El CNJ es una institución relativamente reciente, que nace
con la Constitución de 1983 como un órgano coadyuvante
de la administración de justicia. En 1991, se reformó la
Constitución como preámbulo a los Acuerdos de Paz de
1992, y esta reforma estableció un nuevo procedimiento
para seleccionar a los integrantes de la Corte Suprema de
Justicia (CSJ), en el que se asignó al Consejo Nacional de
la Judicatura (CNJ) una participación decisiva, por lo que
se acordó que este último estaría integrado de una
manera que se aseguraría su independencia de los
órganos del Estado y de los partidos políticos.
Perfil de los candidatos para la CSJ 2015-2024FUSADES
Art. 176.-“ Para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia se requiere: ser salvadoreño por nacimiento, del estado seglar, mayor de cuarenta años, abogado de la República, de moralidad y competencia notorias; haber desempeñado una magistratura de segunda instancia durante seis años o una judicatura de primera instancia durante nueve años, o haber obtenido la autorización para ejercer la profesión de abogado por lo menos diez años antes de su elección; estar en el goce de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores al desempeño de su cargo”.
Destitución de jueces por el Consejo Nacional de la Magistratura de Perú (200...César Bazán Seminario
Diapositivas del libro \"Separando la paja del trigo? Destitución de jueces por el Consejo Nacional de la Magistratura entre el 2003 y 2007, de César Bazán Seminario, Consorcio Justicia Viva, Perú (www.justiciaviva.org.pe)
Importancia de la elección de la Corte Suprema de Justicia, Posición Instituc...FUSADES
La Constitución de 1983 y sus reformas de 1991, introdujeron modificaciones importantes para el proceso de elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), con elementos de participación democrática poco usuales en los países del continente americano,[1] lo que fue considerado un logro en materia de fortalecimiento democrático.[2]
Perfil de los candidatos para la CSJ 2015-2024FUSADES
Art. 176.-“ Para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia se requiere: ser salvadoreño por nacimiento, del estado seglar, mayor de cuarenta años, abogado de la República, de moralidad y competencia notorias; haber desempeñado una magistratura de segunda instancia durante seis años o una judicatura de primera instancia durante nueve años, o haber obtenido la autorización para ejercer la profesión de abogado por lo menos diez años antes de su elección; estar en el goce de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores al desempeño de su cargo”.
Destitución de jueces por el Consejo Nacional de la Magistratura de Perú (200...César Bazán Seminario
Diapositivas del libro \"Separando la paja del trigo? Destitución de jueces por el Consejo Nacional de la Magistratura entre el 2003 y 2007, de César Bazán Seminario, Consorcio Justicia Viva, Perú (www.justiciaviva.org.pe)
Importancia de la elección de la Corte Suprema de Justicia, Posición Instituc...FUSADES
La Constitución de 1983 y sus reformas de 1991, introdujeron modificaciones importantes para el proceso de elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), con elementos de participación democrática poco usuales en los países del continente americano,[1] lo que fue considerado un logro en materia de fortalecimiento democrático.[2]
Elección de la Corte Suprema de Justicia 2018: perfil del magistradoFUSADES
En todos los procesos de elección de magistrados de la CSJ llevados a cabo desde de la firma del Acuerdo de Paz de 1992, se ha podido constatar que los entes involucrados -Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador (FEDAES), el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) y la Asamblea Legislativa, se han enfocado esencialmente en revisar el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos por la Constitución y la jurisprudencia constitucional, sin considerar si los postulantes cumplen o no con el perfil que se requiere para desempeñar la máxima judicatura del país.
Estudios sobre el fortalecimiento de la justicia 2014 Parte I: Reforma del pr...FUSADES
El estudio sobre el funcionamiento de las instituciones
siempre ha sido un tema prioritario en la agenda de
FUSADES, el cual se ha abordado en diversos estudios
y publicaciones. En materia del Órgano Judicial, en
investigaciones realizadas con la Universidad de
Salamanca (España), se ha expresado anteriormente que
se entiende que la configuración y el rendimiento de las
instituciones judiciales es importante por dos razones
fundamentales: primero, porque afecta a los actores
sociales e incide sobre el desarrollo económico de un
país; y, en segundo lugar, porque la justicia (o algunos
de sus órganos) contribuye a resolver los conflictos entre
Órganos del Estado, a asegurar el funcionamiento de las
instituciones democráticas y a consolidar el respeto a los
derechos humanos; todos estos aspectos están imbricados en la estabilidad del sistema democrático, en la legitimidad de las políticas públicas y en el respeto de los derechos ciudadanos reconocidos en la Constitución de un país
Audiencias públicas en la Asamblea Legislativa para evaluación de candidatos ...FUSADES
El Constituyente derivado diseñó en 1991, un proceso de selección de magistrados para la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que habilita la intervención del gremio de abogados, del Consejo Nacional de la Judicatura, institución coadyuvante de la administración de la carrera judicial y de la Asamblea Legislativa por ser el órgano en el que reside la legitimidad popular directa. Es un proceso participativo y democrático, diseñado para promover la elección de los mejores candidatos para la más alta magistratura del país. Sin embargo, a lo largo de 6 procesos de elección realizados bajo este marco normativo entre 1994 y 2012, los resultados no han sido los esperados, debido a la excesiva politización de todas sus fases.
