PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptx
Sistema Nacional de Programación Multianual de Inversiones
1. Sistema Nacional de Programación
Multianual de Inversiones
Econ. Armandina Guevara Cervera
2. Contenido
Ámbito de Aplicación del Sistema
Incorporación de gobiernos locales al sistema
Funciones y responsabilidades de los órganos
Principales definiciones
Ciclo de las Inversiones
• Fase de Programación Multianual de
Inversiones
• Fase de Formulación y Evaluación
• Fase de Ejecución
• Fase Funcionamiento
3. Siglas
MEF: Ministerio de Economía y Finanzas
DGPMI: Dirección General de Programación Multianual de Inversiones
PMI: Programa Multianual de Inversiones
PI: Proyecto de Inversión
IOARR: Inversiones de Optimización, Ampliación marginal, Reposición y
Rehabilitación
GR: Gobierno Regional
GL: Gobierno Local
OR: Órgano Resolutivo
4. Siglas
OPMI: Oficina de Programación Multianual de Inversiones
UF: Unidad Formuladora
UEI: Unidad Ejecutora de Inversiones
UP: Unidad Productora
PIA: Presupuesto Institucional de Apertura
PIM: Presupuesto Institucional Modificado
DL: Decreto Legislativo
TUO: Texto Único Ordenado
DS: Decreto Supremo
RD: Resolución Directoral
5. Marco Normativo
Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación
Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley N° 27293, Ley
del Sistema Nacional de Inversión Pública (01.12.2016). Modificado
por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del DL N°
1341, Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 30225, Ley de
Contrataciones del Estado (07.01.2017) y la Ley N° 30680, Ley que
aprueba medidas para dinamizar la ejecución del Gasto Público y
establece otras disposiciones (14.11.2017), DL Nº 1432, Decreto
Legislativo que modifica el DL Nº 1252 (16.09.2018), DL Nº 1486,
Decreto Legislativo que establece disposiciones para mejorar y
optimizar la ejecución de las inversiones públicas (10.05.2020).
6. Marco Normativo
DS Nº 284-2018-EF, aprueban el Reglamento del DL Nº 1252,
Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación
Multianual y Gestión de Inversiones (09.12.2018), modificado por
el DS Nº 179-2020-EF (07.07.2020) y por el DS N° 231-2022-
EF (04.10.2022).
7. Marco Normativo
RD Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada mediante
(23.01.2019), modificada por la RD Nº 006-2020-EF/63.01(19.07.2020), RD
Nº 008-2020-EF/63.01 (28.10.2020), RD Nº 004-2022-EF/63.01
(15.09.2022).
RD Nº 003-2019-EF/63.01, disponen la incorporación de diversos GL al
Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y
dictan otras medidas (20.02.2019), modificada por RD 005-2020-EF/63.01,
establecen disposiciones para la aprobación de inversiones en Estado de
Emergencia y aprueban Instructivo para el registro de IOARR - Estado de
Emergencia Nacional (COVID 19). (23.03.2020).
8. Marco Normativo
RD Nº 004-2019-EF/63.01, aprueban instrumentos metodológicos en el
marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de
Inversiones y dictan otras medidas (26.09.2019).
DL Nº 1486, Decreto Legislativo que establece Disposiciones para Mejorar
y Optimizar la Ejecución de las Inversiones Públicas (10.05.2020).
RD Nº 008-2020-EF/63.01, aprueban Sustitución e inclusión de UF y UEI y
Suscripción de convenios en el marco del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones (28.10.2020).
9. Marco Normativo
RD Nº 010-2020-EF/63.01 Aprueban alcances sobre las opiniones
vinculantes emitidas por la DGPM durante el Ciclo de Inversión y criterios
para la desactivación de inversiones en el Banco de Inversiones
(10.12.2020).
RD Nº 003-2021-EF/63.01, Aprueban los Lineamientos metodológicos
generales de la evaluación ex post de las inversiones y Lineamientos para
la evaluación ex post de corto plazo.(05.07.2021).
RD Nº 0004-2022-EF/63.01, Modifican la Directiva N° 001-2019-EF/63.01,
Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y
Gestión de Inversiones. 17.09.2022).
10. Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones
Es un sistema administrativo del
Estado, que comprende normas,
técnicas, métodos y procedimientos
que regulan y orientan el uso de los
recursos públicos destinados a la
inversión para la efectiva prestación
de servicios y la provisión de la
infraestructura necesaria para el
desarrollo del país.
