3. 3. Indicadores y síntomas de maltrato infantil.
4. El papel de los centros ante el maltrato a menores.
4.1. Los centros son....
4.2. Prevención del maltrato en los centros.
4.3. Dónde acudir.
5. Consecuencias del maltrato.
6. Prevención.
7. Tratamiento.
8. Bibliografía.
4. Aunque, según el texto, en 1874 fue la primera vez que se ganó un caso
referido al abuso o maltrato de infantil cuando una menor de nueve años
nativa del estado de Nueva York fue sometida a abuso físico. Una
trabajadora de caridad ayudó a la criatura y la misma acudió a la Sociedad
Americana para la Prevención de crueldad de los animales donde la
trabajadora, encargada del caso de la menor expresó lo siguiente: “la menor
merecía tanta protección como a un perro común” y con estos testimonios
pudieron ganar el caso.
5. 1. CONCEPTOS BÁSICOS.
1.1. Maltrato.
Cuando un niño es objeto de violencia física, psíquica y/o sexual o padece una
falta de cuidado por parte de las personas o de las instituciones de las que
depende para su desarrollo (Sociedad Catalana de Pediatría).
El maltrato puede producirse por acción (lo que alguien hace) o por omisión
(dejar de hacerlo) o por negligencia (hacerlo de manera inadecuada)
1.2. Violencia.
Todas las formas de violencia física o mental, lesiones, abusos, abandono o
trato negligente, maltrato o explotación, incluyendo los abusos sexuales, físicos
o mentales, mientras está bajo la tutela de sus padres, tutores legares o de
cualquier otra persona que tenga la tutela (art. 19 CDN)
6. 1.3. Ablación/mutilación genital femenina.
Prácticas tradicionales que implican la extirpación total o parcial de los genitales
femeninos u otras agresiones a los órganos genitales de las mujeres con fines
no terapéuticos (Organización Mundial de la Salud).
Penalmente puede constituir un delito de lesiones y sobre la que la Convención
de los Derechos del Niño (CDN) establece: “Los estados miembros adoptarán
todas las medidas eficaces y apropiadas posibles para abolir las prácticas
tradicionales que sean perjudiciales para la salud de los menores” (Art. 24.3)
7. 2. TIPOS DE MALTRATO.
2.1. Maltrato físico.
Cualquier acción no accidental de los progenitores o de las
Personas que cuidan de los niños que les provoque daños físicos o
Enfermedades.
2.2. Maltrato por negligencia y abandono.
Situaciones en las que las necesidades básicas del niño (físicas,
sociales y psicológicas) no son atendidas de forma temporal o
permanente por ninguno de los miembros del grupo conviviente
(alimentación, higiene, atención médica, educación, vestido, vigilancia,
seguridad,…).
8. 2.3. Maltrato psicológico o emocional.
La situación crónica en la que las personas adultas responsables del
niño, con actuaciones o privaciones, le provocan sentimientos
negativos hacia la propia autoestima y le limitan las iniciativas
(desprecio continuado, rechazo verbal, insulto, intimidación,
discriminación,...).
2.4. Maltrato sexual.
Cuando un niño o un adolescente es utilizado para satisfacer los deseos
sexuales del adulto, ya sea presenciando o participando en actividades
sexuales que no comprende o para las que no está preparado de
acuerdo con su desarrollo.
9. 2.5. Maltrato institucional.
Cualquier procedimiento, actuación u omisión procedente de los
poderes públicos, o bien derivado de la actuación individual de
un profesional, relacionado directa e indirectamente con el
mundo del niño que puede generar situaciones, por acción y/u
omisión, que impidan el mejor desarrollo de los niños y de los
jóvenes.
2.6. Sumisión químico-farmacéutica.
Situación en la que se somete al niño a cualquier tipo de drogas y/o
medicación sin necesidad médica y que le incapacita para el
desarrollo de la autonomía, de la resistencia o del control.
10. 2.7. Explotación laboral.
Situación en la que se utiliza un niño o un adolescente en edad no
laboral para trabajos o actividades que se obtenga cualquier tipo de
ganancia. Puede ir desde la dureza física hasta la utilización pasiva o
activa para la mendicidad.
2.8. Explotación sexual.
Se da cuando se obliga o induce al niño o al adolescente a hacer
actividades de prostitución y/o pornografía.
11. 3. INDICADORES Y SÍNTOMAS DE MALTRATO
INFANTIL
ALGUNOS INDICADORES O SÍNTOMAS DEL MATRATO INFANTIL SON:
- Cambio repentino en el comportamiento o rendimiento en la escuela.
- Estado de alerta, en espera de que algo malo suceda.
- Mal comportamiento.
- Salir de casa temprano, llegar a casa tarde y no querer ir a casa.
- Temor cuando se le acerca un adulto
Puede llegar a un extremo de el suicidio o comportamientos extraños el
maltrato infantil es un caso psicológico para los niños chiquitos y cuando
pegan a los niños.
