1. "AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL
"AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL
"AÑO DE LA UNIDAD, LA PAZ Y EL
DESARROLLO"
DESARROLLO"
DESARROLLO"
INTEGRANTES:
INTEGRANTES:
INTEGRANTES:
LUZ GABRIELA SANDOVAL VILLACORTA
LUZ GABRIELA SANDOVAL VILLACORTA
LUZ GABRIELA SANDOVAL VILLACORTA
SHIRLEY CAROLAY RUIZ BOCANEGRA
SHIRLEY CAROLAY RUIZ BOCANEGRA
SHIRLEY CAROLAY RUIZ BOCANEGRA
ESTHER DE LA CRUZ PEREZ
ESTHER DE LA CRUZ PEREZ
ESTHER DE LA CRUZ PEREZ
TUESTA CHÁVEZ JENY
TUESTA CHÁVEZ JENY
TUESTA CHÁVEZ JENY
MARÍA NAYELY JUANE CHINGO
MARÍA NAYELY JUANE CHINGO
MARÍA NAYELY JUANE CHINGO
GRUPO 2
GRUPO 2
GRUPO 2
DOCENTE:
DOCENTE:
DOCENTE:
JORGE CARO MELENDEZ
JORGE CARO MELENDEZ
JORGE CARO MELENDEZ
CURSO:
CURSO:
CURSO:
ARGUMENTACION JURIDICA Y
ARGUMENTACION JURIDICA Y
ARGUMENTACION JURIDICA Y
DESTRESAS LEGALES
DESTRESAS LEGALES
DESTRESAS LEGALES
2. LA ARGUMENTACION
LA ARGUMENTACION
LA ARGUMENTACION
JURIDICA
JURIDICA
JURIDICA
CONCEPTOS
CONCEPTOS
CONCEPTOS
LA ARGUMENTACIÓN CONSISTE EN TRES PARTES
LA ARGUMENTACIÓN CONSISTE EN TRES PARTES
LA ARGUMENTACIÓN CONSISTE EN TRES PARTES
PRINCIPALES:
PRINCIPALES:
PRINCIPALES: ELEMENTOS QUE CONSTITUYEN EL
ELEMENTOS QUE CONSTITUYEN EL
ELEMENTOS QUE CONSTITUYEN EL
PROCESO DE ARGUMENTACION
PROCESO DE ARGUMENTACION
PROCESO DE ARGUMENTACION
ASPECTOS RELEVANTES DE LA ARGUMENTACIÓN JURIDICA
ASPECTOS RELEVANTES DE LA ARGUMENTACIÓN JURIDICA
ASPECTOS RELEVANTES DE LA ARGUMENTACIÓN JURIDICA
generalmente se extiende como el dar
generalmente se extiende como el dar
generalmente se extiende como el dar
razones que justifiquen una premisa así la
razones que justifiquen una premisa así la
razones que justifiquen una premisa así la
premisa verdadera o probable no es la
premisa verdadera o probable no es la
premisa verdadera o probable no es la
proposición legal sino la interpretación que
proposición legal sino la interpretación que
proposición legal sino la interpretación que
se hace de ella los argumentos son las
se hace de ella los argumentos son las
se hace de ella los argumentos son las
razones que nos llevaron a dicha
razones que nos llevaron a dicha
razones que nos llevaron a dicha
interpretación como verdadera o probable
interpretación como verdadera o probable
interpretación como verdadera o probable
por último la conclusión es la atribución
por último la conclusión es la atribución
por último la conclusión es la atribución
del significado a la posición legal
del significado a la posición legal
del significado a la posición legal
L
L
La argumentación jurídica entendida como
a argumentación jurídica entendida como
a argumentación jurídica entendida como
discurso argumentativo ético solo es posible
discurso argumentativo ético solo es posible
discurso argumentativo ético solo es posible
si se ejerce en un estado de derecho en donde
si se ejerce en un estado de derecho en donde
si se ejerce en un estado de derecho en donde
la democracia constitucional y por ende
la democracia constitucional y por ende
la democracia constitucional y por ende
deliberativa es la que hace posible y
deliberativa es la que hace posible y
deliberativa es la que hace posible y
necesario dar razones de los actos de la
necesario dar razones de los actos de la
necesario dar razones de los actos de la
juridicidad de la comunidad
juridicidad de la comunidad
juridicidad de la comunidad
El argumento es un razonamiento utilizado para demostrar
El argumento es un razonamiento utilizado para demostrar
El argumento es un razonamiento utilizado para demostrar
o probar
o probar
o probar otra aseveración a este proceso se le denomina
otra aseveración a este proceso se le denomina
otra aseveración a este proceso se le denomina
argumentación y se entiende como la cadena de
argumentación y se entiende como la cadena de
argumentación y se entiende como la cadena de
razonamientos. También es importante reconocer las posibles
razonamientos. También es importante reconocer las posibles
razonamientos. También es importante reconocer las posibles
objeciones o argumentos en contra de la posición que se está
objeciones o argumentos en contra de la posición que se está
objeciones o argumentos en contra de la posición que se está
defendiendo y abordarlas de manera efectiva en la
defendiendo y abordarlas de manera efectiva en la
defendiendo y abordarlas de manera efectiva en la
argumentación. Esto ayuda a fortalecer la posición y
argumentación. Esto ayuda a fortalecer la posición y
argumentación. Esto ayuda a fortalecer la posición y
aumenta la credibilidad del argumentador.
aumenta la credibilidad del argumentador.
aumenta la credibilidad del argumentador.
