2. EL DESPACHO FISCAL Y SU NUEVA
CONCEPCION ORGANIZACIONAL
Es importante entender que el DF tiene un comportamiento
igual al de cualquier organización empresarial, y que tiene
manejo sobre recursos humanos, y materiales esenciales
para el logro de los objetivos estratégicos. Insumos, capital,
tecnología, recursos humanos etc.
Tener conocimiento de cual es la situación motivacional de
su personal, su sentir frente a los objetivos estratégicos del
Despacho y cual es la situación de sus recursos
tecnológicos, y si ya realizó la evaluación de sus línea de
Base entonces tiene lo necesario para realizar en
planeamiento de su Despacho Fiscal.
Establecer la Visión y Misión del DF, permite planificar el
trabajo anual, porque si sabemos quienes somos y qué
queremos, podemos diseñar los métodos para poder
alcanzar nuestros objetivos, PLANIFICADOS.
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3. VISIÓN
Es la idealización en el futuro los objetivos de la empresa.
Permite enfocar la capacidad de dirección y ejecución hacia
su logro de manera constante. Se busca la excelencia de sus
servicios y el adecuado soporte médico, legal y forense; que
contribuye a una recta y real administración de justicia y de
esta manera a la convivencia pacífica y al desarrollo de la
sociedad.
Es necesario la percepción precisa de la organización y de su
entorno (formal por ejemplo) presente y futuro, que permite
comprender su desenvolvimiento en el medio ambiente, en la
sociedad en la nación e internacionalmente, visualizando
oportunidades y amenazas, fuerzas y debilidades. Expresa las
aspiraciones y propósitos fundamentales de una organización
por lo general apelando a los corazones y a las mentes de sus
miembros
Los aspectos estratégicos para alcanzar la Visión se deben de
concentrar en tres líneas de acción: capacitación, reingeniería
de procesos y certificación de calidad
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4. MISION
Es el motivo, propósito, fin o razón de ser de la existencia
de una empresa u organización, es decir a que se dedica y
a quién sirve con su funcionamiento, representa ser la
razón de ser de la empresa; orienta toda la planificación y
todo el funcionamiento de la misma; y se redacta
estableciendo La actividad empresarial fundamental; el
concepto del producto genérico que ofrece; el concepto de
tipos de cliente a los que
Define el negocio al que se dedica la organización, las
necesidades que cubren con sus productos y servicios, el
mercado en el cual se desarrolla la empresa y la imagen
pública de la empresa u organización.
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5. DESPACHO FISCAL Y GESTION DE
CASOS ADMINISTRACION DE CASOS
EN EL DESPACHO FISCAL.
DISTRIBUCION DEL TRABAJO EN EL MODELO
CORPORATIVO
REUNIONES DE COORDINACION PARA LA GESTION
DE CASOS
EVALUACION Y DEPURACION DE CASOS.
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6. DISTRIBUCION DE TRABAJO BAJO
VISION CORPORATIVA
Los Nuevos Despachos Fiscales se desarrollaron siguiendo
el modelo corporativo. Se busca un Trabajo coherente y
razonable para un resultado satisfactorio que se reflejen en
los cuadros estadísticos.
Esfuerzos en conjunto, mayores producciones y mejor
resultado que el sistema anterior
El Corporativismo Implica: El compartimiento de
experiencias, Destrezas y potencialidades. No se acepta
individualismos. Lo que se requiere es que todos los
individuos se involucren en el pensamiento que el
Despacho Fiscal funciona con un criterio corporativo.
El personal Fiscal y Administrativo pueden ser rotados por
necesidad de servicio o atendiendo a sus potencialidad.
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7. EVALUACION Y DEPURACION
DE CASOS
ARCHIVOS:
La Desestimación de casos permite que solo se judicialice los
casos que evidencian posibilidades de éxito.
CRITERIO DE TRATAMIENTO DE CARGA.
SIMPLIFICACIONES PROCESALES.
RECURSOS HUMANOS
MISTICA Y COMPROMISO PROFESIONAL
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8. CARGA PROCESAL
1. Definición de Metas para manejar el factor temporal
2. Definición de metas de trabajo de Fiscales y Fiscalías.
3. Seguimiento continuo para apoyar acciones, corregir
dificultades y evaluar trabajo.
No reproducir formas métodos, ni practicas del sistema
inquisitivo.
Gestionar el apoyo de expertos en materia de planificación
y gestión institucional.
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9. Bien jurídico
El bien jurídico: distinguir en función del delito de
cohecho
a) COHECHO PASIVO PROPIO es la imparcialidad en
el ejercicio de la función pública, pues el
funcionario dejará de cumplir con el deber de
neutralidad que se le exige para actuar de acuerdo
a los intereses de un tercero
COHECHO PASIVO IMPROPIO es la gratuidad de la función
pública, ya que el servidor público recibe un beneficio para
cumplir con sus obligaciones. El tercero no debería pagar
para que se realicen.
