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POLITÉCNICO DE COLOMBIA
EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO
GUÍA DIDÁCTICA
CÓDIGO: M2-FR17 VERSIÓN: 1 Página 1 de 30
DIPLOMADO: FINANZAS
MÓDULO DE FORMACIÓN: IMPUESTOS
www.politecnicodecolombia.edu.co
¡EducaciónSinLímites¡
IMPUESTOS
MÓDULO 3
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
1
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
MÓDULO DE FORMACIÓN 3:
OBJETIVOS DE APRENDIZAJE:
Conoce y comprende que son los impuestos y cuál es su funcionalidad
Identifica que es el impuesto al valor agregado (IVA) y sus generalidades
Identifica que es la retención en la fuente y sus generalidades
Conoce que es el impuesto de renta y sus generalidades
Identifica Cuales son los impuestos territoriales
Identifica otras Obligaciones Tributarias
Comprende que es la Planeación tributaria
DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL
CONTENIDO
- • Conceptualización sobre impuestos.
- • Impuesto al valor agregado (IVA).
- • Retención en la fuente.
- • Impuesto de renta.
- • Impuestos territoriales.
- • Otras obligaciones tributarias.
- • Planeación tributaria
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
2
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
CONCEPTUALIZACION SOBRE LOS IMPUESTOS
Son aportes establecidos anualmente por el gobierno pagados por las personas
naturales y jurídicas y que generalmente buscan un beneficio general como la salud,
educación, defensa de los pueblos, etc.
Deben pagarlos todas las personas dentro del país que tengan patrimonio o
actividad comercial o que devenguen ganancias por encima de un valor
determinado.
Se fundamenta en la soberanía de la nación, justificado por la necesidad de atender
requerimientos de interés social.
CLASES DE IMPUESTOS
IMPUESTOS DIRECTOS IMPUESTOS INDIRECTOS
TASASCONTRIBUCIONES
Son aquellos en los cuales
coincide el sujeto jurídico
responsable de la obligación y
el sujeto económico que
soporta el tributo. Ejemplo: El
impuesto sobre la Renta y
Complementarios. El
declarante es el mismo
contribuyente que paga el
impuesto
Aquellos donde el sujeto
jurídico no es el mismo sujeto
económico, quien paga el
monto respectivo. Ejemplo: El
impuesto sobre las ventas:
Quien declara (responsable
jurídico) no es el mismo que
paga el monto del impuesto
(lo hace el comprador).
Compensación pagada con
carácter obligatoria a un ente
público, con ocasión de una obra
realizada por él con fines de
utilidad pública pero que
proporciona ventajas especiales
a los particulares propietarios de
bienes inmuebles. Pueden ser
sociales, corporativas,
económicas.
Se refiere a un tributo con menor
grado de obligatoriedad, ya que
depende del sometimiento
voluntario del particular al
decidirse a utilizar un servicio del
Estado, que se sabe implica una
obligación de pagar y la
existencia de un ente público que
dará una contraprestación
directa a quien paga.
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
3
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
IMPUESTOS NACIONALES
IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO
Impuesto sobre la Renta y
Complementario
- Impuesto sobre las Ventas
- Gravamen a los Movimientos
Financieros
- Impuesto de Remesa
- Impuesto de Timbre Nacional
- Impuesto para preservar la seguridad
democrática
CREE (Impuesto a la equidad, Art. 23 ley
1607 de 2012)
•Modificaciones de acuerdo a la
reforma tributaria. 2016
Creado
por:
• Ley 1607 del 2012 (reforma tributaria) constituye para el comprador un costo deducible del impuesto
sobre la renta como mayor valor del bien o servicio adquirido y no genera impuestos descontables en
IVA. *modificacion segun reforma tributaria 2016)
Hecho
generador:
• la prestación o la venta al consumidor final, o la importación por parte del usuario final.
Aplicable a:
• •La prestación del servicio de telefonía móvil
•La venta de algún bien corporal mueble de producción doméstica o importado (vehículos automóviles,
barcos, aviones)
•El servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
4
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
IMPUESTO A LA RIQUEZA
MONO TRIBUTO
Vigencia:
• desde el año 2015 hasta el 2018.
Responsables:
•personas jurídicas, naturales y sociedades de hecho contribuyentes
del impuesto sobre la renta y complementarios, excepto las
mencionadas en el artículo 2 de la Ley 1739 del 2014.
Hecho
generador:
•la posesión de riqueza al 1° de enero de 2015 igual o mayor a $1.000
millones de pesos. Debe entenderse por riqueza el total del
patrimonio bruto menos las deudas a cargo del contribuyente.
Vigencia:
• desde el año 2017 .
Responsables:
•es un tributo opcional de determinación integral, de causación anual, que sustituye el impuesto sobre
la renta y complementarios, a cargo de los contribuyentes que opten voluntariamente por acogerse al
mismo.
Hecho
generador:
•Que en el año gravable hubieren obtenido ingresos brutos ordinarios o extraordinarios, iguales o
superiores a 1.400 UVT e inferiores a 3.500 UVT.
•Que desarrollen su actividad económica en un establecimiento con un área inferior o igual a 50
metros cuadrados.
•Que sean elegibles para pertenecer al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos
Periódicos, BEPS, de acuerdo con la verificación que para tal efecto haga el administrador de dicho
servicio social complementario
•4. Que tengan como actividad económica una o más de las incluidas en la división 47 comercio al por
menor y la actividad 9602 peluquería y otros tratamientos de belleza de la clasificación de actividades
económicas – CIIU adoptada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
5
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA
Es un gravamen que recae sobre el consumo de bienes y servicios. Es un impuesto
de orden nacional, indirecto, de naturaleza real,
de causación instantánea y de régimen general.
Se le llama Impuesto al valor agregado porque
efectivamente sólo se paga impuesto sobre el
valor que se le agrega a un bien. El responsable
de este impuesto sólo paga el impuesto
equivalente al valor que le agrega a producto,
no paga el impuesto sobre el valor de todo el
producto.
Gravamen de naturaleza indirecta, que en
Colombia se da bajo la modalidad de valor
agregado, que se aplica en las diferentes etapas del ciclo económico de producción
y distribución a partir del 1 de abril de 1984 E.T. libros II y III.
CLASIFICACION DE LOS BIENES PARA EFECTOS DEL IVA:
BIENES GRAVADOS: aquellos a los que se les aplica la
tarifa correspondiente, de acuerdo con la clasificación
asignada.
BIENES EXENTOS: Tienen un tratamiento especial y se
encuentran gravados con la tarifa de 0 (cero); es decir,
están exonerados del impuesto; los productores de estos
bienes adquieren la calidad de responsables con derecho
a devolución de este impuesto.
