SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 7
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016
VISTO:
El expediente Nº 19991-DIG-2016, Caratulado Dir. Comercio Industria e
Inspección General en Ref./ Proyecto de Ordenanza Ferias Populares a Cielo Abierto, y
CONSIDERANDO:
Que, del análisis realizado por las distintas áreas de la Municipalidad y ante la
necesidad de crear un proyecto de trabajo que regule y legalice la actividad de Ferias Populares a
Cielo Abierto, las que a través del tiempo fueron creciendo en forma desordenada, en distintos
lugares y de diversas formas, sin un control adecuado de parte de los organismos competentes.
Que, la Municipalidad a través de la Dirección de Industria, Comercio e
Inspección General, busca organizar mediante este proyecto una regulación justa destinada a este
flujo de personas que, mediante dichas labores comerciales y de servicio, tratan de generar un
ingreso digno.
Que, las políticas económicas desarrolladas por distintos Gobiernos,
Nacionales, Provinciales y Municipales destinada a la Economía Social han creado una serie de Leyes
y programas para la promoción de la misma; los que podrán dar cabida y respaldo a este proyecto; y
la Municipalidad de Guaymallén impulsa una fuerte campaña para el desarrollo de la Economía
Social.
Que, a los efectos de poder controlar adecuadamente la comercialización y
servicio de los diversos productos y actividades, la Municipalidad de Guaymallén a través de sus
distintas áreas, realiza asesoramiento, capacitación y control de acuerdo a normativas vigentes de
Higiene, Seguridad y Salubridad; con personal de bromatología, veterinaria, técnicos de Higiene y
seguridad, de salud y asistentes sociales. Todo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 18.284 y
Normas Mercosur.
Que, las Ferias Populares a Cielo Abierto, o este tipo de Mercados, estimulan
el comercio dando las posibilidades de sumar ingresos a sectores Económicos Sociales más
vulnerables, creando una innumerable fuente de trabajo.
Que, la Municipalidad de Guaymallén ante la presencia de esta actividad en
espacios públicos se ve en la obligación de regular la localización, normativa de funcionamiento y
duración de autorizaciones.
Que, la actividad mencionada no debe afectar la urbanización, el paisaje, el
transporte, como así también áreas de servicios y de impacto ambiental.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016
POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LA LEY Nº 1079
ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES LE CONFIERE,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLÉN
ORDENANZA:
Artículo 1: Establézcase y autorícese la existencia, dentro del ejido urbano del Departamento de
Guaymallén, de Ferias Populares a Cielo Abierto, permanentes y transitorias, que funcionarán en
espacios públicos cuya finalidad principal será el fomento, exhibición, venta de bienes y servicios
producidos o comercializados por emprendedores, artesanos, manualistas, entre otros, de la
comunidad de Guaymallén organizados bajo alguna forma jurídica.
Artículo 2: Las ferias populares a cielo abierto deberán reunir las siguientes condiciones:
a. Los puestos estarán emplazados en espacios públicos determinados por la
autoridad de aplicación, y/o espacios privados cedidos a tales efectos con su
factibilidad correspondiente, durante los días sábados, domingos y feriados de 8:00
a 16:00 hs., para montaje, actividad y desmontaje y de 16:00 a 17:00 hs. para
limpieza, tomando como criterios la territorialidad e historicidad de las ferias
existentes a través del dialogo conjunto con los feriantes por medio de sus
representantes, avalados estos últimos por la persona jurídica correspondiente.
b. Deberán estar inscriptos en un registro a crear por la autoridad de Ejecución de
Guaymallén con los ítems aquí detallados y los que se considere pertinentes.
c. Podrán ser feriantes aquellas personas cuyos ingresos familiares no alcancen a
cubrir la canasta básica familiar y/o presenten situaciones especiales evaluadas
por el Consejo Asesor de Ferias Populares y estén debidamente inscriptos.
d. Los feriantes no podrán ser comerciantes mayoristas.
e. Los feriantes no podrán ser comerciantes minoristas, salvo aquellos casos que se
evalúe de acuerdo a los criterios y procedimientos establecidos en la presente
ordenanza.
f. Los puestos de trabajo serán atendidos exclusivamente por el trabajador feriante o
por algún familiar directo, si el caso particular lo requiriese y estando, estos
últimos, incluidos en los datos que se dejarán en constancia en el registro antes
mencionado. No se permiten contrataciones de empleados.
g. Los permisos de los puestos serán de carácter personal, intransferible, precario y
revocable en cualquier momento por razones fundadas o por incumplimiento de la
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016
normativa vigente. No se puede vender, alquilar o subalquilar total o parcialmente
el espacio físico otorgado.
h. No se podrá vender y/o consumir bebidas alcohólicas, ni vender mercaderías de
procedencia dudosa. Asimismo, queda expresamente prohibida la venta de
celulares y elementos de electrónica usados; servicio de tatuajes o de todo aquello
que implique riesgo para la salud, neumáticos, fauna, flora no permitida y/o
protegida, pirotecnia, productos farmacéuticos ni la exhibición y comercialización
de acuerdo a la normativa vigente. En caso de incumplimiento la autoridad de
aplicación adoptará las sanciones correspondientes.
i. Deberán ajustarse a las previsiones de las ordenanzas de Higiene y Seguridad
vigentes.
j. No se permitirá ni autorizará el trabajo de menores de edad en violación a lo
dispuesto por los Artículos 681, 682, 683, concordantes y subsiguientes del Código
Civil y Comercial de la Nación, respecto a la comercialización o prestación de
servicios en dicha feria.
k. Se deberá contar con la aprobación de los vecinos aledaños, a los fines de su
instalación. A tales efectos el Consejo Asesor de Ferias Populares a Cielo Abierto
procederá a realizar una encuesta que permita conocer la voluntad de los vecinos
del lugar que deberá contar con un porcentaje no menor al 70 % (setenta por
ciento).
Artículo 3: Las autoridades de aplicación y ejecución serán la Dirección de Industria, Comercio e
Inspección General; la Dirección de Desarrollo Social; la Dirección de Desarrollo Económico y/o el
organismo que en un futuro les reemplace; cada una en lo que en sus funciones le compete, quienes
deberán velar por el cumplimiento cabal de la presente ordenanza.
Artículo 4: Créese el Registro de Feriantes a cielo abierto de Guaymallén, el cual deberá contener
la siguiente información:
a. Nombre, apellido, domicilio y documento nacional de identidad de los postulantes.
b. Situación socio económica de los trabajadores feriantes, que será constatada
mediante la siguiente documentación: la certificación de ANSES que acredite su
situación laboral o previsional, constancias de AFIP y de ATM que acrediten su
situación tributaria, partidas de matrimonio y nacimiento de su grupo familiar,
certificado de convivencia, contrato de locación en el caso en que hubiere,
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016
certificado de discapacidad en el caso que exista y encuesta socioeconómica
desarrollada por las Direcciones de Desarrollo Humano y Desarrollo Económico
según corresponda.
c. Rubro a explotar y condiciones de cada rubro.
d. Requerimientos según el rubro (Libreta Sanitaria, Curso de Manipulación, etc.)
