2. REGLAMENTO GENERAL
• TITULO I: SISTEMA NACIONAL DEL ECUADOR
• Las sesiones del Consejo Nacional son publicas.
• El nivel distrital gestiona las acciones educativas interculturales y bilingües.
• El consejo académico encargado de proponer acciones para una educación de calidad.
• Los miembros del consejo académico deben tener titulo de cuarto nivel, 5 años de experiencia, no ser
sancionado, entre otros reglamentos.
• Los textos educativos son avalados por la certificación curricular.
3. SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION
EDUCATIVA
• TITULO II:
• Las evaluaciones que realiza el Instituto Nacional de Evaluación Educativa deben estar regidos a
estándares e indicadores de calidad, con una rendición social de cuentas.
• Criterios para la evaluación: aprendizaje, desempeño de profesionales de la educación y gestión de
establecimientos educativos.
4. ESTRUCTURA Y NIVELES DEL SISTEMA
NACIONAL DE EDUCACION
• TITULO III
• Educación escolarizada con sus respectivos títulos y con distintos niveles (presencial, semiprencial y a distancia).
• Niveles de educación, inicial, educación general básica y bachillerato (ciencias, técnico y con reconocimiento internacional).
• En bachillerato técnico realizan formación profesional, bachillerato en ciencias e internacional con sus respectivas cargas
horarias dependiendo de la malla curricular.
5. DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
• TITULO IV:
• Normas generales dependiendo de los niveles que oferten las instituciones educativas.
• Docentes cumplen con 6 horas pedagógicas y 2 horas dentro o fuera del plantel.
• La cantidad de las autoridades depende de los niveles de la institución.
• El rector o director debe cumplir diferentes atribuciones como representar legalmente,
judicial y extrajudicial a la institución.
• Atribuciones del vicerrector, asesorar y supervisar el trabajo docente.
• Atribuciones del inspector general, registrar la puntualidad de estudiantes y docentes.
• Diferentes tipos de organismos en las instituciones con sus respectivas responsabilidades
(junta académica, padres de familia, etc.)
• Código de convivencia documento publico realizado por representantes de la comunidad
educativa.
6. REGIMEN ESCOLAR
• TITULO V:
• El año lectivo consta de dos quimestres con una duración mínima de 200 días, dependiendo
de la región empieza el año escolar (costa en mayo/sierra y amazonia en septiembre).
• Existen tres jornadas(matutina, vespertina y nocturna), con 40 min como hora pedagógica.
• Matricula, registro legal para el inicio de cada año lectivo (matricula automática, segunda y
tercera matricula)
• Si son extranjeros entregar la resolución académica en las instituciones para que lo ubiquen
en el nivel decretado por el distrito.
• La inasistencia de los estudiantes debe ser justificada por el representante legal.
• Excursiones o visitas de observación son consideradas horas educativas.
• Tipos de distinciones en tercero en bachillerato (abanderado y dos escoltas por cada
entidad), con juramento a la bandera cada 26 de septiembre.
7. EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y PROMOCIÓN DE
LOS ESTUDIANTES
• TITULO VI:
• La evaluación ayuda a lograr los objetivos de aprendizaje ya
sea evaluación diagnostica, formativa o sumativa.
• Promoción: los estudiantes de inicial y subniveles de
preparatoria serán promovidos automáticamente.
• Aprobación, logro de los objetivos de aprendizaje, teniendo
en cuenta los estándares (7/10).
• Instituciones educativas expedir los documentos de
promoción legalizada al culminar el periodo académico.
• Para el titulo de bachiller se obtiene el 30% de básica
superior, 40% bachillerato y 30% examen de grado.
8. NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIFICAS
• TITULO VII:
• Ingreso a las instituciones educativas a estudiantes con necesidades especiales asociadas o no a la
discapacidad, con apoyo y adaptaciones permanentes o temporales.
• Para la evaluación y promoción de estos estudiantes estarán regidos a estándares dependiendo de la
necesidad.
• Situaciones excepcionales, estudiantes con vulnerabilidad y trato preferencial.
9. SISTEMA DE EDUCACION INTERCULTURAL
BILINGUE
• TITULO VIII:
• Pueblos y nacionalidades originales de Ecuador pueden aprender en su
idioma.
• Enfoque a la diversidad cultural y respeto a las culturas.
• La subsecretaria de educación intercultural bilingüe es parte sustancial y
orgánica; cumpliendo sus respectivas obligaciones y atribuciones.
• Cada cultural tiene un representante en el Consejo Plurinacional del
Sistema de Educación Intercultural Bilingüe.
• El Instituto de Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestrales es una entidad de
derecho público que cumple con atribuciones.
10. CARRERA EDUCATIVA
• TITULO IX:
• Ampara el ejercicio docente, y valida sus méritos.
• El concurso de méritos y oposición es un proceso selectivo.
• Los aspirantes que desearen ocupar una vacante en la
especialidad de lengua extranjera, deberían aprobar un nivel B2.
• Oposición, pruebas estandarizadas aplicadas para obtener la
categoría de elegible.
• Declarará ganador al concursante que obtuviere la calificación
más alta en el concurso de méritos y oposición.
11. REGULACIÓN, CONTROL, INFRACCIONES,
SANCIONES Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS
• TITULO X:
• El sistema de regulación de la gestión educativa, monitorea y controla el cumplimiento de las políticas
educativas públicas y normativas.
• La Autoridad Educativa Nacional realizara auditorias para registrar el cumplimiento de la calidad
educativa.
• Las instancias de representación de Padres y Madres de Familia y del Consejo Estudiantil llevaran el
control externo de la institución.
• Alterar la paz, la convivencia armónica e irrespetar los Códigos de Convivencia serán nombrados como
faltas de los estudiantes como de docentes (leves, graves y muy graves).
12. PROVISIÓN DE TEXTOS, ALIMENTACIÓN Y
UNIFORMES ESCOLARES
• TITULO XI:
• El estado proveerá de textos gratuitos a estudiantes de instituciones publicas y fisco misionales.
• Garantizar el diseño y la ejecución de la operación técnica y logística para que las instituciones
educativas públicas y fisco misionales.