BIENES EXCLUIDOS: aquellos que por expresa
disposición de la ley no causan el impuesto, de forma que
quien comercializa con ellos no se convierte en
responsable de impuesto a las ventas, ni tiene obligación
alguna con el gravamen.
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
6
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
TARIFAS APLICABLES
Tarifa General:468 Estatuto tributario. Se aplica la tarifa general a todos los bienes
y servicios que no se encuentren expresamente excluidos, exentos o sometidos a
las tarifas diferenciales o especiales. La tarifa general del impuesto sobre las ventas
es 19% del precio de venta de los artículos que se vendan y de los servicios que se
presten. En este valor deben incluirse aquellos gastos necesarios para realizar la
venta, como fletes, gastos financieros y otros liquidados en la factura.
Tarifa diferencial
Tarifa general del 19% para los productos y servicios que no
clasifiquen dentro de las ya mencionadas.
5% para entre otros ciertos productos y servicios del sector agrícola,
como tarifas preferenciales
Las tarifas del 0% para productos de la canasta familiar.
Según la ultima reforma tributaria quedan tres tarifas para de IVA:
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
7
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
Régimen
Común
Régimen
simplificado
ALGUNOS PRODUCTOS EXENTOS DE IVA
CLASIFICACION DE LOS RESPONSABLES DEL IVA
EJEMPLO PRACTICO IVA
Veamos.
La empresa ABC Ltda. Compra una camisa por un valor de $50.000 más un IVA del
19%, es decir que paga un IVA de $9.500 [50.000x19%].
Luego la empresa ABC Ltda. Vende esa misma camisa en $70.000 más IVA.
Recuerde que la había comprado en $50.000, es decir que le agregó un valor de
$20.000. La empresa ABC Ltda. Cobrará un IVA de $13.300 [70.000 x 19%].
Los bienes corporales
muebles que se
exporten.
Los bienes corporales
muebles que se vendan
en el país a las
sociedades de
comercialización
internacional.
Los servicios
turísticos prestados
a residentes en el
exterior que sean
utilizados en
territorio
colombiano.
Las materias primas,
partes, insumos y bienes
terminados que se
vendan desde el
territorio aduanero
nacional a usuarios
industriales de bienes o
de servicios de Zona
Franca, entre otros.
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
8
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
En esta operación la empresa ha pagado $9.500 de IVA y ha cobrado $13.300 de
IVA.
Al finalizar el periodo, la empresa le dirá a la Dian: Cobré 13.300 de IVA y pagué
9.500, así que sólo le pagaré [a la Dian] la diferencia, esto es $3.800 [13.300-9.500].
INFORMACION DE SU INTERES:
Para mayor información sobre la reforma tributaria (ley 1819 de 2016) dejo un
enlace para que tengan una idea más amplia de este tema, que no lograremos verlo
en esta unidad ya que es de profundidad contable.
http://www.comunidadcontable.com/BancoConocimiento/Otros/reforma-
tributaria.asp
Al igual dejo la ley 1819 de 2016, que modifica el estatuto tributario y afecta el
impuesto de valor agregado IVA, mono tributo, impuesto de renta entre otros.
http://www.comunidadcontable.com/BancoConocimiento/Otros/reforma-
tributaria.asp
Al finalizar este articulo aparecerá descargar versión completa
FORMULARIOS IMPUESTO A LA RIQUEZA Y CREE
http://www.comunidadcontable.com/BancoConocimiento/F/formulario_del_impuest
o_a_la_riqueza_y_cree/formulario_del_impuesto_a_la_riqueza_y_cree.asp?Miga=
1&IDobjetose=14678&CodSeccion=109
CONCLUCIONES SOBRE LA REFORMATRIBUTARIA VIGENCIA
http://www.dinero.com/economia/articulo/resumen-de-reforma-tributaria-aprobada-
y-texto-completo/240455
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
9
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
IMPUESTO A LA RIQUEZA
http://impuestosparaempresas.blogspot.com/2015/04/impuesto-la-riqueza-quien-
lo-asume.html
Antes de continuar con nuestro siguiente tema, retención en la fuente
…Repasemos¡¡¡
 ¿Cuál son las clases de impuestos en Colombia?
 ¿Defina que son impuestos indirectos?
 ¿Defina que son impuestos directos?
 ¿Defina que son contribuciones?
 ¿Defina que son las tasas?
 ¿Diga 4 impuestos nacionales?
 ¿Qué es el impuesto al valor agregado?
 ¿Cómo se clasifican los bienes para efectos del IVA?
RETENCIÓN EN LA FUENTE
En Colombia, deben efectuar la retención en la fuente aquellos agentes retenedores
(entre lo que se encuentran todas las sociedades) que realicen pagos a sociedades
o entidades extranjeras sin domicilio en el país, personas naturales sin residencia
en Colombia, y sucesiones ilíquidas extranjeras que no eran residentes
colombianas, siempre que se trate de rentas sujetas a impuesto en el país.
Las tarifas de retención en la
fuente se pueden visualizar en
la tabla de retención en la fuente
del año en curso.
La retención en la fuente no es
un impuesto, sino un
mecanismo de recado
anticipado de un impuesto, lo
que hace es recaudar un
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
10
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
impuesto en el momento en que ocurre el hecho generador del mismo.
Mediante la figura de la retención en la fuente, el estado ya no debe esperar por
ejemplo un año para recaudar el impuesto de renta, sino que cada mes lo cobra, de
esta forma asegura un flujo constante de recursos.
Por ejemplo, cuando se hace una venta se obtiene un
ingreso, y un ingreso por venta de productos o
servicios es una operación que conduce a que el
contribuyente pueda incrementar su patrimonio, por lo
que es un ingreso que puede estar gravado con el
impuesto de renta, razón por la cual, al momento que
el cliente hace el pago, éste debe retener un valor por
concepto de impuesto de renta. Es por eso que si la
venta es de $100 el cliente pagará sólo $96,5 pues los
otros $3,5 los retiene como anticipo o pago anticipado del impuesto de renta, así
que al momento de hacer cada venta, el contribuyente va pagando el impuesto que
va generando, de suerte que al finalizar el año, muy posiblemente ya haya pagado
todo el impuesto que le corresponde por ese año, y quizás hasta le sobre generando
un saldo a favor.
ANEXO
TABLA DE RETENCION EN LA FUENTE AÑO 2017
Antes de continuar con nuestro siguiente tema, IMPUESTO DE
RENTA…Repasemos¡¡¡
 ¿Qué es la retención en la fuente?
 ¿Dónde se observan las tarifas de la retención en la fuente?
 ¿la retención en la fuente es un impuesto?
