UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
Minuta constitucion empresa (plantilla)
1. MINUTA
Señor Notario: sírvase extender en su registro de escritura pública, una
constitución de sociedad anónima cerrada, que otorgan:
_________________________, de nacionalidad peruana, identificado
con DNI Nº __________, de estado civil _________, de ocupación
Empresario, con domicilio
____________________________________., Distrito de
______________, Provincia y Departamento de _________, (segunda
persona)___________________, de nacionalidad peruana,
identificado con DNI Nº __________, de estado civil ________, de
ocupación Empresario, con domicilio ________________________,
Distrito de __________, Provincia y Departamento de _______, en los
términos siguientes:
=============================================
PRIMERO: Por el presente pacto social los otorgantes manifiestan su
libre voluntad de constituir una Sociedad Anónima Cerrada, bajo la
denominación de __________________________.; se obligan a
efectuar los aportes para la formación del capital social y a formular el
correspondiente estatuto que regirá la empresa. =================
SEGUNDO: EL CAPITAL DE LA SOCIEDAD ES DE S/. 50,000.00
(CINCUENTA MIL CON 00/100 SOLES) DISGREGADO EN:
s/. 20,000.00 (veinte mil con 00/100 soles) en efectivo y s/. 30,000.00
(treinta mil con 00/100 soles) en bienes, representado por 50,000
(cincuenta mil) Acciones nominativas de un valor nominal de s/. 1.00
(uno con 00/100 soles) cada una, íntegramente suscritas y pagadas de
la siguiente manera:
-50% (cincuenta por ciento) de las acciones, es decir, 25,000 (veinte
cinco mil) acciones, las suscribe y paga el señor
___________________, aportando a la sociedad la suma de s/.
15,000.00 (Quince mil con 00/100 soles) mediante el aporte de bienes
muebles según declaración jurada que se adjunta al presente y s/.
10,000.00 (Diez mil con 00/100 soles) mediante el aporte en efectivo,
que Ud. Señor Notario se servirá a insertar a la escritura pública que
esta minuta origine===================
-50% (cincuenta por ciento) de las acciones, es decir, 25,000 (veinte
cinco mil) acciones, las suscribe y paga el señor
_____________________, aportando a la sociedad la suma de s/.
15,000.00 (Quince mil con 00/100 soles) mediante el aporte de bienes
muebles según declaración jurada que se adjunta al presente y s/.
10,000.00 (Diez mil con 00/100 soles) mediante el aporte en efectivo,
que Ud. Señor Notario se servirá a insertar a la escritura pública que
esta minuta origine===================
2. El capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado. =========
TERCERO: La sociedad que se constituye se regirá por el pacto social,
el estatuto siguiente y en todo lo previsto por este, se estará a lo
dispuesto por la Ley General de Sociedades – Ley 26887. ==========
ESTATUTO
ARTICULO 1°. - DENOMINACIÓN-DURACIÓN-DOMICILIO========
La sociedad se denominará _____________________________. ====
Tiene una duración indeterminada, inicia sus operaciones en la fecha
de este pacto y adquiere personalidad jurídica desde su inscripción en
el Registro de Personas Jurídicas de Lima======================
Su domicilio es la Provincia y Departamento de Lima, pudiendo
establecer sucursales u oficinas en cualquier lugar del país o en el
extranjero=============================================
ARITCULO 2°. - OBJETO SOCIAL
La sociedad tiene por objeto dedicarse a: ======================
- La asesoría, elaboración, capacitación, consultoría y ejecución de
obras de construcción, realización y edificación de proyectos de
construcción como programas de vivienda. Centros comerciales
y/o Galerías, Rehabilitación de carreteras, pistas, muros de
contención, puentes, así como la ejecución y construcción de
cualquier proyecto, obra o conjunto habitacional.
=============
- A la compra, venta, importación, exportación, distribución,
comercialización de material de construcción.
