El documento presenta un Estudio de Impacto Ambiental para la construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la ciudad de Huamanga, Ayacucho. El estudio describe el proyecto, su ubicación y objetivos. Busca identificar los posibles impactos ambientales del proyecto durante su construcción y operación, así como proponer medidas para prevenir, mitigar o corregir los impactos negativos y fortalecer los positivos.
1. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
1. GENERALIDADES
1.2. INTRODUCCIÓN
El Estudio de Impacto Ambiental es un importante instrumento
preventivo para la conservación de los recursos naturales y la
defensa del medio ambiente. Este instrumento de gestión
ambiental, es un proceso de análisismediante el cual se concadena
el medio ambiental y el proyecto motivo del estudio, ofrece una serie
de ventajas a ambos, en muchas ocasiones sólo evidentes a través
del tiempo, y que puede reducir en las inversiones y en los costos de
las obras.
Por, tanto, las evaluaciones de impacto ambiental, previas a la
ejecución de obras con incidencias ambientales relevantes, tienen
como objetivo principal la incorporación de recomendaciones que se
puedan derivar de la consideración de los elementos, características
y procesos más significativos del medio biofísico y socioeconómico, y
facilitar con ello, la decisión acerca de su ejecución o rechazo.
En tal virtud, se inserta la variable ambiental como componente
complementaria y hoy determinante entre el conjunto de criterios
necesarios para la toma de decisiones en la ejecución de ciertas
actividades del hombre, en la que están involucrados, con riesgo de
deterioro, los componentes ambientales del entorno de los
proyectos. Lo manifestado se evidencia por la exigencia
gubernamental de elaboración de los Estudios de Impacto
Ambiental (EIAs), como requisito previo, para la ejecución del
Proyecto.
Teniendo en consideración lo mencionado, el presente estudio tiene
por finalidad desarrollar el análisis de los Impactos Ambientales
potencialesdel Proyecto “Construcción de pistas, veredas y áreas
verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad
Magisterial y Psj. Los Ángeles, Prol. Los Ángeles, Prol. Las
Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista
- Huamanga - Ayacucho”, y en base a ello, como se señaló,
proponer las medidas adecuadasque permitan la coexistencia con
un ambiente saludable y equilibrado.
2. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
El estudio de impacto ambiental de acuerdo a los análisis de los
criteriosde protección ambiental, requiere de una Declaración de
Impacto Ambiental _ DIA.
A. OBJETIVO, JUSTIFICACIÓN
OBJETIVOS
a) Objetivo General
Identificar, analizar e interpretar los probables impactos
ambientales positivos y negativos que pueden generar las
actividades de construcción, operación y abandono del Proyecto:
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03,
08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángeles,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores,
Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”, y sobre
esta base, proponer medidas adecuadas para prevenir, mitigar o
corregir los impactos adversos, así como para fortalecer los
impactos positivos; logrando de esta manera, que la construcción y
funcionamiento de esta obra se realice en armonía con la
conservación del ambiente.
b) Objetivos Específicos
Realizar el estudio de línea base ambiental a fin de conocer el
estado del área de influencia del proyecto.
Identificar las actividades del proyecto que pueden generar
impactos socio-ambientales negativos sobre el entorno del
proyecto.
Identificar, evaluar e interpretar los impactos ambientales
potenciales, cuya ocurrencia tendría lugar durante las etapas de
construcción y operación del proyecto.
Proponer las medidas adecuadasque permitan prevenir,mitigar
o corregir los efectos adversos significativos, así como fortalecer
los impactos positivos o favorables.
Presentar el Plan de Manejo Ambiental que contenga Programas
que ayuden a superar probables conflictos con los propietarios
aledaños al proyecto.
3. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
JUSTIFICACIÓN
El Proyecto: “Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la
calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los
Ángeles, Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4
Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
se encuentra ubicado en una zona urbana, donde las características
climáticas, ecológicas, geomorfológicas, hidrológicas, etc., no sufrirán
un impacto significativo por las actividades proyectadas; sin embargo,
los componentes social y urbano sí pueden verse afectados, debido
principalmente a las obras de construcción, de excavación,
interrupción del tránsito vehicular y movimiento de materiales, entre
otros.
Estas alteraciones ambientalespueden ser de carácter adverso si no se
aplican las debidas medidas preventivas y correctivas y podrían
debilitar las bondades del proyecto, como por ejemplo: la alteración del
paisaje, malestar en la población cercana durante el proceso
constructivo por la emisión de polvos, niveles de ruidos, etc.; por otro
lado las alteraciones también pueden ser positivas, fortaleciendo así
los beneficios, como: el mejoramiento de las condiciones de las pista,
veredas y áreas verdespara el tránsito de los vehículos, peatones y los
usuarios en general.
Por estas razones, es necesario desarrollar el Estudio de Impacto
Ambiental correspondiente, con la finalidad de identificar, predecir y
valorar los posibles impactos que las actividades proyectadas puedan
producir sobre el entorno y, en base a ello, proponer las medidas
adecuadas para prevenir, mitigar o corregir los efectos negativos y
potenciar los positivos y así poder alcanzar los objetivos de desarrollo
local, acordes con los principios de sostenibilidad.
4. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
B. UBICACIÓN POLÍTICA
Ubicación Política
Departamento : Ayacucho
Provincia : Huamanga
Distrito : San Juan Bautista
Localidad : Asociación Ciudad Magisterial
Ubicación Geográfica
Latitud Sur : 13° 10’ 39.28’’
Longitud Oeste : 74° 12’ 31’’
Altitud : 2, 800 m.s.n.m.
UTM
585757 E
8543090 N
El proyecto se encuentra ubicado al Este de la ciudad de Ayacucho a
una distancia de 3.500 Km aproximadamente desde la plaza de armas
de Ayacucho y un promedio de 0:10 horas de desplazamiento.
Descripción de la Ruta
El proyecto se encuentra en la región sierra del Perú, en el
departamento de Ayacucho, provincia de Huamanga, Distrito de San
Juan Bautista, ubicado en la Asociación Ciudad Magisterial.
El Proyecto “Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la
calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los
Ángeles, Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4
Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”,
se encuentra ubicado al Este de la ciudad de Ayacucho a una distancia
de 3.500 Km desde la plaza de armas de Ayacucho y un promedio de
0:10 horas de viaje en movilidad propia.
5. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
Plano de Ubicación del Proyecto
Mapa N° 1-01
6. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
2. MARCO LEGAL Y ADMINISTRATIVO
En el capítulo II del presente estudio se hace un breve análisis y
comentarios de las normas generales que tienen como objetivo principal,
ordenar las actividades económicas dentro del marco de la conservación
ambiental,así como promover y regular el aprovechamiento sostenible de
los recursos naturales renovables y no renovables.
2.1.- MARCO LEGAL
2.1.1.- NORMATIVIDAD GENERAL
a) Constitución Política del Perú.
Los logros normativos en el ámbito ambiental en nuestro
medio se inician formalmente con la Constitución Política
del Perú de 1979, la cual en su artículo 123° establece:
“Todos tienenel derecho de habitar un ambiente saludable,
ecológicamente equilibrado y adecuado para el desarrollo de
la vida y la preservación del paisaje y la naturaleza. Es
obligación del Estado prevenir y controlar la contaminación
ambiental”.
Como norma de primerísima jerarquía, la Constitución
Política de 1993, ratifica las directrices de la Política del
Estado Peruano en materia de conservación ambiental. En
efecto nuestra Carta Magna incorpora como derecho
esencial de la persona humana, el derecho a gozar de un
ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida
precisando que es obligación del Estado está promover la
conservación de la diversidad biológicas y de las áreas
naturales protegidas.
Artículo 2°, inciso 22. “Toda persona tiene derecho a: la paz,
la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso,
así como gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al
desarrollo de su vida”. Asimismo, en los artículos 66°, 67°,
68° y 69° se señala que los recursos naturales renovables y
no renovablesson patrimonio de la nación, promoviendo el
Estado el uso sostenible de éstos; así como, la conservación
de la diversidad biológica y de las áreas naturales
protegidas.
7. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
El Título III del Régimen Económico, Capítulo II del
Ambiente y los Recursos Naturales (Artículos 66º al 69º),
refiere que los recursos naturales renovables y no
renovables son patrimonio de la Nación. Asimismo,
promueve el uso sostenible de los recursos naturales.
Asimismo, la Constitución protege el derecho de propiedad y
así lo garantiza el Estado, pues a nadie puede privarse de
su propiedad (Art. 70°). Sin embargo, la Constitución
establece también los casos en que, por necesidad o interés
públicos declarados por Ley, el derecho de propiedad puede
ser expropiado, para la ejecución de Proyectos debiendo
indemnizar previamente a las personas y/o familias que
resulten afectadas.
b) Decreto Legislativo que aprueba la creación,
organización y funciones del Ministerio del Ambiente (D.
Leg. 1013- d. leg. 1039)
Normas de novísima emisión (13 de mayo de 2008 y 25 de
junio de 2008 respectivamente), con el D. Leg. Nº 1013 se
crea el Ministerio del Ambiente, con el ánimo de convertirse
en un organismo transversal de todas las entidades e
instituciones que de manera dispersa ejercen funciones
vinculadas con la materia ambiental. Con el D. Leg. Nº 1039
se modifica el literal i) del artículo 7° el cual contiene las
funciones específicas del Ministerio del Ambiente, los
artículos 10° y 11° referidos a las funciones del despacho
ministerial y del Viceministro de Desarrollo Estratégico de
Recursos Naturales, así como la Primera Disposición
Complementaria Transitoria y Primera Disposición
Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N°
1013 Ley de Creación, Organización y Funciones del
Ministerio del Ambiente
El objeto del Ministerio del Ambiente es la conservación del
ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso
sostenible, responsable, racional y ético de los recursos
naturales y del medio que los sustenta, que permita
contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural
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de la persona humana, en permanente armonía con su
entorno, y así asegurar a las presentes y futuras
generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado
y adecuado para el desarrollo de la vida.
Este Ministerio incorporará en calidad de fusión por
absorción tanto al CONAM como a la intendencia de áreas
Naturales Protegidas del Ministerio de Agricultura,
asimismo adscribirá al SENAMHI y al Instituto Geofísico del
Perú.
c) Ley General del Ambiente (Ley nº 28611)
Del 13 de octubre de 2005. Esta norma fue creada bajo las
premisas de establecer las bases de la gestión ambiental
peruana, fijando los derechos y principios esenciales; de
ordenar el marco institucional, fijando la Política Ambiental
del Estado; de constituir a la Autoridad Ambiental nacional,
así como a las autoridades sectoriales y territoriales.
