SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 22
{
¿QUÉ SON LOS DELITOS
INTERNACIONALES
Aquellos definidos como tal por el Derecho Internacional
Público. Su jurisdicción es universal, es decir, los presuntos
responsables de la comisión de uno de dichos delitos pueden
ser juzgados independientemente de su nacionalidad y del
lugar donde se cometió el delito, por cualquiera de los
Estados que hacen parte de la comunidad internacional. Por
ejemplo, de acuerdo con el Derecho Internacional del Mar,
son típicos delitos internacionales la piratería y la destrucción
de cables submarinos.
ESTATUTO DE ROMA / OBJETIVO
La protección de todos los individuos de la especie humana,
concretamente respecto a los grandes crímenes que se han
cometido contra la humanidad en los años anteriores a su
aprobación (Aprobado 17/7/1998), los cuales han conmovido
la conciencia de la comunidad internacional, con lo que se
pretende poner fin a la impunidad, evitar las amenazas y la
perpetración de nuevos crímenes.
ESTATUTO DE ROMA /
CORTE PENAL INTERNACIONAL
El Estatuto crea la Corte Penal Internacional y la faculta para que
ejerza la jurisdicción sobre los crímenes más grandes de trascendencia
Internacional, en el entendido que la Corte tendrá un carácter
complementario de las jurisdicciones penales de los Estados que
suscriban el Estatuto.
En su artículo 5, se establece la competencia de la Corte sobre los
delitos denominados: crimen de genocidio (artículo 6), crímenes de
lesa humanidad (artículo 7) y crímenes de guerra (artículo 8).
Es de hacer notar, que a pesar de que el literal “D” del artículo 5, le
otorga competencia sobre el crimen de agresión, la Corte no la ejercerá
hasta tanto no se defina éste.
GENOCIDIO
En 1944, Raphael Lemkin, creo la palabra Genocidio,
combinando “geno”, que significa raza o tribu, con la
palabra “cidio”, que significa matar. Posteriormente, en
1945, el Tribunal Militar de Nuremberg incluyó la palabra
genocidio en el acta donde se definieron los crímenes contra
la humanidad, pero como un término descriptivo más no
legal.
En 1948, las Naciones Unidas aprueban la Convención para
la Prevención y Sanción del delito de Genocidio.
GENOCIDIO (art. 6)
A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por “genocidio”
cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con
la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional,
étnico, racial o religioso como tal:
a) Matanza de miembros del grupo.
b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros
del grupo.
c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia
que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
d) Medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del
grupo.
e) Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.
CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD
Este concepto surge a mediados del siglo XIX, sin embargo
fue a finales de la Primera Guerra Mundial cuando se
elabora la primera lista de crímenes contra la humanidad.
El reconocimiento internacional de este delito se produjo
con el Estatuto que creó el Tribunal de Nuremberg en 1945.
Posteriormente se determinaron en otros instrumentos
internacionales como los Estatutos de los Tribunales de la
ex Yugoslavia (hoy Serbia y Montenegro) y Ruanda.
CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD (art. 7)
1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por
“crimen de lesa humanidad” cualquiera de los actos
siguientes cuando se cometa como parte de un ataque
generalizado o sistemático contra una población civil y
con conocimiento de dicho ataque:
a) Asesinato.
b) Exterminio.
c) Esclavitud.
d) Deportación o traslado forzoso de población;
e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física
en violación de normas fundamentales de derecho
internacional.
f) Tortura.
CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD
g)Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo
forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia
sexual de gravedad comparable;
h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia,
fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos,
culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros
motivos universalmente reconocidos como inaceptables con
arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto
mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la
competencia de la Corte.
i) Desaparición forzada de personas;
j) El crimen de apartheid.
k) Otros actos inhumanos de carácter similar, que causen
intencionalmente grandes sufrimientos o atenten grave-mente
contra la integridad física o la salud mental.
CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD
2. A los efectos del párrafo 1:
a) Por “ataque contra una población civil”, se entenderá una
línea de conducta, que implique la comisión múltiple de actos
mencionados en el párrafo 1 contra una población civil, de
conformidad con la política de un Estado o de una
organización de cometer ese ataque o para promover esa
política;
b) El “exterminio”, comprenderá la imposición intencional de
condiciones de vida, la privación del acceso a alimentos o
medicinas, entre otras, encaminadas a causar la destrucción de
parte de una población;
c) Por “esclavitud”, se entenderá el ejercicio de los atributos
del derecho de propiedad sobre una persona, o de algunos de
ellos, incluido el ejercicio de esos atributos en el tráfico de
personas, en particular mujeres y niños;
CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD
d) Por “deportación o traslado forzoso de población”, se
entenderá el desplazamiento de las personas afectadas por
expulsión u otros actos coactivos, de la zona en que estén
legítimamente presentes, sin motivos autorizados por el
derecho internacional;
e) Por “tortura”, se entenderá causar intencionalmente dolor o
sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, a una persona
que el acusado tenga bajo su custodia o control; sin embargo,
no se entenderá por tortura el dolor o los sufrimientos que se
deriven únicamente de sanciones lícitas o que sean
consecuencia normal o fortuita de ellas;
CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD
f) Por “embarazo forzado”, se entenderá el confinamiento
ilícito de una mujer a la que se ha dejado embarazada por la
fuerza, con la intención de modificar la composición étnica de
una población o de cometer otras violaciones graves del
derecho internacional. En modo alguno, se entenderá que esta
definición afecta a las normas de derecho interno relativas al
embarazo;
g) Por “persecución”, se entenderá la privación intencional
y grave de derechos fundamentales, en contravención del
