El documento describe el subsistema nacional de educación superior en Panamá, incluyendo el Consejo de Rectores de las Universidades Públicas y Privadas de Panamá y sus objetivos de mejorar la calidad, pertinencia y equidad de la educación superior. También discute estudios y proyectos futuros para innovar la educación a través de la capacitación docente.
2. CONTENIDO
SUBSISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN PANAMÁ
Necesidad e importancia de un subsistema de educación superior en Panamá
Consejo de los Rectores de las Universidades Públicas y Privadas de Panamá
Integración
Objetivos y funciones
Estudios
Proyectos futuros
3. INTRODUCCIÓN
Una enseñanza de calidad para todos a lo largo de la vida, basada en el mérito y la equidad, es
la visión de la UNESC O para el desarrollo de la educación.
La Educación Superior ha sido considerada como un bien público social, y como tal, corresponde
al Estado velar por su calidad.
Un sistema de educación de calidad debe ser equitativo y pertinente.
Además, inclusivo y promover ciudadanos con las competencias que los capaciten tanto para el
trabajo como para el emprendimiento y el fortalecimiento de una cultura nacional.
4.
5.
6. Marco Legal y Regulatorio
Conjuntos de disposiciones legales que respaldan la
creación y funcionamiento de las instituciones de
Educación Superior Privada Universitaria.
La educación superior, Tercer Nivel de Enseñanza se
imparte en las Universidades en los centros de
Enseñanza Superior no Universitarios y en los Centros
de Educación Postmedia. La legislación que ampara la
creación de las instituciones de Educación Superior
Privada Universitaria son las siguientes:
La Constitución Política de la República de Panamá
garantiza la libertad de enseñanza y reconoce la
libertad de crear centros particulares con sujeción a la
Ley. Decreto Ley 16 de 11 de Junio de 1963 cuyo
artículo reconoce el derecho a crear y hacer funcionar
en la República de Panamá, Universidades Privadas
con sujeción a este Decreto Ley.
La Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación, con las
adiciones y modificaciones introducidos por la Ley 34
del 6 de Julio de 1995 establece con respecto al Tercer
Nivel de Enseñanza a Educación Superior lo siguiente:
Artículos 60: La educación correspondiente al Tercer
Nivel de Enseñanza o Educación Superior será
impartida en las universidades y centros de enseñanza
superior y en los centros de educación postmedia.
La Ley 47 No.24. Exige de la Universidad de Panamá y
de otras universidades particulares, las evaluaciones de
los centros universitarios que forman docentes con el
objeto de asegurar la calidad de la formación docente
en las demás instituciones universidades particulares.
7. Consejo de los Rectores de las Universidades Públicas y
Privadas de Panamá
La idea se planteó desde el inicio de la década de los años ochenta, por el interés demostrado por
diferentes profesionales de la educación.
1995, luego de algunas reuniones y gracias a la gestión del Dr. Gustavo García De Paredes, Rector de la
Universidad de Panamá, se logró concretar la idea.
8 de mayo fue electa la primera Junta Directiva del Consejo de Rectores, cuyos miembros, tomaron
formalmente posesión el día 6 de junio del mismo año.
"Procurar, en forma permanente, el mejoramiento de la calidad y pertinencia, equidad y
modernización de la gestión de las instituciones de educación superior, para lograr una mejor
eficiencia y eficacia administrativa".
8. Instituciones Universitarias que integran el
consejo de rectores
• Universidad de Panamá
• Universidad Tecnológica de Panamá
• Universidad Autónoma de Chiriquí
• Universidad Católica Santa María la Antigua
• Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología
• Universidad del Istmo
• Universidad Americana
• Universidad Internacional Marítima de Panamá
• Universidad de Comercio Exterior
• Universidad Interamericana de Panamá
• Universidad Panamericana
9. Objetivos y funciones
Exaltar, promover y fortalecer los valores de la identidad nacional dentro de la globalización.
Procurar la creación y actualización del marco legal que oriente y norme la educación superior del país en sus
diferentes programas y modalidades.
Fomentar la solidaridad, coordinación, y cooperación entre todas las universidades oficiales y particulares del país,
así como de éstas con universidades de otros países y la comunidad internacional.
Velar por la vigencia de la autonomía universitaria y de las libertades académicas, de docencia e investigación, de
expresión y difusión del pensamiento, inherentes a toda labor científica y cultural en este nivel de educación.
Formular las políticas y objetivos de la educación superior, de manera que atienda los requerimientos del desarrollo
equitativo e integral de la nación.
10. Objetivos y funciones
Procurar en forma permanente, el mejoramiento de la calidad, pertinencia y equidad de la educación superior, para lograr una mayor
eficacia de modo que responda a las necesidades del desarrollo humano y al desafío de la sociedad moderna.
Promover la vinculación de la educación universitaria con los otros niveles y formas de educación, con los sectores productivos, con el
Estado y la sociedad en general.
Promover la investigación para el desarrollo científico y tecnológico, socio-económico y cultural en las universidades, en coordinación
con los organismos nacionales e internacionales establecidos para tales fines.
Fortalecer la gestión institucional e incrementar las fuentes de financiamiento de la educación universitaria, como una inversión social.
Establecer un sistema nacional de evaluación y acreditación de las instituciones y programas universitarios oficiales y particulares del
país.
11. Estudios y Proyectos futuros
Con el propósito de innovar y avanzar con un nuevo modelo educativo para asegurar que los docentes puedan
brindar mejor calidad de educación a los estudiantes, el Ministerio de Educación, el Consejo de Rectores de Panamá
y la Asociación de Universidades Privadas del país, firmaron un convenio de cooperación.
Este programa contiene módulos enfocados en fundamentos de enseñanza y aprendizajes como:
Innovación en la educación
Instrucciones entre pares
Metodologías de la clase invertida
Evaluación autentica del aprendizaje estudiantil
Proyecto final.
Cabe añadir que este programa está diseñado para proporcionar a los participantes una fuente útil de información y
orientación en el proceso de transformar sus cursos para mejorar la enseñanza y aprendizaje de sus universidades.
12. BIBLIOGRAFÍA
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Consejo Superior Universitario Centroamericano-CSUCA.Guía de Auto eveluación Insti1ucional. San José,Costa Rice (2010).
Ley 30 del 20 de Julio del 2006 "Que Crea al Sistema Nacional de Ealuación y Acreditación para el mejoramiento de la calidad de la educación Superior
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Panamá.
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http://docenciasuperior.org/Documentos/Recursos/o_publicaciones6.pdf
http://www.oei.es/historico/quipu/panama/index.html