COHECHO ACTIVO podríamos estar frente a cualquiera de
los bienes jurídicos.
Esto dependerá de si el tercero ofreció, prometió o entregó
algún tipo de beneficio al funcionario público para que
incumpla o no sus obligaciones.
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10. Delito de cohecho
Tipos: i) el cohecho pasivo propio, ii) el cohecho pasivo
impropio y iii) el cohecho activo genérico.
Caracteristica: bilateralidad, dos partes intervienen en su
comisión. El tercero que se beneficia de la venta de función
será sujeto activo del delito de COHECHO ACTIVO
GENÉRICO.
En los cohechos pasivos (propio e impropio), el sujeto
activo es el funcionario o servidor público teniendo
competencia en razón de su cargo o función por la que el
tercero ofrece o entrega una dádiva para su desobediencia
o cumplimiento
El sujeto pasivo, en cualquier tipo de cohecho cometido, es
el Estado, principal afectado al no poder cumplir de manera
efectiva sus funciones frente a los administrados.
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11. En los cohechos pasivos (propio e impropio), el sujeto
activo es el funcionario o servidor público teniendo
competencia en razón de su cargo o función por la que el
tercero ofrece o entrega una dádiva para su desobediencia
o cumplimiento
El sujeto pasivo, en cualquier tipo de cohecho cometido, es
el Estado, principal afectado al no poder cumplir de manera
efectiva sus funciones frente a los administrados.
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12. Conductas cohecho pasivo
Son cuatro: aceptar, recibir, solicitar y condicionar.
a) ACTO DE ACEPTAR implica tolerar, admitir, consentir el
beneficio (promesa, favor, objeto material) otorgado por el
tercero.
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13. Conductas cohecho pasivo
13
b) ACTO DE RECIBIR no solo trata
de un acto de admisión expreso, sino
que también incluye la no devolución
por parte del funcionario de los
bienes del tercero.
14. Conductas cohecho pasivo
c) EL ACTO DE SOLICITAR
implica el pedir, gestionar, requerir,
de forma directa o indirecta, algo
a cambio.
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15. Conducta de cohecho
pasivo
d) CONDICIONAR significa que el
servidor público le garantiza al tercero
que si le entrega un donativo actuará en
su beneficio; de lo contrario, en su
perjuicio.
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16. Las conductas cohecho
activo
16
En el caso del cohecho activo, las
conductas que se sancionan también
son tres: ofrecer, dar y prometer
a) EL ACTO DE OFRECER conlleva
la sugerencia, oferta, proposición de
un beneficio al funcionario público.
17. Las conductas cohecho
activo
b) ACTO DE DAR, se puede con
motivo de la solicitud del
funcionario o porque el mismo
tercero facilite, entregue, otorgue
cierto beneficio.
c) ACTO DE PROMETER implica
que el tercero anuncie, pacte o
proponga al funcionario algún tipo
de beneficio..
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18. Las conductas cohecho
activo
En cualquiera de los casos basta
que se dé una de las conductas
mencionadas para estar frente al
delito de cohecho
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19. Naturaleza del beneficio
Este no necesariamente tiene que ser económico, ya que
también puede tratarse de un favor sexual o sentimental.
La idea principal es que este beneficio motive la actuación
del funcionario público para violar o no sus obligaciones.
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20. Momento de recepción del
beneficio
La entrega, ofrecimiento, recepción o solicitud del beneficio
puede tratarse de un acto anterior como de uno posterior al
incumplimiento o cumplimiento de las obligaciones que el
funcionario público tiene en razón de su cargo.
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21. Momento de recepción del
beneficio
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a) COHECHO ANTECEDENTE: En el
caso de que el funcionario solicite o
acepte el beneficio para infringir o
cumplir sus funciones estaremos
ante un cohecho antecedente.
b) COHECHO SUBSIGUIENTE: En el
caso de que se dé a consecuencia de
haber faltado o cumplido a sus
obligaciones.
22. Recepción del beneficio a través de un
intermediario en el delito de cohecho
pasivo
Si el funcionario público utiliza a otra persona para recibir el
beneficio podrá ser considerado como autor mediato siempre
que se verifique que la persona ha sido instrumentalizada
(por encontrarse en una situación de error, inimputabilidad,
coacción, etc.).
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23. Recepción del beneficio a través de un
intermediario en el delito de cohecho
pasivo
Si el intermediario CONOCE que recibe un beneficio en favor
del funcionario para que actúe conforme o en contra de sus
obligaciones:
i) El funcionario será considerado como autor y
ii) El intermediario
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24. Consumación
En el cohecho pasivo (propio o impropio) el delito se
consuma con el simple hecho de aceptar o recibir el donativo,
promesa o ventaja, sea para actuar conforme o en contra de
sus obligaciones. No será necesario que esto último se
configure
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25. Consumación
Cohecho activo, el delito se consuma cuando se ofrece,
entrega o prometa donativo o cualquier ventaja al funcionario.