e. Grupo familiar que colabora.
f. Cualquier otro dato que pudiese considerarse de interés.
Artículo 5: Son obligaciones de los feriantes:
a. Ajustarse a las previsiones de la presente ordenanza.
b. Disponer de puestos desmontables y número identificatorio y nombre del titular en
el frente de los mismos.
c. Presentar mercaderías en óptimas condiciones de conservación e higiene y
ordenadas de acuerdo a su especie.
d. Exhibir los precios de los productos a comercializar, en forma notable, visible y
perfectamente ubicados
e. Mantener con carácter permanente en buenas condiciones higiénicas el puesto del
que es titular. En el interior y alrededor de los puestos deberá observarse el mayor
grado de higiene no debiendo existir desechos de mercaderías.
f. No proferir gritos improperios o insultos o reñir verbalmente.
g. No ocupar las aceras o calzadas con cajones, envases, bultos o mercaderías o
hacer uso de las veredas o espacios no autorizados en su habilitación.
h. No utilizar personal no autorizado para la venta, armado de puestos, manipuleo o
traslado de mercaderías.
i. Ajustarse a las normas de la Dirección de Industria y Comercio en caso de
comercializar productos perecederos.
j. Armar los puestos con la anticipación indicada a la apertura de las operaciones,
una vez finalizadas dispondrán de una hora para desarmarse los mismos. Durante
el montaje y desmontaje de las instalaciones se tomarán todas las previsiones
tendientes a evitar ruidos molestos y toda acción que pueda perturbar o perjudicar
a la vecindad inmediata.
Artículo 6º: Corresponde al Municipio a través de la autoridad de aplicación:
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016
a. Otorgar el permiso, conforme el orden previsto por la Comisión de ferias Populares
a Cielo Abierto en base al Registro según lo establecido en el artículo 4º y 7º, de
un puesto por familia, entendida ésta por el núcleo de dos generaciones
padre/madre e hijos convivientes, pudiendo evaluar la situación particular si el
caso lo ameritara.
b. Garantizar la colocación de baños químicos, elementos materiales necesarios para
condiciones de seguridad e higiene en lo que respecta a espacios públicos
comunes, seguridad ciudadana, control del tránsito y limpieza del lugar, con el
impacto de dicho costo en la tasa diferenciada establecida en la correspondiente
Ordenanza Tarifaria.
c. Poner a disposición de los feriantes las áreas municipales sociales, jurídicas y
económicas pertinentes para una correcta intersección y organización que requiera
la situación, como así también para la evolución económica del feriante.
d. Establecer y aplicar sanciones ante el incumplimiento de la presente ordenanza.
e. Garantizar la participación de personas con capacidades diferentes.
Artículo 7: Crease EL CONSEJO ASESOR de Ferias Populares a Cielo Abierto integrado por un (1)
representante por cada una de las Autoridades de Aplicación; un (1) representante por cada uno de
los Bloques del Honorable Concejo Deliberante de Guaymallén; tres (3) representantes de
organizaciones de feriantes con personería jurídica que deberán constar con el pertinente respaldo
legal de la organización que representan y no podrán exceder el total de tres. El carácter de este
Consejo Asesor no reviste ninguna función remunerada, por lo que sus integrantes participarán del
mismo ad honorem.
Tendrá las siguientes funciones:
a. El fomento de las ferias como instrumento del estado Municipal para paliar
necesidades sociales y laborales de la comunidad en general, y del grupo de
feriantes en particular.
b. El cumplimiento de ordenanzas, leyes provinciales y nacionales, como de
programas que promueven su inserción para el desarrollo económico social del
departamento.
c. Promover que la comunidad guaymallina acceda a productos de bajo costo.
d. Decidir sobre cualquier modificación y/o hecho importante que comprometa al
desenvolvimiento de la feria.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016
e. Evaluar el funcionamiento de las ferias.
f. Promover la inserción laboral formal de los feriantes.
g. Emitir su reglamento interno, el cual regirá su funcionamiento y será aprobado o
modificado por simple mayoría de votos de sus miembros.
h. Reglamentar el funcionamiento de las ferias en base a lo previsto por esta
ordenanza y demás disposiciones legales vigentes.
i. Participar en la conformación del Registro de Feriantes a Cielo Abierto de
Guaymallén, según lo previsto en el artículo 4º recayendo la responsabilidad de
gestión administrativa del mismo en el representante de la Dirección de Industria,
Comercio e Inspección.
j. Fijar un orden de prioridad de acceso a permisos que tendrá carácter vinculante,
conforme a las pautas previstas en la presente ordenanza y en relación al estudio
particular de cada caso.
k. Solicitar informe socioeconómico a la autoridad de aplicación correspondiente.
l. Asesorar al Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante en los
aspectos relacionados con la presente ordenanza y proponer modificaciones a la
misma.
Artículo 8: A partir de la promulgación de la presente ordenanza los feriantes de las Ferias
Populares existentes deberán cumplimentar los requisitos jurídicos pertinentes a fin de cumplir con
los objetivos de la misma en el plazo de 60 días hábiles prorrogables según amerite la culminación
del trámite.
Artículo 9: A los fines de aplicación de esta ordenanza, podrán exceptuarse las disposiciones de
ordenanzas que prohíban la ocupación de espacios públicos.
Artículo 10: Regístrese, comuníquese, etc.
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE GUAYMALLEN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS
DEL MES DE DICIEMBRE DE 2.016.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016
e. Evaluar el funcionamiento de las ferias.
f. Promover la inserción laboral formal de los feriantes.
g. Emitir su reglamento interno, el cual regirá su funcionamiento y será aprobado o
modificado por simple mayoría de votos de sus miembros.
h. Reglamentar el funcionamiento de las ferias en base a lo previsto por esta
ordenanza y demás disposiciones legales vigentes.
i. Participar en la conformación del Registro de Feriantes a Cielo Abierto de
Guaymallén, según lo previsto en el artículo 4º recayendo la responsabilidad de
gestión administrativa del mismo en el representante de la Dirección de Industria,
Comercio e Inspección.
j. Fijar un orden de prioridad de acceso a permisos que tendrá carácter vinculante,
conforme a las pautas previstas en la presente ordenanza y en relación al estudio
particular de cada caso.
k. Solicitar informe socioeconómico a la autoridad de aplicación correspondiente.
l. Asesorar al Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante en los
aspectos relacionados con la presente ordenanza y proponer modificaciones a la
misma.
Artículo 8: A partir de la promulgación de la presente ordenanza los feriantes de las Ferias
Populares existentes deberán cumplimentar los requisitos jurídicos pertinentes a fin de cumplir con
los objetivos de la misma en el plazo de 60 días hábiles prorrogables según amerite la culminación
del trámite.
Artículo 9: A los fines de aplicación de esta ordenanza, podrán exceptuarse las disposiciones de
ordenanzas que prohíban la ocupación de espacios públicos.
Artículo 10: Regístrese, comuníquese, etc.
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE GUAYMALLEN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS
DEL MES DE DICIEMBRE DE 2.016.
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