También tiene por objeto, ser una norma ordenadora de la
gestión ambiental, facilitando la comprensión de la
legislación ambiental que se encontraba dispersa,
manteniendo los avances logrados. Fortaleciendo la gestión
ambiental y respondiendo a los nuevos retos que imponía el
desarrollo.
En el título preliminar sobre derechos y principios, la Ley
establece los derechos al acceso a la información, a la
participación en la gestión ambiental y al acceso a la
justicia ambiental. Asimismo, determina los principios que
rigen la gestión del ambiente en cuanto a sostenibilidad,
prevención, precaución, internalización de costos,
responsabilidad ambiental, equidad y gobernanza ambiental
En el Título I sobre Política Nacional del Ambiente y Gestión
Ambiental, se trata sobre Aspectos Generales, Política
Nacional del Ambiente, Gestión Ambiental y Acceso a la
información ambiental y participación ciudadana.
Se plantea que la Ley es la norma ordenadora del marco
normativo legal para la gestión ambiental en el Perú.
Igualmente, las disposicionescontenidasen la Ley, así como
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en sus normas complementarias y reglamentarias son de
obligatorio cumplimiento para toda persona natural o
jurídica, pública o privada, dentro del territorio nacional, el
cual comprende el suelo, subsuelo, el dominio marítimo,
lacustre, hidrológico e hidrogeológico y el espacio aéreo. La
Ley regula las acciones destinadas a la protección del
ambiente que deben adoptarse en el desarrollo de todas las
actividades humanas. La regulación de las actividades
productivas y el aprovechamiento de los recursos naturales
se rigen por sus respectivas leyes, debiendo aplicarse la
presente Ley en lo que concierne a las políticas, normas e
instrumentos de gestión ambiental.
El artículo 5°, establece que los recursos naturales
constituyen Patrimonio de la Nación. Su protección y
conservación pueden ser invocadas como causa de
necesidad pública, conforme a ley.
En el artículo 6°, se determina que el ejercicio de los
derechos de propiedad y a la libertad de trabajo, empresa,
comercio e industria, están sujetos a las limitaciones que
establece la ley en resguardo del ambiente.
El capítulo 3º, trata sobre Gestión Ambiental.En el artículo
13º, se conceptúa la gestión ambiental como un proceso
permanente y continuo, constituido por el conjunto
estructurado de principios, normas técnicas, procesos y
actividades, orientado a administrar los intereses,
expectativas y recursos relacionados con los objetivos de la
política ambiental y alcanzar así, una mejor calidad de vida
y el desarrollo integral de la población, el desarrollo de las
actividades económicas y la conservación del patrimonio
ambiental y natural del país.
Los artículos del 14° al 23º, describen el Sistema Nacional
de Gestión Ambiental, que se rige por la Autoridad
Ambiental Nacional. Se establece respecto de los
instrumentos de gestiónambiental,que éstos podrán ser de
planificación, promoción, prevención, control, corrección,
información, financiamiento, participación, fiscalización,
10. Estudio de Impacto Ambiental
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entre otros, rigiéndose por sus normas legales respectivas y
los principios contenidos en la Ley.
Entre otros, constituyen instrumentos de gestión ambiental
para la evaluación del impacto ambiental; los Planes de
Cierre, los Planes de Contingencias; los estándares
nacionales de calidad ambiental, las estrategias, planes y
programas de prevención, la adecuación, control y
remediación; los mecanismos de participación ciudadana y
los planes integralesde gestión de residuos. En el diseño y
aplicación de los instrumentos de gestión ambiental se
incorporan los mecanismos para asegurar su cumplimiento
incluyendo, entre otros, los plazos y el cronograma de
inversiones ambientales, así como los demás programas y
compromisos.
Asimismo, la asignaciónde usos se basa en la evaluación de
las potencialidades y limitaciones del territorio utilizando,
entre otros, criterios físicos, biológicos, ambientales,
sociales, económicos y culturales, mediante el proceso de
zonificación ecológica y económica.
El artículo 24°, sobre el Sistema Nacional de Evaluación de
Impacto Ambiental, establece que toda actividad humana
que implique construcciones, obras, servicios y otras
actividades, así como las políticas, planes y programas
públicos susceptibles de causar impactos ambientales de
carácter significativo, está sujeta, de acuerdo a ley, al
Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental –
SEIA, el cual es administrado por la Autoridad Ambiental
Nacional.
Los proyectos o actividades que no están comprendidos en
el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental,
deben desarrollarse de conformidad con las normas de
protección ambiental específicas de la materia.
El artículo 25°, de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA),
define que éstos, son instrumentos de gestión que contienen
una descripción de la actividad propuesta y de los efectos
directos o indirectos previsibles de dicha actividad en el
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Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
medio ambiente físico y social, a corto y largo plazo, así
como la evaluación técnica de los mismos.
Deben indicar las medidas necesarias para evitar o reducir
el daño a nivelestolerablese incluirá un breve resumen del
estudio para efectos de su publicidad. La ley de la materia
señala los demás requisitos que deban contener los EIA.
El artículo 26°, establece que la autoridad ambiental
competente puede establecer y aprobar Programas de
Adecuación y Manejo Ambiental – PAMA, para facilitar la
adecuación de una actividad económica a obligaciones
ambientales nuevas, debiendo asegurar su debido
cumplimiento en plazos que establezcan las respectivas
normas, a través de objetivos de desempeño ambiental
explícitos, metas y un cronograma de avance de
cumplimiento, así como las medidas de prevención, control,
mitigación, recuperación y eventual compensación que
corresponda.
El artículo 27°, determina que los titulares de todas las
actividades económicas deben garantizar que al cierre de
actividades o instalaciones no subsistan impactos
ambientales negativos de carácter significativo, debiendo
considerar tal aspecto al diseñar y aplicar los instrumentos
de gestión ambiental que les correspondan de conformidad
con el marco legal vigente.
Los artículos del 46° al 51º, establecen los aspectos que
deben cumplirse respecto a la participación ciudadana, los
mecanismos, las exigenciasespecíficas el rol de Estado y los
criterios a seguir en los procedimientos de participación
ciudadana
El Título II, de la Ley trata de los Sujetos de la Gestión
Ambiental, la organización del Estado, las autoridades
públicas y la población.
Igualmente, este título determina que la prevención de
riesgos y daños a la salud de las personas es prioritaria en
la gestión ambiental. También,se establece que los estudios
y proyectos de exploración, explotación y aprovechamiento
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de recursos naturales que se autoricen en tierras de
pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas,
adoptan las medidas necesariaspara evitar el detrimento a
su integridad cultural, social, económica ni a sus valores
tradicionales. En estos casos, los procedimientos de
consulta se orientanpreferentemente a establecer acuerdos
con los representantes de éstas, a fin de resguardar sus
derechos y costumbres tradicionales, así como para
establecer beneficios y medidas compensatorias por el uso
de los recursos, conocimientos o tierrasque les corresponda
según la legislación pertinente. Asimismo, tienen derecho
preferente para el aprovechamiento sostenible de los
recursos naturales dentro de sus tierras, debidamente
tituladas,salvo reserva del Estado o derechos exclusivos o
excluyentes de terceros, en cuyo caso tienen derecho a una
participación justa y equitativa de los beneficios económicos
que pudieran derivarse del aprovechamiento de dichos
recursos.
También trata este título sobre el turismo sostenible,
estableciendo que las entidades públicas en coordinación
con el sector privado deben adoptar medidas efectivas para
prevenir, controlar y mitigar el deterioro del ambiente y de
sus componentes,en particular, los recursos naturalesy los
bienes del Patrimonio Cultural de la Nación asociado a ellos,
como consecuencia del desarrollo de infraestructuras y de
las actividades turísticas y recreativas, susceptibles de
generar impactos negativos sobre ellos.
El Título III sobre Integración de la Legislación Ambiental,
trata los temas de aprovechamiento sostenible de los
recursos naturales,conservaciónde la diversidad biológica,
calidad ambiental, ciencia, tecnología y educación
ambiental.
Con relación al recurso suelo, en este título se establece que
el Estado es responsable de promover y regular el uso
sostenible del recurso suelo, buscando prevenir o reducir su
pérdida y deterioro por erosión o contaminación. Cualquier
13. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
actividad económica o de servicios debe evitar el uso de
suelos con aptitud agrícola, según lo establezcan las
normas correspondientes.
En cuanto a los recursos forestales y de fauna silvestre, el
Estado establece una política forestal orientada por los
principios de la presente Ley, propiciando el
aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de
fauna silvestre, así como la conservación de los bosques
naturales, resaltando sin perjuicio de lo señalado, los
principios de ordenamiento y zonificación de la superficie
forestal nacional, el manejo de los recursos forestales, la
seguridad jurídica en el otorgamiento de derechos y la lucha
contra la tala y caza ilegal.
El Estado promueve y apoya el manejo sostenible de la
fauna y flora silvestre, priorizando la protección de las
especiesy variedadesendémicas y en peligro de extinción,
en base a la información técnica, científica, económica y a
los conocimientos tradicionales.
En lo referido al enfoque ecosistémico, se ha establecido
que la conservación y aprovechamiento sostenible de los
recursos naturales deberá enfocarse de manera integral,
evaluando científicamente el uso y protección de los
recursos naturales e identificando cómo afectan la
capacidad de los ecosistemas para mantenerse y sostenerse
en el tiempo, tanto en lo que respecta a los sereshumanos y
organismos vivos, como a los sistemas naturales existentes.
De otro lado, la gestión de los recursos naturales no
renovables está a cargo de sus respectivas autoridades
sectoriales competentes,de conformidad con lo establecido
por la Ley Nº 26821, las leyes de organización y funciones
de dichas autoridades y las normas especiales de cada
recurso. El Estado promueve el empleo de las mejores
tecnologías disponibles para que el aprovechamiento de los
recursos no renovables sea eficiente y ambientalmente
responsable.
14. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
Finalmente, en cuanto a responsabilidad por daño
ambiental,el Título IV desarrolla el tema, específicamente
en lo referente a fiscalización y control, régimen de
responsabilidad por el daño ambiental y medios para la
resolución y gestión de conflictos ambientales.
