SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 11
Descargar para leer sin conexión
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SANTO DOMINGO (UASD)
CENTRO REGIONAL HIGUEY (CURE).
TRABAJO FINAL DE DERECHO DE FAMILIA I.
TEMA
LA AUSENCIA Y LA DESAPARICIÓN.
SUSTENTANTE
ESTHEFANI ELOHIZA BÁEZ CORDERO.
MATRÍCULA
100594047
FACILITADORA
GISELLE ALTAGRACIA CALDERÓN
SECCIÓN
01
1
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN............................................................................................................................. 2
LA AUSENCIA. ................................................................................................................................ 3
¿QUÉ ES LA AUSENCIA?............................................................................................................. 3
PERÍODOS DE LA AUSENCIA. ......................................................................................................... 3
• Primer período. La presunción de ausencia:..................................................................... 3
• Segundo período. La ausencia: ......................................................................................... 4
• Tercer período. La ausencia definitiva (la muerte).... ....................................................... 4
DE LOS EFECTOS DE LA AUSENCIA. ............................................................................................... 4
• A los bienes poseídos por el ausente el día de su desaparición. ...................................... 4
• Regreso del ausente.......................................................................................................... 5
• A los Derechos Eventuales que puedan corresponder al Ausente ................................... 5
• Con relación al Matrimonio............................................................................................... 5
• De la vigilancia de los menores cuyo padre haya desaparecido....................................... 6
CESACIÓN DE LA AUSENCIA. ..................................................................................................... 6
LA DESAPARICIÓN. ........................................................................................................................ 7
¿QUÉ ES LA DESAPARICIÓN?..................................................................................................... 7
ORIGEN DE LA DESAPARICIÓN. ..................................................................................................... 7
FIGURA JURÍDICA DE LA DESAPARICIÓN....................................................................................... 8
1) La apertura del procedimiento. ........................................................................................ 8
2) La sentencia declarativa del fallecimiento........................................................................ 8
CASO DE AUSENCIA Y DESAPARICIÓN EN LA REPÚBLICA DOMINICANA. ..................................... 9
Desaparición: Narciso González................................................................................................ 9
Ausencia: Anaury Castillo.......................................................................................................... 9
CONCLUSIÓN............................................................................................................................... 10
2
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo estaremos abordando los temas ´´La ausencia y la
desaparición´´, como segundo tema de exposición de la clase de Derecho de Familia I.
La ausencia y la desaparición surgen en Francia como una necesidad imperiosa de
las circunstancias, lo que nos permite observar desde hace cuánto tiempo se dan estos
casos, y, sobre todo, cómo siguen vigentes hoy día.
Situándonos ya en nuestro país, República Dominicana, estaremos tratando
también cómo se ha visto afectado con los casos de ausencia y desapariciones, como uno
de los más conocidos de desaparición, Narciso González, y de ausencia, Anaury Castillo.
De igual manera, dónde quedan registrados estos temas, en nuestro Código Civil
desde el artículo 112 al 143, haciendo la observación de que la desaparición no se
encuentra en este código, ya que los franceses no lo incluyeron en los suyos, y sabemos
que el nuestro es heredado de ellos. Expondremos cómo surgen, sus períodos y sus
efectos.
Con esta breve introducción damos comienzo a nuestro informe.
3
LA AUSENCIA.
¿QUÉ ES LA AUSENCIA?
En el lenguaje jurídico, se considera ausente a toda persona que habiendo
abandonado su domicilio o residencia no se sabe si está viva o muerta, por
no tenerse noticias ni ningún tipo de información sobre la misma, pero que a pesar de la
incertidumbre que existe sobre su existencia, la misma siempre será considerada como
viva, y, por lo tanto, sus bienes, salvo excepción, les serán preservados hasta por 30 años
en espera de su eventual regreso. Sin embargo, si por medio de algún documento oficial,
como cédula de identidad y electoral o acta de nacimiento, se determina que ya el ausente
cumplió los cien años de edad, no es necesario esperar los 30 años para disponer de sus
bienes conforme a la ley. Todas las condiciones y el procedimiento relacionado con la
ausencia, están contenidos en el Código Civil Dominicano, Título IV, artículos 112-143.
PERÍODOS DE LA AUSENCIA.
• Primer período. La presunción de ausencia: este período se inicia desde que la
persona ha abandonado su domicilio o residencia sin que se conozca su paradero, y
termina cuando la misma ha sido declarada como ausente por el Tribunal Civil de
Primera Instancia correspondiente. Durante este período de presunción de ausencia a
la persona que se ha ido no se le puede llamar ausente, sino presunto ausente, pues su
ausencia todavía solo se presume. En este tiempo, si hay necesidad de provee a la
administración de todos o parte de los bienes de una persona, cuya ausencia se
presuma, y que no tiene apoderado en forma, se determinará por el Tribunal Civil de
