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RELACION ENTRE DERECHO Y EDUCACION

La relación entre el Derecho y la Educación es muy estrecha, aunque puede
ser vista desde varias aristas; pero la más primordial sería el de la educación
como un derecho que permite el desarrollo integral de la persona, es el punto
medular e importante dentro del contexto de esta relación.

Debemos partir de las premisas ¿Quiénes tienen derecho a la educación?;
¿Todos gozan de las mismas ventajas en el proceso de educación? Para mí, ya
que este es un ensayo de lo que he visto y conozco sobre la temática,
considero que las premisas son muy desalentadoras, hasta llena de muchos
obstáculos.

Desde una perspectiva interna, jurídicamente la Carta Magna, es decir, la
Constitución de la República establece que la educación es un derecho que le
pertenece a la sociedad, a nivel internacional con la Declaración Universal
de los Derechos Humanos, la Declaración Americana de Derechos Humanos,
el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y en una diversidad
de instrumentos que son de carácter vinculante para el país, ya que al ser
ratificadas por los honorables “Padres de la Patria” que para mi persona les
pondría otro calificativo, que en honor a la verdad dista mucho del antes
referido, pasa a ser parte del ordenamiento jurídico nacional no son
efectuados de la mejor manera, todavía gozamos en un nivel de
analfabetismo   alarmante,    las   condiciones   en   las   escuelas   pueden
considerarse infrahumanas, el presupuesto asignado para la rama de
educación es una burla descarada; si hablamos de la educación superior
estamos peor, a nivel de Centro América somos de los últimos países que
invertimos en educación superior, superados por Honduras que se encuentra
en el honroso segundo lugar; aunque el salvadoreño considera holgazán al
hondureño, honestamente los hemos sobrevalorado.
El sistema de educación vive todavía en una prehistoria, llena de una
burocracia que en determinados momentos genera miedo, una formación
docente deplorable aunque no son todos los casos, pero en la mayoría que se
han observado se deja de manifiesto el menosprecio hacia una labor que
debería llenar de orgullo y debería ser impulsada. En este sentido, y
parafraseando a Reina REYES: “La política educativa, o sea el conjunto de
disposiciones que regulan la educación de un país, no puede ser
independiente de la política general como representación del orden social
que se desea, porque los diversos aspectos bajo las cuales se manifiesta el
poder no existen compartimentos estancos. Al analizar, la política educativa
el educador debe adquirir conciencia de que su acción docente se cumple
dentro de disposiciones que responden a la orientación global política
vigente”. 1
La autora se inclina, por una idea de Estado más protector de los derechos
individuales y de la realización de la persona humana con fines
intervencionista y socializante. Analiza y toma posición frente a estos
problemas justificando a través de su cita a G. BURDEAU: “(...) la
intervención del Estado en materia educacional es necesaria por tres motivo:
primero la necesidad de formar ciudadanos, segundo la formación de
técnicos...tercero porque la cultura no puede ser de privilegios reservado
para algunos.2



En cuanto a la segunda premisa, creo que la respuesta está muy relacionada
con lo anterior; en el sector público, la falta de recurso es el pan de cada día,

1
    REYES, REINA. “Los docentes y la política” en “Rev. De la Educación del Pueblo” Nº 42. Julio 1989.

2
    REYES, REINA “El Derecho a la Educación y el Derecho a la Educación” Ensayo .Ed.Alfa 1964. Pág. 41.
pese a que el docente quiera proporcionar el mejor conocimiento a sus
discípulos es una labor titánica y hasta cierto punto heroica; si nos vamos al
sector privado, gozan de los recursos pero muchas veces tanto el docente
como el estudiante se acomodan, que no se le llega a exigir o descubrir las
habilidades que pueden llegar a tener cada uno de ellos y, si hablamos de los
planes de estudio, honestamente damos pena, importamos modelos de otras
sociedades que no se asemejan a nuestra realidad y las queremos
implementar literalmente, no nos tomamos la molestia de por lo menos hacer
un análisis de campo sobre nuestra realidad, aunque no hay un modelo
original pero por lo menos se trata de adecuar a su realidad.