Es importante señalar que en las disposiciones transitorias,
complementarias y finales de la Ley se derogan el Decreto
Legislativo Nº 613, la Ley N° 26631, la Ley Nº 26913, los
artículos 221º, 222º, 223º, 224º y 225º de la Ley General de
Minería, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y el literal a) de
la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 757.
También se señala en estas disposiciones transitorias,
complementarias y finales que la Autoridad Ambiental
Nacional convocará en un plazo de 60 días contados desde
la publicación de la Ley, a un grupo técnico nacional
encargado de revisar las funciones y atribuciones legales de
las entidades nacionales, sectoriales, regionales y locales
que suelen generar actuaciones concurrentes del Estado, a
fin de proponer las correcciones o precisiones legales
correspondientes.
d) Ley Orgánica de Aprovechamiento de los Recursos
Naturales
Fue promulgada mediante Ley Nº 26821. Esta Ley norma el
régimen de aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales, estableciendo un marco adecuado para el foto de
la inversión, procurando un equilibrio dinámico entre el
crecimiento económico, la conservación de los recursos
naturales y del ambiente y, del desarrollo integral de la
persona humana.
Aquí se señala que los ciudadanos tienen derecho a ser
informados y a participar en la definición y adopción de
políticas relacionados con la conservación y usos
sostenibles de los recursos naturales. Además, se le
reconoce el derecho de formular peticiones y promover
15. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
iniciativas de carácter individual o colectivo ante las
autoridades competentes (Art. 5.
La norma señala las condiciones para el aprovechamiento
sostenible de los Recursos Naturales, precisando que los
Recursos Naturales deben utilizarse en forma sostenible,
lo cual implica que su manejo debe ser racional. (Art. 28.
Por tanto, el otorgamiento de los derechos Recursos
Naturales no es absoluto ya que se encuentra sujeto a
condiciones por parte del titular del derecho. Estas
condiciones, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes
especiales, son las siguientes (art. 29):
Utilizar el Recurso Natural para los que fue otorgado,
garantizando el mantenimiento de los procesos
ecológicos esenciales
Cumplir las obligaciones dispuestas por la legislación
especial respectiva
Cumplir con los procedimientos de evaluación de
impacto ambiental y los planes de manejo
correspondiente, establecido en la legislación de la
materia
Cumplir con la respectiva retribución económica, de
acuerdo a las modalidades establecidasen la legislación
correspondiente
En caso de incumplimiento de estas condiciones, se
determinará la caducidad del derecho, ello de acuerdo a lo
establecido en los procedimientos señalados en las leyes
especiales. Dicha caducidad implica la reversión al Estado
del derecho de aprovechamiento concedido, lo cual opera
desde el momento de la inscripción de la cancelación del
título correspondiente.
Cabe señalar que la retribución económica que debe
abonarse por la explotación de los Recursos Naturales se
encuentra regulada por la legislación del Canon (Ley 27406
modificada por Ley 27736 y su respectivo reglamento
D.S.004-2002-EF.
16. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
e) Código Penal – Delitos contra Ecología.
El Nuevo Código Penal establecido por Decreto Legislativo
Nº 635 de 1991, considera al medio ambiente como un bien
jurídico de carácter socioeconómico, en el sentido de que
abarca todas las condiciones necesarias para el desarrollo
de la persona en sus aspectos biológicos, psíquicos, sociales
y económicos.
En el Título XIII - DelitosContra la Ecología, Capítulo Único
- Delitos Contra los Recursos Naturales y el Medio
Ambiente,se establece lo siguiente: el Art. 304º. Establece
que quien contamina vertiendo residuos sólidos, líquidos,
gaseosos o de cualquier otra naturaleza por encima de los
límites establecidos, y que causen o puedan causar
perjuicio o alteraciones en la flora, fauna y recursos
hidrobiológicos, será reprimido con pena privativa de
libertad durante un periodo no menor de uno ni mayor de
tres años o con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco
días-multa.
El Art. 305º establece penas cuando:
Los actos previstos en el Art. 304º, ocasionan peligro
para la salud de las personas o para sus bienes.
El perjuicio o alteración ocasionados adquieren un
carácter catastrófico.
Los actos contaminantes afectan gravemente los recursos
naturales que constituyen la base de la actividad
económica.
De acuerdo al Art. 307º, el que deposita, comercializa o
vierte desechos industriales o domésticos en lugares no
autorizados o sin cumplir con las normas sanitarias y de
protección del medio ambiente, será reprimido con pena
privativa de libertad no mayor de dos años. Es también
importante, tener en cuenta el Art. 308º durante la fase de
construcción vial, que a la letra dice: el que caza, captura,
recolecta, extrae o comercializa especies de flora o fauna
que están legalmente protegidas será reprimido con pena
privativa de libertad. En el mismo sentido, el Art. 309º,
17. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
estipula sobre la acción de extraer especies de flora o fauna
acuática en épocas, cantidades y zonas que son prohibidas
o vedadas o utiliza procedimientos de pesca o caza
prohibidos, será reprimido con pena privativa de libertad.
En su Art. 308º, referido a la comercialización de flora y
fauna protegidas. Establece que el que caza, captura,
recolecta, extrae o comercializa especies de flora o fauna
que están legalmente protegidas, será reprimido con pena
privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres
años.
La pena será no menor de dos ni mayor de cuatro años y
ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días – multa
cuando:
El hecho se comete en período de reproducción de
semillas o de reproducción o crecimiento de las
especies.
El hecho se comete contra especiesraras o en peligro de
extinción.
El hecho se comete mediante el uso de explosivos o
sustancias tóxicas.
Artículo 311º, referido a las tierras destinadas al uso
agrícola. Establece sobre las penas para las personas que
utilicen tierras de uso agrícola para la elaboración de
materiales de construcción.
Asimismo, en el Art. 313º, se estipula que, el que,
contraviniendo las disposiciones de la autoridad
competente, altera el ambiente natural o el paisaje rural o
urbano, o modifica la flora o fauna, mediante la
construcción de obras o tala de árboles que dañan la
armonía de sus elementos, será reprimido con pena
privativa de libertad.
f) Ley de Marco para el Crecimiento Privada.
Este Decreto Ley, promulgado el 8 de Noviembre de 1991,
posterior al Código del Medio Ambiente y de los Recursos
Naturales, modifica substancialmente varios artículos de
éste, con el objeto de armonizar las inversiones privadas, el
18. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
desarrollo socioeconómico, la conservación del ambiente y el
uso sostenible de los recursos naturales.
En el Art. 50º, establece que las autoridades sectoriales
competentes para conocer sobre los asuntos relacionadas
con la aplicación de las disposiciones del Código del Medio
Ambiente y de los Recursos Naturalesson los Ministerios de
los sectores correspondientes a las actividades que
desarrollan las empresas.
En el Artículo 51º, se menciona que la autoridad se ctorial
competente determinará las actividades que por su riesgo
ambiental pudieran exceder los niveles o estándares
tolerables de contaminación o deterioro del ambiente, de tal
modo que requerirán necesariamente la elaboración de
estudios de impacto ambiental previos al desarrollo de
dichas actividades.Asimismo, establece que los estudios de
impacto ambiental serán realizados por empresas o
instituciones públicas o privadas, que se encuentren
debidamente calificadas y registradas ante la autoridad
sectorial competente.
El Art. 52º, señala que en los casos de peligro grave e
inminente para el ambiente, la autoridad sectorial
competente podrá disponer la adopción de una de las
siguientesmedidasde seguridad por parte del titular de la
actividad:
Procedimientos que hagan desaparecer el riesgo o lo
disminuyan a niveles permisibles; y
Medidas que limitenel desarrollo de las actividades que
generan peligro grave e inminente para el ambiente.
Los Artículos Nº 51º y 52º citados, de la Ley en referencia,
fueron modificados por la Ley de Evaluación de Impacto
Ambiental para Obras y Actividades, que se describe más
adelante
g) La Ley de Aguas.
D.L. Nº 17752, de 24-07-1969. Está ley con sus
reglamentos y modificatorias (D.S.Nº 261-69-AP del 12-12-
69 y D. S. Nº 007-83-A del 11-03-83). En su Título II,
19. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
prohíbe mediante el Art. 22º (Cap. II) verter o emitir
cualquier residuo sólido, liquido o gaseoso, que pueda
alterar la calidad de agua y ocasionar daños a la salud
humana o poner en peligro los recursos hidrobiológicos de
los cauces afectados; así como, perjudicar el normal
desarrollo de la flora y fauna. Así mismo, refiere que los
efluentes deben ser adecuadamente tratados paras alcanzar
los límites permisibles.
Para el caso de utilización de agua subterránea, el Art. 111º
del Reglamento de la Ley de Promoción de las Inversiones en
el Sector Agrario (D. S. Nº 048-91-AG) del 11-11-91,
establece que la utilización de las aguas subterráneas se
sujetará a lo estipulado en los Artículos pertinentes del
Reglamento del Título IV “de las Aguas Subterráneas” de la
Ley General de Aguas. El reglamento mencionado fue
aprobado por D.S. Nº 274-69-AP/DGA del 30-12-69. El
artículo 70º de la ley General de Aguas, señala que todo
aquel que con ocasión de efectuar estudios, explotaciones o
exploraciones mineras, petrolíferas o con cualquier otro
propósito, descubriese o alumbrase aguas, está obligado a
dar aviso inmediato a la Autoridad de Aguas y podrá
utilizarlas sin permiso, autorización o licencia.
(Alumbramiento: Acción de descubrir naguas subterráneas
y hacerlas aflorar. Además, establecen las acciones a tomar
en casos de Alumbramiento de las aguas subterráneas,
contaminación responsabilidades del Estado y
responsabilidades del usuario, entre otros.
h) Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para Obras y
Actividades.
Ley Nº 26786, del 13-05-1997. Establece que los
Ministerios deberán comunicar al Consejo Nacional de
Ambiente (CONAM) las regulaciones al respecto. Esta Ley
no modifica las atribuciones sectoriales en cuanto a las
autoridades ambiéntales competentes.
Las actividades a realizarse no requeriránuna coordinación
directa con el CONAM. la Autoridad Competente Ambiental
20. Estudio de Impacto Ambiental
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para dichas actividades, hará de conocimiento respectivo la
CONAM, si el caso lo requiriese.
i) Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto
AMBIENTAL
Ley Nº 27446, del 23-04-2001. Este dispositivo legal
establece un sistema único y coordinado de identificación,
prevención, supervisión, control y corrección anticipada de
los impactos ambientales negativos derivados de las
accioneshumanas expresadas a través de los proyectos de
inversión.
