3. DEFINICIÓN
Las señales de reglamentación son
aquellas señales que tienen por
objeto notificar a los usuarios de la
vía, sobre las limitaciones,
prohibiciones o restricciones que
gobiernan el uso de ellas y cuya
violación constituye una infracción
castigada por la ley o los
reglamentos
APLICACIÓN
Las señales de reglamentación informan a los
conductores sobre disposiciones de las leyes y
reglamentaciones de tránsito e indican la
aplicabilidad de los requisitos legales que de
otra forma no serían aparentes. Estas señales
serán colocadas normalmente en aquellas
localizaciones donde se requiera la
reglamentación, evitando siempre el uso
excesivo de las mismas. El mensaje de la señal
indicará claramente los requisitos impuestos
por la reglamentación
5. CLASIFICACION
Señales de forma especial
Señal de
“CEDA EL
PASO”
Señal de
“PARE”
Señales circulares y rectangulares
Señales
para
reglamenta
r la
circulación
peatonal
Señales
para
notificar
obligatorie
dad
relativa a la
circulación
Señales
para
notificar
restriccion
es en las
dimension
es, peso y
velocidad
de los
vehículos
Señales
para
notificar
prohibición
de entrar
en una
carretera,
camino o
calle a
ciertas
clases de
vehículos
Señales
para
notificar
prohibicion
es relativas
a la
circulación
7. Las señales de reglamentación deberán colocarse
en el inicio del tramo donde aplique la orden que se
imparte; las que indiquen limitaciones de velocidad,
las cuales deberán situarse con alguna anticipación
que permita efectuar las aceleraciones reducciones
de velocidad correspondientes.
La señal de “PARE” deberá colocarse en el lugar
donde se exija la detención del vehículo, a no más
de 15 metros antes de ese sitio, pintando en todos
los casos la demarcación transversal en el
pavimento, que indique la línea de parada.
9. Las señales de reglamentación deberán tener la forma
circular o rectangular, excepción de las señales de
“PARE” y “CEDA EL PASO”. Tanto las señales
circulares como las rectangulares deberán tener
símbolos y leyendas en color negro, sobre fondo blanco,
inscritos en una orla roja.
En aquellos países en que la sola utilización del símbolo
como señal no haya sido aceptada aún por el uso y las
costumbres, será necesaria adoptar una leyenda
explicativa del significado del símbolo. En las señales
circulares, la leyenda deberá ir debajo del anillo rojo, en
la misma placa de la señal o en una placa separada en
forma rectangular. Esta leyenda podrá irse eliminando
progresivamente, cuando la simbología pueda ser
interpretada por el usuario de la vía.
Las señales de reglamentación serán diseñadas de
manera tal que muestren la misma forma y color tanto
de día como de noche; para esto se usará sistemas de
iluminación o materiales reflectantes
Las leyendas explicativas de los
símbolos podrán ser establecidas para
cada uno de ellos.
En aquellas señales en que se use
leyenda, las letras deberán ser claras
y mayúsculas abiertas, para permitir
una buena legibilidad de las mismas.
11. Las señales de reglamentación se dimensionarán de acuerdo al tipo de camino donde se vayan a instalar, con el
objeto de que tenga visibilidad adecuada según la velocidad de operación de la vía. En ningún caso las
dimensiones serán menores que las mínimas recomendadas en este Manual.
Las dimensiones mínimas recomendadas para las señales de forma circular son
La prohibición se indicará con una diagonal que forma 45° (grados) con el diámetro horizontal y debe trazarse
desde el cuadrante superior izquierdo del círculo al cuadrante inferior derecho de círculo.
Zona Urbana: Diámetro hasta el
borde exterior
0,60 metros
Ancho de orla 0,04 metros
Zona Rural Diámetro hasta el
borde exterior
0,75 metros
Ancho de Orla 0,07 metros
13. ZONA RURAL:
Las señales instaladas al margen de
la carretera o zona rural tendrán
una altura aproximada de por lo
menos 1,50 metros, desde la
superficie del pavimento hasta la
parte inferior de la señal. (Cuando
exista más de una señal en un
poste, la señal inferior deberá
quedar a no menos de 1,00 metros
de altura sobre el pavimento.