11. Ciclo de Inversiones
Programación
Multianual
Formulación y
Evaluación
Funcionamiento
Ejecución
Responsable OPMI
y OR Responsable UF
Responsable UEI y
UF
DGPMI y OPMI
Consiste en un proceso
de coordinación y
articulación
interinstitucional e
intergubernamental, de
proyección tri-anual,
como mínimo, tomando
en cuenta los fondos
públicos destinados a la
inversión proyectados en
el Marco
Macroeconómico
Multianual.
Comprende la
elaboración y declaración
de viabilidad de la ficha
técnica y solo en caso de
proyectos que tengan alta
complejidad se requiere
perfil.
Comprende la
elaboración de los
estudios definitivos y la
ejecución
financiera y física. El
seguimiento de la
inversión se realiza a
través del Sistema de
Seguimiento de
Inversiones.
Comprende la operación
y mantenimiento de los
activos generados con la
ejecución de la inversión.
Evaluación Ex post.
12. Principios del Sistema
La programación multianual de la inversión debe ser realizada
considerando como principal objetivo el cierre de brechas de
infraestructura o de acceso a servicios públicos para la población.
La programación multianual de inversiones debe partir de un
diagnóstico detallado de la situación de las brechas de infraestructura
o de acceso a servicios públicos.
La inversión debe programarse teniendo en cuenta la previsión de
recursos para su ejecución y su adecuada operación y mantenimiento.
13. Ámbito de Aplicación del Sistema
• Entidades del Gobierno Nacional
• Gobiernos Regionales
• Los Gobiernos Locales incorporados al Sistema
Nacional de Inversión Pública (1673 GL al 04.04.2023).
Fuente : Banco de Inversiones-DGPMI-Ministerio de Economía y Finanzas
14. Incorporación de Gobiernos Locales
▪ Aquellos gobiernos locales que programen solicitar una operación de
endeudamiento externo, o garantía financiera o aval del Estado para
el financiamiento de un proyecto de inversión, deberán incorporarse
al referido Sistema Nacional.
▪ La DGPMI puede, mediante RD, incorporar progresivamente
entidades públicas al Sistema Nacional de Programación Multianual
y Gestión de Inversiones. Mediante RD N° 003-2019-EF/63.01, se
incorporó 26 GL al sistema.
15. Fuente: RD N° 003-2019-EF/63.01
Incorporación de Gobiernos Locales
16. Los Gobiernos Locales no sujetos al Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones podrán
incorporarse voluntariamente al mismo, conforme a los
siguientes criterios y requisitos.
Incorporación de Gobiernos Locales
17. Incorporación de Gobiernos Locales
Contar con acceso a internet.
Compromiso del Concejo Municipal de apoyar la generación y
fortalecimiento técnico de las capacidades de formulación y evaluación
de los proyectos de inversión y aprobación de las IOARR en su GL, de
corresponder.
Contar con un Presupuesto Institucional en la Genérica de Gasto 2.6
“Adquisición de Activos No Financieros”, con un monto no menor a S/
1,000,000.00 (un millón y 00/100 soles).
18. Ámbito de Aplicación del Sistema
La aplicación de las normas del Sistema Nacional
de Programación Multianual y Gestión de
Inversiones alcanza inclusive a los proyectos
formulados y ejecutados por terceros, cuando
una entidad del Sector Público sujeta a dicho
Sistema deba asumir, después de la ejecución,
los gastos de operación y mantenimiento, de
carácter permanente, con cargo a su
presupuesto institucional.
19. Órganos Integrantes del Sistema
Dirección
General de
Programación
Multianual de
Inversiones
(DGPMI-MEF)
Órganos
Resolutivos
(OR)
Oficinas de
Programación
Multianual de
Inversiones
(OPMI)
Unidades
Formuladoras
(UF)
Unidades
Ejecutoras
de
Inversiones
(UEI)
20. Funciones de la DGPMI
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION
MULTIANUAL DE INVERSIONES (DGPMI
antes DGPI)
Es el órgano que ejerce la rectoría del Sistema,
siendo la más alta autoridad técnico-normativa
del Sistema.
Aprobar directivas, procedimientos,
lineamientos, instrumentos metodológicos de
alcance general y demás normas
complementarias del SNPMGI, necesarias para
su funcionamiento y la aplicación de las fases
del Ciclo de Inversión.
Regular el funcionamiento de los aplicativos
informáticos del SNPMGI, considerando su
articulación con los aplicativos informáticos de
los sistemas administrativos vinculados con la
gestión de las inversiones
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION
MULTIANUAL DE INVERSIONES (DGPMI
antes DGPI)
Emitir los contenidos aplicables a las fichas
técnicas generales y a los estudios de
preinversión, las metodologías generales y
parámetros de evaluación para la formulación y
evaluación ex ante de los proyectos de
inversión, teniendo en cuenta su nivel de
complejidad.