La norma señala diversas categorías en función al riesgo
ambiental. Dichascategoríasson los siguientes: Categoría
I - Declaración de Impacto Ambiental; Categoría II -
Estudio de
Impacto Ambiental Semidetallado, Categoría III.- Estudio
de Impacto Ambiental Detallado. Cabe precisar que hasta
la fecha no se ha expedido el Reglamento de esta Ley.
Así los sectores continuarán aplicando su normativa
sectorial hasta que se dicte el reglamento de la nueva Ley.
La promulgación de esta nueva norma ha tenido como
fundamento la constatación de múltiples conflictos de
competencias entre sectores, y la existencia de una
diversidad de procedimientos de evaluación ambiental.
Esta norma busca ordenar la gestión ambiental en esta
área estableciendo un sistema único, coordinado y
uniforme de identificación, prevención, supervisión,
corrección y control anticipada de los impactos ambientales
negativas de los proyectos de inversión.
Debe resaltarse que la norma señala que los proyectos de
inversión que ` puedan causar impactos ambientales
negativo no podrán iniciar su ejecución; y ninguna
autoridad podrá aprobarlos, autorizarlos, permitirlo,
concederlos o habilitarlos si no se cuenta previamente con
la Certificación Ambiental expedida mediante resolución
por la respectiva autoridad competente.
21. Estudio de Impacto Ambiental
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Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
Para obtener esta certificación, deberá tomarse como base
la categorizaciónque esta norma establece en función a la
naturales de los impactos ambientales derivados del
proyecto. Así se han establecido las siguientes categorías.
Categoría I. Para aquellos proyectos cuya ejecución no
origina impactos ambientales negativos de carácter
significativo. En este caso, se requiere de una
Declaración de Impacto Ambiental
Categoría II. Comprende los proyectos cuya ejecución
puede originar impactos ambientales moderados y
cuyos efectos ambientales pueden ser eliminados o
minimizados mediante adopción de medidas fácilmente
aplicables. Requieren de un EIA Semi - Detallado.
Categoría III. Incluye los proyectos cuyas
características, envergadura y/o localización pueden
producir impactos ambientes negativos significativos
desde el punto de vista cuantitativo o cualitativo,
requiriendo un análisis profundo para revisar sus
impactos y proponer la estrategia de manejo ambiental
correspondiente. En este caso, se requiere de un EIA
Detallado.
Para determinar la ubicación de un proyecto en una
determinada categoría se deberán aplicar los criterios de
protección señalados en la norma y que están referidos,
entre otros, a la protección de la salud de las personas y la
integridad y calidad de los ecosistemas y recursos
naturales y culturales.
Con respecto al contenido del EIA, la norma establece que
este deberá contener tanto una descripción de la acción
protesta como de los antecedentesde su área de influencia,
la identificación y caracterización de los impactos durante
todo el proyecto, la estrategia de manejo ambiental. Así
como el plan de participación ciudadana y los planes de
seguimiento, vigilancia y control. Así mismo, deberá
adjuntarse un resumenejecutivo de fácil comprensión. Las
entidades autorizadas para la elaboración del EIA deberán
22. Estudio de Impacto Ambiental
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estar registradasante las autoridadescompetentes, quedito
el pago de sus servicios a cargo del titular del proyecto.
Respecto a la autoridad competente para el cumplimiento
de esta ley, se ha señalados que son las mismas
autoridades ambientales nacionales (CONAM) y sectoriales
con competencias ambientales(Ministerios). Se señala que,
en particular, es competente el Ministerio del Sector
correspondiente a la actividad que desarrollo la empresa
proponente o titular del proyecto incluyera dos o más
actividades de competencia de distintos sectores, la
autoridad será únicamente el Ministerio del Sector al que
corresponda la actividad de la empresa proponente por la
que esta obtiene mayores ingresos brutos anuales. Por
último, se establece que en caso sea necesaria la
dirimencia sobre la asignación de competencia,
corresponderá al Consejo Directivo del CONAM definir la
autoridad competente.
j) Ley Orgánica de Municipalidades.
Ley N° 27972, del 06-05-2003. En esta Ley se establece que
los gobiernos locales son entidades básicas de la
organización territorial del Estado y canales inmediatos de
participación vecinal en los asuntos públicos, que
institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses
propios de las correspondientes colectividades; siendo
elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la
población y la organización.
Conforme lo establece el Art. IV del Título Preliminar de esta
Ley, los gobiernos locales representan al vecindario,
promueven la adecuada prestación de los servicios públicos
localesy el desarrollo integral, sostenible y armónico de su
circunscripción.
En materia ambiental, las Municipalidades tienen las
siguientes funciones:
Formular, aprobar, ejecutar y monitorear los planes y
políticas locales en materia ambiental, en concordancia
23. Estudio de Impacto Ambiental
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Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales
y nacionales.
Proponer la creación de áreasde conservación ambiental.
Promover la educación e investigación ambiental en su
localidad e incentivar la participación ciudadana en todos
sus niveles.
Participar y apoyar a las comisiones ambientales
regionales en el cumplimiento de sus funciones.
Coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional,
sectorial y regional, la correcta aplicación local de los
instrumentos de planeamiento y de gestión ambiental,en
el marco del sistema nacional y regional de gestión
ambiental.
Promover la protección y difusión del patrimonio cultural
de la nación, dentro de su jurisdicción, y la defensa y
conservación de los monumentos arqueológicos,
históricos y artísticos, colaborando con los organismos
regionales y nacionales competentes para su
identificación, registro, control, conservación y
restauración.
k) Ley de Arbitraje Ambiental
La Ley Nº 26572 del 05-01-1996 dispone que pueden
someterse a arbitraje las controversias determinadas o
determinables sobre cuáles de las partes tienen facultad de
libre disposición complementaría y transitoria establece que
el MINAM es la institución organizadora del arbitraje
ambiental, debiendo cumplir con los artículos y
disposiciones contenidos en dicha Ley. Es altamente
cuestionable incluir los valores ambientales que son de
orden intergeneracional y colectivos como objetos pasibles
de libre disposición.
l) Ley General de Residuos Sólidos
Ley N° 27314, del 21-07-2000. Esta Ley establece los
derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de
la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestión y
manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente
24. Estudio de Impacto Ambiental
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adecuada, con sujeción a los principios de minimización,
prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y
el bienestar de la persona humana.
m) Reglamento de la ley General de Residuos Sólidos
Decreto supremo Nº 057-2004-PCM del 24 de julio de 2004,
norma que tiene por objeto reglamentar la Ley Nº 27314 –
Ley General de Residuos Sólidos, a fin de asegurar que la
gestión y el manejo de los residuos sólidos sean apropiados
para prevenir riesgos sanitarios, proteger y promover la
calidad ambiental, la salud y el bienestar de la persona
humana.
Esta norma identifica a las entidades del aparato estatal
vinculadas con la materia ambiental asignando
competencias y responsabilidades, distribución que se
realiza tanto a nivel de autoridades de alcance nacional
como de los Gobiernos regionalesy Locales, responsabilidad
que en el caso de los últimos, alcanza hasta el deber de
formular Planes Integrales de Gestión Ambiental de
Residuos Sólidos (PIGARS), con participación de la
ciudadanía y en coordinación con las municipalidades
distritales, la Autoridad de Salud y las autoridades
competentes previstas en la Ley. Estos planes tienen por
objetivo establecer las condiciones para una adecuada
administración de los residuos sólidos, asegurando una
eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades de
residuos en todo el ámbito de su competencia desde la
generación hasta su disposición final.
De la misma manera contiene disposiciones generales y
específicas vinculadas con el manejo de los residuos sólidos,
actividades que incluyen su transporte y disposición final.
n) Ley de Comunidades Campesinas
Por Ley Nº 24656, del 13-04-1987, el Estado declaró de
necesidad nacional e interés social y cultural, el desarrollo
integral de las Comunidades Campesinas. En dicha norma
el estado garantiza la integridad del derecho de propiedad
sobre su territorio, les otorga competencia para regular el
25. Estudio de Impacto Ambiental
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acceso al uso de la tierra por parte de sus miembros y
señala que sus tierrasson las que señala la Ley de Deslinde
y Titulación y son inembargables e imprescriptibles.
También son inalienables.
No obstante ello, la norma se cuida en señalar que, por
excepción, podrán ser enajenadas, previo acuerdo de por lo
menos dos tercios de los miembros calificados de la
Comunidad, reunidos en Asamblea General convocada
expresa y únicamente con tal finalidad. Dicho acuerdo
deberá ser aprobado por ley fundada en el interés de la
Comunidad, y deberá pagarse el precio en dinero por
adelantado.
El territorio comunal puede ser expropiado por causa de
necesidad y utilidad públicas.
o) Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil
D.S. N° 019-71-IN, del 26.08.1971. Esta norma regula el
uso civil de los explosivos. Los requisitos para las
autorizaciones y permisos para el transporte y
manipulación de explosiones se encuentran en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del
Ministerio del Interior aprobado por D.S. N° 006-93-IN (30-
09-93) y sus modificaciones D.S. N° 008-93-In (17-12-93) y
D.S. N° 004-94-In (30-04-94). Es necesario coordinar con al
DISCAMEC el uso de explosivos civiles.
p) Ley Orgánica de Los Gobiernos Regionales
La Ley Nº 27867, del 16.11.2002, establece y norma la
estructura, organización, competencias y funciones de los
Gobiernos Regionales. Define además, la organización
democrática, descentralizada y desconcentrada del
Gobierno Regional conforme a la Constitución y a la ley de
Bases de la Descentralización.
q) Ley Forestal y de Fauna Silvestre
Ley Nº 27308, La presente Ley, promulgada el 16 de Julio
del 2000, indica que el Estado promueve el manejo de los
recursos forestales y de fauna silvestre en el territorio
nacional, determinando su régimen de uso racional
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mediante la transformación y comercialización de los
recursos que se deriven de ellos; norma la conservación de
los recursos forestales y de la fauna silvestre, y establece el
régimen de uso, transformación y comercialización de los
productos que se deriven de ellos.
Le corresponde al Ministerio de Agricultura normar,
promover el uso sostenible y conservación de los recursos
forestales y de la fauna silvestre. El Instituto Nacional de
Recursos Naturales (INRENA) es el encargado de la gestión y
administración de los recursos forestales y de fauna
silvestre a nivel nacional.
