1. UNIVERSIDAD MICHOACÁN DE SAN NICOLAS
DE HIDALGO.
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS
SOCIALES
Mtra. María Guadalupe Martínez García
Profesora titular de la Materia de Derecho Civil I
3. Derecho Civil
El derecho civil es el conjunto de normas jurídicas
relativas a las relaciones que se dan entre las
personas, aquellas que derivan de las personas la
familia y del patrimonio, que se encargan del
establecimiento de las reglas que deben imperar en
dichas relaciones.
4. ACTO JURIDICO
El acto jurídico es una manifestación de la voluntad
humana que tiene por finalidad la producción de
consecuencias de derecho, reconocidas por la
normatividad. Al acto se le pueden dar dos
connotaciones: una operativa y una probatoria; la
primera reflejase en la actividad humana de
negociar y la segunda entiéndase como la
demostración de algo.
5. DIVISIÓN DE LOS ACTOS JURÍDICOS
Por el número de voluntades:
Unilaterales.- Intervienen en ellos únicamente la
voluntad de un solo individuo.
Bilaterales.- Cuando intervienen en el acto dos
voluntades.
Plurilaterales.- Intervienen más de dos voluntades.
6. Por sus prestaciones:
Onerosos.- Los que celebran el acto jurídico
buscan obtener una retribución económica o
patrimonial.
Gratuitos.- en ellos no se busca obtener
ganancia alguna
7. Por su objeto:
De dar.- Tiene como finalidad la transmisión o entrega
a título de dominio o uso cosas. Por ejemplo: la venta
de una casa.
De hacer.- Establece como prestación la realización de
una conducta positiva. Por ejemplo:
De no hacer.- En ellas se obliga a quienes celebran el
acto omitir ciertas conductas. Por ejemplo: La
prohibición escrita por parte de una autoridad para no
acercarse a alguien.
8. Por su forma:
-Consensuales.- Son aquellos en donde la
manifestación de la voluntad de quienes celebran el
acto es suficiente para que alcancen su
perfeccionamiento.
Reales.- Requieren de la entrega de un objeto material.
Formales.- Son válidos solo que cumplan con los
requisitos que la ley exige.
Solemnes.- Su existencia está supeditada a la
realización de ciertos ritos, ceremonias, y de autoridad
facultados por la ley.
9. Por su regulación normativa:
Nominados.- Aquellos que están regulados por la
norma jurídica.
Innominados.- No se encuentran regulados por la
norma jurídica
10. Por el momento de sus efectos:
Entre personas vivas.- (Inter Vivos) Celebrados entre
personas vivas y sus efectos se producen en la vida misma
de quienes intervienen.
Por causa de muerte. (Mortis causa).- Surten efectos
después de fallecida la persona.
11. Por sus efectos:
Constitutivos.- Generan una situación jurídica en el
momento que se realizan.
Declarativos.- Tienen como finalidad reconocer una
situación que ya existe.
Conmutativos.- Son actos en los que sus prestaciones
están debidamente determinadas al momento de
celebrarse.
Aleatorios.- Condicionan la realización de ciertas
prestaciones a un hecho forzoso o que es poco probable de
efectuarse.
Puros y simples.- En ellos las prestaciones se hacen
exigibles al momento de realizarse el acto.
Sujetos a modalidad.- Su realización esta fijada a un plazo
una condición o un modo.
12. Los Elementos Esenciales del Acto Jurídico
Personas afectadas por el acto jurídico.
La voluntad y el objeto.
La solemnidad.
13. Los Elementos de Validez del Acto Jurídico
La licitud en el objeto, motivo o fin.
La voluntad libre y consciente, los vicios de la
voluntad.
La capacidad en las partes y la formalidad
14. Las Modalidades de los Actos Jurídicos
El término.
La condición y el modo
15. Las Sanciones de los Actos
Jurídicos
La inexistencia.
La nulidad.
16. Atributos de las Personas
Los Atributos de las Personas
El nombre.
El domicilio.
La capacidad.
El estado civil.
La nacionalidad.
El patrimonio