derecho internacional en razón de la identidad del grupo o de
la colectividad;
CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD
h) Por “el crimen de apartheid”, se entenderán los actos
inhumanos de carácter similar a los mencionados en el párrafo
1, cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado
de opresión y dominación sistemática de un grupo racial sobre
uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese
régimen;
i) Por “desaparición forzada de personas”, se entenderá la
aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un
Estado o una organización política, o con su autorización,
apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a informar sobre
la privación de libertad o dar información sobre la suerte o el
paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera
del amparo de la ley por un período prolongado.
CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD
Los Crímenes de Lesa Humanidad se diferencian de otros
crímenes principalmente porque reúnen ciertos requisitos
i) Son actos generalizados, perpetrados contra una gran
cantidad de victimas.
ii) Son actos sistemáticos, es decir que están realizados de
acuerdo a un plan del Estado o con su apoyo, o por
particulares que actúan por instigación de dichas autoridades
o con su tolerancia, ayuda o complicidad.
iv) Están dirigidos contra la población civil por motivos
sociales, políticos, económicos, raciales, religiosos o culturales.
CRÍMENES DE GUERRA (art. 8)
1. La Corte tendrá competencia respecto de los crímenes de
guerra en particular, cuando se cometan como parte de un
plan o política o como parte de la comisión en gran escala de
tales crímenes.
2. A los efectos del presente Estatuto, se entiende por
“crímenes
de guerra”:
a) Infracciones graves de los Convenios de Ginebra de 12 de
agosto de 1949, a saber, cualquiera de los siguientes actos
contra personas o bienes protegidos por las disposiciones del
Convenio de Ginebra pertinente:
CRÍMENES DE GUERRA (art. 8)
El homicidio intencional;
La tortura o los tratos inhumanos, incluidos los experimentos
biológicos;
El hecho de causar deliberadamente grandes sufrimientos o
atentar gravemente contra la integridad física o la salud;
La destrucción y la apropiación de bienes no justificadas
por necesidades militares, y efectuadas a gran escala, ilícita
y arbitrariamente;
El hecho de forzar a un prisionero de guerra o a otra persona
protegida a servir en las fuerzas de una Potencia enemiga;
El hecho de privar deliberadamente a un prisionero de
guerra o a otra persona protegida de su derecho a ser
juzgado legítima e imparcialmente;
La deportación o el traslado ilegal, la detención ilegal;
La toma de rehenes; (…omissis…)
CRÍMENES DE GUERRA
De acuerdo a los 4 Convenios de Ginebra, los delitos de guerra
son los siguientes:
a. Atentados contra los heridos y enfermos de las fuerzas
armadas en campaña.
b. Tratos inhumanos contra los prisioneros de guerra.
Prohibición del derecho a la defensa de los mismos.
Obligatoriedad de dar información al bando contrario, entre
otros.
Atentados contra la población civil.
CRIMEN DE AGRESIÓN
El Estatuto planteaba que la Corte Penal Internacional
ejercería la plena competencia para juzgar este delito una vez
fuera definido el mismo y enunciadas sus condiciones.
En la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma (realizada
en Kampala/Uganda, entre el 31 de mayo y el 11 de junio de
2010) se adoptó por consenso enmiendas al Estatuto de Roma
que incluyen una definición para el crimen de agresión y un
régimen sobre cómo la Corte ejercitará su jurisdicción sobre
éste.
En ese sentido, se estableció que la Corte no podrá ejercitar su
jurisdicción sobre el crimen hasta el 1º de enero de 2017,
cuando los Estados tomen la decisión de activar la
jurisdicción.
CRÍMEN DE AGRESIÓN
El artículo 8 adoptado en Kampala define el crimen de
agresión individual como la planificación, preparación, inicio
o ejecución de un acto de agresión por parte de una persona
en posición de liderazgo. En gran medida, implica el
requerimiento mínimo de que éste constituya una violación
manifiesta a la Carta de las Naciones Unidas.
Un acto de agresión está definido como el uso de las fuerzas
armadas por parte de un Estado contra otro sin justificación
de defensa propia o autorización por parte del Consejo de
Seguridad.
CRÍMEN DE AGRESIÓN
Condiciones para ejercer la jurisdicción:
El Fiscal de la CPI es quien inicia la investigación sobre un
crimen de agresión.
La ‘situación‘ debe ser referida al Fiscal por el Consejo de
Seguridad de la ONU, activándose la jurisdicción de la Corte.
El Fiscal sólo podrá iniciar una investigación sobre un caso
por crimen de agresión de oficio (motus proprio) o basada en
la remisión de un Estado:
Luego de confirmar si el Consejo de Seguridad ha realizado
una determinación sobre la existencia de un acto de agresión
(de acuerdo con el artículo 39 de la Carta de la ONU) se debe
esperar un período de 6 meses; y luego la División de
Cuestiones Preliminares de la Corte debe autorizar el inicio de
la investigación.
Son actos de dirección, apoyo, colaboración y encubrimiento de una
guerra de agresión. Las excepciones al principio de prohibición del
uso de la fuerza en las relaciones internacionales son : a) la legítima
defensa; b) las medidas de seguridad colectivas ordenadas por el
Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de acuerdo con el
capítulo VII de la Carta; y c) la empleada, si no hubiere otra opción,
por los movimientos de liberación nacional. Pero éstos no son tales
sino cuando representan a un pueblo en su lucha por la
autodeterminación contra un Estado colonial, racista y de ocupación.
No es el caso, por ejemplo, de las guerrillas en Colombia.
CRIMEN DE AGRESIÓN
Violaciones gravísimas a normas del Derecho Internacional
imperativo (ius cogens); no son por lo mismo, prescriptibles, y no
admiten amnistía ni indulto; y pueden ser juzgados por cualquier
Estado, sin importar de qué nacionalidad son o dónde se cometieron.
“Los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, dondequiera y
cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido, objeto de una
investigación y las personas contra las que existan pruebas de su
culpabilidad en la comisión de tales crímenes serán buscadas, detenidas,
enjuiciadas y, en caso de ser declaradas culpables, castigadas“ (art. 27 del
Estatuto de la Corte, en conformidad con la resolución 3074 del XXIV
período de sesiones de la ONU y el Protocolo I de 1977 adicional a
los cuatros Convenios de Ginebra).
NATURALEZA DE LOS DELITOS
INTERNACIONALES

