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SEMANA 14
TEMA:
“Reconocimiento de ingresos según la
NIIF 15
versus el tratamiento tributario”
Mtro. Pedro Emil Torres Quillatupa
Huancayo - 2022
UNIDAD IV
PLANEAMIENTO SOBRE INGRESOS Y EGRESOS
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES
ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS
ASIGNATURA PLANEAMIENTO TRIBUTARIO
Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF 2019
NIIF 15
Ingresos de Actividades Ordinarias
Procedentes de Contratos con Clientes
Aplicación de las NIIF
• ¿Qué se entiende por Estados Financieros?
• Los EEFF constituyen una representación estructurada de la situación financiera y del rendimiento
financiero de una entidad.
• ¿Cómo están compuestos los EEFF?
• Comprenden el Estado de Situación Financiera, el Estado de Resultados, el Estado de Cambios en el
Patrimonio, el Estado de Flujos de efectivo y las Notas correspondientes.
• ¿Cuál es el objetivo de los EEFF?
• El objetivo de los EEFF es suministrar información acerca de la situación financiera, del rendimiento
financiero y de los flujos de efectivo de una entidad, que sea útil a una amplia variedad de usuarios a
la hora de tomar sus decisiones económicas. Los EEFF también muestran los resultados de la gestión
realizada por los administradores con los recursos que les han sido confiados.
¿Qué criterios se deben considerar para preparar y presentar los EEFF?
¿Las normas tributarias, el PCGE o las NIIF?
Definitivamente, los criterios que se deben tener en cuenta para la preparación y presentación
de los EEFF deben ser las Normas Internacionales de Información Financiera.
Esto es reconocido por la legislación positiva:
• Artículo 221º de Ley General de Sociedades: Finalizado el ejercicio el directorio debe
formular la memoria, los EEFF y la propuesta de aplicación de las utilidades en caso de
haberlas. De estos documentos debe resultar, con claridad y precisión, la situación económica
y financiera de la sociedad, el estado de sus negocios y los resultados obtenidos en el ejercicio
vencido.
• Artículo 223º de la LGS: Los EEFF se preparan y presentan de conformidad con las
disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados
en el país (es decir de acuerdo a las NIIF)
• Artículo 33º del RLIR: La contabilización de operaciones bajo PCGA, puede determinar, por la
aplicación de las normas contenidas en la Ley, diferencias temporales y permanentes en la
determinación de la renta neta. En consecuencia, salvo que la LIR o el RLIR condicione la deducción
al registro contable, la forma de contabilización de las operaciones no originará la pérdida de una
deducción.
• Sección B de la Parte I Generalidades del PCGE: Es requisito para la aplicación del PCGE,
observar lo que establecen las NIIF. De manera adicional y sin poner en riesgo la aplicación de lo
dispuesto por las NIIF, se debe considerar las normas del derecho, la jurisprudencia y los usos y
costumbres mercantiles.
Hasta aquí ¿alguna
duda sobre la
aplicación
obligatoria de las
NIIF?
NIIF 15
Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de
Contratos con Clientes
Aspectos Generales
Principio básico de la NIIF 15
• Una entidad debe reconocer los ingresos de actividades ordinarias para
representar la transferencia de los bienes o servicios comprometidos con los
clientes, por un importe que refleje la contraprestación a que la entidad
espera tener derecho, a cambio de dichos bienes o servicios.
• Para lograr este objeto, la NIIF 15 establece los siguientes cinco pasos:
1er paso: Identificación del contrato
• Una entidad «contabilizará» un contrato con un cliente que queda dentro del
alcance de la NIIF 15 solo cuando se cumplan todos los criterios siguientes:
• a) Las partes del contrato han aprobado el contrato (por escrito, oralmente o de
acuerdo con otras prácticas tradicionales del negocio) y se comprometen a
cumplir con sus respectivas obligaciones;
• b) La entidad puede identificar los derechos de cada parte con respecto a los
bienes o servicios a transferir;
• c) La entidad puede identificar las condiciones de pago con respecto a los bienes o
servicios a transferir;
• d) El contrato tiene fundamento comercial (es decir, se espera que el riesgo,
calendario o importe de los flujos de efectivo futuros de la entidad cambien como
resultado del contrato); y
• e) Es probable que la entidad recaude la contraprestación a la que tendrá derecho
a cambio de los bienes o servicios que se transferirán al cliente.
2° paso: Identificación de las obligaciones de desempeño
Al comienzo del contrato, una entidad evaluará los bienes o servicios
comprometidos en un contrato con un cliente e identificará como una
obligación de desempeño cada compromiso de transferir al cliente:
a) Un bien o servicio (o un
grupo de bienes o servicios)
que es distinto; o
b) Una serie de bienes o servicios
distintos que son sustancialmente
iguales y que tienen el mismo patrón
de transferencia al cliente.
