2. Marco Legal
La Ley de Sistema de Protección Integral de los
Discapacitados o Ley 22.431 fue sancionada y
promulgada el 16 de marzo de 1981 por Jorge Rafael
Videla con el objetivo de otorgar a las personas
discapacitadas atención médica, educación y seguridad
social. Y modificada para readaptarla en diferentes
oportunidades.
3. En su artículo 2 define a los discapacitados como:
(...) se considera discapacitada a toda persona que
padezca una alteración funcional permanente o
prolongada, física o mental, que en relación a su edad y
medio social implique desventajas considerables para
su integración familiar, social, educacional o laboral.
4. Ministerio de Salud
Entre otras, la tarea de reunir información, desarrollo de
planes, apoyar y coordinar actividades de las entidades sin
fines de lucro y crear hogares de internación total o parcial.
5. Articulo 8
Refiere al porcentual de 4% que deberá tener el Estado
nacional y sus distintos organismos en cuanto a la ocupación
laboral de las personas con discapacidad idóneas para el
cargo. Dicha tarea debe ser autorizada y fiscalizada por
el Ministerio de Trabajo gozando de los mismos derechos y
obligaciones que los demás trabajadores.
6. Articulo 12
Además, en su artículo 12, destaca que el Ministerio de
Trabajo tiene la obligación de crear talleres protegidos de
producción.
7. El artículo 8 fue modificado por Ley
25.689 del año 2003:
Artículo 8: El Estado nacional -entendiéndose por tal los tres
poderes que lo constituyen, sus organismos descentralizados o
autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del
Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios
públicos- están obligados a ocupar personas con discapacidad
que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo en una
proporción no inferior al cuatro por ciento (4%) de la totalidad de
su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser
exclusivamente ocupados por ellas.
8. Artículos 20 y 21
Citan:
Barreras físicas urbanas (Artículo 20): como cruces
peatonales, escaleras y rampas, espacios públicos como los
parques, estacionamientos y obras en la vía pública.
Barreras arquitectónicas (Artículo 21): públicas o
privadas como las viviendas colectivas, como los edificios.
Agregando en el artículo 28 que la aprobación de los
planos dependerá de la inclusión de éstas normas.
9. Articulo 22
Transporte público (Artículo 22): vehículos de transporte
público con dos asientos delanteros reservados y gratuidad de
transporte a cualquier destino. Estaciones de transporte y
aeropuertos con rampas antideslizantes, pasos alternativos y
sanitarios adaptados.
En cuanto al transporte propio, con estacionamiento gratuito
y señalización correspondiente para los mismos.
10. Articulo 23
Ofrece el descuento del 70% de deducción especial en
el impuesto a las ganancias que se concede a los
empleadores que contraten empleados discapacitados
quiénes trabajen en sus establecimientos o en su domicilio.
11. A continuación se ejemplificarán empresas y
programas que promueven la contratación de
empleados con discapacidades.
12. Manpower
Caminemos Juntos es un proyecto de la empresa de
contratación de personal Manpower, que busca trabajo a
personas con discapacidad auditiva, motriz o mental, y que
lleva adelante esta labor en conjunto con compañías privadas
y de gobierno.
http://www.vocesenelsilencio.org.ar/
www.manpower.com.ar
13. La consultora lanzó en 2003 el programa "Oportunidades
para todos", por el cual un equipo de profesionales
selecciona y les ofrece a sus clientes candidatos con alguna
discapacidad.
Además, para sensibilizar a empleados y directivos sobre la
problemática de la discapacidad, Manpower también
brinda talleres de concientización en las empresas.
Desde 2004, incorporaron a 204 personas con
discapacidades, 30 de ellas en la propia consultora.
14.
15. “En Fundación Par intentamos promover la inclusión
de personas con discapacidad y fortalecer en la sociedad
el derecho de igualdad de oportunidades.”
• 2600 con discapacidad logran de pleno digno
• 110 personas con discapacidad pudieron iniciar sus
propios emprendimientos
16. Noticias
Las empresas no tienen en cuenta a los trabajadores
con pérdida de audición
http://www.spanish.press.hear-it.org/Las-empresas-no-
tienen-en-cuenta-a-los-trabajadores-con-perdida-de-
audicion-
Crece la inserción laboral de personas con
discapacidad
http://edant.clarin.com/suplementos/economico/2007/02/11
/n-01401.htm