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Marco teórico del derecho internacional privado
Marco teórico del derecho internacional privadoMarco teórico del derecho internacional privado
Marco teórico del derecho internacional privadoYazmín Byz
 
Derecho Internacional Publico
Derecho Internacional PublicoDerecho Internacional Publico
Derecho Internacional PublicoRosaline Pink
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo IV: La Omisión Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo IV: La Omisión Curso Teoría del Delito AJPENJ-2-301: Presentación Módulo IV: La Omisión Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo IV: La Omisión Curso Teoría del Delito AJPENJ
 
Evolucion historica del derecho penal
Evolucion historica del derecho penalEvolucion historica del derecho penal
Evolucion historica del derecho penalcarlos paiz
 
Derecho Internacional Privado
Derecho Internacional PrivadoDerecho Internacional Privado
Derecho Internacional Privadoyemilitcautela
 
Robo agravado y delitos
Robo agravado y delitosRobo agravado y delitos
Robo agravado y delitosCarolina Apure
 
Jurisdiccion contencioso administrativa
Jurisdiccion contencioso administrativaJurisdiccion contencioso administrativa
Jurisdiccion contencioso administrativaCarlos Petit
 
EVOLUCION HÍSTORICA DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.
EVOLUCION HÍSTORICA DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.EVOLUCION HÍSTORICA DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.
EVOLUCION HÍSTORICA DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.Adriana Guanipa Partidas
 
Derecho internacional privado
Derecho internacional privadoDerecho internacional privado
Derecho internacional privadoyelitzalatorre
 
La antijurididad_IAFJSR
La antijurididad_IAFJSRLa antijurididad_IAFJSR
La antijurididad_IAFJSRMauri Rojas
 
Juicio de amparo
Juicio de amparoJuicio de amparo
Juicio de amparoMike Flores
 
JUICIOS ORALES EN MATERIA MERCANTIL
JUICIOS ORALES EN MATERIA MERCANTILJUICIOS ORALES EN MATERIA MERCANTIL
JUICIOS ORALES EN MATERIA MERCANTILMarisol Basilio
 
Derecho internacional publico sujetos del derecho internacional publico
Derecho internacional publico   sujetos del derecho internacional publicoDerecho internacional publico   sujetos del derecho internacional publico
Derecho internacional publico sujetos del derecho internacional publicoJesus Fernandez
 
Derecho internacional privado
Derecho internacional privadoDerecho internacional privado
Derecho internacional privadojorgefloresvera
 
Tarea 1 derecho internacional privado grecia rodriguez saia b
Tarea 1 derecho internacional privado grecia rodriguez saia bTarea 1 derecho internacional privado grecia rodriguez saia b
Tarea 1 derecho internacional privado grecia rodriguez saia bcastorili33
 
Doctrinas del Derecho Internacional Privado
Doctrinas del Derecho Internacional PrivadoDoctrinas del Derecho Internacional Privado
Doctrinas del Derecho Internacional PrivadoSilvia Profesora
 

La actualidad más candente (20)

Marco teórico del derecho internacional privado
Marco teórico del derecho internacional privadoMarco teórico del derecho internacional privado
Marco teórico del derecho internacional privado
 
Derecho Internacional Publico
Derecho Internacional PublicoDerecho Internacional Publico
Derecho Internacional Publico
 
Homicidio Simple
Homicidio SimpleHomicidio Simple
Homicidio Simple
 
ENJ-2-301: Presentación Módulo IV: La Omisión Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo IV: La Omisión Curso Teoría del Delito AJPENJ-2-301: Presentación Módulo IV: La Omisión Curso Teoría del Delito AJP
ENJ-2-301: Presentación Módulo IV: La Omisión Curso Teoría del Delito AJP
 
Evolucion historica del derecho penal
Evolucion historica del derecho penalEvolucion historica del derecho penal
Evolucion historica del derecho penal
 
Derecho Internacional Privado
Derecho Internacional PrivadoDerecho Internacional Privado
Derecho Internacional Privado
 
Robo agravado y delitos
Robo agravado y delitosRobo agravado y delitos
Robo agravado y delitos
 
Jurisdiccion contencioso administrativa
Jurisdiccion contencioso administrativaJurisdiccion contencioso administrativa
Jurisdiccion contencioso administrativa
 
EVOLUCION HÍSTORICA DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.
EVOLUCION HÍSTORICA DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.EVOLUCION HÍSTORICA DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.
EVOLUCION HÍSTORICA DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.
 
Accion penal
Accion penal Accion penal
Accion penal
 
Derecho internacional privado
Derecho internacional privadoDerecho internacional privado
Derecho internacional privado
 
Derecho internacional privado.
Derecho internacional privado. Derecho internacional privado.
Derecho internacional privado.
 