Primera Instancia con arreglo a la demanda de las partes interesadas. El Ministerio
Público está especialmente encargado de velar sobre los intereses de las personas que
se reputan ausentes; y será oído en todos los incidentes y cuestiones que a las mismas
se refieren. Art. 112-113 CCD.
4
• Segundo período. La ausencia: si la persona que ha abandonado su domicilio o
residencia, antes de su partida no ha dejado un administrador provisional de sus bienes
con poder auténtico, la persona interesada y con calidad, para ello podrá dirigirse
después de cuatro años consecutivos de su partida al Tribunal Civil de Primera
Instancia correspondiente con las pruebas de lugar, y solicitar al Juez que le declare
como ausente al presunto ausente. Art. 114 CCD.
• Tercer período. La ausencia definitiva (la muerte). Art. 115 CCD.
El Tribunal, después de recibir la solicitud de declaración de ausencia y examinar
todos los documentos presentados por la parte interesada, dispondrá que se haga una
información contradictoria con el Procurador Fiscal en el distrito a que el domicilio
pertenezca y en el que la resistencia, si son distintas el uno del otro. El Tribunal, al dictar
el fallo sobre la demanda, tendrá muy presente los verdaderos motivos de la ausencia y
de las causas que hayan impedido recibir noticias del individuo cuya ausencia se presume.
El Procurador Fiscal remitirá al Procurador General de la República, que los harán
públicos, los fallos tan pronto como se pronuncien. La sentencia de la declaración de
ausencia no se pronunciará sino un año después del fallo en que se ordenare la
información.
DE LOS EFECTOS DE LA AUSENCIA.
• A los bienes poseídos por el ausente el día de su desaparición. Art. 120-130
Código Civil. En estos artículos se habla sobre la admiración de los bienes del ausente
en caso de no haber dejado a nadie a cargo de la misma y de que este no regrese. Hace
mención de sus herederos, la posesión provisional y sus consecuencias.
5
• Regreso del ausente. Art. 131-134 Código Civil. Si el ausente regresa, o se prueba
su existencia durante la posesión provisional, cesarán los efectos de la sentencia que
haya declarado la ausencia, sin perjuicio, si ha lugar, de las medidas prescritas en el
en el Capítulo Primero del título para la administración de los bienes. Si el ausente
regresa o se prueba su existencia, aún después de declararse la posesión definitiva,
este recobrará sus bienes en el estado en que se encuentren, el precio de los que se
hubiesen enajenado, o los nuevos bienes que procedan del empleo que se hubiese
hecho del importe de las ventas realizadas. Los hijos y descendientes directos del
ausente, podrán también durante los treinta años siguientes a la declaración de
posesión definitiva, pedir la restitución de sus bienes, con arreglo a lo dispuesto en el
artículo precedente. Una vez declarada judicialmente la ausencia, todo el que tuviere
derechos que ejercitar contra el ausente, no podrá repetir más que contra las personas
que estén en posesión de los bienes o tengan su administración legal.
• A los Derechos Eventuales que puedan corresponder al Ausente. Art. 135-138
Código Civil. El que reclame un derecho perteneciente a un individuo cuya existencia
se desconozca, debe previamente probar que aquel en cuya representación solicita,
existía al nacer la relación o derecho reclamado: hasta que esta prueba no se verifique,
no se admitirá la demanda. La herencia a la cual se llama a un individuo cuya
existencia se desconozca, recaerá exclusivamente en aquellas personas con las cuales
aquel debía concurrir, o a las que en su defecto tenían derecho a suceder.
Las disposiciones de los artículos 135 y 136 del CCD, se entenderán sin perjuicio de
las acciones de petición de herencia y de otros derechos que, correspondiendo al
ausente o a sus representantes o causahabientes, no se extinguen más que por el lapso
establecido para la prescripción. Mientras el ausente no se presente o las acciones no
se ejerciten por su parte, los que hayan recogido la sucesión harán suyos los frutos
percibidos de buena fe.
• Con relación al Matrimonio. Art. 139-140 Código Civil. El cónyuge ausente no
podrá impugnar el nuevo matrimonio contraído por el cónyuge presente, sin que sus
apoderados presenten la prueba de su existencia. Si el cónyuge ausente no hubiere
dejado parientes aptos para sucederle, podrá el otro cónyuge solicitar la posesión
provisional de los bienes.
6
• De la vigilancia de los menores cuyo padre haya desaparecido. Art 141-143
Código Civil. Si el padre ha desaparecido, dejando hijos menores frutos de un mismo
matrimonio, la madre quedará encargada del cuidado de los mismos, ejerciendo todos
los derechos que correspondieren al marido en lo relativo a la educación de aquellos
y administración de sus bienes. Seis meses después de la desaparición del padre, si la
madre hubiese fallecido al tiempo de esta desaparición, o si muriese antes que se
declare la ausencia del padre, se confiará el cuidado de los hijos por el consejo de
familia a los ascendientes más próximos o, en su defecto, a un tutor provisional. Lo
mismo sucederá en el caso en que el esposo ausente haya dejado hijos menores de
matrimonio contraído anteriormente.
CESACIÓN DE LA AUSENCIA.
La ausencia cesa cuando se prueba la existencia de quien se presumía ausente, su
muerte o cuando se dicta la sentencia definitiva que declare su ausencia. Art. 115-119
CCD.
7
LA DESAPARICIÓN.
¿QUÉ ES LA DESAPARICIÓN?
Se considera desaparecida toda persona que habiendo abandonado su domicilio o
residencia no se sabe si está viva o muerta, por no tenerse noticias ni ningún tipo de
información sobre su paradero, pero que por el grado de peligrosidad a que se ha visto
expuesta, son muy remotas las probabilidades de que se encuentre con vida, por lo que
su muerte es casi segura. Es decir, el desaparecido es la persona de la cual no se tiene
noticias y se tiene, o casi se tiene la certeza de que ha fallecido, pero cuyo cadáver no ha