3de0ff5238adae53dbb4809da1922ca2
3de0ff5238adae53dbb4809da1922ca23de0ff5238adae53dbb4809da1922ca2
3de0ff5238adae53dbb4809da1922ca2EX ARTHUR MEXICO
 
Ext nº 52_i_2014_ord_actividades_economicas
Ext nº 52_i_2014_ord_actividades_economicasExt nº 52_i_2014_ord_actividades_economicas
Ext nº 52_i_2014_ord_actividades_economicasMaría Linares
 
Nueva subasta de la Aduana
Nueva subasta de la AduanaNueva subasta de la Aduana
Nueva subasta de la AduanaGabriel Conte
 
OBLIGACIONES DE INSCRITOS EN EL RUC - REGÍMENES TRIBUTARIOS ETC., abril 2019 ...
OBLIGACIONES DE INSCRITOS EN EL RUC - REGÍMENES TRIBUTARIOS ETC., abril 2019 ...OBLIGACIONES DE INSCRITOS EN EL RUC - REGÍMENES TRIBUTARIOS ETC., abril 2019 ...
OBLIGACIONES DE INSCRITOS EN EL RUC - REGÍMENES TRIBUTARIOS ETC., abril 2019 ...MAG. CPCC. JORGE E. GARCÍA VICENTE
 
Codigo de comercio - Ley Nº 14379
Codigo de comercio - Ley Nº 14379Codigo de comercio - Ley Nº 14379
Codigo de comercio - Ley Nº 14379update
 
Registro mercantil de Peluquería
Registro mercantil de Peluquería Registro mercantil de Peluquería
Registro mercantil de Peluquería Liliana de Cortés
 
Codigo de Comecio Boliviano
Codigo de Comecio BolivianoCodigo de Comecio Boliviano
Codigo de Comecio Bolivianoguestf886d8
 
Comerciante saia isabel
Comerciante saia isabelComerciante saia isabel
Comerciante saia isabeljulieth medina
 
Regimenes tributarios Erick Meza
Regimenes tributarios Erick MezaRegimenes tributarios Erick Meza
Regimenes tributarios Erick MezaErick Meza
 
Ley 1700 del 27 de diciembre de 2013 MULTINIVEL EN COLOMBIA
Ley 1700 del 27 de diciembre de 2013 MULTINIVEL EN COLOMBIALey 1700 del 27 de diciembre de 2013 MULTINIVEL EN COLOMBIA
Ley 1700 del 27 de diciembre de 2013 MULTINIVEL EN COLOMBIAGerardo
 
Ley 1780 de Mayo 02 de 2016
Ley 1780 de Mayo 02 de 2016Ley 1780 de Mayo 02 de 2016
Ley 1780 de Mayo 02 de 2016Jairo Sandoval H
 
Remate de vehículos de la provincia
Remate de vehículos de la provinciaRemate de vehículos de la provincia
Remate de vehículos de la provinciaMariano Manuel Bustos
 
7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d
7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d
7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3dEX ARTHUR MEXICO
 
Legalizacion Y Organizacion
Legalizacion Y OrganizacionLegalizacion Y Organizacion
Legalizacion Y Organizacioniejcg
 
Sesión 3 registro_otras_entidades_distintas_a_cámara_de_comercio
Sesión 3 registro_otras_entidades_distintas_a_cámara_de_comercioSesión 3 registro_otras_entidades_distintas_a_cámara_de_comercio
Sesión 3 registro_otras_entidades_distintas_a_cámara_de_comercioAstrid Navarro
 

La actualidad más candente (19)

3de0ff5238adae53dbb4809da1922ca2
3de0ff5238adae53dbb4809da1922ca23de0ff5238adae53dbb4809da1922ca2
3de0ff5238adae53dbb4809da1922ca2
 
Ext nº 52_i_2014_ord_actividades_economicas
Ext nº 52_i_2014_ord_actividades_economicasExt nº 52_i_2014_ord_actividades_economicas
Ext nº 52_i_2014_ord_actividades_economicas
 
DECRETO 256
DECRETO 256DECRETO 256
DECRETO 256
 
Nueva subasta de la Aduana
Nueva subasta de la AduanaNueva subasta de la Aduana
Nueva subasta de la Aduana
 
OBLIGACIONES DE INSCRITOS EN EL RUC - REGÍMENES TRIBUTARIOS ETC., abril 2019 ...
OBLIGACIONES DE INSCRITOS EN EL RUC - REGÍMENES TRIBUTARIOS ETC., abril 2019 ...OBLIGACIONES DE INSCRITOS EN EL RUC - REGÍMENES TRIBUTARIOS ETC., abril 2019 ...
OBLIGACIONES DE INSCRITOS EN EL RUC - REGÍMENES TRIBUTARIOS ETC., abril 2019 ...
 
Codigo de comercio - Ley Nº 14379
Codigo de comercio - Ley Nº 14379Codigo de comercio - Ley Nº 14379
Codigo de comercio - Ley Nº 14379
 
codigo-de-comercio-bolivia-actualizado.pdf
codigo-de-comercio-bolivia-actualizado.pdfcodigo-de-comercio-bolivia-actualizado.pdf
codigo-de-comercio-bolivia-actualizado.pdf
 
Registro mercantil de Peluquería
Registro mercantil de Peluquería Registro mercantil de Peluquería
Registro mercantil de Peluquería
 
Codigo de Comecio Boliviano
Codigo de Comecio BolivianoCodigo de Comecio Boliviano
Codigo de Comecio Boliviano
 
Comerciante saia isabel
Comerciante saia isabelComerciante saia isabel
Comerciante saia isabel
 
Regimenes tributarios Erick Meza
Regimenes tributarios Erick MezaRegimenes tributarios Erick Meza
Regimenes tributarios Erick Meza
 
Ley 1700 del 27 de diciembre de 2013 MULTINIVEL EN COLOMBIA
Ley 1700 del 27 de diciembre de 2013 MULTINIVEL EN COLOMBIALey 1700 del 27 de diciembre de 2013 MULTINIVEL EN COLOMBIA
Ley 1700 del 27 de diciembre de 2013 MULTINIVEL EN COLOMBIA
 
Ley 1780 de Mayo 02 de 2016
Ley 1780 de Mayo 02 de 2016Ley 1780 de Mayo 02 de 2016
Ley 1780 de Mayo 02 de 2016
 
Remate de vehículos de la provincia
Remate de vehículos de la provinciaRemate de vehículos de la provincia
Remate de vehículos de la provincia
 
Ley pj
Ley pjLey pj
Ley pj
 
7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d
7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d
7d467c0447cd6d940fdee274ec05ea3d
 
Legalizacion Y Organizacion
Legalizacion Y OrganizacionLegalizacion Y Organizacion
Legalizacion Y Organizacion
 