La antijurididad_IAFJSR
La antijurididad_IAFJSRLa antijurididad_IAFJSR
La antijurididad_IAFJSR
 
Juicio de amparo
Juicio de amparoJuicio de amparo
Juicio de amparo
 
Corte penal internacional
Corte penal internacionalCorte penal internacional
Corte penal internacional
 
JUICIOS ORALES EN MATERIA MERCANTIL
JUICIOS ORALES EN MATERIA MERCANTILJUICIOS ORALES EN MATERIA MERCANTIL
JUICIOS ORALES EN MATERIA MERCANTIL
 
Derecho internacional publico sujetos del derecho internacional publico
Derecho internacional publico   sujetos del derecho internacional publicoDerecho internacional publico   sujetos del derecho internacional publico
Derecho internacional publico sujetos del derecho internacional publico
 
Derecho internacional privado
Derecho internacional privadoDerecho internacional privado
Derecho internacional privado
 
Tarea 1 derecho internacional privado grecia rodriguez saia b
Tarea 1 derecho internacional privado grecia rodriguez saia bTarea 1 derecho internacional privado grecia rodriguez saia b
Tarea 1 derecho internacional privado grecia rodriguez saia b
 
Doctrinas del Derecho Internacional Privado
Doctrinas del Derecho Internacional PrivadoDoctrinas del Derecho Internacional Privado
Doctrinas del Derecho Internacional Privado
 

Destacado

Tema 5. Delitos internacionales. Estatuto de Roma
Tema 5. Delitos internacionales. Estatuto de RomaTema 5. Delitos internacionales. Estatuto de Roma
Tema 5. Delitos internacionales. Estatuto de RomaFmorin84
 
DERECHO INTERNACIONAL DELITOS TRASNACIONALES
DERECHO INTERNACIONAL DELITOS TRASNACIONALESDERECHO INTERNACIONAL DELITOS TRASNACIONALES
DERECHO INTERNACIONAL DELITOS TRASNACIONALESlimaes82
 
Azealia banks twitter
Azealia banks twitterAzealia banks twitter
Azealia banks twitterconnorjtench
 
Tema 6. Láminas mecanismos de protección ddhh (modificado)
Tema 6. Láminas mecanismos de protección ddhh (modificado)Tema 6. Láminas mecanismos de protección ddhh (modificado)
Tema 6. Láminas mecanismos de protección ddhh (modificado)Fmorin84
 
Tema 4. Sistemas de protección Internacional de los Derechos Humanos
Tema 4. Sistemas de protección Internacional de los Derechos HumanosTema 4. Sistemas de protección Internacional de los Derechos Humanos
Tema 4. Sistemas de protección Internacional de los Derechos HumanosFmorin84
 
Corte penal internacional
Corte penal internacionalCorte penal internacional
Corte penal internacionalleidypaodiaz
 

Destacado (7)

Tema 5. Delitos internacionales. Estatuto de Roma
Tema 5. Delitos internacionales. Estatuto de RomaTema 5. Delitos internacionales. Estatuto de Roma
Tema 5. Delitos internacionales. Estatuto de Roma
 
DERECHO INTERNACIONAL DELITOS TRASNACIONALES
DERECHO INTERNACIONAL DELITOS TRASNACIONALESDERECHO INTERNACIONAL DELITOS TRASNACIONALES
DERECHO INTERNACIONAL DELITOS TRASNACIONALES
 
Pr18
Pr18Pr18
Pr18
 
Azealia banks twitter
Azealia banks twitterAzealia banks twitter
Azealia banks twitter
 
Tema 6. Láminas mecanismos de protección ddhh (modificado)
Tema 6. Láminas mecanismos de protección ddhh (modificado)Tema 6. Láminas mecanismos de protección ddhh (modificado)
Tema 6. Láminas mecanismos de protección ddhh (modificado)
 
Tema 4. Sistemas de protección Internacional de los Derechos Humanos
Tema 4. Sistemas de protección Internacional de los Derechos HumanosTema 4. Sistemas de protección Internacional de los Derechos Humanos
Tema 4. Sistemas de protección Internacional de los Derechos Humanos
 
Corte penal internacional
Corte penal internacionalCorte penal internacional
Corte penal internacional
 

Similar a Tema 5. Delitos internacionales. Estatuto de Roma (modificado)

Genocidio
GenocidioGenocidio
Genocidiodaxalmo
 
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)garciapatricia477
 
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)Gennifer Rivera
 
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)garciapatricia477
 
rome_statute(s).pdf
rome_statute(s).pdfrome_statute(s).pdf
rome_statute(s).pdfgordito10
 
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)garciapatricia477
 
Estatuto de Roma do Tribunal Penal Internacional de 1998 - 1901__****CORAÇÃO ...
Estatuto de Roma do Tribunal Penal Internacional de 1998 - 1901__****CORAÇÃO ...Estatuto de Roma do Tribunal Penal Internacional de 1998 - 1901__****CORAÇÃO ...
Estatuto de Roma do Tribunal Penal Internacional de 1998 - 1901__****CORAÇÃO ...1901 Jurisprudencias
 
Estatuto de roma:IAFJSR
Estatuto de roma:IAFJSREstatuto de roma:IAFJSR
Estatuto de roma:IAFJSRMauri Rojas
 
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)garciapatricia477
 
Psicologia y derechos humanos
Psicologia y derechos humanosPsicologia y derechos humanos
Psicologia y derechos humanosAda Thalia
 
Unidad iii ensayo crimenes de lesa humanidad equipo fuego 01 (monica tirado s...
Unidad iii ensayo crimenes de lesa humanidad equipo fuego 01 (monica tirado s...Unidad iii ensayo crimenes de lesa humanidad equipo fuego 01 (monica tirado s...
Unidad iii ensayo crimenes de lesa humanidad equipo fuego 01 (monica tirado s...MariaJoseValenzuela156
 
CONVENCIÓN AMERICANA-EUROPEA. AFRICANA
CONVENCIÓN AMERICANA-EUROPEA. AFRICANA CONVENCIÓN AMERICANA-EUROPEA. AFRICANA
CONVENCIÓN AMERICANA-EUROPEA. AFRICANA Menfis Alvarez
 
CONVENCIONES DDHH mdva
CONVENCIONES DDHH mdvaCONVENCIONES DDHH mdva
CONVENCIONES DDHH mdvaMenfis Alvarez
 