podido ser encontrado.
El instituto de la desaparición no fue regulado en el Código Civil Francés y, por
consiguiente, tampoco aparece regulado en el Código Civil Dominicano.
ORIGEN DE LA DESAPARICIÓN.
La desaparición surgió en Francia como una necesidad imperiosa de las
circunstancias. En efecto, ya desde la época de Napoleón Bonaparte, por decreto del 3 de
enero de 1813 se ordenó que se levantaran actas de todos los accidentes acaecidos en las
minas, las que transcritas en los libros del Registro Civil harían las veces de actas de
defunción. La ley tenía por finalidad resolver la situación de las familias de los obreros
muertos accidentalmente en las minas y cuyos cadáveres no pudieran ser recuperados. El
régimen de la ausencia no se le podía aplicar, pues esta se basa en la incertidumbre de la
existencia del individuo, y en el caso previsto, había certeza del fallecimiento del mismo,
solo que su cadáver no se encontraba, situación que impedía su declaración del
fallecimiento, porque la ley obligaba al Oficial del Estado Civil a comprobar la muerte de
la persona.
Más tarde, con los militares fallecidos durante las guerras de la Revolución y del
Imperio, cuyos cadáveres jamás fueron recuperados, se admitió la prueba testimonial para
probar el fallecimiento. La ley que regularizó esta situación fue la del 13 de enero de
1817, reproducida por la ley del 9 de agosto de 1871, para la guerra de 1870-1871. Para
la muerte de los marinos en el mar, se previó la ley del 8 de junio de 1893 y para las
8
víctimas de las catástrofes aéreas se dispuso la ley del 31 de mayo de 1924. Finalmente,
la ordenanza del 30 de octubre de 19455, estableció todo el estatuto y el procedimiento
para la desaparición, regulando de esta forma, de manera general, todos aquellos casos en
que se tuviera la certeza del fallecimiento del individuo, pero cuyo cadáver no puede ser
localizado.
FIGURA JURÍDICA DE LA DESAPARICIÓN.
Con relación a lo antes expuesto, nace la figura jurídica de la desaparición, la cual
tiene por objeto o finalidad principal la apertura de un procedimiento tendiente a la
declaración del fallecimiento de una persona. Dicho procedimiento comprende estos dos
pasos:
1) La apertura del procedimiento. Condición indiscutible para la misma, es que el
cadáver no hay sido encontrado y, de que exista una fuerte probabilidad de
fallecimiento, dado que el individuo ha sido expuesto a un inminente peligro de
muerte. Una vez cumplida esta condición, el procurador de la República o aquel
que tenga un interés directo, solicitará al Tribunal de Gran Instancia la apertura
del procedimiento de desaparición. Apoderado el tribunal, este podrá ordenar
todas las medias que considere pertinentes con la finalidad de esclarecer las
circunstancias de la muerte, si a su juicio no están claramente establecidas. Luego,
el tribunal dictará sentencia, rechazando la demanda o acogiéndola, caso en el cual
su fallo será declarativo de fallecimiento.
2) La sentencia declarativa del fallecimiento. Esta tiene carácter erga omnes, y
tiene la misma validez que un acta de defunción. En la misma se fija la fecha del
fallecimiento, que debe arreglarse en base a simples presunciones. Ahora bien, si
el desaparecido retorna después de dictada la sentencia, este retorno-resurrección
no hace caer la sentencia declarativa de defunción, la cual tendrá que someterse a
una demanda de anulación.
9
CASO DE AUSENCIA Y DESAPARICIÓN EN LA REPÚBLICA
DOMINICANA.
Desaparición: Narciso González (Narcisazo).
El 25 de mayo de 1994 Narciso González Medina pronunció
un discurso durante una asamblea de profesores de la UASD,
en el cual solicitó al Consejo Universitario y al Rector que la
UASD asumiera una posición de condena frente a lo ocurrido
en las elecciones de nueve días atrás. El 26 de mayo de 1994 Narciso González Medina
desapareció de sus actividades cotidianas, hace 27 AÑOS.
Es una desaparición debido a la exposición de peligro en la cual se encontraba el profesor
Narciso luego de presentar su discurso referente al fraude de las elecciones para el
gobierno de Joaquín Balaguer. Mismo que fue culpado de otras desapariciones sobre
personas que se rebelaban contra su gobierno.
Ausencia: Anaury Castillo.
Anaury Castillo salió de su casa el 22 de mayo del 2020 a las 5:00
de la mañana para caminar por la marginal del Kilómetro 15 de
Las Américas; una cámara en una estación de gasolina captó su
figura mientras se dirigía hacia el este de la capital. Esa fue la
última vez que se vio.
Este caso es considerado como una ausencia, ya que, según las pruebas, Anaury no se vio
expuesto a ningún peligro, ni que tuviera problemas del mismo tipo, por lo cual se tiene
la certeza de que el mismo está vivo.
10
CONCLUSIÓN
Para concluir, en este trabajo pudimos estudiar a fondo los temas sobre la ausencia
y la desaparición, viendo cómo influyen en el ámbito jurídico.
También entendimos la diferencia entre la ausencia y la desaparición, teniendo
como similitud que la persona ha salido de su domicilio o residencia, pero en la ausencia
la certeza es que la persona está viva y, en la desaparición, que la persona está muerta
debido al peligro al que este se vio expuesto.
En nuestro país, República Dominicana, tenemos que lidiar mucho con las
ausencias y desapariciones, teniendo casos como el de Narciso González y Anaury
Castillo, aún sin resolver, pero estos son dos de los muchos que hoy día no han regresado
a casa.
Estos temas podemos encontrarlos desglosados en el Código Civil Dominicano,
desde su artículo 112 al 143, donde abarca todo sobre los ausentes, bienes y su regreso.
Como notamos, la desaparición no se encuentra dentro del Código Civil
Dominicano, ya que esta no fue puesta en el Código Civil Francés, sabiendo que la nuestra
deriva de las leyes francesas, expuesto en el tema ´´Origen de la desaparición´´.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Fases del sistema penal acusatorio
Fases del sistema penal acusatorioFases del sistema penal acusatorio
Fases del sistema penal acusatoriolisbethmabel
 