3° paso: Determinación del precio de la transacción
• El precio de la transacción es el importe de la contraprestación a la que
una entidad espera tener derecho a cambio de transferir los bienes o
servicios comprometidos con el cliente, excluyendo los importes
recaudados en nombre de terceros (por ejemplo, algunos impuestos sobre
las ventas).
• La contraprestación que se compromete en un contrato con un cliente
puede incluir importes fijos, importes variables, o ambos.
• Para determinar el precio de la transacción, una entidad debe considerar
los términos del contrato y sus prácticas tradicionales de negocio para
determinar el precio de la transacción.
• A efectos de determinar el precio de la transacción, una entidad asumirá
que los bienes o servicios se transferirán al cliente según el compromiso y
de acuerdo con el contrato existente y que el contrato no se cancelará,
renovará o modificará.
4° paso: Asignación del precio de la transacción a las obligaciones de
desempeño
• El párrafo 73 de la NIIF 15 señala que el objetivo cuando se asigna el precio de la transacción es que
una entidad distribuya el precio de la transacción a cada obligación de desempeño (a cada bien o
servicio que sean distintos) por un importe que represente la parte de la contraprestación a la cual la
entidad espera tener derecho a cambio de transferir los bienes o servicios comprometidos con el
cliente.
•
• Para cumplir el objetivo de la asignación, una entidad distribuirá el precio de la transacción a cada
obligación de desempeño identificada en el contrato basándose en el precio relativo de venta
independiente.
5° paso: Satisfacción de las obligaciones de desempeño
Cuando (o a medida que)
satisfaga un obligación de
desempeño mediante la
transferencia de los bienes o
servicios comprometidos (es
decir, uno o varios activos) al
cliente
Una entidad
debe
reconocer los
ingresos de
actividades
ordinarias
(párrafo 31 –
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1 Reconocimiento ingresos NIIF 15 (1).pptx

  • 1. SEMANA 14 TEMA: “Reconocimiento de ingresos según la NIIF 15 versus el tratamiento tributario” Mtro. Pedro Emil Torres Quillatupa Huancayo - 2022 UNIDAD IV PLANEAMIENTO SOBRE INGRESOS Y EGRESOS FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS ASIGNATURA PLANEAMIENTO TRIBUTARIO
  • 2. Normas Internacionales de Información Financiera – NIIF 2019 NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes
  • 3. Aplicación de las NIIF • ¿Qué se entiende por Estados Financieros? • Los EEFF constituyen una representación estructurada de la situación financiera y del rendimiento financiero de una entidad. • ¿Cómo están compuestos los EEFF? • Comprenden el Estado de Situación Financiera, el Estado de Resultados, el Estado de Cambios en el Patrimonio, el Estado de Flujos de efectivo y las Notas correspondientes. • ¿Cuál es el objetivo de los EEFF? • El objetivo de los EEFF es suministrar información acerca de la situación financiera, del rendimiento financiero y de los flujos de efectivo de una entidad, que sea útil a una amplia variedad de usuarios a la hora de tomar sus decisiones económicas. Los EEFF también muestran los resultados de la gestión realizada por los administradores con los recursos que les han sido confiados.
  • 4. ¿Qué criterios se deben considerar para preparar y presentar los EEFF? ¿Las normas tributarias, el PCGE o las NIIF? Definitivamente, los criterios que se deben tener en cuenta para la preparación y presentación de los EEFF deben ser las Normas Internacionales de Información Financiera. Esto es reconocido por la legislación positiva: • Artículo 221º de Ley General de Sociedades: Finalizado el ejercicio el directorio debe formular la memoria, los EEFF y la propuesta de aplicación de las utilidades en caso de haberlas. De estos documentos debe resultar, con claridad y precisión, la situación económica y financiera de la sociedad, el estado de sus negocios y los resultados obtenidos en el ejercicio vencido. • Artículo 223º de la LGS: Los EEFF se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país (es decir de acuerdo a las NIIF)
  • 5. • Artículo 33º del RLIR: La contabilización de operaciones bajo PCGA, puede determinar, por la aplicación de las normas contenidas en la Ley, diferencias temporales y permanentes en la determinación de la renta neta. En consecuencia, salvo que la LIR o el RLIR condicione la deducción al registro contable, la forma de contabilización de las operaciones no originará la pérdida de una deducción. • Sección B de la Parte I Generalidades del PCGE: Es requisito para la aplicación del PCGE, observar lo que establecen las NIIF. De manera adicional y sin poner en riesgo la aplicación de lo dispuesto por las NIIF, se debe considerar las normas del derecho, la jurisprudencia y los usos y costumbres mercantiles.
  • 6. Hasta aquí ¿alguna duda sobre la aplicación obligatoria de las NIIF?
