Actos administrativos: definición, clasificación y elementos
1.
2. Es una manifestación unilateral y externa, que
expresa una decisión de una autoridad
administrativa competente, en ejercicio de la
potestad pública, crea, reconoce, modifica,
transmite o extingue derechos u obligaciones, es
generalmente ejecutivo y se propone satisfacer el
interés general.
3. a) Por la naturaleza propia del acto:
- Materiales: no producen efectos jurídicos
- Jurídicos: provocan consecuencias jurídicas
b) En atención a las voluntades que participan:
- Unilaterales: emanan de un solo órgano
administrativo
- Plurilaterales: participan varias voluntades
4. c) Por la relación entre la voluntad creadora del acto con la
ley:
-Obligatorio, regulado o vinculado: la ley lo prescribe como
obligatorio para la administración.
-Discrecional: la ley le otorga libertad a la autoridad para
decidir si cumple o no el acto.
d) En vista del radio de acción:
-Internos: sus efectos se producen dentro de la esfera
administrativa.
-Externos: los efectos del acto salen de la organización.
5. e) De acuerdo a su finalidad:
-Preliminares y de procedimiento: corresponde a una
actividad preparatoria o de trámite.
-De decisión o resolución: crean, modifican, extinguen o
reconocen una situación jurídica.
-De ejecución: hacen cumplir las resoluciones
administrativas.
f) Acto regular: si reúne todos sus elementos
Acto irregular: cuando carece de uno o varios elementos
Acto inexistente: no contiene alguno de sus elementos
esenciales.
6. 1.- Elementos de fondo:
Voluntad.-consentimiento expreso
Objeto.-en lo que consiste el acto (cosa, actividad)
Motivo.-factores que provocan el origen del acto
Oportunidad.-es la adecuación entre el medio y el fin. También
se le llama de mérito.
Fin.-es la consecuencia deseada.
7. 2.- Elementos de forma:
Sujeto.- es el ente individual o colectivo que
pronuncia el acto
Forma.- es la manera en que se
da a conocer el acto (escrita).
8. Proceso = es el juicio Procedimiento= la forma en
que se desarrolla el juicio
Las fases del procedimiento administrativos son:
a. Iniciación
b. Ordenación
c. Instrucción
d. Finalización
9. Es aquel acuerdo celebrado entre la administración
pública y un particular o entre dos órganos
administrativos con personalidad de derecho
público, buscando la satisfacción directa de una
necesidad pública.
10. 1.- Esenciales: son indispensables para que exista el contrato
(sujetos, causa, forma, régimen jurídico).
2.- Naturales: son elementos que figuran en todo contrato ,
derivan de la naturaleza particular.
3.- Accidentales: no aparecen en el contrato a menos que las partes
los incorporen (condición, plazo, carga, intransferible,
licitación, garantía, sanciones).