2. La regulación jurídica de la conducta del hombre
obedece a su propia naturaleza social y por ello,
todas sus actividades productivas no han quedado
exentas de ser objeto de normas.
Incremento del trueque
Aparición de la
moneda
Crecimiento de las
actividades productivas
3. El primer cuerpo legal
de esta materia son las
LEYES RODIAS,
mismas que regularon
el comercio marítimo y
ejercieron influencia
en el derecho de otros
pueblos, incluso en el
romano.
4. Se concibe la ciudad con un
significado económico, con
actividad mobiliaria y
crediticia.
Se desarrollan ciudades de
comercio nacional e
internacional como Génova,
Florencia, Milán, Barcelona,
etc., con ordenanzas internas
para regular la actividad
mercantil.
El Derecho Mercantil surge en
la Edad Media como un derecho
especial frente al civil, entre los
gremios y corporaciones para
regular relaciones y necesidades
de los mercaderes, cuyo
crecimiento fue significativo.
5. Napoléon promulga el
primer Código de
Comercio Francés en
1807.
En México se promulgó
un primer Código de
Comercio en 1884,
aplicable en todo el país.
7. El Derecho Mercantil regula relaciones jurídicas
específicas y distintas del Derecho Civil, además de
que cuenta con normas jurídicas distintas de la
legislación común (Sistemas romano-francés y del
Common Law).
Autonomía didáctica, científica, legislativa y
jurisdiccional.
8. Fuentes:
Elementos materiales y
formales que dan origen a las
normas jurídicas.
Formales
Ley:
- Art. 73 frac. X Constitucional.
- Tratados Internacionales.
- Código de Comercio
- Otras leyes secundarias y NOM.
- Código Civil Federal y leyes supletorias.
Costumbre o Usos
Mercantiles:
Art. 10 Código Civil Federal
de aplicación supletoria en
materia mercantil.
Jurisprudencia:
Art. 192, 193 y 197 Ley de
Amparo
Principios Generales del
Derecho:
Art. 19 Código Civil Federal
de aplicación supletoria en
materia mercantil.
Reales
Históricas
9. La materia mercantil está circunscrita al Código de
Comercio (Art. 1).
◦ Artículo 1o.- Los actos comerciales sólo se regirán por lo
dispuesto en este Código y las demás leyes mercantiles
aplicables.
La figura del comerciante individual existe en
función del acto de comercio (Art.3), pero el
comerciante social puede o no realizarlos.
10. Sistemasdedefinición
• Subjetivo: define al acto de
comercio en consideración al
sujeto que lo realiza.
• Objetivo: define atendiendo a
ciertos actos calificados de
mercantiles por sí, sin depender
del sujeto que los efectúa.
• El art. 75 CCM establece una lista
de actos de comercio considerando
ambos sistemas. Sistemasparadeterminar
elactodecomercio
• Definición: formulando un concepto
general que incluya las
características sustanciales de los
actos mercantiles.
• Enumeración: estableciendo una
lista de casos que se encuentran en
dicha clasificación.
• El art. 75 CCM utiliza la
enumeración y lo hace de forma
enunciativa puesto que también
permite calificar como mercantiles
los actos análogos a los enlistados.