El proceso de elección de la PGR debe cumplir con la jurisprudencia constituc...FUSADES
El 13 de abril de 2019 concluye el plazo para el cual fue
electa en el cargo la actual Procuradora General de la
República (PGR), Sonia Cortez de Madriz, por lo que el
15 de enero del presente año, el Pleno de la Asamblea
Legislativa dio por iniciado el proceso para elegir al
nuevo Procurador General de la República, cargo de
suma importancia para garantizar el acceso a la justicia y
la defensa técnica de los ciudadanos, entre otros.
CSJ oficializa protocolo para selección de jueces antiextorsiónProceso Digital
La Corte Suprema de Justicia (CSJ), oficializó el protocolo que se utilizará para la selección y nombramiento de jueces y magistrados de lo penal con competencia nacional en materia de extorsión.
Preocupa más casos de espionaje contra instituciones cuidadanasFUSADES
La Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social, FUSADES, condena enérgicamente otro caso de espionaje contra una importante institución ciudadana, esta vez por el hallazgo de micrófonos encontrados en las oficinas de la Asociación Nacional de la Empresa Privada, ANEP. Este atropello a derechos fundamentales protegidos por la Constitución contra la principal agrupación del sector productivo del país, se suma a lo sucedido a la Cámara de Comercio e Industria de El Salvador, así como a nuestra Fundación, en semanas recientes.
El Proyecto de Presupuesto 2017 presentado en septiembre debe rechazarseFUSADES
El proceso de elaboración y aprobación del presupuesto
de la nación ha estado lleno de vicios por varios años1
. Los
proyectos presentados a la Asamblea Legislativa adolecen de
subestimación u omisión de gastos importantes y previsibles,
especialmente devoluciones y subsidios; además, a partir de
2009, con excepción de 2011, se han sobrestimado los ingresos
tributarios que han resultado en un faltante con respecto a lo
recaudado; lo anterior obliga a buscar financiamiento en el
transcurso del año. La manera de lograr este financiamiento
ha sido, principalmente, la emisión de Letras del Tesoro (Letes),
mecanismo viciado que se ha intensificado a partir de 2008,
utilizando deuda de corto plazo para financiar de forma
permanente gasto corriente y en forma discrecional, en contra
de lo que establece la Constitución de la República sobre que
esta deuda debe servir únicamente para descalces temporales
de ingreso.
El Órgano Ejecutivo puede modificar el proyecto de presupuesto presentado a l...FUSADES
El proyecto de Presupuesto General del Estado
2017 ha sido presentado a la Asamblea Legislativa
con la omisión de ciertos gastos que con toda
seguridad deberán cubrirse. Este es el caso,
por ejemplo, de la deuda de los Certificados
de Inversión Previsional (CIP), que para 2017
asciende a 221 millones de dólares y que junto con
otras omisiones suman alrededor de 808 millones
de dólares1
.
Elección de la Corte Suprema de Justicia 2018: perfil del magistradoFUSADES
En todos los procesos de elección de magistrados de la CSJ llevados a cabo desde de la firma del Acuerdo de Paz de 1992, se ha podido constatar que los entes involucrados -Federación de Asociaciones de Abogados de El Salvador (FEDAES), el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) y la Asamblea Legislativa, se han enfocado esencialmente en revisar el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos por la Constitución y la jurisprudencia constitucional, sin considerar si los postulantes cumplen o no con el perfil que se requiere para desempeñar la máxima judicatura del país.
Estudios sobre el fortalecimiento de la justicia 2014 Parte I: Reforma del pr...FUSADES
El estudio sobre el funcionamiento de las instituciones
siempre ha sido un tema prioritario en la agenda de
FUSADES, el cual se ha abordado en diversos estudios
y publicaciones. En materia del Órgano Judicial, en
investigaciones realizadas con la Universidad de
Salamanca (España), se ha expresado anteriormente que
se entiende que la configuración y el rendimiento de las
instituciones judiciales es importante por dos razones
fundamentales: primero, porque afecta a los actores
sociales e incide sobre el desarrollo económico de un
país; y, en segundo lugar, porque la justicia (o algunos
de sus órganos) contribuye a resolver los conflictos entre
Órganos del Estado, a asegurar el funcionamiento de las
instituciones democráticas y a consolidar el respeto a los
derechos humanos; todos estos aspectos están imbricados en la estabilidad del sistema democrático, en la legitimidad de las políticas públicas y en el respeto de los derechos ciudadanos reconocidos en la Constitución de un país
Audiencias públicas en la Asamblea Legislativa para evaluación de candidatos ...FUSADES
El Constituyente derivado diseñó en 1991, un proceso de selección de magistrados para la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que habilita la intervención del gremio de abogados, del Consejo Nacional de la Judicatura, institución coadyuvante de la administración de la carrera judicial y de la Asamblea Legislativa por ser el órgano en el que reside la legitimidad popular directa. Es un proceso participativo y democrático, diseñado para promover la elección de los mejores candidatos para la más alta magistratura del país. Sin embargo, a lo largo de 6 procesos de elección realizados bajo este marco normativo entre 1994 y 2012, los resultados no han sido los esperados, debido a la excesiva politización de todas sus fases.