He llegado a compartir la idea de que solamente en la Democracia como
sistema político debe dar prioridad al “ DERECHO A LA EDUCACIÓN”
como derecho especial que desencadena todos los demás. Adhiriéndome a la
idea del “Derecho a la Educación” que J. PIAGET propone en su obra “El
Derecho a Educación en el Mundo Actual”: “El derecho a la educación no es
sólo el derecho a frecuentar escuelas, sino también a una educación que
procure el pleno desenvolvimiento de la personalidad, el derecho a encontrar
en la escuela todo lo necesario para la construcción de una razón activa y de
una conciencia moral viva”. Y ese “todo lo necesario” implica: obligatoriedad,
gratuidad, acción pedagógica adecuada, e involucra a la vez, abordar
problemas que subyacen en la aplicación del derecho a la educación y que
implican: libertad de enseñanza, libertad de aprendizaje, libertad de elegir
maestro. El garantizar estas libertades debe ser la acción considerada como
el fin más importante de la organización política de las democracias, ya que
la democracia como ideal, tal como lo establece el Art.19 de la DDHH,
supone “libertad de pensamiento” y “libertad de expresión” más la
correlativa obligación de respetar esas obligaciones en los otros.
La “libertad de pensamiento”, se refiere al derecho que tiene la persona
de mantener sus propias opiniones, filosofía, creencia, pensamiento político;
sin ser inquietado o coartado por la autoridad pública.

  La “libertad de expresión” , consiste en el derecho del individuo a
exponer sus pensamientos y opiniones por medio de la palabra, por escrito
o cualquier otro medio de reproducción sin cortapisas, instrucciones,
consignas, autorizaciones previas o censura por parte de la autoridad. La
“libertad de expresión” es consecuente de la “libertad de pensamiento”.
Pero, a diferencia de la primera que constituye un derecho absoluto y sin
límites (cada uno es libre de pensar u opinar de una determinada manera),
la libertad de expresión implica exteriorizar lo que se piensa u opina, y por
ello tiene unos límites que la propia ley establece. Tales límites son los
derechos de los demás a ser respetados en su honor, intimidad y fama, así
como los derechos de la sociedad en su conjunto a que no se divulguen
opiniones o pensamientos atentatorios contra el orden público o el orden de
convivencia establecido.




                                  Elaborado por: Luis Enrique Portillo López.

