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E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo,
Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín”
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I. RESUMEN EJECUTIVO
El objetivo general del estudio fue identificar los impactos ambientales, elaborar
los instrumentos de gestión y plantear los costos que demandaran anular, atenuar
y/o minimizar los impactos ambientales negativos directos e indirectos a
presentarse durante la ejecución de la obra y operatividad del Proyecto
“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte.
Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, distrito de Moyobamba,
Provincia de Moyobamba, San Martín”, basados en la identificación adecuada
de los mismos y teniendo en cuenta las actividades a realizar para cumplir con las
especificaciones que el proyecto dispone, como es la serviciabilidad adecuada
a una carretera de tercera clase (según servicio).
El Estudio en su primera parte presenta los Datos Generales del Proyecto, que
permiten conocer los trabajos a realizarse durante el proceso constructivo de la
obra, el Diagnostico Ambiental incluye aspectos físicos y biológicos, con
información climatológica, identificación de las zonas de vida y sus
características, geología, geomorfología, suelos, capacidad de Uso Mayor de las
Tierras, cobertura y uso actual de las tierras, hidrología, vegetación, cultivos,
fauna, especies silvestres amenazadas y áreas naturales protegidas por el estado
cercanas al área de trabajo. Adicionalmente se establece el Potencial Turístico
de la zona de influencia de la carretera, el cual es un rubro importante a
considerar dentro de los impactos positivos del proyecto en el aspecto
socioeconómico. Asimismo, se incluye el análisis de las condiciones externas de
incidencia en la región, que incluye la provincia de Moyobamba
fundamentalmente, así como las características de la actividad agropecuaria,
principal fuente de ingreso de la zona de estudio.
Para la identificación de los impactos ambientales a presentarse en la ejecución
del proyecto, se elaboró una matriz cualitativa causa-efecto que considera las
acciones del proyecto por etapas frente a los parámetros ambientales a ser
afectados por la actividad. La valoración cualitativa se fundamenta en que
muchos de los parámetros utilizados para los estudios ambientales no son
cuantificables, con lo cual el empleo de indicadores numéricos no sería válido. La
evaluación es producto del aporte de los trabajos del equipo de profesionales
que participaron en el estudio, entre los que se cuentan un biólogo, ingeniero
forestal, ingeniero ambiental e ingenieros civiles.
El estudio de impacto ambiental presenta el Plan de Manejo Ambiental, que
incluye las medidas preventivas que deberán ser implementadas a fin de mitigar
los impactos negativos, asimismo se presenta los costos que deberán ser incluidos
en el presupuesto de obra a fin de mitigar los efectos ambientales y sociales.
Finalmente, el estudio se encuentra enmarcado en la normatividad legal vigente
en el país que requiere imponer una práctica apropiada del manejo del espacio
físico y de todos sus recursos naturales tratando de conservar, mejorar y recuperar
la calidad ambiental que conlleva al desarrollo sostenible de la región.
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Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín”
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II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
2.1. NOMBRE DEL PROYECTO
Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires – Santa Catalina (Acceso Pte.
Motilones) - Flor del Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba,
Provincia de Moyobamba - San Martín.
2.2. TITULAR DEL PROYECTO
2.2.1. RAZÓN SOCIAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA:
Proyecto Especial Alto Mayo
2.2.2. NÚMERO DE RUC:
20172237127
2.2.3. DIRECCIÓN LEGAL:
Carretera presidente Fernando Belaunde Terry Km. 493, distrito
Moyobamba, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín
2.2.4. REPRESENTANTE LEGAL:
Ing. Oswaldo Jiménez Salas
DNI: 00839313
2.2.5. TELÉFONO Y/O FAX:
Teléfono: 042-562208, 042-562522
Fax: 042-563398
2.2.6. CORREO ELECTRONICO
sgerencia@peam.gob.pe
www.peam.gob.pe
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2.3. NOMBRE DE LA(S) INSTITUCIÓN(S) QUE FINANCIA(N) EL PROYECTO, LA UNIDAD
FORMULADORA, LA UNIDAD EJECUTORA Y LA UNIDAD EVALUADORA DEL PIP (DE
SER EL CASO)
Responsabilidad Funcional del Proyecto de Inversión Pública (Según Anexo SNIP - 04)
Función: 15 TRANSPORTE
Programa: 033 TRANSPORTE TERRESTRE
Subprograma: 0066 VIAS VECINALES
Responsabilidad Funcional: TRANSPORTE Y COMUNICACIONES
OPI Responsable de la
Evaluación:
OPI DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA
Unidad Formuladora del Proyecto de Inversión Pública:
Sector: GOBIERNOS LOCALES
Nombre: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA – INSTITUTO VIAL
Persona Responsable de
Formular el PIP:
ING. CARLOS RIOS LLATAS
Persona Responsable de la
Unidad Formuladora:
ING. JAVIER VARGAS ROJAS
Unidad Ejecutora del Proyecto de Inversión Pública:
Grupo: GOBIERNOS LOCALES
Nombre: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA
Persona Responsable de la
Unidad Ejecutora:
VICTOR MARDONIO DEL CASTILLO REATEGUI
Datos de la Declaratoria de Viabilidad
N° de Informe Técnico: INFORME TECNICO Nº 046-2012-MPM-OGPI
Especialista que Recomienda
la Viabilidad:
ING. FIORELLA MILAGROS CAMPOS LARIOS
Jefe de la Entidad Evaluadora
que Declara la Viabilidad:
ING. FIORELLA MILAGROS CAMPOS LARIOS
Fecha: 31/10/2012
Viabilidad a cargo de: OPI DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA
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2.4. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL
El marco legal está referido a la normatividad ambiental vigente y que tienen
relación con la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental, no solo en
cuanto a las disposiciones que determinan las pautas y exigencias para la
elaboración de los estudios de impacto ambiental, sino, en lo que respecta a
las regulaciones propias del uso de los recursos naturales, el marco
institucional y las responsabilidades de la gestión empresarial bajo el contexto
del desarrollo sostenido.
El Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Mejoramiento del Camino
Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo,
Margen Izquierda Río Mayo, Distrito Moyobamba, Provincia Moyobamba, San
Martín”, se sustenta en los siguientes dispositivos legales:
2.4.1 Constitución Política del Perú
La Constitución Política del Perú en el Artículo 2°, sobre los derechos
fundamentales de la persona, sustenta el derecho de las personas a
gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.
Igualmente, en los artículos 66, 67, 68 y 69, se señala que los recursos
naturales renovables y no renovables son patrimonio de la nación,
promoviendo el Estado el uso sostenible de estos, así como la
preservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales
protegidas.
2.4.2 Decreto Legislativo No. 635 Código Penal y su modificatoria por Ley 29263:
Título XIII: Delitos Ambientales
Los Artículos 304°, 305°, 308°, 310°, 313° y 314°, establecen las
penalidades del caso a los que contraviniendo las disposiciones
vigentes deterioren el medio natural.
Los más importantes se mencionan a continuación:
El Artículo 304° hace referencia a la contaminación del medio ambiente
y dice textualmente: El que infringiendo las normas sobre protección del
medio ambiente, lo contamina vertiendo residuos sólidos, líquidos,
gaseosos o de cualquier otra naturaleza por encima de los límites
establecidos, y que causen o puedan causar perjuicio o alteraciones en
la flora, fauna y recursos hidrológicos, será reprimidas con pena
privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años o con
ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días multa.
Si el agente actuó por culpa, la pena será privativa de libertad no
mayor de un año o prestación de servicio comunitario de diez a treinta
jornadas.
El Artículo 305° hace referencia a la contaminación agravada del
medio ambiente y dice que la pena será privativa de libertad no menor
de dos ni mayor de cuatro años y trescientos sesenta y cinco a
setecientos treinta días - multa cuando:
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· Los actos previstos en el artículo 304°, ocasionan peligro para la salud de
las personas o para sus bienes.
· El perjuicio o alteración ocasionados adquieren un carácter catastrófico.
· El agente actuó clandestinamente en el ejercicio de su actividad.
· Los actos contaminantes afectan gravemente los recursos naturales que
constituyen la base de la actividad económica.
Si, como efecto de la actividad contaminante, se producen lesiones graves
o muerte, la pena es:
· Privativa de libertad no menor dé tres ni mayor de seis años y de
trescientos sesenta y cinco y setecientos días multa, en caso de lesiones
graves.
· Privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y de
setecientos treinta a mil cuatrocientos sesenta días-multa, en caso de
muerte.
El Artículo 308° hace referencia a la protección de las especies de flora
y fauna protegidas, agravantes y dice lo siguiente: El que caza, captura,
recolecta, extrae o comercializa especies de flora o fauna que están
legalmente protegidas será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de uno ni mayor de tres años.
La pena será no menor de dos ni mayor de cuatro años y de ciento
ochenta trescientos sesenta y cinco días-multa cuando:
· El hecho se comete en período de producción de semillas o de
reproducción o crecimiento de las especies.
· El hecho se comete contra especies raras o en peligro de extinción.
· El hecho se comete mediante el uso de explosivos o sustancias tóxicas.
El Artículo 308-B° hace referencia a la protección de la flora o fauna
acuática en épocas prohibidas y dice lo siguiente: El que extrae
especies de flora o fauna acuática en épocas, cantidades y zonas que
son prohibidas o vedadas o utiliza procedimientos de pesca o caza
prohibidos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de
uno ni mayor de tres años.
El Artículo 310° hace referencia a la depredación de bosques y
menciona lo siguiente:
El que destruye, quema, daña o tala, en todo o en parte, bosques u
otras formaciones vegetales naturales o cultivadas que están
legalmente protegidas, será reprimido con pena privativa de libertad
no. menor de uno ni mayor de tres años.
La pena será no menor de dos ni mayor de cuatro años y de noventa a
ciento veinte días-multa, cuando:
· Del delito resulta la disminución de aguas naturales, la erosión del suelo o
la modificación del régimen climático.
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· El delito se realiza en lugares donde existen vertientes que abastecen de
agua a un centro poblado o sistema de irrigación.
El Artículo 313° hace referencia a la alteración ilegal del ambiente
natural por construcción de obras y menciona lo siguiente: El que,
contraviniendo las disposiciones de la autoridad componente, altera el
ambiente natural o el paisaje urbano o rural, a modifica la flora o fauna,
mediante la construcción de obras o tala de árboles que dañan la
armonía de sus elementos, será reprimido con pena privativa de libertad
no mayor de dos años y con sesenta a noventa días-multa.
El Artículo 314° es una medida cautelaría y textualmente dice: "El Juez
Penal ordenará, como medida cautelar, la suspensión inmediata de la
actividad contaminante, así como la clausura definitiva o temporal del
establecimiento de que se trate de conformidad con el Artículo 105°,
Inciso 1, sin perjuicio de lo que pueda ordenar la autoridad en materia
ambiental.
De acuerdo a lo expresado en los artículos mencionados, el proceso de
rehabilitación y mantenimiento de los diferentes tramos conformantes
del corredor vía debe enmarcarse en el cumplimiento de la
normatividad que sanciona los delitos contra la ecología.
2.4.3 Ley General del Ambiente
La presente Ley establece en su Título Preliminar los Derechos y Principios
que rigen al país en materia ambiental, destacándose entre ellos:
Derecho a la participación en la gestión ambiental, Derecho de acceso
a la información, Derecho de acceso a la justicia ambiental, Principio
de prevención, Principio de responsabilidad ambiental, Principio de
gobernanza ambiental, entre otros.
Los artículos específicos de aplicabilidad en el presente estudio son:
Artículo 24º.-Del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental
24.1. Toda actividad humana que implique construcciones, obras,
servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas
públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter
significativo, está sujeta, de acuerdo a ley, al Sistema Nacional de
Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA, el cual es administrado por la
Autoridad Ambiental Nacional. La ley y su reglamento desarrollan los
componentes del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto
Ambiental.
24.2. Los proyectos o actividades que no están comprendidos en el
Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, deben
desarrollarse de conformidad con las normas de protección ambiental
específicas de la materia.
Artículo 25°.- De los Estudios de Impacto Ambiental.
Los Estudios de Impacto Ambiental – EIA, son instrumentos de gestión
que contienen una descripción de la actividad propuesta y de los
efectos directos o indirectos previsibles de dicha actividad en el medio
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ambiente físico y social, a corto y largo plazo, así como la evaluación
técnica de los mismos. Deben indicar las medidas necesarias para evitar
o reducir el daño a niveles tolerables e incluirá un breve resumen del
estudio para efectos de su publicidad. La ley de la materia señala los
demás requisitos que deban contener los EIA.
Artículo 48º.- De los mecanismos de participación ciudadana
48.1. Las autoridades públicas establecen mecanismos formales para
facilitar la efectiva participación ciudadana en la gestión ambiental y
promueven el desarrollo y uso de cualquier otro mecanismo por las
personas naturales o jurídicas relacionadas, interesadas o involucradas
con un proceso particular de toma de decisiones en materia ambiental
o en su ejecución, seguimiento y control; asimismo promueven, de
acuerdo a sus posibilidades, la generación de capacidades en las
organizaciones dedicadas a la defensa y protección del ambiente y los
recursos naturales, así como alentar su participación en la gestión
ambiental.
Artículo 93º.- Del enfoque eco sistémico
La conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales
deberá enfocarse de manera integral, evaluando científicamente el uso
y protección de los recursos naturales e identificando cómo afectan la
capacidad de los ecosistemas para mantenerse y sostenerse en el
tiempo, tanto en lo que respecta a los seres humanos y organismos
vivos, como a los sistemas naturales existentes.
Artículo 98º.- De la conservación de ecosistemas
La conservación de los ecosistemas se orienta a conservar los ciclos y
procesos ecológicos, a prevenir procesos de su fragmentación por
actividades antrópicas y a dictar medidas de recuperación y
rehabilitación, dando prioridad a ecosistemas especiales o frágiles.
Artículo 142º.- De la responsabilidad por daños ambientales
142.1. Aquel que mediante el uso o aprovechamiento de un bien o en el
ejercicio de una actividad pueda producir un daño al ambiente, a la
calidad de vida de las personas, a la salud humana o al patrimonio,
está obligado a asumir los costos que se deriven de las medidas de
prevención y mitigación de daño, así como los relativos a la vigilancia y
monitoreo de la actividad y de las medidas de prevención y mitigación
adoptadas.
142.2. Se denomina daño ambiental a todo menoscabo material que
sufre el ambiente y/o alguno de sus componentes, que puede ser
causado contraviniendo o no disposición jurídica, y que genera efectos
negativos actuales o potenciales.
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2.4.4 Decreto Legislativo N° 1013: Aprueba la creación, organización y funciones
del Ministerio del Ambiente
Se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo,
cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política
nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella. El
objeto del Ministerio del Ambiente es la conservación del ambiente, de
modo que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y
ético de los recursos naturales y el medio que los sustenta, que permita
contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona
humana, en permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las
presentes y futuras generaciones el derecho de gozar de un ambiente
equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida.
A su vez, se resaltan entre sus objetivos de creación:
- Asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la
conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad
biológica y las áreas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de la
Amazonía.
- Asegurar la prevención de la degradación del ambiente y de los
recursos naturales y revertir los procesos negativos que lo afectan.
- Promover la participación ciudadana en los procesos de toma de
decisiones para el desarrollo sostenible; entre otros.
2.4.5 Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental
Toda persona tiene el derecho a participar responsablemente en los
procesos de toma de decisiones, así como en la definición y aplicación
de las políticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que
se adopten en cada uno de los niveles de gobierno. El Estado concerta
con la sociedad civil las decisiones y acciones de la gestión ambiental.
La gestión del ambiente y de sus componentes, así como el ejercicio y
la protección de los derechos que establece la presente Ley, se
sustentan en la integración equilibrada de los aspectos sociales,
ambientales y económicos del desarrollo nacional, así como en la
satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones.
La gestión ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y
evitar la degradación ambiental. Cuando no sea posible eliminar las
causas que la generan, se adoptan las medidas de mitigación,
recuperación, restauración o eventual compensación, que
correspondan.
2.4.6 Ley Marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental
Se establecen los procedimientos administrativos y normativos, teniendo
en cuenta el Sistema Nacional de Gestión Ambiental y las respectivas
jurisprudencias ambientales de cada sector, para realizar la selección,
términos de referencia, supervisión, monitoreo, revisión y sugerencias de
los Estudios de Impacto Ambiental de toda actividad, proyecto, plan o
programa que se pretenda ejecutar. Las competencias y características
del estudio lo determina la entidad solicitante, siendo de necesidad
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ineludible la determinación del grado de detalle del estudio, así como
la participación de profesionales con experiencia y especificidad en la
materia de su intervención.
2.4.7 Ley Orgánica del Sector Transportes Comunicaciones, Vivienda y
Construcción
El Decreto Ley Nº 25862, establece en el Artículo 4° que la entidad en el
sector es el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y
Construcción; asimismo, que entre sus diferentes órganos de Línea, es la
Dirección General de Medio Ambiente, la encargada de proponer las
políticas referidas al control y mejoramiento de la calidad del medio
ambiente, supervisa, controla y evalúa su ejecución. También propone y
emite la normatividad correspondiente (Artículo 23°)
La Resolución Ministerial 258 - 98 MTC/15.01 en su Artículo 1°, crea la Unidad
Especializada de Estudios de Impacto Ambiental, dependiente de la
Dirección General de Caminos y le encarga los aspectos concernientes
a los Estudios de Impacto Ambiental de los proyectos de obra o
actividades de infraestructura vial de transportes que realice el
Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción.
Consiguientemente los aspectos técnicos del Estudio de Impacto
Ambiental correspondiente al corredor vial, serán coordinados con la
unidad especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
2.4.8 Ley No. 757: Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada.
En el Artículo 49° se menciona que el Estado estimula el equilibrio racional
entre el desarrollo socioeconómico, la conservación del ambiente y el uso
sostenido de los recursos naturales, garantizando la debida seguridad
jurídica a los inversionistas mediante el establecimiento de normas claras de
protección del medio ambiente. En consecuencia, el Estado promueve la
participación de empresas o instituciones privadas en las actividades
destinadas a la protección del medio ambiente y la reducción de la
contaminación ambiental.
El Artículo 50°, referente al Título VI De la Seguridad Jurídica en la
Conservación del Medio Ambiente, establece que las autoridades
sectoriales competentes para conocer sobre los asuntos relacionados con
la aplicación de las disposiciones Legales en materia ambiental son los
Ministerios de los sectores correspondientes a las actividades que
desarrollan las empresas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan
a los Gobiernos Regionales y Locales conforme a lo dispuesto en la
Constitución Política.
En caso de que la empresa desarrolle dos o más actividades de
competencia de distintos sectores, será la autoridad sectorial competente
la que corresponda a la actividad de la empresa por la que se generen
mayores ingresos brutos anuales.
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El Artículo 51° menciona que la Autoridad Sectorial competente
determinará las actividades que por su riesgo ambiental pudieran exceder
de los niveles o estándares tolerables de contaminación o deterioro del
medio ambiente de tal modo que requerirán necesariamente la
elaboración de estudios de impacto ambiental previos al desarrollo de
dichas actividades. Los estudios de Impacto Ambiental a que se refiere el
párrafo anterior deberán asegurar que las actividades que se desarrolle o
pretenda desarrollar la empresa no excedan los niveles o estándares a que
se contrae el párrafo anterior. Dichos estudios serán presentados ante la
autoridad sectorial competente para el registro correspondiente, siendo de
cargo de los titulares de las actividades para cuyo desarrollo se requieren.
Los estudios de impacto ambiental serán realizados por empresas o
instituciones públicas o privadas que se encuentren debidamente
calificadas y registradas en el Registro que para el efecto abrirá la
autoridad sectorial competente, la que establecerá los requisitos que
deberán cumplirse para el efecto.
El Artículo 52° dice que en los casos de peligro grave e inminente para el
medio ambiente, la autoridad sectorial competente podrá disponer la
adopción de una de las siguientes medidas de seguridad por parte del
titular de la actividad:
Procedimientos que hagan desaparecer el riesgo o lo disminuyan a niveles
permisibles, estableciendo para el efecto los plazos adecuados en función
a su gravedad e inminencia, o medidas que limiten el desarrollo de las
actividades que generan peligro grave e inminente para el medio
ambiente.
En caso de que el desarrollo de la actividad fuera capaz de causar un
daño irreversible con peligro grave para el medio ambiente, la vida o salud
de la población, la autoridad sectorial competente podrá suspender los
permisos, licencias o autorizaciones que hubiera otorgado para el efecto.
2.4.9 Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para Obras y Actividades
El Artículo 1° de la Ley No. 26786, modifica el Artículo 51° del Decreto
Legislativo No. 757 y establece que la autoridad sectorial competente
comunicara al Consejo Nacional del Ambiente (CONAM, ahora Ministerio
del Ambiente), sobre las actividades a desarrollar en su sector, que por su
riesgo ambiental, pudieran exceder los niveles o estándares tolerables de
contaminación o deterioro del ambiente, las que obligatoriamente
deberán presentar estudios de impacto ambiental previos a su ejecución y
sobre los límites máximos permisibles de impacto ambiental acumulado.
Esta misma Ley, en su Artículo 2°, modifica el primer párrafo de Artículo 52°
del Decreto Legislativo Nº 757 y establece que en casos de peligro grave o
inminente para el medio ambiente, la Autoridad Sectorial Competente
podrá disponer de cualquiera de las medidas de seguridad señaladas en
los incisos a) y b) del artículo modificatorio.
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2.4.10 Ley de Recursos Hídricos Ley Nº 29338
Prohíbe verter o emitir cualquier residuo sólido, liquido o gaseoso, que
pueda alterar la calidad de agua y ocasionar daños a la salud de las
personas y poner en peligro los recursos hidrobiológicos de los cauces
afectados: así como, perjudicar el normal desarrollo de la flora y fauna,
Asimismo, refiere que los efluentes deben ser adecuadamente tratados
hasta alcanzar los límites permisibles. Lo expresado se debe tener muy en
cuenta durante el proceso constructivo sobre todo en lo referente al
manejo de lubricantes y combustibles procurando no verter lubricante ni
aceites en los ríos del ámbito del estudio.
