1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ»
NÚCLEO CARICUAO
CURSO: SEGURIDAD SOCIAL
FACILITADORA: ONEIDA MARCANO PARTICIPANTE: NUYELKA PÉREZ C.I 27.814.715
CARACAS, FEBRE 2017
2. SEGURIDAD
Según Cortés (2002), la seguridad es el conjunto de procedimientos y recursos
aplicados a la eficaz prevención y protección frente a los accidentes.
SEGURIDAD SOCIAL
La seguridad social es un conjunto de medidas que la sociedad proporciona a
sus integrantes con la finalidad de evitar desequilibrios económicos y sociales
que, de no resolverse, significarían la reducción o la pérdida de los ingresos a
causa de contingencias como la enfermedad, los accidentes, el desempleo,
entre otras.
3. SALUD
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la salud es la condición de
todo ser vivo que goza de un absoluto bienestar tanto a nivel físico como a nivel
mental y social.
PREVENCIÓN
Lofauist argumenta que la prevención es un proceso activo y asertivo de crear
condiciones o atributos que promueven el bienestar de las personas.
4. ANTECEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
• En el año de 1936, se promulga la Ley del Trabajo, que otorgaba normas
legales para el funcionamiento de la Oficina Nacional del Trabajo.
• El 19 de febrero de 1944, fue creado el Reglamento General de la Ley del
Seguro Social Obligatorio.
• El 09 de octubre de 1944, se iniciaron las labores del Seguro Social, con la
inauguración de los Servicios del Instituto
• En 1966, se promulga la nueva Ley de Seguro Social totalmente reformada.
• El 21 de junio de 1984, el Decreto 673, estableció el Régimen de Jubilaciones
y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública.
5. ANTECEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
• El 28 de diciembre de 2007, se aprueba la Ley de Reforma Parcial de la Ley
Orgánica del Sistema de Seguridad Social
• El 30 de abril de 2010, se ordena al Instituto Venezolano de Los Seguros
Sociales (IVSS) el otorgamiento de la pensión de vejez a veinte mil (20.000)
campesinos y pescadores que hayan cumplido, si es hombre (60) años de
edad y si es mujer (55) años de edad.
• El 13 de diciembre de 2011, se dicta el Decreto Nº 8.694, que tiene por objeto
crear la Gran Misión en Amor Mayor Venezuela.
6. CONTINGENCIA
Una contingencia es un evento que es probable que ocurra pero del cual no se
tiene la certeza de que vaya a ocurrir.
PRESTACIONES
Es toda acción dirigida a ofrecer al trabajador una ayuda económica
o servicio social, en adición a su salario, con la finalidad de reducir el gasto del
empleado, fomentar su desarrollo y crear condiciones de trabajo satisfactorias”.
7. PRESTACIONES DINERARIAS
Pensiones
• Pensión por sobreviviente: Son prestaciones dinerarias causadas por el
fallecimiento de una asegurada o un asegurado, siempre que tenga
acreditadas no menos de setecientas cincuenta (750)
• Pensión por Invalidez: son otorgadas al asegurado por la pérdida de más
de dos tercio (2/3) de su capacidad para trabajar a causa de una
enfermedad o accidente
8. • Pensión por Incapacidad: Son prestaciones dinerarias otorgadas en virtud de
una enfermedad profesional o accidente de trabajo la cual disminuye al
asegurado su capacidad para trabajar entre un 25% y hasta un 66,66%,
originándose el derecho a la obtención de una pensión por incapacidad.
• Pensión por Vejez: son otorgadas una vez que la asegurada o el asegurado
cuando ha cumplido 55 años si es mujer y 60 años si es hombre y posee un
mínimo de 750 semanas cotizadas.
PRESTACIONES DINERARIAS
9. BASE DE LA COTIZACIÓN
La base de la cotización es aquella cantidad sobre la que se aplica un
porcentaje denominado tipo de cotización que será el que corresponda para
determinar la obligación de cotizar a la Seguridad Social.
COTIZACIÓN
Se denomina cotización a las cuantías o impuestos (cuotas)1 que los
trabajadores y empleadores deben ingresar al Estado en concepto de
aportación por trabajar.
10. DENSIDAD DE COTIZACIÓN
La Densidad de Cotización es la proporción de meses que un afiliado ha
realizado aportes respecto del tiempo que ha permanecido afiliado a un
sistema.
CÁLCULO DE LA COTIZACIÓN
Sueldo básico x 12 meses entre 52 semanas, el resultado se multiplica por el 4%
de retención SSO y luego se multiplica por los lunes que tenga el mes, que
pueden ser 4 o 5.
Ejemplo:
Sueldo básico: Bs.F. 2.000Bs.
2.000 x 12 / 52 = 461,53 Bs. x 4% = 18,46 Bs. x 4 = 73,84 Bs. a descontar al
trabajador.
11. RÉGIMEN ESPECIAL
Los Regímenes Especiales, son normativas dirigidas a sectores económicos que
por su naturaleza o actividad requieren de incentivos para el desarrollo de sus
operaciones.
RÉGIMEN ESPECIAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS
FUNCIONARIOS PÚBLICOS
Es el conjunto de normas que regula el derecho al goce de los beneficios de
jubilaciones y otras pensiones, que han sido creadas mediante resoluciones,
convenios y otros instrumentos; con el propósito de proteger a los funcionarios o
empleados públicos que han cumplido con los requisitos preestablecidos para
su disfrute en los respectivos conjuntos normativos.
12. PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
GRATUIDAD
UNIVERSAL
INTEGRAL
SOLIDARIO
No impide cotizar
Todos los ciudadanos son iguales y
tienen el derecho de ser protegidos ante
las necesidades generadas por
contingencias sociales.
La integralidad se expresa en el amparo de todas las
contingencias que acechan al hombre, desde su
nacimiento hasta su muerte.
Los que no han cotizados también recibirán la ayuda