Sesión 3 registro_otras_entidades_distintas_a_cámara_de_comercio
Sesión 3 registro_otras_entidades_distintas_a_cámara_de_comercioSesión 3 registro_otras_entidades_distintas_a_cámara_de_comercio
Sesión 3 registro_otras_entidades_distintas_a_cámara_de_comercio
 
Taller exp
Taller expTaller exp
Taller exp
 

Destacado

Factory-Whitepaper-Sustainability-Aptean-Weisman
Factory-Whitepaper-Sustainability-Aptean-WeismanFactory-Whitepaper-Sustainability-Aptean-Weisman
Factory-Whitepaper-Sustainability-Aptean-WeismanRobyn Weisman
 
Fotografia e representação da realidade do sujeito
Fotografia e representação da realidade do sujeitoFotografia e representação da realidade do sujeito
Fotografia e representação da realidade do sujeitoProfessor Rômulo Viana
 
이승민 프로젝트 포트폴리오
이승민 프로젝트 포트폴리오이승민 프로젝트 포트폴리오
이승민 프로젝트 포트폴리오SeungMin Lee
 
Olga Jaszewska interior design portfolio
Olga Jaszewska interior design portfolioOlga Jaszewska interior design portfolio
Olga Jaszewska interior design portfolioOlga Jaszewska
 
Desarrollo sustentable de puero rico
Desarrollo sustentable de puero ricoDesarrollo sustentable de puero rico
Desarrollo sustentable de puero ricoItzel Sánchez Soto
 
UNEP_Solar_Thermal_techscope_assessments_of_eight_caribbean_countries_report
UNEP_Solar_Thermal_techscope_assessments_of_eight_caribbean_countries_reportUNEP_Solar_Thermal_techscope_assessments_of_eight_caribbean_countries_report
UNEP_Solar_Thermal_techscope_assessments_of_eight_caribbean_countries_reportFern Gray
 
Tap 3 tu vung - gram gram
Tap 3   tu vung - gram gramTap 3   tu vung - gram gram
Tap 3 tu vung - gram grammcbooksjsc
 
Le "temps" du changement - V. Mignerot
Le "temps" du changement - V. MignerotLe "temps" du changement - V. Mignerot
Le "temps" du changement - V. MignerotVincent Mignerot
 

Destacado (14)

Factory-Whitepaper-Sustainability-Aptean-Weisman
Factory-Whitepaper-Sustainability-Aptean-WeismanFactory-Whitepaper-Sustainability-Aptean-Weisman
Factory-Whitepaper-Sustainability-Aptean-Weisman
 
Fotografia e representação da realidade do sujeito
Fotografia e representação da realidade do sujeitoFotografia e representação da realidade do sujeito
Fotografia e representação da realidade do sujeito
 
이승민 프로젝트 포트폴리오
이승민 프로젝트 포트폴리오이승민 프로젝트 포트폴리오
이승민 프로젝트 포트폴리오
 
Olga Jaszewska interior design portfolio
Olga Jaszewska interior design portfolioOlga Jaszewska interior design portfolio
Olga Jaszewska interior design portfolio
 
Poesia
PoesiaPoesia
Poesia
 
Egic 1000
Egic 1000Egic 1000
Egic 1000
 
Desarrollo sustentable de puero rico
Desarrollo sustentable de puero ricoDesarrollo sustentable de puero rico
Desarrollo sustentable de puero rico
 
Sound Resarch
Sound ResarchSound Resarch
Sound Resarch
 
UNEP_Solar_Thermal_techscope_assessments_of_eight_caribbean_countries_report
UNEP_Solar_Thermal_techscope_assessments_of_eight_caribbean_countries_reportUNEP_Solar_Thermal_techscope_assessments_of_eight_caribbean_countries_report
UNEP_Solar_Thermal_techscope_assessments_of_eight_caribbean_countries_report
 
Textual analysis 1
Textual analysis 1Textual analysis 1
Textual analysis 1
 
Revista de valores
Revista de valoresRevista de valores
Revista de valores
 
Tap 3 tu vung - gram gram
Tap 3   tu vung - gram gramTap 3   tu vung - gram gram
Tap 3 tu vung - gram gram
 
App ppt
App pptApp ppt
App ppt
 
Le "temps" du changement - V. Mignerot
Le "temps" du changement - V. MignerotLe "temps" du changement - V. Mignerot
Le "temps" du changement - V. Mignerot
 

Similar a Ordenanza 8301 - Guaymallén

Decreto Licitando Puestos Vacantes Mercado Abastos de Cazorla
Decreto Licitando Puestos Vacantes Mercado Abastos de CazorlaDecreto Licitando Puestos Vacantes Mercado Abastos de Cazorla
Decreto Licitando Puestos Vacantes Mercado Abastos de CazorlaAyuntamiento De Cazorla
 
Ordenanza de actividades economicas 2014
Ordenanza de actividades economicas 2014Ordenanza de actividades economicas 2014
Ordenanza de actividades economicas 2014Manuel Marin
 
Impuestos Municipales-Municipio Valera Edo Trujillo
Impuestos Municipales-Municipio Valera Edo TrujilloImpuestos Municipales-Municipio Valera Edo Trujillo
Impuestos Municipales-Municipio Valera Edo Trujilloyesneida simancas
 
Ley federal de protección al consumidor casa de empeño
Ley federal de protección al consumidor casa de empeñoLey federal de protección al consumidor casa de empeño
Ley federal de protección al consumidor casa de empeñoUNAM
 
Neiruth palacios para julio bravo tema impuestos municipales
Neiruth palacios para julio bravo tema impuestos municipalesNeiruth palacios para julio bravo tema impuestos municipales
Neiruth palacios para julio bravo tema impuestos municipalesneiruthpalacios1
 
Dof casas de empeño
Dof casas de empeñoDof casas de empeño
Dof casas de empeñoUNAM
 
Trabajo de tributacion 2012
Trabajo de tributacion 2012Trabajo de tributacion 2012
Trabajo de tributacion 2012Enrique Carey
 
La Fiscal Federal dictaminó que el Juez es competente para tratar el DNU, tra...
La Fiscal Federal dictaminó que el Juez es competente para tratar el DNU, tra...La Fiscal Federal dictaminó que el Juez es competente para tratar el DNU, tra...
La Fiscal Federal dictaminó que el Juez es competente para tratar el DNU, tra...Eduardo Nelson German
 
Res me206 13
Res me206 13Res me206 13
Res me206 13EPRE
 
Boletín Oficial del transporte de pasajeros
Boletín Oficial del transporte de pasajerosBoletín Oficial del transporte de pasajeros
Boletín Oficial del transporte de pasajerosEduardo Nelson German
 
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato Jose Luis R. Cerezo ⚡
 
Observaciones proyecto ley reformatoria ley mineria
Observaciones proyecto ley reformatoria ley mineriaObservaciones proyecto ley reformatoria ley mineria
Observaciones proyecto ley reformatoria ley mineriamontgomerysanchezordonez
 
