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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 0027-2015-MDH/A
Huaura, 21 de enero de 2015.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA.
VISTO:
El Informe N° 0004-2015-MDH de fecha 20 de enero de 2015, de la Gerencia Municipal respecto
a la escala de viáticos del año 2015 para las autoridades, funcionarios, servidores y locadores de la
Municipalidad Distrital de Huaura.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú,
concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades; los gobiernos locales son personas jurídicas de derecho público y gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; consiguientemente están facultados
a ejercer actos de gobierno y actos administrativos con sujeción al Ordenamiento Jurídico vigente;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 028-2009-EF se establece la Escala de Viáticos para viajes
en Comisión de Servicios a nivel nacional a fin de brindar facilidades para una adecuada y mejora prestación
de los servicios que cumplen los funcionarios públicos, persona de confianza, servidores públicos, incluido
los que realicen el personal contratados bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios
CAS y los locadores de servicios, en función de los costos actuales de alojamiento, movilidad y
alimentación, así como la movilidad utilizada para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la
comisión de servicios;
Que, el Artículo 3° de la acotada norma legal, los funcionarios públicos, empleados de confianza,
servidores públicos, personal contratado bajo la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios y
locadores de servicios, que perciban viáticos por concepto de comisión de servicios deben presentar su
respectiva rendición de cuenta y gastos de viaje debidamente sustentado con los comprobantes de pago por
los servicios de movilidad, alimentación y hospedaje obtenidos. De ser necesario se incluirá una
Declaración Jurada para sustentarsolo los gastos porlos que no es posible obtenercomprobantes de pagos;
Que, mediante el Informe del visto,el Gerente Municipal, la Oficina de Contabilidad y de Asesoría
Legal, emiten opinión a fin de adecuar la escala de viáticos a las autoridades,funcionarios y servidores en
atención al referido dispositivo a partir del mes de enero 2015, para lo cual plantean las siguientes escalas,
la misma que se han calculado sobre un porcentaje del máximo permitido por el Decreto Supremo N° 028-
2009-EF, según el siguiente detalle:
Alcaldía : 50% = S/. 125.00 – Lima
13% = S/. 032.50 – Huacho
18% = S/. 045.00 – Barranca/Huaral
Regidores : 50% = S/. 105.00 – Lima
13% = S/. 027.30 – Huacho
18% = S/. 037.80 – Barranca/Huaral
Alcaldía : 35% = S/. 163.00 – Lima
13% = S/. 023.40 – Huacho
18% = S/. 032.40 – Barranca/Huaral
Que, con Informe N° 004-2015-GM/MDH de fecha 21 de enero de 2015, la Gerencia Municipal
comunica que para la aplicación del Decreto Supremo N° 028-2009-EF y de lo señalado por la Oficina de
Contabilidad y del Informe de Asesoría Legal, es necesario su aprobación mediante la correspondiente
Resolución de Alcaldía;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el Artículo 20° numeral 6) de la
Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidad;
SE RESULEVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - FIJAR la nueva Escala de viáticos por viajes en Comisión de Servicios
para las autoridades, funcionarios de confianza, servidores públicos y personal contratado bajo la
modalidad de Contratos Administrativo de Servicios – CAS y Locación de Servicios, calculado sobre un
porcentaje del máximo permitido por el Decreto Supremo N° 028-2009-EF cuya escala se detalla:
CIUDADES HUACHO BARRANCA – HUARAL LIMA
Porcentaje de calculo 13% 18% 50%
Alcaldía S/. 32.50 S/. 45.00 S/. 125.00
Regidores S/. 27.30 S/. 37.80 S/. 105.00
Funcionarios y/o Servidores S/. 23.40 S/. 32.40 S/. 63.00
ARTÍCULO SEGUNDO. – DISPONER que los viáticos por viaje en Comisión de Servicios que percibe
los funcionarios públicos de confianza, servidores públicos y del personalcontratado bajo la modalidad de
Contratos Administrativos de Servicios – CAS y Locación de Servicios, deben presentar su respectiva
rendición de cuenta debidamente sustentado con los comprobantes de pago por los servicios de movilidad,
alimentación y hospedaje.De sernecesario se incluirá una Declaración Jurada para sustentarsolo los gastos
que no es posible obtener comprobante de pago.