ENJ 400- La filiación por naturaleza
ENJ 400- La filiación por naturaleza ENJ 400- La filiación por naturaleza
ENJ 400- La filiación por naturaleza ENJ
 
Clasificacion de la Posesion
Clasificacion de la PosesionClasificacion de la Posesion
Clasificacion de la Posesionmarioteranvite
 
D penal-amuchategui-130109160534-phpapp01
D penal-amuchategui-130109160534-phpapp01D penal-amuchategui-130109160534-phpapp01
D penal-amuchategui-130109160534-phpapp01Perla Miranda Garcia
 
Mapa conceptual. procedimiento. carolina querales
Mapa conceptual. procedimiento. carolina queralesMapa conceptual. procedimiento. carolina querales
Mapa conceptual. procedimiento. carolina queralesCarolinaQuerales
 
Principios Penales Como Limites Al Jus Puniendi
Principios Penales Como Limites Al Jus PuniendiPrincipios Penales Como Limites Al Jus Puniendi
Principios Penales Como Limites Al Jus PuniendiCatalina Lara
 
Derecho Penal en Mexico
Derecho Penal  en MexicoDerecho Penal  en Mexico
Derecho Penal en MexicoSergio Lara
 
La donación en el derecho romano
La donación en el derecho romanoLa donación en el derecho romano
La donación en el derecho romanonekrofasis
 
De los albaceas
De los albaceasDe los albaceas
De los albaceasDEL ROJAS
 
Finalidad de las Diligencias Preparatorias
Finalidad de las Diligencias Preparatorias Finalidad de las Diligencias Preparatorias
Finalidad de las Diligencias Preparatorias Paola Bolaños
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesKa Moraga
 
Asignaciones modales en el salvador
Asignaciones modales en el salvadorAsignaciones modales en el salvador
Asignaciones modales en el salvadorDaniel Mortem
 

La actualidad más candente (20)

Prueba confesional
Prueba confesionalPrueba confesional
Prueba confesional
 
Tutela
TutelaTutela
Tutela
 
La accesion
La accesionLa accesion
La accesion
 
Fases del sistema penal acusatorio
Fases del sistema penal acusatorioFases del sistema penal acusatorio
Fases del sistema penal acusatorio
 
Capacitación Disciplinario Docentes (1).pptx
Capacitación Disciplinario Docentes (1).pptxCapacitación Disciplinario Docentes (1).pptx
Capacitación Disciplinario Docentes (1).pptx
 
Estupro
EstuproEstupro
Estupro
 
ENJ 400- La filiación por naturaleza
ENJ 400- La filiación por naturaleza ENJ 400- La filiación por naturaleza
ENJ 400- La filiación por naturaleza
 
Clasificacion de la Posesion
Clasificacion de la PosesionClasificacion de la Posesion
Clasificacion de la Posesion
 
Clausula penal
Clausula penalClausula penal
Clausula penal
 
D penal-amuchategui-130109160534-phpapp01
D penal-amuchategui-130109160534-phpapp01D penal-amuchategui-130109160534-phpapp01
D penal-amuchategui-130109160534-phpapp01
 
Mapa conceptual. procedimiento. carolina querales
Mapa conceptual. procedimiento. carolina queralesMapa conceptual. procedimiento. carolina querales
Mapa conceptual. procedimiento. carolina querales
 
Contrato de transacción
Contrato de transacciónContrato de transacción
Contrato de transacción
 
Principios Penales Como Limites Al Jus Puniendi
Principios Penales Como Limites Al Jus PuniendiPrincipios Penales Como Limites Al Jus Puniendi
Principios Penales Como Limites Al Jus Puniendi
 
Derecho Penal en Mexico
Derecho Penal  en MexicoDerecho Penal  en Mexico
Derecho Penal en Mexico
 
La donación en el derecho romano
La donación en el derecho romanoLa donación en el derecho romano
La donación en el derecho romano
 
De los albaceas
De los albaceasDe los albaceas
De los albaceas
 
Finalidad de las Diligencias Preparatorias
Finalidad de las Diligencias Preparatorias Finalidad de las Diligencias Preparatorias
Finalidad de las Diligencias Preparatorias
 
Infografía transmisión de las obligaciones.
Infografía transmisión de las obligaciones.Infografía transmisión de las obligaciones.
Infografía transmisión de las obligaciones.
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Asignaciones modales en el salvador
Asignaciones modales en el salvadorAsignaciones modales en el salvador
Asignaciones modales en el salvador
 

Similar a La ausencia y la desaparición.

Suciones materia
Suciones materiaSuciones materia
Suciones materiaceencopa
 
FIN DE LA PERSONA.ppt
FIN DE LA PERSONA.pptFIN DE LA PERSONA.ppt
FIN DE LA PERSONA.pptMaraCNavarro1
 
Declaracion de ausencia por desaparicion forzada y otras (1)
Declaracion de ausencia por desaparicion forzada y otras (1)Declaracion de ausencia por desaparicion forzada y otras (1)
Declaracion de ausencia por desaparicion forzada y otras (1)dayana3322
 
Diapositivas exp. civil. ausente y desaparecido
Diapositivas exp. civil. ausente y desaparecidoDiapositivas exp. civil. ausente y desaparecido
Diapositivas exp. civil. ausente y desaparecidoMara Berecic
 
DERECHO NOTARIAL-PROC VOLUNTARIOS SUCESORIA-UNIFRANZ-2022 completo.pdf
DERECHO NOTARIAL-PROC VOLUNTARIOS SUCESORIA-UNIFRANZ-2022 completo.pdfDERECHO NOTARIAL-PROC VOLUNTARIOS SUCESORIA-UNIFRANZ-2022 completo.pdf
DERECHO NOTARIAL-PROC VOLUNTARIOS SUCESORIA-UNIFRANZ-2022 completo.pdfDaniel Ruben Condorena Conde
 
