Generalidades, características, principios que la rigen, ámbito organicé, régimen de competencia, medios de impugnación de la jurisdicción Contencioso Administrativa en Venezuela.
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Jurisdiccion contencioso administrativa
1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas
Escuela de Derecho
Realizado por:
Carlos Petit
CI: 18.304.994
Porf:
Gabrielis Rodriguez
Derecho Contencioso Administrativo
Sección SAIA B
2. La Jurisdicción Contencioso
Administrativa en Venezuela
Mediante Gaceta Oficial Nº 39.451, se publicó la Ley Orgánica de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa, constituyendo el primer instrumento que regula
exclusivamente la jurisdicción contenciosa administrativa, en la cual se destacan los
siguientes aspectos:
Desde el punto de vista orgánico, se establece una nueva estructura que permite
aumentar el número de tribunales, y desconcentrar su alcance a las regiones y
Estados (Juzgados Nacionales, Estadales y Juzgados de Municipio)
Desde el punto de vista material, se reconoce el carácter universal del derecho
contencioso administrativo (Artículos 7 y 8) Se incorporan expresamente al ámbito
de control de la Jurisdicción Contencioso Administrativa a los Consejos Comunales.
Se crean tres procesos diferentes para tramitar las distintas acciones del
contencioso (nulidad de actos administrativos, recurso de interpretación de ley y
conflicto de autoridades; demandas patrimoniales; y un nuevo procedimiento para
conocer demandas contra vías de hecho, omisiones y reclamos por la prestación de
servicios públicos).
Se fortalece la oralidad del proceso contencioso administrativo.
Se regula un único proceso de segunda instancia.
Se incorpora un capítulo especial para la ejecución de las sentencias.
Se crea un nuevo recurso extraordinario: “recurso especial de juridicidad”
3. Características
Es de rango constitucional
Es judicial y especial
Es universal
Es subjetivo
Permite la aplicación de Medios
Alternativos de Solución de Conflictos
en cualquier estado y grado del
proceso
Reconoce la participación popular
4. Principios que la rigen
Justicia Gratuita
Imparcialidad y Transparencia
Idoneidad
Autonomía e Independencia
Responsabilidad
Brevedad
Publicidad
Celeridad
Inmediación
5. Ámbito Orgánico
El artículo 7 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa establece que estarán sujetos al
control de la Jurisdicción Contencioso Administrativa:
Los órganos que componen la Administración Pública
Los órganos que ejercen el Poder Público, en sus diferentes
manifestaciones, en cualquier ámbito territorial o institucional
Los institutos autónomos, corporaciones, fundaciones,
sociedades, empresas, asociaciones y otras formas
orgánicas o asociativas de derecho público o privado donde
el Estado tenga participación decisiva
Los consejos comunales y otras entidades o manifestaciones
populares de planificación, control, ejecución de políticas y
servicios públicos, cuando actúen en función administrativa
Las entidades prestadoras de servicios públicos en su
actividad prestacional
Cualquier sujeto distinto a los mencionados anteriormente,
que dicte actos de autoridad o actúe en función
administrativa.
6. Régimen de competencia
La Sala Político-Administrativa del Tribunal
Supremo de Justicia
Los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa
Los Juzgados Superiores Estadales de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa
Juzgados de Municipio de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa
Tribunales Contencioso Administrativo
Especiales
Juzgados de Primera Instancia en lo Civil
(Competencia Eventual)
7. Medios de Impugnación
Demandas de nulidad contra actos de
efectos particulares y generales.
Demanda por interpretación de leyes
Demanda por Controversias
Administrativas.
Reclamos por la omisión, demora o
deficiente prestación de los servicios
públicos.
Demanda contra vías de hecho.
Recurso por Abstención.
Demandas de contenido patrimonial.