El proceso de elección de la PGR debe cumplir con la jurisprudencia constituc...FUSADES
El 13 de abril de 2019 concluye el plazo para el cual fue
electa en el cargo la actual Procuradora General de la
República (PGR), Sonia Cortez de Madriz, por lo que el
15 de enero del presente año, el Pleno de la Asamblea
Legislativa dio por iniciado el proceso para elegir al
nuevo Procurador General de la República, cargo de
suma importancia para garantizar el acceso a la justicia y
la defensa técnica de los ciudadanos, entre otros.
CSJ oficializa protocolo para selección de jueces antiextorsiónProceso Digital
La Corte Suprema de Justicia (CSJ), oficializó el protocolo que se utilizará para la selección y nombramiento de jueces y magistrados de lo penal con competencia nacional en materia de extorsión.
Preocupa más casos de espionaje contra instituciones cuidadanasFUSADES
La Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social, FUSADES, condena enérgicamente otro caso de espionaje contra una importante institución ciudadana, esta vez por el hallazgo de micrófonos encontrados en las oficinas de la Asociación Nacional de la Empresa Privada, ANEP. Este atropello a derechos fundamentales protegidos por la Constitución contra la principal agrupación del sector productivo del país, se suma a lo sucedido a la Cámara de Comercio e Industria de El Salvador, así como a nuestra Fundación, en semanas recientes.
El Proyecto de Presupuesto 2017 presentado en septiembre debe rechazarseFUSADES
El proceso de elaboración y aprobación del presupuesto
de la nación ha estado lleno de vicios por varios años1
. Los
proyectos presentados a la Asamblea Legislativa adolecen de
subestimación u omisión de gastos importantes y previsibles,
especialmente devoluciones y subsidios; además, a partir de
2009, con excepción de 2011, se han sobrestimado los ingresos
tributarios que han resultado en un faltante con respecto a lo
recaudado; lo anterior obliga a buscar financiamiento en el
transcurso del año. La manera de lograr este financiamiento
ha sido, principalmente, la emisión de Letras del Tesoro (Letes),
mecanismo viciado que se ha intensificado a partir de 2008,
utilizando deuda de corto plazo para financiar de forma
permanente gasto corriente y en forma discrecional, en contra
de lo que establece la Constitución de la República sobre que
esta deuda debe servir únicamente para descalces temporales
de ingreso.
El Órgano Ejecutivo puede modificar el proyecto de presupuesto presentado a l...FUSADES
El proyecto de Presupuesto General del Estado
2017 ha sido presentado a la Asamblea Legislativa
con la omisión de ciertos gastos que con toda
seguridad deberán cubrirse. Este es el caso,
por ejemplo, de la deuda de los Certificados
de Inversión Previsional (CIP), que para 2017
asciende a 221 millones de dólares y que junto con
otras omisiones suman alrededor de 808 millones
de dólares1
.
Diagnóstico sobre el estado de la Transparencia y de la Lucha Contra la Corru...FUSADES
A continuación presentamos nuestro diagnóstico en torno al estado de la transparencia y de la lucha contra la corrupción en el país, durante el período comprendido entre marzo y agosto de 2016. El objetivo del mismo es ejercer la contraloría ciudadana mediante el seguimiento al trabajo efectuado por diversas instituciones, y promover las buenas prácticas en materia de transparencia para contribuir a la transformación del Estado.
Observando el efecto del crecimiento inclusivo sobre la pobreza y la desigual...FUSADES
Observando el efecto del crecimiento
inclusivo sobre la pobreza y la desigualdad,
entre mujeres y hombres, por medio de
ejercicios de descomposición del ingreso
El atraso en la elección de funcionarios del CNJ y de la PGR afecta el Estado...FUSADES
El atraso en la elección de
funcionarios del CNJ y de la PGR
afecta el Estado de derecho: La elección de 5 de los 7 miembros del Pleno del Consejo
Nacional de la Judicatura (CNJ) que concluyeron su mandato
el 22 de septiembre de 2015, al 1 de abril del presente año,
lleva un atraso de más de 6 meses. Por su parte, la elección del
titular de la Procuraduría General de la República (PGR) tiene
un atraso de casi 3 meses, puesto que el periodo de la anterior
Procuradora concluyó el 13 de enero del presente año.