ARTÍCULO TERCERO. – ENCARGAR a Gerencia Municipal, a Oficina de Planeamiento y
Presupuesto,Oficina de Contabilidad y Subgerencia de Secretaria General el cumplimiento de la presente
Resolución, en cuanto les corresponda.
Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.
INFORME N° 004-2010-RJTA/GM/MDH
DE : C.P.C. ROSA TOLEDO AREVALO
: Gerente Municipal
A : C.P.C. MANUEL CASTAÑEDACERNA
: Secretario General
ASUNTO : APROBACIONMEDIANTE LA CORRESPONDIENTE
RESOLUCION LA ESCALA DE VIATICOS 2010
REFERENCIA : INFORME N° 004-2010-SGA/MDH.
FECHA : 21 de enero del 2010.
A través del presente, le expreso mis saludos cordiales, y a la vez
debo manifestarle lo siguiente;
Que, con Decreto Supremo N° 028-2009-EF, se fijó los viáticos por Viajes a Nivel
Nacional en comisiones de Servicios para los Funcionarios Públicos, personal de confianza,
Servidores Públicos, incluidos los que realicen el personal contratado bajo la Modalidad de
Contratación Administrativa de Servicios CAS.
Que, aplicación de los lineamientos que conforman tal Decreto, el Sub Gerente de
Administración, a través del Informe de la referencia,opina, se adecue la escala de viáticos a sus
autoridades, funcionarios y servidores bajo el dispositivo aprobado,a partir del presente mes;
Que, para tal efecto, ha calculado sobre un porcentaje del máximo permitido por el
referido Decreto Supremo N° 028-2009-EF, las siguientes escalas:
CIUDADES HUACHO BARRANCA – HUARAL LIMA
Porcentaje de Calculo 13% 18% 50%
Alcaldía S/. 32.50 S/. 45.00 S/. 125.00
Regidores S/. 27.30 S/. 37.80 S/. 105.00
Funcionarios y/o Servidores S/. 23.40 S/. 32.40 S/. 63.00
Que, para la aplicación de lo señalado, es necesaria su aprobación mediante la
correspondiente Resolución de Alcaldía, motivo por el cual, le derivo a su despacho;
Atentamente;
INFORME N° 2015 – GGM/MDH
A : ECO. Justiniano P. Valencia Pantoja.
: Alcalde.
De : Gerencia Municipal.
Asunto : Escala de Viáticos 2015.
Referencia : Decreto Supremo N° 028-2009-EF
Fecha : Huaura,20 de enero del 2015.
Me dirijo a Usted para saludarlo y con relación al Decreto
mencionado en la referencia, publicado el 04-02-2009 comunicarle que la
Municipalidad Distrital de Huaura, en opinión del suscrito, debe adecuar la escala
de viáticos a sus autoridades, funcionarios y servidores en atención al referido
dispositivo a partir de Enero del 2015, para lo cual me permito sugerir las siguientes
escalas, las cuales se han calculado sobre un porcentaje del máximo permitido por
el referido Decreto Supremo N° 028-2009-EF, según el siguiente detalle:
1. Alcaldía : 50% = S/. 125.00 – Lima
18% = S/. 045.00 – Barranca/Huaral
2. Regidores : 50% = S/. 105.00 – Lima
25% = S/. 052.50 – Barranca/Huaral
3. Funcionarios : 38% = S/. 180.00 – Lima
25% = S/. 052.50 – Barranca/Huaral
4. Servidores Públicos : 33% = S/. 160.00 – Lima
25% = S/. 040.00 – Barranca/Huaral
En atención a ello, se ha revisado la presente Escala de Viáticos, con la
Oficina de Contabilidad, proponiendo su aplicación, la cual debe ser aprobada con
Resolución de Alcaldía.
Lo que informó a Usted para los fines que considere pertinente.
Atentamente.