===============
- La asesoría, consultoría, desarrollo y capacitación en programas
de ejecución de obras de riego tecnificado por goteo y aspersión,
así como se dedicará a la comercialización de todo tipo de tubos
mangueras, motobombas y afines al rubro. =================
- A la importación, exportación, elaboración, consignación,
comercialización, distribución, promoción, presentación,
representación y ventas al por mayor y menor de equipos
electrónicos, como televisores, celulares, DVD, juegos
electrónicos diversos, computadoras, laptops, accesorios para
computadoras, artefactos eléctricos y electrónicos para teléfonos
3. celulares, artículos relacionados a la telefonía móvil, voip phones
y aparatos relacionados con esta nueva tecnología, pone
sistemas y partes de computadoras, telecomunicaciones y
electrónica en general.================================
- A la prestación de servicios de transporte público de pasajeros y/o
carga en todos los niveles, transporte urbano e interurbano,
interprovincial, departamental, nacional e internacional; servicio
de taxi, personal escolar y turismo, servicio de transporte de
vehículos menores, la importación y comercialización y
distribución de vehículos , motores, repuestos y accesorios del
sector automotriz; la comercialización y distribución de lubricantes
y combustibles así como de maquinaria pesada y repuestos,
servicio de tapizado en general.=========================
- Fabricación, comercialización, distribución, representación,
importación, exportación de toda clase de vehículos, piezas,
accesorios, repuestos, combustibles, gas doméstico. =========
- Importación, comercialización y distribución de todo tipo de
vehículos motorizados así como sus autopartes nuevas y/o
usadas, de vehículos motorizados como motores, llantas,
ómnibus, camiones, camionetas, automóviles, moto taxis
(vehículos menores) y maquinaria en general.===============
- Comercialización y/o abastecimiento de carburantes, diésel,
aditivos y lubricantes.
=================================
- Instalación de talleres de maestranza, para brindar servicio de
mecánica automotriz y/o para la reparación de unidades
vehiculares, planchado, pintura, lavado- engrase y todo lo
necesario para el mantenimiento de vehículos automotores. ====
- La comercialización, distribución y representación de grifos,
kerosene, gasolina, petróleos diésel 2; y toda clase de
combustibles y lubricantes en general. ====================
- Comercialización, representación, distribución, transporte,
importación y exportación de materiales de construcción y todo
tipo de tubos plásticos.
================================
- Comercialización, representación, distribución, transporte,
comisionista, importación, exportación de toda clase de artículos
y productos de ferretería pintura y demás bienes vinculados con
la construcción. =====================================
4. - Importación, exportación, representación, comisionista,
transporte de los bienes y servicios y demás actividades a que se
dedique la empresa.
==================================
- Brindar servicio de restaurantes, cevicherías, pollerías, juguerías,
snack, servicio de buffetts, decoración, filmación y animación,
promotor de todo tipo de espectáculos, servicio de bar, compra y
venta, distribución, comercialización de: todo tipo de licores –
corretajes inmobiliarios, servicio de transporte urbano de
pasajeros (couster y combis), cultivos, procesamiento,
distribución , comercialización, exportación de plantaciones
agroindustriales y otros relacionados de las misma.===========
- La elaboración, manufactura, compra y venta, exportación e
importación de todo tipo de máquinas de coser, remalladoras,
botoneras, bordadoras, estampadoras y otros conexos a la
producción de la confección de prendas de vestir, al igual que
todo tipo de productos textiles y colorantes o tintes para todo tipo
de telas, incluidos sus complementos y/o accesorios; así como a
la prestación de servicios de manufactura de dichos bienes a
terceros, pudiendo a la vez brindar asesoría y servicio de corte
confección y acabados de todo tipo de productos textiles sea a
nivel nacional o extranjero.=============================
- La sociedad podrá prestar servicios de asesoramiento y/o
asistencia técnica a terceros para la selección o evaluación de
proveedores de prendas de vestir, confecciones, textiles incluidos
sus complementos y/o accesorios. =======================
- Del mismo modo la sociedad podrá también prestar servicios de
asesoramientos y/o asistencia técnica en relación con los
procesos de producción y/o elaboración de prendas de vestir,
confecciones textiles incluidos sus complementos y/o accesorios,
lo que también comprende la realización de auditorías técnicas a
dichos procesos y a los insumos y/o productos utilizados en los
mismos o que resulten como consecuencia de ellos. ==========
- Inspección, control, supervisión y asesoramiento técnico en obras
especializadas en ingeniera en general. ===================
- Estudios y ejecución de obras de programas de rehabilitación
rural, erradicación, renovación, remodelación y rehabilitación
urbana en zonas afectadas por desastres naturales y artificiales:
catastro rural y urbano. ===============================
- Planificación, organización, gestión financiera, ejecución,
evaluación, monitoreo y asesoría técnica de proyectos y
5. actividades de desarrollo productivo y social en el campo
agropecuario, agroindustrial, forestal y medioambiental.
- Actividades de promoción en programas masivos de vivienda de
interés social.