12. 4. EL PAPEL DE LOS CENTROS ANTE EL MALTRATO A
MENORES
4.1. Los centros son....
Los centros docentes son lugares propicios para la detección de posibles malos
tratos o abusos a menores:
Por el contacto directo y diario que hay con ellos
Por la confianza y consiguiente comunicación franca que establecen, en la
mayor parte de los casos, con los tutores/as
Por tener toda la población infantil entre los 3 y los 16 años escolarizados
13. 4.2. Prevención del maltrato en los centros.
Los centros docentes también son instituciones clave en la prevención de
las posibles situaciones de maltrato infantil:
- Todas las personas que forman parte de un centro escolar deberían
conocer las formas de prevenir y detectar los malos tratos, así como
los protocolos de actuación
- Ante las primeras sospechas o indicios deberían recoger las
observaciones de los diferentes profesionales que estén en contacto
con el menor, para ratificar o no dichas sospechas o indicios. Dado
que la agresión o maltrato se producirá, habitualmente, fuera del
centro, será necesario derivar el caso para su estudio y tratamiento
a los servicios sociales que correspondan.
- Todas las personas y, en especial, los que por razón de su profesión
sepan de la existencia de cualquier maltrato a menores, debe
ponerlo en conocimiento de la autoridad judicial o del organismo
competente, que debe de garantizar la reserva absoluta y el
anonimato del comunicante. Así se dispone en la LO 1/1996 de
Protección Jurídica del Menor (artículo 13) y con contenido similar
encontraríamos artículos a las Leyes de protección de menores de
todas las CCAA.
14. 4.3. Dónde acudir.
Para comunicar la situación de maltrato puedes utilizar tres vías:
- Vía judicial: dirigiéndote a cualquier juzgado, comisaría o al fiscal de
menores, donde será preciso la identificación del denunciante.
- Vía administrativa: dirigiendote a los servicios sociales de tu
Comunidad Autónoma, (en la Comunidad Autónoma de Murcia puedes
hacerlo través del Instituto de los Servicios Sociales de la Región de
Murcia, I.S.S.O.R.M). También puedes ponerte en contacto con los
servicios sociales de tu zona, ellos pueden iniciar la investigación y si lo
creen necesario lo comunicarán al Servicio correspondiente de la
Comunidad Autónoma.
- Vía asociaciones: (como AMAIM, en la Comunidad Autónoma de
Murcia) en la que puedes reservar tu identidad ya que es la propia
asociación la que denuncia el caso a los servicios sociales
correspondientes y realiza un seguimiento de la intervención de los
organismos públicos con respecto al caso.
(https://gonjies.wordpress.com/donde-acudir/)
15. 5. CONSECUENCIAS DEL MALTRATO
Este puede tener consecuencias a largo plazo ya que genera estrés y
se asocia a trastornos del desarrollo cerebral temprano. Los casos
extremos de estrés pueden alterar el desarrollo de los sistemas
nervioso e inmunitario. En consecuencia, los adultos que han sufrido
maltrato en la infancia corren mayor riesgo de sufrir problemas
conductuales, físicos y mentales, como depresión, obesidad,
comportamientos sexuales de alto riesgo, embarazos no deseados, se
vuelven adictos a sustancias como alcohol, tabaco o drogas.
El maltrato puede contribuir a las enfermedades del corazón, al
cáncer, al suicidio y a las infecciones de transmisión sexual.
Más allá de sus consecuencias sanitarias y sociales, el maltrato
infantil tiene un impacto económico que abarca los costos de la
hospitalización, de los tratamientos por motivos de salud mental, de
los servicios sociales para la infancia y los costos sanitarios a largo
plazo.
(https://es.wikipedia.org/wiki/Maltrato_infantil)
16. 6. PREVENCIÓN
Principalmente se requiere de un planteamiento bien constituido
que vaya dirigido a los padres para que ellos reciban el
conocimiento, apoyo e información adecuada y correcta para la
educación de sus hijos, así como las escuelas para padres en las
cuales se les alienta a adoptar buenas estrategias en las
relaciones padres-hijos.
17. Dar programas dentro de las instituciones hospitalarias y educativas para
informar a los niños sobre los abusos sexuales en la infancia. Haciendo
énfasis en la propiedad de su cuerpo, las diferencias entre los contactos
normales y los tocamientos impúdicos, cómo reconocer las situaciones de
abuso, cómo decir "no" y sobre todo cómo revelar los abusos a un adulto
en el que confíen. Difusión de información sobre la eficacia de las
intervenciones y expansión de la aplicación de las intervenciones de
eficacia demostrada.
(https://es.wikipedia.org/wiki/Maltrato_infantil)
18. 7. TRATAMIENTO
El niño podría necesitar tratamiento médico y asesoramiento. Existen
grupos de asesoramiento y apoyo que están disponibles para los niños
y para los padres que quieren recibir ayuda. Hay departamentos o
agencias estatales y gubernamentales que son responsables de la
protección de los niños menores de 18 años. Las agencias de
protección infantil usualmente toman una decisión de si el niño debe ir
a un hogar de cuidado temporal o puede regresar a casa. Las agencias
de protección infantil generalmente hacen un esfuerzo por reunir a las
familias cuando es posible. El sistema varía de un estado a otro, pero
usualmente incluye un tribunal de familia o un tribunal que maneja
casos de abuso infantil.
(https://es.wikipedia.org/wiki/Maltrato_infantil)