Los instrumentos negociables son documentos escritos que se utilizan comúnmente en transacciones comerciales y bancarias para prometer o ordenar el pago de una cantidad de dinero específica. Existen dos tipos principales: notas, que prometen el pago, y borradores, que ordenan el pago como cheques. La Ley de Instrumentos Negociables y Transacciones Bancarias regula estos instrumentos y transacciones para simplificar y uniformar las leyes comerciales. Algunos instrumentos populares incluyen cheques, letras de cambio, pagar
1. Katiria Goyco González jueves, 11 de octubre de 2018
Instrumentos negociables
Los instrumentos negociables son documentos escritos que mayormente se utiliza en las
relaciones comerciales y en la banca. Éstos se denominan también como: títulos o valores,
efectos de comercio y documentos comerciales (Wendy Naranjo Rendón, 2017) los cuales
prometen u ordenan el pago de una cantidad exacta de dinero. Hay dos tipos de instrumentos
negociables: notas y borradores. Un proyecto es una orden escrita para hacer un pago, como
cheques y una nota es una promesa de que el pago se hará, como certificados de depósito
(Empresa de Thomson Reuters, 2018). La Ley de Instrumentos Negociables y Transacciones
Bancarias tiene como objetivo reglamentar: los depósitos y cobros bancarios y las transferencias
de fondos (LexJuris de Puerto Rico y Publicaciones CD, 1997). Por otra parte, los artículos 3 y 4
del Código Comercial Uniforme se han promulgado como ley y establecen las normas aplicables
a los instrumentos negociables. Es importante tener presente que los títulos negociables son
fundamentales para nuestra economía, ya que nos permiten hacer negocios y tener la certeza que
recibiremos dinero por nuestros: productos y/o servicios sin la necesidad de hacer transferencias
en efectivo (Empresa de Thomson Reuters, 2018).
Cuando vamos hacer transferencias de dinero a través de instrumentos negociables, el
pago debe ser incondicional en un momento determinado y la cantidad debe ser determinada
(Empresa de Thomson Reuters, 2018). Sin embargo, legalmente hay unos aspectos importantes,
los cuales son: autonomía, literalidad e incorporación para que se dé una buena relación
2. comercial entre las partes (Wendy Naranjo Rendón, 2017). Según la ley núm. 208 del 17 de
agosto de 1995 mejor conocida como la Ley de Instrumentos Negociables y Transacciones
Bancarias estaré plasmando varios puntos importantes. En el capítulo 1, Disposiciones
generales, subcapítulo 1, Título, interpretación, aplicabilidad y materia cubierta por la ley,
Sección 1-102 entre los propósitos de esta ley se encuentran: simplificar, clarificar y modernizar
el derecho que rige las transacciones comerciales, permitir la continua expansión de prácticas
comerciales por medio de costumbres, usos y acuerdos entre las partes y uniformar el derecho
entre las diversas jurisdicciones (LexJuris de Puerto Rico y Publicaciones CD, 1997). Existen
varios instrumentos negociables que se pueden utilizar por los comerciantes y ciudadanos en
general para cubrir sus necesidades y deseos.
Cuando una persona natural o jurídica desea realizar sus transacciones mediante
instrumentos negociables tiene varias opciones a escoger. Entre las opciones más populares
están: los cheques, letras de cambio, pagarés, (Wendy Naranjo Rendón, 2017) transferencias
(Quique, 2008) y certificados de depósito (Empresa de Thomson Reuters, 2018). Probablemente
el más reconocido y/o utilizado son los cheques por tal razón abundaremos un poco más sobre el
mismo. Los cheques pueden ser: de gerencia (es aquel emitido por un Banco contra sí mismo),
el personalizado (impreso por personas o empresas) y viajero (utilizado internacionalmente).