=======================================
- Fabricación, comercialización, importación, exportación,
representaciones generales y cualquier otra actividad relacionada
con la ingeniería, las telecomunicaciones en todas sus formas y
las actividades industriales y agroindustriales, insumos
agropecuarios y semovientes.==========================
- Realizar estudios de impacto ambiental y actos afines o
relacionados con el mismo pudiendo así mismo realizar estudios
de vulnerabilidad ambiental.
============================
- Importación, exportación, distribución y comercialización,
producción y procesamiento de productos alimenticios de
consumo humano y animal, productos de pan llevar, productos de
consumo humano perecibles y no perecibles. ===============
- Importación, exportación, distribución y comercialización,
producción de productos lácteos, bebidas gaseosas, alcohólicas,
cervezas y licores. ===================================
- Prestación de servicio de envasado y enlatado en general de toda
clase de productos alimenticios y no alimenticios. ============
- Importación, exportación, distribución y comercialización,
producción y procesamiento de productos medicinales para la
salud humana y animales. =============================
- Importación, exportación, distribución y comercialización,
producción procesamiento de productos de golosina, dulce,
confitería y afines. ===================================
- Importación, exportación, distribución y comercialización,
producción procesamiento ligados a la línea de abarrotes. =====
- A la comercialización de comida, bebidas a través del negocio de
restaurante peña, fast food en sus diversas modalidades,
pudiendo suscribir contratos con franquicia, distribución,
representación, joint venture y cualquier otra modalidad permitida
por la legislación vigente, registrar marcas de servicios y
productos.==============================
- Compraventa de todo tipo de productos alimenticios y abarrotes
en general. ========================================
6. - La promoción y realización de shows y espectáculos artísticos,
musicales e infantiles, pudiendo desarrollar el negocio de peñas,
pubs, discotecas en sus diversas modalidades. =============
- La producción, procesamiento, envasado, comercialización,
distribución, importación, exportación de productos alimenticios
de consumo humano directo e indirecto, tales como frutos,
verduras, abarrotes, lácteos, golosinas , bebidas alcohólicas y no
alcohólicas, de limpieza y aseo personal del hogar e industrial,
artículos de ferretería y decoración , cigarrillos, productos de
belleza y estética, productos medicinales.==================
- La importación, comercialización y distribución de bienes y
servicios vinculados a las telecomunicaciones en todas sus
formas. ===========================================
- La confección, producción, importación y exportación de todo tipo
de prendas de vestir en general, uniformes y ropa de uso
industrial.
==========================================
- La Importación, exportación, ensamblaje, comercialización, de
toda clase de equipos de cómputo e informática y de
electrodomésticos en general, como de sus accesorios, repuestos
y suministros.
=======================================
- La fabricación, comercialización y distribución de todo tipo de
mueble, accesorio y acabado para oficina, el hogar y actividades
industriales.
========================================
- La venta de pasajes aéreos y terrestres a través de la apertura de
agencias de viajes, envió de encomiendas, giros, etcétera. =====
- La compra y venta de bienes inmuebles en general.
===========
- Venta de proyectos de vivienda en las diversas modalidades. ===
- Brindar y ejecutar actividades de asesoría, consultoría, servicios
y distribución de productos para pintura, limpieza del hogar,
talleres, auditorios, fabricas, oficinas y demás, albañilería,
gasfitería, plomería carpintería, vidriería, relacionado con la
actividad de limpieza, redecorado, mejora de acabados,
remodelación en edificios, casas, locales comerciales, colegios,
institutos, universidades, fábricas y todo tipo de bienes muebles e
inmuebles.=========================================
7. - Podrá dedicarse a la compra venta de artículos de mercería e
insumos, pasamanería e insumos textiles, maquinaria textil y
repuestos , papeles, cartones, útiles de escritorio en general,
equipo de procesamiento de datos, equipos para impresión
gráfica y repuestos, artículos sanitario, grifería, mayólica, losetas
y otros; artículos para limpieza, maquinaria de carpintería y
repuesto en el área industrial, podrá dedicarse a la fabricación ,
elaboración y manufactura de prendas de vestir, así como brindar
servicios de confección de prendas de vestir en general, servicios
gráficos en general, servicios de procesamiento de datos,
fabricación, reparación y decoración en general de artículos para
oficina y hogar.=====================================
- Realizar compraventa de productos farmacológicos, compraventa
de todo tipo de agua sea minera, con gas o sin gas o agua
potable.