La Corte Penal Internacional Como Organo de Protección
La Corte Penal Internacional Como Organo de ProtecciónLa Corte Penal Internacional Como Organo de Protección
La Corte Penal Internacional Como Organo de ProtecciónLuciaRobalino
 
Presentación GENOCIDIO.pptx
Presentación GENOCIDIO.pptxPresentación GENOCIDIO.pptx
Presentación GENOCIDIO.pptxAnabelaPereson3
 
Presentación GENOCIDIO.pptx
Presentación GENOCIDIO.pptxPresentación GENOCIDIO.pptx
Presentación GENOCIDIO.pptxAnabelaPereson3
 

Similar a Tema 5. Delitos internacionales. Estatuto de Roma (modificado) (20)

Genocidio
GenocidioGenocidio
Genocidio
 
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
 
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
 
Estatutos de Roma
Estatutos de RomaEstatutos de Roma
Estatutos de Roma
 
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
 
rome_statute(s).pdf
rome_statute(s).pdfrome_statute(s).pdf
rome_statute(s).pdf
 
Rome statute(s) (1)
Rome statute(s) (1)Rome statute(s) (1)
Rome statute(s) (1)
 
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
 
Estatuto de Roma do Tribunal Penal Internacional de 1998 - 1901__****CORAÇÃO ...
Estatuto de Roma do Tribunal Penal Internacional de 1998 - 1901__****CORAÇÃO ...Estatuto de Roma do Tribunal Penal Internacional de 1998 - 1901__****CORAÇÃO ...
Estatuto de Roma do Tribunal Penal Internacional de 1998 - 1901__****CORAÇÃO ...
 
Estatuto de roma:IAFJSR
Estatuto de roma:IAFJSREstatuto de roma:IAFJSR
Estatuto de roma:IAFJSR
 
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
Estatuto de roma dela corte penal internacional (1)
 
Psicologia y derechos humanos
Psicologia y derechos humanosPsicologia y derechos humanos
Psicologia y derechos humanos
 
Unidad iii ensayo crimenes de lesa humanidad equipo fuego 01 (monica tirado s...
Unidad iii ensayo crimenes de lesa humanidad equipo fuego 01 (monica tirado s...Unidad iii ensayo crimenes de lesa humanidad equipo fuego 01 (monica tirado s...
Unidad iii ensayo crimenes de lesa humanidad equipo fuego 01 (monica tirado s...
 
Penal
PenalPenal
Penal
 
Genocidio
GenocidioGenocidio
Genocidio
 
CONVENCIÓN AMERICANA-EUROPEA. AFRICANA
CONVENCIÓN AMERICANA-EUROPEA. AFRICANA CONVENCIÓN AMERICANA-EUROPEA. AFRICANA
CONVENCIÓN AMERICANA-EUROPEA. AFRICANA
 
CONVENCIONES DDHH mdva
CONVENCIONES DDHH mdvaCONVENCIONES DDHH mdva
CONVENCIONES DDHH mdva
 
La Corte Penal Internacional Como Organo de Protección
La Corte Penal Internacional Como Organo de ProtecciónLa Corte Penal Internacional Como Organo de Protección
La Corte Penal Internacional Como Organo de Protección
 
Presentación GENOCIDIO.pptx
Presentación GENOCIDIO.pptxPresentación GENOCIDIO.pptx
Presentación GENOCIDIO.pptx
 
Presentación GENOCIDIO.pptx
Presentación GENOCIDIO.pptxPresentación GENOCIDIO.pptx
Presentación GENOCIDIO.pptx
 

Más de Fmorin84

Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificado
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificadoTema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificado
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificadoFmorin84
 
Tema 1. Derechos Humanos.
Tema 1. Derechos Humanos.Tema 1. Derechos Humanos.
Tema 1. Derechos Humanos.Fmorin84
 
Clases Derechos Humanos UJAP
Clases Derechos Humanos UJAPClases Derechos Humanos UJAP
Clases Derechos Humanos UJAPFmorin84
 
Láminas. Evaluaciones pendientes
Láminas. Evaluaciones pendientesLáminas. Evaluaciones pendientes
Láminas. Evaluaciones pendientesFmorin84
 
Acción popular por inconstitucionalidad
Acción popular por inconstitucionalidadAcción popular por inconstitucionalidad
Acción popular por inconstitucionalidadFmorin84
 
Tema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos Humanos
Tema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos HumanosTema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos Humanos
Tema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos HumanosFmorin84
 
Estatuto de Roma.
Estatuto de Roma.Estatuto de Roma.
Estatuto de Roma.Fmorin84
 
Estatuto de Roma.
Estatuto de Roma. Estatuto de Roma.
Estatuto de Roma. Fmorin84
 
Sistemas de protección internacional.
Sistemas de protección internacional. Sistemas de protección internacional.
Sistemas de protección internacional. Fmorin84
 
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos HUmanos
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos HUmanos Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos HUmanos
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos HUmanos Fmorin84
 
Clasificación de los Derechos Humanos
Clasificación de los Derechos HumanosClasificación de los Derechos Humanos
Clasificación de los Derechos HumanosFmorin84
 
Tema 3. Clasificación de los derechos humanos
Tema 3. Clasificación de los derechos humanosTema 3. Clasificación de los derechos humanos
Tema 3. Clasificación de los derechos humanosFmorin84
 
El principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder público
El principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder públicoEl principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder público
El principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder públicoFmorin84
 
Tema 2. Principios constitucionales de Derechos Humanos
Tema 2. Principios constitucionales de Derechos HumanosTema 2. Principios constitucionales de Derechos Humanos
Tema 2. Principios constitucionales de Derechos HumanosFmorin84
 
Sala constitucional. Criterio sobre dignidad humana
Sala constitucional. Criterio sobre dignidad humanaSala constitucional. Criterio sobre dignidad humana
Sala constitucional. Criterio sobre dignidad humanaFmorin84
 
Láminas de presentación de clases
Láminas de presentación de clasesLáminas de presentación de clases
Láminas de presentación de clasesFmorin84
 
Tema 1. Derechos Humanos.
Tema 1. Derechos Humanos. Tema 1. Derechos Humanos.
Tema 1. Derechos Humanos. Fmorin84
 

Más de Fmorin84 (17)

Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificado
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificadoTema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificado
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos Humanos. modificado
 
Tema 1. Derechos Humanos.
Tema 1. Derechos Humanos.Tema 1. Derechos Humanos.
Tema 1. Derechos Humanos.
 