La transmisión de la sucesión unidad ii
La transmisión de la sucesión unidad iiLa transmisión de la sucesión unidad ii
La transmisión de la sucesión unidad iiAna Magnolia Mendez
 
CUADRO EXPLICATIVO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
CUADRO EXPLICATIVO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADOCUADRO EXPLICATIVO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
CUADRO EXPLICATIVO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADOCarlos Guedez
 
DERECHO CIVIL III SUCESIONES   CAPITULO 2: CAPACIDAD Y DIGNIDAD  
DERECHO CIVIL III SUCESIONES    CAPITULO 2: CAPACIDAD Y DIGNIDAD  DERECHO CIVIL III SUCESIONES    CAPITULO 2: CAPACIDAD Y DIGNIDAD  
DERECHO CIVIL III SUCESIONES   CAPITULO 2: CAPACIDAD Y DIGNIDAD  JessiPalaciosB
 
Apuntes y fallos derecho civil - universidad de buenos aires
Apuntes y fallos   derecho civil - universidad de buenos airesApuntes y fallos   derecho civil - universidad de buenos aires
Apuntes y fallos derecho civil - universidad de buenos airesWalter Geninazzi
 
El inicio y fin de la existencia de
El inicio y fin de la existencia deEl inicio y fin de la existencia de
El inicio y fin de la existencia deanaheredia12
 
Slidshare sucesiones
Slidshare sucesionesSlidshare sucesiones
Slidshare sucesionesMa Basantes
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombiaylbonilla
 
Reflexiones finales sucesoral
Reflexiones finales sucesoralReflexiones finales sucesoral
Reflexiones finales sucesoralANALAMAS86
 
Juicio Intestamentario.pptx
Juicio Intestamentario.pptxJuicio Intestamentario.pptx
Juicio Intestamentario.pptxVannyHdezGeorge
 
diapositivas de declaracion.pdf
diapositivas de declaracion.pdfdiapositivas de declaracion.pdf
diapositivas de declaracion.pdfMARLENIQUISPEATAO
 

Similar a La ausencia y la desaparición. (20)

Suciones materia
Suciones materiaSuciones materia
Suciones materia
 
02. FIN DE LA PERSONA.pdf
02. FIN DE LA PERSONA.pdf02. FIN DE LA PERSONA.pdf
02. FIN DE LA PERSONA.pdf
 
FIN DE LA PERSONA.ppt
FIN DE LA PERSONA.pptFIN DE LA PERSONA.ppt
FIN DE LA PERSONA.ppt
 
Declaracion de ausencia por desaparicion forzada y otras (1)
Declaracion de ausencia por desaparicion forzada y otras (1)Declaracion de ausencia por desaparicion forzada y otras (1)
Declaracion de ausencia por desaparicion forzada y otras (1)
 
Diapositivas exp. civil. ausente y desaparecido
Diapositivas exp. civil. ausente y desaparecidoDiapositivas exp. civil. ausente y desaparecido
Diapositivas exp. civil. ausente y desaparecido
 
DERECHO NOTARIAL-PROC VOLUNTARIOS SUCESORIA-UNIFRANZ-2022 completo.pdf
DERECHO NOTARIAL-PROC VOLUNTARIOS SUCESORIA-UNIFRANZ-2022 completo.pdfDERECHO NOTARIAL-PROC VOLUNTARIOS SUCESORIA-UNIFRANZ-2022 completo.pdf
DERECHO NOTARIAL-PROC VOLUNTARIOS SUCESORIA-UNIFRANZ-2022 completo.pdf
 
La transmisión de la sucesión unidad ii
La transmisión de la sucesión unidad iiLa transmisión de la sucesión unidad ii
La transmisión de la sucesión unidad ii
 
CUADRO EXPLICATIVO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
CUADRO EXPLICATIVO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADOCUADRO EXPLICATIVO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
CUADRO EXPLICATIVO DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
 
DERECHO CIVIL III SUCESIONES   CAPITULO 2: CAPACIDAD Y DIGNIDAD  
DERECHO CIVIL III SUCESIONES    CAPITULO 2: CAPACIDAD Y DIGNIDAD  DERECHO CIVIL III SUCESIONES    CAPITULO 2: CAPACIDAD Y DIGNIDAD  
DERECHO CIVIL III SUCESIONES   CAPITULO 2: CAPACIDAD Y DIGNIDAD  
 
Utpl
UtplUtpl
Utpl
 
Utpl
UtplUtpl
Utpl
 
Apuntes y fallos derecho civil - universidad de buenos aires
Apuntes y fallos   derecho civil - universidad de buenos airesApuntes y fallos   derecho civil - universidad de buenos aires
Apuntes y fallos derecho civil - universidad de buenos aires
 
El inicio y fin de la existencia de
El inicio y fin de la existencia deEl inicio y fin de la existencia de
El inicio y fin de la existencia de
 
La Ausencia
La AusenciaLa Ausencia
La Ausencia
 
Slidshare sucesiones
Slidshare sucesionesSlidshare sucesiones
Slidshare sucesiones
 
Act.10
Act.10Act.10
Act.10
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
 
Reflexiones finales sucesoral
Reflexiones finales sucesoralReflexiones finales sucesoral
Reflexiones finales sucesoral
 
Juicio Intestamentario.pptx
Juicio Intestamentario.pptxJuicio Intestamentario.pptx
Juicio Intestamentario.pptx
 
diapositivas de declaracion.pdf
diapositivas de declaracion.pdfdiapositivas de declaracion.pdf
diapositivas de declaracion.pdf
 

Último

MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfivogiovannoni
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDiegoMorales287268
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalPoder Judicial
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptxESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptxVictoriaCanales6
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanosmarcovalor2005
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxJonathanGiriron
 
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfDerecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfJosé María
 
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilImpedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilAidaTejada5
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docxprodinetpc1
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...Corporación Hiram Servicios Legales
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 

Último (20)

MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptxESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
ESQUEMAS IAD introduccion al analisi del derecho.pptx
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
 
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfDerecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdf
 
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilImpedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 

La ausencia y la desaparición.

