SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 13
ESCUELA DE POSTGRADO 
MAESTRIA EN INGENIERIA CIVIL 
GESTION Y GERENCIA DE LA CONSTRUCCION 
CURSO: LEGISLACION EN LA 
CONSTRUCCION 
ANALISIS DE LA 
RESOLUCION Nº 119-2013-OSCE/PRE 
ICA, JUNIO 2014
INTEGRANTES: 
OCHANTE CASTILLO PAUL FELIX 
TORRES ZEVALLOS WENDY YANINA 
DOCENTE: 
DR. ANTONIO SALAS CALLO
Modifican las Disposiciones Finales 1 y 2 de la Directiva Nº 021-2012-OSCE/CD 
“Procedimiento para la certificación de los profesionales y técnicos que laboran 
en los órganos encargados de las contrataciones de las Entidades” 
RESOLUCIÓN Nº 119-2013-OSCE/PRE 
Jesús María, 27 de marzo de 2013 
VISTOS: 
El Acta del Consejo Directivo Nº 004-2013/OSCECD correspondiente a la Sesión 
Ordinaria Nº 004-2013/ OSCE-CD de fecha 27 de marzo de 2013; el Informe N° 015- 
2013/DTN de la Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 303-2013/OAJ 
CONSIDERANDO: 
Que, el artículo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto 
Legislativo Nº1017, modificado por Ley Nº 29873, establece que el Organismo 
Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo público adscrito al 
Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza 
de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; 
Que, mediante Resolución Nº 407-2012-OSCE/ PRE se aprobó la Directiva Nº 021-2012- 
OSCE/CD “Procedimiento para la certificación de los profesionales y técnicos que 
laboran en los órganos encargados de las contrataciones de las Entidades”;
Que, mediante Informe Nº 015-2013-DTN de fecha 26 de marzo de 2013, la Dirección 
Técnico Normativa informa que la Sub Dirección de Desarrollo de Capacidades ha 
realizado una evaluación al proceso de certificación de profesionales y técnicos que 
laboran en los órganos encargados de las contrataciones de las entidades, proponiendo 
ampliar el plazo de la obligatoriedad de la certificación, del 31 de marzo hasta el 31 de 
julio del 2013, con la finalidad que todos los profesionales y técnicos que laboren en los 
OEC y que intervengan directamente en alguna de las fases de la contratación pública 
estén certificados al 01 de agosto de 2013; 
SE RESUELVE: 
Artículo 1°.- Modificar las Disposiciones Finales 1 y 2 de la Directiva Nº 021-2012- 
OSCE/CD “Procedimiento para la certificación de los profesionales y técnicos que 
laboran en los órganos encargados de las contrataciones de las Entidades”, conforme al 
siguiente texto: 
“(…) 
XII. DISPOSICIONES FINALES 
1. La obligatoriedad de la certificación se prorrogará hasta el 31 de julio de 2013. 
2. A partir del 01 de agosto de 2013, todos los profesionales y técnicos que 
laboren en los OEC y que intervengan directamente en alguna de las fases de 
la contratación pública deben estar certificados, siendo responsabilidad del Jefe 
de Administración o quien haga sus veces y del profesional o técnico, el 
incumplimiento de esta obligación. 
(…)”
Artículo 2º.- Publicar la modificación de la Directiva Nº 021-2012-OSCE/CD en el Portal 
Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor 
de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.osce.gob.pe) 
Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El 
Peruano. 
Regístrese, comuníquese y publíquese. 
MAGALI ROJAS DELGADO 
Presidenta Ejecutiva
Resolución Nº 407-2012-OSCE/PRE, que aprueba la Directiva Nº 021- 
2012-OSCE/CD 
XII. DISPOSICIONES FINALES 
1. La obligatoriedad de la certificación se prorrogará hasta el 31 de marzo de 
2013. 
2. A partir del 01 de abril de 2013, todos los profesionales y técnicos que 
laboren en los OEC y que intervengan directamente en alguna de las fases 
de la contratación pública deben estar certificados, siendo responsabilidad 
del Jefe de Administración o quien haga sus veces y del profesional o 
técnico, el incumplimiento de esta obligación. 
Resolución Nº 119-2013-OSCE/PRE, que modifica las Disposiciones 
Finales 1 y 2 de la Directiva Nº 021-2012-OSCE/CD 
XII. DISPOSICIONES FINALES 
1. La obligatoriedad de la certificación se prorrogará hasta el 31 de julio de 
2013. 
2. A partir del 01 de agosto de 2013, todos los profesionales y técnicos que 
laboren en los OEC y que intervengan directamente en alguna de las fases 
de la contratación pública deben estar certificados, siendo responsabilidad 
del Jefe de Administración o quien haga sus veces y del profesional o 
técnico, el incumplimiento de esta obligación.
ANALISIS 
Todos los profesionales y técnicos que laboren en los Órganos Encargados 
de las Contrataciones (OEC) de las Entidades Públicas, y que intervengan 
directamente en alguna de las fases de la contratación pública, deben 
estar certificados. 
Esta acción se realiza en virtud al artículo 5 del Reglamento de la Ley de 
Contrataciones del Estado, el cual señala que los funcionarios y servidores 
del OEC de cada Entidad que, en razón de sus funciones intervienen 
directamente en alguna de las fases de contratación, deberán ser 
profesionales y/o técnicos debidamente certificados 
Debiendo reunir como mínimo los siguientes requisitos: 
1. Capacitación técnica en contrataciones públicas o gestión 
logística en general, no menor a 80 horas lectivas; 
2. Experiencia laboral en general, no menor a 3 años; y 
3. Experiencia laboral en materia de contrataciones públicas o en 
logística privada, no menor de un año.
La certificación tiene por objeto asegurar que el personal dedicado a la 
realización de los procesos de contratación, en la fase de actos 