Emitir las metodologías colaborativas de
modelamiento digital de la información, para
mejorar la transparencia, calidad y eficiencia de
las inversiones.
Aprobar las directivas para la elaboración,
implementación y actualización del inventario
de activos, el cual se compatibiliza con la
normativa del Sistema Nacional de
Abastecimiento, en lo que corresponda.
21. Funciones de la DGPMI
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION
MULTIANUAL DE INVERSIONES (DGPMI antes
DGPI)
Aprobar las directivas e instrumentos
metodológicos para el seguimiento y evaluación ex
post de las inversiones en los tres niveles de
gobierno, para la provisión oportuna de servicios e
infraestructura.
Emitir la metodología para la evaluación a cargo de
los Sectores sobre la calidad de los proyectos de
inversión que se enmarquen en el ámbito de su
responsabilidad funcional.
Emitir opinión vinculante, exclusiva y excluyente, a
solicitud o de oficio, sobre las inversiones en
cualquier fase del Ciclo de Inversión y la normativa
del Sistema Nacional de Programación Multianual y
Gestión de Inversiones.
Realizar evaluaciones respecto del logro de los
objetivos priorizados, metas e indicadores
establecidos en la programación multianual de
inversiones, con el fin de evaluar el avance del cierre
de brechas de infraestructura o de acceso a servicios
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION
MULTIANUAL DE INVERSIONES (DGPMI antes
DGPI)
Elaborar el PMIE sobre la base de la consolidación
de los PMI presentados por los Sectores, GR, GL y
empresas públicas bajo el ámbito del FONAFE,
incluido ESSALUD.
Realizar evaluaciones ex post de las inversiones
sobre la base de una muestra determinada de
acuerdo a la metodología y criterios que aprueba
para tal efecto.
Brindar capacitación y asistencia técnica.
Aprobar los perfiles profesionales de los
Responsables de las OPMI y de las UF.
Efectuar, de oficio, la desactivación de inversiones
en los aplicativos informáticos del Sistema
Nacional de Programación Multianual y Gestión de
Inversiones que no cumplan con los criterios
establecidos por la DGPMI.
22. Funciones de la DGPMI
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION
MULTIANUAL DE INVERSIONES (DGPMI antes
DGPI)
Emitir la metodología general para la evaluación a
cargo de los Sectores sobre la calidad de la
viabilidad de los proyectos de inversión y sobre la
calidad de la identificación y aprobación de las
inversiones de ampliación marginal, las inversiones
de optimización, las inversiones de rehabilitación y
las inversiones de reposición que se enmarquen en
el ámbito de su responsabilidad funcional que
hayan sido declarados viables o aprobadas por los
tres niveles de gobierno, según corresponda.
Evaluar la calidad de la aplicación del Ciclo de
Inversión mediante muestras de inversiones
registradas en los aplicativos informáticos del
Sistema Nacional de Programación Multianual y
Gestión de Inversiones, con periodicidad anual. Los
resultados de las evaluaciones son publicados en la
sede digital del MEF y cuyos reportes se muestran en
los referidos aplicativos informáticos.
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION
MULTIANUAL DE INVERSIONES (DGPMI antes
DGPI)
Desarrollar, implementar y administrar los
aplicativos informáticos del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de
Inversiones; estableciendo las habilitaciones
informáticas respectivas para el registro y
actualización de la información de la gestión de
las inversiones, en todas las fases del ciclo de
inversiones.
Regular y facilitar a los órganos del Sistema Nacional
de Programación Multianual y Gestión de Inversiones
mecanismos para el seguimiento al desempeño de la
gestión de las inversiones
Solicitar a las OPMI, UF y UEI la información que
considere pertinente sobre las inversiones y las
metodologías específicas que aprueban los
Sectores.
23. Funciones del OR
OR: Ministro, el Titular o la máxima
autoridad ejecutiva del Sector; GR es el
Gobernador Regional y GL es el Alcalde
El OR del Sector aprueba los indicadores de
brechas y los criterios para la priorización de
las inversiones que se enmarquen en el
ámbito de su responsabilidad funcional.
Aprobar el PMI del Sector, GR o GL, así como
las modificaciones de los objetivos priorizados
e indicadores establecidos en el PMI.
Designar a la OPMI del Sector, GR o GL. En
ningún caso el órgano o unidad orgánica que
realiza las funciones de OPMI puede coincidir
con los que realizan las funciones de UF y/o
UEI.