  • 1. UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SANTO DOMINGO (UASD) CENTRO REGIONAL HIGUEY (CURE). TRABAJO FINAL DE DERECHO DE FAMILIA I. TEMA LA AUSENCIA Y LA DESAPARICIÓN. SUSTENTANTE ESTHEFANI ELOHIZA BÁEZ CORDERO. MATRÍCULA 100594047 FACILITADORA GISELLE ALTAGRACIA CALDERÓN SECCIÓN 01
  • 2. 1 ÍNDICE INTRODUCCIÓN............................................................................................................................. 2 LA AUSENCIA. ................................................................................................................................ 3 ¿QUÉ ES LA AUSENCIA?............................................................................................................. 3 PERÍODOS DE LA AUSENCIA. ......................................................................................................... 3 • Primer período. La presunción de ausencia:..................................................................... 3 • Segundo período. La ausencia: ......................................................................................... 4 • Tercer período. La ausencia definitiva (la muerte).... ....................................................... 4 DE LOS EFECTOS DE LA AUSENCIA. ............................................................................................... 4 • A los bienes poseídos por el ausente el día de su desaparición. ...................................... 4 • Regreso del ausente.......................................................................................................... 5 • A los Derechos Eventuales que puedan corresponder al Ausente ................................... 5 • Con relación al Matrimonio............................................................................................... 5 • De la vigilancia de los menores cuyo padre haya desaparecido....................................... 6 CESACIÓN DE LA AUSENCIA. ..................................................................................................... 6 LA DESAPARICIÓN. ........................................................................................................................ 7 ¿QUÉ ES LA DESAPARICIÓN?..................................................................................................... 7 ORIGEN DE LA DESAPARICIÓN. ..................................................................................................... 7 FIGURA JURÍDICA DE LA DESAPARICIÓN....................................................................................... 8 1) La apertura del procedimiento. ........................................................................................ 8 2) La sentencia declarativa del fallecimiento........................................................................ 8 CASO DE AUSENCIA Y DESAPARICIÓN EN LA REPÚBLICA DOMINICANA. ..................................... 9 Desaparición: Narciso González................................................................................................ 9 Ausencia: Anaury Castillo.......................................................................................................... 9 CONCLUSIÓN............................................................................................................................... 10
  • 3. 2 INTRODUCCIÓN En el presente trabajo estaremos abordando los temas ´´La ausencia y la desaparición´´, como segundo tema de exposición de la clase de Derecho de Familia I. La ausencia y la desaparición surgen en Francia como una necesidad imperiosa de las circunstancias, lo que nos permite observar desde hace cuánto tiempo se dan estos casos, y, sobre todo, cómo siguen vigentes hoy día. Situándonos ya en nuestro país, República Dominicana, estaremos tratando también cómo se ha visto afectado con los casos de ausencia y desapariciones, como uno de los más conocidos de desaparición, Narciso González, y de ausencia, Anaury Castillo. De igual manera, dónde quedan registrados estos temas, en nuestro Código Civil desde el artículo 112 al 143, haciendo la observación de que la desaparición no se encuentra en este código, ya que los franceses no lo incluyeron en los suyos, y sabemos que el nuestro es heredado de ellos. Expondremos cómo surgen, sus períodos y sus efectos. Con esta breve introducción damos comienzo a nuestro informe.
  • 4. 3 LA AUSENCIA. ¿QUÉ ES LA AUSENCIA? En el lenguaje jurídico, se considera ausente a toda persona que habiendo abandonado su domicilio o residencia no se sabe si está viva o muerta, por no tenerse noticias ni ningún tipo de información sobre la misma, pero que a pesar de la incertidumbre que existe sobre su existencia, la misma siempre será considerada como viva, y, por lo tanto, sus bienes, salvo excepción, les serán preservados hasta por 30 años en espera de su eventual regreso. Sin embargo, si por medio de algún documento oficial, como cédula de identidad y electoral o acta de nacimiento, se determina que ya el ausente cumplió los cien años de edad, no es necesario esperar los 30 años para disponer de sus bienes conforme a la ley. Todas las condiciones y el procedimiento relacionado con la ausencia, están contenidos en el Código Civil Dominicano, Título IV, artículos 112-143. PERÍODOS DE LA AUSENCIA. • Primer período. La presunción de ausencia: este período se inicia desde que la persona ha abandonado su domicilio o residencia sin que se conozca su paradero, y termina cuando la misma ha sido declarada como ausente por el Tribunal Civil de Primera Instancia correspondiente. Durante este período de presunción de ausencia a la persona que se ha ido no se le puede llamar ausente, sino presunto ausente, pues su ausencia todavía solo se presume. En este tiempo, si hay necesidad de provee a la administración de todos o parte de los bienes de una persona, cuya ausencia se presuma, y que no tiene apoderado en forma, se determinará por el Tribunal Civil de Primera Instancia con arreglo a la demanda de las partes interesadas. El Ministerio Público está especialmente encargado de velar sobre los intereses de las personas que se reputan ausentes; y será oído en todos los incidentes y cuestiones que a las mismas se refieren. Art. 112-113 CCD.
