1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Facilitadora:
Abg. Emily Ramírez
Estudiante:
Eury Luquez C.I. V-13.107.491
Lapso A - SAIA
2. Para el estudio de las fuentes del Derecho Internacional Privado debe adoptarse la siguiente
clasificación
LEY NACIONAL
Es un cuerpo de leyes nacionales
que regulan una determinada
materia.
LOS TRATADOS
INTERNACIONALE
S
Todo acuerdo celebrado entre
miembros de la comunidad
internacional, cualesquiera sea
la forma que revista y la
importancia de los
compromisos que contenga.
TRATADOS
PUBLICOS
CONVENCION
PARTICULAR
TRATADOS LEYES
Es denominada fuente ya
que en ciertos casos debe
aplicarse el principio de
autonomía de las partes
FUENTES DIRECTAS
3. PRINCIPIOS GENERALES DEL
DERECHO INTERNACIONAL
PRIVADO
LA JURISPRUDENCIA
NACIONAL E
INTERNACIONAL
FUENTES INDIRECTAS
LA
COSTUMBRE
LA DOCTRINA
Son enunciados
normativos que expresa
n un juicio deontológico
acerca de la conducta a
seguir en cierta
situación o sobre otras
normas del
ordenamiento jurídico..
Esta costumbre tiene que ser
jurídica, no un simple uso o
hábito, sino una costumbre en
la cual se encuentren los dos
elementos característicos de la
misma, un elemento material
y la opinión jurídica de su
necesidad.
Son las reiteradas interpretaciones
que de las normas jurídicas hacen los
tribunales de justicia en sus
resoluciones.
LEX REI
SITAE
LOCUS REGIT
ACTUM
LEX
FORI
Explican y fijan el sentido
de las leyes o sugieren
soluciones para cuestiones
aún no legisladas.
4. EL SISTEMA VENEZOLANO DEL DERECHO
INTERNACIONAL PRIVADO
Fuentes internasFuentes internacionales
Considera que Sus fuentes derivan de
la siguiente manera:
En Venezuela existen Tres normas vigentes
que regulan el problema de las fuentes del
Derecho Internacional Privado.
LA LEY HELMS-
BURTONCuya principal característica, en su artículo 7.
Es que cada Estado aplicara como leyes
personales las del domicilio, las de la
nacionalidad o las que adopten en adelante su
legislación anterior con el espíritu de
adaptación
Establece limitaciones y represalias
de las compañías extrajeras para
realizar intercambios comerciales con
cuba
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
La LDIP
La Convención
Interamericana sobre
Normas de Derecho
Internacional Privado
Al igual es muy significativo
mencionar
BASE DEL SISTEMA CADA DE ESTADO TIENE EN MAYOR O MENOR GRADO DE
DESARROLLO, SU PROPIO SISTEMA DE DERECHO
INTERNACIONAL PRIVADO
Artículo 1 “La determinación de la
norma jurídica aplicable para regir
situaciones vinculadas con el derecho
extranjero, se sujetará a lo establecido
en esta convención
El artículo 1 : “Los supuestos de hecho relacionados con
los ordenamientos jurídicos extranjeros se regularán, por
las normas de Derecho Internacional Público…”
Establece limitaciones y represalias de las compañías
extrajeras para realizar intercambios comerciales con
cuba
Artículo 23 “Los tratados en
materia de Derechos
Humanos tienen jerarquía
constitucional
5. LA LEY VENEZOLANA DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Entre sus características estánSimilitud con las Convenciones
Interamericanas:
Autonomía de la Ley:
Carácter general:
Fue promulgada el 6 de agosto de 1998. Esta ley moderniza la concepción del derecho internacional privado adaptándolo a la
normativa contenida en las Convenciones de la Haya, de las Naciones Unidas y de las Interamericanas ratificadas por Venezuela.
internacional e interno Es interregional:
SUS OBJETIVOS
Señalar con exactitud la ley aplicable
Indicar la jurisdicción que debe
llevar el asunto.
El desarrollo armónico de las
relaciones jurídicas entre los
particulares
Ajustar la legislación venezolana de
Derecho Internacional Privado a la
realidad social del país
6. Ortega Giménez, Alfonso (diciembre de 2007). «El Derecho Internacional Privado como sistema
jurídico»
Esplugues Mota, Carlos; Iglesias Buhigues, José Luis (2013). Derecho internacional privado (7ª
edición). Valencia: Tirant lo Blanch. ISBN 978-84-9053-420-5.
BIBLIOGRAFÍA
http://es.scribd.com/mobile/doc/54286018/Sistema-Venezolano-Del-Derecho-Internacional-Privado