2. DECRETOS REGLAMENTARIOS
Ley 938 /2004 (reglamento técnico para la
determinación clínica del estado de embriaguez)
1. DEC 2535 /1993= prohíbe uso de armas en estado de embriaguez
2. ley 734/2002 = código disciplinario
3. ley 833/2003= régimen disciplinario militar
4. ley 141/1961= código sustantivo del trabajo
5. ley 769/2002= código nal de transito
6. ley 658/2001= normas relacionadas con trafico aéreo y marítimo
7. resolución No 414/2002 del INML y CF fija los parámetros científicos y
técnicos relacionados con el dictamen de embriaguez y alcoholemia
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4. Marco teórico
EMBRIAGUEZ AGUDA:
Def: Conjunto de cambios psicológicos, orgánicos
y neurológicos, de carácter transitorio, inducidos
por sustancias farmacológicamente activas y que
afecta la capacidad y la habilidad para realizar
actividades de riesgo.
Uso crónico genera: Tolerancia, abuso o
dependencia
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6. Sustancias estimulantes
Coca y derivados
Anfetaminas
Mesclas de tabaco, mentol y otras
sustancias usadas por via oral (chimu)
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8. Sustancias con efectos mixtos
Extasis
Cannabinoides
Antidepresivos.
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9. Definiciones conceptuales
Alcholemia: es la concentración de alcohol etílico en
sangre, expresada en miligramos de etanol en 100 ml
de sangre total.
Alcohosensor: sistemas para determinar alcohol
etílico en aire exhalado (cualitativos y cuantitativos).
Droga de abuso: sustancia de uso no medico,
capaz de cambiar la percepcion, el estado de animo,
la conciencia y el comportamiento.
Tolerancia: proceso farmacocinetico y f/dinamico,
que obliga a un individuo a aumentar la cantidad de
sustancia consumida, para obtener los mismos efectos.
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10. Requisitos
Debe ser solicitada por escrito.
Se debe evaluar la pertinencia y
necesidad del dictamen
Consentimiento libre e informado del sujeto
Los imputados requieren autorización del
juez de garantías y la presencia del
defensor.
Responsable: peritos de medicina legal o
médicos que cumplen funciones periciales.
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11. Examen clinico 1
Generales: saludar, presentarse, verificar
identidad, tomar huella dactilar, explicar el
procedimiento y el objetivo del mismo; si se rehúsa
dejar constancia escrita con firma del medico y
del sujeto a examinar.
Observar desde el ingreso apariencia, actitud,
conducta, y movimientos de la persona.
Entrevista: permite obtener información sobre las
circunstancias que generaron la peritación,
antecedentes médicos, farmacológicos,
toxicológicos,
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14. Examen clinico3
CAMBIOS NEUROLOGICOS.
Coordinación motora fina:
Pruebas de movimiento punto a punto
(dedo nariz – dedo dedo por encima de la cabeza ).
Test de movimientos rápidos alternos
(palma - palma).
Equilibrio y coordinacion gruesa:
Poligono de sustentacion ; Romberg
Marcha: tandem punta talon , puntas de los pies y en
los talones
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16. Analisis interpretacion y conclusiones
Grado I : nistagmos postrotacional discreto,
incoordinación motora leve, aliento alcohólico.
Grado II: nistagmos postrotacional evidente ,
incoordinación motora moderada, aliento alcohólico,
disartria, alteración de la convergencia ocular.
Grado III: nistagmos espontaneo, alteración de la
convergencia ocular, aliento alcohólico, disartria,
incoordinación motora, aumento del polígono de
sustentación
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17. Conclusiónes
1. Embriaguez alcohólica negativa
2. embriaguez alcohólica positiva, grado
I_II_III
3. Embriagues positiva de etiología a
establecer.
4. en estudio
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18. Pruebas paraclinicas
Sangre: 10 cc vacutainer tapa gris
Orina : 60 cc
Aire exhalado (alcohosensor) cualitativo (tamisaje);
cuantitativo (valido).
Humor vítreo.
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