preparatorios, de selección o de ejecución contractual, de acuerdo al 
ámbito de su competencia, cuente con experiencia y especialización en 
materia de contratación pública, de modo que los procesos sean 
conducidos por personal idóneo, que dote de eficiencia y transparencia a 
los procesos de contratación. 
En tal sentido, OSCE indica que es responsabilidad del Jefe de 
Administración o quien haga sus veces contar con personal certificado 
en la Entidad para la realización de las labores vinculadas con alguna 
de las fases de la contratación. 
¿Qué es la Certificación? 
Es el procedimiento regulado por la Directiva 021-2012-OSCE/CD y el 
artículo 5 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado DL 
1017, por el cual el OSCE reconoce que los funcionarios y servidores 
que laboren en el Órgano Encargado de las Contrataciones (OEC), 
cumplen con los requisitos señalados en el Decreto Supremo N° 184- 
2008-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del 
Estado.
¿Desde cuándo es obligatorio y quiénes deben certificarse? 
A partir del 01 de agosto de 2013, todos los profesionales y técnicos que laboren 
en los OEC y que intervengan directamente en alguna de las fases de la 
contratación pública deben estar certificados, siendo responsabilidad del jefe de 
administración o quien haga sus veces y del profesional o técnico, el 
incumplimiento de esta obligación.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE 
FUNCIONARIOS Y SERVIDORES QUE LABORAN EN LOS OEC DE LA ENTIDAD 
1. ¿Por qué es importante la Certificación? 
Es importante ya que contribuye a que las entidades del Estado cuenten con recursos 
humanos con experiencia laboral y académica mínima, lo que contribuirá a que estas 
cumplan con sus objetivos institucionales y de esta manera, lograr la satisfacción de 
la sociedad. 
2. ¿Cuál es la Normativa que rige este Procedimiento? 
La Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante el Decreto Legislativo N° 
1017, y posteriormente modificado por D.L. N° 29873; el Reglamento de 
Contrataciones del Estado aprobado con D.S. N° 184-2008-EF y modificado por 
DS N° 138-2012-EF y la Directiva 021-2012- OSCE/CD que regula el 
procedimiento de certificación que entro en vigencia el 28 de diciembre de 2012.
3. ¿Quiénes deben certificarse? 
Todos aquellos funcionarios y servidores que laboren en el órgano encargado de 
contrataciones (OEC) de las Entidades Públicas sujetas a la Ley de Contrataciones 
del Estado y que en razón de sus funciones, intervienen directamente en alguna de 
las siguientes actividades, referidas a las tres fases de la contratación: 
- Elaboración del plan anual de contrataciones 
- Elaboración del expediente de contratación 
- Conducción del proceso de selección 
- Apoyo al Comité Especial 
- Control y/o supervisión de la ejecución del contrato 
4. En qué Consiste el Procedimiento de Certificación? 
El procedimiento tiene dos etapas, las mismas que se detallan a continuación: 
La primera etapa consiste en determinar la idoneidad del postulante, para lo cual 
el funcionario o servidor del OEC debe registrar en los formularios respectivos, la 
información solicitada a fin de acreditar los tres requisitos señalados en la 
Normativa y adjuntar copias escaneadas de cada constancia y/o certificado de 
capacitación técnica. Asimismo, deberá adjuntar un documento formal, suscrito 
por su jefe, el mismo que indicará el tiempo que viene laborando en la entidad en 
la que se encuentra actualmente prestando servicios.
La segunda etapa consiste en un examen de verificación de conocimientos que se 
realizará en diez sedes. El postulante rendirá dicho examen en la sede que 
corresponda al departamento en el que se encuentre la entidad donde esté 
laborando al momento de su postulación, de acuerdo al cronograma que se 
publicará oportunamente en la página web del OSCE, en el subportal de 
Capacitación. 
Los postulantes que obtengan como nota catorce o más, obtendrán la certificación y 
serán integrados en la base de datos que administrará el OSCE la cual será 
publicada en su página web. 
5. ¿Qué beneficio se obtiene al certificarse? 
Puede participar prioritariamente en las diferentes capacitaciones brindadas por el 
OSCE, incorporarse en la base de datos de funcionarios y servidores certificados 
entre otros.
COMENTARIOS 
1. La certificación no debe de ser de exclusividad de los funcionarios que laboran en 
los órganos encargados de las contrataciones (OEC), mas por el contrario debe 
llegarse a todos y con capacitaciones continuas. 
2. Beneficios para el funcionario 
 Capacitación permanente. El funcionario o servidor certificado tendrá la 
prioridad para recibir capacitación en materia de contrataciones. 
Buscar mejorar competencias. Gracias a la certificación, el funcionario estará 
en camino a buscar su profesionalización y a mejorar sus competencias en 
materia de contrataciones públicas. 
Comunidad de profesionales de la función logística. El funcionario o servidor 
formará parte una comunidad de especialistas en contrataciones, contadores, 
abogados, administradores que manejan la normativa de contrataciones del 
Estado. 
3. Beneficios para el país 
 Compras públicas eficaces y eficientes. 
 Población gozará de los beneficios de las compras públicas. 
 Entidades podrán cumplir sus objetivos institucionales de manera más rápida. 
 Entidades podrán ejecutar obras con mayor prontitud y con menor riesgo de 
error.