Designar al Responsable de la OPMI de
acuerdo con el perfil profesional que
establece la DGPMI. Dicho Responsable no
puede formar parte de ninguna OPMI, UF o
UEI.
OR: Ministro, el Titular o la máxima
autoridad ejecutiva del Sector, GR es el
Gobernador Regional y GL es el Alcalde
Aprobar las brechas identificadas y los criterios de priorización
de las inversiones a ser aplicadas en la elaboración de su PMI,
de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los
Sectores.
Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o documentos
equivalentes de proyectos de inversión así como su ejecución
cuando estos hayan sido declarados viables mediante fichas
técnicas. Dicha función puede ser objeto de delegación.
Realizar el seguimiento de las inversiones en la fase de
Ejecución, conformar y presidir el comité de seguimiento de
inversiones del Sector, GR y GL, según corresponda.
24. Funciones de la OPMI
OFICINAS DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL
DE INVERSIONES (OPMI)
La OPMI del Sector es el órgano del Sistema Nacional de
Programación Multianual y Gestión de Inversiones
responsable de la fase de Programación Multianual de
Inversiones del Ciclo de Inversión en el ámbito de la
responsabilidad funcional del Sector.
La OPMI del Sector debe Elaborar el diagnóstico detallado de
la situación de brechas de su ámbito de competencia.
La OPMI del Sector debe Conceptualizar y definir los
indicadores de brechas de infraestructura y/o de acceso a
servicios correspondientes al Sector, tomando como
referencia los instrumentos metodológicos que establece la
DGPMI.
OFICINAS DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL
DE INVERSIONES (OPMI)
La OPMI del sector debe Verificar que las
inversiones a formularse y ejecutarse, así como las
que requieren financiamiento, que se enmarquen
dentro del ámbito de responsabilidad funcional del
Sector.
La OPMI del sector debe Emitir opinión a solicitud
de las OPMI de los GR y GL sobre los proyectos o
programas de inversión de estos, a ser financiados
con fondos públicos provenientes de operaciones de
endeudamiento externo.
La OPMI del sector debe Coordinar y articular con los
GR y GL para que los PMI regionales y locales se
elaboren de acuerdo con la política nacional sectorial,
así como para evitar la duplicación en el uso de
fondos públicos en la ejecución de inversiones a cargo
de cada nivel de gobierno.
25. Funciones de la OPMI
OFICINAS DE PROGRAMACIÓN
MULTIANUAL
DE INVERSIONES (OPMI)
La OPMI del sector debe Aprobar las
metodologías específicas para la
identificación de las inversiones de
optimización, de ampliación marginal, de
reposición y de rehabilitación y la formulación
y evaluación ex ante de los proyectos de
inversión y fichas técnicas para formulación y
evaluación ex ante de los proyectos de
inversión que se enmarquen en el ámbito de
responsabilidad funcional del Sector.
La OPMI del sector debe Aprobar la
estandarización de proyectos de inversión que
se enmarquen en el ámbito de
responsabilidad funcional del Sector.
La OPMI el sector debe Brindar capacitación
y asistencia técnica a los GR y GL respecto de
las metodologías específicas y fichas técnicas
de las inversiones aprobadas en el marco de
su responsabilidad funcional.
OFICINAS DE PROGRAMACIÓN
MULTIANUAL
DE INVERSIONES (OPMI)
La OPMI del Sector debe Publicar en el portal
institucional de la entidad las fuentes de
información y acceso a la base de datos que facilite
la elaboración del diagnóstico de brechas.
La OPMI del sector debe Promover la revisión
periódica de las normas técnicas sectoriales y
participar en su actualización, en coordinación con
las UF, UEI y los órganos técnicos normativos
competente
Registrar a las UF del GR y GL, así como a sus
Responsables, siempre que estos cumplan con el
perfil profesional establecido por la DGPMI, así
como actualizar y cancelar dicho registro en el
Banco de Inversiones. Asimismo, registra, actualiza
y cancela el registro de las UEI en el Banco de
Inversiones.
Presentar a la DGPMI el PMI aprobado dentro del
plazo que establece la DGPMI.
26. Contar con Grado de Bachiller o Título Profesional en Economía,
Ingeniería, Administración, Contabilidad o carreras afines.
Experiencia en planeamiento o planificación de proyectos de
inversión, regulación de servicios públicos y/o gestión pública de 04
años como mínimo.
Contar con un tiempo de experiencia en el Sector Público de 02 años,
como mínimo.
Haber llevado cursos o diplomas de especialización en planeamiento
estratégico, o presupuesto público, o gestión por procesos, o sistemas
administrativos del Estado, con resultados satisfactorios.