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  • 1. RELACION ENTRE DERECHO Y EDUCACION La relación entre el Derecho y la Educación es muy estrecha, aunque puede ser vista desde varias aristas; pero la más primordial sería el de la educación como un derecho que permite el desarrollo integral de la persona, es el punto medular e importante dentro del contexto de esta relación. Debemos partir de las premisas ¿Quiénes tienen derecho a la educación?; ¿Todos gozan de las mismas ventajas en el proceso de educación? Para mí, ya que este es un ensayo de lo que he visto y conozco sobre la temática, considero que las premisas son muy desalentadoras, hasta llena de muchos obstáculos. Desde una perspectiva interna, jurídicamente la Carta Magna, es decir, la Constitución de la República establece que la educación es un derecho que le pertenece a la sociedad, a nivel internacional con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración Americana de Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y en una diversidad de instrumentos que son de carácter vinculante para el país, ya que al ser ratificadas por los honorables “Padres de la Patria” que para mi persona les pondría otro calificativo, que en honor a la verdad dista mucho del antes referido, pasa a ser parte del ordenamiento jurídico nacional no son efectuados de la mejor manera, todavía gozamos en un nivel de analfabetismo alarmante, las condiciones en las escuelas pueden considerarse infrahumanas, el presupuesto asignado para la rama de educación es una burla descarada; si hablamos de la educación superior estamos peor, a nivel de Centro América somos de los últimos países que invertimos en educación superior, superados por Honduras que se encuentra en el honroso segundo lugar; aunque el salvadoreño considera holgazán al hondureño, honestamente los hemos sobrevalorado.
  • 2. El sistema de educación vive todavía en una prehistoria, llena de una burocracia que en determinados momentos genera miedo, una formación docente deplorable aunque no son todos los casos, pero en la mayoría que se han observado se deja de manifiesto el menosprecio hacia una labor que debería llenar de orgullo y debería ser impulsada. En este sentido, y parafraseando a Reina REYES: “La política educativa, o sea el conjunto de disposiciones que regulan la educación de un país, no puede ser independiente de la política general como representación del orden social que se desea, porque los diversos aspectos bajo las cuales se manifiesta el poder no existen compartimentos estancos. Al analizar, la política educativa el educador debe adquirir conciencia de que su acción docente se cumple dentro de disposiciones que responden a la orientación global política vigente”. 1 La autora se inclina, por una idea de Estado más protector de los derechos individuales y de la realización de la persona humana con fines intervencionista y socializante. Analiza y toma posición frente a estos problemas justificando a través de su cita a G. BURDEAU: “(...) la intervención del Estado en materia educacional es necesaria por tres motivo: primero la necesidad de formar ciudadanos, segundo la formación de técnicos...tercero porque la cultura no puede ser de privilegios reservado para algunos.2 En cuanto a la segunda premisa, creo que la respuesta está muy relacionada con lo anterior; en el sector público, la falta de recurso es el pan de cada día, 1 REYES, REINA. “Los docentes y la política” en “Rev. De la Educación del Pueblo” Nº 42. Julio 1989. 2 REYES, REINA “El Derecho a la Educación y el Derecho a la Educación” Ensayo .Ed.Alfa 1964. Pág. 41.
  • 3. pese a que el docente quiera proporcionar el mejor conocimiento a sus discípulos es una labor titánica y hasta cierto punto heroica; si nos vamos al sector privado, gozan de los recursos pero muchas veces tanto el docente como el estudiante se acomodan, que no se le llega a exigir o descubrir las habilidades que pueden llegar a tener cada uno de ellos y, si hablamos de los planes de estudio, honestamente damos pena, importamos modelos de otras sociedades que no se asemejan a nuestra realidad y las queremos implementar literalmente, no nos tomamos la molestia de por lo menos hacer un análisis de campo sobre nuestra realidad, aunque no hay un modelo original pero por lo menos se trata de adecuar a su realidad. He llegado a compartir la idea de que solamente en la Democracia como sistema político debe dar prioridad al “ DERECHO A LA EDUCACIÓN” como derecho especial que desencadena todos los demás. Adhiriéndome a la idea del “Derecho a la Educación” que J. PIAGET propone en su obra “El Derecho a Educación en el Mundo Actual”: “El derecho a la educación no es sólo el derecho a frecuentar escuelas, sino también a una educación que procure el pleno desenvolvimiento de la personalidad, el derecho a encontrar en la escuela todo lo necesario para la construcción de una razón activa y de una conciencia moral viva”. Y ese “todo lo necesario” implica: obligatoriedad, gratuidad, acción pedagógica adecuada, e involucra a la vez, abordar problemas que subyacen en la aplicación del derecho a la educación y que implican: libertad de enseñanza, libertad de aprendizaje, libertad de elegir maestro. El garantizar estas libertades debe ser la acción considerada como el fin más importante de la organización política de las democracias, ya que la democracia como ideal, tal como lo establece el Art.19 de la DDHH, supone “libertad de pensamiento” y “libertad de expresión” más la correlativa obligación de respetar esas obligaciones en los otros.
  • 4. La “libertad de pensamiento”, se refiere al derecho que tiene la persona de mantener sus propias opiniones, filosofía, creencia, pensamiento político; sin ser inquietado o coartado por la autoridad pública. La “libertad de expresión” , consiste en el derecho del individuo a exponer sus pensamientos y opiniones por medio de la palabra, por escrito o cualquier otro medio de reproducción sin cortapisas, instrucciones, consignas, autorizaciones previas o censura por parte de la autoridad. La “libertad de expresión” es consecuente de la “libertad de pensamiento”. Pero, a diferencia de la primera que constituye un derecho absoluto y sin límites (cada uno es libre de pensar u opinar de una determinada manera), la libertad de expresión implica exteriorizar lo que se piensa u opina, y por ello tiene unos límites que la propia ley establece. Tales límites son los derechos de los demás a ser respetados en su honor, intimidad y fama, así como los derechos de la sociedad en su conjunto a que no se divulguen opiniones o pensamientos atentatorios contra el orden público o el orden de convivencia establecido. Elaborado por: Luis Enrique Portillo López.