2.4.11 Ley del Sistema Nacional de Recursos Hídricos (Decreto Legislativo N° 1081)
Establece de interés nacional y necesidad pública la gestión integrada de
los recursos hídricos con el propósito de lograr eficiencia y sostenibilidad en
el manejo de las cuencas hidrográficas y los acuíferos para la conservación
e incremento del agua, así como asegurar su calidad fomentando una
nueva cultura del agua, para garantizar la satisfacción de la demanda de
las actuales y futuras generaciones.
Se establecen además 9 principios de gestión integrada del recurso hídrico,
en los que se resaltan para el presente estudio: prioridad en el acceso al
agua, precautorio, sostenibilidad y ecosistémico.
2.4.12 Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos
Naturales (Ley Nº 26821)
Esta Ley, norma el régimen de aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales, estableciendo un marco adecuado para el fomento a la
inversión, procurando un equilibrio dinámico entre el, crecimiento
económico, la conservación de los recursos naturales y del ambiente y, el
desarrollo integral de la persona humana.
En el Artículo 5°, establece que los ciudadanos tendrán derecho a ser
informados y a participar en la definición y adopción de políticas
relacionadas con la conservación y uso sostenible de los recursos naturales.
Además, se les reconoce el derecho de formular peticiones y promover
iniciativas de carácter individual o colectivo ante las autoridades
competentes, En tal sentido la población podrá opinar sobre las actividades
previstas en el proceso de rehabilitación, mejoramiento, siempre y cuando
sean razonables y se enmarquen en tos objetivos.
El Artículo 12°, menciona que es obligación del estado fomentar la
conservación de áreas naturales que cuentan con importante diversidad
biológica, paisajes y otros componentes del patrimonio cultural de la
nación, en forma de áreas naturales protegidas en cuyo ámbito el
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales estará sujeto a
normatividad especial.
El Artículo 28°, establece las condiciones de aprovechamiento sostenible de
los recursos naturales, precisando que los recursos naturales deben
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aprovecharse en forma sostenida, lo cual implica que el manejo de estos
debe ser racional y garantizar su permanencia para las futuras
generaciones.
En el Artículo 29°, se establece que las condiciones del aprovechamiento
sostenible de los recursos naturales, por parte del titular de un derecho de
aprovechamiento sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes especiales, son
entre otros: Cumplir con los procedimientos de Evaluación de Impacto
Ambiental.
2.4.13 Ley Forestal y de Fauna Silvestre
El Decreto Legislativo No. 1090 del 28 de junio del 2008 norma, regula y
supervisa el uso sostenible y la conservación de los recursos forestales y de
fauna silvestre del país, compatibilizando su aprovechamiento con la
valoración progresiva de los servicios ambientales del bosque, en armonía
con el interés social, económico y ambiental de la Nación. Considera las
áreas naturales protegidas las superficies necesarias para la conservación
de la diversidad biológica y demás valores asociados de interés ambiental,
cultural, paisajístico y científico, de conformidad con lo establecido en la
Ley Nº 26834.
2.4.14 Ley No: 26834. Ley de Áreas Naturales Protegidas
La Ley 26834 en sus Artículos 1° y 2° norma los aspectos relacionados con la
gestión y conservación de las Áreas Naturales Protegidas, y define los
objetivos de la protección, los mismos que están orientados a garantizar la
continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos, dentro de áreas
suficientemente extensas y representativas de cada una de las unidades
ecológicas del país, asimismo, mantener muestras de los distintos tipos de
comunidad natural, paisajes y formas fisiográficas y evitar la extinción de
especies de flora y fauna silvestre, en especial aquellas de distribución
restringida o amenazada.
El Artículo 4°, establece que las Áreas Naturales Protegidas, con excepción
de las Áreas de Conservación Privadas, son de dominio público y no podrán
ser adjudicadas en propiedad a los particulares.
2.4.15 Ley Nº 26737.'dispone que la Autoridad dé Aguas Controle la Explotación de
Materiales que Acarrean y Depositan las Aguas en sus Álveos o Cauces.
El Decreto Supremo No. 013 - 97 - AG, reglamenta la Ley No. 26737 y el
Decreto Supremo No. 016 - 98 - AG libera a las obras del Ministerio de
Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. La citada ley
establece que la Autoridad de Aguas es la única facultada para otorgar los
permisos de extracción de los materiales que acarrean y depositan las
aguas en sus álveos o cauces, priorizando las zonas de extracción en el
cauce, previa evaluación efectuada por el Administrador Técnico de
Distrito de Riego correspondiente. Concluida la extracción, el titular está
obligado a reponer a su estado natural la ribera utilizada para el acceso y
salida de las zonas de explotación.
Esta norma ambiental también se refiere al plazo, suspensión y extinción de
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los permisos, así como al pago de, los derechos por concepto de
extracción de material de acarreo.
Decreto Supremo No. 011 - 93 - TCC. Declaran que las canteras de
minerales no metálicos de materiales de construcción ubicados al lado de
las carreteras en mantenimiento se encuentran afectas a ésta. El Decreto
Supremo No. 011 - 93 - TCC, publicado el 15 - 04 - 93 en su artículo 1,
establece que las canteras de minerales no metálicos de materiales de
construcción utilizadas exclusivamente para (a construcción, rehabilitación
o mantenimiento de las carreteras que conforman la Red Vial Nacional que
se encuentren ubicadas dentro de una distancia de hasta 3Km. medidos a
cada lado del eje de la carretera se encuentran permanentemente
afectadas a estas y forman parte integrante de dicha infraestructura vial.
El Artículo 2° precisa que en caso de petitorios mineros de sustancias no
metálicas de materiales de construcción, cuyas cuadrículas comprenden
las canteras a que se refiere el Artículo 1° de este Decreto Supremo, deberá
darse cumplimiento al trámite establecido en el Artículo 22° del Decreto
Supremo No. 018-92-EM.
2.4.16 Ley No. 27117 Ley General de Expropiaciones
El Artículo 2° de la Ley General de Expropiaciones menciona que la
expropiación consiste en la transferencia forzosa del derecho de propiedad
privada, autorizada únicamente por la ley expresa del Congreso a favor del
Estado, a iniciativa del Poder Ejecutivo, Regiones o Gobiernos Locales y
previo pago en efectivo de la indemnización justipreciada que incluya
compensación por el eventual perjuicio, El Artículo 3° dispone que el único
beneficiario de una expropiación es el Estado. El Artículo 9°, está referido al
Trato Directo, y en los apéndices 9.1, 9.2, 9.3; 9.4, 9.5 y 9:6; se establecen los
mecanismos para acceder al trato directo; así como, los respectivos pasos
para enmarcar los acuerdos a la Ley. El Artículo 10°, establece la naturaleza
del sujeto activo de la expropiación y el Artículo 11 la del sujeto pasivo de la
expropiación.
El Artículo 15°, está referido a la indemnización justipreciada, la misma que
por un lado comprende el valor de tasación comercial debidamente
actualizado del bien que se expropia y por otro, la compensación que el
sujeto activo de la expropiación debe abonar en caso de acreditarse
fehacientemente daños y perjuicios para él sujeto pasivo originados
inmediata, directa y exclusivamente, por la naturaleza, forzosa de la
transferencia. Asimismo, el inciso 15.3 del mismo artículo establece que la
indemnización justipreciada no podrá ser inferior al valor comercial
actualizado, ni exceder de la estimación del sujeto pasivo. El Artículo 16°
establece que el valor del bien se determinara mediante tasación
comercial actualizada que será realizada exclusivamente por el Consejo
Nacional de Tasaciones. El Artículo 19° referente a la forma de pago,
establece que la consignación de la indemnización justipreciada,
debidamente actualizada, se efectuara necesariamente en dinero y en
moneda nacional.
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Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín”
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2.4.17 Decreto Supremo No. 20.04- MTC
Mediante el Decreto Supremo No. 20 - 04 - MTC se adiciona al Artículo 1°
del Decreto Supremo No. 011 - 93 - TC, el siguiente texto: "En la Franja
Amazónica que se encuentra a menos de 500 metros sobre el nivel del mar,
la afectación se extenderá hasta una distancia de 15 kilómetros a cada
lado del eje de las carreteras.
2.4.18 Decreto Supremo No. 037-96-EM. Normas para el Aprovechamiento de
Canteras
El Decreto Supremo No. 037- 96 - EM, en su Artículo 1°, establece que las
canteras de materiales de construcción utilizadas exclusivamente para la
construcción, rehabilitación o mantenimiento de obras de la infraestructura
que desarrollan las entidades del Estado directamente o por contrata,
ubicadas dentro de un radio de veinte kilómetros de la obra, o dentro de
una distancia de hasta seis kilómetros medidos a cada lado del eje
longitudinal de las obras, se afectarán a estas durante su ejecución y
formaran parte integrante de dicha infraestructura. El Artículo 2° se
establece que, previa calificación de la obra por el Ministerio de
Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, informaran al
registro Público de Minería el inicio de vía ejecución de las obras y la
ubicación de estas. Asimismo, él artículo 3 no limita los derechos de los
denuncios, concesiones y petitorios mineros solicitados o concedidos con
anterioridad a su vigencia.
2.4.19 Términos de Referencia para Elaborar Estudios de Impacto Ambiental en la
Construcción Vial
Por Resolución Ministerial Nº 171-94-TCCI15.03 (27 Abril 1994), se aprobó
los términos de referencia para elaborar Estudios de Impacto Ambiental
en proyectos viales, de los cuales se derivan los Términos de Referencia
específicos que sustentan el contenido del Estudio de Impacto
Ambiental del Proyecto “Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires
- Puerto Los Ángeles - Santa Catalina - Flor De Mayo, margen Izquierda
del río Mayo, distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, región
San Martín”.
De acuerdo a esta Resolución Ministerial vigente se resuelve:
Artículo 1°: Aprobar los términos de referencia para Estudios de Impacto
Ambiental en la Construcción Vial, que en un Anexo forman parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 2°: La ejecución de Proyectos de Infraestructura Vial
previamente a la iniciación de sus actividades debe contar con un
Estudio de Impacto Ambiental aprobado por la Dirección General de
Medio Ambiente.
2.4.20 Resolución Ministerial No. 188 - 9T - EMNMM
Los Artículos de la Resolución Ministerial No. 188 - 97, publicada el 1215197,
establecen las medidas a tomar para el inicio o reinicio de las actividades
de explotación de canteras de materiales de construcción, diseño de tajos,
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minado de las canteras, abandono de canteras, acciones al término del
uso de la cantera, y los plazos y acciones complementarias para el
tratamiento de las canteras.
2.4.21 Decreto Supremo N° 087-2004 PCM
Con el que se aprueba el Reglamento de Zonificación Ecológica
Económica, estableciéndose su naturaleza, fines y objetivos, indicándose
además que es un proceso dinámico flexible para la identificación de
diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado,
basado en la unión de sus potencialidades y limitaciones, con criterios
físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales, orientado a la toma de
decisiones sobre los mejores usos del territorio, considerando las
necesidades de la población que la habitan en armonía con el ambiente.
2.4.22 Ordenanza Regional N° 012-2006-GRSM/CR
Documento Técnico legal regional con el que se aprueba la Macro
Zonificación Ecológica Económica de la Región San Martín, así como sus 14
mapas temáticos, convirtiéndose con ello en un instrumento de carácter
obligatorio a tenerse en cuenta en la planificación y ejecución de
actividades en todo el territorio regional.
2.5. MARCO INSTITUCIONAL
En el área del tramo carretero, básicamente, están presentes instituciones
públicas como el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de
Agricultura, Fondo Nacional de Compensación para el Desarrollo (apoyando con
programas específicos en agricultura e infraestructura social), las municipales
distritales y el Proyecto Especial Alto Mayo, cuya labor se enmarca en el
desarrollo de acciones orientadas al apoyo del sector agropecuario mediante
ejecución de obras de infraestructura de riego para ampliar la frontera agrícola
bajo riego, obras de rehabilitación de caminos, vecinales, diversificación de la
producción agrícola. En las poblaciones asentadas se encuentra la presencia
fundamentalmente de la Iglesia Católica y Evangélica. En cuanto a las
organizaciones no gubernamentales (ONG) existe a nivel departamental más de
una veintena de organizaciones no gubernamentales de las cuales, entre las
principales con presencia en el ámbito del tramo de la carretera en estudio,
están CEDISA (Centro de Desarrollo de la Selva Alta), Programa de Desarrollo
Alternativo (PDA), ITDG – Soluciones Prácticas, Urku Cultivos Amazónicos, Centro
de Investigación, Cooperación Alemana (GTZ), Paz y Esperanza, así como
asociaciones de agricultores principalmente de cafetaleros, en los que se
destacan a la Asociación de Productores del Valle del Alto Mayo (APAVAM),
entre otros.
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2.6. BASES TÉCNICAS
En la elaboración del EsIA se han tenido como referencia fundamentalmente los
documentos siguientes:
· Libro de Consulta para Evaluación Ambiental del Banco Mundial,
Trabajo Técnico Número 139: Directiva Operacional del Banco Mundial
4.00, Anexo A: "Evaluación Ambiental", Anexo Al y Anexo A2.
· Manual Ambiental para el Diseño y Construcción de Vías. PERT-MTC.
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2.7. ANTECEDENTES
El tramo de carretera Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) -
Flor De Mayo, se inicia en la Margen Izquierda del Río Mayo, próximo a la
ciudad de Moyobamba, permitiendo la conexión entre las localidades
primero mencionadas y las ciudades más importantes de la región como su
capital, Tarapoto, Bellavista, Juanjuí y Tocache por el Sur, así como con
Rioja y Nueva Cajamarca por el Norte, facilitando con ello y en ambos
sentidos la comunicación con la costa de nuestro país.
La carretera en estudio conecta y facilita la comunicación vía terrestre de los
centros poblados asentados en el sector Nor Este de la Cuenca Alta del río
Mayo, constituyéndose además en un eje fundamental para la
intercomunicación con el fértil Valle de Santa Catalina.
Durante los últimos años, en el Perú las condiciones sociales y de producción
en general, se han visto afectadas por motivos de deterioro de los accesos a
zonas productoras y poblaciones rurales, como las de las localidades del
departamento de San Martín, que dependen fundamentalmente de las
carreteras y caminos vecinales del ámbito rural.
Actualmente la Carretera Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina - Flor De
Mayo encuentra en condiciones prácticamente de intransitabilidad,
careciendo de todo tipo de pavimento; en época de lluvias, el tránsito es
sumamente dificultoso por falta de conservación vial, obras de drenaje y las
condiciones en general que garanticen su serviciabilidad.
Para coadyuvar en parte, a la solución de los problemas sociales y
económicos de las zonas rurales, y en particular para incrementar la calidad
de vida de su población, así como para restablecer la comunicación entre el
campo y la ciudad, el Gobierno Regional de San Martín y el Proyecto Especial
Alto Mayo, se han fijado metas concretas, una de éstas consiste en
incrementar la inversión prioritaria en la rehabilitación y mejoramiento de la
infraestructura de transporte que haga posible la reactivación económica.
Para la construcción de proyectos viales es necesario realizar previamente
diferentes estudios que demuestren tanto su viabilidad técnico – económica,
así como su factibilidad ambiental, el cual se refiere a la determinación y
evaluación de los impactos que una carretera produce en los sistemas
naturales y antrópicos (rurales y urbanos) de su área de influencia;
complementado con medidas de prevención, control y mitigación y
oportunidades ambientales de desarrollo asociadas con la ejecución del
proyecto, en el marco de la ordenación y gestión ambiental, promoviendo el
desarrollo integral, descentralizado y sostenible para el mejoramiento de la
calidad de vida de la población. En este contexto y en concordancia con la
política ambiental nacional es necesario contar con el correspondiente
Estudio de Impacto Ambiental, el cual es consecuencia del cumplimiento de
la Ley General del Ambiente, la Ley del Sistema Nacional de Evaluación
Ambiental, la Ley N° 26786 de Evaluación de Impacto Ambiental para Obras y
Actividades, principalmente dirigido a evitar el deterioro del entorno como
consecuencia de las obras de construcción de la Carretera en mención.
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2.8. OBJETIVOS DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
El Estudio de I mpacto Ambiental (EsI A) del Proyecto “Mejoramiento
del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) –
Flor del Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia
de Moyobamba, San Martín”, tiene por finalidad definir las medidas de
mitigación de los impactos ambientales que pudieran generarse por la
ejecución y puesta en marcha del proyecto. Tales medidas están
incorporadas en los diseños definitivos y especificaciones técnicas del
proyecto de construcción de la carretera.
En este contexto, el EsIA:
¨ Identifica, predice y cuantifica los impactos ambientales que la obra
podría ocasionar en los diversos componentes del medio ambiente; así
como los que podrían ser ocasionados por el medio ambiente sobre la
obra;
¨ Evalúa los impactos potenciales que se presenten durante la ejecución
del proyecto por ubicación de campamentos, canteras, movimiento de
tierras, botaderos para la eliminación de excedentes de corte,
desperdicios, derrumbes; así como otros aspectos de tipo topográfico,
hidrológico, geológico, etc., que permiten predecir con mayor precisión
los impactos que se generan en el entorno ambiental por la ejecución del
proyecto de construcción de la Carretera en mención;
¨ Presenta el Plan de Manejo Ambiental para evitar y/o mitigar los
impactos indirectos, cuantificándose los costos de implantación del plan;
y
¨ Presenta un Plan de Contingencias para afrontar posibles accidentes en
obra, de una manera rápida y efectiva.
2.9. UBICACIÓN Y ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO
2.9.1 Ubicación
El tramo de Construcción de la Carretera Buenos Aires Santa Catalina
(Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo tiene una longitud aproximada
de 20 + 761.80 Km. se encuentra ubicada en una altitud promedio de
850 m.s.n.m., entre las coordenadas UTM: X= 287647 – Y=9310047 y X=
290129 – Y= 9295456
Políticamente, se encuentra ubicada en:
Localidades : Buenos Aires - Santa
Catalina – Flor De Mayo
Distrito : Moyobamba
Provincia : Moyobamba
Región : San Martín
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2.9.2 Vías de Acceso
El acceso a la zona donde se inicia el tramo de Construcción de la
Carretera Buenos Aires - Santa Catalina - Flor De Mayo (L = 20 + 761.80
Km. aproximadamente), es a través del sector Motilones, puente en
actual construcción, a 2.00 Km aproximadamente de la ciudad de
Moyobamba.
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2.9.3 Delimitación del área de Influencia Directa
El área de influencia directa del proyecto está incluida en la Figura 02,
como una faja a lo largo de la carretera de aproximadamente 200 m
de ancho (100 m a cada lado del eje), en la cual el entorno ambiental
es afectado directamente por las obras y sus instalaciones; por tal
motivo incorpora, campamentos, patios de máquina, talleres,
almacenes, centros poblados y propiedades rurales ubicados sobre el
derecho de vía, las canteras y sus caminos de acceso, el área donde
se ubicará los materiales excedentes de cortes, entre otros. La
descripción de los impactos generados por la ejecución del presente
proyecto se referirá principalmente a esta zona de influencia, puesto
que es el área en donde se observa con mayor facilidad la alteración
del entorno en sus diferentes manifestaciones.
En esta zona también se encuentran las poblaciones directamente
beneficiadas, es decir Carretera Buenos Aires – Santa Catalina
(Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo. Se adjunta el plano de área de
influencia directa en los anexos.
2.9.4 Delimitación del área de Influencia Indirecta
El área de influencia indirecta del proyecto, se ubica dentro de una
escala regional, incluyendo localidades alejadas de la zona de
ejecución de las labores de construcción que se encuentran dentro de
las cuencas que cruzan o tienen contacto con la vía. También se
deben incluir dentro del área de influencia indirecta las poblaciones
ubicadas en los recorridos de acceso a la ubicación del proyecto, ya
que esta vía es la única que les permitirá acceder de manera fácil,
rápida y económica al resto de las provincias y por lo tanto a la región
y el país, con la finalidad fundamental de poder comercializar sus
productos y acceder a mejores condiciones de vida; teniéndose en
cuenta además que esta área también se verá influenciada por el
incremento de las actividades y flujo automotor.
Es de singular importancia considerar también al componente
ambiental como área de influencia indirecta, puesto que el proyecto
se encuentra ubicado en cabeceras de quebradas importantes como
Juninguillo y otras. Tal condición es probablemente la que deberá
determinar las características técnicas y viabilidad de ejecución del
presente proyecto, teniendo en cuenta que esta situación podrá
afectar de manera significa e irreversible la estabilidad ambiental de
las cuencas en mención.
En las Figura 02 y 03 se puede apreciar la delimitación de las zonas de
influencia (Figura 02), superpuestas con la Zonificación Ecológica
Económica del Alto Mayo (Figura 03), nótese que gran parte de estas
áreas están destinadas para cultivos permanentes y forestales de
acuerdo al estudio mencionado, además de las otras siete
clasificaciones. Se adjunta el plano de área de influencia indirecta en
los anexos.
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Figura 02: Zona de Influencia Directa e Indirecta del proyecto
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Figura 03: Ubicación del Proyecto en función de la Zonificación Ecológica Económica del
Alto Mayo.
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2.10. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO
Se ha tomado en consideración los lineamientos del Manual de Diseño de
Carreteras No Pavimentadas con Bajo Volumen de Transito, aprobado mediante
Resolución Ministerial No. 303-2008-MTC/02 del 04 de Abril del 2008.
El proyecto busca en toda su dimensión mejorar el servicio vial de la Carretera
Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo a través del
mejoramiento de su infraestructura, puesto que la carencia de una vía en buenas
condiciones que permita un tránsito fluido y seguro disminuye la posibilidad de que
las localidades asentados en esa zona desarrollen económica y socioculturalmente,
condenando a sus pobladores a vivir en el atraso y la pobreza, sin acceso a los
servicios básicos y la competitividad de este mundo globalizado. De lo descrito se
resume la importancia de la ejecución del proyecto considerando que el ser
humano es el fin supremo de la sociedad y brindarle las condiciones necesarias
asegura su performance en el camino por realizarse como ciudadano.