Más contenido relacionado

Destacado

Presentación educacion ambiental
Presentación educacion ambientalPresentación educacion ambiental
Presentación educacion ambientalfrancisco17341224
 
Ingeniería estructural
Ingeniería estructuralIngeniería estructural
Ingeniería estructuralIvanjob Tapia
 
Aspectos legales en el ejercicio de la profesion
Aspectos legales en el ejercicio de la profesionAspectos legales en el ejercicio de la profesion
Aspectos legales en el ejercicio de la profesionRonny Malpica
 
Ingenieria estructural
Ingenieria estructuralIngenieria estructural
Ingenieria estructuralMiguel Vargas
 
La Ingeniería Civil y su relacion con el Ambiente
La Ingeniería Civil y su relacion con el AmbienteLa Ingeniería Civil y su relacion con el Ambiente
La Ingeniería Civil y su relacion con el AmbienteVanessa Bastidas
 
Gerencia de la construcción (pavimento
Gerencia de la construcción (pavimentoGerencia de la construcción (pavimento
Gerencia de la construcción (pavimentoJULIO
 
Gerencia de proyectos de construcción aspectos claves
Gerencia de proyectos de construcción   aspectos clavesGerencia de proyectos de construcción   aspectos claves
Gerencia de proyectos de construcción aspectos clavesManuel García Naranjo B.
 
Impacto ambiental por obras civiles
Impacto ambiental por obras civilesImpacto ambiental por obras civiles
Impacto ambiental por obras civilesRaul Castañeda
 
Ingenieria estructural
Ingenieria estructuralIngenieria estructural
Ingenieria estructuralkathy090888
 
PLAN DE NEGOCIOS - CGC CONSULTORIA Y EJECUCIÓN Y ASOCIADOS
PLAN DE NEGOCIOS - CGC CONSULTORIA Y EJECUCIÓN Y ASOCIADOSPLAN DE NEGOCIOS - CGC CONSULTORIA Y EJECUCIÓN Y ASOCIADOS
PLAN DE NEGOCIOS - CGC CONSULTORIA Y EJECUCIÓN Y ASOCIADOSPAR consultoría de proyectos
 
GESTIÓN MANTENIMIENTO O CONSERVACIÓN VIAL
GESTIÓN MANTENIMIENTO O CONSERVACIÓN VIALGESTIÓN MANTENIMIENTO O CONSERVACIÓN VIAL
GESTIÓN MANTENIMIENTO O CONSERVACIÓN VIALEmilio Castillo
 
CONTAMINACION AMBIENTAL EN LA ING CIVIL
CONTAMINACION AMBIENTAL EN LA ING CIVILCONTAMINACION AMBIENTAL EN LA ING CIVIL
CONTAMINACION AMBIENTAL EN LA ING CIVILwallky8520
 
EJECUCIÓN CONTRACTUAL DE OBRA 2016
EJECUCIÓN CONTRACTUAL DE OBRA 2016EJECUCIÓN CONTRACTUAL DE OBRA 2016
EJECUCIÓN CONTRACTUAL DE OBRA 2016Emilio Castillo
 
La ingenieria civil y su cuidado al medio ambiente
La ingenieria civil y su cuidado al medio ambienteLa ingenieria civil y su cuidado al medio ambiente
La ingenieria civil y su cuidado al medio ambientelustarne
 
El papel del ingeniero en el desarrollo sustentable
El papel del ingeniero en el desarrollo sustentableEl papel del ingeniero en el desarrollo sustentable
El papel del ingeniero en el desarrollo sustentableFco. Javier Escamilla
 

Destacado (20)

Presentación educacion ambiental
Presentación educacion ambientalPresentación educacion ambiental
Presentación educacion ambiental
 
Sistemas de administracion por calidad total
Sistemas de administracion por calidad totalSistemas de administracion por calidad total
Sistemas de administracion por calidad total
 