===========================================
- A la compraventa, comercialización, distribución, importación y
exportación de artículos de higiene personal. ===============
- Así también podrá brindar servicio de mantenimiento a unidades
de transporte terrestre, aéreo, marítimo, fluvial y lacustre. ======
- Estudio y ejecución de obras, de programas de rehabilitación
rural, erradicación, renovación, remodelación y rehabilitación
urbana en zonas afectadas por desastres naturales y artificiales:
catastro rural y urbano. Actividades de promoción en programas
masivos de vivienda de interés social.
=====================
- Dedicarse a la compra y venta de bienes inmuebles en genera,
de materiales, maquinarias y equipos de construcción,
informática, telecomunicaciones y juegos electrónicos, textos y
programas culturales, materiales y equipos de oficina.
=========
- Desarrollar y brindar servicios inmobiliarios, construcción de
obras civiles en general.
===============================
- Compra, venta, alquiler de bienes e inmuebles, terrenos, oficinas
y todo medio afín del rubro inmobiliario.
====================
- Brindar asesoría, consultoría y comercialización de planes post
pago y planes corporativos de los diferentes operadores
nacionales. ========================================
8. - A la comercialización vía internet de todo tipo de bienes muebles
e inmuebles, así como productos electrónicos,
telecomunicaciones y/o de computo.
======================
- A la representación de empresas nacionales y/o extranjeras.
====
- Reacondicionamiento y reparación de celulares usados y servicio
técnico a nivel electrónico y cómputo en general.
=============
- La importación de cables de oficina de fibra óptica, telefónicos,
cable coaxial, cables de acero. ==========================
- Abarquilla, importación, exportación de maquinaria industrial en
todas sus áreas, plástico, metal mecánica, mecánica, automotriz,
construcción, telecomunicaciones. =======================
- La importación, exportación y comercialización de equipos
informáticos y de telecomunicaciones y sus accesorios, asesoría,
diseño y ejecución de proyectos de telecomunicaciones.
=======
- Construcción e instalación de cableado de cable coaxial,
telefónico, cableado estructurado, cableado de fibra óptica,
instalación y programación de sistema de telecomunicaciones
podrá realizar todo tipo de actos u operaciones y celebrar toda
clase de contratos afines, complementarios o conexos con el
objeto social, pudiendo realizar cualquier otro tipo de actividades
permitidas.========================================
por las leyes peruanas a esta clase de sociedades y ejecutar para ello
todas las operaciones que directa o indirectamente fuesen necesarias.
Se entiende incluidos en el objeto social los actos relacionados con los
mismos que coadyuven a la realización de sus fines. Para cumplir dicho
objeto podrá realizar todos aquellos actos y contratos que sean lícitos,
sin restricción alguna. =====================================
ARTÍCULO 3°.- CAPITAL SOCIAL
El monto del capital social es de S/. 50,000.00 (Cincuenta Mil y 00/100
Soles), acciones nominativas de un valor nominal de S/. 1.00 cada una
(un y 00/100 sol). =================================
El capital social se encuentra totalmente suscrito y pagado.
ARTÍCULO 4°.- TRANSFERENCIA Y ADQUISICIÓN DE ACCIONES
9. El accionista que se proponga transferir total o parcialmente sus
acciones a otro accionista o a terceros debe comunicarlo a la sociedad
mediante carta dirigida al gerente general, quien lo pondrá en
conocimiento de los demás accionistas dentro de los diez días
siguientes, para que dentro del plazo de treinta días puedan ejercer el
derecho de adquisición preferente a prorrata de su participación en el
capital, lo cual se regula conforme a lo previsto en el art. 237° de la “Ley
General de Sociedades”.===================================
ARTÍCULO 5°.- ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD:
La sociedad que se constituye tiene los siguientes órganos; =========
A) La Junta General de Accionistas; y=========================
B) La Gerencia.==========================================
La sociedad no tendrá directorio. =============================
ARTICULO 6°.- JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS:
La Junta General de Accionistas es el órgano supremo de la
sociedad. Los accionistas constituidos en Junta General debidamente
convocada y con el quorum correspondiente, deciden por la mayoría
que establece la “Ley General de Sociedades”, los asuntos propios de
su competencia, todos los accionistas incluso los disidentes y los que
no hubieran participado en la reunión, están sometidos a los acuerdos
adoptados por la Junta General.=============================
La convocatoria a la Junta de Accionistas se sujeta a lo dispuesto en
los arts. 116° y 245° de la “Ley General de Sociedades”. ===========
QUORUM Y ADOPCION DE ACUERDOS DE LA JUNTA GENERAL.