La alternativa elegida para la ejecución del proyecto, por su rentabilidad, tiene
como metas:
· 20 + 761.80 Km. de longitud de carretera a nivel de afirmado de 0.35 m de
espesor, 6.50 m de ancho de plataforma y bermas de 0.50m a cada lado
· Construcción de obras de arte necesarias para su adecuada operación:
- 01 puente de concreto armado.
- 05 pontones de concreto armado.
- 02 alcantarillas tipo marco de concreto armado.
- 177 alcantarillas tipo tubo metálico corrugado.
- 1,662.00 m de cuneta rectangular (0.50x0.50m) de concreto simple.
- 41,422.50 m de cuneta triangular (1.25x0.50m) de concreto simple.
2.10.1. Resumen de las Características técnicas del Estudio
Carretera
Carretera Buenos Aires – Santa Catalina -
Flor De Mayo
Longitud total 20.042 Km.
Categoría Camino Vecinal
Tipo de Pavimento Afirmado Granular E=0.35 m
Velocidad de diseño 30 Km/hora
Radio de curva horizontal
Radio mínimo normal 30.00 m.
Radio excepcional 25.00 m.
Pendiente máxima 10%
Peralte máximo 8%
Peralte mínimo 2.50%
Bombeo 2.50%
Anchos de calzada 5.50 m.
Anchos de berma 0.50 m.
Ancho de plataforma 6.50 m.
Sobre ancho De acuerdo al radio de curvas
Long. Min. Curva Vert. 40.00 m.
Cunetas Lat. Triang 1.25 x 0.50 m.
Cunetas Lat. Rect. 0.50 x 0.50 m.
Talud de relleno 1:1.5 (V: H)
Talud de corte 3:1 (V: H)
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2.10.2. CRITERIOS DE DISEÑO
2.10.2.1. Índice medio diario anual
La carretera se diseña para un volumen de tránsito que se
determina por la demanda diaria que cubrirá, calculado como el
número de vehículos promedio que utilizan la vía por día
actualmente y que se incrementa con una tasa de crecimiento
anual, normalmente determinada por el MTC para las diversas
zonas del país. Para nuestro caso se ha determinado el IMD en 34
(Según Perfil Viable)
2.10.2.2. Velocidad de diseño
La velocidad de diseño es muy importante para establecer las
características del trazado en planta, elevación y sección
transversal de la carretera.
Definida la velocidad del diseño para la circulación del tránsito
automotor, se procederá al diseño del eje de la carretera,
siguiendo el trazado en planta compuesto por tramos rectos (en
tangente) y por tramos de curvas circulares y espirales.
Y similarmente del trazado vertical, con tramos en pendiente rectas
y con pendientes curvilíneas, normalmente parabólicas. La
velocidad de diseño está igualmente relacionada con el ancho de
los carriles de circulación y, por ende, con la sección transversal por
adoptarse. La velocidad de diseño es la que establecerá las
exigencias de distancias de visibilidad en la circulación y,
consecuentemente, de la seguridad de los usuarios de la carretera
a lo largo del trazado.
a. Definición de la velocidad de diseño
La selección de la velocidad de diseño será una consecuencia
de un análisis técnico económico de alternativas de trazado que
deberán tener en cuenta la orografía del territorio. En territorios
muy accidentados será muy costoso mantener una velocidad
alta de diseño, porque habría que realizar obras muy costosas
para mantener un trazo seguro. Ello solo podría justificarse si los
volúmenes de la demanda de tránsito fueran muy altos.
El diseño se adapta en lo posible a las inflexiones del terreno y,
particularmente, la velocidad de diseño deberá ser bastante
baja cuando se trate de sectores o tramos de orografía más
accidentada.
b. Velocidad de circulación
La velocidad de circulación corresponderá a la norma que se
dicte para señalizar la carretera y limitar la velocidad máxima a
la que debe circular el usuario, que se indicará mediante la
señalización correspondiente.
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2.10.2.3. Sección transversal de diseño
Este acápite se refiere a la selección de las dimensiones que debe
tener la sección transversal de la carretera, en las secciones rectas
(tangente) y en los diversos tramos a lo largo de la carretera
proyectada.
Para dimensionar la sección transversal, se tendrá en cuenta que
las carreteras de bajo volumen de tránsito, solo requerirán: a) Una
calzada de circulación vehicular con dos carriles, una para cada
sentido; y b) Para las carreteras de menor volumen, un solo carril de
circulación, con plazoletas de cruce y/o de volteo cada cierta
distancia.
El ancho de la carretera, en la parte superior de la plataforma o
corona, podrá contener además de la calzada, un espacio lateral
a cada lado para bermas y para la ubicación de guardavías, muros
o muretes de seguridad, señales y cunetas de drenaje.
La sección transversal resultante será más amplia en territorios
planos en concordancia con la mayor velocidad del diseño. En
territorios ondulados y accidentados, tendrá que restringirse lo
máximo posible para evitar los altos costos de construcción,
particularmente más altos en los trazados a lo largo de cañones
flanqueados por farallones de roca o de taludes inestables.
2.10.2.4. Tipo de superficie de rodadura
Se ha considerado que básicamente se utilizará el siguiente
material y tipo de superficie de rodadura:
Es importante indicar que los criterios más importantes a fin de
seleccionar la superficie de rodadura para una carretera afirmada,
establecen que a mayor tránsito pesado, medido en ejes
equivalentes destructivos, se justificará utilizar afirmados de mayor
rendimiento y que el alto costo de la construcción debe impulsar el
uso de materiales locales para abaratar la obra. También es
importante establecer que la presión de las llantas de los vehículos,
deben mantenerse bajo las 80 (psi) libras por pulg de presión para
evitar daños graves a la estructura de los afirmados.
2.10.3. ACTIVIDADES IMPACTANTES EN LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
Es necesario identificar las actividades que durante la ejecución del
Proyecto podrán producir impactos en los diferentes factores ambientales,
así tenemos:
2.10.3.1.Etapa preliminar / obras provisionales y obras preliminares
a. Campamento de Obra (Limpieza del terreno).Se refiere a todas
las actividades de roce y remoción de vegetación así como el
acomodo del terreno, especialmente a aquellas que tengan
que ver con nivelados y perfilados manuales y que facilitaran la
posterior instalación del campamento, almacén y patio de
maquinarias. Cabe indicar que todas las instalaciones auxiliares
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contaran con la debida reglamentación ambiental, de
seguridad y salud ocupacional.
b. Roce y deforestación. Incluye la remoción de la vegetación
arbustiva próxima al lugar en el que se instalara el personal y
todos los equipos de trabajo. Para la presente actividad está
programada la habilitación de 26.57 Ha.
CUADRO N° 01: Desbroce de vegetación en el proyecto de acuerdo
al Expediente
DESCRIPCIÓN UNIDAD METRADO
ROCE Y DEFORESTACIÓN HA 26.57
ACONDICIONAMIENTO DE DME’s HA 1
2.10.3.2.Etapa de Construcción:
a. Replanteo y control topográfico. De acuerdo a los estudios
topográficos y teniendo en cuenta los criterios geomorfológicos
se establecerá el trazo de la vía, realizando los ajustes necesarios
cuando lo requiera.
b. Eliminación de material orgánico. Para la presente actividad se
destinaran espacios donde serán destinados todo el material
orgánico producto de los procesos de perfilado y corte de
material suelto ejecutados en la etapa preliminar / obras
provisionales y en las actividades de trazo y replanteo preliminar;
para tal fin se tiene destinado 16,190.62 m3 de material orgánico.
c. Eliminación de material inadecuado. Para la presente actividad
se destinaran espacios donde serán destinados todo el material
inadecuado o inorgánico el cual no volverá a ser reutilizado;
para tal fin se tiene destinado 75.23 m3 de material orgánico.
d. Acceso y habilitación de canteras. Es una de las labores
importantes por el impacto que significa en los factores
ambientales. De acuerdo al estudio viable el proyecto contara
con la habilitación de 10,000 m2 de terreno debidamente
saneado y autorizado.
e. Apertura de botaderos. Se denomina como botaderos a los
espacios en donde serán dispuestos todo el material de corte
sobrante. Su ubicación y capacidad dependerá mucho de las
características de pendiente, cercanía a fuentes de agua y
disponibilidad de los propietarios a destinar sus predios a este fin.
El material destinado a estos botaderos es de 101,000 m3.
Excepcionalmente se tendrá un lugar específico donde se
eliminara el material inadecuado cuyo área promedio
corresponde a 1 ha.
f. Movilización y desmovilización de equipos. Incluye el transporte,
instalación, operación, desmontaje y transporte de regreso de
todos los equipos y maquinaria a ser utilizados en la etapa de
construcción.
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g. Movimiento de tierras. Igualmente este rubro contempla algunas
actividades transversales. De acuerdo a las actividades a
considerar en el Expediente Técnico del Proyecto se tiene los
siguientes metrados resumidos:
CUADRO N° 02: Movimiento de Tierras en el proyecto de acuerdo al
Expediente
DESCRIPCIÓN UNIDAD METRADO
ELIMINACIÓN DE MATERIAL ORGANICO m3 16,190.62
ELIMINACIÓN DE MATERIAL INADECUADO m3 75.23
APERTURA DE BOTADEROS m3 2,500.00
REPOSICIÓN DE MATERIAL ORGANICO m3 16,190.62
REPOSICIÓN DE MATERIAL INADECUADO m3 75.23
CORTE DE MATERIAL SUELTO m3 88,975.39
CONFORMACIÓN DE TERRAPLENES CON
MATERIAL DE PRESTAMO
m3 62,033.71
CONFORMACIÓN DE MATERIAL EN
BOTADEROS
m3 1,000.00
EXCAVACIÓN MANUAL PARA CIMENTACIÓN m3 418.36
EXCAVACION PARA ESTRUCTURAS CON
EQUIPO (ALCANTARILLAS, BADENES Y
MUROS)
m3 6,615.51
RELLENO COMPACTADO CON MATERIAL
SELECCIONADO
m3 2,757.27
ELIMINACION DE MATERIAL EXCEDENTE m3 4,833.50
EXCAVACION PARA ESTRUCTURAS CON
EQUIPO
m3 2,754.70
EXCAVACION PARA ESTRUCTURAS CON
EQUIPO BAJO AGUA
m3 1,471.35
RELLENO SOBRE ESTRUCTURA m3 2259.84
h. Construcción de pontones, muros de contención, badenes,
alcantarillas y cunetas. En esta serie de actividades se
encuentran las denominadas obras de arte, que incluyen una
serie de rubros más específicos, tales como el uso de concreto,
acero, tareas de encofrado y desencofrado, excavaciones,
entre otros. De acuerdo a los estudios hidrológicos del Sistema de
Drenaje y Obras de arte, podemos resumir de la siguiente
manera:
CUADRO N° 03: Obras de Arte de arte y drenaje
DESCRIPCIÓN UNIDAD METRADO
PONTONES und 12
MUROS DE CONTENCIÓN m2 578.32
ALCANTARILLA TMC Ø 24’’ m 72.09
ALCANTARILLA TMC Ø 36’’ m 362.07
ALCANTARILLA TMC Ø 48’’ m 93.15
ALCANTARILLA TMC Ø 60’’ m : 95.58
ALCANTARILLA TMC Ø 72’’ m 25.11
CUNETAS REVESTIDAS m 22,192.04
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i. Explanaciones y pavimentos. Son una serie de actividades
destinadas a la conformación de la superficie de rodadura de la
carretera; aquí se incluyen: movimiento de tierras, uso de
maquinarias, perfilados, cambio de trazo. Así mismo la
Imprimación con emulsión asfáltica, Colocación de los
tratamientos superficiales Capa Seal: A - Monocapa y B – Slurry
Seal. Es un rubro fundamental por el objetivo del proyecto.
j. Limpieza y acondicionamiento. En este rubro se incluye también
la fase de abandono, ya que ello significa la inmovilización y
desmovilización de la maquinaria y equipos. Se tiene que
además trasladar los residuos sólidos generados y clausurar los
botaderos utilizados.
Las actividades de la Etapa de Operación y la Etapa de Mantenimiento se
describen en el ítem V: Determinación de los impactos ambientales directos
e indirectos del Proyecto.
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III. DESCRIPCIÓN DE LA LÍNEA DE BASE AMBIENTAL
3.1. AMBIENTE FÍSICO.
3.1.1. Geología regional.
La descripción de la Geología Regional se ha realizado tomando como
referencia información geológica básica compilada de los precitados
estudios anteriores. Justificándose que el carácter de la geología regional
es requerido para estudios de mayor influencia como presas, para la
realización de carreteras existe un límite de influencia geológico-
estructural.
3.1.2. Geología local.
La franja vial está emplazada en depósitos fluviales, coluviales, aluviales,
eluviales, residuales, con un mínimo de afloramiento rocoso, presentando
en sus cercanías zona de cantera de arenisca y arenas de grano fino a
grueso de color amarillo blanquecino a lo largo de casi todo el recorrido.
Los afloramientos de roca son puntuales y sólo se presentan como
evidencia por la cobertura presente; las quebradas existentes son de
cuidado ya que en éstas desaguan las áreas de cultivos. El sistema de
drenaje que se establece para la zona es sub-dendrítico / sub-paralelo. La
presencia de afloramiento rocoso que puede suministrar material de
agregados como arenas de grano fino, medio y grueso
3.1.3. Geomorfología.
El área de estudio se ubica en la parte septentrional de Perú, exactamente
en la faja sub andina junto al valle del alto mayo. La mayor parte del
estudio tiene lugar en la faja sub andina que tiene una orientación NO – SE
(Imagen Geo. 01 y Geo. 02), con características de un desarrollo
geotectónico reciente (Paleógeno - Neógeno)
En la zona de estudio se ha determinado dos unidades geomorfológicas
claramente marcadas y extensas.
- Lomadas.- Unidad que presenta relieves suaves y ondulados, se dispone en
forma transicional entre la depresión del Alto Mayo y la ladera oriental de
la montaña Cahupanas. Posee altitudes que no exceden los 1000 m.s.n.m,
presentando pendientes de 15 y 25%. (Fotografía Geo. 04).
- Depresión del Alto Mayo.- Depresión emplazada a lo largo de la cuenca
del río Mayo, tienen un rumbo general de NO – SE con un ancho variable
superior a 5 km, cuya superficie es una cuenca de desopilación
sedimentaria conformada por relleno aluvial y fluvial del Holoceno
disponiéndose en forma de terrazas.
3.1.4. Estratigrafía.
En toda la zona de estudio sólo se observa diferentes tipos de rocas en
forma de evidencias y no de grandes afloramientos, en los cuales se
reconocen las siguientes formaciones:
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- Grupo oriente.- Descrita como formación Oriente por KUMMEL, B. (1946)
quien las describe como una secuencia de areniscas cuarzosas del oriente
peruano de ahí su nombre, diferenciando siete miembros los que
posteriormente fueron elevados a la categoría de grupo por ZEGARRA, J &
OLAECHEA, J. (1970).
En el área de estudio este grupo tiene presencia a través de la última
formación presente en ella, la formación Aguas Calientes.
- Formación aguas calientes.- Descrita inicialmente por MORÁN, A & FYFE, D.
(1933) en el río Pachitea, más tarde KUMMEL, B (1946) La define así en la
quebrada del mismo nombre, ubicada en las montañas de Contamana,
donde midió una sección de 270 m de grosor, posteriormente fue elevada
a la categoría de formación por ZEGARRA, J & OLAECHEA, J. (1970).
La formación Agua Caliente está constituida por una secuencia monótona
de areniscas cuarzosas de color blanco a gris claro, o amarillento a pardo
rojizas.
La relación estratigráfica que posee la formación Agua Caliente con las
formaciones Chonta y Esperanza, suprayacente e infrayacente
respectivamente es concordante y transicional a ambas formaciones.
Edad y Correlación.- Se le asigna una edad correspondiente al Albiano –
Cenomaniano y se correlaciona con la parte superior del grupo
Goyllarisquizga en el área del Marañón y con el tope del grupo Oriente de
la faja sub andina.
- Formación chonta.- Nombre adoptado por MORÁN & FYFE(1993) para
describir una secuencia de 400 m., constituida de calizas cremas a gris
claras, margas, esquistos margosos y arcillosos y algunas areniscas y calizas
en la base, en la isla Chonta en el bajo Pachitea, departamento de
Huánuco.
Está compuesta por una intercalación de lutitas grises suaves, bien
laminadas y fosilíferas; calizas de 0.2-1.00 m., de grosor, que en conjunto
forman bancos de varias decenas de metros, con grandes escarpas; y
areniscas subarcósicas a subliticas pardo amarillenta, compactas con
cemento calcáreo en la base. Siendo la parte media una constitución de
calizas micríticas fosilíferas y biomicríticas grises muy compactas, con
estratificación gruesa, así como calizas en capas delgadas de color crema
con aspecto noduloso, presenta también algunas intercalaciones de limo
arcillitas gris verdosa.
Edad y Correlación.- Pertenece al tiempo del Albiano - Turoniano y es
correlacionable con las formaciones Chulec y Pariatambo y con los grupos
Pulluicana y Quilquiñán que afloran en la cordillera occidental en la
cuenca Cajamarca.
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- Formación vivian.- Es una unidad que está constituida por areniscas
blancas de grano fino a grueso, bien estratificada formando capas de 0.10
m. a 0.6 m., en ocasiones están compuestas por cuarzo y algunos
fragmentos líticos bien clasificados. Su clasificación corresponde a cuarzo-
arenitas y areniscas cuarzosas de grano medio a fino, deleznables con un
aspecto sacaroide, con un grosor variante entre 60 – 100 metros.
Edad y Correlación.- Se asume una edad Coniaciana - Santoniana;
correlacionándose con la formación Areniscas de azúcar que aflora en el
río Pachitea.
- Formación Yahuarango.- Tiene su localidad típica en la quebrada
Yahuarango, región Santa Clara, KUMMEL (1946), describe una secuencia
compuesta de lutitas rojas, con intercalaciones de limo arcillitas
compactas.
Presenta una serie de lodolitas rojas con tonos gris verdosos a rojizos, con un
horizonte de conglomerados con cantos redondeados de areniscas
calcáreas, continua hacia arriba una intercalación de areniscas gris claras
en capas de 0.15 m., a 0.20 m., de grosor, y lodolitas rojas, esta secuencia
tiene superficies onduladas y estratificación cruzada
Edad y Correlación.- En otros sectores, esta formación ha presentado
macrofósiles de Porochara Gildemestericostata BLISSENBACH que indicia el
Paleoceno. Y se correlacionaría con el Grupo Huayabamba que aflora en
el oriente del Perú.
- Formación Ipururo.- Se describe de la quebrada Ipururo, en el distrito de
Contamana en el departamento de Loreto, una secuencia de areniscas
grises a brunas, con intercalaciones de lodolitas.
Está constituida por una secuencia, de la base al tope, por areniscas de
grano grueso a medio, mal clasificadas, con lentes de conglomerados y
lutitas en capas delgadas, generalmente de coloración rojiza presentando
ocasionalmente tonos pardo-amarillentos; continuando lodolitas, lutitas y
lodolitas rojas a moradas en capas delgadas a medianas; para finalmente
presentar areniscas rojas de grano medio a grueso, y algunos niveles
lenticulares de conglomerados
Edad y Correlación.- Formación perteneciente al Mioceno, y se
correlaciona con las formaciones Cuzutca y Orteguaza del oriente del
Perú.
3.1.5. Geología estructural.
En el área de estudio se encuentra una falla de rumbo NW-SE; la cual
intercepta nuestra área de trabajo en una zona imperceptible a la
observación directa porque se encuentra debajo de las zonas de cultivo,
pero ha sido inferida y se tiene la ubicación aproximada en el área de
trabajo entre Km. 05+000 y Km. 08+000.
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Las fallas rumbo son principalmente el resultado de eventos epirogénicos
que no son susceptible cálculo exacto de cuando sucedió o cuando
sucederá nuevamente.
Una falla es activa cuando deforma sedimentos cuaternarios, es decir
cuando muestra evidencias de movimientos durante los últimos 1,8 millones
de años. Algunas fallas activas suelen tener terremotos asociados lo que
demuestra que siguen funcionando.
El deslizamiento puede ser repentino en forma de saltos, lo que da lugar a
la liberación abrupta de energía generando sismos; seguido de periodos
de inactividad.
Los sismos más grandes han sido originados por desplazamientos de 8 a 12
m. los saltos también puede darse de manera lenta y continua, solo
perceptible con instrumentos tales como estaciones GPS después de varios
años de observaciones para poder apreciar deslizamientos milimétricos a
centimétricos.
Se ha reconocido afloramiento de roca, arenisca rojiza intercalado con
limo arcillitas rojiza de la formación chota, frágil a la fatiga física por el
intemperismo y saturación.
3.1.6. Sismicidad.
Según el plano de zonificación sísmica del Perú la zona del trazo del
Proyecto: Mejoramiento del Camino Buenos Aires - Santa Catalina - Flor De
Mayo., se encuentra en la Zona 2.
El factor Z para una Zona 2 según se indica en la Tabla N° 1 es 0.30, que se
interpreta como la aceleración máxima del terreno con una probabilidad
de 10% de ser excedida en 50 años.
Cuadro Nº 04: Factores de sismicidad
FACTORES DE LA ZONA
ZONA Z
3 0,40
2 0,30
1 0,15
Para cumplir con los requerimientos de la Norma de zonificación sísmica, el
Ingeniero Geotécnico elaborará los perfiles geotécnicos de los suelos, en
todo el tramo de la carretera en estudio, teniendo en cuenta las
propiedades mecánicas del suelo, el espesor del estrato, el periodo
fundamental de vibración y la velocidad de propagación de las ondas de
corte.