Comentarios a la sentencia de amparo sobre abusos en reservas de información ...FUSADES
El 1 de septiembre de 2016, la Sala de lo Constitucional
pronunció la sentencia de amparo 713-2015, la cual resolvió
un proceso relacionado con la protección constitucional
del derecho de acceso a la información. Se trata de un
caso que ha durado más de 2 años sin resolverse, desde
sus inicios con una solicitud de acceso a la información a
la Presidencia de la República y que a octubre del presente
año, aún no concluye de forma satisfactoria. Este tema ha
sido parte de la agenda de estudios de Fusades y también
del Grupo Promotor de la Ley de Acceso a la Información
Pública, el cual integramos desde su fundación. Desde los
inicios de este caso, Fusades ha sido enfático en señalar que
las reservas impuestas por la Presidencia de la República
a la información sobre gastos en viajes, viáticos, misiones
protocolarias de dignatarios extranjeros y publicidad
oficial, están totalmente injustificadas y que la decisión
del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) de
confirmar las reservas, constituye un retroceso en materia
de acceso a la información pública
Sala de lo Constitucional fortalece Derecho de Acceso a la Información en p...FUSADES
Celebramos que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, con su resolución del amparo 713-2015, confirmó la naturaleza pública de la información sobre gastos de la Presidencia de la República, ordenando que se entreguen y publiquen los datos correspondientes a las campañas publicitarias de 2010 y sus prórrogas, actividades protocolarias y viajes realizados por el Presidente y la Primera Dama en el período de 2009 a 2014, lo cual fue requerido en una solicitud denegada, pero también ha ordenado que dicha información, presente y futura, sea divulgada en internet y permita el acceso a aquella referida a períodos previos.
Aplicación de la regulación sobre el financiamiento de los partidos políticos...FUSADES
La transparencia en el financiamiento de los partidos políticos ha tomado relevancia en los últimos años, tanto a nivel regional como nacional. No obstante y contrario a lo que se esperaría, las organizaciones partidarias no han liderado esta iniciativa. Desde una perspectiva comparada, la demanda por mayor transparencia se presenta en un contexto en el que se han revelado y procesado casos de corrupción, clientelismo e inclusive la penetración de grupos criminales en la toma de decisiones, involucrando a funcionarios del más alto rango en la administración pública. Esta tendencia se ha generalizado por toda Latinoamérica: desde países con un sistema democrático más consolidado como Argentina, Brasil y Chile; hasta países con una débil institucionalidad democrática, tales como Guatemala y El Salvador.
Comunicado de prensa: reformas código electoral y ley de partidosFUSADES
Con las propuestas de reformas al Código Electoral y a la Ley de Partidos Políticos, FUSADES y Aliados por la Democracia buscan contribuir con la discusión sobre la reforma electoral, específicamente a partir de los cambios motivados por las resoluciones de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en los procesos de inconstitucionalidad 43-2013, 48-2014 y 139-2013, que han establecido mandatos de regulación sobre el derecho de acceso a la información y principios de transparencia y de democracia interna de los partidos políticos, el voto cruzado y la integración no partidaria de los Organismos Electorales Temporales.
La Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES), a través del Departamento de Estudios Políticos (DEP), ha organizado en cinco ocasiones consecutivas el Foro Internacional de Análisis Político (FIAP). El objetivo de esta iniciativa es el de reunir a varios de los más destacados politólogos y analistas internacionales para discutir acerca de la rxealidad política, social y económica de América Latina y en particular de la región centroamericana. Esta contribución académica ha sido posible gracias al incondicional apoyo de los integrantes del Consejo Asesor Externo (CAE) del DEP, todos distinguidos politólogos internacionalmente reconocidos y representantes de importantes universidades, centros de pensamiento y organizaciones de apoyo a la democracia de distintos países de América Latina, Estados Unidos y Europa. Las diferentes publicaciones entre las que destacan las orientadas al estado de la democracia y a la gobernabilidad en América Latina, así como la trayectoria académica de cada uno de los politólogos invitados, ha representado para FUSADES y particularmente para el DEP, una valiosísima contribución para institucionalizar el análisis de la realidad nacional desde la Ciencia Política.
No puede haber impunidad ante extravío de Información PúblicaFUSADES
La Presidencia de la República ha declarado públicamente que ha extraviado la información del período comprendido entre los años 2009 a 2014, relativa a viajes del ex Presidente y la ex Primera Dama, así como detalles sobre la atención a funcionarios internacionales que visitaron el país en esos años. Por lo anterior, a pesar de haber entregado alguna información requerida, no cumplió con la orden girada por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que le impuso esta medida cautelar en un proceso de amparo contra una resolución del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).
Comunicado y Notas de prensa Informe de Coyuntura Económica a Mayo 2016 FUSADES
En 2015 hubo una leve mejora del crecimiento económico
de El Salvador; sin embargo, la creación de empleos es
insuficiente y al primer trimestre de 2016 se observa un
deterioro. Las finanzas del Estado continúan una ruta
de insostenibilidad, pero con los meses contados por
problemas de liquidez.