  • 5. 4 • Segundo período. La ausencia: si la persona que ha abandonado su domicilio o residencia, antes de su partida no ha dejado un administrador provisional de sus bienes con poder auténtico, la persona interesada y con calidad, para ello podrá dirigirse después de cuatro años consecutivos de su partida al Tribunal Civil de Primera Instancia correspondiente con las pruebas de lugar, y solicitar al Juez que le declare como ausente al presunto ausente. Art. 114 CCD. • Tercer período. La ausencia definitiva (la muerte). Art. 115 CCD. El Tribunal, después de recibir la solicitud de declaración de ausencia y examinar todos los documentos presentados por la parte interesada, dispondrá que se haga una información contradictoria con el Procurador Fiscal en el distrito a que el domicilio pertenezca y en el que la resistencia, si son distintas el uno del otro. El Tribunal, al dictar el fallo sobre la demanda, tendrá muy presente los verdaderos motivos de la ausencia y de las causas que hayan impedido recibir noticias del individuo cuya ausencia se presume. El Procurador Fiscal remitirá al Procurador General de la República, que los harán públicos, los fallos tan pronto como se pronuncien. La sentencia de la declaración de ausencia no se pronunciará sino un año después del fallo en que se ordenare la información. DE LOS EFECTOS DE LA AUSENCIA. • A los bienes poseídos por el ausente el día de su desaparición. Art. 120-130 Código Civil. En estos artículos se habla sobre la admiración de los bienes del ausente en caso de no haber dejado a nadie a cargo de la misma y de que este no regrese. Hace mención de sus herederos, la posesión provisional y sus consecuencias.
  • 6. 5 • Regreso del ausente. Art. 131-134 Código Civil. Si el ausente regresa, o se prueba su existencia durante la posesión provisional, cesarán los efectos de la sentencia que haya declarado la ausencia, sin perjuicio, si ha lugar, de las medidas prescritas en el en el Capítulo Primero del título para la administración de los bienes. Si el ausente regresa o se prueba su existencia, aún después de declararse la posesión definitiva, este recobrará sus bienes en el estado en que se encuentren, el precio de los que se hubiesen enajenado, o los nuevos bienes que procedan del empleo que se hubiese hecho del importe de las ventas realizadas. Los hijos y descendientes directos del ausente, podrán también durante los treinta años siguientes a la declaración de posesión definitiva, pedir la restitución de sus bienes, con arreglo a lo dispuesto en el artículo precedente. Una vez declarada judicialmente la ausencia, todo el que tuviere derechos que ejercitar contra el ausente, no podrá repetir más que contra las personas que estén en posesión de los bienes o tengan su administración legal. • A los Derechos Eventuales que puedan corresponder al Ausente. Art. 135-138 Código Civil. El que reclame un derecho perteneciente a un individuo cuya existencia se desconozca, debe previamente probar que aquel en cuya representación solicita, existía al nacer la relación o derecho reclamado: hasta que esta prueba no se verifique, no se admitirá la demanda. La herencia a la cual se llama a un individuo cuya existencia se desconozca, recaerá exclusivamente en aquellas personas con las cuales aquel debía concurrir, o a las que en su defecto tenían derecho a suceder. Las disposiciones de los artículos 135 y 136 del CCD, se entenderán sin perjuicio de las acciones de petición de herencia y de otros derechos que, correspondiendo al ausente o a sus representantes o causahabientes, no se extinguen más que por el lapso establecido para la prescripción. Mientras el ausente no se presente o las acciones no se ejerciten por su parte, los que hayan recogido la sucesión harán suyos los frutos percibidos de buena fe. • Con relación al Matrimonio. Art. 139-140 Código Civil. El cónyuge ausente no podrá impugnar el nuevo matrimonio contraído por el cónyuge presente, sin que sus apoderados presenten la prueba de su existencia. Si el cónyuge ausente no hubiere dejado parientes aptos para sucederle, podrá el otro cónyuge solicitar la posesión provisional de los bienes.
  • 7. 6 • De la vigilancia de los menores cuyo padre haya desaparecido. Art 141-143 Código Civil. Si el padre ha desaparecido, dejando hijos menores frutos de un mismo matrimonio, la madre quedará encargada del cuidado de los mismos, ejerciendo todos los derechos que correspondieren al marido en lo relativo a la educación de aquellos y administración de sus bienes. Seis meses después de la desaparición del padre, si la madre hubiese fallecido al tiempo de esta desaparición, o si muriese antes que se declare la ausencia del padre, se confiará el cuidado de los hijos por el consejo de familia a los ascendientes más próximos o, en su defecto, a un tutor provisional. Lo mismo sucederá en el caso en que el esposo ausente haya dejado hijos menores de matrimonio contraído anteriormente. CESACIÓN DE LA AUSENCIA. La ausencia cesa cuando se prueba la existencia de quien se presumía ausente, su muerte o cuando se dicta la sentencia definitiva que declare su ausencia. Art. 115-119 CCD.