El Quorum y adopción de acuerdos se establece conforme lo estipulan
los Arts. 125°, 126° y 127° de la Ley General de Sociedades. ========
El accionista podrá hacerse representar en las reuniones de junta
general por medio de otro accionista, su cónyuge, ascendiente o
descendiente en primer grado, pudiendo extender la representación a
otras personas.
==========================================
ARTÍCULO 7°.- JUNTAS NO PRESENCIALES
La celebración de juntas no presenciales se sujeta a lo dispuesto por el
art. 246° de la “Ley General de Sociedades”. ====================
10. ARTÍCULO 8°.- LA GERENCIA:
No habiendo directorio, todas las funciones establecidas en la “Ley
General de Sociedades”, para este órgano societario serán ejercidas
por el Gerente General. ===================================
La Junta General de Socios puede designar uno o más gerentes, sus
facultades, remoción y responsabilidades se sujetan a lo dispuesto por
los artículos 187°, 188° y 190° de la “Ley General de Sociedades”. El
Gerente General está facultado a representar a la sociedad y tendrá las
siguientes facultades:=====================================
A.- FACULTADES ADMINISTRATIVAS GENERALES.
El Gerente General podrá expedir la correspondencia de la sociedad
utilizando el sello de la misma, dictar las disposiciones necesarias para
el normal funcionamiento de la sociedad, nombrar, separar y
reemplazar al personal y ejercer la representación general de la
sociedad. Dictar las medidas que sean necesarias para asegurar la
existencia, regularidad y veracidad de los sistemas de contabilidad, así
como de los libros y registro que la Ley ordena llevar a la sociedad,
asimismo para mantener y establecer una estructura de control interno
diseñada para proveer una seguridad razonable de que los activos de
la sociedad estén protegidos contra uso no autorizado, así como para
que todas las operaciones sean efectuadas de acuerdo con
autorizaciones establecidas y registradas apropiadamente.=========
B.- REPRESENTACIÓN EN MATERIA JUDICIAL
Representará la sociedad con las más amplias facultades generales y
especiales en materia judicial o pre judicial, incluso ante el ministerio
público, para intervenir en todas, las instancias, grados etapas
procesales, como parte activa o pasiva, como terceros con intereses de
cualquiera de sus modalidades, en los procesos o actos procesales,
contencioso o no, de carácter civil, penal, constitucional, comercial,
agrario, contencioso administrativo, arbitral u otra materia; pudiendo
formular y==============================================
contestar denuncias, interponer y contestar demandas de modo escrito
u oral, reconvenir, prestar declaración o confesión como parte o tercero,
reconocer o exhibir documentos, actuar o participar en la actuación de
toda clase de medios probatorios, prueba anticipada y audiencias
judiciales, solicitar la quiebra, insolvencia o suspensión de pagos de
terceros y apersonarse a los procesos judiciales o administrativos que
para ese fin se hubiese iniciado, pudiendo concurrir a la junta de
acreedores que se convoquen y adoptar con criterio de conciencia las
determinaciones que tenga por conveniente, interponer recursos de
reconsideración, reposición, apelación, casación, de queja, de nulidad
11. y demás recursos impugnatorios en cualquier tipo de procesos que la
ley contemple, plantear denuncias penales, solicitar la protocolización
de todo tipo de actos y documentos , intervenir en divisiones y
particiones y tomar posesión de bienes que se adjudiquen, solicitar y
aceptar medidas cautelares inclusive designado interventores
depositarios custodios de secuestro y administradores; entregar contra
cautela incluyendo caución juratoria, que se suscribir todos los escritos,
documentos, actas que fueran necesarias; solicitar y obtener la
ineficacia de títulos valores extraviados, deteriorados o destruidos y
ejercer judicialmente todos los derechos que se deriven de la calidad de
sucesor en cualquiera de sus modalidades. Desistirse de la demanda o
de reclamos judiciales, allanarse a ellos total o parcialmente, reconocer