Comentario a la sentencia de inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía Gener...FUSADES
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de
Justicia de El Salvador ha establecido la posibilidad
jurídica de que algunas violaciones a derechos humanos
cometidas durante el conflicto armado interno que sufrió
el país entre 1980 y 1992 puedan ser investigadas, así
como de que se procese y sancione penalmente a los
culpables. Este es el efecto principal de la sentencia1
mediante la cual se declaró inconstitucional el alcance
amplio que tenía la Ley de Amnistía General para la
Consolidación de la Paz de 1993
Obligatoriedad de la jurisprudencia constitucional en la elección del presid...FUSADES
En los últimos dos años, la Sala ha emitido abundante
y detallada jurisprudencia sobre las elecciones de
segundo grado. Esta jurisprudencia ha permitido dotar de
contenido a los artículos constitucionales que regulan cada
elección, así como al Reglamento Interno de la Asamblea
Legislativa que contiene algunas líneas generales sobre las
elecciones de segundo grado (Arts.98 y siguientes). En junio
de 2012, la Sala de lo Constitucional declaró inconstitucional
la elección de dos generaciones de Magistrados de la CSJ por
haber contrariado el principio de legitimidad democrática,
que supone que cada legislatura solo puede elegir a una
magistratura (Inc. 19-2012 y 23-2012, ambas del 5 de
junio 2012). Fusades se pronunció al respecto aun antes
de dicha jurisprudencia, ya que considerábamos que era
importante respetar algunos principios constitucionales
en dicha elección. En octubre de 2013, la Sala declaró
inconstitucional la elección del Presidente de la CSJ y del
Órgano Judicial, porque consideró que su vinculación
político-partidaria afectaba el principio constitucional
de independencia judicial (Inc. 77/97-2013 del 14 de
octubre de 2013). Desde esa fecha, la Presidencia ha
estado a cargo del Primer Vocal de la Sala y el tribunal se
ha integrado con uno de los suplentes específicamente
nombrados.
La elección de magistrados de la CSJ y el respeto a la ConstituciónFUSADES
Un Estado de Derecho implica la existencia de un sistema efectivo –y no meramente formal- de pesos y contrapesosque garantice el goce de los derechos fundamentales yfrene los abusos de poder. En ese sentido, la existencia
de una Corte Suprema de Justicia (CSJ) integrada pormagistrados independientes, competentes e intachables
resulta indispensable para el correcto funcionamiento del
sistema.
Importancia de la Elección de Abogados para Proponer Candidatos a la CSJ 2015...FUSADES
El mecanismo de elección de los candidatos a
magistrados de la CSJ introducido en la Constitución
como fruto de los Acuerdos de Paz, tiene un componente
de participación ciudadana envidiado en otras latitudes
donde estos nombramientos se hacen generalmente
a través de mecanismos más tradicionales, como por
ejemplo la designación por el titular del Órgano Ejecutivo,
con refrenda o confirmación del Órgano Legislativo. En El
Salvador, tal como se desprende de la normativa citada al
inicio de esta Posición Institucional, todos los abogados
autorizados en la República pueden votar para elegir de
forma directa a 15 de los 30 candidatos que integran la
lista que luego se envía a la Asamblea Legislativa para que
elija a 5 magistrados titulares y a 5 suplentes, cada 3 años.
Sin embargo, en la práctica, el mecanismo de elección
no ha cumplido con su objetivo, ya que en términos
generales, no ha favorecido la elección de los mejores
candidatos. Este 30 de junio de 2015, cesan en sus cargos
5 magistrados de la CSJ: 2 de la Sala de lo Contencioso
Administrativo1, 2 de la Sala de lo Penal y 1 de la Sala de
lo Civil, por lo que el 28 de marzo próximo, se llevarán
a cabo las votaciones de los abogados para dar inicio al
proceso de elección de los 5 magistrados nuevos.
Nueva elección de la Corte de Cuentas debe respetar criterios ConstitucionalesFUSADES
El mal funcionamiento de la Corte de Cuentas de la República
se ha convertido en el emblema del daño que puede causar
el control partidario de la institucionalidad democrática. Esta
institución no ha cumplido su mandato constitucional
de controlar el buen uso de los fondos públicos, de
infundir respeto en los servidores estatales y confianza
en la población. Para el periodo 2011-2014, la Asamblea
Legislativa eligió a 3 personas, cuyo nombramiento fue
declarado inconstitucional por la Sala de lo Constitucional el
23 de enero de 20131
.
Perfil y preguntas a considerar en la elección del FGRFUSADES
El proceso de elección de un nuevo FGR ya inició. El
periodo del actual funcionario está por vencerse y la
Asamblea Legislativa ya abrió la convocatoria para que
los aspirantes al cargo presenten sus candidaturas. Si
se considera el rol que le corresponde desempeñar, la
importancia y variedad de las funciones que la Constitución
le asigna, es dable afirmar que el FGR es una de las figuras
centrales del Estado de derecho en nuestro país. No puede
aspirarse a un combate efectivo del crimen, ni a una buena
administración de justicia o la defensa de los intereses del
Estado y de la legalidad sin una buena Fiscalía.
EXIGIMOS TRANSPARENCIA AL CNJ EN SELECCIÓN DE CANDIDATOS A MAGISTRADOSFUSADES
El Consorcio por la Transparencia y Lucha contra la Corrupción, con relación a los últimos avances en el proceso de elección de
candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), manifestamos:
En primer lugar, nuestro reconocimiento a los miembros del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) por el orden y la
transparencia con los que desarrollaron las entrevistas a los candidatos para la CSJ, las cuales mostraron avances
considerables respecto del ejercicio llevado a cabo en 2015. Para procesos futuros, consideramos que debe dedicarse más
tiempo a cada entrevista y profundizar en los conocimientos y trayectoria de cada candidato, a fin de realizar una evaluación
más profunda de cada uno de ellos.