Ingeniería estructural
Ingeniería estructuralIngeniería estructural
Ingeniería estructural
 
INTRODUCCION A LA ING.CIVIL-2da semana
INTRODUCCION A LA ING.CIVIL-2da semanaINTRODUCCION A LA ING.CIVIL-2da semana
INTRODUCCION A LA ING.CIVIL-2da semana
 
El ingeniero civil 2
El ingeniero civil 2El ingeniero civil 2
El ingeniero civil 2
 
Aspectos legales en el ejercicio de la profesion
Aspectos legales en el ejercicio de la profesionAspectos legales en el ejercicio de la profesion
Aspectos legales en el ejercicio de la profesion
 
Ingenieria estructural
Ingenieria estructuralIngenieria estructural
Ingenieria estructural
 
La Ingeniería Civil y su relacion con el Ambiente
La Ingeniería Civil y su relacion con el AmbienteLa Ingeniería Civil y su relacion con el Ambiente
La Ingeniería Civil y su relacion con el Ambiente
 
Gerencia de la construcción (pavimento
Gerencia de la construcción (pavimentoGerencia de la construcción (pavimento
Gerencia de la construcción (pavimento
 
Gerencia de proyectos de construcción aspectos claves
Gerencia de proyectos de construcción   aspectos clavesGerencia de proyectos de construcción   aspectos claves
Gerencia de proyectos de construcción aspectos claves
 
Impacto ambiental por obras civiles
Impacto ambiental por obras civilesImpacto ambiental por obras civiles
Impacto ambiental por obras civiles
 
Ingenieria estructural
Ingenieria estructuralIngenieria estructural
Ingenieria estructural
 
PLAN DE NEGOCIOS - CGC CONSULTORIA Y EJECUCIÓN Y ASOCIADOS
PLAN DE NEGOCIOS - CGC CONSULTORIA Y EJECUCIÓN Y ASOCIADOSPLAN DE NEGOCIOS - CGC CONSULTORIA Y EJECUCIÓN Y ASOCIADOS
PLAN DE NEGOCIOS - CGC CONSULTORIA Y EJECUCIÓN Y ASOCIADOS
 
GESTIÓN MANTENIMIENTO O CONSERVACIÓN VIAL
GESTIÓN MANTENIMIENTO O CONSERVACIÓN VIALGESTIÓN MANTENIMIENTO O CONSERVACIÓN VIAL
GESTIÓN MANTENIMIENTO O CONSERVACIÓN VIAL
 
CONTAMINACION AMBIENTAL EN LA ING CIVIL
CONTAMINACION AMBIENTAL EN LA ING CIVILCONTAMINACION AMBIENTAL EN LA ING CIVIL
CONTAMINACION AMBIENTAL EN LA ING CIVIL
 
EJECUCIÓN CONTRACTUAL DE OBRA 2016
EJECUCIÓN CONTRACTUAL DE OBRA 2016EJECUCIÓN CONTRACTUAL DE OBRA 2016
EJECUCIÓN CONTRACTUAL DE OBRA 2016
 
La ingenieria civil y su cuidado al medio ambiente
La ingenieria civil y su cuidado al medio ambienteLa ingenieria civil y su cuidado al medio ambiente
La ingenieria civil y su cuidado al medio ambiente
 
El papel del ingeniero en el desarrollo sustentable
El papel del ingeniero en el desarrollo sustentableEl papel del ingeniero en el desarrollo sustentable
El papel del ingeniero en el desarrollo sustentable
 
Ing Civil Estructural
Ing Civil EstructuralIng Civil Estructural
Ing Civil Estructural
 
Estructuras
EstructurasEstructuras
Estructuras
 

Similar a Diapositivas de la resolucion 119 2013-osce

Diapositivas de la resolucion 119 2013-osce
Diapositivas de la resolucion 119 2013-osceDiapositivas de la resolucion 119 2013-osce
Diapositivas de la resolucion 119 2013-oscePaulochante
 
Resolucion 001 2019-osce-pre (certificacion osce)
Resolucion 001 2019-osce-pre (certificacion osce)Resolucion 001 2019-osce-pre (certificacion osce)
Resolucion 001 2019-osce-pre (certificacion osce)Horacio Valdivia
 
Bases contrato cas 2017 programa 090
Bases contrato cas 2017 programa 090Bases contrato cas 2017 programa 090
Bases contrato cas 2017 programa 090Jesus Franco
 
Base pec_012021_csmdc_correviento_alto_y_bajo_20210601_172802_109
Base  pec_012021_csmdc_correviento_alto_y_bajo_20210601_172802_109Base  pec_012021_csmdc_correviento_alto_y_bajo_20210601_172802_109
Base pec_012021_csmdc_correviento_alto_y_bajo_20210601_172802_109Christian Octavio Tucto Ramos
 
NTE-3.3-40-Capacidad-auditiva-v1 (1) ONAC .pdf
NTE-3.3-40-Capacidad-auditiva-v1 (1) ONAC .pdfNTE-3.3-40-Capacidad-auditiva-v1 (1) ONAC .pdf
NTE-3.3-40-Capacidad-auditiva-v1 (1) ONAC .pdfSergioLozano69
 