o transigir pretensiones o derechos del proceso judicial, someterlos a
arbitraje de derecho o conciencia, conciliar, acudir a cesiones de
conciliación extrajudicial, suscribir acuerdos conciliatorios y todo tramite
y/o gestión que se señalen en la Ley de la materia, el poder incluye las
facultades generales y especiales señaladas en los Arts. 74°, 75°, 546°
y demás aplicables del Código Procesal Civil.===================
C.- REPRESENTACIÓN EN MATERIA LABORAL
Representar de la manera más amplia a la sociedad en cualquier asunto
de carácter laboral y en las reclamaciones que de tal naturaleza
planteen sus servidores, sea individual o colectivamente. ===========
En tal sentido para la representación judicial en materia laboral, el
Gerente General gozará de las demás facultades generales y
especiales contenidas en los artículos 74°, 75°, 543° y demás
pertinentes del Código Procesal Civil y en los artículos 8°, 10° y demás
pertinentes de la Ley número 26636.==========================
La representación administrativa en materia laboral, el Gerente General
gozará de las facultades generales y especiales contenidas en el
decreto supremo 004-96-TR, así como las establecidas en la Ley de
Procedimientos Administrativo General y sus normas reglamentarias,
modificatorias y conexas al Gerente General también gozará de las
facultades previstas en el artículo 48° y demás pertinentes del decreto
ley número 25593, pudiendo representar al empleador en todos los
asuntos de carácter colectivo vinculados a la sociedad como
consecuencia de ello, el gerente general podrá a sola firma y para la
materia laboral, sea en el ámbito administrativo judicial representar a
las sociedad con las más amplias facultades generales y especiales
antes del o durante el proceso, incluso ante el ministerio público,
incluyendo sin limitarse a las facultades especiales para todos aquellos
actos que se señalan en el numeral anterior, las que se ejercerán en los
12. términos señalados en este numeral las facultades que se otorgan por
medio de este documento se harán extensivas y serán completadas con
aquellas que pudieran señalar o exigir otros dispositivos legales
generales o especiales que se expidan en el futuro.===============
D.- REPRESENTACIÓN EN MATERIA ADMINISTRATIVA
Iniciar, seguir, constatar o participar en todo tipo de procedimiento o
reclamaciones ante todos los órganos e instancias competentes de la
administración pública nacional, departamental, regional o municipal,
provincial o distrital, incluso ante el INDECOPI, entidades u organismos
y tribunales o comisiones administrativas pudiendo pagar o disponer el
pago de todo tipo de tributos, multas y recargos. Formular
reclamaciones y recursos impugnatorios en todas las instancias
administrativas, solicitando y cobrando las cantidades o derechos cuya
devolución fue ordenada, intervenir en todo tipo de actos, solicitudes
trámite y proceso ante las autoridades políticas, fiscales, aduaneras,
eclesiásticas, militares, policiales, laborales y/o ante las entidades
fiscalizadoras o administrativas de tributos poder entrar públicas como
las más amplias facultades generales y especiales que en trámite,
procedimiento, intervención o reclamo requieran.=================
Este poder facultar al Gerente General para representar a la sociedad
con arreglo a las atribuciones que confiere el texto único ordenado de
la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos vigente
y será automáticamente ampliada cuando se expidan nuevas
disposiciones sobre la materia administrativa.===================
E.- ADMINISTRACIÓN DE BIENES.
El Gerente General conjuntamente con el Gerente Financiero podrán
administrar todos los bienes muebles e inmuebles de la sociedad, darlos
o recibirlos en arrendamiento, mutuo, comodato deposito, secuestro;
usarlos, producir, darles el destino que mejor convenga a los intereses
de la sociedad, poseerlos, ejercer acciones reivindicatorias o
posesorias, recaudar y percibir sus frutos, cobrar las rentas que ellos
produzcan y pagar las deudas y cualquier obligación que de su dominio,
uso y posesión se deriven ejercer los derechos de retención que
correspondan a la sociedad.