DIRECTIVAN° 003 – 2015 – ALC/MDH
ESCALA DE VIATICOS EN COMISION DE SERVICIOS
I. OBJETIVOS:
La presente Directiva tiene por objetivo normar y regular la escala de viáticos y la autorización de
viajes por comisión de servicios para los Funcionarios Públicos, Empleados de Confianza, Servidores
Públicos y del personal contratado bajo la modalidad de contratación administrativa de Servicios –
CAS y Locación de Servicios; dentro del territorio nacional que irrogan gastos a la Municipalidad
Distrital de Huaura, comprendido dentro del ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector
Público.
La Municipalidad Distrital de Huaura, a fin de hacer eficiente el gasto público en cuanto a la
realización de las comisiones de servicios, resulta pertinente disponer acciones administrativas
destinadas a un futuro control y fiscalización de los gastos que ocasionen a la Caja Municipal, por lo
que es conveniente fijar la nueva escala de viáticos en función a lo dispuesto por el Decreto Supremo
N° 028-2009-EF.
II. AMBITO DE APLICACIÓN:
La autorización de viajes en comisión de servicios de funcionarios públicos, empleados de confianza,
servidores públicos, CAS y LocacióndeServicios, dentrodel territorionacional seotorgará de acuerdo
a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 028-2009-EF.
La autorizacióndeviajes de los Funcionarios Públicos, Empleadosde Confianza, Servidores Públicos,
del CAS y Locación de Servicios, se otorgará por disposición de la Gerencia Municipal.
III. CONTENIDO DEL ACTO DE AUTORIZACION:
La Disposición de autorización de viajes por comisión de servicios dentro del territorio nacional
estrictamentenecesarios, serádebidamentesustentadaeninterés delaInstitución, y deberáindicarse
expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración de la comisión de servicio, el monto
de los viáticos expresamente detallados en la Planilla de Viáticos, cuyo monto total se rendirá cuenta
documentadamente.
Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viaje de comisión de servicios deberá sujetarse a
las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad.
La solicitud de autorización de viajes por comisión de servicios deberá ser formulada con una
anticipación no menos de 72 horas ante la autoridad correspondiente.
IV. ESCALA DE VIATICOS POR COMISOS DE SERVICIOS:
Los viáticos por viajes a nivel nacional en comisión de servicios, para Funcionarios Públicos,
Empleados de Confianza, Servidores Públicos y del personal contratado bajo modalidad de
Contratación AdministrativadeServicios – CAS y Locaciónde Servicios, conformela Escalaaprobado
por el Decreto Supremo N° 028-2009-EF, la siguiente escala:
Nivel de funcionarios públicos, Empleados de Confianza, Servidores Públicos, CAS y Locación de
Servicios
a) Alcalde S/. 250.00
b) Funcionarios Públicos yEmpleados de Confianza:
Regidores
Gerente Municipal
Subgerentes. S/. 210.00
c) Servidores Públicos:
Jefes de Unidad S/. 180.00
Servidores comprendidos en las categorías remunerativas a que se refiere el Decreto Supremo N° 051-
91-PCM.
Personas contratadas por la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios – CAS, que
desempeñan funciones equivalentes.
V. DURACION DE COMISOS DE SERVICIOS:
La Comisióndeservicios tendráuna duración superiora veinticuatro (24) horas, en casode sermenos
a dicho periodo, el viatico será otorgado de manera proporcional a las horas de la Comisión.
VI. CALCULO DE VIATICOS:
Los viáticos que se otorguen conforme a la Escala citada, serán por cada día que dure la comisión y
comprende los gastos de alimentación, hospedaje y movilidad utilizada para el desplazamiento en el
lugar donde se realiza la comisión de servicios, a los que podrá adicionar por una sola vez los pasajes
de ida – vuelta.
VII. GASTOS DE REPRESENTACION:
Mediante Resolución del Titular del Pliego, serán asignados los gastos de representación al Alcalde,
Regidores, Funcionarios de Confianza, Servidores Públicos y los del CAS, los que deberán presentar
la respectiva rendición de cuenta dentro de los cinco días siguientes de retorno.