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Gráfico 01: Zonificación Sísmica: elaborado por la facultad de Ingeniería
Geológica
Universidad Nacional de Ingeniería (Perú – 1998)
3.1.7. Geología de superficie.
Este estudio corresponde al Reconocimiento Geológico de Superficie, en el
cual se observa una topografía con suaves variantes, densa vegetación, y
áreas de cultivo en el 95% de la extensión, en el paso de algunas
quebradas, los afloramientos rocosos son mínimos y no se identifica zonas
visibles de contacto para cambios de litología y en superficie prima el
material suelto coluvio-eluvial. Las condiciones geomorfológicas, aspectos
estructurales y procesos de geodinámica externa.
Los resultados del reconocimiento de campo, permitieron complementar el
Programa de Investigaciones de Mecánica de suelos para el solicitante, y
según los requerimientos de las obras proyectadas.
3.1.8. Clasificación geomecánica.
La descripción de cada tramo con presencia de afloramientos rocosos, se
efectuó en base a la aplicación de las Tablas de Clasificación
Geomecánica de Bieniawski, y recomendaciones de la Sociedad
Internacional de Mecánica de Rocas; criterios técnicos que permiten
definir las cualidades de los macizos rocosos como material de fundación.
Los parámetros que determinan la calidad y el comportamiento de las
masas rocosas son:
· Resistencia a la Compresión Uniaxial.
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· Grado de meteorización.
· Espaciamiento de discontinuidades.
· Alteración y relleno de fracturas, junturas, etc.
· Intervalos de discontinuidades estructurales RQD (Rock Quality
Designation).
3.1.9. Evaluación de procesos de geodinámica externa.
La ocurrencia de fenómenos de geodinámica externa observados en el
área de estudio están relacionados a la topografía, geología (litología,
grado de meteorización, rasgos estructurales, etc.) y fundamentalmente al
factor climático y su interacción con los otros factores. El área de estudio se
caracteriza por la rápida evolución de sus vertientes debido a la acción de
las lluvias, y en donde los procesos de geodinámica externa se puede
presentar pequeñas quebradas que interceptan la vía principalmente en
suelos de cobertura blandos lo que ha obligado a la proyección de
numerosas obras de arte (alcantarillas, badenes) para el cruce de estos
pasos de agua.
El proceso de geodinámica de origen hidrogravitacional, es común en el
área de estudio, ya que se produce en zonas climáticas húmedas con
litología poco consolidada y pendientes moderadas, donde tiene lugar la
hidratación y flujo gravitacional sobre el relieve, desplazándose a
diferentes velocidades mayormente bajas, de acuerdo al grado de
inestabilidad de los materiales, la topografía y las condiciones climáticas
estacionales.
En tal sentido, el estudio local se orientó a dar mayor énfasis a los aspectos
geológicos, geomorfológicos, y de mecánica de suelos, por ser éstos los
más representativos para conocer los parámetros, fenómenos y evolución
de los depósitos de suelos coluvio y/o eluvio de luviales sobre los que se
desarrolla la vía. Materia del presente estudio.
A lo largo del camino en estudio, se ha encontrado realmente pocas zonas
críticas con diferentes procesos hidrogravitacionales, los que determinan
condiciones de riesgo para la infraestructura vial que será objeto de
construcción; estos procesos son principalmente:
Chorreras: Son torrentes menores de aguas, que ocurren en surcos
divagantes, o rectos siguiendo las laderas de pendiente, cuyo origen se
debe a las precipitaciones pluviales y posterior sobresaturación de suelos.
Fisuras: Son rajaduras y/o resquebrajamientos que ocurren en la plataforma
actual. Son producidas por perdidas de soporte lateral, erosión de riberas,
reptación de suelos, deslizamientos activos, derrumbes o por simple
hundimiento por inconsistencia en la plataforma.
Erosión de Riveras: Originada por la acción de corrientes o aguas
eventuales que tiene lugar en periodos de creciente o épocas de lluvias y
consiste en el socavamiento de los taludes en las orillas.
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Derrumbes: Son caídas repentinas de una porción de suelo o roca por
pérdida de la resistencia al esfuerzo cortante. No presenta planos o
superficies de deslizamiento.
Estos fenómenos, por su permanente recurrencia son materia de un mayor
análisis, el cual escapa a los alcances del presente estudio, por lo cual aquí
sólo se está recomendando su monitoreo permanente y la ejecución de
trabajos de remoción de escombros y limpieza de la plataforma cada vez
que se active el fenómeno.
3.1.10. Geotecnia.
Para el presente estudio, se cuenta con resultados de ensayos de
laboratorio a nivel de sub rasante y de algunas canteras seleccionadas, sin
embargo se ha creído conveniente complementar la información de
mecánica de suelos existente a nivel de sub rasante y de áreas de
préstamo.
En tal sentido las investigaciones geotécnicas consistieron en una
exploración del terreno, tanto de superficie como del subsuelo; mediante
ensayos de mecánica de suelos para determinar las propiedades físicas,
químicas, y mecánicas de las diferentes unidades de suelos en el área del
proyecto.
Con la información técnica, y complementada en la presenta fase de
campo, se procedió a una correlación de datos e interpretación de las
pruebas de laboratorio, las cuales en forma integral constituyen el presente
informe y se acompaña en tablas, cuadros de caracterización ingeniero
geológica, perfil estratigráfico, etc.
3.1.11. Clima
Temperatura.- Para la estación climatológica de Moyobamba, a lo largo
del año se registró temperaturas entre 12°C a 15°C de promedios mínimos y
29°C a 31°C de promedios máximos. El promedio anual es de 22.8°C.
Cuadro N° 05. Temperatura media anual (°C) estación Moyobamba
Estación Periodo
Meses Promedio
anualene feb mar abr may jun
Moyobamba
1981-
2009
23,1 22,4 23,2 22,6 22,9 22,2
22,75jul ago sep oct nov dic
21,9 22,3 22,8 23,1 23,2 23,3
Precipitación.- El distrito de Moyobamba cuenta con una estación
pluviométrica. Se presenta a continuación datos de precipitaciones
promedio para la zona:
Cuadro N° 06.Evapotranspiración potencial mensual y anual (mm) estación
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Moyobamba
Estación
Meses
Anual
ene feb mar abr may jun
Moyobamba
96,0 82,0 95,0 94,0 94,0 88,0
1109,0jul ago sep oct nov dic
85,0 89,0 89,0 97,0 100,0 100,0
3.1.12. Hidrología
La red hidrológica de la cuenca hidrográfica del río Alto Mayo comprende
un sector de la cuenca del río Huallaga Central con una extensión de
794,023 ha, sus tributarios principales de la margen izquierda tienen sus
nacientes en territorios de la Cordillera Oriental, algunos de ellos a más de
4,000 m.s.n.m; mientras que los principales tributarios de la margen derecha
nacen en la Cordillera Sub-Andina a unos 2,000 m.s.n.m.
El río Mayo tiene un recorrido general NO-SE y su desembocadura se
produce en las inmediaciones del poblado de Shapaja en el río Huallaga,
los sectores más anchos de su cauce son de más de 150 m y se presentan
en Marona y en el sector de Gobernador, los sectores más estrechos son
de 50 m y se presentan al cruzar las Cordilleras. En periodo de creciente, la
velocidad de corriente en el Alto Mayo es de nivel medio (0.41 m/s); por
otro lado, cuando baja el nivel de las aguas, la velocidad se torna muy
rápida, llegando alcanzar valores de 2.759 m/s en los “rápidos” presentes
debajo de la desembocadura del río Gera y, posiblemente, niveles
superiores a estos valores en los impresionantes “rápidos de Marona”.
El río Gera nace en las vertientes orientales de la Cordillera Oriental;
generalmente, su recorrido es de S-N desde sus orígenes hasta su
desembocadura en la margen derecha del río Mayo en el caserío Las
Delicias. En total tiene una longitud 30.60 Km en que el río no es navegable.
El área de su cuenca es de 20,591 ha que representa el 2.59 % de la
cuenca del Alto Mayo.
Con base a los datos obtenidos entre 1968 a 1980 el río Mayo presenta dos
periodos de creciente. El primer periodo es más pronunciado y ocurre en
los meses de marzo, abril y mayo, con el pico en el mes de abril donde al
agua alcanza el nivel promedio de 544.26 m3/s; el segundo pico de
creciente se presenta en el mes de noviembre donde la precipitación
alcanza los 463.76 m3/s. El periodo de vaciante ocurre entre los meses de
julio, agosto y setiembre, con el nivel más bajo en el mes de agosto donde
el promedio es de 254.16 m3/s. Este comportamiento hidrológico guarda
relación con el régimen de lluvias que cae en la cuenca, en cuyos valles
pueden alcanzar loa 1,900 mm anuales con promedio de 1,339 mm como
se reporta en la Estación Pluviométrica de Moyobamba.
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Gráfico 02. Registros de caudal promedio del río Mayo durante el periodo 1968-
1980 y de precipitaciones del periodo 1951- 1994 en Moyobamba.
Gráfico 03. Caudales del río Gera. (Estación Gera) 1968 al 1986.
Las aguas subterráneas constituyen el recurso menos estudiado en la
región, no existe un inventario de fuentes ni un estudio de reservas
explotables, aunque sí aprovechamiento de importancia local. Sin
embargo la magnitud del flujo base de los ríos, los rasgos lito-
estructurales y la existencia de pozos y afloramientos, evidencia la
ocurrencia en toda el área de estudio. La calidad de las aguas
subterráneas se estima debe ser igual a la de las aguas superficiales, es
decir, en general buenas, con excepción de las originadas en las
quebradas en cuyas cuencas existen formaciones geológicas con
domos salinos, yesos, calizas, etc., que generan alta salinidad y alta
mineralización.
0
100
200
300
400
500
600
0.0
20.0
40.0
60.0
80.0
100.0
120.0
140.0
160.0
180.0
Caudal(m3/s)
Precipitacióntotalmedia(mm)
meses
Precipitación media Caudal m3/s
0.00
5.00
10.00
15.00
20.00
25.00
ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SET OCT NOV DIC
m3 / s
meses
PROM MAX MIN
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De acuerdo a la evaluación realizada por la Dirección Regional de
Transportes y Comunicaciones de San Martín, los impactos que sobre el
medio, produce u originará la actividad humana, ha permitido
establecer que los impactos de mayor persistencia son los de
modificación del régimen hidrológico y de la calidad del agua. El
primero se traduce en una elevación de las descargas de avenidas y
una disminución de las descargas de estiaje, con los consiguientes
problemas de inundaciones y sequías, siendo la medida controladora o
mitigadora del impacto, la reforestación. El segundo significa un
cambio de las características físicas, químicas y/o bacteriológicas del
agua, con el siguiente impacto sobre la vida acuática; siendo el
tratamiento previo a la disposición final de los desechos y el control del
empleo de productos químicos en los procesos productivos.
Cuadro N° 07: Reporte de Inundaciones en la Cuenca del río Mayo - Periodo 2005-2008.
INUNDACIONES REPORTADAS EN LA CUENCA DEL RIO MAYO AÑO 2005-2008
PROVINCIA DISTRITO
AÑO REPORTE
POR
DISTRITO
REPORTE
POR
PROVINCIA
REPORTE
TOTAL EN
LA
CUENCA
2005* 2006* 2007* 2008*
RIOJA
AWAJUN - - 3 - 3
11
35
NUEVA CAJAMARCA 1 - 1 - 2
RIOJA - - 2 - 2
SAN FERNANDO 1 - 1 - 2
YORONGOS - - 1 - 1
YURACYACU - - 1 - 1
MOYOBAMBA
CALZADA - - 2 - 2
5MOYOBAMBA - - 2 - 2
SORITOR - - 1 - 1
LAMAS
A.DE ALVARADO - - 1 - 1
4
PINTO RECODO - - 1 - 1
S.ROQUE DE
CUMBAZA
- - 1 - 1
TABALOSOS - - 1 - 1
EL DORADO SAN MARTIN - 0 1 2 3 3
SAN MARTIN
JUAN GUERRA - - 1 - 1
12
LA B. DE SHILCAYO - - 1 - 1
MORALES 1 2 1 - 4
SHAPAJA - - 1 - 1
TARAPOTO 2 1 2 - 5
* Reportes Web. INDECI, 2008.
Fuente: Evaluación de peligros
naturales en la cuenca del río mayo.
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3.2. MEDIO BIOLÓGICO
3.2.1. Zonas de Vida
En las áreas de influencia del estudio se han identificado dos (02) Zona
de Vida basadas en la Clasificación de Zonas de Vida de Holdridge, las
cuales se encuentran a lo largo de toda la vía y en la totalidad del
distrito de Moyobamba:
- Bosque húmedo- Tropical (bh-T).- Esta formación está representada en
la zona de influencia indirecta de la vía. Representa esta zona de vida
un ecosistema de caracteres intermedios que grada hacia el bosque
muy húmedo – Tropical, situada entre 500 y 800 metros m.s.n.m. Los
ecosistemas que la caracterizan son fondos de valles encañonados,
colinas, valles y montañas, ubicadas principalmente en el sector
Suroeste Noreste del área de estudio, Debido a la falta de información
meteorológica, sólo es posible hacer una estimación de las
características climáticas de esta zona de vida, sobre la base del
análisis de interrelación entre la zona de vida precedente y el nivel
altitudinal que ocupa.
Las condiciones bíoclimáticas estimadas para este ecosistema señalan
precipitaciones promedio total anual alrededor de 2,200 mm. Con
variaciones entre 2, 000 y 2, 400 mm.
El régimen de distribución mensual es bastante regular durante el año y
sin meses deficientes en humedad. La biotemperatura promedio anual
se estima alrededor de 23.5°C. La relación evapotranspiración se
encuentra muy cerca de 0.65.
- Bosque muy húmedo - Tropical (bmh-T).- Esta formación no se encuentra
en ningún sector de la vía, pero se evidencia en sectores próximos,
motivo por el cual es identificado. De acuerdo al sistema Thomthwaite,
le corresponde un clima "ligero a moderadamente húmedo y
semicálido con nula deficiencia de agua durante el año y con una
concentración térmica normal durante el verano". El promedio total
anual de precipitaciones se encuentra alrededor de 1,700 mm. ,
variaciones entre 1,400 y 2,000 mm., y con una temperatura promedio
anual estimada en 22.5°C que fluctúa entre 21.0°C y 24°C,
aproximadamente. Se tiene una estación húmeda abundante entre
Septiembre y Mayo, excepto los meses de Diciembre y Enero, y otra de
menores precipitaciones desde Junio hasta Agosto.
La biotemperatura promedio anual se encuentra alrededor de 22.5°C y
fluctúa entre 21.0°C y 24.0°C en los niveles más altos y más bajos,
respectivamente. Se aprecia que la oscilación térmica entre los PMME
y los pmme no es muy amplia, con valores extremos de 29.9C en
Diciembre y 17.6°C en Enero, respectivamente.
El balance hídrico, bajo el sistema de Thomtwaite, pone de manifiesto
que este ecosistema presenta un índice de aridez nulo, es decir que no
se presenta deficiencia de humedad a través del año, Este valor es
corroborado con el correspondiente a la relación de
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evapotranspiración, que se ubica alrededor de 0.95. Igualmente, estos
coeficientes indican que el volumen total de Lluvia anual cubre las
necesidades de evapotranspiración potencial en todos los meses del
año. En algunos años, de precipitaciones mensuales escasas, las
deficiencias han sido cubiertas por la humedad almacenada en el
suelo.
En cuanto al aspecto de humedad relativa, se observa que el
ambiente es moderadamente húmedo, alcanzando un promedio
anual de alrededor de 83%, distribuido en forma bastante regular en el
transcurso del año.
3.2.2. Vida Silvestre
El área de estudio ha sufrido la intervención antrópica, no
encontrándose áreas boscosas primarias comprometidas directamente
en las actividades del proyecto.
La presencia de especies de la fauna silvestre en las áreas de cultivo y
pastizales acarrean conflictos siendo los más comunes los producidos
por los vertebrados e invertebrados atraídos por las cosechas, como
por ejemplo Dasyproda que come yuca, los monos y loros que comen
plátanos, papayas, maíz y cacao; asimismo algunos cultivos atraen a
aves y roedores que buscan refugio. Las aves de corral atraen a
pequeños depredadores como el ocelote, el Tayra Eirabarbara y
diversos Didelphidae (Glironia, Mamiosa, Philander, Didelphis)
Nasuanasua y otros Procyonidae; la ganadería se ve afectada por el
ataque de vampiros Desmodusrotundus. Estos problemas no pueden
ser evitados manejando la fauna en los bosques y pastizales, ya que la
proliferación de roedores y aves dañinas se produce a consecuencia
de la abundancia de alimentos que les brinda la agricultura. Las
poblaciones de pequeños depredadores también aumentan por la
disponibilidad de presas como las aves de corral. Muchas plagas, en
especial insectos y ácaros, están presentes en los pastos naturales y
cultivados.
La fauna silvestre actúa como huésped de enfermedades que pueden
afectar al ganado. De éstas, la más conocida en el trópico es la rabia,
que se mantiene en varias especies de animales salvajes, incluyendo
los murciélagos, mientras que numerosos insectos, ácaros y otros
invertebrados, actúan como vectores de enfermedades del ganado.
Muchas de estas plagas son parásitos internos o externos del ganado.
Las zarigüeyas (Didelphis), y las aves de presa constituyen peligros para
las aves de corral. Por último, los ofidios venenosos pueden producir
mortalidad del ganado y personas, sobre todo en época de cosecha
de cacao y café, causando los mayores daños las serpientes de los
géneros Bothropsy Crotalus.
El ganado también puede transmitir enfermedades nativas o
E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo,
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42
introducidas, como la aftosa y la septicemia hemorrágica, que pueden
afectar a los animales salvajes. Por su parte, los perros a veces se
emplean para controlar el ganado o cuidar las viviendas, constituyen
un permanente peligro para la fauna silvestre, ya que se sustentan de
la caza si sus dueños no los alimentan adecuadamente.
Otro potencial en fauna silvestre pero del área de influencia indirecta
del Proyecto lo constituyen el recurso “carne de monte”, llamado así
preferentemente a los mamíferos que son cazados y dedicados a la
alimentación por el poblador del distrito de Moyobamba; entre los
principales mamíferos dedicados a este uso tenemos: “picuro”,
“carachupa”, “ratones de monte”, “conejo”, entre otros.
Finalmente como uso permanente para el consumo humano en las
áreas de influencia del proyecto también se considera el recurso
hidrobiológico, proveniente principalmente del río Mayo y tributarios
mayores como el Tónchima, Yuracyacu, Soritor y Negro. A
continuación se presenta una lista de los peces más frecuentemente
capturados en dichas zonas:
Cuadro N° 08: Peces comunes en el río Mayo y tributarios principales en la
cuenca alta
N° NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO
1 Saltón Brachyplatystoma filamentosum
2 Dorado Brachyplatystoma flavicans
3 Manitoa Brachyplatystoma vaillantii
4 Mota pintada Callophysus macropterus
5 Cunchimama Paulicea lutkeni
6 Mota blanca Pinirampus pirinampu
7 Doncella Pseudoplatystoma fasciatum
8 Tigre zúngaro Pseudoplatystoma tigrinum
9 Yulilla Anodus elogantus
10 Acarahuazú Astronotus ocellatus
11 Sábalo cola roja Brycon erythropterum
12 Sábalo cola negra Brycon melanopterus
13 Tucunaré Cichla monoculus
14 Gamitana Colossoma macropomun
15 Ractacara Curimata vittata
16 Fasaco Hoplias malabaricus
17 Lisa Leporinus trifasciatus
18 Palometa Mylossoma duriventre
19 Paco Piaractus brachipomus
20 Corvina Plagioscion squamosissimus
21 Llambina Potamorhina altamazonica
22 Yahuarachi Potamorhina latior
23 Boquichico Prochilodus nigricans
24 Carachama Pterygophlychtys punctatus
25 Chambira Rhaphiodon vulpinus
26 Yaraqui Semaprochilodus amazonensis
27 Sardina Triportheus angulatus
Fuente: Elaboración propia en base a visitas al mercado central de Moyobamba.
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43
3.2.3. Cobertura Vegetal
En el ámbito de influencia del proyecto se pudo identificar la siguiente
composición de cobertura:
Cuadro N° 09: Potencialidades en flora del distrito Moyobamba
ESPECIES ARBOREAS
Fuente: Proyecto Especial Alto Mayo (2013)
Cuadro N° 10: Plantas medicinales
N° NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO
1 Ajo sacha Cordia alliodora
2 Ajo caspi Cordia sp.
3 Barbasco caspi Lonchocorpus sp.
4 Azufre caspi Symphonia globulifera
5 Azucar huayo Hymenaea palustres
6 Canela moena Nectandra sp.
7 Cudrochushohuasha Heisteria pallida
8 Herito (jagua) Genipa americana
9 Icoja Unonopsis floribunda
10 Leche caspi o huayo Couma sp.
11 Palo achiote Bixa arbórea
12 Palo azufre Symphonia globulifera
13 Oje Ficus insipida
14 Retama Cassia sp.
15 Sangre de grado Croton draconoides
16 Chiringa Hevea brasiliensis
17 Tamamuri Brosimun sp.
Fuente: Proyecto Especial Alto Mayo (2013))
N° NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO
1 Amasisa Erythrina ulei
2 Amasisa colorada Erythrina sp.
3 Anacaspi Cynometra sp.
4 Capirona Calycophillum spruceanum
5 Mashonaste Clarisia racemosa
6 Capinari Rudgea cephalante
7 Carahuasca Guatyeria sp.
8 Catamia Hura crepitans
9 Caupirí Cryanthera sp.
10 Cedro Cedrela odorata
11 Cumala Virola sp.
12 Huayruro Ormosia sp.
13 Lagarto caspi Calophyllum brasiliense
14 Lagarto moena Sacogeottis sp.
15 Maruja Simarouba amara
16 Mocua amarilla Aniba amazonica
17 Pashaco Schizolobium sp.
18 Pucaquiro Sickingia tinctoria
19 Renaco Ficus sp.
20 Requia Guarea trichiliondis
21 Topa Ochroma lagopus
22 Ismamoena Endlicheria williamsii
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Margen Izquierda del río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, Región San Martín”
44
Cuadro N° 11: Frutas silvestres
N° NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO
1 Anona Duguetia spixiana
2 Cacao Teobroma cacao
3 Caimitillo Lucuna caimito
4 Caimito Pouteria sp.
5 Guaba Inga edulis
6 Lúcuma Lucuma sp.
7 Palillo caspi Campomanesia lineatifolia
8 Pan de árbol (pandisho) Artocorpus communis
9 Sachamango Grias neuberthii
10 Shimbillo Inga sp.
11 Uvilla Coussapoa sp.
12 Zapote Quararibea cordata
Fuente: Proyecto Especial Alto Mayo (2013))
3.3. MEDIO SOCIO – ECONÓMICO
3.3.1. Población
El Censo Nacional de 2007, determinó una población total de 728,808
habitantes para el departamento de San Martín, 115,389 habitantes la
provincia de Moyobamba (15.83 % de la población departamental). El
aumento poblacional de la zona rural del distrito es principalmente por
inmigración, en busca de tierras para usar en actividades agropecuarias;
asimismo la disminución de la población urbana, es debido a que emigran
hacia la capital provincial.