Por otro lado, las tierrascuya capacidad de uso es forestal,
con bosques o sin ellos, no podrán ser utilizadas con fines
agropecuarios u otras actividades que afecten la cobertura
vegetal, el uso sostenible y la conservación del recurso
forestal, cualquiera que sea su ubicación en el territorio
nacional.
Así también, se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo
Forestal, en el que se establecen las prioridades, programas
operativos y proyectos a ser implementados; el Plan
Nacional de Prevención y Control de la Deforestación, el
Plan Nacional de Reforestación y el Sistema Nacional de
Prevención y Control de Incendios Forestales y el
ordenamiento del uso de la tierra a propuesta del INRENA,
con la participación del sector privado.
Finalmente, la ley establece conceptos y normas sobre el
ordenamiento territorial; manejo, aprovechamiento y
protección de los recursos forestales y de fauna silvestre;
forestación y reforestación;promoción de la transformación
y comercialización de los productos forestales, investigación
y financiamiento y normas sobre el control, infracción y
sanciones. Dentro de las disposiciones complementarias
transitorias, destaca que a partir del año 2005 solo
procederá la comercialización interna y externa de
productos forestales provenientes de bosques manejados.
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Clase CR EN VU NT Total
Mamíferos 5 18 37 5 65
Aves 12 35 61 64 172
Reptiles 4 10 9 3 26
Anfibios 2 8 9 19 38
Total 23 71 116 91 301
r) Categorización de Especies amenazadas de Fauna
Silvestre
El Decreto Supremo N° 034-2004-AG, del 17.09.2004,
establece en base a los criterios y categorías de la Unión
Mundial para la Conservación – UICN, las siguientes
categoríasde amenazada para la fauna silvestre: en Peligro
Crítico (CR); en peligro (EN), Vulnerable (VU), Casi
Amenazado (NT).
Asimismo, en el Anexo 1 del Decreto Supremo se presenta
una relación que incluye 301 especies de vertebrados,
considerados en alguna de las categorías de amenaza. La
tabla a continuación presenta el número de especies, hasta
hoy, consideradas en situación de amenaza:
s) Categorización de Especies amenazadas de Flora
Silvestre.
Decreto Supremo 043-2006-AG del 06 de Julio de 2006.
Norma emitida en el marco del Convenio sobre Diversidad
Biológica (CBD) suscrito por el Perú el 12 de junio de 1992 y
aprobado por Resolución Legislativa Nº 26181, de fecha 12
de mayo de 1993. Primer acuerdo mundial integral que
aborda todos los aspectos de la diversidad biológica:
recursos genéticos,especiesy ecosistemas, los mismos que
se expresan en sus tres objetivos: La Conservación de la
diversidad biológica; el uso sostenible de los componentes
de la diversidad biológica; y, el reparto justo y equitativo en
los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos
genéticos. Éste convenio establece que cada Parte
Contratante establecerá o mantendrá la legislación
necesaria y/u otras disposiciones de reglamentación para la
protección de especies y poblaciones amenazadas.
28. Estudio de Impacto Ambiental
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En cumplimiento de dicha obligación la norma aprueba la
categorización de especiesamenazadas de flora silvestre las
mismas que detalla en un extenso cuadro, incluyendo
además directrices para la prohibición de la extracción,
colecta, tenencia, transporte, y exportación de todos los
especímenes, productos y subproductos; la promoción de su
estudio científico, así como para el establecimiento de
viveros, jardines u otros.
t) Límites Máximos permisibles y Estándares de Calidad
Ambiental (D.S. N° 074-2 001-PCM)
El Reglamento de Estándares Nacionalesde Calidad de Aire,
establece los valores correspondientes para los Estándares
Nacionales de Calidad Ambiental de Aire y los Valores de
Tránsito que se presentan en los Cuadros 1.1 y 1.2.
CUADRO 1.1- ESTÁNDARES NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL DE
AIRE
Todos los valores son concentraciones en microgramos por metro cúbico.
Valor Formato
Anual 80
Media aritmética
anual
24 horas 365
NE más de 1 vez
al año
Anual 50
Media aritmética
anual
24 horas 150
NE más de 3
veces al año
8 horas 10 000 Promedio móvil
1 hora 30 000
NE más de 1 vez
al año
Anual 100
Promedio
aritmético anual
1 hora 200
NE más de 24
veces al año
Ozono 8horas 120
NE más de 24
veces al año
Fotometría UV (método automático)
Anual 2
Mensual 1,5
NE más de 4
veces al año
Sulfuro de Hidrógeno 24 horas 2
Fluorescencia UV (método automático)
Contaminantes Período
Forma del Estándar
Método de Análisis 1
Dióxido de Azufre Fluorescencia UV (método automático)
PM-10 Separación Inercial /filtración Gravimetría
Plomo Método para PM 10 (espectrofotometría de absorción atómica)
Monóxido de Carbono Infrarrojo no dispersivo (NDIR) (Método Automático)
Dióxido de Nitrógeno Quimiluminiscencia (Método automático)
NE No Exceder.
1 O método equivalente aprobado.
2 A ser determinado.
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CUADRO 1.2 - VALORES DE TRÁNSITO
Valor Formato
Anual 80 Media aritmética anual
24 horas 200 NE más de 3 veces al año
Contaminante Período
Forma del Estándar
PM-10
Fuente: DS-074-2001-PCM. Anexo 2,
u) Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad
Ambiental para Ruido (D.S.N° 085-2003-PCM)
La presente norma establece los estándares nacionales de
calidad de calidad ambiental para ruido u los lineamientos
para no excederlos, con el objetivo de proteger la salud,
mejorar la calidad de vida de la población y promover el
desarrollo sostenible.
Es preciso mencionar que el incremento de los niveles
sonoros, puede afectar a la población en tres niveles
diferentes: fisiológicamente (pérdida de audición), en la
actividad (interferencias en la comunicación oral) y
psicológicamente.
La Norma Legal establece los siguientesvalores estándar de
emisión por zonas de aplicación:
ESTÁNDAR NACIONALES DE CALIDAD AMBIENTAL PARA RUIDO
HORARIO DIURNO HORARIO NOCTURNO
Zona de Protección Especial 50 40
Zona Residencial 60 50
Zona Comercial 70 60
VALORES EXPRESADOS EN LAeqT
ZONAS DE APLICACIÓN
Asimismo, a modo de referencia, la Organización Mundial
de la Salud (OMS), considera los siguientes valores límites
recomendados de exposición al ruido (ver Cuadro 1.3).
CUADRO 1.3
NIVELES LÍMITE DE RUIDO ESTABLECIDOS POR LA ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD (OMS)
Tipo de ambiente Período dB (decibeles)
Laboral 8 horas 75
Doméstico --- 45
Dormitorio Noche 35
Exterior diurno Día 55
30. Estudio de Impacto Ambiental
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2.1.2.- NORMATIVIDAD ESPECÍFICA
a) Dirección General de Asuntos Socioambientales
El D.S. Nº 041-2002-MTC, del 22 de agosto del 2002,
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones,crea la Dirección General de
Asuntos Socio ambientales. En su Artículo 73º establece
que la Dirección General de Asuntos Socio ambientales se
encarga de velar por el cumplimiento de las normas de
conservación del medio ambiente del subsector, con el fin
de garantizar el adecuado manejo de los recursos naturales
durante el desarrollo de las obras de infraestructura de
transportes; así como de conducir los procesos de
expropiación y reubicación que la misma requiera. Esta
dirección está a cargo de un Director General, quien
depende del Vice-Ministerio de Transportes.
b) Aprueban Reglamento De Consulta y Participación
Ciudadana en el Proceso de Evaluación Ambiental y
Social
R.D. Nº 006-2004-MTC/16. Mediante esta Resolución se
aprueba el Reglamento de Consulta y Participación
Ciudadana en el Proceso de Evaluación Ambiental y Social
en el Subsector Transportesdel Ministerio de Transportes y
Comunicaciones. Este Reglamento norma la participación
de las personas naturales,organizaciones sociales,titulares
de proyectos de infraestructura de transportes, y
autoridades, en el procedimiento por el cual el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, subsector Transportes,
desarrolla actividades de información y diálogo con la
población involucrada en proyectos de construcción,
mantenimiento y Construcción; así como en el
procedimiento de Declaración de Impacto Ambiental,
Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIAsd) y
detallado (EIAd), con la finalidad de mejorar el proceso de
toma de decisiones con relación a los proyectos.
c) Aprovechamiento de canteras de materiales de
construcción
31. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
D.S.Nº 037-96-EM, del 25-11-1996. Este Decreto Supremo
establece en sus artículos 1° y 2°, que las canteras de
materiales de construcción utilizadas exclusivamente para
la construcción, Construcción o mantenimiento de obras de
infraestructura que desarrollan las entidades del Estado
directamente o por contrata, ubicadas dentro de un radio de
veinte kilómetros de la obra o dentro de una distancia de
hasta seis kilómetros medidos a cada lado del eje
longitudinal de las obras, se afectarán a éstas durante su
ejecución y formarán parte integrante de dicha
infraestructura. Igualmente las Entidades del Estado que
estén sujetos a lo mencionado anteriormente, previa
calificación de la obra hecha por el MTC, informarán al
registro público de Minería el inicio de la ejecución de las
obras y la ubicación de éstas.
d) Explotación de Canteras
R.M. Nº 188-97-EM/VMM, del 12-05-97. Mediante esta
resolución se establecenlas medidas a tomar para el inicio
o reinicio de las actividades de explotación de canteras de
materiales de construcción, diseño de tajos, minado de las
canteras,abandono de las canteras, acciones al término del
uso de la cantera y los plazos y acciones complementarias
para el tratamiento de las mismas.
e) Reglamento de la Ley Nº 26737, que regula la
explotación de materiales que acarrean y depositan las
aguas en sus álveos o cauces
D.S. Nº 013-97-AG. Establece que la autoridad de aguas es
la única facultada para otorgar los permisos de extracción
de los materiales que acarrean y depositan en sus álveos o
cauces, priorizando las zonas de extracción en el cauce,
previa evaluación técnica efectuada por el administrador
técnico del distrito de riego correspondiente. Concluida la
extracción el titular está obligado a reponer a su estado
natural la ribera utilizada para el acceso y salida a la zona
de explotación.
32. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
Cada permiso de extracción tiene validez por el plazo
máximo de un (1) año como lo señala en su artículo 10º.