VIII. RENDICION DE CUENTAS:
Los Funcionarios Públicos, Empleados de Confianza, Servidores Públicos y del personal contratado
bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios – CAS y Locación de Servicios, que
reciben viáticos por concepto de Comisión de Servicios deben presentar su respectiva rendición de
cuenta y gastos de viaje debidamente sustentada con los comprobantes de pago por los servicios de
movilidad, alimentación y hospedaje obtenido. De ser necesario se incluirá una Declaración Jurada
para sustentar solo los gastos por los que no es posible obtener comprobantes de pagos reconocidos
y emitidos de conformidad con lo establecido por la SUNAT, no debiendo exceder del 10% de la
Unidad Impositiva Tributaria vigente.
IX. OBLIGACION DE PRESENTAR INFORME:
Dentro de los cinco días calendarios siguientes de efectuado el viaje por comisión de servicios los
Funcionarios Públicos, Empleados de Confianza, Servidores Públicos y del personal contratado bajo
la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios – CAS y Locación de Servicios, deberán
presentar ante el Titular de la Entidad y/o Gerencia Municipal, un Informe detallado describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje de comisión de servicios autorizado.
En caso de no realizarse el viaje autorizado, corresponde la inmediata devolución de los montos
entregados al día siguiente de la suspensión del viaje. Para tales efectos, no será necesaria otra
Resolución que deje sin efecto la autorización correspondiente.
X. MEDIDAS DISCIPLINARIAS:
El incumplimiento de lo dispuesto por la presente Directiva constituye falta grave y acarrea la sanción
del infractor. Además de la sanción que corresponda al infractor este devolver el íntegro del monto
recibidoy que no hubiesesido yadevuelto. El Gerente Municipal y/oel Subgerentede Administración,
serán responsables de hacer cumplir los requisitos y trámites establecidos en esta Resolución.
XI. DISPOSICION COMPLEMENTARIA:
La aplicación de la presente Directiva se atenderá con cargo al Presupuesto aprobado para la Entidad
por toda fuente de financiamiento.
XII. DISPOSICION FINAL:
Derogase la Resolución de Alcaldía y demás normas que se opongan a lo dispuesto en la presente
Directiva y Resolución de Alcaldía.

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  • 1. RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 0027-2015-MDH/A Huaura, 21 de enero de 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA. VISTO: El Informe N° 0004-2015-MDH de fecha 20 de enero de 2015, de la Gerencia Municipal respecto a la escala de viáticos del año 2015 para las autoridades, funcionarios, servidores y locadores de la Municipalidad Distrital de Huaura. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; los gobiernos locales son personas jurídicas de derecho público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; consiguientemente están facultados a ejercer actos de gobierno y actos administrativos con sujeción al Ordenamiento Jurídico vigente; Que, mediante el Decreto Supremo N° 028-2009-EF se establece la Escala de Viáticos para viajes en Comisión de Servicios a nivel nacional a fin de brindar facilidades para una adecuada y mejora prestación de los servicios que cumplen los funcionarios públicos, persona de confianza, servidores públicos, incluido los que realicen el personal contratados bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios CAS y los locadores de servicios, en función de los costos actuales de alojamiento, movilidad y alimentación, así como la movilidad utilizada para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la comisión de servicios; Que, el Artículo 3° de la acotada norma legal, los funcionarios públicos, empleados de confianza, servidores públicos, personal contratado bajo la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios y locadores de servicios, que perciban viáticos por concepto de comisión de servicios deben presentar su respectiva rendición de cuenta y gastos de viaje debidamente sustentado con los comprobantes de pago por los servicios de movilidad, alimentación y hospedaje obtenidos. De ser necesario se incluirá una Declaración Jurada para sustentarsolo los gastos porlos que no es posible obtenercomprobantes de pagos; Que, mediante el Informe del visto,el Gerente Municipal, la Oficina de Contabilidad y de Asesoría Legal, emiten opinión a fin de adecuar la escala de viáticos a las autoridades,funcionarios y servidores en atención al referido dispositivo a partir del mes de enero 2015, para lo cual plantean las siguientes escalas, la misma que se han calculado sobre un porcentaje del máximo permitido por el Decreto Supremo N° 028- 2009-EF, según el siguiente detalle: Alcaldía : 50% = S/. 