El documento clasifica los generadores de residuos peligrosos biológicos infecciosos (RPBI) en tres niveles dependiendo de su peso de generación mensual: Nivel I para menos de 25 kg, Nivel II para 25-100 kg, y Nivel III para más de 100 kg. Describe también los requisitos para el manejo adecuado de los RPBI, incluyendo identificación, envasado, almacenamiento temporal, recolección, transporte, tratamiento y disposición final.