Perfil profesional del responsable de la OPMI
27. Perfil profesional del responsable de la OPMI
En el caso de la OPMI de un Gobierno Regional, deberá residir en la
circunscripción territorial de dicho Gobierno Regional.
En el caso de la OPMI de un Gobierno Local, deberá residir en la
circunscripción territorial de dicho Gobierno Local o en zonas
aledañas.
Deberá contar con adecuadas capacidades para conducir el trabajo en
equipo, articular relaciones, con capacidad para comunicarse de
manera fluida y directa, dirigir procesos de trabajo alineado a objetivos
estratégicos o institucionales.
El presente perfil, se complementará con los requisitos que apruebe la
Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR.
28. Funciones de la UF
UNIDADES FORMULADORAS
Pueden ser UF cualquiera de las unidades de
organización de las entidades sujetas al Sistema
Nacional de Programación Multianual y Gestión
de Inversiones, así como las unidades
ejecutoras, programas y proyectos especiales
creados conforme a la normativa de la materia
en el ámbito de estas.
Aplicar los contenidos, las metodologías y los
parámetros de formulación y evaluación
aprobados por la DGPMI, así como las
metodologías específicas aprobadas por los
Sectores.
Elaborar las fichas técnicas y los estudios de
preinversión con el fin de sustentar la
concepción técnica, económica y el
dimensionamiento de los proyectos de
inversión.
UNIDADES FORMULADORAS
Registrar en el Banco de Inversiones los proyectos de
inversión y las IOARR.
Cautelar que las inversiones de optimización, de ampliación
marginal, de reposición y de rehabilitación no contemplen
intervenciones que constituyan proyectos de inversión ni
correspondan a gasto corriente.
Declarar la viabilidad de los proyectos de inversión.
Aprobar las inversiones de optimización, de ampliación
marginal, de reposición y de rehabilitación.
Solicitar la opinión de la OPMI del Sector sobre los proyectos
o programas de inversión a ser financiados con fondos
públicos provenientes de operaciones de endeudamiento
externo.
Realizar la consistencia técnica entre el resultado del
expediente técnico o documento equivalente y la ficha
técnica o estudio de preinversión que sustentó la declaración
de viabilidad de los proyectos de inversión.
29. Perfil profesional del responsable de la UF
Contar con Grado de Bachiller o Título Profesional en Economía,
Ingeniería, Administración, o carrera afines.
Experiencia en formulación y/o evaluación social de proyectos de
02 años como mínimo.
Contar con un tiempo de experiencia en el Sector Público de 02
años como mínimo.
Haber seguido cursos o diplomas de especialización en formulación
y evaluación social de proyectos, o gestión de proyectos, o gestión
pública, o sistemas administrativos del Estado, con resultados
satisfactorios.
30. Perfil profesional del responsable de la UF
En el caso de la Unidad Formuladora de un Gobierno Regional, deberá
residir en la circunscripción territorial del Gobierno Regional.
En el caso de la Unidad Formuladora de un Gobierno Local, deberá
residir en la circunscripción territorial del Gobierno Local o en zonas
aledañas.
Adecuadas capacidades para conducir el trabajo en equipo, articular
relaciones, con capacidad para comunicarse de manera fluida y directa,
dirigir procesos de trabajo alineado a objetivos estratégicos o
institucionales.
El presente perfil, se complementará con los requisitos que apruebe
la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR.
31. Funciones de la UEI
UNIDADES EJECUTORAS DE INVERSIONES
Elaborar el expediente técnico o documento
equivalente de los proyectos de inversión,
sujetándose a la concepción técnica, económica y el
dimensionamiento contenidos en la ficha técnica o
estudio de preinversión.
Elaborar el expediente técnico o documento
equivalente para las inversiones de optimización, de
ampliación marginal, de reposición y de
rehabilitación, teniendo en cuenta la información
registrada en el Banco de Inversiones.
Registrar y mantener actualizada la información del
avance físico y financiero de todos los componentes
de las inversiones a su cargo en el Banco de
Inversiones de manera mensual.
UNIDADES EJECUTORAS DE INVERSIONES
Realizar el seguimiento de las inversiones y efectuar
el registro correspondiente en el Banco de
Inversiones.
Remitir información sobre las inversiones que solicite
la DGPMI y los demás órganos del Sistema Nacional
de Programación Multianual y Gestión de
Inversiones.
32. Certificación de los funcionarios y servidores que integran los órganos del sistema
Los funcionarios y servidores de las entidades públicas que en el
marco de sus funciones intervienen directamente en las fases del
ciclo de inversión del Sistema Nacional de Programación Multianual
y Gestión de Inversiones, deben contar con la certificación para
realizar dichas funciones. El proceso de certificación se realiza de
manera progresiva (Primera DCF del DL 1486).