Clases Derechos Humanos UJAP
Clases Derechos Humanos UJAPClases Derechos Humanos UJAP
Clases Derechos Humanos UJAP
 
Láminas. Evaluaciones pendientes
Láminas. Evaluaciones pendientesLáminas. Evaluaciones pendientes
Láminas. Evaluaciones pendientes
 
Acción popular por inconstitucionalidad
Acción popular por inconstitucionalidadAcción popular por inconstitucionalidad
Acción popular por inconstitucionalidad
 
Tema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos Humanos
Tema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos HumanosTema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos Humanos
Tema 6. Mecanismos nacionales de protección de los Derechos Humanos
 
Estatuto de Roma.
Estatuto de Roma.Estatuto de Roma.
Estatuto de Roma.
 
Estatuto de Roma.
Estatuto de Roma. Estatuto de Roma.
Estatuto de Roma.
 
Sistemas de protección internacional.
Sistemas de protección internacional. Sistemas de protección internacional.
Sistemas de protección internacional.
 
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos HUmanos
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos HUmanos Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos HUmanos
Tema 4. Sistemas de protección de los Derechos HUmanos
 
Clasificación de los Derechos Humanos
Clasificación de los Derechos HumanosClasificación de los Derechos Humanos
Clasificación de los Derechos Humanos
 
Tema 3. Clasificación de los derechos humanos
Tema 3. Clasificación de los derechos humanosTema 3. Clasificación de los derechos humanos
Tema 3. Clasificación de los derechos humanos
 
El principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder público
El principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder públicoEl principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder público
El principio de progresividad y la actuación de los órganos del poder público
 
Tema 2. Principios constitucionales de Derechos Humanos
Tema 2. Principios constitucionales de Derechos HumanosTema 2. Principios constitucionales de Derechos Humanos
Tema 2. Principios constitucionales de Derechos Humanos
 
Sala constitucional. Criterio sobre dignidad humana
Sala constitucional. Criterio sobre dignidad humanaSala constitucional. Criterio sobre dignidad humana
Sala constitucional. Criterio sobre dignidad humana
 
Láminas de presentación de clases
Láminas de presentación de clasesLáminas de presentación de clases
Láminas de presentación de clases
 
Tema 1. Derechos Humanos.
Tema 1. Derechos Humanos. Tema 1. Derechos Humanos.
Tema 1. Derechos Humanos.
 

Último

PLAN LECTOR 2024 integrado nivel inicial-miercoles 10.pptx
PLAN LECTOR 2024  integrado nivel inicial-miercoles 10.pptxPLAN LECTOR 2024  integrado nivel inicial-miercoles 10.pptx
PLAN LECTOR 2024 integrado nivel inicial-miercoles 10.pptxCamuchaCrdovaAlonso
 
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdf
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdfactiv4-bloque4 transversal doctorado.pdf
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdfRosabel UA
 
Actividades para el 11 de Mayo día del himno.docx
Actividades para el 11 de Mayo día del himno.docxActividades para el 11 de Mayo día del himno.docx
Actividades para el 11 de Mayo día del himno.docxpaogar2178
 
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtualesLos avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtualesMarisolMartinez707897
 
Educacion Basada en Evidencias SM5 Ccesa007.pdf
Educacion Basada en Evidencias  SM5  Ccesa007.pdfEducacion Basada en Evidencias  SM5  Ccesa007.pdf
Educacion Basada en Evidencias SM5 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docxUNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docxMaria Jimena Leon Malharro
 
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...jlorentemartos
 
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptPINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptAlberto Rubio
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docxiemerc2024
 
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primariaWilian24
 
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACIONRESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACIONamelia poma
 
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIASISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIAFabiolaGarcia751855
 
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024IES Vicent Andres Estelles
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESOluismii249
 
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Katherine Concepcion Gonzalez
 
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024IES Vicent Andres Estelles
 

Último (20)

PLAN LECTOR 2024 integrado nivel inicial-miercoles 10.pptx
PLAN LECTOR 2024  integrado nivel inicial-miercoles 10.pptxPLAN LECTOR 2024  integrado nivel inicial-miercoles 10.pptx
PLAN LECTOR 2024 integrado nivel inicial-miercoles 10.pptx
 
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdf
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdfactiv4-bloque4 transversal doctorado.pdf
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdf
 
Actividades para el 11 de Mayo día del himno.docx
Actividades para el 11 de Mayo día del himno.docxActividades para el 11 de Mayo día del himno.docx
Actividades para el 11 de Mayo día del himno.docx
 
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtualesLos avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
 
Educacion Basada en Evidencias SM5 Ccesa007.pdf
Educacion Basada en Evidencias  SM5  Ccesa007.pdfEducacion Basada en Evidencias  SM5  Ccesa007.pdf
Educacion Basada en Evidencias SM5 Ccesa007.pdf
 
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docxUNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
 
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
 
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
 
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptPINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
 
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
 
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACIONRESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
 
PP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomas
PP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomasPP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomas
PP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomas
 