  • 8. 7 LA DESAPARICIÓN. ¿QUÉ ES LA DESAPARICIÓN? Se considera desaparecida toda persona que habiendo abandonado su domicilio o residencia no se sabe si está viva o muerta, por no tenerse noticias ni ningún tipo de información sobre su paradero, pero que por el grado de peligrosidad a que se ha visto expuesta, son muy remotas las probabilidades de que se encuentre con vida, por lo que su muerte es casi segura. Es decir, el desaparecido es la persona de la cual no se tiene noticias y se tiene, o casi se tiene la certeza de que ha fallecido, pero cuyo cadáver no ha podido ser encontrado. El instituto de la desaparición no fue regulado en el Código Civil Francés y, por consiguiente, tampoco aparece regulado en el Código Civil Dominicano. ORIGEN DE LA DESAPARICIÓN. La desaparición surgió en Francia como una necesidad imperiosa de las circunstancias. En efecto, ya desde la época de Napoleón Bonaparte, por decreto del 3 de enero de 1813 se ordenó que se levantaran actas de todos los accidentes acaecidos en las minas, las que transcritas en los libros del Registro Civil harían las veces de actas de defunción. La ley tenía por finalidad resolver la situación de las familias de los obreros muertos accidentalmente en las minas y cuyos cadáveres no pudieran ser recuperados. El régimen de la ausencia no se le podía aplicar, pues esta se basa en la incertidumbre de la existencia del individuo, y en el caso previsto, había certeza del fallecimiento del mismo, solo que su cadáver no se encontraba, situación que impedía su declaración del fallecimiento, porque la ley obligaba al Oficial del Estado Civil a comprobar la muerte de la persona. Más tarde, con los militares fallecidos durante las guerras de la Revolución y del Imperio, cuyos cadáveres jamás fueron recuperados, se admitió la prueba testimonial para probar el fallecimiento. La ley que regularizó esta situación fue la del 13 de enero de 1817, reproducida por la ley del 9 de agosto de 1871, para la guerra de 1870-1871. Para la muerte de los marinos en el mar, se previó la ley del 8 de junio de 1893 y para las
  • 9. 8 víctimas de las catástrofes aéreas se dispuso la ley del 31 de mayo de 1924. Finalmente, la ordenanza del 30 de octubre de 19455, estableció todo el estatuto y el procedimiento para la desaparición, regulando de esta forma, de manera general, todos aquellos casos en que se tuviera la certeza del fallecimiento del individuo, pero cuyo cadáver no puede ser localizado. FIGURA JURÍDICA DE LA DESAPARICIÓN. Con relación a lo antes expuesto, nace la figura jurídica de la desaparición, la cual tiene por objeto o finalidad principal la apertura de un procedimiento tendiente a la declaración del fallecimiento de una persona. Dicho procedimiento comprende estos dos pasos: 1) La apertura del procedimiento. Condición indiscutible para la misma, es que el cadáver no hay sido encontrado y, de que exista una fuerte probabilidad de fallecimiento, dado que el individuo ha sido expuesto a un inminente peligro de muerte. Una vez cumplida esta condición, el procurador de la República o aquel que tenga un interés directo, solicitará al Tribunal de Gran Instancia la apertura del procedimiento de desaparición. Apoderado el tribunal, este podrá ordenar todas las medias que considere pertinentes con la finalidad de esclarecer las circunstancias de la muerte, si a su juicio no están claramente establecidas. Luego, el tribunal dictará sentencia, rechazando la demanda o acogiéndola, caso en el cual su fallo será declarativo de fallecimiento. 2) La sentencia declarativa del fallecimiento. Esta tiene carácter erga omnes, y tiene la misma validez que un acta de defunción. En la misma se fija la fecha del fallecimiento, que debe arreglarse en base a simples presunciones. Ahora bien, si el desaparecido retorna después de dictada la sentencia, este retorno-resurrección no hace caer la sentencia declarativa de defunción, la cual tendrá que someterse a una demanda de anulación.
  • 10. 9 CASO DE AUSENCIA Y DESAPARICIÓN EN LA REPÚBLICA DOMINICANA. Desaparición: Narciso González (Narcisazo). El 25 de mayo de 1994 Narciso González Medina pronunció un discurso durante una asamblea de profesores de la UASD, en el cual solicitó al Consejo Universitario y al Rector que la UASD asumiera una posición de condena frente a lo ocurrido en las elecciones de nueve días atrás. El 26 de mayo de 1994 Narciso González Medina desapareció de sus actividades cotidianas, hace 27 AÑOS. Es una desaparición debido a la exposición de peligro en la cual se encontraba el profesor Narciso luego de presentar su discurso referente al fraude de las elecciones para el gobierno de Joaquín Balaguer. Mismo que fue culpado de otras desapariciones sobre personas que se rebelaban contra su gobierno. Ausencia: Anaury Castillo. Anaury Castillo salió de su casa el 22 de mayo del 2020 a las 5:00 de la mañana para caminar por la marginal del Kilómetro 15 de Las Américas; una cámara en una estación de gasolina captó su figura mientras se dirigía hacia el este de la capital. Esa fue la última vez que se vio. Este caso es considerado como una ausencia, ya que, según las pruebas, Anaury no se vio expuesto a ningún peligro, ni que tuviera problemas del mismo tipo, por lo cual se tiene la certeza de que el mismo está vivo.
  • 11. 10 CONCLUSIÓN Para concluir, en este trabajo pudimos estudiar a fondo los temas sobre la ausencia y la desaparición, viendo cómo influyen en el ámbito jurídico. También entendimos la diferencia entre la ausencia y la desaparición, teniendo como similitud que la persona ha salido de su domicilio o residencia, pero en la ausencia la certeza es que la persona está viva y, en la desaparición, que la persona está muerta debido al peligro al que este se vio expuesto. En nuestro país, República Dominicana, tenemos que lidiar mucho con las ausencias y desapariciones, teniendo casos como el de Narciso González y Anaury Castillo, aún sin resolver, pero estos son dos de los muchos que hoy día no han regresado a casa. Estos temas podemos encontrarlos desglosados en el Código Civil Dominicano, desde su artículo 112 al 143, donde abarca todo sobre los ausentes, bienes y su regreso. Como notamos, la desaparición no se encuentra dentro del Código Civil Dominicano, ya que esta no fue puesta en el Código Civil Francés, sabiendo que la nuestra deriva de las leyes francesas, expuesto en el tema ´´Origen de la desaparición´´.