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T R A B A J O R E A L I Z A D O P O R : S A N D R A H E R R A D Ó N R E Q U E N A
ÍNDICE
1. Objetivo
2. Marco conceptual
3. Tipos de maltrato
4. Marco normativo vigente en la Comunidad de
Madrid
5. Actuaciones a realizar en caso de detección de
maltrato y/o desprotección.
6. Decálogo prevención maltrato institucional a
la infancia y adolescencia
7.Teléfono de ayuda al menor
8. Frases célebres
1. OBJETIVO
Conocer la normativa referente al menor y saber las
actuaciones a realizar en caso de detección de maltrato
y/o desprotección.
2. MARCO CONCEPTUAL
Maltrato infantil.
Cuando un niño es objeto de violencia física, psíquica y/o sexual
o padece una falta de cuidados por parte de las personas o de las
instituciones de las que depende para su desarrollo.
Por tanto, el maltrato puede producirse por:
- acción (lo que alguien hace) o
- por omisión (dejar de hacerlo) o
- por negligencia (hacerlo de manera inadecuada).
2. MARCO CONCEPTUAL
•Violencia. Todas las formas de violencia física o mental, lesiones,
abusos, abandono o trato negligente, maltrato o explotación,
incluyendo los abusos sexuales, físicos o mentales, mientras está
bajo la tutela de sus padres, tutores legales o de cualquier otra
persona que tenga la tutela (art. 19 CDN).
2. MARCO CONCEPTUAL
Ablación/Mutilación genital femenina.
Prácticas tradicionales que implican la extirpación total o parcial de los
genitales femeninos u otras agresiones a los órganos genitales de las mujeres
con fines no terapéuticos. (Organización Mundial de la Salud).
Desde el punto de vista penal, puede constituir un delito de lesiones y sobre la
que la Convención de los Derechos del Niño (CDN) establece:
"Los Estados miembros adoptarán todas las medidas eficaces y apropiadas
posibles para abolir las prácticas tradicionales que sean perjudiciales para la
salud de los menores" (Art. 24.3.)
3. TIPOS DE MALTRATOS:
1. Maltrato físico
2. Maltrato por negligencia y
abandono
3. Maltrato psicológico o emocional
4. Maltrato sexual
5. Maltrato institucional
6. Sumisión químico-farmacéutica
7. Explotación laboral
3. TIPOS DE MALTRATOS:
•Maltrato físico: cualquier acción no
accidental, de los progenitores o de las
personas que cuidan de los niños, que les
provoque daños físicos o enfermedades.
•Maltrato por negligencia y abandono: las situaciones en las
que las necesidades básicas del niño (físicas, sociales y
psicológicas) no son atendidas de forma temporal o
permanente por ninguno de los miembros del grupo
conviviente (alimentación, higiene, atención médica,
educación, vestido, vigilancia, seguridad,…).
•Maltrato psicológico o emocional: la situación crónica en la
que las personas adultas responsables del niño, con actuaciones
o privaciones, le provocan sentimientos negativos hacia la propia
autoestima y le limitan las iniciativas (desprecio continuado,
rechazo verbal, insulto, intimidación, discriminación,...).
3. TIPOS DE MALTRATOS:
•Maltrato sexual: cuando un niño o un adolescente es utilizado
para satisfacer los deseos sexuales del adulto, ya sea presenciando
o participando en actividades sexuales que no comprende o para
las que no está preparado de acuerdo con su desarrollo.
•Maltrato institucional: cualquier procedimiento, actuación u
omisión procedente de los poderes públicos, o bien derivado de
la actuación individual de un profesional, relacionado directa e
indirectamente con el mundo del niño que puede generar
situaciones, por acción y/u omisión, que impidan el mejor
desarrollo de los niños y de los jóvenes.
•Sumisión químico-farmacéutica: situación en la que se somete al
niño a cualquier tipo de drogas y/o medicación sin necesidad
médica y que le incapacita para el desarrollo de la autonomía, de la
resistencia o del control.
3. TIPOS DE MALTRATOS:
• E X P L O T A C I Ó N L A B O R A L : u n n i ñ o o u n
a d o l e s c e n t e , e n e d a d n o l a b o r a l , s e e m p l e a p a r a
a c t i v i d a d e s / t r a b a j o s q u e s e o b t e n g a c u a l q u i e r t i p o
d e g a n a n c i a .
• P u e d e t e n e r d i f e r e n t e s t i p o s , y e n d o d e s d e l a
d u r e z a f í s i c a h a s t a l a u t i l i z a c i ó n p a s i v a o a c t i v a
p a r a l a m e n d i c i d a d .