125.00 – Lima 13% = S/. 032.50 – Huacho 18% = S/. 045.00 – Barranca/Huaral Regidores : 50% = S/. 105.00 – Lima 13% = S/. 027.30 – Huacho 18% = S/. 037.80 – Barranca/Huaral Alcaldía : 35% = S/. 163.00 – Lima 13% = S/. 023.40 – Huacho 18% = S/. 032.40 – Barranca/Huaral Que, con Informe N° 004-2015-GM/MDH de fecha 21 de enero de 2015, la Gerencia Municipal comunica que para la aplicación del Decreto Supremo N° 028-2009-EF y de lo señalado por la Oficina de Contabilidad y del Informe de Asesoría Legal, es necesario su aprobación mediante la correspondiente Resolución de Alcaldía;
  • 2. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el Artículo 20° numeral 6) de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidad; SE RESULEVE: ARTÍCULO PRIMERO. - FIJAR la nueva Escala de viáticos por viajes en Comisión de Servicios para las autoridades, funcionarios de confianza, servidores públicos y personal contratado bajo la modalidad de Contratos Administrativo de Servicios – CAS y Locación de Servicios, calculado sobre un porcentaje del máximo permitido por el Decreto Supremo N° 028-2009-EF cuya escala se detalla: CIUDADES HUACHO BARRANCA – HUARAL LIMA Porcentaje de calculo 13% 18% 50% Alcaldía S/. 32.50 S/. 45.00 S/. 125.00 Regidores S/. 27.30 S/. 37.80 S/. 105.00 Funcionarios y/o Servidores S/. 23.40 S/. 32.40 S/. 63.00 ARTÍCULO SEGUNDO. – DISPONER que los viáticos por viaje en Comisión de Servicios que percibe los funcionarios públicos de confianza, servidores públicos y del personalcontratado bajo la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios – CAS y Locación de Servicios, deben presentar su respectiva rendición de cuenta debidamente sustentado con los comprobantes de pago por los servicios de movilidad, alimentación y hospedaje.De sernecesario se incluirá una Declaración Jurada para sustentarsolo los gastos que no es posible obtener comprobante de pago. ARTÍCULO TERCERO. – ENCARGAR a Gerencia Municipal, a Oficina de Planeamiento y Presupuesto,Oficina de Contabilidad y Subgerencia de Secretaria General el cumplimiento de la presente Resolución, en cuanto les corresponda. Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.
  • 3. INFORME N° 004-2010-RJTA/GM/MDH DE : C.P.C. ROSA TOLEDO AREVALO : Gerente Municipal A : C.P.C. MANUEL CASTAÑEDACERNA : Secretario General ASUNTO : APROBACIONMEDIANTE LA CORRESPONDIENTE RESOLUCION LA ESCALA DE VIATICOS 2010 REFERENCIA : INFORME N° 004-2010-SGA/MDH. FECHA : 21 de enero del 2010. A través del presente, le expreso mis saludos cordiales, y a la vez debo manifestarle lo siguiente; Que, con Decreto Supremo N° 028-2009-EF, se fijó los viáticos por Viajes a Nivel Nacional en comisiones de Servicios para los Funcionarios Públicos, personal de confianza, Servidores Públicos, incluidos los que realicen el personal contratado bajo la Modalidad de Contratación Administrativa de Servicios CAS. Que, aplicación de los lineamientos que conforman tal Decreto, el Sub Gerente de Administración, a través del Informe de la referencia,opina, se adecue la escala de viáticos a sus autoridades, funcionarios y servidores bajo el dispositivo aprobado,a partir del presente mes; Que, para tal efecto, ha calculado sobre un porcentaje del máximo permitido por el referido Decreto Supremo N° 028-2009-EF, las siguientes escalas: CIUDADES HUACHO BARRANCA – HUARAL LIMA Porcentaje de Calculo 13% 18% 50% Alcaldía S/. 32.50 S/. 45.00 S/. 125.00 Regidores S/. 27.30 S/. 37.80 S/. 105.00 Funcionarios y/o Servidores S/. 23.40 S/. 32.40 S/. 63.00 Que, para la aplicación de lo señalado, es necesaria su aprobación mediante la correspondiente Resolución de Alcaldía, motivo por el cual, le derivo a su despacho; Atentamente;