===================================
F.- EL GERENTE GENERAL CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE
FINANCIERO, PODRAN CELEBRAR, OTORGAR Y SUSCRIBIR
TODO TIPO DE ACTOS, NEGOCIOS JURÍDICOS, OBLIGACIONES Y
CONTRATOS
El Gerente General conjuntamente con el Gerente Financiero, podrán
celebrar actos, contratos, negocios relativos y también otra forma de
13. afectación de los activos no negociables, sean muebles o inmuebles;
así como modificar y concluir todo otro tipo de actos, contratos y
negocios jurídicos, contrayendo, regulando modificando o extinguiendo
cualquier clase de relaciones jurídicas, obligaciones y derechos,
otorgando y suscribiendo el respectivo contrato, acuerdo, convenio y
pacto, así como los documentos públicos y privados que fueran
necesarios con dicho propósitos.=============================
Disponer, gravar, en cualquier forma afectar los bienes del activo
negociable de la sociedad, salvo aquellos que por su cuantía modalidad
o cualquier otra razón requiere la aprobación previa de la Junta General
de Accionistas conforme al estatuto o al presente acto de otorgamiento
de facultades. ===========================================
En consecuencia y sin que la siguiente relación sea limitativa sino
meramente enunciativa, podrán celebrar contratos y operaciones de
financiación y capitalización de naturaleza financiera, otorgamiento de
garantía mobiliaria o personal en sus diversas modalidades, contratos
de compraventa, permuta, arrendamiento (ya sea dando, tomando o
recibiendo bienes de arrendamiento), depósitos, suministros,
secuestros, comodato, mutuo, de constitución de derechos de uso y
habitación, de construcción, locación o ejecución de obra, contrato de
locación de servicios de crédito y obligaciones, ceder y aceptar cesiones
de crédito, sean nominativos a la orden o al portador, ceder y aceptar
derechos litigiosos, celebrar y ejecutar contratos de transporte en todas
sus modalidades, de construcción, de cambio, de comisión, de
correduría, representación, de agencia, negociar y endosar
conocimientos, facturas y documentos, incluso consulares; efectuar
toda clase de operaciones de importación o exportación.===========
Efectuar o disponer el pago de obligaciones a cargo de la sociedad, a
través de cualquiera de sus modalidades tales como; pago propiamente
dicho por consignación, subrogación, dación y consignación en pago o
para pago, cesión de bienes, extinguir obligaciones mediante
compensación, novación, remisión, compensación o transacción,
cuando el pago implique disponer de bienes del activo no negociable de
la sociedad o en su caso gravarlos o de cualquier manera afectarlos.
Otorgar los documentos en los que consten las cancelaciones, recibos
y finiquitos correspondientes a las cobranzas de cualquier tipo de
cancelaciones, a las cobranzas de cualquier tipo de prestación, deudas
o sumas que adeuden a la sociedad, celebrar contratos de colaboración
empresarial, constituir o formar parte de comunidades, sindicatos,
asociaciones, juntas, cuentas en participación, joint venture,
sociedades, cooperativas, comités, etcétera o intervenir en la
constitución o en aumento de capital de sociedad regidas por la Ley
General de Sociedades.===================================
14. G.- EL GERENTE GENERAL CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE
FINANCIERO, PODRÁN PARTICIPAR EN OPERACIONES DE
CRÉDITO Y CAMBIARIAS
El Gerente General conjuntamente con el Gerente Financiero, tienen la
facultad de abrir cuentas corrientes y cerrarlas, girar cheques, sean
éstos ordinarios o especiales, pudiendo consignar los mismos y en los
que sean endosados a la sociedad, las cláusulas especiales permitidas
por Ley, endosar los que sean girados y endosados a la sociedad, sea
en propiedad, en garantía, en procuración, en fideicomiso o para su
acreditación en cuentas de la sociedad, cobrar cheques, total o
parcialmente y otorgar las constancias respectivas, solicitar el protesto
o la anotación de la formalidad sustitutoria, obtener cheques giros y
cheques de gerencia con cargo a fondos y valores que la sociedad
entregue o posea en bancos e instituciones financieras en el país o en
el exterior, solicitar la certificación de cheques girados por la sociedad
o endosados en ella, girar o en su caso emitir, solicitar la emisión,
completar cuando corresponda transferir, endosar, prohibir el endoso,
avalar, afianzar, prorrogar, renovar, pagar y pagar por intervención,
letras de cambio, pagares, facturas conformadas, certificados
bancarios, certificados de depósitos y warrants, títulos de crédito
hipotecario, negociable, conocimientos de embarque, cartas de porte,
acciones y otros valores, certificados de participación en fondos mutuos
de inversión y fondos de inversión, valores emitidos con un respaldo de
patrimonios fideicometidos, bonos y papeles comerciales, letras
hipotecarias, cédulas hipotecarias, pagarés bancarios, certificados de
depósitos negociables, obligaciones y bonos públicos, en general todo
título valor, sea título de valor específico, valor mobiliario o título y valor
eirecial y en general todo tipo de documentos cambiarios y/o de crédito,
aceptar en todo o en parte, aceptar por intervención y en su caso
reaceptar letras de cambio, firmar facturas conformadas emitidas a
nombre de la sociedad, señalar lugar para el pago de títulos valores a
cargo de la sociedad pudiendo inclusive designar a una entidad del
sistema financiero para ello, en los títulos y suscribir cuando
corresponda, las cláusulas especiales que estime pertinentes, acordar
su sometimiento a la jurisdicción de determinado distrito judicial a la
jurisdicción arbitral o a las leyes y/o tribunales de otro país, y realiza con
los indicados títulos e instrumentos todo acto o contrato permitido por la
ley, solicitar o efectuar su prestación para aceptación, pago, protestó o
anotación de la formalidad sustitutoria según corresponda, ceder las
garantías que respaldan el pago de obligaciones contenidas en los
títulos valores, sea que consten en los mismos o en documento aparte.