Existen unas condiciones que se deben tomar en consideración al momento de emitir un
cheque tales como: debe estar fechado para la fecha de la presentación o anterioridad, la cantidad
en números debe ser igual a la cantidad expresada en letras, no debe tener enmiendas, la firma
del emisor debe ser igual a la que tiene registrada el banco y el emisor debe tener fondos
suficientes para efectuar el pago. La persona que emita un cheque sin tener los fondos
suficientes será penalizado con prisión de 1 a 12 meses, salvo que haya estafa; a su vez el que
3. reciba el cheque sabiendo que no tiene fondos suficientes, perderá la suma transferida y será
multado hasta con una quinta parte del valor del cheque (Wendy Naranjo Rendón, 2017).
Antes de utilizar cualquier instrumento negociable debes conocer sus ventajas y
desventajas. La tabla subsiguiente nos muestra algunos métodos de pago, sus ventajas y
desventajas para analizarlos de una manera más concreta.
Instrumentos
negociables
Ventajas Desventajas
Cheque Se elige una cantidad determinada
para emitirlo.
En caso de impago podemos recurrir
a las acciones legales para
reclamarlos.
No tenemos certeza de que el cheque
será emitido a tiempo y de forma
correcta.
Se tarda aproximadamente 4 días en
disponer del dinero.
No se pueden descontar.
Pagarés Se elige una cantidad determinada
para emitirlo.
En caso de impago podemos recurrir
a las acciones legales para
reclamarlos.
Se pueden descontar.
Se dispone del dinero
inmediatamente.
No tenemos certeza de que será
emitido a tiempo y de forma correcta.
Implican comisiones y algunos
gastos.
4. Transferencias No implica ningún costo.
Muchas veces la transferencia de
dinero se refleja en segundos.
Tenemos que estar pendientes que se
realice la transferencia el día
indicado.
Si los bancos son distintos se tarda 2
días en poder disponer del dinero.
La información incluida en la
transferencia no es muy amplia.
En caso de impago hasta el momento
no tenemos respaldo legal.
(Quique, 2008)
Para concluir, los instrumentos negociables son una excelente manera para realizar
nuestras transacciones personales y comerciales porque como beneficio adicional no estamos tan
accesibles para que nos roben el dinero o para que se nos pierda el mismo. En mi opinión, es una
excelente manera de transferir dinero y hacer nuestros pagos si los utilizamos de manera correcta
y nos informamos con las personas y entidades pertinentes. En mi caso me gusta mucho las
transferencias (ATH Móvil), es una gran herramienta ya que se puede transferir dinero desde
cualquier lugar y se ve reflejado casi inmediatamente. Además, si no tengo efectivo disponible
es una gran herramienta para poder pagar, en mi caso, frappés, almuerzos, talleres de repostería,
etc. Realmente debemos estar “in” y orientarnos para utilizar los instrumentos negociables ya
que nos facilitan la vida y nos disminuyen los dolores de cabeza en muchas ocasiones, pero, si
hay mal tiempo o un huracán, el sistema falla, entiendo que el sistema ATH Móvil debe ser
restaurado y fortalecido para beneficiar más ciudadanos y comerciantes.
5. Bibliografía
Empresa de Thomson Reuters. (2018). Abogado, Su Conexión Legal. Retrived from
https://www.abogado.com/recursos/ley-de-negocio/-cu-les-son-los-instrumentos-
negociables.html
LexJuris de Puerto Rico y Publicaciones CD. (1997). LexJuris de Puerto Rico. Retrived from
http://www.lexjuris.com/lexlex/lexotras/lexinstrumentosnegociables1.htm
Naranjo Rendón, W. (2017). Monografia.com. Retrived from
https://www.monografias.com/trabajos17/instrumentos-negociables/instrumentos-
negociables.shtml
Quique. (2008). RiesgoyMororsidad.com. Gestión del Riesgo y la Morosidad en la Empresa.
Retrived from http://www.riesgoymorosidad.com/los-medios-de-cobro-ventajas-y-
desventajas/