Anexos canal narros
Anexos canal   narrosAnexos canal   narros
Anexos canal narrosviroger
 
Marcos de referencia
Marcos de referenciaMarcos de referencia
Marcos de referenciaJeni Barrera
 

Similar a Ordenanza 8301 - Guaymallén (20)

Decreto Licitando Puestos Vacantes Mercado Abastos de Cazorla
Decreto Licitando Puestos Vacantes Mercado Abastos de CazorlaDecreto Licitando Puestos Vacantes Mercado Abastos de Cazorla
Decreto Licitando Puestos Vacantes Mercado Abastos de Cazorla
 
Ordenanza de actividades economicas 2014
Ordenanza de actividades economicas 2014Ordenanza de actividades economicas 2014
Ordenanza de actividades economicas 2014
 
Impuestos Municipales-Municipio Valera Edo Trujillo
Impuestos Municipales-Municipio Valera Edo TrujilloImpuestos Municipales-Municipio Valera Edo Trujillo
Impuestos Municipales-Municipio Valera Edo Trujillo
 
Rioja Bus Boletín Oficial
Rioja Bus Boletín OficialRioja Bus Boletín Oficial
Rioja Bus Boletín Oficial
 
Ley federal de protección al consumidor casa de empeño
Ley federal de protección al consumidor casa de empeñoLey federal de protección al consumidor casa de empeño
Ley federal de protección al consumidor casa de empeño
 
Neiruth palacios para julio bravo tema impuestos municipales
Neiruth palacios para julio bravo tema impuestos municipalesNeiruth palacios para julio bravo tema impuestos municipales
Neiruth palacios para julio bravo tema impuestos municipales
 
Impuesto municipales presentación
Impuesto municipales presentaciónImpuesto municipales presentación
Impuesto municipales presentación
 
Comprobantes de pago2012
Comprobantes de pago2012Comprobantes de pago2012
Comprobantes de pago2012
 
Dof casas de empeño
Dof casas de empeñoDof casas de empeño
Dof casas de empeño
 
Trabajo de tributacion 2012
Trabajo de tributacion 2012Trabajo de tributacion 2012
Trabajo de tributacion 2012
 
La Fiscal Federal dictaminó que el Juez es competente para tratar el DNU, tra...
La Fiscal Federal dictaminó que el Juez es competente para tratar el DNU, tra...La Fiscal Federal dictaminó que el Juez es competente para tratar el DNU, tra...
La Fiscal Federal dictaminó que el Juez es competente para tratar el DNU, tra...
 
Ley orgánicade preciosjusto
Ley orgánicade preciosjustoLey orgánicade preciosjusto
Ley orgánicade preciosjusto
 
Res me206 13
Res me206 13Res me206 13
Res me206 13
 
Boletín Oficial del transporte de pasajeros
Boletín Oficial del transporte de pasajerosBoletín Oficial del transporte de pasajeros
Boletín Oficial del transporte de pasajeros
 
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
Ley que Regula las Casas de Empeño en Guanajuato
 
Observaciones proyecto ley reformatoria ley mineria
Observaciones proyecto ley reformatoria ley mineriaObservaciones proyecto ley reformatoria ley mineria
Observaciones proyecto ley reformatoria ley mineria
 
Anexos canal narros
Anexos canal   narrosAnexos canal   narros
Anexos canal narros
 
Guia
GuiaGuia
Guia
 
Guia
GuiaGuia
Guia
 
Marcos de referencia
Marcos de referenciaMarcos de referencia
Marcos de referencia
 

Más de JornadaMendoza

Discurso Alfredo Cornejo Asamblea Legislativa 2017
Discurso Alfredo Cornejo Asamblea Legislativa 2017Discurso Alfredo Cornejo Asamblea Legislativa 2017
Discurso Alfredo Cornejo Asamblea Legislativa 2017JornadaMendoza
 
Fixture Primera División 2016/2017
Fixture Primera División 2016/2017Fixture Primera División 2016/2017
Fixture Primera División 2016/2017JornadaMendoza
 
Proyecto de Lley de Ética Pública de Laura Montero
Proyecto de Lley de Ética Pública de Laura MonteroProyecto de Lley de Ética Pública de Laura Montero
Proyecto de Lley de Ética Pública de Laura MonteroJornadaMendoza
 
Discurso cornejo ante la Asamblea Legislativa
Discurso cornejo ante la Asamblea LegislativaDiscurso cornejo ante la Asamblea Legislativa
Discurso cornejo ante la Asamblea LegislativaJornadaMendoza
 
Prórroga cautelar por 30 días más 2016
Prórroga cautelar por 30 días más 2016Prórroga cautelar por 30 días más 2016
Prórroga cautelar por 30 días más 2016JornadaMendoza
 
Recurso extraordinario federal habeas corpus
Recurso extraordinario federal habeas corpusRecurso extraordinario federal habeas corpus
Recurso extraordinario federal habeas corpusJornadaMendoza
 
Declaraciones juradas
Declaraciones juradas Declaraciones juradas
Declaraciones juradas JornadaMendoza
 

Más de JornadaMendoza (7)

Discurso Alfredo Cornejo Asamblea Legislativa 2017
Discurso Alfredo Cornejo Asamblea Legislativa 2017Discurso Alfredo Cornejo Asamblea Legislativa 2017
Discurso Alfredo Cornejo Asamblea Legislativa 2017
 
Fixture Primera División 2016/2017
Fixture Primera División 2016/2017Fixture Primera División 2016/2017
Fixture Primera División 2016/2017
 
Proyecto de Lley de Ética Pública de Laura Montero
Proyecto de Lley de Ética Pública de Laura MonteroProyecto de Lley de Ética Pública de Laura Montero
Proyecto de Lley de Ética Pública de Laura Montero
 
Discurso cornejo ante la Asamblea Legislativa
Discurso cornejo ante la Asamblea LegislativaDiscurso cornejo ante la Asamblea Legislativa
Discurso cornejo ante la Asamblea Legislativa
 
Prórroga cautelar por 30 días más 2016
Prórroga cautelar por 30 días más 2016Prórroga cautelar por 30 días más 2016
Prórroga cautelar por 30 días más 2016
 
Recurso extraordinario federal habeas corpus
Recurso extraordinario federal habeas corpusRecurso extraordinario federal habeas corpus
Recurso extraordinario federal habeas corpus
 
Declaraciones juradas
Declaraciones juradas Declaraciones juradas
Declaraciones juradas
 

Último

Boletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las Mujeres
Boletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las MujeresBoletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las Mujeres
Boletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las MujeresBaker Publishing Company
 
Revista Ejército nº 989 mar-abr 2024.pdf
Revista Ejército nº 989 mar-abr 2024.pdfRevista Ejército nº 989 mar-abr 2024.pdf
Revista Ejército nº 989 mar-abr 2024.pdfEjército de Tierra
 