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias...
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias...Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias...
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias...Anecdonet (Anécdotas, viajes y más cosas)
 
Curso Nacional: Nueva Ley de Contrataciones- Junio
Curso Nacional: Nueva Ley de Contrataciones- JunioCurso Nacional: Nueva Ley de Contrataciones- Junio
Curso Nacional: Nueva Ley de Contrataciones- JunioRC Consulting
 
BASES DEL CAS 053- Responsabe de calidad de la información
BASES DEL CAS 053- Responsabe de calidad de la informaciónBASES DEL CAS 053- Responsabe de calidad de la información
BASES DEL CAS 053- Responsabe de calidad de la informaciónEugenio Marlon Evaristo Borja
 
PROCESO CAS-3 GESTOR LOCAL Y FISIOTERAPEUTAS PARA PRITES
PROCESO CAS-3 GESTOR LOCAL Y FISIOTERAPEUTAS PARA PRITES PROCESO CAS-3 GESTOR LOCAL Y FISIOTERAPEUTAS PARA PRITES
PROCESO CAS-3 GESTOR LOCAL Y FISIOTERAPEUTAS PARA PRITES Eugenio Marlon Evaristo Borja
 
Curso Presencial: Nueva Ley de Contrataciones y sus Modificatorias
Curso Presencial: Nueva Ley de Contrataciones y sus Modificatorias Curso Presencial: Nueva Ley de Contrataciones y sus Modificatorias
Curso Presencial: Nueva Ley de Contrataciones y sus Modificatorias RC Consulting
 
CONVOCATORIA CAS N 20_JORNADA ESCOLAR COMPLETA_UGEL HCO.pdf
CONVOCATORIA CAS N 20_JORNADA ESCOLAR COMPLETA_UGEL HCO.pdfCONVOCATORIA CAS N 20_JORNADA ESCOLAR COMPLETA_UGEL HCO.pdf
CONVOCATORIA CAS N 20_JORNADA ESCOLAR COMPLETA_UGEL HCO.pdfEdinoKenyiCanteoCasi1
 

Similar a Diapositivas de la resolucion 119 2013-osce (20)

Diapositivas de la resolucion 119 2013-osce
Diapositivas de la resolucion 119 2013-osceDiapositivas de la resolucion 119 2013-osce
Diapositivas de la resolucion 119 2013-osce
 
Resolucion 001 2019-osce-pre (certificacion osce)
Resolucion 001 2019-osce-pre (certificacion osce)Resolucion 001 2019-osce-pre (certificacion osce)
Resolucion 001 2019-osce-pre (certificacion osce)
 
Bases contrato cas 2017 programa 090
Bases contrato cas 2017 programa 090Bases contrato cas 2017 programa 090
Bases contrato cas 2017 programa 090
 
Bases 096-2021
Bases 096-2021Bases 096-2021
Bases 096-2021
 
Bases 068-2019
Bases 068-2019Bases 068-2019
Bases 068-2019
 
Boe a-2013-10861
Boe a-2013-10861Boe a-2013-10861
Boe a-2013-10861
 
Boe 17 oct- certificados profesionalidad, teleformacion
Boe 17 oct- certificados profesionalidad, teleformacionBoe 17 oct- certificados profesionalidad, teleformacion
Boe 17 oct- certificados profesionalidad, teleformacion
 
Base pec_012021_csmdc_correviento_alto_y_bajo_20210601_172802_109
Base  pec_012021_csmdc_correviento_alto_y_bajo_20210601_172802_109Base  pec_012021_csmdc_correviento_alto_y_bajo_20210601_172802_109
Base pec_012021_csmdc_correviento_alto_y_bajo_20210601_172802_109
 
12 Pro Certif C L Beta4
12  Pro Certif C L Beta412  Pro Certif C L Beta4
12 Pro Certif C L Beta4
 
Cas N° 389 Reniec
Cas N° 389 ReniecCas N° 389 Reniec
Cas N° 389 Reniec
 
Bases 121-2020 (1)
Bases 121-2020 (1)Bases 121-2020 (1)
Bases 121-2020 (1)
 
NTE-3.3-40-Capacidad-auditiva-v1 (1) ONAC .pdf
NTE-3.3-40-Capacidad-auditiva-v1 (1) ONAC .pdfNTE-3.3-40-Capacidad-auditiva-v1 (1) ONAC .pdf
NTE-3.3-40-Capacidad-auditiva-v1 (1) ONAC .pdf
 
Convocatoria cas 002 2019-rst-f
Convocatoria cas 002 2019-rst-fConvocatoria cas 002 2019-rst-f
Convocatoria cas 002 2019-rst-f
 
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias...
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias...Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias...
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias...
 