En segundo lugar, y ante las etapas que todavía están pendientes en el CNJ, exhortamos de forma vehemente a dicha entidad a
dar pleno cumplimiento a las reglas establecidas en la sentencia de inconstitucionalidad 94-2014 del 8 de abril de 2015, por
medio de la cual la Sala de lo Constitucional estableció los parámetros que el CNJ debe obligatoriamente seguir para las fases
de deliberación y de selección de los 15 candidatos que le corresponde elegir, relacionados con la obligación de motivar
adecuadamente y de publicitar su decisión.
"Condenamos la omisión de la Asamblea de elegir magistradas y magistrados de ...FUSADES
Este lunes 10 de septiembre más de 30 organizaciones de la Sociedad Civil se unieron para dar a conocer el pronunciamiento "Condenamos la omisión de la Asamblea de elegir magistradas y magistrados de la CSJ" denunciando el retraso de 57 días en dicho proceso eleccionario y exigiendo que se elijan con base en criterios técnicos que premien la idoneidad, honorabilidad y capacidad. La conferencia de prensa se llevó a cabo a las 10:00 am en el Hotel Sheraton Presidente en San Salvador. Les compartimos el comunicado divulgado en dicho evento.
Es una web quest para alumnos de tercer año, el tema del que trata es de Poder Judicial, aquí se podrá observar la composición de éste y en base a eso trabajar con actividades planteadas.
Injustificado atraso en la elección de magistrados de la CSJFUSADES
Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia serán elegidos por la Asamblea Legislativa para un período de
nueve años, podrán ser reelegidos y se renovarán por terceras partes cada tres años. Podrán ser destituidos por la
Asamblea Legislativa por causas específicas, previamente establecidas por la ley. Tanto para la elección como para la
destitución deberá tomarse con el voto favorable de por lo menos los dos tercios de los Diputados electos.
Reforma del proceso de elección de magistrados de la Corte Suprema de JusticiaFUSADES
El estudio sobre el funcionamiento de las instituciones
siempre ha sido un tema prioritario en la agenda de
FUSADES, el cual se ha abordado en diversos estudios
y publicaciones. En materia del Órgano Judicial, en
investigaciones realizadas con la Universidad de
Salamanca (España), se ha expresado anteriormente que
se entiende que la configuración y el rendimiento de las
instituciones judiciales es importante por dos razones
fundamentales: primero, porque afecta a los actores
sociales e incide sobre el desarrollo económico de un
país; y, en segundo lugar, porque la justicia (o algunos
de sus órganos) contribuye a resolver los conflictos entre
Órganos del Estado, a asegurar el funcionamiento de las
instituciones democráticas y a consolidar el respeto a los
derechos humanos; todos estos aspectos están imbricados
en la estabilidad del sistema democrático, en la legitimidad
de las políticas públicas y en el respeto de los derechos
ciudadanos reconocidos en la Constitución de un país.
EL CNJ debe motivar sus propuestas de candidatos a magistrados de la Corte Su...FUSADES
El Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) tiene la
obligación jurídica de escoger 15 candidatos a magistrados
de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), antes que abril
termine. Estos se unirán a los 15 que ya ha elegido el gremio de abogados para conformar una lista de 30 aspirantes,
de entre los cuales la Asamblea Legislativa deberá darnos
a los ciudadanos, cinco magistrados de la Corte Suprema
de Justicia. Estas cinco personas tomarán decisiones
sobre los derechos de miles de salvadoreños, por lo que
deberán ser honestas, imparciales, independientes, íntegras
y conocedoras de la ley y la jurisprudencia. Si el CNJ no
propone a candidatos que cumplan este perfil, se perderá
una oportunidad para tener a los mejores magistrados en
la CSJ y son los derechos de esos miles de ciudadanos los que no tendrán la protección que merecen.
Presentación: Informe de Coyuntura Social noviembre de 2019FUSADES
El Informe de Coyuntura Social del Departamento de Estudios Sociales sostiene que el avance en los procesos de desarrollo territorial requiere mejorar los componentes de la cohesión social. Para ello, se debe trabajar en los aspectos de oportunidades económicas y sociales, legitimidad institucional, vínculos sociales y valores.
23 de julio. PROINNOVA, en alianza con el Organismo Promotor de Exportaciones de El Salvador (PROESA), realizó la conferencia internacional “Tendencia y uso de empaques sostenibles y su importancia en el comercio mundial”, dirigida a empresas de los rubros de alimentos, bebidas, farmacia y embalaje.
El observatorio ciudadano El Salvador Cómo Vamos presentará los resultados del Informe de Calidad de Vida 2018 para Mejicanos, San Salvador y Santa Tecla. Esta iniciativa monitorea los cambios en los municipios, entendidos como el nivel de acceso a los bienes y servicios que deben tener las personas para que se garantice su bienestar y las condiciones básicas de vida y desarrollo.