Instructivo Plan Operativo Anual Alcaldías 2024
Instructivo Plan Operativo Anual Alcaldías 2024Instructivo Plan Operativo Anual Alcaldías 2024
Instructivo Plan Operativo Anual Alcaldías 2024acjg36
 
UNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdf
UNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdfUNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdf
UNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdfELIAMARYTOVARFLOREZD
 
CIRCULAR 11-2024 ENTREGA DE UTILES ESCOLARES NIVELES PREPRIMARIA PRIMARIA Y M...
CIRCULAR 11-2024 ENTREGA DE UTILES ESCOLARES NIVELES PREPRIMARIA PRIMARIA Y M...CIRCULAR 11-2024 ENTREGA DE UTILES ESCOLARES NIVELES PREPRIMARIA PRIMARIA Y M...
CIRCULAR 11-2024 ENTREGA DE UTILES ESCOLARES NIVELES PREPRIMARIA PRIMARIA Y M...FAUSTODANILOCRUZCAST
 
Presupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdf
Presupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdfPresupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdf
Presupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdfSUSMAI
 
Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...
Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...
Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...Christina Parmionova
 
El mandato de Velasco, reformas y represiones
El mandato de Velasco, reformas y represionesEl mandato de Velasco, reformas y represiones
El mandato de Velasco, reformas y represionesNicolleYamilet
 
CIRCULAR 13-2024 ENTREGA VALIJA DIDACTICA NIVELES PREPRIMARIA PRIMARIA Y MED...
CIRCULAR 13-2024 ENTREGA VALIJA DIDACTICA NIVELES  PREPRIMARIA PRIMARIA Y MED...CIRCULAR 13-2024 ENTREGA VALIJA DIDACTICA NIVELES  PREPRIMARIA PRIMARIA Y MED...
CIRCULAR 13-2024 ENTREGA VALIJA DIDACTICA NIVELES PREPRIMARIA PRIMARIA Y MED...FAUSTODANILOCRUZCAST
 
POLÍTICA CRIMINAL - SEGURIDAD CIUDADANA Y TECNOLOGÍA.pptx
POLÍTICA CRIMINAL - SEGURIDAD CIUDADANA Y TECNOLOGÍA.pptxPOLÍTICA CRIMINAL - SEGURIDAD CIUDADANA Y TECNOLOGÍA.pptx
POLÍTICA CRIMINAL - SEGURIDAD CIUDADANA Y TECNOLOGÍA.pptxBeyker Chamorro
 
La paz total, en la presidencia de gustavo Petro.pdf
La paz total, en la presidencia de gustavo Petro.pdfLa paz total, en la presidencia de gustavo Petro.pdf
La paz total, en la presidencia de gustavo Petro.pdfyehinicortes
 
Clase 4 Análisis PESTEL.PDF Material de calidad
Clase 4 Análisis PESTEL.PDF Material de calidadClase 4 Análisis PESTEL.PDF Material de calidad
Clase 4 Análisis PESTEL.PDF Material de calidadssuserfa578f
 
HISTORIA DE PIURA PERIODO INCAICO VVVVVVVVV
HISTORIA DE PIURA PERIODO INCAICO VVVVVVVVVHISTORIA DE PIURA PERIODO INCAICO VVVVVVVVV
HISTORIA DE PIURA PERIODO INCAICO VVVVVVVVVFlorMezones
 
UNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docx
UNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docxUNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docx
UNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docxanaalmeyda1998
 

Último (14)

Boletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las Mujeres
Boletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las MujeresBoletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las Mujeres
Boletin 1077 - Tramitación - Ley Integral Contra La Violencia Hacia Las Mujeres
 
Revista Ejército nº 989 mar-abr 2024.pdf
Revista Ejército nº 989 mar-abr 2024.pdfRevista Ejército nº 989 mar-abr 2024.pdf
Revista Ejército nº 989 mar-abr 2024.pdf
 
Instructivo Plan Operativo Anual Alcaldías 2024
Instructivo Plan Operativo Anual Alcaldías 2024Instructivo Plan Operativo Anual Alcaldías 2024
Instructivo Plan Operativo Anual Alcaldías 2024
 
UNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdf
UNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdfUNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdf
UNIDAD II - CURSO DE DERECHO ADMINISTRATIVO (Parte I) (1).pdf
 
CIRCULAR 11-2024 ENTREGA DE UTILES ESCOLARES NIVELES PREPRIMARIA PRIMARIA Y M...
CIRCULAR 11-2024 ENTREGA DE UTILES ESCOLARES NIVELES PREPRIMARIA PRIMARIA Y M...CIRCULAR 11-2024 ENTREGA DE UTILES ESCOLARES NIVELES PREPRIMARIA PRIMARIA Y M...
CIRCULAR 11-2024 ENTREGA DE UTILES ESCOLARES NIVELES PREPRIMARIA PRIMARIA Y M...
 
Presupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdf
Presupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdfPresupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdf
Presupuesto asignado a fracking 2018-2024.pdf
 
Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...
Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...
Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo 2024, 28 de abril - Cambio ...
 
El mandato de Velasco, reformas y represiones
El mandato de Velasco, reformas y represionesEl mandato de Velasco, reformas y represiones
El mandato de Velasco, reformas y represiones
 
CIRCULAR 13-2024 ENTREGA VALIJA DIDACTICA NIVELES PREPRIMARIA PRIMARIA Y MED...
CIRCULAR 13-2024 ENTREGA VALIJA DIDACTICA NIVELES  PREPRIMARIA PRIMARIA Y MED...CIRCULAR 13-2024 ENTREGA VALIJA DIDACTICA NIVELES  PREPRIMARIA PRIMARIA Y MED...
CIRCULAR 13-2024 ENTREGA VALIJA DIDACTICA NIVELES PREPRIMARIA PRIMARIA Y MED...
 
POLÍTICA CRIMINAL - SEGURIDAD CIUDADANA Y TECNOLOGÍA.pptx
POLÍTICA CRIMINAL - SEGURIDAD CIUDADANA Y TECNOLOGÍA.pptxPOLÍTICA CRIMINAL - SEGURIDAD CIUDADANA Y TECNOLOGÍA.pptx
POLÍTICA CRIMINAL - SEGURIDAD CIUDADANA Y TECNOLOGÍA.pptx
 
La paz total, en la presidencia de gustavo Petro.pdf
La paz total, en la presidencia de gustavo Petro.pdfLa paz total, en la presidencia de gustavo Petro.pdf
La paz total, en la presidencia de gustavo Petro.pdf
 
Clase 4 Análisis PESTEL.PDF Material de calidad
Clase 4 Análisis PESTEL.PDF Material de calidadClase 4 Análisis PESTEL.PDF Material de calidad
Clase 4 Análisis PESTEL.PDF Material de calidad
 
HISTORIA DE PIURA PERIODO INCAICO VVVVVVVVV
HISTORIA DE PIURA PERIODO INCAICO VVVVVVVVVHISTORIA DE PIURA PERIODO INCAICO VVVVVVVVV
HISTORIA DE PIURA PERIODO INCAICO VVVVVVVVV
 
UNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docx
UNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docxUNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docx
UNIDAD DIDÁCTICA MAYO TERCER GRADO (2).docx
 

Ordenanza 8301 - Guaymallén

  • 1. ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016 VISTO: El expediente Nº 19991-DIG-2016, Caratulado Dir. Comercio Industria e Inspección General en Ref./ Proyecto de Ordenanza Ferias Populares a Cielo Abierto, y CONSIDERANDO: Que, del análisis realizado por las distintas áreas de la Municipalidad y ante la necesidad de crear un proyecto de trabajo que regule y legalice la actividad de Ferias Populares a Cielo Abierto, las que a través del tiempo fueron creciendo en forma desordenada, en distintos lugares y de diversas formas, sin un control adecuado de parte de los organismos competentes. Que, la Municipalidad a través de la Dirección de Industria, Comercio e Inspección General, busca organizar mediante este proyecto una regulación justa destinada a este flujo de personas que, mediante dichas labores comerciales y de servicio, tratan de generar un ingreso digno. Que, las políticas económicas desarrolladas por distintos Gobiernos, Nacionales, Provinciales y Municipales destinada a la Economía Social han creado una serie de Leyes y programas para la promoción de la misma; los que podrán dar cabida y respaldo a este proyecto; y la Municipalidad de Guaymallén impulsa una fuerte campaña para el desarrollo de la Economía Social. Que, a los efectos de poder controlar adecuadamente la comercialización y servicio de los diversos productos y actividades, la Municipalidad de Guaymallén a través de sus distintas áreas, realiza asesoramiento, capacitación y control de acuerdo a normativas vigentes de Higiene, Seguridad y Salubridad; con personal de bromatología, veterinaria, técnicos de Higiene y seguridad, de salud y asistentes sociales. Todo de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 18.284 y Normas Mercosur. Que, las Ferias Populares a Cielo Abierto, o este tipo de Mercados, estimulan el comercio dando las posibilidades de sumar ingresos a sectores Económicos Sociales más vulnerables, creando una innumerable fuente de trabajo. Que, la Municipalidad de Guaymallén ante la presencia de esta actividad en espacios públicos se ve en la obligación de regular la localización, normativa de funcionamiento y duración de autorizaciones. Que, la actividad mencionada no debe afectar la urbanización, el paisaje, el transporte, como así también áreas de servicios y de impacto ambiental. HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
  • 2. ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016 POR ELLO Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LA LEY Nº 1079 ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES LE CONFIERE, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLÉN ORDENANZA: Artículo 1: Establézcase y autorícese la existencia, dentro del ejido urbano del Departamento de Guaymallén, de Ferias Populares a Cielo Abierto, permanentes y transitorias, que funcionarán en espacios públicos cuya finalidad principal será el fomento, exhibición, venta de bienes y servicios producidos o comercializados por emprendedores, artesanos, manualistas, entre otros, de la comunidad de Guaymallén organizados bajo alguna forma jurídica. Artículo 2: Las ferias populares a cielo abierto deberán reunir las siguientes condiciones: a. Los puestos estarán emplazados en espacios públicos determinados por la autoridad de aplicación, y/o espacios privados cedidos a tales efectos con su factibilidad correspondiente, durante los días sábados, domingos y feriados de 8:00 a 16:00 hs., para montaje, actividad y desmontaje y de 16:00 a 17:00 hs. para limpieza, tomando como criterios la territorialidad e historicidad de las ferias existentes a través del dialogo conjunto con los feriantes por medio de sus representantes, avalados estos últimos por la persona jurídica correspondiente. b. Deberán estar inscriptos en un registro a crear por la autoridad de Ejecución de Guaymallén con los ítems aquí detallados y los que se considere pertinentes. c. Podrán ser feriantes aquellas personas cuyos ingresos familiares no alcancen a cubrir la canasta básica familiar y/o presenten situaciones especiales evaluadas por el Consejo Asesor de Ferias Populares y estén debidamente inscriptos. d. Los feriantes no podrán ser comerciantes mayoristas. e. Los feriantes no podrán ser comerciantes minoristas, salvo aquellos casos que se evalúe de acuerdo a los criterios y procedimientos establecidos en la presente ordenanza. f. Los puestos de trabajo serán atendidos exclusivamente por el trabajador feriante o por algún familiar directo, si el caso particular lo requiriese y estando, estos últimos, incluidos en los datos que se dejarán en constancia en el registro antes mencionado. No se permiten contrataciones de empleados. g. Los permisos de los puestos serán de carácter personal, intransferible, precario y revocable en cualquier momento por razones fundadas o por incumplimiento de la HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
  • 3. ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016 normativa vigente. No se puede vender, alquilar o subalquilar total o parcialmente el espacio físico otorgado. h. No se podrá vender y/o consumir bebidas alcohólicas, ni vender mercaderías de procedencia dudosa. Asimismo, queda expresamente prohibida la venta de celulares y elementos de electrónica usados; servicio de tatuajes o de todo aquello que implique riesgo para la salud, neumáticos, fauna, flora no permitida y/o protegida, pirotecnia, productos farmacéuticos ni la exhibición y comercialización de acuerdo a la normativa vigente. En caso de incumplimiento la autoridad de aplicación adoptará las sanciones correspondientes. i. Deberán ajustarse a las previsiones de las ordenanzas de Higiene y Seguridad vigentes. j. No se permitirá ni autorizará el trabajo de menores de edad en violación a lo dispuesto por los Artículos 681, 682, 683, concordantes y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, respecto a la comercialización o prestación de servicios en dicha feria. k. Se deberá contar con la aprobación de los vecinos aledaños, a los fines de su instalación. A tales efectos el Consejo Asesor de Ferias Populares a Cielo Abierto procederá a realizar una encuesta que permita conocer la voluntad de los vecinos del lugar que deberá contar con un porcentaje no menor al 70 % (setenta por ciento). Artículo 3: Las autoridades de aplicación y ejecución serán la Dirección de Industria, Comercio e Inspección General; la Dirección de Desarrollo Social; la Dirección de Desarrollo Económico y/o el organismo que en un futuro les reemplace; cada una en lo que en sus funciones le compete, quienes deberán velar por el cumplimiento cabal de la presente ordenanza. Artículo 4: Créese el Registro de Feriantes a cielo abierto de Guaymallén, el cual deberá contener la siguiente información: a. Nombre, apellido, domicilio y documento nacional de identidad de los postulantes. b. Situación socio económica de los trabajadores feriantes, que será constatada mediante la siguiente documentación: la certificación de ANSES que acredite su situación laboral o previsional, constancias de AFIP y de ATM que acrediten su situación tributaria, partidas de matrimonio y nacimiento de su grupo familiar, certificado de convivencia, contrato de locación en el caso en que hubiere, HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