Cuadro N° 12: Población urbana y rural por sexo: 2007
Área geográfica Total
Total hombre mujer
urbano % rural % urbano rural urbano rural
Departamento
San Martín
728,808 472,755 64.87 256,053 35.13 242,171 140,346 230,584 115,707
Provincia
Moyobamba
115,389 68,406 59.28 46,983 40.72 34,452 25,377 33,954 21,606
Fuente: Censo Nacional 2007 – INEI
En el período intercensal 1993-2007, se registró una tasa de crecimiento
poblacional del 1.6% a nivel nacional, 2.0% para el departamento de San
Martín, del 3.9% en la provincia de Moyobamba.
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Estudio Impacto Ambiental Carretera Buenos aires-Flor del mayo

  • 1. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 1 I. RESUMEN EJECUTIVO El objetivo general del estudio fue identificar los impactos ambientales, elaborar los instrumentos de gestión y plantear los costos que demandaran anular, atenuar y/o minimizar los impactos ambientales negativos directos e indirectos a presentarse durante la ejecución de la obra y operatividad del Proyecto “Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín”, basados en la identificación adecuada de los mismos y teniendo en cuenta las actividades a realizar para cumplir con las especificaciones que el proyecto dispone, como es la serviciabilidad adecuada a una carretera de tercera clase (según servicio). El Estudio en su primera parte presenta los Datos Generales del Proyecto, que permiten conocer los trabajos a realizarse durante el proceso constructivo de la obra, el Diagnostico Ambiental incluye aspectos físicos y biológicos, con información climatológica, identificación de las zonas de vida y sus características, geología, geomorfología, suelos, capacidad de Uso Mayor de las Tierras, cobertura y uso actual de las tierras, hidrología, vegetación, cultivos, fauna, especies silvestres amenazadas y áreas naturales protegidas por el estado cercanas al área de trabajo. Adicionalmente se establece el Potencial Turístico de la zona de influencia de la carretera, el cual es un rubro importante a considerar dentro de los impactos positivos del proyecto en el aspecto socioeconómico. Asimismo, se incluye el análisis de las condiciones externas de incidencia en la región, que incluye la provincia de Moyobamba fundamentalmente, así como las características de la actividad agropecuaria, principal fuente de ingreso de la zona de estudio. Para la identificación de los impactos ambientales a presentarse en la ejecución del proyecto, se elaboró una matriz cualitativa causa-efecto que considera las acciones del proyecto por etapas frente a los parámetros ambientales a ser afectados por la actividad. La valoración cualitativa se fundamenta en que muchos de los parámetros utilizados para los estudios ambientales no son cuantificables, con lo cual el empleo de indicadores numéricos no sería válido. La evaluación es producto del aporte de los trabajos del equipo de profesionales que participaron en el estudio, entre los que se cuentan un biólogo, ingeniero forestal, ingeniero ambiental e ingenieros civiles. El estudio de impacto ambiental presenta el Plan de Manejo Ambiental, que incluye las medidas preventivas que deberán ser implementadas a fin de mitigar los impactos negativos, asimismo se presenta los costos que deberán ser incluidos en el presupuesto de obra a fin de mitigar los efectos ambientales y sociales. Finalmente, el estudio se encuentra enmarcado en la normatividad legal vigente en el país que requiere imponer una práctica apropiada del manejo del espacio físico y de todos sus recursos naturales tratando de conservar, mejorar y recuperar la calidad ambiental que conlleva al desarrollo sostenible de la región.
  • 2. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 2 II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 2.1. NOMBRE DEL PROYECTO Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires – Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor del Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba - San Martín. 2.2. TITULAR DEL PROYECTO 2.2.1. RAZÓN SOCIAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA: Proyecto Especial Alto Mayo 2.2.2. NÚMERO DE RUC: 20172237127 2.2.3. DIRECCIÓN LEGAL: Carretera presidente Fernando Belaunde Terry Km. 493, distrito Moyobamba, provincia de Moyobamba, departamento de San Martín 2.2.4. REPRESENTANTE LEGAL: Ing. Oswaldo Jiménez Salas DNI: 00839313 2.2.5. TELÉFONO Y/O FAX: Teléfono: 042-562208, 042-562522 Fax: 042-563398 2.2.6. CORREO ELECTRONICO sgerencia@peam.gob.pe www.peam.gob.pe
  • 3. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 3 2.3. NOMBRE DE LA(S) INSTITUCIÓN(S) QUE FINANCIA(N) EL PROYECTO, LA UNIDAD FORMULADORA, LA UNIDAD EJECUTORA Y LA UNIDAD EVALUADORA DEL PIP (DE SER EL CASO) Responsabilidad Funcional del Proyecto de Inversión Pública (Según Anexo SNIP - 04) Función: 15 TRANSPORTE Programa: 033 TRANSPORTE TERRESTRE Subprograma: 0066 VIAS VECINALES Responsabilidad Funcional: TRANSPORTE Y COMUNICACIONES OPI Responsable de la Evaluación: OPI DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA Unidad Formuladora del Proyecto de Inversión Pública: Sector: GOBIERNOS LOCALES Nombre: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA – INSTITUTO VIAL Persona Responsable de Formular el PIP: ING. CARLOS RIOS LLATAS Persona Responsable de la Unidad Formuladora: ING. JAVIER VARGAS ROJAS Unidad Ejecutora del Proyecto de Inversión Pública: Grupo: GOBIERNOS LOCALES Nombre: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA Persona Responsable de la Unidad Ejecutora: VICTOR MARDONIO DEL CASTILLO REATEGUI Datos de la Declaratoria de Viabilidad N° de Informe Técnico: INFORME TECNICO Nº 046-2012-MPM-OGPI Especialista que Recomienda la Viabilidad: ING. FIORELLA MILAGROS CAMPOS LARIOS Jefe de la Entidad Evaluadora que Declara la Viabilidad: ING. FIORELLA MILAGROS CAMPOS LARIOS Fecha: 31/10/2012 Viabilidad a cargo de: OPI DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA
  • 4. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 4 2.4. MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL El marco legal está referido a la normatividad ambiental vigente y que tienen relación con la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental, no solo en cuanto a las disposiciones que determinan las pautas y exigencias para la elaboración de los estudios de impacto ambiental, sino, en lo que respecta a las regulaciones propias del uso de los recursos naturales, el marco institucional y las responsabilidades de la gestión empresarial bajo el contexto del desarrollo sostenido. El Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito Moyobamba, Provincia Moyobamba, San Martín”, se sustenta en los siguientes dispositivos legales: 2.4.1 Constitución Política del Perú La Constitución Política del Perú en el Artículo 2°, sobre los derechos fundamentales de la persona, sustenta el derecho de las personas a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. Igualmente, en los artículos 66, 67, 68 y 69, se señala que los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la nación, promoviendo el Estado el uso sostenible de estos, así como la preservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas. 2.4.2 Decreto Legislativo No. 635 Código Penal y su modificatoria por Ley 29263: Título XIII: Delitos Ambientales Los Artículos 304°, 305°, 308°, 310°, 313° y 314°, establecen las penalidades del caso a los que contraviniendo las disposiciones vigentes deterioren el medio natural. Los más importantes se mencionan a continuación: El Artículo 304° hace referencia a la contaminación del medio ambiente y dice textualmente: El que infringiendo las normas sobre protección del medio ambiente, lo contamina vertiendo residuos sólidos, líquidos, gaseosos o de cualquier otra naturaleza por encima de los límites establecidos, y que causen o puedan causar perjuicio o alteraciones en la flora, fauna y recursos hidrológicos, será reprimidas con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años o con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días multa. Si el agente actuó por culpa, la pena será privativa de libertad no mayor de un año o prestación de servicio comunitario de diez a treinta jornadas. El Artículo 305° hace referencia a la contaminación agravada del medio ambiente y dice que la pena será privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años y trescientos sesenta y cinco a setecientos treinta días - multa cuando:
  • 5. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 5 · Los actos previstos en el artículo 304°, ocasionan peligro para la salud de las personas o para sus bienes. · El perjuicio o alteración ocasionados adquieren un carácter catastrófico. · El agente actuó clandestinamente en el ejercicio de su actividad. · Los actos contaminantes afectan gravemente los recursos naturales que constituyen la base de la actividad económica. Si, como efecto de la actividad contaminante, se producen lesiones graves o muerte, la pena es: · Privativa de libertad no menor dé tres ni mayor de seis años y de trescientos sesenta y cinco y setecientos días multa, en caso de lesiones graves. · Privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y de setecientos treinta a mil cuatrocientos sesenta días-multa, en caso de muerte. El Artículo 308° hace referencia a la protección de las especies de flora y fauna protegidas, agravantes y dice lo siguiente: El que caza, captura, recolecta, extrae o comercializa especies de flora o fauna que están legalmente protegidas será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años. La pena será no menor de dos ni mayor de cuatro años y de ciento ochenta trescientos sesenta y cinco días-multa cuando: · El hecho se comete en período de producción de semillas o de reproducción o crecimiento de las especies. · El hecho se comete contra especies raras o en peligro de extinción. · El hecho se comete mediante el uso de explosivos o sustancias tóxicas. El Artículo 308-B° hace referencia a la protección de la flora o fauna acuática en épocas prohibidas y dice lo siguiente: El que extrae especies de flora o fauna acuática en épocas, cantidades y zonas que son prohibidas o vedadas o utiliza procedimientos de pesca o caza prohibidos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años. El Artículo 310° hace referencia a la depredación de bosques y menciona lo siguiente: El que destruye, quema, daña o tala, en todo o en parte, bosques u otras formaciones vegetales naturales o cultivadas que están legalmente protegidas, será reprimido con pena privativa de libertad no. menor de uno ni mayor de tres años. La pena será no menor de dos ni mayor de cuatro años y de noventa a ciento veinte días-multa, cuando: · Del delito resulta la disminución de aguas naturales, la erosión del suelo o la modificación del régimen climático.
  • 6. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 6 · El delito se realiza en lugares donde existen vertientes que abastecen de agua a un centro poblado o sistema de irrigación. El Artículo 313° hace referencia a la alteración ilegal del ambiente natural por construcción de obras y menciona lo siguiente: El que, contraviniendo las disposiciones de la autoridad componente, altera el ambiente natural o el paisaje urbano o rural, a modifica la flora o fauna, mediante la construcción de obras o tala de árboles que dañan la armonía de sus elementos, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con sesenta a noventa días-multa. El Artículo 314° es una medida cautelaría y textualmente dice: "El Juez Penal ordenará, como medida cautelar, la suspensión inmediata de la actividad contaminante, así como la clausura definitiva o temporal del establecimiento de que se trate de conformidad con el Artículo 105°, Inciso 1, sin perjuicio de lo que pueda ordenar la autoridad en materia ambiental. De acuerdo a lo expresado en los artículos mencionados, el proceso de rehabilitación y mantenimiento de los diferentes tramos conformantes del corredor vía debe enmarcarse en el cumplimiento de la normatividad que sanciona los delitos contra la ecología. 2.4.3 Ley General del Ambiente La presente Ley establece en su Título Preliminar los Derechos y Principios que rigen al país en materia ambiental, destacándose entre ellos: Derecho a la participación en la gestión ambiental, Derecho de acceso a la información, Derecho de acceso a la justicia ambiental, Principio de prevención, Principio de responsabilidad ambiental, Principio de gobernanza ambiental, entre otros. Los artículos específicos de aplicabilidad en el presente estudio son: Artículo 24º.-Del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental 24.1. Toda actividad humana que implique construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter significativo, está sujeta, de acuerdo a ley, al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA, el cual es administrado por la Autoridad Ambiental Nacional. La ley y su reglamento desarrollan los componentes del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. 24.2. Los proyectos o actividades que no están comprendidos en el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, deben desarrollarse de conformidad con las normas de protección ambiental específicas de la materia. Artículo 25°.- De los Estudios de Impacto Ambiental. Los Estudios de Impacto Ambiental – EIA, son instrumentos de gestión que contienen una descripción de la actividad propuesta y de los efectos directos o indirectos previsibles de dicha actividad en el medio
  • 7. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 7 ambiente físico y social, a corto y largo plazo, así como la evaluación técnica de los mismos. Deben indicar las medidas necesarias para evitar o reducir el daño a niveles tolerables e incluirá un breve resumen del estudio para efectos de su publicidad. La ley de la materia señala los demás requisitos que deban contener los EIA. Artículo 48º.- De los mecanismos de participación ciudadana 48.1. Las autoridades públicas establecen mecanismos formales para facilitar la efectiva participación ciudadana en la gestión ambiental y promueven el desarrollo y uso de cualquier otro mecanismo por las personas naturales o jurídicas relacionadas, interesadas o involucradas con un proceso particular de toma de decisiones en materia ambiental o en su ejecución, seguimiento y control; asimismo promueven, de acuerdo a sus posibilidades, la generación de capacidades en las organizaciones dedicadas a la defensa y protección del ambiente y los recursos naturales, así como alentar su participación en la gestión ambiental. Artículo 93º.- Del enfoque eco sistémico La conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales deberá enfocarse de manera integral, evaluando científicamente el uso y protección de los recursos naturales e identificando cómo afectan la capacidad de los ecosistemas para mantenerse y sostenerse en el tiempo, tanto en lo que respecta a los seres humanos y organismos vivos, como a los sistemas naturales existentes. Artículo 98º.- De la conservación de ecosistemas La conservación de los ecosistemas se orienta a conservar los ciclos y procesos ecológicos, a prevenir procesos de su fragmentación por actividades antrópicas y a dictar medidas de recuperación y rehabilitación, dando prioridad a ecosistemas especiales o frágiles. Artículo 142º.- De la responsabilidad por daños ambientales 142.1. Aquel que mediante el uso o aprovechamiento de un bien o en el ejercicio de una actividad pueda producir un daño al ambiente, a la calidad de vida de las personas, a la salud humana o al patrimonio, está obligado a asumir los costos que se deriven de las medidas de prevención y mitigación de daño, así como los relativos a la vigilancia y monitoreo de la actividad y de las medidas de prevención y mitigación adoptadas. 142.2. Se denomina daño ambiental a todo menoscabo material que sufre el ambiente y/o alguno de sus componentes, que puede ser causado contraviniendo o no disposición jurídica, y que genera efectos negativos actuales o potenciales.
  • 8. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 8 2.4.4 Decreto Legislativo N° 1013: Aprueba la creación, organización y funciones del Ministerio del Ambiente Se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella. El objeto del Ministerio del Ambiente es la conservación del ambiente, de modo que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y el medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanente armonía con su entorno, y así asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho de gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida. A su vez, se resaltan entre sus objetivos de creación: - Asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de la Amazonía. - Asegurar la prevención de la degradación del ambiente y de los recursos naturales y revertir los procesos negativos que lo afectan. - Promover la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible; entre otros. 2.4.5 Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental Toda persona tiene el derecho a participar responsablemente en los procesos de toma de decisiones, así como en la definición y aplicación de las políticas y medidas relativas al ambiente y sus componentes, que se adopten en cada uno de los niveles de gobierno. El Estado concerta con la sociedad civil las decisiones y acciones de la gestión ambiental. La gestión del ambiente y de sus componentes, así como el ejercicio y la protección de los derechos que establece la presente Ley, se sustentan en la integración equilibrada de los aspectos sociales, ambientales y económicos del desarrollo nacional, así como en la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones. La gestión ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental. Cuando no sea posible eliminar las causas que la generan, se adoptan las medidas de mitigación, recuperación, restauración o eventual compensación, que correspondan. 2.4.6 Ley Marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental Se establecen los procedimientos administrativos y normativos, teniendo en cuenta el Sistema Nacional de Gestión Ambiental y las respectivas jurisprudencias ambientales de cada sector, para realizar la selección, términos de referencia, supervisión, monitoreo, revisión y sugerencias de los Estudios de Impacto Ambiental de toda actividad, proyecto, plan o programa que se pretenda ejecutar. Las competencias y características del estudio lo determina la entidad solicitante, siendo de necesidad
  • 9. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 9 ineludible la determinación del grado de detalle del estudio, así como la participación de profesionales con experiencia y especificidad en la materia de su intervención. 2.4.7 Ley Orgánica del Sector Transportes Comunicaciones, Vivienda y Construcción El Decreto Ley Nº 25862, establece en el Artículo 4° que la entidad en el sector es el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; asimismo, que entre sus diferentes órganos de Línea, es la Dirección General de Medio Ambiente, la encargada de proponer las políticas referidas al control y mejoramiento de la calidad del medio ambiente, supervisa, controla y evalúa su ejecución. También propone y emite la normatividad correspondiente (Artículo 23°) La Resolución Ministerial 258 - 98 MTC/15.01 en su Artículo 1°, crea la Unidad Especializada de Estudios de Impacto Ambiental, dependiente de la Dirección General de Caminos y le encarga los aspectos concernientes a los Estudios de Impacto Ambiental de los proyectos de obra o actividades de infraestructura vial de transportes que realice el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Consiguientemente los aspectos técnicos del Estudio de Impacto Ambiental correspondiente al corredor vial, serán coordinados con la unidad especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 2.4.8 Ley No. 757: Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. En el Artículo 49° se menciona que el Estado estimula el equilibrio racional entre el desarrollo socioeconómico, la conservación del ambiente y el uso sostenido de los recursos naturales, garantizando la debida seguridad jurídica a los inversionistas mediante el establecimiento de normas claras de protección del medio ambiente. En consecuencia, el Estado promueve la participación de empresas o instituciones privadas en las actividades destinadas a la protección del medio ambiente y la reducción de la contaminación ambiental. El Artículo 50°, referente al Título VI De la Seguridad Jurídica en la Conservación del Medio Ambiente, establece que las autoridades sectoriales competentes para conocer sobre los asuntos relacionados con la aplicación de las disposiciones Legales en materia ambiental son los Ministerios de los sectores correspondientes a las actividades que desarrollan las empresas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a los Gobiernos Regionales y Locales conforme a lo dispuesto en la Constitución Política. En caso de que la empresa desarrolle dos o más actividades de competencia de distintos sectores, será la autoridad sectorial competente la que corresponda a la actividad de la empresa por la que se generen mayores ingresos brutos anuales.
  • 10. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 10 El Artículo 51° menciona que la Autoridad Sectorial competente determinará las actividades que por su riesgo ambiental pudieran exceder de los niveles o estándares tolerables de contaminación o deterioro del medio ambiente de tal modo que requerirán necesariamente la elaboración de estudios de impacto ambiental previos al desarrollo de dichas actividades. Los estudios de Impacto Ambiental a que se refiere el párrafo anterior deberán asegurar que las actividades que se desarrolle o pretenda desarrollar la empresa no excedan los niveles o estándares a que se contrae el párrafo anterior. Dichos estudios serán presentados ante la autoridad sectorial competente para el registro correspondiente, siendo de cargo de los titulares de las actividades para cuyo desarrollo se requieren. Los estudios de impacto ambiental serán realizados por empresas o instituciones públicas o privadas que se encuentren debidamente calificadas y registradas en el Registro que para el efecto abrirá la autoridad sectorial competente, la que establecerá los requisitos que deberán cumplirse para el efecto. El Artículo 52° dice que en los casos de peligro grave e inminente para el medio ambiente, la autoridad sectorial competente podrá disponer la adopción de una de las siguientes medidas de seguridad por parte del titular de la actividad: Procedimientos que hagan desaparecer el riesgo o lo disminuyan a niveles permisibles, estableciendo para el efecto los plazos adecuados en función a su gravedad e inminencia, o medidas que limiten el desarrollo de las actividades que generan peligro grave e inminente para el medio ambiente. En caso de que el desarrollo de la actividad fuera capaz de causar un daño irreversible con peligro grave para el medio ambiente, la vida o salud de la población, la autoridad sectorial competente podrá suspender los permisos, licencias o autorizaciones que hubiera otorgado para el efecto. 2.4.9 Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para Obras y Actividades El Artículo 1° de la Ley No. 26786, modifica el Artículo 51° del Decreto Legislativo No. 757 y establece que la autoridad sectorial competente comunicara al Consejo Nacional del Ambiente (CONAM, ahora Ministerio del Ambiente), sobre las actividades a desarrollar en su sector, que por su riesgo ambiental, pudieran exceder los niveles o estándares tolerables de contaminación o deterioro del ambiente, las que obligatoriamente deberán presentar estudios de impacto ambiental previos a su ejecución y sobre los límites máximos permisibles de impacto ambiental acumulado. Esta misma Ley, en su Artículo 2°, modifica el primer párrafo de Artículo 52° del Decreto Legislativo Nº 757 y establece que en casos de peligro grave o inminente para el medio ambiente, la Autoridad Sectorial Competente podrá disponer de cualquiera de las medidas de seguridad señaladas en los incisos a) y b) del artículo modificatorio.