33. Principales Definiciones
• Son intervenciones temporales
y comprenden a los proyectos
de inversión y a las inversiones
de optimización, de ampliación
marginal, de rehabilitación y de
reposición. No comprenden
gastos de operación y
mantenimiento.
INVERSIONES
• Corresponde a intervenciones
temporales que se financian,
total o parcialmente, con
recursos públicos, destinadas a la
formación de capital físico,
humano, institucional,
intelectual y/o natural, que tenga
como propósito crear, ampliar,
mejorar o recuperar la capacidad
de producción de bienes y/o
servicios.
PROYECTOS DE INVERSIÓN
34. Principales Definiciones
• Es la diferencia entre la oferta
disponible optimizada de
infraestructura (la cual incluye la
infraestructura natural) y/o acceso a
servicios y la demanda, a una fecha
determinada y ámbito geográfico
determinado. Puede ser expresada en
términos de cantidad y/o calidad.
BRECHA
• Son las características o
especificaciones técnicas mínimas
inherentes a los factores productivos
(infraestructura, equipamiento, entre
otros). Son establecidos por el
órgano técnico-normativo del Sector
competente y por la DGPMI, lo cual
comprende las mejores prácticas y
estándares internacionales.
ESTANDARES DE CALIDAD
35. Principales Definiciones
• Es una intervención puntual sobre uno o más activos
estratégicos (AE) que integran una Unidad Productora
(UP) en funcionamiento.
IOARR
• Conjunto de recursos o factores productivos
(infraestructura, equipos, personal,
organización, capacidades de gestión, entre
otros) que, articulados entre sí, tienen la
capacidad de proveer bienes y/o servicios
públicos a la población.
UNIDAD PRODUCTORA DE BIENES
Y/0 SERVICIOS PÚBLICOS
36. Ciclo de Inversiones
Programación
Multianual
Formulación y
Evaluación
Funcionamiento
Ejecución
Responsable OPMI
y OR Responsable UF
Responsable UEI y
UF
DGPMI y OPMI
Consiste en un proceso
de coordinación y
articulación
interinstitucional e
intergubernamental, de
proyección tri-anual,
como mínimo, tomando
en cuenta los fondos
públicos destinados a la
inversión proyectados en
el Marco
Macroeconómico
Multianual.
Comprende la
elaboración y declaración
de viabilidad de la ficha
técnica y solo en caso de
proyectos que tengan alta
complejidad se requiere
perfil.
Comprende la
elaboración de los
estudios definitivos y la
ejecución
financiera y física. El
seguimiento de la
inversión se realiza a
través del Sistema de
Seguimiento de
Inversiones.
Comprende la operación
y mantenimiento de los
activos generados con la
ejecución de la inversión.
Evaluación Ex post.
37. Fase de Programación Multianual
La PMI tiene como objetivo lograr la
vinculación entre el planeamiento
estratégico y el proceso presupuestario,
mediante la elaboración y selección de
una cartera de inversiones orientada al
cierre de brechas prioritarias, ajustada a
los objetivos y metas de desarrollo
nacional, sectorial y/o territorial.
los Sectores
conceptualizan,
definen, actualizan,
aprueban y publican
los indicadores de
brechas de
infraestructura o de
acceso a servicios
38. Fase de Formulación y Evaluación
Inversiones
Inversiones que No
constituyen Proyectos
de Inversión
Inversiones de
optimización
Inversiones de
ampliación marginal
Inversiones de
reposición
Inversiones de
rehabilitación
Proyectos de Inversión
39. Fase de Formulación y Evaluación de Proyectos
▪ La fase de Formulación y Evaluación comprende la formulación del
proyecto, de aquellas propuestas de inversión necesarias para
alcanzar las metas establecidas en la programación multianual de
inversiones, y la evaluación respectiva sobre la pertinencia de su
ejecución, debiendo considerarse los recursos estimados para la
operación y mantenimiento del proyecto y las formas de
financiamiento. Asimismo, comprende la evaluación sobre la
pertinencia del planteamiento técnico del proyecto de inversión
considerando los estándares de calidad y niveles de servicio
aprobados por el Sector, el análisis de su rentabilidad social, así como
las condiciones necesarias para su sostenibilidad.
40. Fase de Formulación y Evaluación de Proyectos
▪ Los documentos técnicos para la formulación y
evaluación de proyectos de inversión son las
fichas técnicas y los estudios de preinversión
a nivel de Perfil, los cuales contienen
información técnica y económica del proyecto.
