2. Resolución WHA aprobada por Estados Miembros 2014:
Fortalecimiento del papel del Sistema de Salud en el abordaje
de la violencia, contra la mujer y contra las niñas en particular,
y contra los niños
Fortalecer el papel del Sistema de
Salud dentro de la respuesta
multisectorial para:
➢PRÓXIMOS PASOS:
La OMS está trabajando con los
Estados Miembros en el desarrollo
de un
Plan de Acción Gobal
3. El propósito de las directrices OMS
➢Orientaciones basadas en
evidencias
➢Guías para capacitar sobre
modelos
➢Informar a los educadores que
diseñan currículos médicos, de
enfermería y salud pública
4. El sector salud
en la respuesta
multisectorial
Proveer
Servicios integrales para
las sobrevivientes
Recolectar datos
Sobre la prevalencia, los factores de
riesgo y protectores, y consecuencias
para la salud
Informar
Políticas para la prevención de la
violencia contra las mujeres
Prevenir la violencia
Mediante el fomento y el diseño
de los programas de prevención
con base en la evidencia científica
Abogar
Por el reconocimiento de la VCM
como un problema de salud pública
5. Directrices para la respuesta del sector salud
Directrices de la OMS para la respuesta del sector salud frente a las víctimas de violencia sexual y de pareja
contra la mujer enfatizan la necesidad urgente de integrar estos aspectos en el entrenamiento clínico de
los proveedores de salud. La OMS ha identificado los elementos clave de la respuesta del sector salud
frente a la violencia contra las mujeres, los cuales han informado las siguientes recomendaciones:
Atención centrada en las mujeres:
Los proveedores deben ofrecer como
mínimo apoyo de primera línea cuando la
mujer revele que sufre violencia (escucha
empática, actitud no enjuiciadora,
privacidad, confidencialidad, conexión con
otros servicios.
Identificación y cuidado de sobrevivientes
de violencia de pareja:
Los proveedores deben preguntar acerca de
la exposición a la violencia de pareja cuando
evalúen condiciones de salud que puedan
estar causadas o agravadas por la violencia
de pareja, con el fin de mejorar el
diagnóstico/identificación y atención.
Atención clínica para las sobrevivientes de
violencia sexual:
Atención integral, apoyo de primera línea,
anticoncepción de emergencia, profilaxis para
HIV y ITS y hacer historia clínica completa,
documentar el evento y determinando
intervenciones.
Entrenamiento de los proveedores de
servicios en caso de violencia de pareja y
violencia sexual:
Proveedores deben recibir entrenamiento a
nivel de precualificación en apoyo de
primera línea.
Políticas de atención y provisión de
servicios de salud:
Atención para mujeres que han sufrido
violencia de pareja o violencia sexual debe
estar, en lo máximo posible, integrada a los
servicios existentes en lugar de ser un
servicio independiente.
Reporte mandatorio de la violencia de
pareja:
Reporte mandatorio de la violencia de
pareja ante la policía, por parte de los
proveedores de salud, no es recomendable.
Los proveedores deben ofrecer reportar si
la mujer así lo quiere.
6. 1. Atención centrada en las
mujeres
2. Identificación y cuidado
de sobrevivientes de
violencia de pareja
3. Entrenamiento de los
proveedores de servicios
en caso de violencia de
pareja y violencia sexual
4. Reporte mandatorio de la
violencia de pareja
Directrices para la respuesta del sector
salud
7. Asistencia centrada en la mujeres:
Es…
➢ Actuar sin prejuicios, apoyar y validar
➢ Proveer un cuidado práctico
➢ Preguntar sobre su historia de violencia,
➢ Ayudarle para acceder a información
sobre recursos disponibles incluyendo
atención juridíca y otros servicios.
➢ Mejorar la seguridad para ella y para sus
hijos
➢ Asegurarse que la consulta se haga en
privado y se mantenga la
confidencialidad.
8. Identificando a las mujeres que sufren violencia
de pareja: No se recomienda tamizaje universal
pero…
➢Podrían considerarlo si cumplen ciertos
requisítos, incluyendo servicios de salud
mental, prueba y consejería de VIH,
control prenatal.
➢investigación clínica se recomienda
cuando el diagnóstico y el tratamiento
se puede mejorar.
➢Información escrita sobre violencia de
pareja debe estar disponible en
contextos de atención en salud.
9. Preguntando acerca de la violencia de pareja:
Requerimientos mínimos
➢Un protocolo
➢Entrenamiento sobre cómo preguntar,
respuestas mínimas o respuestas más
completas.
➢Un sitio de consulta que sea privado
➢Confidencialidad asegurada.