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
11
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
IMPUESTO DE RENTA
Impuesto de Renta y complementarios
El impuesto sobre la renta y complementarios es un solo gravamen integrado por
los impuestos de renta y los complementarios de ganancias ocasionales y de
remesas.
Impuesto de Renta
El impuesto sobre la renta grava todos los ingresos que
obtenga un contribuyente en el año, que sean
susceptibles de producir
incremento neto del patrimonio
en el momento de su
percepción, siempre que
no hayan sido
expresamente exceptuados, y
considerando los costos y gastos en
que se incurre para producirlos.
El impuesto sobre la renta y complementarios, es un impuesto de carácter nacional
y es clasificado como el impuesto más importante, no solo porque es el que genera
mayor recaudo en el país, sino porque es un impuesto que a nivel mundial se
reconoce para efectos de crédito fiscal, y es el que principalmente se discute para
efectos de firmar tratados de doble imposición entre países.
Están obligados a pagarlo:
Las personas naturales.
Las personas jurídicas colombianas. Las sociedades y entidades extranjeras
serán gravadas sobre sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional
colombiana.
Ganancias Ocasionales
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
12
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
Las ganancias ocasionales son todos aquellos ingresos que se generan en
actividades esporádicas o extraordinarias. Se obtienen por el acontecimiento de
determinados hechos que no
hacen parte de la actividad
cotidiana o regular del
contribuyente, por el azar o por la
mera liberalidad de las personas,
salvo cuando hayan sido
taxativamente señalados como no
constitutivos de renta ni de
ganancia ocasional.
Impuestos complementario de remesas
El hecho generador del impuesto complementario de remesas es la transferencia al
exterior de Rentas o de Ganancias ocasionales obtenidas en Colombia, cualquiera
que sea el beneficiario o destinatario de la transferencia, salvo lo previsto para
aquellos ingresos que no obstante constituir renta o ganancia ocasional gravadas
en Colombia, no están sometidas a este impuesto complementario por expresa
disposición legal.
IMPUESTOS TERRITORIALES
Los impuestos territoriales son diversos para el estudio de este diplomado los
mencionaremos mas no los abordaremos dado a que sería muy extenso y se saldría
del parámetro de nuestro estudio.
 Impuestos nacionales
 Impuesto sobre la renta y complementarios
 Impuesto al valor agregado (IVA)
 Impuestos departamentales
 Impuesto a ganadores de loterías
 Impuesto a loterías foráneas
 Impuesto al consumo
 Impuesto de registro
 Impuesto sobre vehículos automotores
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
13
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
 Impuestos distritales o municipales
 Impuesto de industria y comercio
 Impuesto de avisos y tableros
 Impuesto predial
 Impuesto para la equidad CREE
 Impuesto a las riquezas
 Impuesto monotributo
REFORMAS TRIBUTARIAS EN COLOMBIA
Ley 49 de 1990
 Reducción en el número de
contribuyentes de renta
 Cambio tarifa IVA: 10% al 12%
Ley 6 de 1992 Ley 223 de 1995
 Eliminación impuesto al
patrimonio
 Contribución especial de renta
del 25%
 Cambio tarifa IVA: 12% al 14%
en 5 años
 Aumento de la base
contributiva
 Tarifas marginales del 20% y
35% para PN y del 35% para PJ
(antes 30%).
 Creación impuesto a la
gasolina
Ley 488 de 1998
 Eliminación renta presuntiva
sobre patrimonio bruto
 Creación del GMF 2 X 1000
(temporal)
Ley 633 de 2000 Ley 788 de 2002
 Tarifa general de IVA 16%
 Cambio tarifa GMF: del 3 X
1000
 Sobretasa de renta del 10%
(2003) y 5% desde el 2004
 Tarifa IVA del 20% telefonía
celular
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
14
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
REFORMAS TRIBUTARIAS EN COLOMBIA
Ley 863 de 2003
 Creación deducción especial
AFRP 30%
 Aumento del GMF al 4 x 1000
 Creación impuesto al
patrimonio (2004-2006)
Ley 1111 de 2006 Ley 1370 de 2009
 Reducción de tarifa de renta
de PJ al 34% en 2007 y 33%
en 2008.
 Aumento AFRP al 40%
 Nuevo impuesto al
patrimonio (2007)
 Reducción AFRP al 30%.
 Impuesto al patrimonio a
partir del año 2011
Ley 1430 de 2010
 Eliminación AFRP
 Eliminación progresiva del
GMF (2018)
 Retención en la fuente a
pago intereses al exterior
Ley 1607 de 2012 Ley 1739 de 2014
 Creación del CREE
 Impuesto al comsumo
 Establecimiento permanente
y sede efectiva de
administración
 IMAN e IMAS
 Impuesto a la riqueza
 Sobretasa del CREE
 Desmonte GMF a partir de
2019
Ley 1819 de 2016
 Creación de Monotributo
 Cambio tarifa general del IVA
 Sanciones a evasores
 Reforma en la liquidacion del
impuesto de renta
 Impuesto a dividendos.
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
15
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
PLANEACIÓN FINANCIERA
La planeación como herramienta
puede ser utilizada desde la
Administración, en las
compañías, para optimizar los
impuestos en que estas son
sujetos pasivos. Mediante la
misma se logra:
Determinar en la evaluación de
los proyectos de inversión, los
posibles efectos de los impuestos en forma anticipada.
Considerar alternativas de ahorro en impuestos, en los proyectos de
inversiones u operaciones que se vayan a realizar.
Aumentar la rentabilidad de los accionistas.
Mejorar el flujo de caja de las compañías, programando con la debida
anticipación el cumplimiento adecuado de las obligaciones tributarias.
Factores que hacen necesaria la Planeación Tributaria
 Los permanentes cambios
en la legislación tributaria,
obligan a las compañías a
analizar su impacto y buscar
estrategias inmediatas para
reducirlo.
 Presión a la gerencia de las
compañías para el
mejoramiento de los resultados.
 Aplicación de precios de transferencia en las transacciones con
compañías vinculadas del exterior. Las consecuencias de no hacer el
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
16
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
estudio y no tener la documentación soporte, es el rechazo de los
costos y deducciones en estas operaciones.
 Las organizaciones cada día buscan reducir costos y mejorar la
rentabilidad.
Fases de la Planeación
 Conocimiento del negocio:
 Características de la compañía
 Composición del capital (nacional o extranjero)
 Objeto social (productos o servicio que vende)
 Riesgos estratégicos del negocio
 Regulaciones especiales
(rentas exentas Ley Páez, Ley
Quimbaya)
 Información financiera actual
y presupuestada
 Planes de inversión – nuevos
productos o servicios
 Transacciones con
vinculados económicos (productos –
servicios)
 Estudio de la situación impositiva de años sujetos a revisión:
 Revisión de las declaraciones tributarias para determinar
contingencias de impuestos, nivel de tributación: renta presuntiva o
renta ordinaria.