  • 11. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 11 2.4.10 Ley de Recursos Hídricos Ley Nº 29338 Prohíbe verter o emitir cualquier residuo sólido, liquido o gaseoso, que pueda alterar la calidad de agua y ocasionar daños a la salud de las personas y poner en peligro los recursos hidrobiológicos de los cauces afectados: así como, perjudicar el normal desarrollo de la flora y fauna, Asimismo, refiere que los efluentes deben ser adecuadamente tratados hasta alcanzar los límites permisibles. Lo expresado se debe tener muy en cuenta durante el proceso constructivo sobre todo en lo referente al manejo de lubricantes y combustibles procurando no verter lubricante ni aceites en los ríos del ámbito del estudio. 2.4.11 Ley del Sistema Nacional de Recursos Hídricos (Decreto Legislativo N° 1081) Establece de interés nacional y necesidad pública la gestión integrada de los recursos hídricos con el propósito de lograr eficiencia y sostenibilidad en el manejo de las cuencas hidrográficas y los acuíferos para la conservación e incremento del agua, así como asegurar su calidad fomentando una nueva cultura del agua, para garantizar la satisfacción de la demanda de las actuales y futuras generaciones. Se establecen además 9 principios de gestión integrada del recurso hídrico, en los que se resaltan para el presente estudio: prioridad en el acceso al agua, precautorio, sostenibilidad y ecosistémico. 2.4.12 Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (Ley Nº 26821) Esta Ley, norma el régimen de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, estableciendo un marco adecuado para el fomento a la inversión, procurando un equilibrio dinámico entre el, crecimiento económico, la conservación de los recursos naturales y del ambiente y, el desarrollo integral de la persona humana. En el Artículo 5°, establece que los ciudadanos tendrán derecho a ser informados y a participar en la definición y adopción de políticas relacionadas con la conservación y uso sostenible de los recursos naturales. Además, se les reconoce el derecho de formular peticiones y promover iniciativas de carácter individual o colectivo ante las autoridades competentes, En tal sentido la población podrá opinar sobre las actividades previstas en el proceso de rehabilitación, mejoramiento, siempre y cuando sean razonables y se enmarquen en tos objetivos. El Artículo 12°, menciona que es obligación del estado fomentar la conservación de áreas naturales que cuentan con importante diversidad biológica, paisajes y otros componentes del patrimonio cultural de la nación, en forma de áreas naturales protegidas en cuyo ámbito el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales estará sujeto a normatividad especial. El Artículo 28°, establece las condiciones de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, precisando que los recursos naturales deben
  • 12. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 12 aprovecharse en forma sostenida, lo cual implica que el manejo de estos debe ser racional y garantizar su permanencia para las futuras generaciones. En el Artículo 29°, se establece que las condiciones del aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, por parte del titular de un derecho de aprovechamiento sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes especiales, son entre otros: Cumplir con los procedimientos de Evaluación de Impacto Ambiental. 2.4.13 Ley Forestal y de Fauna Silvestre El Decreto Legislativo No. 1090 del 28 de junio del 2008 norma, regula y supervisa el uso sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre del país, compatibilizando su aprovechamiento con la valoración progresiva de los servicios ambientales del bosque, en armonía con el interés social, económico y ambiental de la Nación. Considera las áreas naturales protegidas las superficies necesarias para la conservación de la diversidad biológica y demás valores asociados de interés ambiental, cultural, paisajístico y científico, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26834. 2.4.14 Ley No: 26834. Ley de Áreas Naturales Protegidas La Ley 26834 en sus Artículos 1° y 2° norma los aspectos relacionados con la gestión y conservación de las Áreas Naturales Protegidas, y define los objetivos de la protección, los mismos que están orientados a garantizar la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos, dentro de áreas suficientemente extensas y representativas de cada una de las unidades ecológicas del país, asimismo, mantener muestras de los distintos tipos de comunidad natural, paisajes y formas fisiográficas y evitar la extinción de especies de flora y fauna silvestre, en especial aquellas de distribución restringida o amenazada. El Artículo 4°, establece que las Áreas Naturales Protegidas, con excepción de las Áreas de Conservación Privadas, son de dominio público y no podrán ser adjudicadas en propiedad a los particulares. 2.4.15 Ley Nº 26737.'dispone que la Autoridad dé Aguas Controle la Explotación de Materiales que Acarrean y Depositan las Aguas en sus Álveos o Cauces. El Decreto Supremo No. 013 - 97 - AG, reglamenta la Ley No. 26737 y el Decreto Supremo No. 016 - 98 - AG libera a las obras del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. La citada ley establece que la Autoridad de Aguas es la única facultada para otorgar los permisos de extracción de los materiales que acarrean y depositan las aguas en sus álveos o cauces, priorizando las zonas de extracción en el cauce, previa evaluación efectuada por el Administrador Técnico de Distrito de Riego correspondiente. Concluida la extracción, el titular está obligado a reponer a su estado natural la ribera utilizada para el acceso y salida de las zonas de explotación. Esta norma ambiental también se refiere al plazo, suspensión y extinción de
  • 13. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 13 los permisos, así como al pago de, los derechos por concepto de extracción de material de acarreo. Decreto Supremo No. 011 - 93 - TCC. Declaran que las canteras de minerales no metálicos de materiales de construcción ubicados al lado de las carreteras en mantenimiento se encuentran afectas a ésta. El Decreto Supremo No. 011 - 93 - TCC, publicado el 15 - 04 - 93 en su artículo 1, establece que las canteras de minerales no metálicos de materiales de construcción utilizadas exclusivamente para (a construcción, rehabilitación o mantenimiento de las carreteras que conforman la Red Vial Nacional que se encuentren ubicadas dentro de una distancia de hasta 3Km. medidos a cada lado del eje de la carretera se encuentran permanentemente afectadas a estas y forman parte integrante de dicha infraestructura vial. El Artículo 2° precisa que en caso de petitorios mineros de sustancias no metálicas de materiales de construcción, cuyas cuadrículas comprenden las canteras a que se refiere el Artículo 1° de este Decreto Supremo, deberá darse cumplimiento al trámite establecido en el Artículo 22° del Decreto Supremo No. 018-92-EM. 2.4.16 Ley No. 27117 Ley General de Expropiaciones El Artículo 2° de la Ley General de Expropiaciones menciona que la expropiación consiste en la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada, autorizada únicamente por la ley expresa del Congreso a favor del Estado, a iniciativa del Poder Ejecutivo, Regiones o Gobiernos Locales y previo pago en efectivo de la indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio, El Artículo 3° dispone que el único beneficiario de una expropiación es el Estado. El Artículo 9°, está referido al Trato Directo, y en los apéndices 9.1, 9.2, 9.3; 9.4, 9.5 y 9:6; se establecen los mecanismos para acceder al trato directo; así como, los respectivos pasos para enmarcar los acuerdos a la Ley. El Artículo 10°, establece la naturaleza del sujeto activo de la expropiación y el Artículo 11 la del sujeto pasivo de la expropiación. El Artículo 15°, está referido a la indemnización justipreciada, la misma que por un lado comprende el valor de tasación comercial debidamente actualizado del bien que se expropia y por otro, la compensación que el sujeto activo de la expropiación debe abonar en caso de acreditarse fehacientemente daños y perjuicios para él sujeto pasivo originados inmediata, directa y exclusivamente, por la naturaleza, forzosa de la transferencia. Asimismo, el inciso 15.3 del mismo artículo establece que la indemnización justipreciada no podrá ser inferior al valor comercial actualizado, ni exceder de la estimación del sujeto pasivo. El Artículo 16° establece que el valor del bien se determinara mediante tasación comercial actualizada que será realizada exclusivamente por el Consejo Nacional de Tasaciones. El Artículo 19° referente a la forma de pago, establece que la consignación de la indemnización justipreciada, debidamente actualizada, se efectuara necesariamente en dinero y en moneda nacional.
  • 14. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 14 2.4.17 Decreto Supremo No. 20.04- MTC Mediante el Decreto Supremo No. 20 - 04 - MTC se adiciona al Artículo 1° del Decreto Supremo No. 011 - 93 - TC, el siguiente texto: "En la Franja Amazónica que se encuentra a menos de 500 metros sobre el nivel del mar, la afectación se extenderá hasta una distancia de 15 kilómetros a cada lado del eje de las carreteras. 2.4.18 Decreto Supremo No. 037-96-EM. Normas para el Aprovechamiento de Canteras El Decreto Supremo No. 037- 96 - EM, en su Artículo 1°, establece que las canteras de materiales de construcción utilizadas exclusivamente para la construcción, rehabilitación o mantenimiento de obras de la infraestructura que desarrollan las entidades del Estado directamente o por contrata, ubicadas dentro de un radio de veinte kilómetros de la obra, o dentro de una distancia de hasta seis kilómetros medidos a cada lado del eje longitudinal de las obras, se afectarán a estas durante su ejecución y formaran parte integrante de dicha infraestructura. El Artículo 2° se establece que, previa calificación de la obra por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, informaran al registro Público de Minería el inicio de vía ejecución de las obras y la ubicación de estas. Asimismo, él artículo 3 no limita los derechos de los denuncios, concesiones y petitorios mineros solicitados o concedidos con anterioridad a su vigencia. 2.4.19 Términos de Referencia para Elaborar Estudios de Impacto Ambiental en la Construcción Vial Por Resolución Ministerial Nº 171-94-TCCI15.03 (27 Abril 1994), se aprobó los términos de referencia para elaborar Estudios de Impacto Ambiental en proyectos viales, de los cuales se derivan los Términos de Referencia específicos que sustentan el contenido del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Puerto Los Ángeles - Santa Catalina - Flor De Mayo, margen Izquierda del río Mayo, distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, región San Martín”. De acuerdo a esta Resolución Ministerial vigente se resuelve: Artículo 1°: Aprobar los términos de referencia para Estudios de Impacto Ambiental en la Construcción Vial, que en un Anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°: La ejecución de Proyectos de Infraestructura Vial previamente a la iniciación de sus actividades debe contar con un Estudio de Impacto Ambiental aprobado por la Dirección General de Medio Ambiente. 2.4.20 Resolución Ministerial No. 188 - 9T - EMNMM Los Artículos de la Resolución Ministerial No. 188 - 97, publicada el 1215197, establecen las medidas a tomar para el inicio o reinicio de las actividades de explotación de canteras de materiales de construcción, diseño de tajos,
  • 15. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 15 minado de las canteras, abandono de canteras, acciones al término del uso de la cantera, y los plazos y acciones complementarias para el tratamiento de las canteras. 2.4.21 Decreto Supremo N° 087-2004 PCM Con el que se aprueba el Reglamento de Zonificación Ecológica Económica, estableciéndose su naturaleza, fines y objetivos, indicándose además que es un proceso dinámico flexible para la identificación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la unión de sus potencialidades y limitaciones, con criterios físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales, orientado a la toma de decisiones sobre los mejores usos del territorio, considerando las necesidades de la población que la habitan en armonía con el ambiente. 2.4.22 Ordenanza Regional N° 012-2006-GRSM/CR Documento Técnico legal regional con el que se aprueba la Macro Zonificación Ecológica Económica de la Región San Martín, así como sus 14 mapas temáticos, convirtiéndose con ello en un instrumento de carácter obligatorio a tenerse en cuenta en la planificación y ejecución de actividades en todo el territorio regional. 2.5. MARCO INSTITUCIONAL En el área del tramo carretero, básicamente, están presentes instituciones públicas como el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Agricultura, Fondo Nacional de Compensación para el Desarrollo (apoyando con programas específicos en agricultura e infraestructura social), las municipales distritales y el Proyecto Especial Alto Mayo, cuya labor se enmarca en el desarrollo de acciones orientadas al apoyo del sector agropecuario mediante ejecución de obras de infraestructura de riego para ampliar la frontera agrícola bajo riego, obras de rehabilitación de caminos, vecinales, diversificación de la producción agrícola. En las poblaciones asentadas se encuentra la presencia fundamentalmente de la Iglesia Católica y Evangélica. En cuanto a las organizaciones no gubernamentales (ONG) existe a nivel departamental más de una veintena de organizaciones no gubernamentales de las cuales, entre las principales con presencia en el ámbito del tramo de la carretera en estudio, están CEDISA (Centro de Desarrollo de la Selva Alta), Programa de Desarrollo Alternativo (PDA), ITDG – Soluciones Prácticas, Urku Cultivos Amazónicos, Centro de Investigación, Cooperación Alemana (GTZ), Paz y Esperanza, así como asociaciones de agricultores principalmente de cafetaleros, en los que se destacan a la Asociación de Productores del Valle del Alto Mayo (APAVAM), entre otros.
  • 16. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 16 2.6. BASES TÉCNICAS En la elaboración del EsIA se han tenido como referencia fundamentalmente los documentos siguientes: · Libro de Consulta para Evaluación Ambiental del Banco Mundial, Trabajo Técnico Número 139: Directiva Operacional del Banco Mundial 4.00, Anexo A: "Evaluación Ambiental", Anexo Al y Anexo A2. · Manual Ambiental para el Diseño y Construcción de Vías. PERT-MTC.
  • 17. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 17 2.7. ANTECEDENTES El tramo de carretera Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, se inicia en la Margen Izquierda del Río Mayo, próximo a la ciudad de Moyobamba, permitiendo la conexión entre las localidades primero mencionadas y las ciudades más importantes de la región como su capital, Tarapoto, Bellavista, Juanjuí y Tocache por el Sur, así como con Rioja y Nueva Cajamarca por el Norte, facilitando con ello y en ambos sentidos la comunicación con la costa de nuestro país. La carretera en estudio conecta y facilita la comunicación vía terrestre de los centros poblados asentados en el sector Nor Este de la Cuenca Alta del río Mayo, constituyéndose además en un eje fundamental para la intercomunicación con el fértil Valle de Santa Catalina. Durante los últimos años, en el Perú las condiciones sociales y de producción en general, se han visto afectadas por motivos de deterioro de los accesos a zonas productoras y poblaciones rurales, como las de las localidades del departamento de San Martín, que dependen fundamentalmente de las carreteras y caminos vecinales del ámbito rural. Actualmente la Carretera Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina - Flor De Mayo encuentra en condiciones prácticamente de intransitabilidad, careciendo de todo tipo de pavimento; en época de lluvias, el tránsito es sumamente dificultoso por falta de conservación vial, obras de drenaje y las condiciones en general que garanticen su serviciabilidad. Para coadyuvar en parte, a la solución de los problemas sociales y económicos de las zonas rurales, y en particular para incrementar la calidad de vida de su población, así como para restablecer la comunicación entre el campo y la ciudad, el Gobierno Regional de San Martín y el Proyecto Especial Alto Mayo, se han fijado metas concretas, una de éstas consiste en incrementar la inversión prioritaria en la rehabilitación y mejoramiento de la infraestructura de transporte que haga posible la reactivación económica. Para la construcción de proyectos viales es necesario realizar previamente diferentes estudios que demuestren tanto su viabilidad técnico – económica, así como su factibilidad ambiental, el cual se refiere a la determinación y evaluación de los impactos que una carretera produce en los sistemas naturales y antrópicos (rurales y urbanos) de su área de influencia; complementado con medidas de prevención, control y mitigación y oportunidades ambientales de desarrollo asociadas con la ejecución del proyecto, en el marco de la ordenación y gestión ambiental, promoviendo el desarrollo integral, descentralizado y sostenible para el mejoramiento de la calidad de vida de la población. En este contexto y en concordancia con la política ambiental nacional es necesario contar con el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, el cual es consecuencia del cumplimiento de la Ley General del Ambiente, la Ley del Sistema Nacional de Evaluación Ambiental, la Ley N° 26786 de Evaluación de Impacto Ambiental para Obras y Actividades, principalmente dirigido a evitar el deterioro del entorno como consecuencia de las obras de construcción de la Carretera en mención.
  • 18. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 18 2.8. OBJETIVOS DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL El Estudio de I mpacto Ambiental (EsI A) del Proyecto “Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) – Flor del Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín”, tiene por finalidad definir las medidas de mitigación de los impactos ambientales que pudieran generarse por la ejecución y puesta en marcha del proyecto. Tales medidas están incorporadas en los diseños definitivos y especificaciones técnicas del proyecto de construcción de la carretera. En este contexto, el EsIA: ¨ Identifica, predice y cuantifica los impactos ambientales que la obra podría ocasionar en los diversos componentes del medio ambiente; así como los que podrían ser ocasionados por el medio ambiente sobre la obra; ¨ Evalúa los impactos potenciales que se presenten durante la ejecución del proyecto por ubicación de campamentos, canteras, movimiento de tierras, botaderos para la eliminación de excedentes de corte, desperdicios, derrumbes; así como otros aspectos de tipo topográfico, hidrológico, geológico, etc., que permiten predecir con mayor precisión los impactos que se generan en el entorno ambiental por la ejecución del proyecto de construcción de la Carretera en mención; ¨ Presenta el Plan de Manejo Ambiental para evitar y/o mitigar los impactos indirectos, cuantificándose los costos de implantación del plan; y ¨ Presenta un Plan de Contingencias para afrontar posibles accidentes en obra, de una manera rápida y efectiva. 2.9. UBICACIÓN Y ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO 2.9.1 Ubicación El tramo de Construcción de la Carretera Buenos Aires Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo tiene una longitud aproximada de 20 + 761.80 Km. se encuentra ubicada en una altitud promedio de 850 m.s.n.m., entre las coordenadas UTM: X= 287647 – Y=9310047 y X= 290129 – Y= 9295456 Políticamente, se encuentra ubicada en: Localidades : Buenos Aires - Santa Catalina – Flor De Mayo Distrito : Moyobamba Provincia : Moyobamba Región : San Martín
  • 19. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 19 2.9.2 Vías de Acceso El acceso a la zona donde se inicia el tramo de Construcción de la Carretera Buenos Aires - Santa Catalina - Flor De Mayo (L = 20 + 761.80 Km. aproximadamente), es a través del sector Motilones, puente en actual construcción, a 2.00 Km aproximadamente de la ciudad de Moyobamba.
  • 20. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 20
  • 21. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 21 2.9.3 Delimitación del área de Influencia Directa El área de influencia directa del proyecto está incluida en la Figura 02, como una faja a lo largo de la carretera de aproximadamente 200 m de ancho (100 m a cada lado del eje), en la cual el entorno ambiental es afectado directamente por las obras y sus instalaciones; por tal motivo incorpora, campamentos, patios de máquina, talleres, almacenes, centros poblados y propiedades rurales ubicados sobre el derecho de vía, las canteras y sus caminos de acceso, el área donde se ubicará los materiales excedentes de cortes, entre otros. La descripción de los impactos generados por la ejecución del presente proyecto se referirá principalmente a esta zona de influencia, puesto que es el área en donde se observa con mayor facilidad la alteración del entorno en sus diferentes manifestaciones. En esta zona también se encuentran las poblaciones directamente beneficiadas, es decir Carretera Buenos Aires – Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo. Se adjunta el plano de área de influencia directa en los anexos. 2.9.4 Delimitación del área de Influencia Indirecta El área de influencia indirecta del proyecto, se ubica dentro de una escala regional, incluyendo localidades alejadas de la zona de ejecución de las labores de construcción que se encuentran dentro de las cuencas que cruzan o tienen contacto con la vía. También se deben incluir dentro del área de influencia indirecta las poblaciones ubicadas en los recorridos de acceso a la ubicación del proyecto, ya que esta vía es la única que les permitirá acceder de manera fácil, rápida y económica al resto de las provincias y por lo tanto a la región y el país, con la finalidad fundamental de poder comercializar sus productos y acceder a mejores condiciones de vida; teniéndose en cuenta además que esta área también se verá influenciada por el incremento de las actividades y flujo automotor. Es de singular importancia considerar también al componente ambiental como área de influencia indirecta, puesto que el proyecto se encuentra ubicado en cabeceras de quebradas importantes como Juninguillo y otras. Tal condición es probablemente la que deberá determinar las características técnicas y viabilidad de ejecución del presente proyecto, teniendo en cuenta que esta situación podrá afectar de manera significa e irreversible la estabilidad ambiental de las cuencas en mención. En las Figura 02 y 03 se puede apreciar la delimitación de las zonas de influencia (Figura 02), superpuestas con la Zonificación Ecológica Económica del Alto Mayo (Figura 03), nótese que gran parte de estas áreas están destinadas para cultivos permanentes y forestales de acuerdo al estudio mencionado, además de las otras siete clasificaciones. Se adjunta el plano de área de influencia indirecta en los anexos.
  • 22. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 22 Figura 02: Zona de Influencia Directa e Indirecta del proyecto
  • 23. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 23 Figura 03: Ubicación del Proyecto en función de la Zonificación Ecológica Económica del Alto Mayo.