Fuente imagen: https://www.losandes.com.pe/2021/05/27/cae-banda-que-alquilaba-ninos-para-ser-usados-como-mendigos-en-las-
calles/
4. MARCO NORMATIVO VIGENTE EN LA
COMUNIDAD DE MADRID APLICABLE A LOS
CENTROS DOCENTES EN MATERIA DE
PROTECCIÓN DE MENORES
 ÁMBITO INTERNACIONAL
 ÁMBITO ESTATAL
 ÁMBITO AUTONÓMICO
4. MARCO NORMATIVO VIGENTE: ÁMBITO
INTERNACIONAL
Convención sobre los derechos del niño y la niña de Naciones Unidas , 20 de noviembre de
1989, ratificada por España el 30 de noviembre de 1990
https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/proteccion-menor
4. MARCO NORMATIVO VIGENTE : ÁMBITO
ESTATAL
La Constitución Española de 1978 (artículo 39)
La reforma del Código Civil llevada a cabo mediante la Ley 21/1987, de 11 de noviembre
La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor
Ley Orgánica 8/2015. de 22 de julio, de modificación del Sistema de Protección a la Infancia
y la Adolescencia
Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del Sistema de Protección a la Infancia y la
Adolescencia.
https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/proteccion-menor
• La Constitución Española (art. 148.1)
• El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica
3/1983, de 25 de febrero (art. 26.1.24)
• Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la
Adolescencia.
• Decreto 121/1988, de 23 de noviembre, regulador del procedimiento de constitución y
ejercicio de Tutela y Guarda del menor.
https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/proteccion-menor
4. MARCO NORMATIVO VIGENTE: ÁMBITO AUTONÓMICO
5. ACTUACIONES A REALIZAR EN CASO DE
DETECCIÓN DE MALTRATO Y/O
DESPROTECCIÓN.
1º) PREVENCIÓN:
Los centros educativos deben tener capacidad de detección precoz.
Para la prevención del maltrato, se debe establecer una Comisión de
convivencia y establecer protocolos de actuación.
 Promover los valores de estima hacia los colectivos más vulnerables como la mujer y la
infancia.
 Reforzar la autoestima, identificando las fortalezas y los puntos fuertes.
2º) ACTUACIÓN:
Comunicarlo a las autoridades competentes como las Fuerzas y cuerpos de
Seguridad del Estado, los servicios sociales, atención primaria, fiscalía de
menores y aquellos servicios especializados competentes en protección de
menores.
https://www.educacionyfp.gob.es/mc/sgctie/convivencia-escolar.html
 Aislamiento social
 Agresividad
 Ansiedad
 Dificultades de aprendizaje, atención y/o memoria
 Baja autoestima y autoconcepto
 Cambios en el comportamiento
 Sentimientos de culpa
 Dependencia en las relaciones sociales
 Depresión
 Conductas disruptivas
 Inicio/abuso en el consumo de sustancias tóxicas
 Desajustes emocionales
 Dificultades académicas (bajo rendimiento escolar,
bajas expectativas escolares, absentismo)
 Cambios de humor
 Miedo a la relación con las personas
 Dificultades de relación con iguales.
 Autolesiones
ATENCIÓN!!!
Pueden alertarnos de la posibilidad de
que el alumnado esté sufriendo
alguna situación de maltrato.
Como profesionales debemos estar
“atentos” a cualquier alteración en
el comportamiento
Gran parte de los alumnos no
comunican esta situación
Importancia de crear un clima de
confianza en el que el alumnado
pueda expresar sus sentimientos y
emociones
INDICADORES CONDUCTUALES A TENER EN CUENTA
PARA LA DETECCIÓN PRECOZ
https://instituto.iescla.org/wp-
content/uploads/2019/06/IESCLA-PREVENCI%c3%93N-E-
INTERVENCI%c3%93N-ANTE-EL-MALTRATO.pdf
IMPORTANCIA DE LA PREVENCIÓN TERCIARIA
Consiste en la rehabilitación del maltrato infantil , tanto para los
menores víctimas como para los maltratadores.
De este modo, se trata de evitar que las víctimas de hoy acaben
repitiendo patrones y se conviertan en los maltratadores del futuro.
1. Los principios relativos al buen trato a los niños y el
respeto a sus derechos serán integrados en el
Proyecto Educativo de los centros y aplicado por
el personal docente, de administración y servicios. La
dirección de los centros velará por su cumplimiento.