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
17
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
 Revisión de procedimientos y controles en impuestos para identificar
riesgos de sanciones o mayores impuestos.
 Utilización o disposición de los saldos a favor reflejados en las
declaraciones.
 Identificación de puntos de mejoramiento y oportunidad. Observar
situaciones repetitivas de un año a otro y que no han sido subsanadas.
 Revisión de áreas que tengan que ver con el proceso tributario.
Objetivos del Estado
 Incrementar los impuestos
 Disminución de beneficios
 Visitas de las autoridades fiscales a las compañías son más
frecuentes para revisar las declaraciones tributarias en las que
se cuestionan aspectos formales y de fondo, generando en
algunos casos correcciones a las declaraciones presentadas.
 Aumento de sanciones por no cumplimiento adecuado de
obligaciones.
 Teniendo en cuenta lo antes expuesto, se plantean algunas
estrategias de Planeación Tributaria para compañías con renta
ordinaria:
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
18
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
Estrategias de Planeación Tributaria para compañías con
renta ordinaria:
Utilización eficiente de las pérdidas
fiscales y excesos de renta presuntiva
(Art. 147 y 191 ET)
Deducciones por inversiones en
investigaciones científicas o tecnológicas
(Art. 158-1 ET)
Deducciones por inversiones en Control
y Mejoramiento del medio ambiente (Art. 158-2 ET)
Deducciones por inversiones en activos fijos reales productivos (Art.158-3
ET)
Donaciones (Art. 125 ET)
Gastos en el exterior (Art. 122 ET)
Aportes de pensiones realizados por el empleador (Art. 126-1 ET)
Algunas estrategias que a continuación se describen, aplican para
compañías que tributan por renta presuntiva y por renta ordinaria:
 Castigos por inventarios aprovisionados
 Castigos de cartera
 Cambios en los sistemas de depreciación de activos
 Cambios en los sistemas de amortización de activos
 Las estrategias de Planeación Tributaria afectan en forma directa los
resultados de la compañía y por consiguiente las utilidades a distribuir
entre los inversionistas. Por tanto, es importante que en la evaluación
de las estrategias de Planeación se tenga en cuenta la decisión de los
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
19
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
inversionistas como es el de recibir los dividendos o capitalizar las
utilidades.
DECISIONES QUE SE DEBEN DE TOMAR EN CUANTA PARA LA
PLANEACIÓN TRIBUTARIA
• ¿Los activos fijos de la compañía deben ser comprados o tomados en
arrendamiento?
• ¿Debería la empresa sustituir los
pasivos financieros por créditos
de fomento de largo plazo? ¿Este
cambio se reflejaría de alguna
manera en los impuestos a cargo
de la compañía?
¿Qué incidencia tributaria
tendría el endeudamiento externo
frente a financiación en moneda
local?
• ¿De qué manera incide la política de distribución de utilidades del ente
económico en la determinación de los impuestos directos sobre la renta a pagar?
FUNCIONES QUE DEBE REALIZAR EL ENTE ECONOMICO
Impuesto de Renta: Planificación del tratamiento fiscal a los ingresos ordinarios y
extraordinarios, así como a los costos y gastos de la actividad. Elaboración y
presentación de la declaración anual. Obtención de los recursos necesarios para el
pago de las cuotas a cargo, en cada período.
I.V.A.: Control de ventas e ingresos, con el propósito de determinar las actividades
exentas, gravadas y no gravadas, así como las correspondientes tarifas. Adecuado
registro de los impuestos descontables, con el lleno de todos los requisitos legales.
Elaboración y presentación de las declaraciones bimen-suales o anuales. Pago del
valor neto a cargo o control de los saldos a favor.
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
20
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
Industria y Comercio: Clasificación de las actividades de la empresa. Control de
ventas y activos brutos, de acuerdo al municipio en el cual se realicen las
operaciones. Elaboración y presentación de las declaraciones periódicas.
Cancela-ción del impuesto a cargo.
Impuesto de timbre: Determinación y cálculo del tributo correspondiente a cada
transacción gravada. Seguimiento de contratos de cuantía indeterminada.
Elaboración y presentación de la declaración mensual respectiva. Consecución de
los fondos necesarios para cubrir el desembolso, en forma opor-tuna.
Impuesto predial: Contratación de estudios para avalúo comercial. Elaboración,
presentación y pago de la declaración anual.
Retención en la fuente: Clasificación de los pagos a terceros según tarifas oficiales
y actualizadas. Verificación y control de los descuentos a que haya lugar por este
concepto. Elaboración y presentación de la declaración mensual. Control de los
diferentes pagos realizados a lo largo del año, a proveedores y contratistas, con el
propósito de expedir los certificados que señalan las normas. Control de las
retenciones efectuadas a la compañía, con el fin de aplicarlas al impuesto de renta
resultante. Obtención de los fondos requeridos para cubrir y cancelar las
retenciones en la fuente practicadas por la empresa. Solicitar los certificados sobre
retenciones realizadas por clientes.
Planeación fiscal: Métodos de depreciación. Compra de activos con deuda,
recursos propios o arrendamiento financiero u operativo. Rotación de inventarios y
métodos de valuación. Política de fijación de precios de venta. Composición
patrimonial. Creación y seguimiento de reservas voluntarias. Rotación cuentas por
cobrar, tenencia de efectivo e inversiones de renta fija. Fusiones y absorciones.
Manejo y control de impuestos diferidos. Emisión de bonos y acciones. Inversiones
en áreas y sec-tores con beneficios tributarios.
DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS
21
MÓDULO 3:
IMPUESTOS
BIBLIOGRAFIA
Guia_Legal_para_hacer_negocios_en_Colombia_Capitulo_7
Los impuestos en Colombia-actualizado Glenis ortega
Tabla de retención en la fuente de renta 2017 COMUNIDAD CONTABLE
Comunidad contable página web oficial
CIBERGRAFÍA:
 http://www.comunidadcontable.com
 www.gerencie.com
 www.actualicese.com
 http://wp.presidencia.gov.co/sitios/normativa/leyes/Documents/LEY%20173
9%20DEL%2023%20DE%20DICIEMBRE%20DE%202014.pdf
 “administración financiera I”. García Santillán Arturo, libros de texto 05/2010
 “Ratios financieros” Cesar Aching Guzmán
 http://www.estatutotributario.com/procesa1.php?texto=191
 http://www.temasdeclase.com/libros%20gratis/planeacion/capuno/portada.h
tm
ACTUALIZADO POR:
Comité de diseño curricular
REVISADO POR:
Consejo académico
APROBADO POR:
Rectoría
FECHA:
10 de enero 2017
FECHA:
10 de enero 2017
FECHA:
10 de enero 2017

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  • 1. POLITÉCNICO DE COLOMBIA EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO GUÍA DIDÁCTICA CÓDIGO: M2-FR17 VERSIÓN: 1 Página 1 de 30 DIPLOMADO: FINANZAS MÓDULO DE FORMACIÓN: IMPUESTOS www.politecnicodecolombia.edu.co ¡EducaciónSinLímites¡ IMPUESTOS MÓDULO 3
  • 2. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 1 MÓDULO 3: IMPUESTOS MÓDULO DE FORMACIÓN 3: OBJETIVOS DE APRENDIZAJE: Conoce y comprende que son los impuestos y cuál es su funcionalidad Identifica que es el impuesto al valor agregado (IVA) y sus generalidades Identifica que es la retención en la fuente y sus generalidades Conoce que es el impuesto de renta y sus generalidades Identifica Cuales son los impuestos territoriales Identifica otras Obligaciones Tributarias Comprende que es la Planeación tributaria DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL CONTENIDO - • Conceptualización sobre impuestos. - • Impuesto al valor agregado (IVA). - • Retención en la fuente. - • Impuesto de renta. - • Impuestos territoriales. - • Otras obligaciones tributarias. - • Planeación tributaria
  • 3. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 2 MÓDULO 3: IMPUESTOS CONCEPTUALIZACION SOBRE LOS IMPUESTOS Son aportes establecidos anualmente por el gobierno pagados por las personas naturales y jurídicas y que generalmente buscan un beneficio general como la salud, educación, defensa de los pueblos, etc. Deben pagarlos todas las personas dentro del país que tengan patrimonio o actividad comercial o que devenguen ganancias por encima de un valor determinado. Se fundamenta en la soberanía de la nación, justificado por la necesidad de atender requerimientos de interés social. CLASES DE IMPUESTOS IMPUESTOS DIRECTOS IMPUESTOS INDIRECTOS TASASCONTRIBUCIONES Son aquellos en los cuales coincide el sujeto jurídico responsable de la obligación y el sujeto económico que soporta el tributo. Ejemplo: El impuesto sobre la Renta y Complementarios. El declarante es el mismo contribuyente que paga el impuesto Aquellos donde el sujeto jurídico no es el mismo sujeto económico, quien paga el monto respectivo. Ejemplo: El impuesto sobre las ventas: Quien declara (responsable jurídico) no es el mismo que paga el monto del impuesto (lo hace el comprador). Compensación pagada con carácter obligatoria a un ente público, con ocasión de una obra realizada por él con fines de utilidad pública pero que proporciona ventajas especiales a los particulares propietarios de bienes inmuebles. Pueden ser sociales, corporativas, económicas. Se refiere a un tributo con menor grado de obligatoriedad, ya que depende del sometimiento voluntario del particular al decidirse a utilizar un servicio del Estado, que se sabe implica una obligación de pagar y la existencia de un ente público que dará una contraprestación directa a quien paga.
  • 4. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 3 MÓDULO 3: IMPUESTOS IMPUESTOS NACIONALES IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO Impuesto sobre la Renta y Complementario - Impuesto sobre las Ventas - Gravamen a los Movimientos Financieros - Impuesto de Remesa - Impuesto de Timbre Nacional - Impuesto para preservar la seguridad democrática CREE (Impuesto a la equidad, Art. 23 ley 1607 de 2012) •Modificaciones de acuerdo a la reforma tributaria. 2016 Creado por: • Ley 1607 del 2012 (reforma tributaria) constituye para el comprador un costo deducible del impuesto sobre la renta como mayor valor del bien o servicio adquirido y no genera impuestos descontables en IVA. *modificacion segun reforma tributaria 2016) Hecho generador: • la prestación o la venta al consumidor final, o la importación por parte del usuario final. Aplicable a: • •La prestación del servicio de telefonía móvil •La venta de algún bien corporal mueble de producción doméstica o importado (vehículos automóviles, barcos, aviones) •El servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas
  • 5. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 4 MÓDULO 3: IMPUESTOS IMPUESTO A LA RIQUEZA MONO TRIBUTO Vigencia: • desde el año 2015 hasta el 2018. Responsables: •personas jurídicas, naturales y sociedades de hecho contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, excepto las mencionadas en el artículo 2 de la Ley 1739 del 2014. Hecho generador: •la posesión de riqueza al 1° de enero de 2015 igual o mayor a $1.000 millones de pesos. Debe entenderse por riqueza el total del patrimonio bruto menos las deudas a cargo del contribuyente. Vigencia: • desde el año 2017 . Responsables: •es un tributo opcional de determinación integral, de causación anual, que sustituye el impuesto sobre la renta y complementarios, a cargo de los contribuyentes que opten voluntariamente por acogerse al mismo. Hecho generador: •Que en el año gravable hubieren obtenido ingresos brutos ordinarios o extraordinarios, iguales o superiores a 1.400 UVT e inferiores a 3.500 UVT. •Que desarrollen su actividad económica en un establecimiento con un área inferior o igual a 50 metros cuadrados. •Que sean elegibles para pertenecer al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, de acuerdo con la verificación que para tal efecto haga el administrador de dicho servicio social complementario •4. Que tengan como actividad económica una o más de las incluidas en la división 47 comercio al por menor y la actividad 9602 peluquería y otros tratamientos de belleza de la clasificación de actividades económicas – CIIU adoptada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN.
  • 6. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 5 MÓDULO 3: IMPUESTOS IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA Es un gravamen que recae sobre el consumo de bienes y servicios. Es un impuesto de orden nacional, indirecto, de naturaleza real, de causación instantánea y de régimen general. Se le llama Impuesto al valor agregado porque efectivamente sólo se paga impuesto sobre el valor que se le agrega a un bien. El responsable de este impuesto sólo paga el impuesto equivalente al valor que le agrega a producto, no paga el impuesto sobre el valor de todo el producto. Gravamen de naturaleza indirecta, que en Colombia se da bajo la modalidad de valor agregado, que se aplica en las diferentes etapas del ciclo económico de producción y distribución a partir del 1 de abril de 1984 E.T. libros II y III. CLASIFICACION DE LOS BIENES PARA EFECTOS DEL IVA: BIENES GRAVADOS: aquellos a los que se les aplica la tarifa correspondiente, de acuerdo con la clasificación asignada. BIENES EXENTOS: Tienen un tratamiento especial y se encuentran gravados con la tarifa de 0 (cero); es decir, están exonerados del impuesto; los productores de estos bienes adquieren la calidad de responsables con derecho a devolución de este impuesto. BIENES EXCLUIDOS: aquellos que por expresa disposición de la ley no causan el impuesto, de forma que quien comercializa con ellos no se convierte en responsable de impuesto a las ventas, ni tiene obligación alguna con el gravamen.