  • 24. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 24 2.10. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO Se ha tomado en consideración los lineamientos del Manual de Diseño de Carreteras No Pavimentadas con Bajo Volumen de Transito, aprobado mediante Resolución Ministerial No. 303-2008-MTC/02 del 04 de Abril del 2008. El proyecto busca en toda su dimensión mejorar el servicio vial de la Carretera Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo a través del mejoramiento de su infraestructura, puesto que la carencia de una vía en buenas condiciones que permita un tránsito fluido y seguro disminuye la posibilidad de que las localidades asentados en esa zona desarrollen económica y socioculturalmente, condenando a sus pobladores a vivir en el atraso y la pobreza, sin acceso a los servicios básicos y la competitividad de este mundo globalizado. De lo descrito se resume la importancia de la ejecución del proyecto considerando que el ser humano es el fin supremo de la sociedad y brindarle las condiciones necesarias asegura su performance en el camino por realizarse como ciudadano. La alternativa elegida para la ejecución del proyecto, por su rentabilidad, tiene como metas: · 20 + 761.80 Km. de longitud de carretera a nivel de afirmado de 0.35 m de espesor, 6.50 m de ancho de plataforma y bermas de 0.50m a cada lado · Construcción de obras de arte necesarias para su adecuada operación: - 01 puente de concreto armado. - 05 pontones de concreto armado. - 02 alcantarillas tipo marco de concreto armado. - 177 alcantarillas tipo tubo metálico corrugado. - 1,662.00 m de cuneta rectangular (0.50x0.50m) de concreto simple. - 41,422.50 m de cuneta triangular (1.25x0.50m) de concreto simple. 2.10.1. Resumen de las Características técnicas del Estudio Carretera Carretera Buenos Aires – Santa Catalina - Flor De Mayo Longitud total 20.042 Km. Categoría Camino Vecinal Tipo de Pavimento Afirmado Granular E=0.35 m Velocidad de diseño 30 Km/hora Radio de curva horizontal Radio mínimo normal 30.00 m. Radio excepcional 25.00 m. Pendiente máxima 10% Peralte máximo 8% Peralte mínimo 2.50% Bombeo 2.50% Anchos de calzada 5.50 m. Anchos de berma 0.50 m. Ancho de plataforma 6.50 m. Sobre ancho De acuerdo al radio de curvas Long. Min. Curva Vert. 40.00 m. Cunetas Lat. Triang 1.25 x 0.50 m. Cunetas Lat. Rect. 0.50 x 0.50 m. Talud de relleno 1:1.5 (V: H) Talud de corte 3:1 (V: H)
  • 25. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 25 2.10.2. CRITERIOS DE DISEÑO 2.10.2.1. Índice medio diario anual La carretera se diseña para un volumen de tránsito que se determina por la demanda diaria que cubrirá, calculado como el número de vehículos promedio que utilizan la vía por día actualmente y que se incrementa con una tasa de crecimiento anual, normalmente determinada por el MTC para las diversas zonas del país. Para nuestro caso se ha determinado el IMD en 34 (Según Perfil Viable) 2.10.2.2. Velocidad de diseño La velocidad de diseño es muy importante para establecer las características del trazado en planta, elevación y sección transversal de la carretera. Definida la velocidad del diseño para la circulación del tránsito automotor, se procederá al diseño del eje de la carretera, siguiendo el trazado en planta compuesto por tramos rectos (en tangente) y por tramos de curvas circulares y espirales. Y similarmente del trazado vertical, con tramos en pendiente rectas y con pendientes curvilíneas, normalmente parabólicas. La velocidad de diseño está igualmente relacionada con el ancho de los carriles de circulación y, por ende, con la sección transversal por adoptarse. La velocidad de diseño es la que establecerá las exigencias de distancias de visibilidad en la circulación y, consecuentemente, de la seguridad de los usuarios de la carretera a lo largo del trazado. a. Definición de la velocidad de diseño La selección de la velocidad de diseño será una consecuencia de un análisis técnico económico de alternativas de trazado que deberán tener en cuenta la orografía del territorio. En territorios muy accidentados será muy costoso mantener una velocidad alta de diseño, porque habría que realizar obras muy costosas para mantener un trazo seguro. Ello solo podría justificarse si los volúmenes de la demanda de tránsito fueran muy altos. El diseño se adapta en lo posible a las inflexiones del terreno y, particularmente, la velocidad de diseño deberá ser bastante baja cuando se trate de sectores o tramos de orografía más accidentada. b. Velocidad de circulación La velocidad de circulación corresponderá a la norma que se dicte para señalizar la carretera y limitar la velocidad máxima a la que debe circular el usuario, que se indicará mediante la señalización correspondiente.
  • 26. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 26 2.10.2.3. Sección transversal de diseño Este acápite se refiere a la selección de las dimensiones que debe tener la sección transversal de la carretera, en las secciones rectas (tangente) y en los diversos tramos a lo largo de la carretera proyectada. Para dimensionar la sección transversal, se tendrá en cuenta que las carreteras de bajo volumen de tránsito, solo requerirán: a) Una calzada de circulación vehicular con dos carriles, una para cada sentido; y b) Para las carreteras de menor volumen, un solo carril de circulación, con plazoletas de cruce y/o de volteo cada cierta distancia. El ancho de la carretera, en la parte superior de la plataforma o corona, podrá contener además de la calzada, un espacio lateral a cada lado para bermas y para la ubicación de guardavías, muros o muretes de seguridad, señales y cunetas de drenaje. La sección transversal resultante será más amplia en territorios planos en concordancia con la mayor velocidad del diseño. En territorios ondulados y accidentados, tendrá que restringirse lo máximo posible para evitar los altos costos de construcción, particularmente más altos en los trazados a lo largo de cañones flanqueados por farallones de roca o de taludes inestables. 2.10.2.4. Tipo de superficie de rodadura Se ha considerado que básicamente se utilizará el siguiente material y tipo de superficie de rodadura: Es importante indicar que los criterios más importantes a fin de seleccionar la superficie de rodadura para una carretera afirmada, establecen que a mayor tránsito pesado, medido en ejes equivalentes destructivos, se justificará utilizar afirmados de mayor rendimiento y que el alto costo de la construcción debe impulsar el uso de materiales locales para abaratar la obra. También es importante establecer que la presión de las llantas de los vehículos, deben mantenerse bajo las 80 (psi) libras por pulg de presión para evitar daños graves a la estructura de los afirmados. 2.10.3. ACTIVIDADES IMPACTANTES EN LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO Es necesario identificar las actividades que durante la ejecución del Proyecto podrán producir impactos en los diferentes factores ambientales, así tenemos: 2.10.3.1.Etapa preliminar / obras provisionales y obras preliminares a. Campamento de Obra (Limpieza del terreno).Se refiere a todas las actividades de roce y remoción de vegetación así como el acomodo del terreno, especialmente a aquellas que tengan que ver con nivelados y perfilados manuales y que facilitaran la posterior instalación del campamento, almacén y patio de maquinarias. Cabe indicar que todas las instalaciones auxiliares
  • 27. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 27 contaran con la debida reglamentación ambiental, de seguridad y salud ocupacional. b. Roce y deforestación. Incluye la remoción de la vegetación arbustiva próxima al lugar en el que se instalara el personal y todos los equipos de trabajo. Para la presente actividad está programada la habilitación de 26.57 Ha. CUADRO N° 01: Desbroce de vegetación en el proyecto de acuerdo al Expediente DESCRIPCIÓN UNIDAD METRADO ROCE Y DEFORESTACIÓN HA 26.57 ACONDICIONAMIENTO DE DME’s HA 1 2.10.3.2.Etapa de Construcción: a. Replanteo y control topográfico. De acuerdo a los estudios topográficos y teniendo en cuenta los criterios geomorfológicos se establecerá el trazo de la vía, realizando los ajustes necesarios cuando lo requiera. b. Eliminación de material orgánico. Para la presente actividad se destinaran espacios donde serán destinados todo el material orgánico producto de los procesos de perfilado y corte de material suelto ejecutados en la etapa preliminar / obras provisionales y en las actividades de trazo y replanteo preliminar; para tal fin se tiene destinado 16,190.62 m3 de material orgánico. c. Eliminación de material inadecuado. Para la presente actividad se destinaran espacios donde serán destinados todo el material inadecuado o inorgánico el cual no volverá a ser reutilizado; para tal fin se tiene destinado 75.23 m3 de material orgánico. d. Acceso y habilitación de canteras. Es una de las labores importantes por el impacto que significa en los factores ambientales. De acuerdo al estudio viable el proyecto contara con la habilitación de 10,000 m2 de terreno debidamente saneado y autorizado. e. Apertura de botaderos. Se denomina como botaderos a los espacios en donde serán dispuestos todo el material de corte sobrante. Su ubicación y capacidad dependerá mucho de las características de pendiente, cercanía a fuentes de agua y disponibilidad de los propietarios a destinar sus predios a este fin. El material destinado a estos botaderos es de 101,000 m3. Excepcionalmente se tendrá un lugar específico donde se eliminara el material inadecuado cuyo área promedio corresponde a 1 ha. f. Movilización y desmovilización de equipos. Incluye el transporte, instalación, operación, desmontaje y transporte de regreso de todos los equipos y maquinaria a ser utilizados en la etapa de construcción.
  • 28. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 28 g. Movimiento de tierras. Igualmente este rubro contempla algunas actividades transversales. De acuerdo a las actividades a considerar en el Expediente Técnico del Proyecto se tiene los siguientes metrados resumidos: CUADRO N° 02: Movimiento de Tierras en el proyecto de acuerdo al Expediente DESCRIPCIÓN UNIDAD METRADO ELIMINACIÓN DE MATERIAL ORGANICO m3 16,190.62 ELIMINACIÓN DE MATERIAL INADECUADO m3 75.23 APERTURA DE BOTADEROS m3 2,500.00 REPOSICIÓN DE MATERIAL ORGANICO m3 16,190.62 REPOSICIÓN DE MATERIAL INADECUADO m3 75.23 CORTE DE MATERIAL SUELTO m3 88,975.39 CONFORMACIÓN DE TERRAPLENES CON MATERIAL DE PRESTAMO m3 62,033.71 CONFORMACIÓN DE MATERIAL EN BOTADEROS m3 1,000.00 EXCAVACIÓN MANUAL PARA CIMENTACIÓN m3 418.36 EXCAVACION PARA ESTRUCTURAS CON EQUIPO (ALCANTARILLAS, BADENES Y MUROS) m3 6,615.51 RELLENO COMPACTADO CON MATERIAL SELECCIONADO m3 2,757.27 ELIMINACION DE MATERIAL EXCEDENTE m3 4,833.50 EXCAVACION PARA ESTRUCTURAS CON EQUIPO m3 2,754.70 EXCAVACION PARA ESTRUCTURAS CON EQUIPO BAJO AGUA m3 1,471.35 RELLENO SOBRE ESTRUCTURA m3 2259.84 h. Construcción de pontones, muros de contención, badenes, alcantarillas y cunetas. En esta serie de actividades se encuentran las denominadas obras de arte, que incluyen una serie de rubros más específicos, tales como el uso de concreto, acero, tareas de encofrado y desencofrado, excavaciones, entre otros. De acuerdo a los estudios hidrológicos del Sistema de Drenaje y Obras de arte, podemos resumir de la siguiente manera: CUADRO N° 03: Obras de Arte de arte y drenaje DESCRIPCIÓN UNIDAD METRADO PONTONES und 12 MUROS DE CONTENCIÓN m2 578.32 ALCANTARILLA TMC Ø 24’’ m 72.09 ALCANTARILLA TMC Ø 36’’ m 362.07 ALCANTARILLA TMC Ø 48’’ m 93.15 ALCANTARILLA TMC Ø 60’’ m : 95.58 ALCANTARILLA TMC Ø 72’’ m 25.11 CUNETAS REVESTIDAS m 22,192.04
  • 29. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 29 i. Explanaciones y pavimentos. Son una serie de actividades destinadas a la conformación de la superficie de rodadura de la carretera; aquí se incluyen: movimiento de tierras, uso de maquinarias, perfilados, cambio de trazo. Así mismo la Imprimación con emulsión asfáltica, Colocación de los tratamientos superficiales Capa Seal: A - Monocapa y B – Slurry Seal. Es un rubro fundamental por el objetivo del proyecto. j. Limpieza y acondicionamiento. En este rubro se incluye también la fase de abandono, ya que ello significa la inmovilización y desmovilización de la maquinaria y equipos. Se tiene que además trasladar los residuos sólidos generados y clausurar los botaderos utilizados. Las actividades de la Etapa de Operación y la Etapa de Mantenimiento se describen en el ítem V: Determinación de los impactos ambientales directos e indirectos del Proyecto.
  • 30. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 30 III. DESCRIPCIÓN DE LA LÍNEA DE BASE AMBIENTAL 3.1. AMBIENTE FÍSICO. 3.1.1. Geología regional. La descripción de la Geología Regional se ha realizado tomando como referencia información geológica básica compilada de los precitados estudios anteriores. Justificándose que el carácter de la geología regional es requerido para estudios de mayor influencia como presas, para la realización de carreteras existe un límite de influencia geológico- estructural. 3.1.2. Geología local. La franja vial está emplazada en depósitos fluviales, coluviales, aluviales, eluviales, residuales, con un mínimo de afloramiento rocoso, presentando en sus cercanías zona de cantera de arenisca y arenas de grano fino a grueso de color amarillo blanquecino a lo largo de casi todo el recorrido. Los afloramientos de roca son puntuales y sólo se presentan como evidencia por la cobertura presente; las quebradas existentes son de cuidado ya que en éstas desaguan las áreas de cultivos. El sistema de drenaje que se establece para la zona es sub-dendrítico / sub-paralelo. La presencia de afloramiento rocoso que puede suministrar material de agregados como arenas de grano fino, medio y grueso 3.1.3. Geomorfología. El área de estudio se ubica en la parte septentrional de Perú, exactamente en la faja sub andina junto al valle del alto mayo. La mayor parte del estudio tiene lugar en la faja sub andina que tiene una orientación NO – SE (Imagen Geo. 01 y Geo. 02), con características de un desarrollo geotectónico reciente (Paleógeno - Neógeno) En la zona de estudio se ha determinado dos unidades geomorfológicas claramente marcadas y extensas. - Lomadas.- Unidad que presenta relieves suaves y ondulados, se dispone en forma transicional entre la depresión del Alto Mayo y la ladera oriental de la montaña Cahupanas. Posee altitudes que no exceden los 1000 m.s.n.m, presentando pendientes de 15 y 25%. (Fotografía Geo. 04). - Depresión del Alto Mayo.- Depresión emplazada a lo largo de la cuenca del río Mayo, tienen un rumbo general de NO – SE con un ancho variable superior a 5 km, cuya superficie es una cuenca de desopilación sedimentaria conformada por relleno aluvial y fluvial del Holoceno disponiéndose en forma de terrazas. 3.1.4. Estratigrafía. En toda la zona de estudio sólo se observa diferentes tipos de rocas en forma de evidencias y no de grandes afloramientos, en los cuales se reconocen las siguientes formaciones:
  • 31. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 31 - Grupo oriente.- Descrita como formación Oriente por KUMMEL, B. (1946) quien las describe como una secuencia de areniscas cuarzosas del oriente peruano de ahí su nombre, diferenciando siete miembros los que posteriormente fueron elevados a la categoría de grupo por ZEGARRA, J & OLAECHEA, J. (1970). En el área de estudio este grupo tiene presencia a través de la última formación presente en ella, la formación Aguas Calientes. - Formación aguas calientes.- Descrita inicialmente por MORÁN, A & FYFE, D. (1933) en el río Pachitea, más tarde KUMMEL, B (1946) La define así en la quebrada del mismo nombre, ubicada en las montañas de Contamana, donde midió una sección de 270 m de grosor, posteriormente fue elevada a la categoría de formación por ZEGARRA, J & OLAECHEA, J. (1970). La formación Agua Caliente está constituida por una secuencia monótona de areniscas cuarzosas de color blanco a gris claro, o amarillento a pardo rojizas. La relación estratigráfica que posee la formación Agua Caliente con las formaciones Chonta y Esperanza, suprayacente e infrayacente respectivamente es concordante y transicional a ambas formaciones. Edad y Correlación.- Se le asigna una edad correspondiente al Albiano – Cenomaniano y se correlaciona con la parte superior del grupo Goyllarisquizga en el área del Marañón y con el tope del grupo Oriente de la faja sub andina. - Formación chonta.- Nombre adoptado por MORÁN & FYFE(1993) para describir una secuencia de 400 m., constituida de calizas cremas a gris claras, margas, esquistos margosos y arcillosos y algunas areniscas y calizas en la base, en la isla Chonta en el bajo Pachitea, departamento de Huánuco. Está compuesta por una intercalación de lutitas grises suaves, bien laminadas y fosilíferas; calizas de 0.2-1.00 m., de grosor, que en conjunto forman bancos de varias decenas de metros, con grandes escarpas; y areniscas subarcósicas a subliticas pardo amarillenta, compactas con cemento calcáreo en la base. Siendo la parte media una constitución de calizas micríticas fosilíferas y biomicríticas grises muy compactas, con estratificación gruesa, así como calizas en capas delgadas de color crema con aspecto noduloso, presenta también algunas intercalaciones de limo arcillitas gris verdosa. Edad y Correlación.- Pertenece al tiempo del Albiano - Turoniano y es correlacionable con las formaciones Chulec y Pariatambo y con los grupos Pulluicana y Quilquiñán que afloran en la cordillera occidental en la cuenca Cajamarca.
  • 32. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 32 - Formación vivian.- Es una unidad que está constituida por areniscas blancas de grano fino a grueso, bien estratificada formando capas de 0.10 m. a 0.6 m., en ocasiones están compuestas por cuarzo y algunos fragmentos líticos bien clasificados. Su clasificación corresponde a cuarzo- arenitas y areniscas cuarzosas de grano medio a fino, deleznables con un aspecto sacaroide, con un grosor variante entre 60 – 100 metros. Edad y Correlación.- Se asume una edad Coniaciana - Santoniana; correlacionándose con la formación Areniscas de azúcar que aflora en el río Pachitea. - Formación Yahuarango.- Tiene su localidad típica en la quebrada Yahuarango, región Santa Clara, KUMMEL (1946), describe una secuencia compuesta de lutitas rojas, con intercalaciones de limo arcillitas compactas. Presenta una serie de lodolitas rojas con tonos gris verdosos a rojizos, con un horizonte de conglomerados con cantos redondeados de areniscas calcáreas, continua hacia arriba una intercalación de areniscas gris claras en capas de 0.15 m., a 0.20 m., de grosor, y lodolitas rojas, esta secuencia tiene superficies onduladas y estratificación cruzada Edad y Correlación.- En otros sectores, esta formación ha presentado macrofósiles de Porochara Gildemestericostata BLISSENBACH que indicia el Paleoceno. Y se correlacionaría con el Grupo Huayabamba que aflora en el oriente del Perú. - Formación Ipururo.- Se describe de la quebrada Ipururo, en el distrito de Contamana en el departamento de Loreto, una secuencia de areniscas grises a brunas, con intercalaciones de lodolitas. Está constituida por una secuencia, de la base al tope, por areniscas de grano grueso a medio, mal clasificadas, con lentes de conglomerados y lutitas en capas delgadas, generalmente de coloración rojiza presentando ocasionalmente tonos pardo-amarillentos; continuando lodolitas, lutitas y lodolitas rojas a moradas en capas delgadas a medianas; para finalmente presentar areniscas rojas de grano medio a grueso, y algunos niveles lenticulares de conglomerados Edad y Correlación.- Formación perteneciente al Mioceno, y se correlaciona con las formaciones Cuzutca y Orteguaza del oriente del Perú. 3.1.5. Geología estructural. En el área de estudio se encuentra una falla de rumbo NW-SE; la cual intercepta nuestra área de trabajo en una zona imperceptible a la observación directa porque se encuentra debajo de las zonas de cultivo, pero ha sido inferida y se tiene la ubicación aproximada en el área de trabajo entre Km. 05+000 y Km. 08+000.
  • 33. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 33 Las fallas rumbo son principalmente el resultado de eventos epirogénicos que no son susceptible cálculo exacto de cuando sucedió o cuando sucederá nuevamente. Una falla es activa cuando deforma sedimentos cuaternarios, es decir cuando muestra evidencias de movimientos durante los últimos 1,8 millones de años. Algunas fallas activas suelen tener terremotos asociados lo que demuestra que siguen funcionando. El deslizamiento puede ser repentino en forma de saltos, lo que da lugar a la liberación abrupta de energía generando sismos; seguido de periodos de inactividad. Los sismos más grandes han sido originados por desplazamientos de 8 a 12 m. los saltos también puede darse de manera lenta y continua, solo perceptible con instrumentos tales como estaciones GPS después de varios años de observaciones para poder apreciar deslizamientos milimétricos a centimétricos. Se ha reconocido afloramiento de roca, arenisca rojiza intercalado con limo arcillitas rojiza de la formación chota, frágil a la fatiga física por el intemperismo y saturación. 3.1.6. Sismicidad. Según el plano de zonificación sísmica del Perú la zona del trazo del Proyecto: Mejoramiento del Camino Buenos Aires - Santa Catalina - Flor De Mayo., se encuentra en la Zona 2. El factor Z para una Zona 2 según se indica en la Tabla N° 1 es 0.30, que se interpreta como la aceleración máxima del terreno con una probabilidad de 10% de ser excedida en 50 años. Cuadro Nº 04: Factores de sismicidad FACTORES DE LA ZONA ZONA Z 3 0,40 2 0,30 1 0,15 Para cumplir con los requerimientos de la Norma de zonificación sísmica, el Ingeniero Geotécnico elaborará los perfiles geotécnicos de los suelos, en todo el tramo de la carretera en estudio, teniendo en cuenta las propiedades mecánicas del suelo, el espesor del estrato, el periodo fundamental de vibración y la velocidad de propagación de las ondas de corte.
  • 34. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 34 Gráfico 01: Zonificación Sísmica: elaborado por la facultad de Ingeniería Geológica Universidad Nacional de Ingeniería (Perú – 1998) 3.1.7. Geología de superficie. Este estudio corresponde al Reconocimiento Geológico de Superficie, en el cual se observa una topografía con suaves variantes, densa vegetación, y áreas de cultivo en el 95% de la extensión, en el paso de algunas quebradas, los afloramientos rocosos son mínimos y no se identifica zonas visibles de contacto para cambios de litología y en superficie prima el material suelto coluvio-eluvial. Las condiciones geomorfológicas, aspectos estructurales y procesos de geodinámica externa. Los resultados del reconocimiento de campo, permitieron complementar el Programa de Investigaciones de Mecánica de suelos para el solicitante, y según los requerimientos de las obras proyectadas. 3.1.8. Clasificación geomecánica. La descripción de cada tramo con presencia de afloramientos rocosos, se efectuó en base a la aplicación de las Tablas de Clasificación Geomecánica de Bieniawski, y recomendaciones de la Sociedad Internacional de Mecánica de Rocas; criterios técnicos que permiten definir las cualidades de los macizos rocosos como material de fundación. Los parámetros que determinan la calidad y el comportamiento de las masas rocosas son: · Resistencia a la Compresión Uniaxial.