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIASISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
 
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
 
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigosLecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
 
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
 
Sesión de clase APC: Los dos testigos.pdf
Sesión de clase APC: Los dos testigos.pdfSesión de clase APC: Los dos testigos.pdf
Sesión de clase APC: Los dos testigos.pdf
 
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
 

Tema 5. Delitos internacionales. Estatuto de Roma (modificado)

  • 1. {
  • 2. ¿QUÉ SON LOS DELITOS INTERNACIONALES Aquellos definidos como tal por el Derecho Internacional Público. Su jurisdicción es universal, es decir, los presuntos responsables de la comisión de uno de dichos delitos pueden ser juzgados independientemente de su nacionalidad y del lugar donde se cometió el delito, por cualquiera de los Estados que hacen parte de la comunidad internacional. Por ejemplo, de acuerdo con el Derecho Internacional del Mar, son típicos delitos internacionales la piratería y la destrucción de cables submarinos.
  • 3. ESTATUTO DE ROMA / OBJETIVO La protección de todos los individuos de la especie humana, concretamente respecto a los grandes crímenes que se han cometido contra la humanidad en los años anteriores a su aprobación (Aprobado 17/7/1998), los cuales han conmovido la conciencia de la comunidad internacional, con lo que se pretende poner fin a la impunidad, evitar las amenazas y la perpetración de nuevos crímenes.
  • 4. ESTATUTO DE ROMA / CORTE PENAL INTERNACIONAL El Estatuto crea la Corte Penal Internacional y la faculta para que ejerza la jurisdicción sobre los crímenes más grandes de trascendencia Internacional, en el entendido que la Corte tendrá un carácter complementario de las jurisdicciones penales de los Estados que suscriban el Estatuto. En su artículo 5, se establece la competencia de la Corte sobre los delitos denominados: crimen de genocidio (artículo 6), crímenes de lesa humanidad (artículo 7) y crímenes de guerra (artículo 8). Es de hacer notar, que a pesar de que el literal “D” del artículo 5, le otorga competencia sobre el crimen de agresión, la Corte no la ejercerá hasta tanto no se defina éste.
  • 5. GENOCIDIO En 1944, Raphael Lemkin, creo la palabra Genocidio, combinando “geno”, que significa raza o tribu, con la palabra “cidio”, que significa matar. Posteriormente, en 1945, el Tribunal Militar de Nuremberg incluyó la palabra genocidio en el acta donde se definieron los crímenes contra la humanidad, pero como un término descriptivo más no legal. En 1948, las Naciones Unidas aprueban la Convención para la Prevención y Sanción del delito de Genocidio.
  • 6. GENOCIDIO (art. 6) A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por “genocidio” cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal: a) Matanza de miembros del grupo. b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo. c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; d) Medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo. e) Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.
  • 7. CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD Este concepto surge a mediados del siglo XIX, sin embargo fue a finales de la Primera Guerra Mundial cuando se elabora la primera lista de crímenes contra la humanidad. El reconocimiento internacional de este delito se produjo con el Estatuto que creó el Tribunal de Nuremberg en 1945. Posteriormente se determinaron en otros instrumentos internacionales como los Estatutos de los Tribunales de la ex Yugoslavia (hoy Serbia y Montenegro) y Ruanda.
  • 8. CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD (art. 7) 1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por “crimen de lesa humanidad” cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque: a) Asesinato. b) Exterminio. c) Esclavitud. d) Deportación o traslado forzoso de población; e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional. f) Tortura.
  • 9. CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD g)Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable; h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia, fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte. i) Desaparición forzada de personas; j) El crimen de apartheid. k) Otros actos inhumanos de carácter similar, que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten grave-mente contra la integridad física o la salud mental.
  • 10. CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD 2. A los efectos del párrafo 1: a) Por “ataque contra una población civil”, se entenderá una línea de conducta, que implique la comisión múltiple de actos mencionados en el párrafo 1 contra una población civil, de conformidad con la política de un Estado o de una organización de cometer ese ataque o para promover esa política; b) El “exterminio”, comprenderá la imposición intencional de condiciones de vida, la privación del acceso a alimentos o medicinas, entre otras, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población; c) Por “esclavitud”, se entenderá el ejercicio de los atributos del derecho de propiedad sobre una persona, o de algunos de ellos, incluido el ejercicio de esos atributos en el tráfico de personas, en particular mujeres y niños;
  • 11. CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD d) Por “deportación o traslado forzoso de población”, se entenderá el desplazamiento de las personas afectadas por expulsión u otros actos coactivos, de la zona en que estén legítimamente presentes, sin motivos autorizados por el derecho internacional; e) Por “tortura”, se entenderá causar intencionalmente dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, a una persona que el acusado tenga bajo su custodia o control; sin embargo, no se entenderá por tortura el dolor o los sufrimientos que se deriven únicamente de sanciones lícitas o que sean consecuencia normal o fortuita de ellas;
  • 12. CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD f) Por “embarazo forzado”, se entenderá el confinamiento ilícito de una mujer a la que se ha dejado embarazada por la fuerza, con la intención de modificar la composición étnica de una población o de cometer otras violaciones graves del derecho internacional. En modo alguno, se entenderá que esta definición afecta a las normas de derecho interno relativas al embarazo; g) Por “persecución”, se entenderá la privación intencional y grave de derechos fundamentales, en contravención del derecho internacional en razón de la identidad del grupo o de la colectividad;
