1. SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
(Ley 1562 de 2012)
Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas
y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y
atender a los trabajadores de los efectos de las
enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles
con ocasión o como consecuencia del trabajo que
desarrollan.
Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención
de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y el mejoramiento de
las condiciones de trabajo, hacen parte integral del Sistema General de
Riesgos Laborales.
Accidente de trabajo:
Artículo 3°. Es accidente de trabajo, todo suceso repentino que sobrevenga
por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión
orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de
órdenes del empleador o contratante durante la ejecución de una labor bajo su
autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el
traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares
de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se considera como accidente de trabajo el ocurrido durante el
ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre el permiso
sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha
función.
2. De igual forma, se considera accidente de trabajo el que se produzca por la
ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe
por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando
se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se
encuentren en misión.
Enfermedad Laboral:
Artículo 4°. Es la enfermedad laboral contraída como resultado de la
exposición a factores de riesgo inherentes a la
actividad laboral o del medio en el que el
trabajador se ha visto obligado a trabajar. El
Gobierno Nacional, determinará en forma
periódica las enfermedades que se consideran
como laborales y en los casos en que la
enfermedad no figure en la tabla de
enfermedades laborales, pero se demuestre la
relación de causalidad con los factores de riesgo
ocupacionales, será reconocida como enfermedad
laboral, conforme lo establecido en las formas legales vigentes.
3. Parágrafo 1°. El Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Nacional de
Riesgos Laborales, determinará en forma periódica las enfermedades que se
consideran como laborales.
Parágrafo 2°- Para tal efecto, el Ministerio de la Salud y Protección Social y
el Ministerio de Trabajo, realizará una actualización de la tabla de
enfermedades laborales por lo menos cada tres (3) años atendiendo a los
estudios técnicos financiados por el Fondo Nacional de Riesgos Laborales.
Incidente de Trabajo:
"Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación
con este, que tuvo el potencial de ser un accidente en
el que hubo personas involucradas sin que sufrieran
lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o
pérdida en los procesos.
Resolución número 1401 del 14 de mayo de 2007-
Ministerio de Protección Social.
4. TIPOS DE RIESGOS LABORALES
Riesgo físico
o Definimos ruido a una sensación auditiva generalmente desagradable. Cuando
escuchamos un ruido primero lo apreciamos por el oído externo, después, la
onda es recibida por el oído medio que es donde está el tímpano.
Posteriormente la señal pasa por una cadena de huesecillos y la recibe el
cerebro mediante unas células capilares. Cuando el ruido es muy fuerte se
activan las células capilares y hay riesgo de perder la capacidad auditiva.
Debemos protegernos con todas las medidas de seguridad posibles.
o Cuando el ruido es muy fuerte se activan las células capilares y hay riesgo de
perder la capacidad auditiva.
Debemos protegernos con
todas las medidas de
seguridad posibles.
o Las vibraciones por todo tipo
de maquinaria pueden
afectar a la columna
vertebral, dolores
abdominales y digestivos,
dolores de cabeza…
o El deslumbramiento, las sombras, la fatiga y el reflejo son factores producido
por la iluminación. Estos elementos pueden producir un accidente por eso hay
que vigilar con el tipo de lámparas y respetar los niveles adecuados de luz.
o La temperatura y la humedad en el ambiente si son excesivamente altas o bajas
pude producir efectos adversos en las personas. Los valores ideales en el
trabajo son 21ºC y 50% de humedad.
o Las radiaciones ionizantes son ondas electromagnéticas que alteran al estado
físico sin percibirse en el ambiente. Los efectos son graves a la larga, por eso
hay que limitar las ondas y tener un control médico.
5. Riesgo Químico:
o Son producidos por procesos químicos y
por el medio ambiente. Las enfermedades
como las alergias, la asfixia o algún
virus son producidas por la inhalación,
absorción, o ingestión. Debemos
protegernos con mascarillas, guantes y
delimitar el área de trabajo.
Riesgo Biológico:
o Las enfermedades producidas por los virus, bacterias, hongos, parásitos son
debidas al contacto de todo tipo de ser vivo o vegetal. Para evitarlas se
recomienda tener un control de las vacunas y sobretodo protegerse con el
equipo adecuado.
6. Riesgo Ergonómico:
o La ergonomía es la ciencia que busca adaptarse de manera integral en el lugar
de trabajo y al hombre. Los principales factores de riesgo ergonómicos son: las
posturas inadecuadas, el levantamiento de peso, movimiento repetitivo. Puede
causar daños físicos y molestos.
o Este tipo de riesgo ofrece cifras
relativamente altas ocupando el 60% de
las enfermedades en puestos de trabajos
y el 25% se deben a la manipulación de
descargas. Cuando levantamos peso la
espalda tiene que estar completamente
recta y las rodillas flexionadas. Si son
trabajos físicos, antes de empezar
debemos estirar los músculos y las
articulaciones para evitar futuras lesiones.
Hay que utilizar métodos seguros en todo
momento.
Riesgo Psicosocial:
o Algunos de estos riesgos nos a afectan a todos nosotros en algún momento de
nuestra vida laboral. Algunos de los más
comunes son: estrés, fatiga, monotonía, fatiga
laboral… Para prevenirlas es recomendable
respetar los horarios laborales sin excederse en
las horas.
o Debemos tener como mínimo un descanso de 15
minutos a partir de las 6 horas. La estabilidad y
un buen ambiente nos ayudaran a disminuir estos riesgos.
7. Riesgos Mecánicos:
o Este tipo de riesgos se ven reflejados a trabajos en
altura, superficies inseguras, un mal uso de las
herramientas, equipos defectuosos. Debemos
asegurarnos siempre de revisar la maquinaria en la que
trabajamos para evitar posibles incidentes.
Riesgo Ambiental:
o Estos factores son los únicos que no podemos
controlar. Se manifiestan en la naturaleza la lluvia,
la tempestad, las inundaciones… Debemos ser
previsibles y prudentes.