En resumen, la argumentación es un proceso fundamental en
En resumen, la argumentación es un proceso fundamental en
En resumen, la argumentación es un proceso fundamental en
la comunicación y el debate, que requiere de habilidades de
la comunicación y el debate, que requiere de habilidades de
la comunicación y el debate, que requiere de habilidades de
pensamiento crítico, lógico y persuasión para ser efectivo.
pensamiento crítico, lógico y persuasión para ser efectivo.
pensamiento crítico, lógico y persuasión para ser efectivo.
las premisas verdaderas o falsas
las premisas verdaderas o falsas
las premisas verdaderas o falsas
los argumentos o razones que hacen
los argumentos o razones que hacen
los argumentos o razones que hacen
que las premisas que sean verdaderas
que las premisas que sean verdaderas
que las premisas que sean verdaderas
o probables.
o probables.
o probables.
la conclusión
la conclusión
la conclusión
La obtenida o tesis:
La obtenida o tesis:
La obtenida o tesis: la posición que se está defendiendo.
la posición que se está defendiendo.
la posición que se está defendiendo.
Las razones o evidencias:
Las razones o evidencias:
Las razones o evidencias: los argumentos que se presentan
los argumentos que se presentan
los argumentos que se presentan
para apoyar la sustentada.
para apoyar la sustentada.
para apoyar la sustentada.
La conclusión:
La conclusión:
La conclusión: la síntesis de los argumentos presentados
la síntesis de los argumentos presentados
la síntesis de los argumentos presentados
que lleva a la aceptación de la afirmación.
que lleva a la aceptación de la afirmación.
que lleva a la aceptación de la afirmación.
Para que una argumentación sea efectiva, es importante
Para que una argumentación sea efectiva, es importante
Para que una argumentación sea efectiva, es importante
que las razones y evidencias sean sólidas y convincentes, y
que las razones y evidencias sean sólidas y convincentes, y
que las razones y evidencias sean sólidas y convincentes, y
que se presenten de manera clara y lógica. Además, es
que se presenten de manera clara y lógica. Además, es
que se presenten de manera clara y lógica. Además, es
importante tener en cuenta la audiencia a la que se dirige
importante tener en cuenta la audiencia a la que se dirige
importante tener en cuenta la audiencia a la que se dirige
la argumentación y adaptar el lenguaje y los argumentos
la argumentación y adaptar el lenguaje y los argumentos
la argumentación y adaptar el lenguaje y los argumentos
en consecuencia.
en consecuencia.
en consecuencia.
3. AUTORES :
AUTORES :
AUTORES :
-Robert Alexy:
-Robert Alexy:
-Robert Alexy:
En su teoría de la argumentación
En su teoría de la argumentación
En su teoría de la argumentación
jurídica, Alexy describe la
jurídica, Alexy describe la
jurídica, Alexy describe la
argumentación como un proceso en
argumentación como un proceso en
argumentación como un proceso en
el que se busca llegar a una
el que se busca llegar a una
el que se busca llegar a una
conclusión justificada mediante la
conclusión justificada mediante la
conclusión justificada mediante la
aplicación de reglas de
aplicación de reglas de
aplicación de reglas de
racionalidad.
racionalidad.
racionalidad.
Jesús Vega Encabo:
Jesús Vega Encabo:
Jesús Vega Encabo:
En su obra "Teoría de la
En su obra "Teoría de la
En su obra "Teoría de la
argumentación jurídica", Vega Encabo
argumentación jurídica", Vega Encabo
argumentación jurídica", Vega Encabo
aborda la argumentación jurídica
aborda la argumentación jurídica
aborda la argumentación jurídica
desde una perspectiva más filosófica,
desde una perspectiva más filosófica,
desde una perspectiva más filosófica,
analizando las teorías de la
analizando las teorías de la
analizando las teorías de la
argumentación y su aplicación al
argumentación y su aplicación al
argumentación y su aplicación al
derecho.
derecho.
derecho.
