La hipoteca y la prenda son dos formas de garantía de obligaciones. La hipoteca se ejecuta mediante un procedimiento ordinario si el deudor u otro tercero se opone, mientras que la ejecución de la prenda permite al deudor o tercero oponerse a la venta dentro de 8 días e ir a juicio si la oposición está fundamentada legalmente. Tanto para la hipoteca como para la prenda, si no hay oposición el proceso sigue de forma ejecutiva para cobrar la deuda a través de la venta del bien gravado.