Como se puede apreciar,en este Reglamento se establece la
competencia para el otorgamiento de los permisos de
extracción de los materiales que acarrean y depositan en
sus álveos o cauces,y no se precisa si se tiene que pagar o
no por la extracción de dichos materiales, y a quién le
corresponde cobrar por los derechos que correspondan.
Este aspecto se corrige con la nueva Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley N° 27972, del 06-05-2003, donde en
el Numeral 9 del Art. 69º, correspondiente a las Rentas
Municipales, se establece que: Los derechos por la
extracción de materiales de construcción ubicados en los
álveos y cauces de los ríos, y canteras localizadas en su
jurisdicción, conforme a ley, son rentas municipales.
De lo anterior se colige que, en esta materia, ambas Leyes
son complementarias; vale decir,que en una se establece la
competencia para otorgar los permisos de extracción de los
materiales que acarreany depositan en sus álveos o cauces,
que recae sobre la autoridad de aguas, y, en la otra, la
competencia para el cobro de los derechos de extracción,
facultad de las municipalidades.
Sin embargo, en cuanto al cobro de los derechos por la
extracción de los materiales citados, en la Ley N° 27972, no
se precisa si el cobro lo realizarán las Municipalidades
Distritales o provinciales; aspecto que ha sido superado por
la Ley Nº 28221, del 11-05-2004, Ley que regula el derecho
por extracción de materiales de los álveos o cauces de los
ríos por las municipalidades, donde además se otorga a las
Municipalidades Distritales y Provinciales la competencia
para autorizar la extracción de estos materiales, quedando
sin efecto lo establecido por el D.S. Nº 013-97-AG “La
autoridad de aguas es la única facultada para otorgar los
permisos de extracción de los materiales que acarrean y
depositan en sus álveos o cauces, priorizando las zonas de
extracción en el cauce,previa evaluación técnica efectuada
33. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
por el administrador técnico del distrito de riego
correspondiente”, pues la citada Ley Nº 28221 establece en
su Art. 1º que las Municipalidades Distritalesy Provinciales
en su jurisdicción, son competentes para autorizar la
extracción de materiales que acarrean y depositan las aguas
en los álveos o cauces de los ríos y para el cobro de los
derechos que correspondan, en aplicación de lo establecido
en el inciso 9 del artículo 69º de la Ley 27972.
f) Seguridad e Higiene
El Manual Ambiental para el Diseño y Construcción de Vías
del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y
Construcción, en el numeral 2.4 Medidas Sanitarias y de
Seguridad Ambiental,señala las medidas preventivas y las
normas sanitarias a seguir por los Trabajadores y la
Empresa. Establece también, los requisitos o
características que deben tener los campamentos,
maquinarias y equipos, todo esto con el fin de evitar la
ocurrencia de epidemias de enfermedades
infectocontagiosas, en especial aquellas de transmisión
venérea, que suelenpresentarse en poblaciones cercanas a
los campamentos de construcción de carreteras; así mismo
aquellas enfermedades que se producen por ingestión de
aguas y alimentos contaminados.
g) Decreto Supremo Nº 009-2005-TR. Reglamento de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Los trabajadores tienen derecho a que el Estado y los
empleadores promuevan condiciones de trabajo dignas que
les garanticenun estado de vida saludable, física, mental y
social. Dichas condiciones deberán propender a:
a) Que el trabajo se desarrolle en un ambiente seguro y
saludable.
b) Que las condiciones de trabajo sean compatibles con el
bienestar y la dignidad de los trabajadores y ofrezcan
posibilidades reales para el logro de los objetivos personales
del trabajador.
34. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
El Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene
como objetivo promover una cultura de prevención de
riesgos laborales en el país. Para ello cuenta con la
participación de los trabajadores,empleadoresy del Estado,
quienesa través del diálogo social velarán por la promoción,
difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia.
El presente Reglamento es aplicable a todos los sectores
económicos y comprende a todos los empleadores y los
trabajadores, bajo el régimen laboral de la actividad privada
en todo el territorio nacional.
El Reglamento establece las normas mínimas para la
prevención de los riesgos laborales, pudiendo los
empleadores y trabajadores, establecer libremente niveles
de protección que mejoren lo previsto en la presente. La
política nacional en materia de Seguridad y Salud en el
trabajo debe propiciar el mejoramiento de las condicionesde
seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a fin de
evitar o prevenir daños a la salud de los trabajadores, como
consecuencia de la actividad laboral.
El Sistema de aseguramiento frente a los riesgos laborales
debe garantizar la compensación y/o reparación de los
daños sufridos por el trabajador en casos de accidentes de
trabajo o enfermedades ocupacionales, y establecer los
procedimientospara la rehabilitación integral, readaptación,
reinserción y reubicación laboral por discapacidad temporal
o permanente
.Por lo que se tendrá que aplicar el D.S.Nº009-2005-TR.
Reglamento de seguridad y Salud en el Trabajo. Con sus
últimas modificatorias en los artículos 17º, 31º,58º,77º y
79º promulgadas el 6 de Abril del 2007 en el Decreto
Supremo Nº007-2007-TR.
Autoridad Competente
La Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada (D.
Leg. Nº 757), establece las competencias sectoriales de los
Ministerios para tratar los asuntos ambientales, señalados
35. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
en el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales
(D. Leg. Nº 613 del 8-09-90).
El Proyecto de Mantenimiento de la carretera mencionada,
involucra actividades que son de competencia del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones; por lo tanto, este
Ministerio es la autoridad competente para tratar los
asuntos ambientales del Proyecto.
NORMATIVIDADES:
Decreto Legislativo N° 613-90 Código del Medio
Ambiente y de los Recursos Naturales.
Decreto Legislativo N° 757-91 Ley marco para el
Crecimiento de la Inversión Privada
Decreto Ley N° 21147, Ley Forestal y de Fauna
Silvestre
Decreto Supremo N° 160-77-AG, de las Unidades de
Conservación Decreto Legislativo N° 613, Nuevo
Código Penal
Ley N° 26821, Ley Orgánica para el
Aprovechamiento Sostenido de los Recursos
Naturales.
Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de
Evaluación del Impacto Ambiental.
Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales.
2.2.- MARCO INSTITUCIONAL
La política ambiental de la Institución está orientada a:
Una apropiada gestión ambiental, considera al ambiente como
un patrimonio público que debe ser protegido, considerando de
uso colectivo.
La protección de los ecosistemas, garantizando la conservación
de las áreas representativas.
La protección de áreas amenazadas por la degradación,
buscando una adecuada defensa del medio ambiente.
Conservar y proteger el entorno durante las actividades de
desarrollo de la construcción, mediante la elaboración de los
estudios de Impacto Ambiental.
36. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
3. DESCRIPCIÓN EL PROYECTO
a. Aspectos generales del proyecto
La propuesta desarrolla una visión urbanística para un adecuado y
ordenado desplazamiento de vehículos y peatones de los habitantes de
este sector de la Ciudad Magisterial.
En tal sentido, se tiene una propuesta de mejorar las calles, veredas y
áreas verdes dando un enfoque paisajístico de la Ciudad Magisterial.
Dicha propuesta va renovar las calles para el tránsito de los vehículos
y peatones en mejores condiciones.
b. Antecedentes
Dentro de los lineamientos de política de los gobiernos locales tiene
como objetivo mejorar la infraestructura vial y peatonal en toda la
ciudad en forma programada y priorizando los lugares que requieran
de urgencia estos trabajos, logrando dar un buen se rvicio y con ello
brindar una mejor calidad de vida para los pobladores de la ciudad.
Sin embargo, el Gobierno Regional de Ayacucho mediante un convenio
firmado con la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, asume el
reto de ejecutar este proyecto.
c. Objetivos del proyecto
- Construir las pistas, veredas y áreas verdes en las calles de la
Asociación Ciudad Magisterial.
- Disminuir considerablemente la generación de material
particulado, generado por el tránsito de vehículos.
d. Actividad o uso principal y otras actividades que se desarrollaran
en la infraestructura a construir.
a. Excavación en terreno conglomerado
b. Eliminación de material excedente
c. Conformación de la Sub Rasante
d. Conformación de la Sub Base Granular
e. Conformación de la Base Granular
f. Pavimento rígido
37. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
Imagen N° 3-01
Imagen satelital de obras de infraestructura del proyecto
El presente corresponde al Estudio de Impacto Ambiental a nivel de
DIA, del Proyecto “Construcción de pistas, veredas y áreas verdes
en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj.
Los Ángeles, Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4
Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga -
Ayacucho”.
El estudio a nivel de ejecución de la obra se estima los posibles efectos
negativos y positivos que pudieran generar sobre el medio ambiente y
que se tendría en consideración para minimizar los impactos negativos
y repotenciar los impactos positivos.
Los impactos potenciales originados por la construcción serán
analizados respecto a los elementos físicos y biológicos; así como a los
aspectos socio económicos fundamentalmente, constituidos en dicho
lugar.
En función de esta información se definirán los indicadores
vulnerables por efecto de la obra y así mismo los componentes del
medio capaces de producir efectos negativos sobre la misma obra.
Con estos resultados se realizarán la identificación y predicción de
impacto, tanto positivo como negativo a los cuales se les pondera y
38. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
valora, para luego establecer recomendaciones para fortalecer los
positivos y proponer los medios de mitigación o correctivas de los
negativos en el plan de manejo ambiental, que incluirá programa de
seguimientos y control de aplicación de las recomendaciones.
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
La descripción ambiental del proyecto, como una parte fundamental
del estudio de Impacto Ambiental, permite conocer las acciones y
actividades en sus diversas etapas para estimar los efectos negativos
sobre el ambiente.
El proceso de la construcción comprende el conjunto de actividades
como a la instalación del campamento, trabajos preliminares,
movimiento de tierras, eliminación de material excedente , obras de
concreto simple (pavimento), y otras actividades menores que no
inciden en el impacto ambiental, adicionalmente existirán acciones
derivadas, tales como movimiento de tierrasen menor grado, el uso de
botaderos para la eliminación del material excedente, residuos de
campamentos, influencia de otras actividades menores entre otros.
