El documento describe el marco jurídico que faculta el empleo de las fuerzas armadas en el ámbito interno según la Constitución ecuatoriana. Establece que las fuerzas armadas apoyan de forma sistemática en áreas y tiempos preestablecidos para la defensa de la soberanía, integridad territorial y seguridad pública. Sin embargo, no existe una articulación clara entre la Constitución, la ley de seguridad pública y otras leyes relacionadas.
2. EL MARCO JURÍDICO QUE FACULTA LA PLANIFICACIÓN Y EMPLEO
DE LAS FUERZAS ARMADAS EN EL ÁMBITO INTERNO, ESTA
AMPARADO EN FORMA IMPLÍCITA O EXPLICITA DE ACUERDO A LA
SECCIÓN CUARTA DEL CAPITULO TERCERO DE LA CONSTITUCIÓN
DE LA REPÚBLICA.
FF.AA APOYA DE FORMA SISTEMÁTICA, EN UN ÁREA PREVIAMENTE
ESTABLECIDA Y POR UN TIEMPO LIMITADO.
3. CONSTITUCION
DE LA REPUBLICA
DEL ECUADOR
LEY DE
SEGURIDAD
PUBLICA Y DEL
ESTADO 2009
LEY ORGANICA DE
LA DEFENSA
NACIONAL 2009
POLITICA DE LA
DEFENSA
NACIONAL DEL
ECUADOR 2008
PLAN NACIONAL
DE SEGURIDAD
INTEGRAL
CODIGO
ORGANICO
INTEGRAL PENAL
(COIP)
La constitución
establece la
defensa de la
soberanía e
integridad
territorial y
como institución
responsable de
la protección de
los derechos.
Defensa que
contempla la
soberanía e
integridad
territorial la
seguridad
publica que
abarca la
seguridad
ciudadana y
orden publico.
No esta
articulada y
concatenada con
la constitución de
la república del
2008 y la ley de
seguridad publica
y del estado del
2009.
La
constitución,
establece a
mas de lo
dispuesto en
el art. 158 , la
participación la
participación
de las fuerzas
armadas.
Enfrentara las
amenazas
preocupaciones
y otros desafíos
a la seguridad
hemisférica son
problemas
intersectoriales
que requieren
respuestas.
Se tipifican
nuevas
conductas
penalmente
relevantes
adaptadas a las
normas
internacionales
contra la
humanidad y
las violaciones
a los derechos
humanos.
4. • Se utiliza para designar, al acto
mediante el cual una persona es
detenida en delito flagrante. El
COIP en su Art. 526 manifiesta
que, cualquier persona podrá
aprehender a quien sea
sorprendido en delito flagrante y
entregarlo de inmediato a la P.N.
5. • Es la privación de la libertad como
medida preventiva aplicada con
fines investigativos por un periodo
no mayor a 24 horas, ordenada por
la autoridad judicial competente, en
contra de quien se establezca
presunciones de responsabilidad
de ser autor o cómplice de un
delito.
6. • Es un mecanismo a través del
cual se considera que en
determinado hecho o un cierto
acontecimiento, se entiende
probado simplemente por darse
los presupuestos para ello.
7. • Es la pérdida parcial de los
bienes de una persona por
razones de intereses públicos
contenidas en la legislación.
8. • Es la intervención planificada o
coordinada por dos o más
instituciones representativas de
un Estado, destinadas total o
parcialmente a tratar los
problemas por el cual fueron
convocadas