➢Un sistema de referencia implementado y
funcionando.
10. Atención: Sobrevivientes de violencia de pareja
➢ Atención en salud mental para condiciones
preexistentes.
➢ Consejería de empoderamiento a corto o
mediano plazo (hasta 12 sesiones) y
abogacía/apoyo, incluyendo un componente
de seguridad, allí donde el sistema de salud
pueda proveer este cuidado intensivo.**
➢ Para niños y niñas expuestos a la violencia:
ofrecer intervención psicoterapéutica,
incluyendo sesiones con y sin la madre.
Enfoque
principal
en
servicios
de salud
mental
11. Cuidado clínico: Sobrevivientes de violencia sexual
➢ Apoyo de primera línea
➢ Historia clínica completa, documente el evento,
las lesiones, el estado mental, etc.
➢ Dentro de las 72 horas después del asalto
ofrezca: KITs de emergencia:
✓ Anticoncepción de emergencia
✓ Profilaxis contra la infección por el VIH, si es
el caso
✓ Profilaxis/ tratamiento de las ITS.
➢ Aborto seguro de acuerdo a la legislación de
cada país.
➢ Información escrita sobre ayuda, protección y
el manejo del estrés/ansiedad.
12. Salud mental: Sobrevivientes de violencia
sexual
➢ Apoyo de primera línea (atención centrada
en la mujer)
➢ Seguimiento muy cercano .
➢ Trate cualquier otra condición de salud
mental de acuerdo a las directrices de la
OMS.
➢ Si la mujer queda incapacitada a causa de
una violación o presenta un desorden por
estrés postraumático, provea terapia.
13. Entrenamiento de los proveedores de
servicios de salud
➢Proveedores de servicios de salud deben ser entrenados en la
atención de primera línea y el cuidado continuo post-violación.
➢Deben recibir entrenamiento basado en habilidades en el lugar de
trabajo sobre:
✓ cuándo y cómo preguntar
✓ la mejor manera de responder a las mujeres
✓ cuándo y cómo es apropiado colectar evidencia forense
➢Debe ser integrado al currículo educativo de los proveedores y
debe abordar las actitudes de los trabajadores de la salud
➢Requiere estar acompañados por refuerzos y provisión continua
de apoyo.
14. ORIENTACIONES PRÁCTICAS PARA LA ATENCIÓN
Manual clínico para la atención de salud para las mujeres
que han sufrido violencia de pareja o violencia sexual de la
OMS 2015
“Hay ciertos
comportamientos que se
esperan de una mujer
casada, y si usted no los
hace y su esposo la golpea,
pues eso está bien. Es
como cuando los padres
disciplinan a los hijos”.
Trabajador de la
salud entrevistado en Samoa
16. ATENCIÓN AL ESCUCHAR
➢Escuche atentamente a la mujer
con empatía.
NO JUZGAR Y VALIDAR
➢Demuestre a la mujer que la
comprende, que le cree y que no
la juzga. Asegúrele que ella no
tiene la culpa de lo sucedido.
INFORMARSE SOBRE LAS NECESIDADES Y
PREOCUPACIONES
➢Evalué y responda a las diversas
necesidades y preocupaciones que
la mujer tenga: emocionales,
físicas, sociales y prácticas (p. ej.,
el cuidado de los hijos).
MEJORAR LA SEGURIDAD
➢Analice con ella un plan
para que la mujer se
pueda proteger a sí
misma a partir de ese
momento, en caso de
que los episodios de
violencia se repitan.
APOYAR
➢Apoye a la mujer para
que reciba información y
los servicios y el
respaldo social que
necesita.
17. ¿Qué es el apoyo de primera línea?
➢Provee atención práctica y responde a las necesidades.
➢El apoyo de primera línea es muchas veces el servicio más
importante a brindar.
Objetivos:
1. Determinar qué necesita la mujer y qué le preocupa;
2. Escuchar y validar sus preocupaciones y sus experiencias;
3. Ayudarla a sentirse conectada, tranquila y con esperanzas;
4. Empoderarla;
5. Explorar las opciones que tiene;
6. Respetar sus deseos;
7. Ayudarla a encontrar respaldo social, físico y emocional;
8. Mejorar su seguridad.
18. La atención centrada en las necesidades de las víctimas
Recuerde:
➢Cuando ayuda a la mujer a
cubrir sus necesidades
prácticas, la está ayudando
también con sus necesidades
emocionales.
➢Al ayudarla con sus
necesidades emocionales, está
fortaleciendo la capacidad de
la mujer para responder a sus
necesidades prácticas.