  • 35. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 35 · Grado de meteorización. · Espaciamiento de discontinuidades. · Alteración y relleno de fracturas, junturas, etc. · Intervalos de discontinuidades estructurales RQD (Rock Quality Designation). 3.1.9. Evaluación de procesos de geodinámica externa. La ocurrencia de fenómenos de geodinámica externa observados en el área de estudio están relacionados a la topografía, geología (litología, grado de meteorización, rasgos estructurales, etc.) y fundamentalmente al factor climático y su interacción con los otros factores. El área de estudio se caracteriza por la rápida evolución de sus vertientes debido a la acción de las lluvias, y en donde los procesos de geodinámica externa se puede presentar pequeñas quebradas que interceptan la vía principalmente en suelos de cobertura blandos lo que ha obligado a la proyección de numerosas obras de arte (alcantarillas, badenes) para el cruce de estos pasos de agua. El proceso de geodinámica de origen hidrogravitacional, es común en el área de estudio, ya que se produce en zonas climáticas húmedas con litología poco consolidada y pendientes moderadas, donde tiene lugar la hidratación y flujo gravitacional sobre el relieve, desplazándose a diferentes velocidades mayormente bajas, de acuerdo al grado de inestabilidad de los materiales, la topografía y las condiciones climáticas estacionales. En tal sentido, el estudio local se orientó a dar mayor énfasis a los aspectos geológicos, geomorfológicos, y de mecánica de suelos, por ser éstos los más representativos para conocer los parámetros, fenómenos y evolución de los depósitos de suelos coluvio y/o eluvio de luviales sobre los que se desarrolla la vía. Materia del presente estudio. A lo largo del camino en estudio, se ha encontrado realmente pocas zonas críticas con diferentes procesos hidrogravitacionales, los que determinan condiciones de riesgo para la infraestructura vial que será objeto de construcción; estos procesos son principalmente: Chorreras: Son torrentes menores de aguas, que ocurren en surcos divagantes, o rectos siguiendo las laderas de pendiente, cuyo origen se debe a las precipitaciones pluviales y posterior sobresaturación de suelos. Fisuras: Son rajaduras y/o resquebrajamientos que ocurren en la plataforma actual. Son producidas por perdidas de soporte lateral, erosión de riberas, reptación de suelos, deslizamientos activos, derrumbes o por simple hundimiento por inconsistencia en la plataforma. Erosión de Riveras: Originada por la acción de corrientes o aguas eventuales que tiene lugar en periodos de creciente o épocas de lluvias y consiste en el socavamiento de los taludes en las orillas.
  • 36. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 36 Derrumbes: Son caídas repentinas de una porción de suelo o roca por pérdida de la resistencia al esfuerzo cortante. No presenta planos o superficies de deslizamiento. Estos fenómenos, por su permanente recurrencia son materia de un mayor análisis, el cual escapa a los alcances del presente estudio, por lo cual aquí sólo se está recomendando su monitoreo permanente y la ejecución de trabajos de remoción de escombros y limpieza de la plataforma cada vez que se active el fenómeno. 3.1.10. Geotecnia. Para el presente estudio, se cuenta con resultados de ensayos de laboratorio a nivel de sub rasante y de algunas canteras seleccionadas, sin embargo se ha creído conveniente complementar la información de mecánica de suelos existente a nivel de sub rasante y de áreas de préstamo. En tal sentido las investigaciones geotécnicas consistieron en una exploración del terreno, tanto de superficie como del subsuelo; mediante ensayos de mecánica de suelos para determinar las propiedades físicas, químicas, y mecánicas de las diferentes unidades de suelos en el área del proyecto. Con la información técnica, y complementada en la presenta fase de campo, se procedió a una correlación de datos e interpretación de las pruebas de laboratorio, las cuales en forma integral constituyen el presente informe y se acompaña en tablas, cuadros de caracterización ingeniero geológica, perfil estratigráfico, etc. 3.1.11. Clima Temperatura.- Para la estación climatológica de Moyobamba, a lo largo del año se registró temperaturas entre 12°C a 15°C de promedios mínimos y 29°C a 31°C de promedios máximos. El promedio anual es de 22.8°C. Cuadro N° 05. Temperatura media anual (°C) estación Moyobamba Estación Periodo Meses Promedio anualene feb mar abr may jun Moyobamba 1981- 2009 23,1 22,4 23,2 22,6 22,9 22,2 22,75jul ago sep oct nov dic 21,9 22,3 22,8 23,1 23,2 23,3 Precipitación.- El distrito de Moyobamba cuenta con una estación pluviométrica. Se presenta a continuación datos de precipitaciones promedio para la zona: Cuadro N° 06.Evapotranspiración potencial mensual y anual (mm) estación
  • 37. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 37 Moyobamba Estación Meses Anual ene feb mar abr may jun Moyobamba 96,0 82,0 95,0 94,0 94,0 88,0 1109,0jul ago sep oct nov dic 85,0 89,0 89,0 97,0 100,0 100,0 3.1.12. Hidrología La red hidrológica de la cuenca hidrográfica del río Alto Mayo comprende un sector de la cuenca del río Huallaga Central con una extensión de 794,023 ha, sus tributarios principales de la margen izquierda tienen sus nacientes en territorios de la Cordillera Oriental, algunos de ellos a más de 4,000 m.s.n.m; mientras que los principales tributarios de la margen derecha nacen en la Cordillera Sub-Andina a unos 2,000 m.s.n.m. El río Mayo tiene un recorrido general NO-SE y su desembocadura se produce en las inmediaciones del poblado de Shapaja en el río Huallaga, los sectores más anchos de su cauce son de más de 150 m y se presentan en Marona y en el sector de Gobernador, los sectores más estrechos son de 50 m y se presentan al cruzar las Cordilleras. En periodo de creciente, la velocidad de corriente en el Alto Mayo es de nivel medio (0.41 m/s); por otro lado, cuando baja el nivel de las aguas, la velocidad se torna muy rápida, llegando alcanzar valores de 2.759 m/s en los “rápidos” presentes debajo de la desembocadura del río Gera y, posiblemente, niveles superiores a estos valores en los impresionantes “rápidos de Marona”. El río Gera nace en las vertientes orientales de la Cordillera Oriental; generalmente, su recorrido es de S-N desde sus orígenes hasta su desembocadura en la margen derecha del río Mayo en el caserío Las Delicias. En total tiene una longitud 30.60 Km en que el río no es navegable. El área de su cuenca es de 20,591 ha que representa el 2.59 % de la cuenca del Alto Mayo. Con base a los datos obtenidos entre 1968 a 1980 el río Mayo presenta dos periodos de creciente. El primer periodo es más pronunciado y ocurre en los meses de marzo, abril y mayo, con el pico en el mes de abril donde al agua alcanza el nivel promedio de 544.26 m3/s; el segundo pico de creciente se presenta en el mes de noviembre donde la precipitación alcanza los 463.76 m3/s. El periodo de vaciante ocurre entre los meses de julio, agosto y setiembre, con el nivel más bajo en el mes de agosto donde el promedio es de 254.16 m3/s. Este comportamiento hidrológico guarda relación con el régimen de lluvias que cae en la cuenca, en cuyos valles pueden alcanzar loa 1,900 mm anuales con promedio de 1,339 mm como se reporta en la Estación Pluviométrica de Moyobamba.
  • 38. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 38 Gráfico 02. Registros de caudal promedio del río Mayo durante el periodo 1968- 1980 y de precipitaciones del periodo 1951- 1994 en Moyobamba. Gráfico 03. Caudales del río Gera. (Estación Gera) 1968 al 1986. Las aguas subterráneas constituyen el recurso menos estudiado en la región, no existe un inventario de fuentes ni un estudio de reservas explotables, aunque sí aprovechamiento de importancia local. Sin embargo la magnitud del flujo base de los ríos, los rasgos lito- estructurales y la existencia de pozos y afloramientos, evidencia la ocurrencia en toda el área de estudio. La calidad de las aguas subterráneas se estima debe ser igual a la de las aguas superficiales, es decir, en general buenas, con excepción de las originadas en las quebradas en cuyas cuencas existen formaciones geológicas con domos salinos, yesos, calizas, etc., que generan alta salinidad y alta mineralización. 0 100 200 300 400 500 600 0.0 20.0 40.0 60.0 80.0 100.0 120.0 140.0 160.0 180.0 Caudal(m3/s) Precipitacióntotalmedia(mm) meses Precipitación media Caudal m3/s 0.00 5.00 10.00 15.00 20.00 25.00 ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SET OCT NOV DIC m3 / s meses PROM MAX MIN
  • 39. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 39 De acuerdo a la evaluación realizada por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de San Martín, los impactos que sobre el medio, produce u originará la actividad humana, ha permitido establecer que los impactos de mayor persistencia son los de modificación del régimen hidrológico y de la calidad del agua. El primero se traduce en una elevación de las descargas de avenidas y una disminución de las descargas de estiaje, con los consiguientes problemas de inundaciones y sequías, siendo la medida controladora o mitigadora del impacto, la reforestación. El segundo significa un cambio de las características físicas, químicas y/o bacteriológicas del agua, con el siguiente impacto sobre la vida acuática; siendo el tratamiento previo a la disposición final de los desechos y el control del empleo de productos químicos en los procesos productivos. Cuadro N° 07: Reporte de Inundaciones en la Cuenca del río Mayo - Periodo 2005-2008. INUNDACIONES REPORTADAS EN LA CUENCA DEL RIO MAYO AÑO 2005-2008 PROVINCIA DISTRITO AÑO REPORTE POR DISTRITO REPORTE POR PROVINCIA REPORTE TOTAL EN LA CUENCA 2005* 2006* 2007* 2008* RIOJA AWAJUN - - 3 - 3 11 35 NUEVA CAJAMARCA 1 - 1 - 2 RIOJA - - 2 - 2 SAN FERNANDO 1 - 1 - 2 YORONGOS - - 1 - 1 YURACYACU - - 1 - 1 MOYOBAMBA CALZADA - - 2 - 2 5MOYOBAMBA - - 2 - 2 SORITOR - - 1 - 1 LAMAS A.DE ALVARADO - - 1 - 1 4 PINTO RECODO - - 1 - 1 S.ROQUE DE CUMBAZA - - 1 - 1 TABALOSOS - - 1 - 1 EL DORADO SAN MARTIN - 0 1 2 3 3 SAN MARTIN JUAN GUERRA - - 1 - 1 12 LA B. DE SHILCAYO - - 1 - 1 MORALES 1 2 1 - 4 SHAPAJA - - 1 - 1 TARAPOTO 2 1 2 - 5 * Reportes Web. INDECI, 2008. Fuente: Evaluación de peligros naturales en la cuenca del río mayo.
  • 40. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 40 3.2. MEDIO BIOLÓGICO 3.2.1. Zonas de Vida En las áreas de influencia del estudio se han identificado dos (02) Zona de Vida basadas en la Clasificación de Zonas de Vida de Holdridge, las cuales se encuentran a lo largo de toda la vía y en la totalidad del distrito de Moyobamba: - Bosque húmedo- Tropical (bh-T).- Esta formación está representada en la zona de influencia indirecta de la vía. Representa esta zona de vida un ecosistema de caracteres intermedios que grada hacia el bosque muy húmedo – Tropical, situada entre 500 y 800 metros m.s.n.m. Los ecosistemas que la caracterizan son fondos de valles encañonados, colinas, valles y montañas, ubicadas principalmente en el sector Suroeste Noreste del área de estudio, Debido a la falta de información meteorológica, sólo es posible hacer una estimación de las características climáticas de esta zona de vida, sobre la base del análisis de interrelación entre la zona de vida precedente y el nivel altitudinal que ocupa. Las condiciones bíoclimáticas estimadas para este ecosistema señalan precipitaciones promedio total anual alrededor de 2,200 mm. Con variaciones entre 2, 000 y 2, 400 mm. El régimen de distribución mensual es bastante regular durante el año y sin meses deficientes en humedad. La biotemperatura promedio anual se estima alrededor de 23.5°C. La relación evapotranspiración se encuentra muy cerca de 0.65. - Bosque muy húmedo - Tropical (bmh-T).- Esta formación no se encuentra en ningún sector de la vía, pero se evidencia en sectores próximos, motivo por el cual es identificado. De acuerdo al sistema Thomthwaite, le corresponde un clima "ligero a moderadamente húmedo y semicálido con nula deficiencia de agua durante el año y con una concentración térmica normal durante el verano". El promedio total anual de precipitaciones se encuentra alrededor de 1,700 mm. , variaciones entre 1,400 y 2,000 mm., y con una temperatura promedio anual estimada en 22.5°C que fluctúa entre 21.0°C y 24°C, aproximadamente. Se tiene una estación húmeda abundante entre Septiembre y Mayo, excepto los meses de Diciembre y Enero, y otra de menores precipitaciones desde Junio hasta Agosto. La biotemperatura promedio anual se encuentra alrededor de 22.5°C y fluctúa entre 21.0°C y 24.0°C en los niveles más altos y más bajos, respectivamente. Se aprecia que la oscilación térmica entre los PMME y los pmme no es muy amplia, con valores extremos de 29.9C en Diciembre y 17.6°C en Enero, respectivamente. El balance hídrico, bajo el sistema de Thomtwaite, pone de manifiesto que este ecosistema presenta un índice de aridez nulo, es decir que no se presenta deficiencia de humedad a través del año, Este valor es corroborado con el correspondiente a la relación de
  • 41. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 41 evapotranspiración, que se ubica alrededor de 0.95. Igualmente, estos coeficientes indican que el volumen total de Lluvia anual cubre las necesidades de evapotranspiración potencial en todos los meses del año. En algunos años, de precipitaciones mensuales escasas, las deficiencias han sido cubiertas por la humedad almacenada en el suelo. En cuanto al aspecto de humedad relativa, se observa que el ambiente es moderadamente húmedo, alcanzando un promedio anual de alrededor de 83%, distribuido en forma bastante regular en el transcurso del año. 3.2.2. Vida Silvestre El área de estudio ha sufrido la intervención antrópica, no encontrándose áreas boscosas primarias comprometidas directamente en las actividades del proyecto. La presencia de especies de la fauna silvestre en las áreas de cultivo y pastizales acarrean conflictos siendo los más comunes los producidos por los vertebrados e invertebrados atraídos por las cosechas, como por ejemplo Dasyproda que come yuca, los monos y loros que comen plátanos, papayas, maíz y cacao; asimismo algunos cultivos atraen a aves y roedores que buscan refugio. Las aves de corral atraen a pequeños depredadores como el ocelote, el Tayra Eirabarbara y diversos Didelphidae (Glironia, Mamiosa, Philander, Didelphis) Nasuanasua y otros Procyonidae; la ganadería se ve afectada por el ataque de vampiros Desmodusrotundus. Estos problemas no pueden ser evitados manejando la fauna en los bosques y pastizales, ya que la proliferación de roedores y aves dañinas se produce a consecuencia de la abundancia de alimentos que les brinda la agricultura. Las poblaciones de pequeños depredadores también aumentan por la disponibilidad de presas como las aves de corral. Muchas plagas, en especial insectos y ácaros, están presentes en los pastos naturales y cultivados. La fauna silvestre actúa como huésped de enfermedades que pueden afectar al ganado. De éstas, la más conocida en el trópico es la rabia, que se mantiene en varias especies de animales salvajes, incluyendo los murciélagos, mientras que numerosos insectos, ácaros y otros invertebrados, actúan como vectores de enfermedades del ganado. Muchas de estas plagas son parásitos internos o externos del ganado. Las zarigüeyas (Didelphis), y las aves de presa constituyen peligros para las aves de corral. Por último, los ofidios venenosos pueden producir mortalidad del ganado y personas, sobre todo en época de cosecha de cacao y café, causando los mayores daños las serpientes de los géneros Bothropsy Crotalus. El ganado también puede transmitir enfermedades nativas o
  • 42. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 42 introducidas, como la aftosa y la septicemia hemorrágica, que pueden afectar a los animales salvajes. Por su parte, los perros a veces se emplean para controlar el ganado o cuidar las viviendas, constituyen un permanente peligro para la fauna silvestre, ya que se sustentan de la caza si sus dueños no los alimentan adecuadamente. Otro potencial en fauna silvestre pero del área de influencia indirecta del Proyecto lo constituyen el recurso “carne de monte”, llamado así preferentemente a los mamíferos que son cazados y dedicados a la alimentación por el poblador del distrito de Moyobamba; entre los principales mamíferos dedicados a este uso tenemos: “picuro”, “carachupa”, “ratones de monte”, “conejo”, entre otros. Finalmente como uso permanente para el consumo humano en las áreas de influencia del proyecto también se considera el recurso hidrobiológico, proveniente principalmente del río Mayo y tributarios mayores como el Tónchima, Yuracyacu, Soritor y Negro. A continuación se presenta una lista de los peces más frecuentemente capturados en dichas zonas: Cuadro N° 08: Peces comunes en el río Mayo y tributarios principales en la cuenca alta N° NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO 1 Saltón Brachyplatystoma filamentosum 2 Dorado Brachyplatystoma flavicans 3 Manitoa Brachyplatystoma vaillantii 4 Mota pintada Callophysus macropterus 5 Cunchimama Paulicea lutkeni 6 Mota blanca Pinirampus pirinampu 7 Doncella Pseudoplatystoma fasciatum 8 Tigre zúngaro Pseudoplatystoma tigrinum 9 Yulilla Anodus elogantus 10 Acarahuazú Astronotus ocellatus 11 Sábalo cola roja Brycon erythropterum 12 Sábalo cola negra Brycon melanopterus 13 Tucunaré Cichla monoculus 14 Gamitana Colossoma macropomun 15 Ractacara Curimata vittata 16 Fasaco Hoplias malabaricus 17 Lisa Leporinus trifasciatus 18 Palometa Mylossoma duriventre 19 Paco Piaractus brachipomus 20 Corvina Plagioscion squamosissimus 21 Llambina Potamorhina altamazonica 22 Yahuarachi Potamorhina latior 23 Boquichico Prochilodus nigricans 24 Carachama Pterygophlychtys punctatus 25 Chambira Rhaphiodon vulpinus 26 Yaraqui Semaprochilodus amazonensis 27 Sardina Triportheus angulatus Fuente: Elaboración propia en base a visitas al mercado central de Moyobamba.
  • 43. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda Río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, San Martín” 43 3.2.3. Cobertura Vegetal En el ámbito de influencia del proyecto se pudo identificar la siguiente composición de cobertura: Cuadro N° 09: Potencialidades en flora del distrito Moyobamba ESPECIES ARBOREAS Fuente: Proyecto Especial Alto Mayo (2013) Cuadro N° 10: Plantas medicinales N° NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO 1 Ajo sacha Cordia alliodora 2 Ajo caspi Cordia sp. 3 Barbasco caspi Lonchocorpus sp. 4 Azufre caspi Symphonia globulifera 5 Azucar huayo Hymenaea palustres 6 Canela moena Nectandra sp. 7 Cudrochushohuasha Heisteria pallida 8 Herito (jagua) Genipa americana 9 Icoja Unonopsis floribunda 10 Leche caspi o huayo Couma sp. 11 Palo achiote Bixa arbórea 12 Palo azufre Symphonia globulifera 13 Oje Ficus insipida 14 Retama Cassia sp. 15 Sangre de grado Croton draconoides 16 Chiringa Hevea brasiliensis 17 Tamamuri Brosimun sp. Fuente: Proyecto Especial Alto Mayo (2013)) N° NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO 1 Amasisa Erythrina ulei 2 Amasisa colorada Erythrina sp. 3 Anacaspi Cynometra sp. 4 Capirona Calycophillum spruceanum 5 Mashonaste Clarisia racemosa 6 Capinari Rudgea cephalante 7 Carahuasca Guatyeria sp. 8 Catamia Hura crepitans 9 Caupirí Cryanthera sp. 10 Cedro Cedrela odorata 11 Cumala Virola sp. 12 Huayruro Ormosia sp. 13 Lagarto caspi Calophyllum brasiliense 14 Lagarto moena Sacogeottis sp. 15 Maruja Simarouba amara 16 Mocua amarilla Aniba amazonica 17 Pashaco Schizolobium sp. 18 Pucaquiro Sickingia tinctoria 19 Renaco Ficus sp. 20 Requia Guarea trichiliondis 21 Topa Ochroma lagopus 22 Ismamoena Endlicheria williamsii
  • 44. E.I.A“Mejoramiento del Camino Vecinal Buenos Aires - Santa Catalina (Acceso Pte. Motilones) - Flor De Mayo, Margen Izquierda del río Mayo, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, Región San Martín” 44 Cuadro N° 11: Frutas silvestres N° NOMBRE COMÚN NOMBRE CIENTÍFICO 1 Anona Duguetia spixiana 2 Cacao Teobroma cacao 3 Caimitillo Lucuna caimito 4 Caimito Pouteria sp. 5 Guaba Inga edulis 6 Lúcuma Lucuma sp. 7 Palillo caspi Campomanesia lineatifolia 8 Pan de árbol (pandisho) Artocorpus communis 9 Sachamango Grias neuberthii 10 Shimbillo Inga sp. 11 Uvilla Coussapoa sp. 12 Zapote Quararibea cordata Fuente: Proyecto Especial Alto Mayo (2013)) 3.3. MEDIO SOCIO – ECONÓMICO 3.3.1. Población El Censo Nacional de 2007, determinó una población total de 728,808 habitantes para el departamento de San Martín, 115,389 habitantes la provincia de Moyobamba (15.83 % de la población departamental). El aumento poblacional de la zona rural del distrito es principalmente por inmigración, en busca de tierras para usar en actividades agropecuarias; asimismo la disminución de la población urbana, es debido a que emigran hacia la capital provincial. Cuadro N° 12: Población urbana y rural por sexo: 2007 Área geográfica Total Total hombre mujer urbano % rural % urbano rural urbano rural Departamento San Martín 728,808 472,755 64.87 256,053 35.13 242,171 140,346 230,584 115,707 Provincia Moyobamba 115,389 68,406 59.28 46,983 40.72 34,452 25,377 33,954 21,606 Fuente: Censo Nacional 2007 – INEI En el período intercensal 1993-2007, se registró una tasa de crecimiento poblacional del 1.6% a nivel nacional, 2.0% para el departamento de San Martín, del 3.9% en la provincia de Moyobamba.