2. El personal docente y el de administración y servicios
evitarán actitudes y conductas marginadoras
hacia niños diferentes por su origen social, étnico,
capacidad intelectual, discapacidad, enfermedad, sexo
o de cualquier otra índole, promocionando actitudes
de convivencia, solidaridad y colaboración entre el
alumnado.
3. Se atenderán las necesidades educativas
especiales, diseñando programas específicos y
evaluándolos en función del progreso de los alumnos y
alumnas y no conforme a la media de la clase o el
currículo ordinario.
4. Se evitará la valoración del niño, niña o
adolescente sólo en función de las
calificaciones escolares impidiendo, de este
modo, generar sentimientos de fracaso e
inferioridad en los alumnos menos dotados. Se
valorará de acuerdo con su ritmo de aprendizaje y
trabajo.
5.Tanto el personal docente como el de administración
y servicios rechazarán estilos autoritarios y
rígidos en la relación con los alumnos y las
alumnas así como la transmisión de modelos de
carácter violento. Por el contrario, la tolerancia, la
flexibilidad y respeto presidirán la comunicación
entre todos.
6. El personal docente, en colaboración con el personal
de administración y servicios, adoptarán las
medidas necesarias que impidan conductas o
actitudes agresivas, humillantes y
despectivas de unos alumnos sobre otros
6. DECÁLOGO PREVENCIÓN MALTRATO INSTITUCIONAL A
LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA
https://bienestaryproteccioninfantil.es/decalogo-
para-la-prevencion-del-maltrato-institucional-a-la-
infancia-y-adolescencia/
https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/proteccion-menor
• 24 horas 365 días al año.
• Llamada gratuita.
• Confidencialidad de la llamada y de todos
los datos que nos facilites.
• Equipo de profesionales que ofrecen
asesoramiento jurídico, social y
psicológico.
8. FRASES CÉLEBRES
«Siembra en los niños ideas buenas, aunque no
las entiendan... Los años se encargarán de
descifrarlas en su entendimiento y de hacerlas
florecer en su corazón».
María Montessori
«Enseña a los niños, y no será necesario
castigar a los hombres».
Pitágoras
https://www.frasess.net/frases-de-los-derechos-de-los-ninos-892.html
https://es.search.yahoo.com/search?fr=mcafee&type=E210ES91082G0&p
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El maltrato a menores y la respuesta educativa. Tipos de maltratos. Pechakucha..pptx

  • 1. F E C H A D E E N T R E G A : 1 7 - 1 0 - 2 0 2 3 T R A B A J O R E A L I Z A D O P O R : S A N D R A H E R R A D Ó N R E Q U E N A
  • 2. ÍNDICE 1. Objetivo 2. Marco conceptual 3. Tipos de maltrato 4. Marco normativo vigente en la Comunidad de Madrid 5. Actuaciones a realizar en caso de detección de maltrato y/o desprotección. 6. Decálogo prevención maltrato institucional a la infancia y adolescencia 7.Teléfono de ayuda al menor 8. Frases célebres
  • 3. 1. OBJETIVO Conocer la normativa referente al menor y saber las actuaciones a realizar en caso de detección de maltrato y/o desprotección.
  • 4. 2. MARCO CONCEPTUAL Maltrato infantil. Cuando un niño es objeto de violencia física, psíquica y/o sexual o padece una falta de cuidados por parte de las personas o de las instituciones de las que depende para su desarrollo. Por tanto, el maltrato puede producirse por: - acción (lo que alguien hace) o - por omisión (dejar de hacerlo) o - por negligencia (hacerlo de manera inadecuada).
  • 5. 2. MARCO CONCEPTUAL •Violencia. Todas las formas de violencia física o mental, lesiones, abusos, abandono o trato negligente, maltrato o explotación, incluyendo los abusos sexuales, físicos o mentales, mientras está bajo la tutela de sus padres, tutores legales o de cualquier otra persona que tenga la tutela (art. 19 CDN).
  • 6. 2. MARCO CONCEPTUAL Ablación/Mutilación genital femenina. Prácticas tradicionales que implican la extirpación total o parcial de los genitales femeninos u otras agresiones a los órganos genitales de las mujeres con fines no terapéuticos. (Organización Mundial de la Salud). Desde el punto de vista penal, puede constituir un delito de lesiones y sobre la que la Convención de los Derechos del Niño (CDN) establece: "Los Estados miembros adoptarán todas las medidas eficaces y apropiadas posibles para abolir las prácticas tradicionales que sean perjudiciales para la salud de los menores" (Art. 24.3.)