Actividades previas
Alquiler de almacén
Movilización y desmovilización de maquinarias y equipos
Transporte de materiales
Trazo y replanteo
Actividades durante la construcción
Excavación en terreno conglomerado
Eliminación de material excedente
Conformación de la Sub Rasante
Conformación de la Sub Base Granular
Conformación de la Base Granular
Pavimento rígido
Juntas asfálticas
Características del proyecto (Fuente: Expediente técnico)
Ancho de calle : Variable
De 6.20 mts (Calle Nº 03)
De 8.70 mts (Calle Nº 08)
8.70 mts (Calle Nº 09)
9.70 mts (Calle Nº 11)
39. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
8.70 mts (Calle Nº 13)
Ancho de calzada : Variable
4.50 m. en la Calle Nº 03
6.00 m. en la Calle Nº 08
6.00 m. en la Calle Nº 09
6.00 m. en la Calle Nº 11
6.00 m. en la Calle Nº 13
Ancho de Vereda : Variable
0.65 m. en la Calle Nº 03
1.20 m. en la Calle Nº 08
1.20 m. en la Calle Nº 09
1.20 m. en la Calle Nº 11
1.20 m. en la Calle Nº 13
Longitud de Calzada : Variable
166.00 mts (Calle Nº 03)
79.00 mts (Calle Nº 08)
309.40 mts (Calle Nº 09)
213.00 mts (Calle Nº 11)
220.00 mts (Calle Nº 13)
Área de Pavimento : 5,805.90 m2
Pendiente Variable : de 0.57% a 8.81%
Concreto : f’c= 210 Kg/cm2 + 25% P.M.
Espesor pavimento : 20 Cms.
Sardineles : f’c= 175 Kg/cm2
Veredas : f’c= 175 Kg/cm2
Área verde : 158.96 m2
Plazo de Ejecución
Ciento Veinte (120) días calendarios, a partir de la entrega del terreno
40. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
Plano N° 3- 01
Plano en Planta del Sector Magisterial
Plano N° 3- 03
Plano en Planta del Proyecto
P.C°
Av. Magisterial
Calle 9
Calle 9
Calle 9
Calle 6 Calle 6
Calle 5
Av. Magisterial
Av. Magisterial
Calle 5
Calle 8
Calle 8
Pista Existente
Pista Existente
Pista Existente
Pista Existente
PistaExistente
PistaExistente
PistaExistente
PistaExistente
PistaExistente
Pista Existente
Pista Existente
Pista Existente
Pista
Existe
nte
0+000
0+020
0+040
0+060
0+080
0+100
0+120
0+140
0+160
0+1800+200
0+220
0+000
0+020
0+040
0+060
0+080
0+100
0+120
0+140
0+1600+1800+2000+213
0+000
0+020
0+040
0+060
0+080
0+100
0+120
0+1400+1600+1800+2000+207
0+0000+0200+0400+0600+0800+1000+1200+1400+166
0+000
0+020
0+040
0+060
0+080
0+100
0+120
0+140
0+160
0+180
0+200
0+220
0+240
0+260
0+280
0+300
0+320
0+340
0+352
0+000
0+020
0+040
0+060
0+080 0+085
31,99
31,76
29,71
8,74
27,15
27,1
27,95
27,75
29,04
27,47
49,05
27,39
26,23
26,81
98,9
98,81
78,42
30,41
77,53
30,97
42,45
57,02
39,21
60,99
26,44
66,45
20,29
62,8113,74
52,88
58,23
98,88
46,75
45,11
43,56
31,25
37,94
23,6216,04
14,96
97
97,58
R1.
5
R1
.5
R1
R2
R1
R1
R1
.5
R1
.8
R1
.8
R1
R1
.5
R1
R1
R1
.5
R1
.8
R2
R1
R1
R1
.5
R1
.5
R1
.5
R2
R1
.5
R1
R1
R3
R3
R3
R3
R1
R1
.5
R1
.5
R1
.5
R1
.2
R1
R1
R4
R1
.5
R2
.5
R3
R3
R3
R3
R1
.8R1
.5
R2
.5
R2
.3
Rampa de
discapacitados
9,55
9,67 8,58
9,6418,39
29,38
31,93
37,38
41. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
Imagen N° 3-0
Imagen satelital de la ubicación del proyecto
42. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
4. LÍNEA BASE
A. ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA E INDIRECTA
ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA
Se define el Área de Influencia Directa (AID) como aquel espacio
geográfico (conformado por los componentes físicos, biológicos,
sociales, económicos y culturales) donde los impactos socio-
ambientales, causados por las diferentes actividades del proyecto,
ocurrirán de forma directa e inmediata.
De esta manera,el área de influencia directa involucrará el entorno
natural y antrópico potencialmente afectado por la obra, así tenemos:
Entorno natural:
La vegetación y el suelo que la sostiene. Encontramos las
siguientesformaciones vegetales: zonas con vegetación propias
del lugar, tanto naturales como ornamentales.
Los hábitats terrestres colindantes al proyecto son escasos. Se
han identificado las siguientes zonas de vida: Zona de clima
semiárido, templado, con deficiencias de lluvias en otoño,
invierno y primavera, con unidad relativa calificada como seca
El paisaje.
El área de influencia directa no se encuentra ninguna Área
Natural Protegida por el Estado.
Entorno antrópico
Poblaciones (barrios, asentamientos humanos, etc.) de la
Asociación de la Ciudad Magisterial y su entorno.
Infraestructura de servicios (electricidad, agua, desagüe).
Instituciones Públicas y Privadas (ONGs, Instituciones
Educativas-Institución Educativa Privada Nivel Inicial y
Primaria, Ministerio Público)
43. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
Imagen Nº 4-01
Área de Influencia Directa del Proyecto
ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA
El Área de Influencia Indirecta (AII) se define como la extensión
geográfica donde los impactos del proyecto se manifiestan de forma
indirecta, ya sea forma positiva o negativa,con una intensidad diversa
en los medios físicos, biológicos, socio-económicos y culturales.
Los criterios considerados para la delimitación del área de influencia
indirecta son los siguientes:
Áreas que no son impactadas directamente por los trabajos en el
proyecto, después de los límites considerados área de influencia
directa.
Áreas que experimentarán impactos, negativos o positivos, por
efecto de determinadas dinámicas sociales,económicas, políticas y
culturalesque confluyen o son provocadas por el uso de las pista,
veredas y áreas verdes, luego de concluido el proyecto.
44. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
Imagen Nº 4-04
Área de Influencia Indirecta del Proyecto
B. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO FÍSICO
El proyecto está ubicado entre la Av. Las Malvinas, Av. Magisterial,
Calle 4 y Calle 6 de la Asociación Pro Vivienda Ciudad Magisterial.
Topografía de plana a ligeramente inclinada de sur a norte en forma
descendente. El suelo es de tipo areno arcilloso, presenta mínimas
cantidades de grava mal graduadas. De acuerdo a los estudios
estratigráficos se encuentra en un suelo de capacidad de semi
compacto a compacto, con presencia de boloneria de tamaño variable.
En la región Ayacucho, se tiene la presencia de diferentes fenómenos
naturales recurrentes, causantes de desastres y situaciones de
emergencia entre los cualestenemos: los deslizamientos, derrumbes,
causados por fenómenos hidrometeorológicos gravitacionales y
sísmicos; los temporales, precipitaciones intensas, inundaciones y
huaycos; en el área motivo de la investigación, no se observan rasgos o
45. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
efectos de geodinámicas externas, pero presenta vulnerabilidad a
fenómenos sísmicos
TOPOGRAFÍA
Los terrenos del distrito de Ayacucho presentan una topografía poco
accidentada, en la parte del proyecto terreno son superficies de
pendiente ligeras a regulares por la misma ubicación de laderas de
formación coluvial y terrazas aluviales. Según estas características,
Ayacucho constituye una cuenca accidentada entre los 4,200 m.s.n.m.
por la parte alta y de 2,713 m.s.n.m. en la parte baja formando
quebradas que van en dirección del rio Mantaro.
Superficialmente, el área de los Centros Poblados Urbanos y Rurales
integrantes del Distrito de Ayacucho presentan relieve heterogéneas,
variadas terrazas aluviales y coluviales planas a onduladas y con
depresiones angostas y anchas en los pisos intermedios, a
accidentadas pendientes fuertes escarpadas en las laderas de punas,
de donde nacen las cárcavas, por la fuerte erosión sufrida,
interceptando terrenos cultivables y llegando hasta el piso de los valles
interandinos. Este conjunto de accidentes geográficos, determina
condiciones ambientales para la existencia de paisajes con flora y
fauna propias, los que a su vez influyen en la vida comunal, ocupando
a sus habitantes según sus recursos ecológicos existentes.
ALTITUD Y CLIMA
Ayacucho presenta diversidades Geográficas, puesto que presenta la
característica de la sierra peruana, se encuentra a una altitud de
6,756 msnm (Proyecto a 2,788 msnm).
La población de Ayacucho se caracteriza por presentar un clima
templado seco, con dos estaciones del año bien definidas. Estaciones
de lluvia (Noviembre- Marzo) donde se cultivan y desarrollan los
cultivos de pan llevar. Estación de secano (Abril – Octubre),
caracterizada por la ausencia de lluvias,realizándose la cosecha de los
productos de abril y mayo e inicio de siembra en Septiembre y
Octubre. La vegetación es muy variada en especiesarbóreas y epífitas.
SUELOS
La zona donde se desarrolla el proyecto constituye un área urbana
desarrollada a 2,788 msnm, por lo que el relieve y geomorfología de la
46. Estudio de Impacto Ambiental
“Construcción de pistas, veredas y áreas verdes en la calle 03, 08, 09, 11, 13 de la Asoc. Ciudad Magisterial y Psj. Los Ángel es,
Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
zona presenta características de poco onduladas e inclinación en
forma ascendente de norte a sur.
Es una zona urbana consolidada; que conserva su arquitectura
moderna, de material noble, mientras que en otras el tipo de
arquitectura es de material rustico. En el área de intervención, su
mayoría, las viviendas presentan ésta arquitectura.
FLUJO VEHICULAR
El tránsito vehicular en la zona de estudio no es fluido en la Av. La
Malvinas y la Av. Magisterial; el transito es en ambos sentidos y
transitan: autos de uso particular y moto taxis, camionetas, volquetes
y otros. El Ingreso principal al proyecto es por la Av Las Malvinas y la
Av. Magisterial, puedenacceder dependiendo de las circunstanciaspor
la calle 4 y la calle 6. En las calles principales indicadas suelen
estacionarse vehículos que llegana la zona por los diferentes servicios
que éstos presta.
Según el estudio de impacto realizado en el área de estudio, el posible
impacto vial se presentará en estascalles principales y ingresos a las
callesque contempla el proyecto durante provisión de materiales de
construcción y el entorno del proyecto, desplazamiento de los obreros
durante la ejecución, donde se produciría congestión en las horas de
ingreso y salida de los estudiantes que asisten a las Instituciones
Educativas en el entorno del proyecto, el Ministerio Publico y
pobladores de la zona.