Curso Nacional: Nueva Ley de Contrataciones- Junio
Curso Nacional: Nueva Ley de Contrataciones- JunioCurso Nacional: Nueva Ley de Contrataciones- Junio
Curso Nacional: Nueva Ley de Contrataciones- Junio
 
BASES DEL CAS 053- Responsabe de calidad de la información
BASES DEL CAS 053- Responsabe de calidad de la informaciónBASES DEL CAS 053- Responsabe de calidad de la información
BASES DEL CAS 053- Responsabe de calidad de la información
 
PROCESO CAS-3 GESTOR LOCAL Y FISIOTERAPEUTAS PARA PRITES
PROCESO CAS-3 GESTOR LOCAL Y FISIOTERAPEUTAS PARA PRITES PROCESO CAS-3 GESTOR LOCAL Y FISIOTERAPEUTAS PARA PRITES
PROCESO CAS-3 GESTOR LOCAL Y FISIOTERAPEUTAS PARA PRITES
 
Curso Presencial: Nueva Ley de Contrataciones y sus Modificatorias
Curso Presencial: Nueva Ley de Contrataciones y sus Modificatorias Curso Presencial: Nueva Ley de Contrataciones y sus Modificatorias
Curso Presencial: Nueva Ley de Contrataciones y sus Modificatorias
 
Proceso CAS 002-JEC-Etapa-excepcional
Proceso CAS 002-JEC-Etapa-excepcionalProceso CAS 002-JEC-Etapa-excepcional
Proceso CAS 002-JEC-Etapa-excepcional
 
CONVOCATORIA CAS N 20_JORNADA ESCOLAR COMPLETA_UGEL HCO.pdf
CONVOCATORIA CAS N 20_JORNADA ESCOLAR COMPLETA_UGEL HCO.pdfCONVOCATORIA CAS N 20_JORNADA ESCOLAR COMPLETA_UGEL HCO.pdf
CONVOCATORIA CAS N 20_JORNADA ESCOLAR COMPLETA_UGEL HCO.pdf
 

Más de Paulochante

Ficha de mantenimiento parque
Ficha de mantenimiento parqueFicha de mantenimiento parque
Ficha de mantenimiento parquePaulochante
 
Materiales de construcción escuela de posgrado
Materiales de construcción escuela de posgradoMateriales de construcción escuela de posgrado
Materiales de construcción escuela de posgradoPaulochante
 
Diapositivas mod2
Diapositivas mod2Diapositivas mod2
Diapositivas mod2Paulochante
 
Diapositivas mod1
Diapositivas mod1Diapositivas mod1
Diapositivas mod1Paulochante
 
Exposicion dl 1017 sustentar hoy
Exposicion dl 1017 sustentar hoyExposicion dl 1017 sustentar hoy
Exposicion dl 1017 sustentar hoyPaulochante
 
Funcionarios competencia-y-responsabilidades-osce
Funcionarios competencia-y-responsabilidades-osceFuncionarios competencia-y-responsabilidades-osce
Funcionarios competencia-y-responsabilidades-oscePaulochante
 
Construccion maestria-2014
Construccion maestria-2014Construccion maestria-2014
Construccion maestria-2014Paulochante
 
Materiales de construcción escuela de poscgrado
Materiales de construcción escuela de poscgradoMateriales de construcción escuela de poscgrado
Materiales de construcción escuela de poscgradoPaulochante
 
Funciuonarios competencia-y-responsabilidades-osce
Funciuonarios competencia-y-responsabilidades-osceFunciuonarios competencia-y-responsabilidades-osce
Funciuonarios competencia-y-responsabilidades-oscePaulochante
 

Más de Paulochante (9)

Ficha de mantenimiento parque
Ficha de mantenimiento parqueFicha de mantenimiento parque
Ficha de mantenimiento parque
 
Materiales de construcción escuela de posgrado
Materiales de construcción escuela de posgradoMateriales de construcción escuela de posgrado
Materiales de construcción escuela de posgrado
 
Diapositivas mod2
Diapositivas mod2Diapositivas mod2
Diapositivas mod2
 
Diapositivas mod1
Diapositivas mod1Diapositivas mod1
Diapositivas mod1
 
Exposicion dl 1017 sustentar hoy
Exposicion dl 1017 sustentar hoyExposicion dl 1017 sustentar hoy
Exposicion dl 1017 sustentar hoy
 
Funcionarios competencia-y-responsabilidades-osce
Funcionarios competencia-y-responsabilidades-osceFuncionarios competencia-y-responsabilidades-osce
Funcionarios competencia-y-responsabilidades-osce
 
Construccion maestria-2014
Construccion maestria-2014Construccion maestria-2014
Construccion maestria-2014
 
Materiales de construcción escuela de poscgrado
Materiales de construcción escuela de poscgradoMateriales de construcción escuela de poscgrado
Materiales de construcción escuela de poscgrado
 
Funciuonarios competencia-y-responsabilidades-osce
Funciuonarios competencia-y-responsabilidades-osceFunciuonarios competencia-y-responsabilidades-osce
Funciuonarios competencia-y-responsabilidades-osce
 