  • 7. 3. TIPOS DE MALTRATOS: 1. Maltrato físico 2. Maltrato por negligencia y abandono 3. Maltrato psicológico o emocional 4. Maltrato sexual 5. Maltrato institucional 6. Sumisión químico-farmacéutica 7. Explotación laboral
  • 8. 3. TIPOS DE MALTRATOS: •Maltrato físico: cualquier acción no accidental, de los progenitores o de las personas que cuidan de los niños, que les provoque daños físicos o enfermedades. •Maltrato por negligencia y abandono: las situaciones en las que las necesidades básicas del niño (físicas, sociales y psicológicas) no son atendidas de forma temporal o permanente por ninguno de los miembros del grupo conviviente (alimentación, higiene, atención médica, educación, vestido, vigilancia, seguridad,…). •Maltrato psicológico o emocional: la situación crónica en la que las personas adultas responsables del niño, con actuaciones o privaciones, le provocan sentimientos negativos hacia la propia autoestima y le limitan las iniciativas (desprecio continuado, rechazo verbal, insulto, intimidación, discriminación,...).
  • 9. 3. TIPOS DE MALTRATOS: •Maltrato sexual: cuando un niño o un adolescente es utilizado para satisfacer los deseos sexuales del adulto, ya sea presenciando o participando en actividades sexuales que no comprende o para las que no está preparado de acuerdo con su desarrollo. •Maltrato institucional: cualquier procedimiento, actuación u omisión procedente de los poderes públicos, o bien derivado de la actuación individual de un profesional, relacionado directa e indirectamente con el mundo del niño que puede generar situaciones, por acción y/u omisión, que impidan el mejor desarrollo de los niños y de los jóvenes. •Sumisión químico-farmacéutica: situación en la que se somete al niño a cualquier tipo de drogas y/o medicación sin necesidad médica y que le incapacita para el desarrollo de la autonomía, de la resistencia o del control.
  • 10. 3. TIPOS DE MALTRATOS: • E X P L O T A C I Ó N L A B O R A L : u n n i ñ o o u n a d o l e s c e n t e , e n e d a d n o l a b o r a l , s e e m p l e a p a r a a c t i v i d a d e s / t r a b a j o s q u e s e o b t e n g a c u a l q u i e r t i p o d e g a n a n c i a . • P u e d e t e n e r d i f e r e n t e s t i p o s , y e n d o d e s d e l a d u r e z a f í s i c a h a s t a l a u t i l i z a c i ó n p a s i v a o a c t i v a p a r a l a m e n d i c i d a d . Fuente imagen: https://www.losandes.com.pe/2021/05/27/cae-banda-que-alquilaba-ninos-para-ser-usados-como-mendigos-en-las- calles/
  • 11. 4. MARCO NORMATIVO VIGENTE EN LA COMUNIDAD DE MADRID APLICABLE A LOS CENTROS DOCENTES EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE MENORES  ÁMBITO INTERNACIONAL  ÁMBITO ESTATAL  ÁMBITO AUTONÓMICO
  • 12. 4. MARCO NORMATIVO VIGENTE: ÁMBITO INTERNACIONAL Convención sobre los derechos del niño y la niña de Naciones Unidas , 20 de noviembre de 1989, ratificada por España el 30 de noviembre de 1990 https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/proteccion-menor
  • 13. 4. MARCO NORMATIVO VIGENTE : ÁMBITO ESTATAL La Constitución Española de 1978 (artículo 39) La reforma del Código Civil llevada a cabo mediante la Ley 21/1987, de 11 de noviembre La Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor Ley Orgánica 8/2015. de 22 de julio, de modificación del Sistema de Protección a la Infancia y la Adolescencia Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del Sistema de Protección a la Infancia y la Adolescencia. https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/proteccion-menor
  • 14. • La Constitución Española (art. 148.1) • El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero (art. 26.1.24) • Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia. • Decreto 121/1988, de 23 de noviembre, regulador del procedimiento de constitución y ejercicio de Tutela y Guarda del menor. https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/proteccion-menor 4. MARCO NORMATIVO VIGENTE: ÁMBITO AUTONÓMICO