  • 7. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 6 MÓDULO 3: IMPUESTOS TARIFAS APLICABLES Tarifa General:468 Estatuto tributario. Se aplica la tarifa general a todos los bienes y servicios que no se encuentren expresamente excluidos, exentos o sometidos a las tarifas diferenciales o especiales. La tarifa general del impuesto sobre las ventas es 19% del precio de venta de los artículos que se vendan y de los servicios que se presten. En este valor deben incluirse aquellos gastos necesarios para realizar la venta, como fletes, gastos financieros y otros liquidados en la factura. Tarifa diferencial Tarifa general del 19% para los productos y servicios que no clasifiquen dentro de las ya mencionadas. 5% para entre otros ciertos productos y servicios del sector agrícola, como tarifas preferenciales Las tarifas del 0% para productos de la canasta familiar. Según la ultima reforma tributaria quedan tres tarifas para de IVA:
  • 8. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 7 MÓDULO 3: IMPUESTOS Régimen Común Régimen simplificado ALGUNOS PRODUCTOS EXENTOS DE IVA CLASIFICACION DE LOS RESPONSABLES DEL IVA EJEMPLO PRACTICO IVA Veamos. La empresa ABC Ltda. Compra una camisa por un valor de $50.000 más un IVA del 19%, es decir que paga un IVA de $9.500 [50.000x19%]. Luego la empresa ABC Ltda. Vende esa misma camisa en $70.000 más IVA. Recuerde que la había comprado en $50.000, es decir que le agregó un valor de $20.000. La empresa ABC Ltda. Cobrará un IVA de $13.300 [70.000 x 19%]. Los bienes corporales muebles que se exporten. Los bienes corporales muebles que se vendan en el país a las sociedades de comercialización internacional. Los servicios turísticos prestados a residentes en el exterior que sean utilizados en territorio colombiano. Las materias primas, partes, insumos y bienes terminados que se vendan desde el territorio aduanero nacional a usuarios industriales de bienes o de servicios de Zona Franca, entre otros.
  • 9. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 8 MÓDULO 3: IMPUESTOS En esta operación la empresa ha pagado $9.500 de IVA y ha cobrado $13.300 de IVA. Al finalizar el periodo, la empresa le dirá a la Dian: Cobré 13.300 de IVA y pagué 9.500, así que sólo le pagaré [a la Dian] la diferencia, esto es $3.800 [13.300-9.500]. INFORMACION DE SU INTERES: Para mayor información sobre la reforma tributaria (ley 1819 de 2016) dejo un enlace para que tengan una idea más amplia de este tema, que no lograremos verlo en esta unidad ya que es de profundidad contable. http://www.comunidadcontable.com/BancoConocimiento/Otros/reforma- tributaria.asp Al igual dejo la ley 1819 de 2016, que modifica el estatuto tributario y afecta el impuesto de valor agregado IVA, mono tributo, impuesto de renta entre otros. http://www.comunidadcontable.com/BancoConocimiento/Otros/reforma- tributaria.asp Al finalizar este articulo aparecerá descargar versión completa FORMULARIOS IMPUESTO A LA RIQUEZA Y CREE http://www.comunidadcontable.com/BancoConocimiento/F/formulario_del_impuest o_a_la_riqueza_y_cree/formulario_del_impuesto_a_la_riqueza_y_cree.asp?Miga= 1&IDobjetose=14678&CodSeccion=109 CONCLUCIONES SOBRE LA REFORMATRIBUTARIA VIGENCIA http://www.dinero.com/economia/articulo/resumen-de-reforma-tributaria-aprobada- y-texto-completo/240455
  • 10. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 9 MÓDULO 3: IMPUESTOS IMPUESTO A LA RIQUEZA http://impuestosparaempresas.blogspot.com/2015/04/impuesto-la-riqueza-quien- lo-asume.html Antes de continuar con nuestro siguiente tema, retención en la fuente …Repasemos¡¡¡  ¿Cuál son las clases de impuestos en Colombia?  ¿Defina que son impuestos indirectos?  ¿Defina que son impuestos directos?  ¿Defina que son contribuciones?  ¿Defina que son las tasas?  ¿Diga 4 impuestos nacionales?  ¿Qué es el impuesto al valor agregado?  ¿Cómo se clasifican los bienes para efectos del IVA? RETENCIÓN EN LA FUENTE En Colombia, deben efectuar la retención en la fuente aquellos agentes retenedores (entre lo que se encuentran todas las sociedades) que realicen pagos a sociedades o entidades extranjeras sin domicilio en el país, personas naturales sin residencia en Colombia, y sucesiones ilíquidas extranjeras que no eran residentes colombianas, siempre que se trate de rentas sujetas a impuesto en el país. Las tarifas de retención en la fuente se pueden visualizar en la tabla de retención en la fuente del año en curso. La retención en la fuente no es un impuesto, sino un mecanismo de recado anticipado de un impuesto, lo que hace es recaudar un
  • 11. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 10 MÓDULO 3: IMPUESTOS impuesto en el momento en que ocurre el hecho generador del mismo. Mediante la figura de la retención en la fuente, el estado ya no debe esperar por ejemplo un año para recaudar el impuesto de renta, sino que cada mes lo cobra, de esta forma asegura un flujo constante de recursos. Por ejemplo, cuando se hace una venta se obtiene un ingreso, y un ingreso por venta de productos o servicios es una operación que conduce a que el contribuyente pueda incrementar su patrimonio, por lo que es un ingreso que puede estar gravado con el impuesto de renta, razón por la cual, al momento que el cliente hace el pago, éste debe retener un valor por concepto de impuesto de renta. Es por eso que si la venta es de $100 el cliente pagará sólo $96,5 pues los otros $3,5 los retiene como anticipo o pago anticipado del impuesto de renta, así que al momento de hacer cada venta, el contribuyente va pagando el impuesto que va generando, de suerte que al finalizar el año, muy posiblemente ya haya pagado todo el impuesto que le corresponde por ese año, y quizás hasta le sobre generando un saldo a favor. ANEXO TABLA DE RETENCION EN LA FUENTE AÑO 2017 Antes de continuar con nuestro siguiente tema, IMPUESTO DE RENTA…Repasemos¡¡¡  ¿Qué es la retención en la fuente?  ¿Dónde se observan las tarifas de la retención en la fuente?  ¿la retención en la fuente es un impuesto?