NIVEL DE RUIDO AMBIENTAL
El nivel de ruido ambiental es un factor importante del entorno del
proyecto que se debe tomar en consideración debido principalmente a
que el área de emplazamiento del proyecto se encuentra en una zona
urbana de uso público y residencial, existiendo así cierta población
que podría ser impactada por la presencia de ruidos molestos,
originados principalmente durante la etapa de ejecución de Obra, que
puedan afectar la tranquilidad y/o la salud de las personas en los
alrededores.
GEOLOGÍA, GEODINÁMICA Y SISMICIDAD
GEOLOGÍA y GEODINÁMICA
El objetivo principal de este aspecto es conocer el marco geológico
elemental en la cual está localizado el proyecto, lo que
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Prol. Los Ángeles, Prol. Las Palmeras del Sector 4 Miraflores, Distrito de San Juan Bautista - Huamanga - Ayacucho”
consiguientemente va definir su comportamiento geotécnico, las
condicionesestructurales y de geodinámica externa que pudieran
tener influencia en la seguridad y estabilidad del estructura del
pavimento, de esta manera podamos adoptar las dimensiones,
característicasy obras complementarias a fin de brindar el mejor
servicio posible una vez ejecutado.
Geología Regional
De acuerdo a la Carta Geológica que se encuentra en el
cuadrángulo 27-ñ Ayacucho, las formaciones geológicas en su
gran mayoría están constituidas por la formación Ayacucho
(Nn-ay1) que corresponden a la era Cenozoico del sistema
neógeno de la serie mioceno.
Formación Ayacucho
Esta formación se halla dividida en tres miembros que afloran
entre Ayacucho y Huanta, los mismos que tienen
características litológicas propias.
a) Miembro Ayacucho 1
Corresponde al miembro inferior que descansa sobre la
formación Huanta. Litológicamente está constituido por
areniscas arcósicas de grano grueso a medio, con
estratificación cruzada bien marcada y tobas blancas de
composición dacítica. Las tobas son de grano grueso a
fino, de poca cohesión y con buena proporción de biotita.
b) Miembro Ayacucho 2
Este miembro se caracteriza por ser una toba masiva de
color rosado, la cual ocupa gran parte de la cuenca de
Ayacucho. La toba tiene una composición que varía de
riolítica a dacítica y textura porfirítica con grandes
fenocristales de feldespatos, especialmente plagioclasa que
llegan a los 5 m.m. de diámetro en una matriz de grano
grueso constituida por vidrio volcánico, cuarzo y
feldespatos.
c) Miembro Ayacucho 3
Está constituido por una serie compuesta de areniscas y
lodolitas de naturaleza tobácea, que descansa sobre las
tobas masivas del miembro Ayacucho 2. Aflora en el sector
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sur de Ayacucho, en los alrededores de Carmen Alto,
donde constituyen una secuencia de areniscas
notablemente compactas. Las areniscas Carmen Alto, .por
su gran compactación, merecenespecial atención, ya que
son utilizadas como material de construcción en diversas
edificaciones de la ciudad de Ayacucho.
Depósitos coluviales, son acumulacionesconstituidos por
materiales de diverso tamaño pero de litología homogénea,
se ubican en las laderas y que se han emplazado allí por
acción de la gravedad, se incluye en estos depósitos las
acumulaciones de materiales provenientes de los
derrumbes y de los deslizamientos. Están compuestos por
material inconsolidado o débilmente consolidado, con
bloques angulosos de diferente tamaño en una matriz
arenosa limosa.
Geología Local
La zona del proyecto están compuestas por areniscas tobaceas
(calicatas: C-4, C-5 y C-8), volcánico molinoyocc (calicatas: C-
6 y C-9) y depósitos fluvial-aluvial (calicatas C-1, C-2 y C-3).
Arenisca tobacea,
Pertenecen al miembro N°3 de la formación Ayacucho, y se
caracterizan por presentarse estratificadas, de color gris,
granulometría fina a media y con una compactación variable
de muy buena a regular.
Se ubican por encima de las tobas del miembro N°2 y sirven de
basamento a las rocas volcánicas y depósitos de edad más
reciente.Sus mayores exposicionesestán en Carmen Alto, en
un amplio sector comprendido entre la quebrada
Ñahuinpuquio y río Huatatas y en las laderasde los cauces de
los ríos Alameda y Huatatas, sirviendo de base a la delgada
capa de piroclásticos que cubre la terraza del aeropuerto.
Volcánico molinoyocc
Corresponde a eyecciones de lavas de composición andesítica y
basáltica del Plioceno superior.Estas emanaciones son de tipo
fisural y se exponen en toda la zona de Ayacucho, mayormente
como derrames y a veces como sills o diques.
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Estratigráficamente se hallan por encima del miembro 3 de la
formación Ayacucho. Las lavas son andesíticas gris verdosas
en la base y presentan fracturamiento según los sistemas N
70-80°E y N 20-30°W de buzamiento esencialmente vertical.
En la parte alta de la secuencia se presenta un basalto
escoreaceo con abundantes vacuolas, el mismo que aflora
como sombrero en las cumbres de los cerros Campanayoc
Atunpampa y Buena Vista, mostrando una posición casi
horizontal.
Las lavas, debido a su dureza, han protegido de la erosión, en
muchos lugares, a las areniscas y limolitas de la formación
Ayacucho, jugando un papel importante en el desarrollo
geomorfológico. Por encontrarse ubicado por encima del
miembro 3 de la formación Ayacucho, se le considera de una
edad Terciaria superior.
Depósitos aluviales y fluviales, que se refiere al material
acarreado por torrentes de agua en un cauce definido o a lo
largo de laderas inclinadas.Se hallan acumulados en el fondo
de ríos y quebradas y también como producto del relleno de
antiguas depresiones.
Están constituidos por arenas y gravas inconsolidadas con
clastos subangulosos, de naturaleza mayormente volcánica.Se
presentan estos depósitos a lo largo de la quebrada
Chaquihuaycco.
DATOS SÍSMICOS
Desde el punto de vista sísmico, el territorio peruano pertenece
al círculo Circumpacifico, que comprende las zonas de mayor
actividad sísmica del mundo y por lo tanto se encuentra
sometida con frecuencia a movimientos telúricos. Pero dentro
del territorio nacional existen varias que se diferencia por su
mayor o menor frecuencia de estos movimientos, así tenemos
que la Norma Técnica de Construcción divide al país en tres
zonas:
ZONA 1: Comprende la ciudad de Iquitos y parte del
Departamento de –Ucayali y Madre de Dios en estas regiones
la sismicidad es baja.
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ZONA 2: en esta zona la sismicidad es media. Comprende el
resto de la región de la selva, Puno, Madre de Dios, Zona Norte
de Ayacucho y parte del Cusco en esta región los sismos se
presentan con mucha frecuencia pero no son precedidos por
las personas en la mayoría de las veces.
ZONA 3: es la zona de más alta sismicidad.Comprende toda la
costa peruana, de Tumbes a Tacna la sierra norte y central así
como, parte de ceja de selva es la zona más afectada por
fenómenos telúricos.
De acuerdo al Mapa de ZonificaciónSísmica del Perú según la
Norma Técnica de diseño sismorresitente (NTE E. 030) y del
Mapa del distribución de Máximas Intensidades observadas en
el Perú, presentado por Alva Hurtado81984) el cual se basó en
isositas de sismos peruanos y datos de intensidades puntuales
de sismos histórico y sismos recientes; se concluye que el área
en estudio se encuentra dentro de la zona de media sismicidad
(zona 2) extendiendo la posibilidad de que ocurran sismos de
intensidad de VI a VII en escala de Mercalli Modificada .
A nivel regional se cuenta con información que en áreas
cercanas a la zona de estudio se han producido sismos que
han influido en el distrito de San Juan Bautista con
intensidad promedio de VI a VII, según la escala de Mercalli
modificada, que indican que el área de estudio se encuentra en
una zona de sismicidad media acorde a la información
presentada en la Lamina N° 02 que representa el mapa de
Zonificación Sísmica del Perú.
La zona de estudio que comprende el distrito de san Juan
Bautista, se presenta estable ante la ocurrencia de eventos
sísmicos sin mayor consideración ya que la presente área se
halla emplazada dentro de afloramientos de roca
sedimentarias.
La fuerza horizontal o cortante basal debido a la acción
sísmica se determina por la siguiente fórmula:
H = Z*U*S* C* P
Rd
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De acuerdo al Reglamento Nacional de Construcción a la
Norma Técnica de Diseño sismo resistente E.030 y al
predominio del suelo bajo la cimentación se recomienda
adoptar en los Diseños Sismo Resistente, los siguientes
parámetros.
FACTORES VALORES
Zona 2 (Z) : 0.30
Tipo de suelo (s) : 1.20
Periodo Predominante : 060 seg.
Factor de Uso (U) : 1.0
La investigación se ha efectuado de acuerdo a la Norma
existente; los trabajos efectuados sirven para determinar la
característica física del suelo así como su estructura actual y
comportamiento ante cargas extremas.
Mapa 4-01 Mapa geológico del cuadrángulo de Ayacucho (Hoja 27-ñ-
INGEMMET)
Zona del Proyecto
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Mapa 4-01 Mapa de peligros de Ayacucho - INDECI
LEYENDA
Símbolo Descripción
Deposito fluvio-Aluvial
Deposito Lacustres
Volcánico Molinoyocc
C. DESCRIPCIÓN DEL MEDIO BIOLÓGICO
FLORA
Dentro del área de emplazamiento directa del proyecto existe
actualmente escasa vegetación silvestre, y predominando malezas.
El proyecto está ubicado en una Zona de Reglamentación dentro de un
conjunto de actividades comerciales, de uso residencial, de comercio,
talleres y servicios; donde la flora es muy reducida y introducida
escasamente sólo para dar aspectos de embellecimiento con áreas
verdes en las avenidas principales; y por ende no existe ninguna
especie amenazada de flora silvestre inmerso en el D.S Nº 043-2006-
AG.
FAUNA
La evaluación de la fauna silvestre se ha realizado, considerando los
hábitats presentes en el área de estudio, los mismos que están
relacionados directamente con la presencia de escaza vegetación, dado
que esta constituye alimento para los consumidores de primer orden,
iniciándose así la cadena trófica del sistema.
Zona del Proyecto