La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el sistema de evaluación de control de confianza para juzgadores en Jalisco, que incluía pruebas toxicológicas, médicas y poligráficas, violaba los principios de independencia y estabilidad judicial. Si bien dichas evaluaciones pueden aplicarse a servidores públicos de seguridad, no a juzgadores. La Constitución ordena a estados garantizar la independencia de magistrados y jueces a través de leyes que establezcan condiciones para el ingreso y permanencia
1. UNIVERSIDAD AUTONOMA DE BAJA CALIFORNIA
TECNOLOGIAS DE LA INVESTIGACIÓN
JURÍDICA
META 4.2 NOTICIA JURÍDICA
Maestro: Miguel Iván García Gómez
Alumna: Karina Trinidad Sánchez Rubio
Matricula: 1172587
Grupo: 91
FACULTAD DE DERECHO
2. Sistema de evaluación de control de confianza para los
juzgadores del Poder Judicial, es contrario a los principios
de independencia judicial. SCJN
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
determinó que el sistema implementado por el estado de Jalisco,
relativo a la evaluación de control de confianza para los juzgadores del
Poder Judicial del estado referido, trasgrede los principios de
independencia y estabilidad judicial.
El referido sistema de evaluación consiste en pruebas toxicológicas,
médicas y poligráficas, por tanto, la Suprema Corte consideró que
dichas evaluaciones pueden ser aplicables a servidores públicos de
corporaciones o instituciones de seguridad pública, sin embargo, no
ha los juzgadores.
3. Se consideró a su vez, que la Constitución Política ordena a las
entidades federativas a garantizar la independencia de las y los
magistrados y jueces, mediante el establecimiento en sus
constituciones locales y leyes orgánicas, de condiciones para el
ingreso, formación y permanencia de quienes sirvan a los poderes
judiciales estatales.
La Constitución, a su vez, ordena que los juzgadores sólo podrán ser
privados de sus supuestos en los términos que fijen las
constituciones y leyes de responsabilidad de los servidores públicos,
lo que significa que los Congresos locales deben respetar la
independencia judicial, lo cual se ve trasgredido por el sistema de
evaluación de confianza, al hacer depender la estabilidad en el cargo
del resultado de evaluaciones no correspondientes a reglas de
responsabilidades administrativas.
4. Fuente bibliográfica:
S/A. «tirant.com.» 11 de noviembre de 2021. Sistema de evaluación de
control de confianza para los juzgadores del Poder Judicial, es contrario a los
principios de independencia judicial. SCJN. Recuperado el día: 14 de
noviembre de 2021
https://tirant.com/mx/actualidad-juridica/noticia-sistema-de-evaluacion-
de-control-de-confianza-para-los-juzgadores-del-poder-judicial-es-contrario-
a-los-principios-de-independencia-judicial-scjn/