  • 12. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 11 MÓDULO 3: IMPUESTOS IMPUESTO DE RENTA Impuesto de Renta y complementarios El impuesto sobre la renta y complementarios es un solo gravamen integrado por los impuestos de renta y los complementarios de ganancias ocasionales y de remesas. Impuesto de Renta El impuesto sobre la renta grava todos los ingresos que obtenga un contribuyente en el año, que sean susceptibles de producir incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción, siempre que no hayan sido expresamente exceptuados, y considerando los costos y gastos en que se incurre para producirlos. El impuesto sobre la renta y complementarios, es un impuesto de carácter nacional y es clasificado como el impuesto más importante, no solo porque es el que genera mayor recaudo en el país, sino porque es un impuesto que a nivel mundial se reconoce para efectos de crédito fiscal, y es el que principalmente se discute para efectos de firmar tratados de doble imposición entre países. Están obligados a pagarlo: Las personas naturales. Las personas jurídicas colombianas. Las sociedades y entidades extranjeras serán gravadas sobre sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional colombiana. Ganancias Ocasionales
  • 13. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 12 MÓDULO 3: IMPUESTOS Las ganancias ocasionales son todos aquellos ingresos que se generan en actividades esporádicas o extraordinarias. Se obtienen por el acontecimiento de determinados hechos que no hacen parte de la actividad cotidiana o regular del contribuyente, por el azar o por la mera liberalidad de las personas, salvo cuando hayan sido taxativamente señalados como no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional. Impuestos complementario de remesas El hecho generador del impuesto complementario de remesas es la transferencia al exterior de Rentas o de Ganancias ocasionales obtenidas en Colombia, cualquiera que sea el beneficiario o destinatario de la transferencia, salvo lo previsto para aquellos ingresos que no obstante constituir renta o ganancia ocasional gravadas en Colombia, no están sometidas a este impuesto complementario por expresa disposición legal. IMPUESTOS TERRITORIALES Los impuestos territoriales son diversos para el estudio de este diplomado los mencionaremos mas no los abordaremos dado a que sería muy extenso y se saldría del parámetro de nuestro estudio.  Impuestos nacionales  Impuesto sobre la renta y complementarios  Impuesto al valor agregado (IVA)  Impuestos departamentales  Impuesto a ganadores de loterías  Impuesto a loterías foráneas  Impuesto al consumo  Impuesto de registro  Impuesto sobre vehículos automotores
  • 14. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 13 MÓDULO 3: IMPUESTOS  Impuestos distritales o municipales  Impuesto de industria y comercio  Impuesto de avisos y tableros  Impuesto predial  Impuesto para la equidad CREE  Impuesto a las riquezas  Impuesto monotributo REFORMAS TRIBUTARIAS EN COLOMBIA Ley 49 de 1990  Reducción en el número de contribuyentes de renta  Cambio tarifa IVA: 10% al 12% Ley 6 de 1992 Ley 223 de 1995  Eliminación impuesto al patrimonio  Contribución especial de renta del 25%  Cambio tarifa IVA: 12% al 14% en 5 años  Aumento de la base contributiva  Tarifas marginales del 20% y 35% para PN y del 35% para PJ (antes 30%).  Creación impuesto a la gasolina Ley 488 de 1998  Eliminación renta presuntiva sobre patrimonio bruto  Creación del GMF 2 X 1000 (temporal) Ley 633 de 2000 Ley 788 de 2002  Tarifa general de IVA 16%  Cambio tarifa GMF: del 3 X 1000  Sobretasa de renta del 10% (2003) y 5% desde el 2004  Tarifa IVA del 20% telefonía celular
  • 15. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 14 MÓDULO 3: IMPUESTOS REFORMAS TRIBUTARIAS EN COLOMBIA Ley 863 de 2003  Creación deducción especial AFRP 30%  Aumento del GMF al 4 x 1000  Creación impuesto al patrimonio (2004-2006) Ley 1111 de 2006 Ley 1370 de 2009  Reducción de tarifa de renta de PJ al 34% en 2007 y 33% en 2008.  Aumento AFRP al 40%  Nuevo impuesto al patrimonio (2007)  Reducción AFRP al 30%.  Impuesto al patrimonio a partir del año 2011 Ley 1430 de 2010  Eliminación AFRP  Eliminación progresiva del GMF (2018)  Retención en la fuente a pago intereses al exterior Ley 1607 de 2012 Ley 1739 de 2014  Creación del CREE  Impuesto al comsumo  Establecimiento permanente y sede efectiva de administración  IMAN e IMAS  Impuesto a la riqueza  Sobretasa del CREE  Desmonte GMF a partir de 2019 Ley 1819 de 2016  Creación de Monotributo  Cambio tarifa general del IVA  Sanciones a evasores  Reforma en la liquidacion del impuesto de renta  Impuesto a dividendos.
  • 16. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 15 MÓDULO 3: IMPUESTOS PLANEACIÓN FINANCIERA La planeación como herramienta puede ser utilizada desde la Administración, en las compañías, para optimizar los impuestos en que estas son sujetos pasivos. Mediante la misma se logra: Determinar en la evaluación de los proyectos de inversión, los posibles efectos de los impuestos en forma anticipada. Considerar alternativas de ahorro en impuestos, en los proyectos de inversiones u operaciones que se vayan a realizar. Aumentar la rentabilidad de los accionistas. Mejorar el flujo de caja de las compañías, programando con la debida anticipación el cumplimiento adecuado de las obligaciones tributarias. Factores que hacen necesaria la Planeación Tributaria  Los permanentes cambios en la legislación tributaria, obligan a las compañías a analizar su impacto y buscar estrategias inmediatas para reducirlo.  Presión a la gerencia de las compañías para el mejoramiento de los resultados.  Aplicación de precios de transferencia en las transacciones con compañías vinculadas del exterior. Las consecuencias de no hacer el
  • 17. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 16 MÓDULO 3: IMPUESTOS estudio y no tener la documentación soporte, es el rechazo de los costos y deducciones en estas operaciones.  Las organizaciones cada día buscan reducir costos y mejorar la rentabilidad. Fases de la Planeación  Conocimiento del negocio:  Características de la compañía  Composición del capital (nacional o extranjero)  Objeto social (productos o servicio que vende)  Riesgos estratégicos del negocio  Regulaciones especiales (rentas exentas Ley Páez, Ley Quimbaya)  Información financiera actual y presupuestada  Planes de inversión – nuevos productos o servicios  Transacciones con vinculados económicos (productos – servicios)  Estudio de la situación impositiva de años sujetos a revisión:  Revisión de las declaraciones tributarias para determinar contingencias de impuestos, nivel de tributación: renta presuntiva o renta ordinaria.