Diapositivas de la resolucion 119 2013-osce

  • 1. ESCUELA DE POSTGRADO MAESTRIA EN INGENIERIA CIVIL GESTION Y GERENCIA DE LA CONSTRUCCION CURSO: LEGISLACION EN LA CONSTRUCCION ANALISIS DE LA RESOLUCION Nº 119-2013-OSCE/PRE ICA, JUNIO 2014
  • 2. INTEGRANTES: OCHANTE CASTILLO PAUL FELIX TORRES ZEVALLOS WENDY YANINA DOCENTE: DR. ANTONIO SALAS CALLO
  • 3. Modifican las Disposiciones Finales 1 y 2 de la Directiva Nº 021-2012-OSCE/CD “Procedimiento para la certificación de los profesionales y técnicos que laboran en los órganos encargados de las contrataciones de las Entidades” RESOLUCIÓN Nº 119-2013-OSCE/PRE Jesús María, 27 de marzo de 2013 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 004-2013/OSCECD correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 004-2013/ OSCE-CD de fecha 27 de marzo de 2013; el Informe N° 015- 2013/DTN de la Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 303-2013/OAJ CONSIDERANDO: Que, el artículo 57º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº1017, modificado por Ley Nº 29873, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, mediante Resolución Nº 407-2012-OSCE/ PRE se aprobó la Directiva Nº 021-2012- OSCE/CD “Procedimiento para la certificación de los profesionales y técnicos que laboran en los órganos encargados de las contrataciones de las Entidades”;
  • 4. Que, mediante Informe Nº 015-2013-DTN de fecha 26 de marzo de 2013, la Dirección Técnico Normativa informa que la Sub Dirección de Desarrollo de Capacidades ha realizado una evaluación al proceso de certificación de profesionales y técnicos que laboran en los órganos encargados de las contrataciones de las entidades, proponiendo ampliar el plazo de la obligatoriedad de la certificación, del 31 de marzo hasta el 31 de julio del 2013, con la finalidad que todos los profesionales y técnicos que laboren en los OEC y que intervengan directamente en alguna de las fases de la contratación pública estén certificados al 01 de agosto de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar las Disposiciones Finales 1 y 2 de la Directiva Nº 021-2012- OSCE/CD “Procedimiento para la certificación de los profesionales y técnicos que laboran en los órganos encargados de las contrataciones de las Entidades”, conforme al siguiente texto: “(…) XII. DISPOSICIONES FINALES 1. La obligatoriedad de la certificación se prorrogará hasta el 31 de julio de 2013. 2. A partir del 01 de agosto de 2013, todos los profesionales y técnicos que laboren en los OEC y que intervengan directamente en alguna de las fases de la contratación pública deben estar certificados, siendo responsabilidad del Jefe de Administración o quien haga sus veces y del profesional o técnico, el incumplimiento de esta obligación. (…)”
  • 5. Artículo 2º.- Publicar la modificación de la Directiva Nº 021-2012-OSCE/CD en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.osce.gob.pe) Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva
  • 6. Resolución Nº 407-2012-OSCE/PRE, que aprueba la Directiva Nº 021- 2012-OSCE/CD XII. DISPOSICIONES FINALES 1. La obligatoriedad de la certificación se prorrogará hasta el 31 de marzo de 2013. 2. A partir del 01 de abril de 2013, todos los profesionales y técnicos que laboren en los OEC y que intervengan directamente en alguna de las fases de la contratación pública deben estar certificados, siendo responsabilidad del Jefe de Administración o quien haga sus veces y del profesional o técnico, el incumplimiento de esta obligación. Resolución Nº 119-2013-OSCE/PRE, que modifica las Disposiciones Finales 1 y 2 de la Directiva Nº 021-2012-OSCE/CD XII. DISPOSICIONES FINALES 1. La obligatoriedad de la certificación se prorrogará hasta el 31 de julio de 2013. 2. A partir del 01 de agosto de 2013, todos los profesionales y técnicos que laboren en los OEC y que intervengan directamente en alguna de las fases de la contratación pública deben estar certificados, siendo responsabilidad del Jefe de Administración o quien haga sus veces y del profesional o técnico, el incumplimiento de esta obligación.
  • 7. ANALISIS Todos los profesionales y técnicos que laboren en los Órganos Encargados de las Contrataciones (OEC) de las Entidades Públicas, y que intervengan directamente en alguna de las fases de la contratación pública, deben estar certificados. Esta acción se realiza en virtud al artículo 5 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, el cual señala que los funcionarios y servidores del OEC de cada Entidad que, en razón de sus funciones intervienen directamente en alguna de las fases de contratación, deberán ser profesionales y/o técnicos debidamente certificados Debiendo reunir como mínimo los siguientes requisitos: 1. Capacitación técnica en contrataciones públicas o gestión logística en general, no menor a 80 horas lectivas; 2. Experiencia laboral en general, no menor a 3 años; y 3. Experiencia laboral en materia de contrataciones públicas o en logística privada, no menor de un año.