La altura de la señal dependerá de la zona
donde se aplique, bien sea rural o urbana.
ZONA URBANA:
En zonas comerciales o residenciales,
donde el estacionamiento, los movimientos
peatonales u otras actividades interfieren
con la visibilidad de las señales, el espacio
libre entre la calzada y la señal será de por
lo menos 2 metros. En caso de que haya
otra señal en el mismo soporte, la señal
inferior tendrá una altura de 0,30 metros
menor que la especificada anteriormente,
15. La señal “PARE” tendrá la forma de octógono
regular, con la orla y el mensaje en letras
blancas sobre fondo rojo.
Las dimensiones mínima recomendadas son 0,25
Metros de cada lado o sea una distancia de
0,60 metros entre lados paralelos.
La leyenda inscrita en la señal podrá ser
Indistintamente PARE, ALTO, STOP, ARRETE, en el
Lenguaje correspondiente a cada país.
16. En las intersecciones semaforizadas no deben
colocarse señales de "PARE" o "ALTO", a menos
que la experiencia local lo exija para indicar
prioridades del tránsito en caso de desperfecto
de los semáforos. Estos casos, la señal de "PARE"
regirá el movimiento del tránsito solo cuando el
semáforo este fuera de funcionamiento. En todo
caso las instrucciones de un policía que dirija el
tránsito privan sobre las indicaciones tanto del
semáforo como de las señales. El importante que
los conductores este familiarizados con este
orden de precedencia:
policía -semáforos -señal
En las intersecciones de dos vías
similares, la señal o señales de "PARE"
se instalarán normalmente en la
carretera de menor volumen de
tránsito. Los estudios de tránsito, sin
embargo, pueden justificar el instalar
un "PARE" en la carretera de mayor
volumen como una intersección de tres
accesos, por consideraciones de
seguridad al realizar virajes a la
izquierda
Esta señal se empleará en
todos aquellos casos en que el
reglamento o disposiciones así
lo exijan para indicar al
conductor que deberá detener
su vehículo
17. UNA SEÑAL DE “PARE” SERÁ
NECESARIA EN UNA
INTERSECCIÓN DONDE SE
CUMPLA ALGUNA DE LAS
SIGUIENTES CONDICIONES
La intersección de una carretera de poca
importancia con una carretera principal,
donde la aplicación de la regla normal de
derecho de paso sea peligrosa
Una intersección
sin semáforo en
un área de
intersecciones
con semáforos
Una calle de
acceso a
una vía
continua.
Otras intersecciones
donde la combinación
de altas velocidades,
visibilidad restringida y
experiencia desfavorable
de accidentes indique la
necesidad de control por
una señal de “PARE”.
La señal de “PARE”
portátil se usará solo en
ciertos casos especiales,
como es durante la
ejecución de trabajos de
construcción o
mantenimiento
18. La señal de “PARE” se debe instalar en el punto donde el vehículo debe parar o tan cerca al
punto como sea posible y se pueda suplementar con una línea de pare y/o con la palabra
“PARE” pintada en el pavimento.
Donde se usa una sola señal, “PARE” o “CEDA EL PASO”, se colocará en el lado derecho del
canal al que se aplique; se puede mejorar la eficiencia de la señal colocando una señal
adicional del lado izquierdo de la calzada y mediante la demarcación de una línea de “PARE”.
Donde una señal de “PARE” controle dos canales de tránsito, se debe colocar una segunda
señal donde sea visible al tránsito del canal interior. No se debe instalar una señal de “PARE” o
de “CEDA EL PASO” sobre otra señal del mismo poste. En ningún caso las señales se colocarán a
más de 15 metros de la línea de parada.
Donde dos carreteras se crucen en ángulo agudo, la señal de “PARE” se colocará en ángulo tal
que el mensaje no sea visto por aquellos a los que no se aplica.
19. En los planos de proyectos de señalización, la
ubicación de las señales, podrá indicarse mediante la
letra y el número que la identifique, seguido de la cifra
que indique alguna limitación