  • 7. NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes Aspectos Generales
  • 8. Principio básico de la NIIF 15 • Una entidad debe reconocer los ingresos de actividades ordinarias para representar la transferencia de los bienes o servicios comprometidos con los clientes, por un importe que refleje la contraprestación a que la entidad espera tener derecho, a cambio de dichos bienes o servicios. • Para lograr este objeto, la NIIF 15 establece los siguientes cinco pasos:
  • 9. 1er paso: Identificación del contrato • Una entidad «contabilizará» un contrato con un cliente que queda dentro del alcance de la NIIF 15 solo cuando se cumplan todos los criterios siguientes: • a) Las partes del contrato han aprobado el contrato (por escrito, oralmente o de acuerdo con otras prácticas tradicionales del negocio) y se comprometen a cumplir con sus respectivas obligaciones; • b) La entidad puede identificar los derechos de cada parte con respecto a los bienes o servicios a transferir; • c) La entidad puede identificar las condiciones de pago con respecto a los bienes o servicios a transferir; • d) El contrato tiene fundamento comercial (es decir, se espera que el riesgo, calendario o importe de los flujos de efectivo futuros de la entidad cambien como resultado del contrato); y • e) Es probable que la entidad recaude la contraprestación a la que tendrá derecho a cambio de los bienes o servicios que se transferirán al cliente.
  • 10. 2° paso: Identificación de las obligaciones de desempeño Al comienzo del contrato, una entidad evaluará los bienes o servicios comprometidos en un contrato con un cliente e identificará como una obligación de desempeño cada compromiso de transferir al cliente: a) Un bien o servicio (o un grupo de bienes o servicios) que es distinto; o b) Una serie de bienes o servicios distintos que son sustancialmente iguales y que tienen el mismo patrón de transferencia al cliente.
  • 11. 3° paso: Determinación del precio de la transacción • El precio de la transacción es el importe de la contraprestación a la que una entidad espera tener derecho a cambio de transferir los bienes o servicios comprometidos con el cliente, excluyendo los importes recaudados en nombre de terceros (por ejemplo, algunos impuestos sobre las ventas). • La contraprestación que se compromete en un contrato con un cliente puede incluir importes fijos, importes variables, o ambos. • Para determinar el precio de la transacción, una entidad debe considerar los términos del contrato y sus prácticas tradicionales de negocio para determinar el precio de la transacción. • A efectos de determinar el precio de la transacción, una entidad asumirá que los bienes o servicios se transferirán al cliente según el compromiso y de acuerdo con el contrato existente y que el contrato no se cancelará, renovará o modificará.
  • 12. 4° paso: Asignación del precio de la transacción a las obligaciones de desempeño • El párrafo 73 de la NIIF 15 señala que el objetivo cuando se asigna el precio de la transacción es que una entidad distribuya el precio de la transacción a cada obligación de desempeño (a cada bien o servicio que sean distintos) por un importe que represente la parte de la contraprestación a la cual la entidad espera tener derecho a cambio de transferir los bienes o servicios comprometidos con el cliente. • • Para cumplir el objetivo de la asignación, una entidad distribuirá el precio de la transacción a cada obligación de desempeño identificada en el contrato basándose en el precio relativo de venta independiente.
  • 13. 5° paso: Satisfacción de las obligaciones de desempeño Cuando (o a medida que) satisfaga un obligación de desempeño mediante la transferencia de los bienes o servicios comprometidos (es decir, uno o varios activos) al cliente Una entidad debe reconocer los ingresos de actividades ordinarias (párrafo 31 – NIIF 15). Desempeño a lo largo del tiempo Desempeño en un momento determinado
  • 14. ¿Cómo opera el sector comercial? Oferta / Publicidad Recepción de pedidos / Presupuesto Entrega de los bienes / Cumplimiento del contrato Qué necesita el mercado? / Adquisición de bienes Facturación / Cobranza Aceptación del cliente / Contrato
  • 15. ¿Cómo opera el sector Servicios? Oferta / Publicidad Solicitud de servicios / Presupuesto Ejecución del servicio / Cumplimiento del contrato Qué necesita el mercado? / Servicios a prestar Facturación / Cobranza Aceptación del cliente / Contrato
  • 16. ¿Cómo opera el sector industrial? Producción de bienes/ Oferta / Publicidad Recepción de pedidos / Presupuesto Entrega de los bienes / Cumplimiento del contrato Qué necesita el mercado? / Análisis de la Demanda Facturación / Cobranza Aceptación del cliente / Contrato
  • 17. ¿Cómo opera el sector Construcción? Ejecución de obras / Avances Viabilidad del proyecto Suscripción del contrato Participación en procesos de licitación Facturación / Cobranza Valorizaciones