documento a publicar tendrá que presentarse en original legible y debidamente firmado, señalando el nombre y cargo de quien lo
suscribe, asimismo, deberá ser rubricado en todas las fojas que lo integren.
2. Tratándose de documentos que requieran publicación consecutiva, se anexarán tantos originales o copias certificadas como
publicaciones se requieran.
3. La información a publicar deberá ser grabada en disco compacto, siendo un archivo generado en procesador de texto Microsoft Word
en cualquiera de sus versiones, con las siguientes especificaciones:
I. Página tamaño carta;
II. Márgenes en página vertical: Superior 3, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 2;
III. Márgenes en página horizontal: Superior 2, inferior 2, izquierdo 2 y derecho 3;
IV. Tipo de letra Times New Roman, tamaño 10;
V. Dejar un renglón como espacio entre cada párrafo, teniendo interlineado sencillo;
VI. No incluir ningún elemento en el encabezado o pie de página del documento;
VII. Presentar los Estados Financieros o las Tablas Numéricas en tablas generadas en Word;
VIII. Rotular el disco con el título del documento;
IX. No utilizar la función de Revisión o control de cambios, ya que al insertar el documento en la Gaceta Oficial, se generarán cuadros
de dialogo que interfieren con la elaboración del ejemplar;
X. No utilizar numeración o incisos automáticos, así como cualquier función automática en el documento; y
XI. La fecha de firma del documento a insertar deberá ser anterior a la fecha de publicación
Es importante destacar que la ortografía y contenido de los documentos publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México son de
estricta responsabilidad de los solicitantes.
4. La cancelación de publicaciones en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, deberá solicitarse por escrito, con 3 días hábiles de
anticipación a la fecha de publicación, para el caso de publicaciones ordinarias, si se trata de publicaciones urgentes, será con al menos un
día de antelación a la publicación, en el horario establecido en el segundo numeral de este aviso.
SEGUNDO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que a
partir de la primera emisión que se efectué a partir del 2 de febrero de 2016, de este Órgano de Difusión Oficial, la Época inserta en el
Índice será la Décima Novena.
TERCERO. Se hace del conocimiento de la Administración Pública de la Ciudad de México; Tribunal Superior de Justicia y Asamblea
Legislativa; Órganos Autónomos en la Ciudad de México; Dependencias y Órganos Federales; así como al público en general, que la
publicación de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México se realizará de lunes a viernes, en días hábiles, pudiéndose habilitar, a juicio de
esta Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, tantos números extraordinarios como se requieran, así como emitir
publicaciones en días inhábiles para satisfacer las necesidades del servicio.
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los interesados,
por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.
27. 22 de Agosto de 2016 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 27
28. 28 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 22 de Agosto de 2016
DIRECTORIO
Jefe de Gobierno de la Ciudad de México
MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA
Consejero Jurídico y de Servicios Legales
MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS
Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos
CLAUDIA LUENGAS ESCUDERO
Director de Legislación y Trámites Inmobiliarios
FLAVIO MARTÍNEZ ZAVALA
Subdirector de Estudios Legislativos y Publicaciones
EDGAR OSORIO PLAZA
Jefe de la Unidad Departamental de Publicaciones y Trámites Funerarios
MARCOS MANUEL CASTRO RUIZ
INSERCIONES
Plana entera................................................................................................... $ 1,753.70
Media plana......................................................................................................... 943.30
Un cuarto de plana .............................................................................................. 587.30
Para adquirir ejemplares, acudir a la Unidad de Publicaciones, sita en la Calle Candelaria de los Patos s/n, Col. 10 de Mayo, C.P. 15290,
Delegación Venustiano Carranza.
Consulta en Internet
www.consejeria.cdmx.gob.mx
GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO,
IMPRESA POR “CORPORACIÓN MEXICANA DE IMPRESIÓN”, S.A. DE C.V.,
CALLE GENERAL VICTORIANO ZEPEDA Núm. 22, COL. OBSERVATORIO C.P. 11860.
TELS. 55-16-85-86 y 55-16-81-80
(Costo por ejemplar $26.50)
AVISO IMPORTANTE
Las publicaciones que aparecen en la presente edición son tomadas de las fuentes (documentos originales), proporcionadas por los
interesados, por lo que la ortografía y contenido de los mismos son de estricta responsabilidad de los solicitantes.