  • 13. CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD h) Por “el crimen de apartheid”, se entenderán los actos inhumanos de carácter similar a los mencionados en el párrafo 1, cometidos en el contexto de un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemática de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener ese régimen; i) Por “desaparición forzada de personas”, se entenderá la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a informar sobre la privación de libertad o dar información sobre la suerte o el paradero de esas personas, con la intención de dejarlas fuera del amparo de la ley por un período prolongado.
  • 14. CRÍMEN DE LESA HUMANIDAD Los Crímenes de Lesa Humanidad se diferencian de otros crímenes principalmente porque reúnen ciertos requisitos i) Son actos generalizados, perpetrados contra una gran cantidad de victimas. ii) Son actos sistemáticos, es decir que están realizados de acuerdo a un plan del Estado o con su apoyo, o por particulares que actúan por instigación de dichas autoridades o con su tolerancia, ayuda o complicidad. iv) Están dirigidos contra la población civil por motivos sociales, políticos, económicos, raciales, religiosos o culturales.
  • 15. CRÍMENES DE GUERRA (art. 8) 1. La Corte tendrá competencia respecto de los crímenes de guerra en particular, cuando se cometan como parte de un plan o política o como parte de la comisión en gran escala de tales crímenes. 2. A los efectos del presente Estatuto, se entiende por “crímenes de guerra”: a) Infracciones graves de los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949, a saber, cualquiera de los siguientes actos contra personas o bienes protegidos por las disposiciones del Convenio de Ginebra pertinente:
  • 16. CRÍMENES DE GUERRA (art. 8) El homicidio intencional; La tortura o los tratos inhumanos, incluidos los experimentos biológicos; El hecho de causar deliberadamente grandes sufrimientos o atentar gravemente contra la integridad física o la salud; La destrucción y la apropiación de bienes no justificadas por necesidades militares, y efectuadas a gran escala, ilícita y arbitrariamente; El hecho de forzar a un prisionero de guerra o a otra persona protegida a servir en las fuerzas de una Potencia enemiga; El hecho de privar deliberadamente a un prisionero de guerra o a otra persona protegida de su derecho a ser juzgado legítima e imparcialmente; La deportación o el traslado ilegal, la detención ilegal; La toma de rehenes; (…omissis…)
  • 17. CRÍMENES DE GUERRA De acuerdo a los 4 Convenios de Ginebra, los delitos de guerra son los siguientes: a. Atentados contra los heridos y enfermos de las fuerzas armadas en campaña. b. Tratos inhumanos contra los prisioneros de guerra. Prohibición del derecho a la defensa de los mismos. Obligatoriedad de dar información al bando contrario, entre otros. Atentados contra la población civil.
  • 18. CRIMEN DE AGRESIÓN El Estatuto planteaba que la Corte Penal Internacional ejercería la plena competencia para juzgar este delito una vez fuera definido el mismo y enunciadas sus condiciones. En la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma (realizada en Kampala/Uganda, entre el 31 de mayo y el 11 de junio de 2010) se adoptó por consenso enmiendas al Estatuto de Roma que incluyen una definición para el crimen de agresión y un régimen sobre cómo la Corte ejercitará su jurisdicción sobre éste. En ese sentido, se estableció que la Corte no podrá ejercitar su jurisdicción sobre el crimen hasta el 1º de enero de 2017, cuando los Estados tomen la decisión de activar la jurisdicción.
  • 19. CRÍMEN DE AGRESIÓN El artículo 8 adoptado en Kampala define el crimen de agresión individual como la planificación, preparación, inicio o ejecución de un acto de agresión por parte de una persona en posición de liderazgo. En gran medida, implica el requerimiento mínimo de que éste constituya una violación manifiesta a la Carta de las Naciones Unidas. Un acto de agresión está definido como el uso de las fuerzas armadas por parte de un Estado contra otro sin justificación de defensa propia o autorización por parte del Consejo de Seguridad.
  • 20. CRÍMEN DE AGRESIÓN Condiciones para ejercer la jurisdicción: El Fiscal de la CPI es quien inicia la investigación sobre un crimen de agresión. La ‘situación‘ debe ser referida al Fiscal por el Consejo de Seguridad de la ONU, activándose la jurisdicción de la Corte. El Fiscal sólo podrá iniciar una investigación sobre un caso por crimen de agresión de oficio (motus proprio) o basada en la remisión de un Estado: Luego de confirmar si el Consejo de Seguridad ha realizado una determinación sobre la existencia de un acto de agresión (de acuerdo con el artículo 39 de la Carta de la ONU) se debe esperar un período de 6 meses; y luego la División de Cuestiones Preliminares de la Corte debe autorizar el inicio de la investigación.
  • 21. Son actos de dirección, apoyo, colaboración y encubrimiento de una guerra de agresión. Las excepciones al principio de prohibición del uso de la fuerza en las relaciones internacionales son : a) la legítima defensa; b) las medidas de seguridad colectivas ordenadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de acuerdo con el capítulo VII de la Carta; y c) la empleada, si no hubiere otra opción, por los movimientos de liberación nacional. Pero éstos no son tales sino cuando representan a un pueblo en su lucha por la autodeterminación contra un Estado colonial, racista y de ocupación. No es el caso, por ejemplo, de las guerrillas en Colombia. CRIMEN DE AGRESIÓN
  • 22. Violaciones gravísimas a normas del Derecho Internacional imperativo (ius cogens); no son por lo mismo, prescriptibles, y no admiten amnistía ni indulto; y pueden ser juzgados por cualquier Estado, sin importar de qué nacionalidad son o dónde se cometieron. “Los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad, dondequiera y cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido, objeto de una investigación y las personas contra las que existan pruebas de su culpabilidad en la comisión de tales crímenes serán buscadas, detenidas, enjuiciadas y, en caso de ser declaradas culpables, castigadas“ (art. 27 del Estatuto de la Corte, en conformidad con la resolución 3074 del XXIV período de sesiones de la ONU y el Protocolo I de 1977 adicional a los cuatros Convenios de Ginebra). NATURALEZA DE LOS DELITOS INTERNACIONALES