La presentacion procura describir los tipos de fideicomisos utilizados como instrumento juridico en la Republica Dominicana bajo la Ley 189-11 para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana
3. Ley 189-11
Definición
Fideicomiso
de
Planificación
Sucesoral
(Art. 55 y
párrafos)
Es el fideicomiso cuyo fin es el de establecer las
reglas, preferencias e instrucciones del
fideicomitente sobre qué hacer en caso de su
fallecimiento.
•Deben respetar la reserva legal hereditaria
según lo dispuesto en los artículos 913 y
siguientes del Código Civil Dominicano.
•En caso de violación a dichos preceptos, el
fideicomiso se considerara nulo.
•En principio tiene un efecto fiscal neutro en
comparación con el proceso sucesoral regular.
4. Ley 189-11
Definición
Fideicomisos
Culturales,
Filantrópicos
y Educativos
(Art. 56)
Definición
Fideicomisos
Culturales,
Filantrópicos
y Educativos
(Art. 56)
Es el fideicomiso sin fines de lucro cuyo
objeto sea el mantenimiento y
preservación de patrimonios culturales,
tales como museos, y la promoción o
fomento de la educación, o la ejecución
de labores filantrópicas de cualquier
tipo, entre otros.
•Similar tratamiento fiscal que las
Asociaciones sin Fines de Lucro.
•A diferencia de los demás fideicomisos,
pueden constituirse por tiempo
indefinido.
5. Ley 189-11
Definición
Fideicomiso
de Inversión
(Art. 57)
Artículo 57.- Fideicomiso inversión. Es la modalidad de fideicomiso
celebrado por un fiduciario con sus clientes, para beneficio de éstos, o de
terceros designados por ellos, en el cual se consagra como finalidad
principal la inversión o colocación, a cualquier título, de sumas de dinero
de conformidad con las instrucciones contenidas en el acto constitutivo.
Este tipo de fideicomiso solamente podrá ser administrado por las
administradoras de fondos de inversión y los intermediarios de valores
facultados para la administración de cartera.
•Administradora Fondos de Inversión funge como fiduciaria respecto del
Fondo
•Cada Fondo se constituye como Patrimonio Autónomo
•Mismo tratamiento Fiscal que los Fideicomisos de Oferta Pública
•Intermediarios de Valores pueden ser fiduciarios de las carteras que
administren en los casos en que las carteras se constituyan como
fideicomisos
6. Ley 189-11
Definición
Fideicomiso de
Inversión
Inmobiliaria y
de Desarrollo
Inmobiliario
(Art. 58)
Artículo 58.- Fideicomiso de inversión inmobiliaria y de
desarrollo inmobiliario. Los fideicomisos de inversión
inmobiliaria son patrimonios independientes gestionados
por una entidad administradora o fiduciaria, por cuenta y
riesgo de los fideicomisarios, cuyo objetivo primordial es
la inversión en proyectos inmobiliarios en distintas fases
de diseño y construcción, para su conclusión y venta, o
arrendamiento. Adicionalmente, pueden adquirir bienes
raíces para la generación de plusvalías. Este tipo de
fideicomiso podrá ser administrado por las personas
jurídicas a las que se refiere el Artículo 25 de la presente
ley, estará regulado y supervisado por las instancias
establecidas para cada caso y le serán aplicables los
Párrafos I y II del artículo que antecede.
•Registro ante Registro Civil, registrar en registro
mercantil, notificar inscripción en Súper Valores
7. Ley 189-11
Definición
Fideicomiso
de Oferta
Pública de
valores y
productos
(Art. 60)
Artículo 60.- Fideicomiso de oferta pública de valores y
productos. Es la modalidad de fideicomiso constituido
con el fin ulterior y exclusivo de respaldar emisiones
de oferta pública de valores realizadas por el
fiduciario, con cargo al patrimonio fideicomitido, el
cual podrá estar constituido por las modalidades de
fideicomiso a las que se refiere esta sección. Este tipo
de fideicomiso podrá ser realizado por las entidades
indicadas en el Artículo 25 de la presente ley.
•El uso del fideicomiso en actividades vinculadas a
oferta pública de valores y productos esta sujeto a la
Ley sobre Mercado de Valores.
•Supervisión de la Superintendencia de Valores.
•Emisión de Valores e inversión por parte de los fondos
de pensiones en este tipo de valores de oferta pública,
estará sujeta al Régimen de Autorización establecido
por ley.
8. Ley 189-11
Definición
Fideicomiso
en Garantía
(Art. 61)
Es el fideicomiso integrado por los
bienes al patrimonio fideicomitido
destinados a asegurar el cumplimiento
de determinadas obligaciones,
concertadas o por concertarse, a cargo
del fideicomitente o de un tercero.
•Materialización de la garantía sin
judicialización.
•Dos posibles mecanismos de
constitución.