41. Niveles de Estudio y Documentos Técnicos para PI
NIVEL DE ESTUDIO TIPO DOCUMENTO TÉCNICO PARAMETRO
Proyectos de Inversión Simplificados
Ficha técnica simplificada Hasta S/ 3,450,000.00
Proyectos de Inversión Estándar
Ficha técnica estándar Aprobado por el Sector funcionalmente responsable
Proyectos de Inversión de baja y mediana
complejidad
Ficha técnica
para proyectos de inversión de baja y mediana
Complejidad.
Proyectos de Inversión de Alta Complejidad
Perfil
Alto nivel de incertidumbre
Experiencia insuficiente en la Formulación y ejecución
de la tipología
Ejecución se enfoque como APP o que su
financiamiento demande fondos públicos
provenientes de operaciones de endeudamiento
externo.
Proyectos de inversión de redes de servicios,
proyectos de inversión multipropósitos y
programas de inversión.
42. Clasificación del Nivel de Complejidad de PI
1. Nivel de riesgo o
incertidumbre
de los resultados
del proyecto
El nivel de complejidad de un proyecto de inversión se define
en función a dos criterios:
2. Valor o magnitud del
monto estimado de la
inversión del proyecto
43. Clasificación del Nivel de Complejidad de PI
Nivel de Riesgo Puntaje Acumulado
Test
Riesgo Bajo (0-4.5)
Riesgo Medio (5.0 – 8.5)
Riesgo Alto (9.0 -13.0)
1. Nivel de riesgo o incertidumbre
Nivel de Riesgo Montos de
Inversión en UIT
Riesgo Bajo < 15,000
Riesgo Medio > 15,000 < 407,000
Riesgo Alto > 407,000
2. Nivel de inversión
Fuente: Anexo 10 Directiva Nº 001-2019-EF/63.01
44. Nº Preguntas Opciones Puntaje
Mayoritariamente fuentes de información primaria 1
Mayoritariamente fuentes de información secundaria 0
No 1
Si 0
Creación 1
Recuperación 0.5
Ampliación 0.5
Mejoramiento 0
UP lineal (Requiere de más de una localización
específica para los elementos que la integran)
1
UP no lineal (Requieren una localización específica). 0
Se requieren más de 3 1
Solo se requiere hasta 3 0
Será afectado por los tres (03) casos 1
Solo será afectado por alguno de los casos 0.5
No será afectado por ninguno de los caso 0
¿Cuál es el tipo de Unidad Productora
a intervenir?
4
¿Cuál es el número de estudios
técnicos preliminares que se necesitan
para definir la localización óptima del
proyecto?
5
Relación de preguntas y puntajes para definir el nivel de riesgo o
incertidumbre de un proyecto de inversión
¿El proyecto será afectado por
interferencias, expropiación y paso de
servidumbre?
6
1
¿Qué tipos de fuentes de información
requiere el proyecto para la estimación
de la demanda efectiva?
2
¿Se dispone de normas técnicas para
el diseño técnico del proyecto?
3
¿Cuál es la naturaleza de intervención
del proyecto?
Fuente: Anexo 10, Directiva 001-2019-EF-63.01
45. Nº Preguntas Opciones Puntaje
Sí 1
No 0
Sí 1
No 0
Más del 50% del costo de inversión 1
Entre 30% y 50% del costo de inversión 0.5
Menos del 30% del costo de inversión 0
No se dispone de un modelo de gestión del servicio 1
Modelo de gestión del servicio implementado 0
Si 1
No 0
Si 1
No 0
Si 1
No 0
¿El horizonte de evaluación del proyecto
supera los 10 años?
13
Resultado del puntaje acumulado:
¿Se dispone de un modelo de gestión del
servicio asociado al proyecto?
10
¿El proyecto necesita insumos con costos
muy variables o poco conocidos, que
requieren de estudios de mercado
específicos para ser sustentados?
11
¿El proyecto requiere de la validación y
aceptación por parte de los usuarios o
beneficiarios?
12
¿El proyecto se localizará dentro de
zonas protegidas o zonas de
amortiguamiento de alta exposición a
efectos ambientales y/o arqueológicos?
7
¿El proyecto cuenta con alta exposición y
vulnerabilidad frente a peligros naturales y/o
socionaturales y/o antrópicos?
8
¿El proyecto presenta una significativa
proporción de TIC y/o intangibles dentro de
la inversión?