Celebrar contratos de mutuo y crédito bajo cualquier modalidad,
inclusive mediante avances en cuenta corriente, sobregiros y cualquier
otra forma directa de financiación, solicitar fianzas mancomunadas,
15. solidarias y en general todo tipo de garantías, en respaldo de
obligaciones de la sociedad y/o terceros, y con el mismo propósito,
solicitar avales, cartas de crédito comerciales, cartas de crédito stand
by y otros mecanismos de financiación indirecta de práctica usual y en
la fecha en que se han otorgado, suscribiendo los contratos
correspondientes, solicitar y obtener para la sociedad otras facilidades
crediticias y contingentes sin reserva ni limitación, incluyendo
operaciones de arrendamiento financiero, otorgando los documentos
públicos y privados que para ello se requieran.===================
Abrir, operar, cerrar, efectuar depósitos y en general ordenar cargos,
abonos y transferencias a cuentas comerciales, de naturaleza
financiera o bancaria que la sociedad mantenga en el Perú o en el
exterior, cualquiera sea su denominación o moneda, retirar depósitos a
plazo fijo, a la vista o plazo indeterminado, disponer parcial o totalmente
de los fondos y valores depositados en las indicadas cuentas o que se
encuentren en poder de bancos, entidades de depósito o crédito y en
general de empresas calificadas como el sector financiero para ser
entregados a la sociedad, disponer en general de recursos, producto de
crédito o sobregiros que la sociedad pudiera tener aprobado en las
referidas entidades.=======================================
Abrir, operar y cerrar cajas de seguridad y en general depositar y retirar
valores en bancos y entidades del sistema financiero y en sus
subsidiarias. ============================================
Celebrar operaciones de financiación, inversión, reinversión,
refinanciación, reestructuración y capitalización de naturaleza
financiera, fideicomisos bancarios y de titulación, otorgar garantías
reales, mobiliarias o inmobiliarias, o garantía personal en sus diversas
modalidades, en general afectar bajo cualquier modalidad permitida en
derecho, los bienes, títulos valores y derechos de la sociedad en
respaldo de obligaciones de la misma o de terceros. Así como construir
con el mismo propósito fideicomiso de garantía, podrá también contratar
o endosar pólizas de seguro cuando las mismas tenga por objeto servir
de respaldo o garantía de operaciones concertadas por la sociedad, y
con el mismo fin ceder créditos y derechos, ceder la posición contractual
de la sociedad en contratos celebrados por ella.==================
ARTÍCULO 9°.-AUMENTO Y REDUCCIÓN DEL CAPITAL:
El aumento y reducción del capital así como cualquier modificación del
pacto social o del estatuto se acuerda por junta general de accionistas
según el procedimiento y formalidades establecidas en los artículos del
198° al 220° de la Ley General de Sociedades.==================
ARTÍCULO 10°.- ESTADOS FINANCIEROS Y APLICACIÓN DE
UTILIDADES
16. Se rige por lo dispuesto en los artículos 221° al 223° de la Ley General
de Sociedades.
==========================================
ARTÍCULO 11°.- DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN
En cuanto a la Disolución, Liquidación y Extinción de la sociedad, se
sujeta a lo dispuesto por los artículos 407°, 409°, 410°, 412°, 413° al
422° de la Ley General de Sociedades.========================
CUARTO: Queda designado como Gerente General de la Sociedad:
___________________, identificado con D.N.I. N° __________, de
estado civil ____________, quien a sola firma gozara las facultades
obtenidas en el Artículo 8 inciso “A”, “B”, “C”, “D” y actuara
conjuntamente con el Gerente Financiero en lo estipulado en los incisos
“E”, “F” y “G”.======
QUINTO: Queda designado como Gerente Financiero de la Sociedad:
___________________________, de nacionalidad peruana,
identificado con DNI Nº _____________, de estado civil soltero, quien
gozará de las facultades contenidas en el artículo 8 incisos “E”, “F” y
“G”, en el que actuará conjuntamente con el Gerente
General.========================
Agregue usted señor Notario, lo que fuere de Ley y sírvase cursar los
partes correspondientes a Registros de Personas Jurídicas de Lima
para su respectiva inscripción.
===============================
Lima, ... de agosto del 2021
(NOMBRE)_____________ (NOMBRE)_______________
DNI Nº __________ DNI Nº __________