  • 18. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 17 MÓDULO 3: IMPUESTOS  Revisión de procedimientos y controles en impuestos para identificar riesgos de sanciones o mayores impuestos.  Utilización o disposición de los saldos a favor reflejados en las declaraciones.  Identificación de puntos de mejoramiento y oportunidad. Observar situaciones repetitivas de un año a otro y que no han sido subsanadas.  Revisión de áreas que tengan que ver con el proceso tributario. Objetivos del Estado  Incrementar los impuestos  Disminución de beneficios  Visitas de las autoridades fiscales a las compañías son más frecuentes para revisar las declaraciones tributarias en las que se cuestionan aspectos formales y de fondo, generando en algunos casos correcciones a las declaraciones presentadas.  Aumento de sanciones por no cumplimiento adecuado de obligaciones.  Teniendo en cuenta lo antes expuesto, se plantean algunas estrategias de Planeación Tributaria para compañías con renta ordinaria:
  • 19. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 18 MÓDULO 3: IMPUESTOS Estrategias de Planeación Tributaria para compañías con renta ordinaria: Utilización eficiente de las pérdidas fiscales y excesos de renta presuntiva (Art. 147 y 191 ET) Deducciones por inversiones en investigaciones científicas o tecnológicas (Art. 158-1 ET) Deducciones por inversiones en Control y Mejoramiento del medio ambiente (Art. 158-2 ET) Deducciones por inversiones en activos fijos reales productivos (Art.158-3 ET) Donaciones (Art. 125 ET) Gastos en el exterior (Art. 122 ET) Aportes de pensiones realizados por el empleador (Art. 126-1 ET) Algunas estrategias que a continuación se describen, aplican para compañías que tributan por renta presuntiva y por renta ordinaria:  Castigos por inventarios aprovisionados  Castigos de cartera  Cambios en los sistemas de depreciación de activos  Cambios en los sistemas de amortización de activos  Las estrategias de Planeación Tributaria afectan en forma directa los resultados de la compañía y por consiguiente las utilidades a distribuir entre los inversionistas. Por tanto, es importante que en la evaluación de las estrategias de Planeación se tenga en cuenta la decisión de los
  • 20. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 19 MÓDULO 3: IMPUESTOS inversionistas como es el de recibir los dividendos o capitalizar las utilidades. DECISIONES QUE SE DEBEN DE TOMAR EN CUANTA PARA LA PLANEACIÓN TRIBUTARIA • ¿Los activos fijos de la compañía deben ser comprados o tomados en arrendamiento? • ¿Debería la empresa sustituir los pasivos financieros por créditos de fomento de largo plazo? ¿Este cambio se reflejaría de alguna manera en los impuestos a cargo de la compañía? ¿Qué incidencia tributaria tendría el endeudamiento externo frente a financiación en moneda local? • ¿De qué manera incide la política de distribución de utilidades del ente económico en la determinación de los impuestos directos sobre la renta a pagar? FUNCIONES QUE DEBE REALIZAR EL ENTE ECONOMICO Impuesto de Renta: Planificación del tratamiento fiscal a los ingresos ordinarios y extraordinarios, así como a los costos y gastos de la actividad. Elaboración y presentación de la declaración anual. Obtención de los recursos necesarios para el pago de las cuotas a cargo, en cada período. I.V.A.: Control de ventas e ingresos, con el propósito de determinar las actividades exentas, gravadas y no gravadas, así como las correspondientes tarifas. Adecuado registro de los impuestos descontables, con el lleno de todos los requisitos legales. Elaboración y presentación de las declaraciones bimen-suales o anuales. Pago del valor neto a cargo o control de los saldos a favor.
  • 21. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 20 MÓDULO 3: IMPUESTOS Industria y Comercio: Clasificación de las actividades de la empresa. Control de ventas y activos brutos, de acuerdo al municipio en el cual se realicen las operaciones. Elaboración y presentación de las declaraciones periódicas. Cancela-ción del impuesto a cargo. Impuesto de timbre: Determinación y cálculo del tributo correspondiente a cada transacción gravada. Seguimiento de contratos de cuantía indeterminada. Elaboración y presentación de la declaración mensual respectiva. Consecución de los fondos necesarios para cubrir el desembolso, en forma opor-tuna. Impuesto predial: Contratación de estudios para avalúo comercial. Elaboración, presentación y pago de la declaración anual. Retención en la fuente: Clasificación de los pagos a terceros según tarifas oficiales y actualizadas. Verificación y control de los descuentos a que haya lugar por este concepto. Elaboración y presentación de la declaración mensual. Control de los diferentes pagos realizados a lo largo del año, a proveedores y contratistas, con el propósito de expedir los certificados que señalan las normas. Control de las retenciones efectuadas a la compañía, con el fin de aplicarlas al impuesto de renta resultante. Obtención de los fondos requeridos para cubrir y cancelar las retenciones en la fuente practicadas por la empresa. Solicitar los certificados sobre retenciones realizadas por clientes. Planeación fiscal: Métodos de depreciación. Compra de activos con deuda, recursos propios o arrendamiento financiero u operativo. Rotación de inventarios y métodos de valuación. Política de fijación de precios de venta. Composición patrimonial. Creación y seguimiento de reservas voluntarias. Rotación cuentas por cobrar, tenencia de efectivo e inversiones de renta fija. Fusiones y absorciones. Manejo y control de impuestos diferidos. Emisión de bonos y acciones. Inversiones en áreas y sec-tores con beneficios tributarios.
  • 22. DIPLOMADOVIRTUALDEFINANZAS 21 MÓDULO 3: IMPUESTOS BIBLIOGRAFIA Guia_Legal_para_hacer_negocios_en_Colombia_Capitulo_7 Los impuestos en Colombia-actualizado Glenis ortega Tabla de retención en la fuente de renta 2017 COMUNIDAD CONTABLE Comunidad contable página web oficial CIBERGRAFÍA:  http://www.comunidadcontable.com  www.gerencie.com  www.actualicese.com  http://wp.presidencia.gov.co/sitios/normativa/leyes/Documents/LEY%20173 9%20DEL%2023%20DE%20DICIEMBRE%20DE%202014.pdf  “administración financiera I”. García Santillán Arturo, libros de texto 05/2010  “Ratios financieros” Cesar Aching Guzmán  http://www.estatutotributario.com/procesa1.php?texto=191  http://www.temasdeclase.com/libros%20gratis/planeacion/capuno/portada.h tm ACTUALIZADO POR: Comité de diseño curricular REVISADO POR: Consejo académico APROBADO POR: Rectoría FECHA: 10 de enero 2017 FECHA: 10 de enero 2017 FECHA: 10 de enero 2017