9
Relación de preguntas y puntajes para definir el nivel de riesgo o
incertidumbre de un proyecto de inversión
Fuente: Anexo 10, Directiva 001-2019-EF-63.01
46. Clasificación del Nivel de Complejidad de PI
1 UIT es equivalente a S/ 4,950 para el año fiscal 2023, según DS 309-2022-EF, publicado el 24.12.2022
47. Vigencia de la Declaración de Viabilidad o Aprobación de Inversiones
La declaración de viabilidad de los PI tiene una vigencia de tres (03) años
contados desde su registro en el Banco de Inversiones. Transcurrido dicho
plazo sin haberse iniciado la elaboración del expediente técnico o
documento equivalente, se debe actualizar la ficha técnica o el estudio de
preinversión que fundamentó su declaratoria de viabilidad.
La aprobación de una IOARR tiene una vigencia máxima de un (01) año
contado desde su registro en el Banco de Inversiones, debiendo realizarse
el cierre de la inversión si no se inicia la fase de ejecución dentro de dicho
plazo.
48. Fase de Ejecución
Las inversiones ingresan a la
fase de ejecución del ciclo de
inversión luego de contar con
la declaración de viabilidad, en
el caso de proyectos de
inversión, o la aprobación,
tratándose de IOARR.
Para el caso de las inversiones de optimización, de ampliación
marginal, de reposición y/o de rehabilitación, las modificaciones
en ejecución física solo podrán estar referidas a modificación en:
Cronograma
Costos
Metas físicas.
Las modificaciones son registradas en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional
de Programación Multianual y Gestión de Inversiones por la UEI antes de ser
ejecutadas, adjuntando el respectivo sustento
Las modificaciones que se presenten durante la ejecución física del
proyecto de inversión deben mantener la concepción técnica,
económica y dimensionamiento.
49. Fase Ejecución- Seguimiento de las Inversiones
El sistema de seguimiento de inversiones del Banco de
Inversiones es un aplicativo informático que se articula con
(SIAF-SP), (SEACE), (INFOBRAS) y demás aplicativos informáticos.
La información sobre el seguimiento de la ejecución de cada
inversión, debe ser registrada mensualmente por la UEI en el
Formato N° 12-B, Seguimiento a la ejecución de inversiones.
El registro se realiza dentro de los primeros diez (10) días
hábiles del mes siguiente de realizada la valorización.
50. Vigencia de los Estudios Definitivos
Los expedientes técnicos o documentos equivalentes tienen una
vigencia máxima de tres (03) años contados a partir de su aprobación o
de su última actualización. Transcurrido dicho plazo sin haberse iniciado
la ejecución física del proyecto de inversión, la UEI actualiza el
expediente técnico o documento equivalente a fin de continuar con su
ejecución.
En el caso de las IOARR, los expedientes técnicos o documentos
equivalentes tienen una vigencia máxima de un (01) año contado a
partir de su aprobación. Transcurrido dicho plazo sin haberse iniciado la
ejecución física, la UEI actualiza el expediente técnico o documento
equivalente a fin de continuar con su ejecución.
51. Fase Funcionamiento
La fase de Funcionamiento comprende la operación y mantenimiento de
los activos generados con la ejecución de la inversión y la provisión de los
servicios implementados con dicha inversión. En esta fase las inversiones
pueden ser objeto de evaluaciones ex post.
Las entidades públicas deben contar con un inventario de activos
generados con la ejecución de las inversiones que debe ser actualizado
periódicamente según el Formato N° 11-A: Registro de información de UP
y el Formato N° 11-B: Registro de información de Activos Estratégicos
Esenciales (AE), de tal forma que facilite el monitoreo de su estado
situacional.
52. BIBLIOGRAFIA
Esta presentación uso la siguiente bibliografía:
TUO del Decreto Legislativo 1252 y sus modificatorias.
Decreto Supremo Nº 284-2018-EF y sus modificatorias.
Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema
Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y sus
modificatorias.
RD Nº 003-2019-EF/63.01, Disponen la incorporación de diversos
Gobiernos Locales al Sistema Nacional de Programación Multianual y
Gestión de Inversiones y dictan otras medidas y sus modificatorias.
DL Nº 1486, Decreto Legislativo que establece Disposiciones para
Mejorar y Optimizar la Ejecución de las Inversiones Públicas.
53. BIBLIOGRAFIA
Esta presentación uso la siguiente bibliografía:
Metodología general de identificación, preparación y evaluación de
proyectos de inversión pública, Edgar Ortegón y otros, CEPAL, Santiago
de Chile, 2005.
Guía General de Identificación, Formulación y Evaluación de Proyectos
de Inversión.
Lineamientos para la identificación y registro de las Inversiones de
Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de
Reposición, aprobados mediante RD Nº 004-2019-EF/63.01 (Publicado
26.09.2019).