2. Introducción
Los riesgos laborales existen, y por ello el principal trabajo es
reducirlo . El trabajo en ocasiones produce riesgo ya sea por los
productos tóxicos, maquinarias, eléctricos y entre otros. Que pueden
ocasionar accidentes o enfermedades , es por ello que el principal
trabajo es prevenirlo.
como en todas las facetas hay que añadir otra serie de
condicionantes externos que, a priori, pueden parecer irrelevantes pero
que acaban siendo bastante importantes como puede ser el nivel socio-
cultural de los trabajadores, la heterogeneidad de la tecnología aplicada
o el hecho de que hoy en día está muy extendida la práctica de la
subcontratación en la ingeniería civil por lo que se da la situación de
diversos equipos de trabajadores que no se conocen entre ellos pero
con una fuerte dependencia en cuanto a su propia seguridad, llevando
pues a una situación de elevado riesgo laboral.
3. Que es un riesgo Laboral
La ley de prevención de riesgo laborales define riesgo
laboral como « toda posibilidad de que un trabajador sufra
un determinado daño a su salud, como consecuencia del
trabajo realizado»
Por lo tanto es necesario desarrollar un conjunto de actividades
y medidas a las que llamaremos prevención, con el fin de evitar o
disminuir los riesgos derivados del trabajo.
La materialización del riesgo laboral puede derivar en un daño a
la salud del trabajador, que se puede manifestara mediante una
enfermedad, una patología o una lesión.
4. Factores de riesgo laboral
Como consecuencia de las condiciones en las que se
trabaja aparecen los llamados factores de riesgo laboral que
dan lugar a diferentes tipos de accidentes, enfermedades
profesionales y efectos para la salud, tales como fatiga, estrés,
etc. Se clasifican en cuatro grupos:
• Factores de seguridad: según Lozano (2012) «se refieren a las
condiciones materiales que influyen en los accidentes laborales como, por
ejemplo, los pasillos y las superficies de tránsito, los equipos y los
aparatos de elevación, los vehículos de transporte, las máquinas, las
herramientas, los espacios en los que se trabaja, las instalaciones
eléctricas, entre otros ».
Entre las consecuencias este tipo de factores de riesgo encontramos las
lesiones del trabajador originadas por los elementos móviles de las
máquinas, golpes, atrapamientos, cortes, caídas de materiales, lesiones
por herramientas manuales o mecánicas, lesiones oculares, esguinces,
aplastamientos, caídas, vuelcos de la maquinaria, quemaduras, asfixia,
paro respiratorio, contactos eléctricos, etc.
5. • Factores derivados de las características del trabajo: Según Lozano (2012)
«son los contemplan los esfuerzos, la manipulación de las cargas, las
posturas de trabajo, los niveles de atención requerida, la carga mental,
etc., asociados a cada tipo de actividad. Las consecuencias pueden ser:
irritabilidad, falta de energía y voluntad, depresión, dolores de cabeza,
mareos, insomnio, problemas digestivos, etc.»
• Factores derivados de la organización del trabajo: según Montero (2013)
dice que se incluyen las tareas que integran el trabajo, los trabajadores
asignados a ellas, los horarios, las relaciones jerárquicas, la velocidad de
ejecución, etc. Las consecuencias pueden ser: fatiga, insatisfacción, estrés,
problemas psicológicos, etc.
• Factores de origen físico, químico o biológico: según Montero (2013) los
factores de origen físico hacen referencia a contaminantes físicos como el
ruido, las vibraciones, la iluminación, la temperatura, la humedad, las
radiaciones, etc. Los factores de origen químico son los que están presentes
en el medio ambiente de trabajo
6. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Según Cárdenas (2012) Un accidente de trabajo es todo suceso, no
esperado ni deseado, que conlleva pérdidas de la salud o lesiones
en los trabajadores, en el desarrollo de su actividad laboral.
Se consideran enfermedades profesionales exclusivamente
aquéllas incluidas en el Real decreto 1299/2006, por el que se
aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de
la seguridad social y se establecen criterios para su notificación y
registro. Toda enfermedad que tenga un origen laboral y que no
esté incluida en el citado real decreto, será considerada como
enfermedad relacionada con el trabajo o accidente laboral.
Cárdenas (2012) sigue diciendo que Las enfermedades
profesionales son aquellas contraídas como consecuencia de los
riesgos a los que esta expuesto el trabajador en su medio laboral
7. Normas venezolanas: sistema de gestión de seguridad e
higiene ocupacional (covenin 4001: 2000)
COVENIN 4004: 2000 Sistema De Gestión Para La Seguridad E Higiene
Ocupacional. Guía para su implantación.
COVENIN-ISO 8402: 1995 Gestión De Calidad Y Aseguramiento De Calidad.
Vocabulario.
COVENIN-ISO 9001:1995 Sistema De Calidad. Modelo para el aseguramiento
de la calidad en el diseño, el desarrollo , producción, la instalación y el
servicio posventa.