Participación de la mujer en la sociedad. Algunas EstadísticasFUSADES
En FUSADES, estamos desarrollando un esfuerzo institucional para llevar nuestra experiencia en investigación sobre el empoderamiento de las mujeres a un compromiso para trabajar para empoderar a las mujeres salvadoreñas.
Vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva Herramientas para la innova...FUSADES
“Crear las competencias necesarias para desarrollar las actividades y los procesos de la Vigilancia Tecnológica e Inteligencia Competitiva y destacar su importancia para las organizaciones innovadoras, sus aplicaciones a partir de casos de estudio reales y las mejores prácticas desarrolladas en diversos sectores industriales”
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: PROYECCIÓN EN EL DERECHO CIVIL Y COMERCIAL
Importancia de la elección de los próximos integrantes del pleno del CNJ
1. IMPORTANCIADELAELECCIÓNDELOS
PRÓXIMOSINTEGRANTESDELPLENO
DELCNJ
Posición
institucional
No. 95, Enero de 2016
Estudios
Legales
1
I. NORMATIVA APLICABLE:
CONSTITUCIÓN:
Art. 187: El Consejo Nacional de la Judicatura es una institución independiente, encargada de proponer candidatos
para los cargos de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Magistrados de las Cámaras de Segunda Instancia,
Jueces de Primera Instancia y Jueces de Paz.
Será responsabilidad del Consejo Nacional de la Judicatura, la organización y funcionamiento de la Escuela de
Capacitación Judicial, cuyo objeto es el de asegurar el mejoramiento en la formación profesional de los jueces y demás
funcionarios judiciales.
Los miembros del Consejo Nacional de la Judicatura serán elegidos y destituidos por la Asamblea Legislativa con el voto
calificado de las dos terceras partes de los Diputados electos.
La ley determinará lo concerniente a esta materia.
LEY DEL CNJ:
Art. 9, incisos 1° y 4°: El Pleno del Consejo es el órgano superior de dirección y administración del Consejo Nacional de
la Judicatura y estará integrado por siete Consejales propietarios, así: a) Tres abogados de la República, propuestos por
el gremio del abogados; b) Un abogado docente de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales de la Universidad
de El Salvador; c) Un abogado docente universitario de las otras Facultades, Escuelas o Departamentos de Derecho de
las universidades privadas del país, debidamente autorizadas; y, d) Un abogado propuesto por el Ministerio Público; e)
Un miembro electo por los Magistrados de Cámaras de Segunda Instancia, Jueces de Primera Instancia y Jueces de Paz .
Los Consejales no estarán sujetos a mandato imperativo alguno de los sectores o institución que los propuso.
Art. 10: De conformidad a lo dispuesto en la Constitución, los miembros del Pleno del Consejo, propietarios y
suplentes, serán elegidos por la Asamblea Legislativa en votación nominal y pública, con el voto calificado de las dos
2. 2
II. ANTECEDENTES
El CNJ es una institución relativamente reciente, que nace
con la Constitución de 1983 como un órgano coadyuvante
de la administración de justicia. En 1991, se reformó la
Constitución como preámbulo a los Acuerdos de Paz de
1992, y esta reforma estableció un nuevo procedimiento
para seleccionar a los integrantes de la Corte Suprema de
Justicia (CSJ), en el que se asignó al Consejo Nacional de
la Judicatura (CNJ) una participación decisiva, por lo que
se acordó que este último estaría integrado de una
manera que se aseguraría su independencia de los
órganos del Estado y de los partidos políticos.
Además de tener una participación determinante en la
elección de los magistrados de la CSJ, el CNJ cumple un
papel constitucional fundamental para la calidad de la
justicia en El Salvador. Por mandato constitucional, el CNJ
propone a la CSJ las ternas para los cargos de jueces de
paz, jueces de primera instancia y magistrados de segunda
instancia de todo el país y, una vez nombrados, es también
responsable de capacitarlos y evaluarlos.
terceras partes de los Diputados electos. El período de sus funciones será de cinco años, contados a partir de la fecha de
la toma de posesión del cargo.
Quienes habiendo sido elegidos y juramentados para el cargo de Consejal, aceptaren posteriormente otro cargo de la
administración pública, de justicia o en el servicio exterior, no podrán desempeñarlo, hasta haber concluido el período
de su elección como Consejal, salvo previa exoneración decretada por la Asamblea Legislativa.
Art. 12, inc. 1°: Los Consejales pertenecerán al sector que los propone. Todos deberán reunir los requisitos constitucionales
para el cargo de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y los propuestos por las Facultades, Departamentos y
Escuelas de Derecho, deberán además, haber ejercido la docencia universitaria al menos durante los cinco años
anteriores a la elección.
JURISPRUDENCIA:
Sentencia de inconstitucionalidad 122-2014 del 28 de abril de 2015.