  • 4. INFORME N° 2015 – GGM/MDH A : ECO. Justiniano P. Valencia Pantoja. : Alcalde. De : Gerencia Municipal. Asunto : Escala de Viáticos 2015. Referencia : Decreto Supremo N° 028-2009-EF Fecha : Huaura,20 de enero del 2015. Me dirijo a Usted para saludarlo y con relación al Decreto mencionado en la referencia, publicado el 04-02-2009 comunicarle que la Municipalidad Distrital de Huaura, en opinión del suscrito, debe adecuar la escala de viáticos a sus autoridades, funcionarios y servidores en atención al referido dispositivo a partir de Enero del 2015, para lo cual me permito sugerir las siguientes escalas, las cuales se han calculado sobre un porcentaje del máximo permitido por el referido Decreto Supremo N° 028-2009-EF, según el siguiente detalle: 1. Alcaldía : 50% = S/. 125.00 – Lima 18% = S/. 045.00 – Barranca/Huaral 2. Regidores : 50% = S/. 105.00 – Lima 25% = S/. 052.50 – Barranca/Huaral 3. Funcionarios : 38% = S/. 180.00 – Lima 25% = S/. 052.50 – Barranca/Huaral 4. Servidores Públicos : 33% = S/. 160.00 – Lima 25% = S/. 040.00 – Barranca/Huaral En atención a ello, se ha revisado la presente Escala de Viáticos, con la Oficina de Contabilidad, proponiendo su aplicación, la cual debe ser aprobada con Resolución de Alcaldía. Lo que informó a Usted para los fines que considere pertinente. Atentamente.
  • 5. DIRECTIVAN° 003 – 2015 – ALC/MDH ESCALA DE VIATICOS EN COMISION DE SERVICIOS I. OBJETIVOS: La presente Directiva tiene por objetivo normar y regular la escala de viáticos y la autorización de viajes por comisión de servicios para los Funcionarios Públicos, Empleados de Confianza, Servidores Públicos y del personal contratado bajo la modalidad de contratación administrativa de Servicios – CAS y Locación de Servicios; dentro del territorio nacional que irrogan gastos a la Municipalidad Distrital de Huaura, comprendido dentro del ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público. La Municipalidad Distrital de Huaura, a fin de hacer eficiente el gasto público en cuanto a la realización de las comisiones de servicios, resulta pertinente disponer acciones administrativas destinadas a un futuro control y fiscalización de los gastos que ocasionen a la Caja Municipal, por lo que es conveniente fijar la nueva escala de viáticos en función a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 028-2009-EF. II. AMBITO DE APLICACIÓN: La autorización de viajes en comisión de servicios de funcionarios públicos, empleados de confianza, servidores públicos, CAS y LocacióndeServicios, dentrodel territorionacional seotorgará de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 028-2009-EF. La autorizacióndeviajes de los Funcionarios Públicos, Empleadosde Confianza, Servidores Públicos, del CAS y Locación de Servicios, se otorgará por disposición de la Gerencia Municipal. III. CONTENIDO DEL ACTO DE AUTORIZACION: La Disposición de autorización de viajes por comisión de servicios dentro del territorio nacional estrictamentenecesarios, serádebidamentesustentadaeninterés delaInstitución, y deberáindicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración de la comisión de servicio, el monto de los viáticos expresamente detallados en la Planilla de Viáticos, cuyo monto total se rendirá cuenta documentadamente. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viaje de comisión de servicios deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad. La solicitud de autorización de viajes por comisión de servicios deberá ser formulada con una anticipación no menos de 72 horas ante la autoridad correspondiente. IV. ESCALA DE VIATICOS POR COMISOS DE SERVICIOS: Los viáticos por viajes a nivel nacional en comisión de servicios, para Funcionarios Públicos, Empleados de Confianza, Servidores Públicos y del personal contratado bajo modalidad de Contratación AdministrativadeServicios – CAS y Locaciónde Servicios, conformela Escalaaprobado por el Decreto Supremo N° 028-2009-EF, la siguiente escala: Nivel de funcionarios públicos, Empleados de Confianza, Servidores Públicos, CAS y Locación de Servicios a) Alcalde S/. 250.00 b) Funcionarios Públicos yEmpleados de Confianza: Regidores Gerente Municipal Subgerentes. S/. 210.00 c) Servidores Públicos: Jefes de Unidad S/. 180.00 Servidores comprendidos en las categorías remunerativas a que se refiere el Decreto Supremo N° 051- 91-PCM. Personas contratadas por la modalidad de Contratos Administrativos de Servicios – CAS, que desempeñan funciones equivalentes.
