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Índice
1. Definición de maltrato infantil
2. Marco legal
3. Tipos de maltrato infantil
4. Consecuencias del maltrato
5. Factores que inciden en la aparición del maltrato
6. Maltrato en los centros educativos
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1. Definición de maltrato infantil
Según la Convención de los Derechos de los Niños de Naciones
Unidas que fue ratificada por España el 30 de noviembre de 1990,
en su Artículo 19, se refiere al maltrato infantil como: “Toda
violencia, perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato
negligente, malos tratos o explotación, mientras que el niño se
encuentre bajo la custodia de sus padres, de un tutor o de
cualquiera otra persona que le tenga a su cargo”.
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2.Marco legal
Constitución española de 1978. Artículo 39. Establece la protección social,
económica y jurídica de la familia y de la infancia.
Real Decreto 1189/1982, de 4 de junio, sobre Regulación de Determinadas
Actividades Inconvenientes o Peligrosas para la Juventud y la Infancia.
Convención sobre los derechos del niño. Nueva York, 20 de noviembre de 1989.
Real Decreto 732/ 1995, de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y
deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros.
Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor. Ley 1/96 de 15 de enero.
Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor.
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2. Marco legal
Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre de 2006, por la que se modifica la Ley
Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de
los Menores
Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de
la Ley Orgánica 4/2000, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009.
Ley 26/ 2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la
infancia y a la adolescencia.
Decreto 210/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula el procedimiento de
actuación ante situaciones de riesgo y desamparo de la infancia y la
adolescencia en Andalucía (SIMIA).
Orden 30 de julio de 2019, por la que se aprueba el formulario normalizado de la
hoja de notificación de posibles situaciones de riesgo y desamparo de la infancia
y adolescencia.
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3. Tipos de maltrato infantil
1.- Maltrato físico: es cuando se produce de forma no accidental
por parte de sus progenitores o de las personas a las que están
a su cargo provocando daños físicos.
2.- Maltrato psicológico o emocional: se produce cuando las
personas responsables del menor limitan las iniciativas y
provocan sentimientos negativos hacia la propia autoestima del
menor de manera continuada.
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3. Tipos de maltrato infantil
3.- Maltrato sexual: se produce cuando el niño o adolescente es
utilizado para satisfacer los deseos del adulto, participando o
presenciando actividades sexuales para las que no esta
preparado conforme a su desarrollo.
4.- Maltrato por negligencia y abandono: se produce cuando las
necesidades básicas del niño como alimentación, higiene
educación, vestuario, atención médica, etc. no son atendidas
debidamente de forma temporal o permanente por ninguno de
los miembros de su grupo familiar.
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3. Tipos de maltrato infantil
5.- Explotación laboral: se produce cuando el menor es
obligado a realizar trabajos remunerados o no, propios de
personas adultas.
6.- Explotación sexual: se produce cuando el menor es obligado
a ejercer actividades sexuales como pornografía o prostitución
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3. Tipos de maltrato infantil
7.- Sumisión química: se produce cuando el menor es sometido
a cualquier tipo de medicación y/o droga sin que medie
necesidad médica, incapacitándolo para el desarrollo normal de
su autonomía y control personal.
8.- Maltrato institucional: se produce ante la actuación u omisión
de los poderes públicos, o bien derivado de la actuación
individual de un profesional, relacionado con el menor que
impida su mejor desarrollo.
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3. Tipos de maltrato infantil
9.- Cualquier otro maltrato que perjudique el desarrollo del
menor.
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4. Consecuencias del maltrato
1.- Físicas: se manifiesta en un retraso generalizado en el
desarrollo, lesiones cerebrales, etc.
2.- Cognitivas: se manifiesta un lenguaje de difícil comprensión,
problemas de atención y/o razonamiento, etc.
3.- Emocionales: se manifiesta con un comportamiento agresivo
y/o antisocial.
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5. Factores que inciden en la aparición
del maltrato
El maltrato infantil es un fenómeno complejo, que normalmente es
resultado de la participación de muchos y variados factores en los
que el menor se ve envuelto.
1.- Padres. El hecho de que los padres hayan sufrido malos tratos, problemas
psicopatológicos, depresión, alcoholismo, drogodependencias, falta de
experiencia en el cuidado de menores.
2.- Características del niño. Problemas de comportamiento, enfermedades, etc.
3.- Relaciones familiares. Conflictos de pareja, hijos no deseados, disputas
familiares, etc.
4.- Aspectos socioeconómicos. Problemas económicos, desempleo, asilamiento
social, etc.
5.- Aspectos socioculturales. Valores familiares, creencias, etnias, etc.
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6. Maltrato en los centros educativos
El centro educativo es uno de los lugares donde es más fácil la
detección de menores en situación de riesgo.
El equipo educativo del menor y en particular el tutor debido a la
cercanía al menor disponen de una visión más cercana tanto
física como temporal para detectar situaciones de riesgo, debido
al tiempo que permanece en contacto con el menor.
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6. Maltrato en los centros educativos
1. Detección del maltrato en los
centros educativos.
Por lesiones físicas o signos.
Por cambios o desajustes en el
comportamiento del menor.
Por manifestación directa o
indirecta del menor.
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6. Maltrato en los centros educativos
2. Actuación del centro docente ante el maltrato.
Según la ley Orgánica 1/1996 de Protección jurídica del menor. En
su articulo 13 nos dice que "Todas las personas y, en especial, los
que por razón de su profesión sepan de la existencia de cualquier
maltrato a menores, debe ponerlo en conocimiento de la autoridad
judicial o del organismo competente, que debe de garantizar la
reserva absoluta y el anonimato del comunicante”.
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6. Maltrato en los centros educativos
Protocolo de actuación. En caso de observar alguna conducta que
haga sospechar que el menor necesita protección.
- Se le comunicara al tutor, en caso de no haber sido el quién lo
ha detectado.
- Se observará al menor en distintos espacios y circunstancias
- Se obtendrá información a través de profesores u otros
profesionales que conozcan al menor.
- Se informará al equipo directivo del centro
- Si se estima oportuno se acudirá a los servicios especializados
(Departamento de orientación)
- Si se estima conveniente intervenir en el ámbito familiar se
notificará a los Servicios Sociales.
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6. Maltrato en los centros educativos
Protocolo de actuación. En caso de observar alguna conducta que
haga sospechar que el menor necesita protección.
En caso de estimar que el riesgo para el menor es grave o urgente,
se pondrá en conocimiento de forma inmediata a los Servicios
Sociales o Policía, en caso de daño físico con los Servicios
Sanitarios.
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6. Maltrato en los centros educativos
Desde el centro se deben adoptar la medidas preventivas
necesarias para detectar/evitar el maltrato infantil tales como:
Fomentar y desarrollar la función tutorial.
Dar cabida a la educación en valores.
Formar e incrementar la habilidades del profesorado para afrontar
conflictos.
Formar y dar recursos adecuados para detectar situaciones de
riesgo
Ser sensible con el entorno en que se encuentra
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6. Maltrato en los centros educativos
Desde el centro se deben adoptar la medidas preventivas
necesarias para detectar/evitar el maltrato infantil tales como:
Ofrecer espacio y oportunidades para la resolución de conflictos
de forma no violenta.
Realizar actividades con familias (escuela de padres, talleres,
charlas, etc.) para fomentar las habilidades del cuidado de los hijos
Sensibilidad a las familias sobre las consecuencias asociadas al
castigo físico.
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El maltrato infantil es un problema complejo de detectar y de
solucionar, pero a la vez un problema muy grave que se ha de
tener muy en cuenta si se cree haber detectado.