  • 4. ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016 certificado de discapacidad en el caso que exista y encuesta socioeconómica desarrollada por las Direcciones de Desarrollo Humano y Desarrollo Económico según corresponda. c. Rubro a explotar y condiciones de cada rubro. d. Requerimientos según el rubro (Libreta Sanitaria, Curso de Manipulación, etc.) e. Grupo familiar que colabora. f. Cualquier otro dato que pudiese considerarse de interés. Artículo 5: Son obligaciones de los feriantes: a. Ajustarse a las previsiones de la presente ordenanza. b. Disponer de puestos desmontables y número identificatorio y nombre del titular en el frente de los mismos. c. Presentar mercaderías en óptimas condiciones de conservación e higiene y ordenadas de acuerdo a su especie. d. Exhibir los precios de los productos a comercializar, en forma notable, visible y perfectamente ubicados e. Mantener con carácter permanente en buenas condiciones higiénicas el puesto del que es titular. En el interior y alrededor de los puestos deberá observarse el mayor grado de higiene no debiendo existir desechos de mercaderías. f. No proferir gritos improperios o insultos o reñir verbalmente. g. No ocupar las aceras o calzadas con cajones, envases, bultos o mercaderías o hacer uso de las veredas o espacios no autorizados en su habilitación. h. No utilizar personal no autorizado para la venta, armado de puestos, manipuleo o traslado de mercaderías. i. Ajustarse a las normas de la Dirección de Industria y Comercio en caso de comercializar productos perecederos. j. Armar los puestos con la anticipación indicada a la apertura de las operaciones, una vez finalizadas dispondrán de una hora para desarmarse los mismos. Durante el montaje y desmontaje de las instalaciones se tomarán todas las previsiones tendientes a evitar ruidos molestos y toda acción que pueda perturbar o perjudicar a la vecindad inmediata. Artículo 6º: Corresponde al Municipio a través de la autoridad de aplicación: HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
  • 5. ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016 a. Otorgar el permiso, conforme el orden previsto por la Comisión de ferias Populares a Cielo Abierto en base al Registro según lo establecido en el artículo 4º y 7º, de un puesto por familia, entendida ésta por el núcleo de dos generaciones padre/madre e hijos convivientes, pudiendo evaluar la situación particular si el caso lo ameritara. b. Garantizar la colocación de baños químicos, elementos materiales necesarios para condiciones de seguridad e higiene en lo que respecta a espacios públicos comunes, seguridad ciudadana, control del tránsito y limpieza del lugar, con el impacto de dicho costo en la tasa diferenciada establecida en la correspondiente Ordenanza Tarifaria. c. Poner a disposición de los feriantes las áreas municipales sociales, jurídicas y económicas pertinentes para una correcta intersección y organización que requiera la situación, como así también para la evolución económica del feriante. d. Establecer y aplicar sanciones ante el incumplimiento de la presente ordenanza. e. Garantizar la participación de personas con capacidades diferentes. Artículo 7: Crease EL CONSEJO ASESOR de Ferias Populares a Cielo Abierto integrado por un (1) representante por cada una de las Autoridades de Aplicación; un (1) representante por cada uno de los Bloques del Honorable Concejo Deliberante de Guaymallén; tres (3) representantes de organizaciones de feriantes con personería jurídica que deberán constar con el pertinente respaldo legal de la organización que representan y no podrán exceder el total de tres. El carácter de este Consejo Asesor no reviste ninguna función remunerada, por lo que sus integrantes participarán del mismo ad honorem. Tendrá las siguientes funciones: a. El fomento de las ferias como instrumento del estado Municipal para paliar necesidades sociales y laborales de la comunidad en general, y del grupo de feriantes en particular. b. El cumplimiento de ordenanzas, leyes provinciales y nacionales, como de programas que promueven su inserción para el desarrollo económico social del departamento. c. Promover que la comunidad guaymallina acceda a productos de bajo costo. d. Decidir sobre cualquier modificación y/o hecho importante que comprometa al desenvolvimiento de la feria. HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
  • 6. ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016 e. Evaluar el funcionamiento de las ferias. f. Promover la inserción laboral formal de los feriantes. g. Emitir su reglamento interno, el cual regirá su funcionamiento y será aprobado o modificado por simple mayoría de votos de sus miembros. h. Reglamentar el funcionamiento de las ferias en base a lo previsto por esta ordenanza y demás disposiciones legales vigentes. i. Participar en la conformación del Registro de Feriantes a Cielo Abierto de Guaymallén, según lo previsto en el artículo 4º recayendo la responsabilidad de gestión administrativa del mismo en el representante de la Dirección de Industria, Comercio e Inspección. j. Fijar un orden de prioridad de acceso a permisos que tendrá carácter vinculante, conforme a las pautas previstas en la presente ordenanza y en relación al estudio particular de cada caso. k. Solicitar informe socioeconómico a la autoridad de aplicación correspondiente. l. Asesorar al Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante en los aspectos relacionados con la presente ordenanza y proponer modificaciones a la misma. Artículo 8: A partir de la promulgación de la presente ordenanza los feriantes de las Ferias Populares existentes deberán cumplimentar los requisitos jurídicos pertinentes a fin de cumplir con los objetivos de la misma en el plazo de 60 días hábiles prorrogables según amerite la culminación del trámite. Artículo 9: A los fines de aplicación de esta ordenanza, podrán exceptuarse las disposiciones de ordenanzas que prohíban la ocupación de espacios públicos. Artículo 10: Regístrese, comuníquese, etc. DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2.016. HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN
  • 7. ORDENANZA REGISTRADA BAJO EL Nº 8301/2016 e. Evaluar el funcionamiento de las ferias. f. Promover la inserción laboral formal de los feriantes. g. Emitir su reglamento interno, el cual regirá su funcionamiento y será aprobado o modificado por simple mayoría de votos de sus miembros. h. Reglamentar el funcionamiento de las ferias en base a lo previsto por esta ordenanza y demás disposiciones legales vigentes. i. Participar en la conformación del Registro de Feriantes a Cielo Abierto de Guaymallén, según lo previsto en el artículo 4º recayendo la responsabilidad de gestión administrativa del mismo en el representante de la Dirección de Industria, Comercio e Inspección. j. Fijar un orden de prioridad de acceso a permisos que tendrá carácter vinculante, conforme a las pautas previstas en la presente ordenanza y en relación al estudio particular de cada caso. k. Solicitar informe socioeconómico a la autoridad de aplicación correspondiente. l. Asesorar al Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante en los aspectos relacionados con la presente ordenanza y proponer modificaciones a la misma. Artículo 8: A partir de la promulgación de la presente ordenanza los feriantes de las Ferias Populares existentes deberán cumplimentar los requisitos jurídicos pertinentes a fin de cumplir con los objetivos de la misma en el plazo de 60 días hábiles prorrogables según amerite la culminación del trámite. Artículo 9: A los fines de aplicación de esta ordenanza, podrán exceptuarse las disposiciones de ordenanzas que prohíban la ocupación de espacios públicos. Artículo 10: Regístrese, comuníquese, etc. DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2.016. HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GUAYMALLEN