  • 6. V. DURACION DE COMISOS DE SERVICIOS: La Comisióndeservicios tendráuna duración superiora veinticuatro (24) horas, en casode sermenos a dicho periodo, el viatico será otorgado de manera proporcional a las horas de la Comisión. VI. CALCULO DE VIATICOS: Los viáticos que se otorguen conforme a la Escala citada, serán por cada día que dure la comisión y comprende los gastos de alimentación, hospedaje y movilidad utilizada para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la comisión de servicios, a los que podrá adicionar por una sola vez los pasajes de ida – vuelta. VII. GASTOS DE REPRESENTACION: Mediante Resolución del Titular del Pliego, serán asignados los gastos de representación al Alcalde, Regidores, Funcionarios de Confianza, Servidores Públicos y los del CAS, los que deberán presentar la respectiva rendición de cuenta dentro de los cinco días siguientes de retorno. VIII. RENDICION DE CUENTAS: Los Funcionarios Públicos, Empleados de Confianza, Servidores Públicos y del personal contratado bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios – CAS y Locación de Servicios, que reciben viáticos por concepto de Comisión de Servicios deben presentar su respectiva rendición de cuenta y gastos de viaje debidamente sustentada con los comprobantes de pago por los servicios de movilidad, alimentación y hospedaje obtenido. De ser necesario se incluirá una Declaración Jurada para sustentar solo los gastos por los que no es posible obtener comprobantes de pagos reconocidos y emitidos de conformidad con lo establecido por la SUNAT, no debiendo exceder del 10% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente. IX. OBLIGACION DE PRESENTAR INFORME: Dentro de los cinco días calendarios siguientes de efectuado el viaje por comisión de servicios los Funcionarios Públicos, Empleados de Confianza, Servidores Públicos y del personal contratado bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios – CAS y Locación de Servicios, deberán presentar ante el Titular de la Entidad y/o Gerencia Municipal, un Informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje de comisión de servicios autorizado. En caso de no realizarse el viaje autorizado, corresponde la inmediata devolución de los montos entregados al día siguiente de la suspensión del viaje. Para tales efectos, no será necesaria otra Resolución que deje sin efecto la autorización correspondiente. X. MEDIDAS DISCIPLINARIAS: El incumplimiento de lo dispuesto por la presente Directiva constituye falta grave y acarrea la sanción del infractor. Además de la sanción que corresponda al infractor este devolver el íntegro del monto recibidoy que no hubiesesido yadevuelto. El Gerente Municipal y/oel Subgerentede Administración, serán responsables de hacer cumplir los requisitos y trámites establecidos en esta Resolución. XI. DISPOSICION COMPLEMENTARIA: La aplicación de la presente Directiva se atenderá con cargo al Presupuesto aprobado para la Entidad por toda fuente de financiamiento. XII. DISPOSICION FINAL: Derogase la Resolución de Alcaldía y demás normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Directiva y Resolución de Alcaldía.