Estas normas especifica los elementos que integran SGSHO. Pretende
pues ser una guía que ayude a las organizaciones a establecer y desarrollar
dicho sistema de forma que se integre dentro de la gestión de la
organización, a fin de evitar o minimizar los riesgos para los trabajadores,
mejorar y ayudar a el funcionamiento de las organizaciones.
8. CONSTITUCION DE LA REPUBLICA, DE FECHA 13 DE JUNIO 2015
• LEY NO. 87-01 QUE CREA EL SISTEMA DOMINICANO DE SEGURIDAD SOCIAL, DE FECHA 09
DE MAYO DEL AÑO 2001.
• LEY NO.188-07 QUE INTRODUCE MODIFICACIONES A LA LEY NO.87-01, DE FECHA 9 DE
AGOSTO DEL AÑO 2007.
• LEY NO.177-09 QUE OTORGA LA MNISTIA A TODOS LOS EMPLEADORES PUBLICO Y
PRIVADO CON ATRASOS EN LAS COTIZACIONES AL SDSS, DE FECHA 22 DE JUNIO 2009.
• LEY NO.449-06 QUE MODIFICA LA LEY 340-06 SOBRE CONTRATACION PUBLICA DE BIENES,
OBRAS, SERVICIOS Y CONCESIONES, DE FECHA 6 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006.
• LEY NO.340-06 LEY SOBRE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE BIENES, SERVICIOS, OBRAS Y
CONCESIONES, DE FECHA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2006.
• LEY NO.200-04 SOBRE EL LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, DE FECHA 13 DE
JULIO DEL AÑO 2004.
• LEY NO.41-08 SOBRE LA FUNCION PUBLICA, DE FECHA 11 DE DICIEMBRE 2007.
LEYES AFINES.
• LEY NO. 42-01 LEY GENERAL DE SALUD, DE FECHA 8 DE MARZO DEL AÑO 2001.
• LEY NO. 189-07 QUE FACILITA EL PAGO A LOS EMPLEADORES CON DEUDAS PENDIENTES EN
EL SDSS, DE FECHA 9 DE AGOSTO DE 2007.
• LEY NO. 370-05 QUE MODIFICA LA LEY 87-01, DE FECHA 20 DE SEPTIEMBRE DE 2005.
• LEY NO. 135-11 SOBRE VIH-SIDA, DE FECHA 7 DE JUNIO DE 2011.
• LEY NO. 451-08 QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, DE FECHA 15 DE 0CTUBRE
DE 2008.
Bases Legales
9. REGLAMENTOS.
•REGLAMENTO SOBRE EL SUBSIDIO POR ENFERMEDAD COMÚN.
•REGLAMENTOS PARA LA PRESCRIPCIÓN Y DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS
AMBULATORIOS EN EL SDSS SEGUN DECRETO 665-12.
•REGLAMENTO DEL REGIMEN SUBSIDIADO EN EL SDSS SEGUN DECRETO 136-13.
•REGLAMENTO SOBRE EL SEGURO FAMILIAR DE SALUD Y EL PLAN BÁSICO DE SALUD.
•REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACIÓN Y REGULACIÓN DE LAS ARS
•REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LOS MEDICAMENTOS DEL PLAN BÁSICO DE
SALUD.
•REGLAMENTO SOBRE ASPECTOS GENERALES DE AFILIACIÓN AL SFS-RC.
•REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES AL SEGURO FAMILIAR Y SEGURO DE
RIEGOS LABORALES.
•REGLAMENTO DEL SEGURO DE RIESGOS LABORALES.
•REGLAMENTO DE SUBSIDIOS POR MATERNIDAD Y LACTANCIA.
•NORMATIVA SOBRE LOS CONTRATOS DE GESTIÓN ENTRE ADMINISTRADORAS DE
RIESGOS DE SALUD, ADMINISTRADORA DE RIESGOS LABORALES Y PRESTADORAS DE
SERVICIOS DE SALUD
•NORMATIVA SOBRE EL FONDO NACIONAL DE ATENCIÓN MÉDICA POR ACCIDENTES DE
TRÁNSITO (FONAMAT).
•NORMATIVA SOBRE LOS ACCIDENTES EN TRAYECTO.
10. Existe la necesidad de desarrollar una política de prevención
de riesgos laborales en todos los centros de trabajo, no sólo
porque la Ley prevención de riesgos laborales así lo contempla,
sino porque el número de accidentes laborales ha crecido
considerablemente. De este modo, se hace necesario elaborar
técnicas de trabajo que los eviten o disminuyan, para que los
trabajadores se sientan seguros en su puesto de trabajo. La
aplicación de la normativa específica desarrollada como
consecuencia de la aparición de la Ley de prevención de
riesgos laborales, garantiza el cumplimiento de la ley y, por lo
tanto, debe ser conocida e implantada en todas aquellas tareas
que requieran de la adopción de medidas de protección
especial para garantizar unos niveles de seguridad que eviten
la aparición de daños en la salud del trabajador
Conclusión