No es necesario que el funcionario acepte o realice el acto
esperado.
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26. Otros tipos de cohechos
DELITO DE SOBORNO INTERNACIONAL
PASIVO
Artículo 393-A del Código Penal, que sanciona al funcionario
de otro Estado o de un organismo internacional público que
acepta, recibe o solicita una ventaja o beneficio
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27. Cohecho pasivo específico
(artículo 395 del Código Penal
Sanciona de manera específica a Magistrados, Árbitros,
Fiscales, Peritos, Miembro de Tribunal Administrativo o
cualquier otro análogo a los anteriores que acepte, reciba o
solicite un donativo o ventaja),
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28. Cohecho pasivo propio e impropio
en el ejercicio de la función policial
Artículos 395-A y 395-B del Código Penal
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29. Delito de corrupción pasiva de
auxiliares jurisdiccionales
29
(artículo 396 del Código Penal, que sanciona a
funcionarios como secretarios judiciales, relatores,
especialistas, auxiliares jurisdiccionales o
cualquier otro análogo a los anteriores).
30. Asimismo, existen otros delitos
asociados al delito de cohecho
activo como el cohecho activo
internacional (artículo 397-A),
cohecho activo específico (artículo
398 del Código Penal) y el cohecho
activo en el ámbito de la función
policial (artículo 398-B del Código
Penal)
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31. Sumario de jurisprudencia sobre delito de
cohecho
1. Cohecho activo: necesidad de acreditar el medio corruptor [RN
2298-2014, Callao]
2. Covid-19: Sustituyen prisión preventiva por detención
domiciliaria a investigado por cohecho [Exp. 00029-2017]
3. Cohecho propio pasivo: profesor universitario pidió 120 soles a
alumno para aprobarlo [RN 1955-2018, Loreto]
4. Cohecho: director de UGEL recibió coima para favorecer en
informe a profesor denunciado por violación [RN 3472-2015,
Cusco]
5. Cohecho pasivo específico: definición del elemento «asunto»
[Apelación 03-2015, San Martín]
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32. 6. Complicidad en el cohecho pasivo propio se da desde la etapa de
preparación hasta antes de la consumación [Casación 1400-2017,
Sullana]
7. Cohecho pasivo específico: prueba del verbo rector «solicitar»
[Apelación 10-2017, Puno]
8. ¿Comete cohecho pasivo el policía que recibió el dinero que
indebidamente pidió otro efectivo? [RN 2418-2012, Junín]
9. Imputación necesaria en el delito de cohecho pasivo propio [RN
457-2018, Puno]
10. Cohecho: ¿Quién presta servicios al Estado a través de una
empresa tiene la condición de servidor público? [RN 253-2017, Lima
Norte]
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33. 11. Policías que dejaron libre a intervenido bajo la
promesa de conocer dónde encontrar más droga no
cometieron cohecho [RN 1423-2015, Apurímac]
12. Configuración del delito de cohecho pasivo propio
[RN 1875-2015, Junín]
13. Delito de cohecho pasivo específico cometido por
perito grafotécnico [RN 2773-2013, Huánuco]
14. Cohecho pasivo: Fiscal provisional es condenado por
solicitar dádiva para tramitar terminación anticipada
[Apelación 9-2016, El Santa]
15. Cohecho pasivo específico | ¿El elemento típico
«beneficio» puede ser realizado de manera sutil?
[Apelación 14-2015/NCPP]
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34. 16. «Mi cariño, doctor». Fiscal ofreció 500 soles a juez para que
dicte prisión preventiva a imputado [Apelación 2-2017, Loreto]
17. Covid-19: Juzgado niega libertad a alcalde porque
considera que es en la calle donde hay más riesgos de contagio
que en el penal [Exp. 09301-2019]
18. ¿Manipular sistema informático de ingresos de expedientes
en mesa de partes constituye corrupción pasiva? [RN 2933-
2013, Lima]
19. Covid-19: Juez sustituye de oficio prisión preventiva por
detención domiciliaria a investigado por organización criminal
[Exp. 33-2018]
20. Estudiantes del Consejo Universitario tienen calidad de
funcionarios públicos [RN 1923-2012, Piura]
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35. 21. Corte Suprema establece alcances sobre la obediencia
debida [Casación 1131-2018, Puno]
22. Conozca cómo evaluar la aplicación de la «caución» [Exp.
44-2019-1]
23. Juez acepta que la defensa pueda interrogar al aspirante a
colaborador eficaz en etapa de investigación preparatoria [Exp.
29-2017]
24. Cohecho pasivo: afectación del «non bis in idem» por
condena previa de prevaricato [Apelación 14-2018, Pasco]
25. Cohecho: médico legista habría vendido su libro a paciente
para aumentarle dos días de descanso [Casación 1074-2018,
Puno]
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