  • 15. 5. ACTUACIONES A REALIZAR EN CASO DE DETECCIÓN DE MALTRATO Y/O DESPROTECCIÓN. 1º) PREVENCIÓN: Los centros educativos deben tener capacidad de detección precoz. Para la prevención del maltrato, se debe establecer una Comisión de convivencia y establecer protocolos de actuación.  Promover los valores de estima hacia los colectivos más vulnerables como la mujer y la infancia.  Reforzar la autoestima, identificando las fortalezas y los puntos fuertes. 2º) ACTUACIÓN: Comunicarlo a las autoridades competentes como las Fuerzas y cuerpos de Seguridad del Estado, los servicios sociales, atención primaria, fiscalía de menores y aquellos servicios especializados competentes en protección de menores. https://www.educacionyfp.gob.es/mc/sgctie/convivencia-escolar.html
  • 16.  Aislamiento social  Agresividad  Ansiedad  Dificultades de aprendizaje, atención y/o memoria  Baja autoestima y autoconcepto  Cambios en el comportamiento  Sentimientos de culpa  Dependencia en las relaciones sociales  Depresión  Conductas disruptivas  Inicio/abuso en el consumo de sustancias tóxicas  Desajustes emocionales  Dificultades académicas (bajo rendimiento escolar, bajas expectativas escolares, absentismo)  Cambios de humor  Miedo a la relación con las personas  Dificultades de relación con iguales.  Autolesiones ATENCIÓN!!! Pueden alertarnos de la posibilidad de que el alumnado esté sufriendo alguna situación de maltrato. Como profesionales debemos estar “atentos” a cualquier alteración en el comportamiento Gran parte de los alumnos no comunican esta situación Importancia de crear un clima de confianza en el que el alumnado pueda expresar sus sentimientos y emociones INDICADORES CONDUCTUALES A TENER EN CUENTA PARA LA DETECCIÓN PRECOZ https://instituto.iescla.org/wp- content/uploads/2019/06/IESCLA-PREVENCI%c3%93N-E- INTERVENCI%c3%93N-ANTE-EL-MALTRATO.pdf
  • 17. IMPORTANCIA DE LA PREVENCIÓN TERCIARIA Consiste en la rehabilitación del maltrato infantil , tanto para los menores víctimas como para los maltratadores. De este modo, se trata de evitar que las víctimas de hoy acaben repitiendo patrones y se conviertan en los maltratadores del futuro.
  • 18. 1. Los principios relativos al buen trato a los niños y el respeto a sus derechos serán integrados en el Proyecto Educativo de los centros y aplicado por el personal docente, de administración y servicios. La dirección de los centros velará por su cumplimiento. 2. El personal docente y el de administración y servicios evitarán actitudes y conductas marginadoras hacia niños diferentes por su origen social, étnico, capacidad intelectual, discapacidad, enfermedad, sexo o de cualquier otra índole, promocionando actitudes de convivencia, solidaridad y colaboración entre el alumnado. 3. Se atenderán las necesidades educativas especiales, diseñando programas específicos y evaluándolos en función del progreso de los alumnos y alumnas y no conforme a la media de la clase o el currículo ordinario. 4. Se evitará la valoración del niño, niña o adolescente sólo en función de las calificaciones escolares impidiendo, de este modo, generar sentimientos de fracaso e inferioridad en los alumnos menos dotados. Se valorará de acuerdo con su ritmo de aprendizaje y trabajo. 5.Tanto el personal docente como el de administración y servicios rechazarán estilos autoritarios y rígidos en la relación con los alumnos y las alumnas así como la transmisión de modelos de carácter violento. Por el contrario, la tolerancia, la flexibilidad y respeto presidirán la comunicación entre todos. 6. El personal docente, en colaboración con el personal de administración y servicios, adoptarán las medidas necesarias que impidan conductas o actitudes agresivas, humillantes y despectivas de unos alumnos sobre otros 6. DECÁLOGO PREVENCIÓN MALTRATO INSTITUCIONAL A LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA https://bienestaryproteccioninfantil.es/decalogo- para-la-prevencion-del-maltrato-institucional-a-la- infancia-y-adolescencia/
  • 19. https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/proteccion-menor • 24 horas 365 días al año. • Llamada gratuita. • Confidencialidad de la llamada y de todos los datos que nos facilites. • Equipo de profesionales que ofrecen asesoramiento jurídico, social y psicológico.
  • 20. 8. FRASES CÉLEBRES «Siembra en los niños ideas buenas, aunque no las entiendan... Los años se encargarán de descifrarlas en su entendimiento y de hacerlas florecer en su corazón». María Montessori «Enseña a los niños, y no será necesario castigar a los hombres». Pitágoras https://www.frasess.net/frases-de-los-derechos-de-los-ninos-892.html https://es.search.yahoo.com/search?fr=mcafee&type=E210ES91082G0&p =Maria+Montessori