  • 8. La certificación tiene por objeto asegurar que el personal dedicado a la realización de los procesos de contratación, en la fase de actos preparatorios, de selección o de ejecución contractual, de acuerdo al ámbito de su competencia, cuente con experiencia y especialización en materia de contratación pública, de modo que los procesos sean conducidos por personal idóneo, que dote de eficiencia y transparencia a los procesos de contratación. En tal sentido, OSCE indica que es responsabilidad del Jefe de Administración o quien haga sus veces contar con personal certificado en la Entidad para la realización de las labores vinculadas con alguna de las fases de la contratación. ¿Qué es la Certificación? Es el procedimiento regulado por la Directiva 021-2012-OSCE/CD y el artículo 5 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado DL 1017, por el cual el OSCE reconoce que los funcionarios y servidores que laboren en el Órgano Encargado de las Contrataciones (OEC), cumplen con los requisitos señalados en el Decreto Supremo N° 184- 2008-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
  • 9. ¿Desde cuándo es obligatorio y quiénes deben certificarse? A partir del 01 de agosto de 2013, todos los profesionales y técnicos que laboren en los OEC y que intervengan directamente en alguna de las fases de la contratación pública deben estar certificados, siendo responsabilidad del jefe de administración o quien haga sus veces y del profesional o técnico, el incumplimiento de esta obligación.
  • 10. PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES QUE LABORAN EN LOS OEC DE LA ENTIDAD 1. ¿Por qué es importante la Certificación? Es importante ya que contribuye a que las entidades del Estado cuenten con recursos humanos con experiencia laboral y académica mínima, lo que contribuirá a que estas cumplan con sus objetivos institucionales y de esta manera, lograr la satisfacción de la sociedad. 2. ¿Cuál es la Normativa que rige este Procedimiento? La Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante el Decreto Legislativo N° 1017, y posteriormente modificado por D.L. N° 29873; el Reglamento de Contrataciones del Estado aprobado con D.S. N° 184-2008-EF y modificado por DS N° 138-2012-EF y la Directiva 021-2012- OSCE/CD que regula el procedimiento de certificación que entro en vigencia el 28 de diciembre de 2012.
  • 11. 3. ¿Quiénes deben certificarse? Todos aquellos funcionarios y servidores que laboren en el órgano encargado de contrataciones (OEC) de las Entidades Públicas sujetas a la Ley de Contrataciones del Estado y que en razón de sus funciones, intervienen directamente en alguna de las siguientes actividades, referidas a las tres fases de la contratación: - Elaboración del plan anual de contrataciones - Elaboración del expediente de contratación - Conducción del proceso de selección - Apoyo al Comité Especial - Control y/o supervisión de la ejecución del contrato 4. En qué Consiste el Procedimiento de Certificación? El procedimiento tiene dos etapas, las mismas que se detallan a continuación: La primera etapa consiste en determinar la idoneidad del postulante, para lo cual el funcionario o servidor del OEC debe registrar en los formularios respectivos, la información solicitada a fin de acreditar los tres requisitos señalados en la Normativa y adjuntar copias escaneadas de cada constancia y/o certificado de capacitación técnica. Asimismo, deberá adjuntar un documento formal, suscrito por su jefe, el mismo que indicará el tiempo que viene laborando en la entidad en la que se encuentra actualmente prestando servicios.
  • 12. La segunda etapa consiste en un examen de verificación de conocimientos que se realizará en diez sedes. El postulante rendirá dicho examen en la sede que corresponda al departamento en el que se encuentre la entidad donde esté laborando al momento de su postulación, de acuerdo al cronograma que se publicará oportunamente en la página web del OSCE, en el subportal de Capacitación. Los postulantes que obtengan como nota catorce o más, obtendrán la certificación y serán integrados en la base de datos que administrará el OSCE la cual será publicada en su página web. 5. ¿Qué beneficio se obtiene al certificarse? Puede participar prioritariamente en las diferentes capacitaciones brindadas por el OSCE, incorporarse en la base de datos de funcionarios y servidores certificados entre otros.
  • 13. COMENTARIOS 1. La certificación no debe de ser de exclusividad de los funcionarios que laboran en los órganos encargados de las contrataciones (OEC), mas por el contrario debe llegarse a todos y con capacitaciones continuas. 2. Beneficios para el funcionario  Capacitación permanente. El funcionario o servidor certificado tendrá la prioridad para recibir capacitación en materia de contrataciones. Buscar mejorar competencias. Gracias a la certificación, el funcionario estará en camino a buscar su profesionalización y a mejorar sus competencias en materia de contrataciones públicas. Comunidad de profesionales de la función logística. El funcionario o servidor formará parte una comunidad de especialistas en contrataciones, contadores, abogados, administradores que manejan la normativa de contrataciones del Estado. 3. Beneficios para el país  Compras públicas eficaces y eficientes.  Población gozará de los beneficios de las compras públicas.  Entidades podrán cumplir sus objetivos institucionales de manera más rápida.  Entidades podrán ejecutar obras con mayor prontitud y con menor riesgo de error.