Juan Antonio García
Juan Antonio García
Juan Antonio García
Amado:
Amado:
Amado:
En su obra "La argumentación jurídica",
En su obra "La argumentación jurídica",
En su obra "La argumentación jurídica",
García Amado aborda la
García Amado aborda la
García Amado aborda la
argumentación jurídica desde una
argumentación jurídica desde una
argumentación jurídica desde una
perspectiva más práctica, analizando el
perspectiva más práctica, analizando el
perspectiva más práctica, analizando el
uso de la argumentación en los
uso de la argumentación en los
uso de la argumentación en los
tribunales y en la elaboración de
tribunales y en la elaboración de
tribunales y en la elaboración de
informes jurídicos
informes jurídicos
informes jurídicos
LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA ES UN PROCESO ESENCIAL EN EL DERECHO QUE
LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA ES UN PROCESO ESENCIAL EN EL DERECHO QUE
LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA ES UN PROCESO ESENCIAL EN EL DERECHO QUE
PERMITE ESTABLECER LA CORRECCIÓN DE UNA POSICIÓN JURÍDICA MEDIANTE
PERMITE ESTABLECER LA CORRECCIÓN DE UNA POSICIÓN JURÍDICA MEDIANTE
PERMITE ESTABLECER LA CORRECCIÓN DE UNA POSICIÓN JURÍDICA MEDIANTE
LA PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE ARGUMENTOS Y RAZONES. SU
LA PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE ARGUMENTOS Y RAZONES. SU
LA PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE ARGUMENTOS Y RAZONES. SU
COMPRENSIÓN Y APLICACIÓN ADECUADA ES FUNDAMENTAL PARA UNA
COMPRENSIÓN Y APLICACIÓN ADECUADA ES FUNDAMENTAL PARA UNA
COMPRENSIÓN Y APLICACIÓN ADECUADA ES FUNDAMENTAL PARA UNA
CORRECTA APLICACIÓN DEL DERECHO.
CORRECTA APLICACIÓN DEL DERECHO.
CORRECTA APLICACIÓN DEL DERECHO.
CONCLUSIONES
CONCLUSIONES
CONCLUSIONES
4. Criterio Literal
Con fecha 23 de noviembre de
2004, el Gobierno Regional de
San Martín interpone demanda
de inconstitucionalidad contra la
Ley N.° 27971 (publicada en el
diario oficial El Peruano el 23 de
mayo de 2003), que faculta el
nombramiento de los profesores
aprobados en el Concurso Público
autorizado por la Ley N.º 27491.
Criterio sistematico
Criterio Historico
Criterio Sociologico
EXP. N.º 047-2004-AI/TC
Sostiene que la Ley N.° 27491 (publicada el
29 de junio de 2001, a la que, a su vez, hace
alusión la ley impugnada) tenía un plazo
de ejecución de 60 días, el cual venció, por
lo que habría caído en desuso y, por ende,
habría perdido vigencia. Refiere que la ley
impugnada al disponer, mediante su
artículo 1°, que se ejecute la Ley N.° 27491,
viola el artículo 103° de la Constitución,
puesto que estaría retrotrayendo sus
efectos hacia el momento en que la Ley N.°
27491 perdió vigencia, esto es, a los 60 días
siguientes a su publicación en el diario
oficial El Peruano.
Con relación a la vulneración de la autonomía
regional alegada, se sostiene que el Estado
peruano es uno unitario y descentralizado, en
el que se ha previsto de manera enunciativa
las competencias de los gobiernos locales y
regionales; y que la autonomía con la que
estos gobiernos cuentan, como lo ha
subrayado el Tribunal Constitucional, no es
sinónimo de autarquía.
Criterio Teologico
Refiriendo que la ley impugnada vulnera la
autonomía regional en los ámbitos político
y administrativo, por cuanto considera que,
de acuerdo al artículo 191° de la
Constitución, y los artículos 46° y 47°, literal
a), de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, es de competencia exclusiva
de los gobiernos regionales el
nombramiento de los maestros en sus
respectivas plazas. Añade que dentro de
las competencias exclusivas del gobierno
nacional, estipuladas en el artículo 26º de
la Ley N.º 27783, Ley de Bases de la
Descentralización, no se contempla la de
nombrar al personal de las regiones, entre
ellas, la de la Región San Martín.
Refiere que el propósito de la ley cuestionada es
que sea el gobierno nacional el encargado de
nombrar a los profesores de los colegios
nacionales en sus respectivas plazas; que es
competencia del Congreso establecer, dentro
del ámbito de la Constitución, las demás
competencias delegables a los gobiernos
regionales; y que la competencia en materia
educativa que se ha asignado a favor del
gobierno nacional, es un mandato que debe ser
acatado por los gobiernos regionales.
El Congreso de la República contesta la
demanda el 19 de enero de 2005, solicitando
que se la declare infundada, alegando que la
derogación por desuso no existe en nuestro
ordenamiento jurídico; asimismo, aduce que
la Ley N.° 27491 fue derogada por la ley
impugnada, de modo que no tiene efectos
retroactivos. Refiere que la controversia
presentada no es de naturaleza
constitucional, sino que se resuelve
aplicando los criterios para resolver
antinomias entre normas de la misma
jerarquía, esto es, ley posterior deroga la
anterior y ley especial deroga ley general.