➢Es posible que esta sea la
única oportunidad que usted
tenga de ayudarla.
20. REGLAMENTO LEY 30364
DECRETO SUPREMO Nº 009-2016-MIMP de 27 junio,
que aprueba el reglamento de la Ley para prevenir, sancionar
y erradica la violencia contra las mujeres y los integrantes del
grupo familiar.
21. Artículo 13.- Certificados o informes sobre el estado de la
salud mental de la víctima
13.1. IML del Ministerio Público, los EESS, los centros
parroquiales y los establecimientos privados emiten certificados
o informes relacionados a la SM de las víctimas que pueden
constituir medios probatorios en los procesos de violencia.
❖Informes psicológicos de los CEM y otros servicios estatales
especializados también tienen valor probatorio.
❖Certificados e informes se realizan conforme los parámetros
que establezca la institución especializada.
❖Certificados o informes tienen valor probatorio al momento de
emitir las medidas de protección, medidas cautelares así como
la acreditación del ilícito penal correspondiente.
22. 13.2. Los certificados o informes pueden además:
1. Indicar si existen condiciones de vulnerabilidad y si la
víctima se encuentra en riesgo.
2. Recomendar la realización de evaluaciones
complementarias.
13.3 En caso que el certificado o informe psicológico
recomiende la realización de la evaluación
complementaria, ésta puede ser ordenada por el Ministerio
Público o el Poder Judicial que reciba el informe.
Artículo 13.- Certificados o informes sobre el estado de la
salud mental de la víctima
23. ➢El personal de salud y educación que en el
desempeño de su cargo, tomen conocimiento de
actos de violencia, deben presentar la denuncia
correspondiente.
➢Cuentan con orientación jurídica gratuita de los
CEM y de las Oficinas de Defensa Pública del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en los
lugares donde existan estos servicios.
Artículo 15.-Denuncias por profesionales de salud y educación
24. Artículo 26.- Contenido de los certificados médicos e
informes
Los certificados de salud física y mental que expidan
los médicos de los establecimientos públicos de salud
de los diferentes sectores e instituciones del Estado y
niveles de gobierno, tienen valor probatorio acerca
del estado de salud física y mental en los procesos por
violencia contra las mujeres y los integrantes del
grupo familiar……...............
25. Artículo 26.- Contenido de certificados médicos e informes
Para efectos de la presente Ley no resulta necesaria
la realización de la audiencia especial de ratificación
pericial; por lo que no se requiere la presencia de los
profesionales para ratificar los certificados y
evaluaciones que hayan emitido para otorgarles valor
probatorio.
26. CAPÍTULOV: PROCEDIMIENTOS ESPECIALES EN CASO DE VIOLACIÓN
SEXUAL
Artículo 57.- Actuación de las instituciones ante casos de violación
sexual
57.1. En casos de violación sexual la víctima es trasladada al Instituto
de Medicina Legal o en su defecto, al establecimiento de salud, para su
inmediata atención y la práctica de un examen médico y psicológico
completo y detallado por personal especializado, ofreciéndole que sea
acompañada por alguien de su confianza si así lo desea.
.
27. CAPÍTULOV: PROCEDIMIENTOS ESPECIALES EN CASO DE
VIOLACIÓN SEXUAL
Artículo 57.- Actuación de las instituciones ante casos de violación
sexual
57.2. En todos los establecimientos de salud se garantiza la atención
de urgencia y emergencia de la víctima.
Asimismo el registro adecuado en la historia clínica de todo lo
observado, a fin de preservar las pruebas, para posteriormente
trasladar a la víctima al establecimiento que permita su evaluación
especializada, adjuntando la información inicial.
28. DECRETO LEGISLATIVO:
FORTALECE LA LUCHA
CONTRA EL FEMINICIDIO
LAVIOLENCIA FAMILIARY
LAVIOLENCIA DE GÉNERO
6 ENERO 2017
Modifica 10 artículos del
código penal sobre gravedad
de lesiones, iscriminación,
explotación sexual, esclavitud
29. Artículo 124.- Del daño psíquico y la afectación
psicológica, cognitiva o conductual
❖Nivel de daño psíquico es determinado por examen
pericial o cualquier otro medio idóneo, con la sgte.
equivalencia:
✓ Falta de lesiones leves: nivel leve de daño
✓ Lesiones leves; nivel moderado
✓ Lesiones graves: nivel grave o muy grave
❖Afectación psicológica cognitiva o conductual puede ser
determinada a través de un examen pericial o cualquier
otro elemento probatorio al que sea emitido por
entidades públicas o privadas especializadas en la
materia, sin someterse a la equivalencia de daño psíquico.