III. ANÁLISIS
Para el adecuado funcionamiento de la
institucionalidad democrática salvadoreña interesa
que el CNJ cumpla sus atribuciones con solvencia
técnica y democrática. Es decir, que sus decisiones
sean el resultado de una sistemática aplicación de
criterios objetivos conducentes a la selección de los
candidatos a la judicatura más competentes para el
cargo, pero también que dichas decisiones resulten
del ejercicio democrático, plural y transparente, de la
discrecionalidad para la elección de los candidatos que
le ha otorgado el legislador. Un presupuesto esencial
de la solvencia técnica y democrática del CNJ es la
forma cómo se integra el Pleno, es decir su órgano de
dirección. En este orden de ideas, la idoneidad de sus
miembros es condición indispensable para el óptimo
desempeño de esta institución.
Sin embargo, a pesar de las importantes funciones
que la Constitución y su ley de creación le otorgan,
lamentablemente la elección de los miembros del pleno
3. del CNJ tiende a pasar desapercibida y no genera el interés
que pueden generar otras elecciones de funcionarios de
segundo grado, como la de los magistrados de la CSJ o del
Fiscal General de la República. A la fecha, la elección de 5
de sus 7 miembros se ha retrasado varios meses, puesto que
correspondía haberlos elegido en septiembre de 2015.
Haciendo de lado las dificultades operativas que esto
supone para la institución, la causa del atraso parece ser
la falta de consensos para elegir a los nuevos miembros.
Esta elección requiere mayoría calificada en la Asamblea
Legislativa lo cual impone acuerdos entre prácticamente
todos los partidos políticos y la presente elección reviste
una importancia jurídica y política de una magnitud
sin precedentes, puesto que estos 5 nuevos miembros
del CNJ, junto con otros 2 que deberán elegirse antes
de finales de este año, tendrá a su cargo organizar la
elección de la CSJ 2018 y seleccionar a la mitad de la
lista de candidatos. Es decir, la elección de la CSJ en la
que se renovarán 4 de los 5 magistrados de la Sala de
lo Constitucional estará a cargo de este nuevo Pleno
del CNJ. Esta particularidad, junto con las importantísimas
atribuciones que corresponden al CNJ para contribuir con
una justicia de calidad en el país, impone la elección de
candidatos idóneos.
Los nuevos integrantes del CNJ deben ser personas de una
capacidad técnica sobresaliente y reconocida. Además,
deben ser personas independientes del poder político
partidario y de cualquier otro grupo de interés. Si uno
de los fundamentos de la legitimidad de los jueces es
su independencia, esta también debe serlo de quien los
propone. Además, así lo establece la Constitución, la ley y
la jurisprudencia constitucional.
En la actualidad, preocupa que los debates legislativos
para nombrarlos parecen haberse estancado por
discusiones de tipo político, más que por una verdadera
evaluación de los meritos de los postulantes. El reparto
político partidario de los funcionarios de segundo grado
es una práctica que reiteradamente ha demostrado que
daña el correcto funcionamiento de las instituciones. Los
funcionarios deben ser elegidos por su capacidad para
un determinado cargo y no por su afinidad o sumisión
a uno u otro partido. Para el CNJ debe considerarse la
trayectoria profesional de cada candidato, sus evaluaciones
de desempeño, su preparación académica, su experiencia
específica en el sector justicia, entre otros. Además, debe
tomarse en consideración la probidad y ética demostrada
a lo largo de su vida profesional y personal, a través de la
verificación de las solvencias de los entes contralores del
Estado, como estándar mínimo.
Por causa del atraso en la elección del CNJ, en la plenaria
legislativa del 7 de enero de 2016, la Asamblea aprobó,
con dispensa de trámites, que el Gerente General de la
institución asuma las funciones administrativas de la
institución mientras se eligen a los nuevos funcionarios,
para garantizar su operatividad. Esto permite cumplir
con un mínimo de funciones administrativas del CNJ,
como la refrenda de contratos, pero no permite la toma
de decisiones sobre los aspectos técnicos que competen
a este órgano y que hasta que se realice la elección, se
encuentran paralizados.
En el Departamento de Estudios Legales consideramos que
es fundamental que los diputados desistan de realizar una
elección basada únicamente en un reparto partidario de los 5
miembros del pleno del CNJ pendientes de elegir; que hagan
una verdadera evaluación de los actuales candidatos y que
elijan a las personas que acreditan las mejores cualidades para
el desempeño de un cargo de tanta trascendencia para la
correcta administración de justicia en el país.
3
4. Edificio FUSADES, Bulevar y Urb. Santa Elena, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, El Salvador
Tel.: (503) 2248-5600, www.fusades.org
IV. RECOMENDACIONES
•• Debe darse a la elección del CNJ la importancia que tiene para la institucionalidad del país y proceder a
elegir cuanto antes para integrar adecuadamente el pleno y restablecer el correcto funcionamiento de
la institución.
•• La elección debe estar precedida de una evaluación completa de los méritos y aptitudes de cada
candidato, para garantizar que se ha elegido a los mejores postulantes.
•• El dictamen de la Comisión Política debe estar adecuadamente motivado para demostrar que se ha
elegido a las mejores personas para el cargo.
•• Debe evitarse el reparto partidario y elegir solo con base en los méritos.
4