Este documento presenta un resumen de tres secciones principales: 1) La situación ambiental en México, incluyendo los principales problemas como la pérdida de biodiversidad y cobertura de vegetación, contaminación atmosférica, cambio climático, recursos hídricos y extinción de especies. 2) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México, su historia, funciones y procedimientos. 3) Dos casos de éxito donde la Comisión analizó temas ambientales y emitió recomendaciones.
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
1er Foro RAM: Impacto Ambiental
1. La Comisión Nacional de los
Derechos Humanos y la
Protección al Ambiente
“Corresponsabilidad Social y
Ambiental frente a
Megaproyectos de Desarrollo
en México”
2. INTRODUCCIÓN
La creación y desarrollo de la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos (CNDH); el procedimiento de queja
En dicha sección se pretende dar al público una visión del
funcionamiento actual de ese organismo nacional, sus funciones
y estructura.
Situación ambiental en México
Presentar a los asistentes, un panorama sobre los principales
problemas ambientales por los que atraviesa nuestro país.
Casos de éxito en materia ambiental
Platicar sobre dos recomendaciones en donde los temas
ambientales fueron analizados por la CNDH; el primero de ello,
sobre descargas de aguas residuales y el segundo, sobre la
protección de un Área Natural Protegida de competencia estatal.
4. En 1989 la Secretaría de Gobernación creó la Dirección General de Derechos Humanos
En 1990 por decreto presidencial se crea la Comisión Nacional de Derechos Humanos
constituyéndola como un organismo desconcentrado de dicha Secretaría
El 28 de enero de 1992, adicionó el apartado B del artículo 102 por lo que es elevada a rango
constitucional bajo la naturaleza de organismo descentralizado con personalidad y patrimonio
propio, generándose el sistema nacional no jurisdiccional de protección de derechos humanos.
En 1992 se expide la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Desde el 13 de
septiembre de 1999, es un organismo autónomo denominado COMISIÓN NACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
COMISIÓN NACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
5. Autonomía de gestión y presupuestaria personalidad jurídica y
patrimonio propio de las Comisiones estatales y del Distrito
Federal.
La elección del titular de la presidencia de la CNDH, así como
de los integrantes del Consejo Consultivo, y de titulares de los
organismos de protección de los derechos humanos de las
entidades federativas, se ajustarán a un procedimiento de
consulta pública,
.
Artículo 102 B
Constitucional
COMISIÓN NACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
6. LIBERTAD PERSONAL
LIBERTAD DE TRABAJO,
PROFESIÓN, INDUSTRIA
O COMERCIO
IGUALDAD/ IGUALDAD
ANTE LA LEY
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
/ A LA CIUDADANÍA
LIBERTAD DE IMPRENTA
LIBERTAD DE
ASOCIACIÓN Y REUNIÓN
LIBERTAD DE TRÁNSITO
Y RESIDENCIA
LIBERTAD RELIGIOSA /
PROPIEDAD COMUNAL Y
EJIDAL DE TIERRAS
DERECHOS SOCIALES A
FAVOR DE LOS
TRABAJADORES
DERECHO A LA
INFORMACIÓN
IRRETROACTIVIDAD DE
LAS LEYES / DERECHOS
DE LOS NIÑOS
LEGALIDAD SEGURIDAD JURÍDICA VIVIENDA
INVIOLABILIDAD DEL
DOMICILIO
SEGURIDAD JURÍDICA EN
MATERIA DE ÓRDENES
DE APREHENSÍON O
DETENCIÓN
A LA PROPIEDAD
SEGURIDAD JURÍDICA EN
LAS DETENCIONES ANTE
AUTORIDAD JUDICIAL /
DEL PROCESADO EN
MATERIA PENAL
DERECHOS DE LA
VÍCTIMA O DEL
OFENDIDO
PROTECCIÓN DE LA
INTEGRIDAD FÍSICA Y
MORAL / A LA
NACIONALIDAD
DERECHO DE PETICIÓN /
PROTECCIÓN JURÍDICA
AL DERECHO A LA VIDA
DERECHOS DE LOS
PUEBLOS INDÍGENAS / A
LA EDUCACIÓN
PATERNIDAD/ SALUD
MEDIO AMBIENTE SANO
AL AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
7. DERECHO HUMANO AL AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO
TODA PERSONA TIENE DERECHO AL ACCESO, DISPOSICION Y
SANEAMIENTO DE AGUA PARA CONSUMO PERSONAL Y DOMESTICO EN
FORMA SUFICIENTE, SALUBRE, ACEPTABLE Y ASEQUIBLE. EL ESTADO
GARANTIZARA ESTE DERECHO Y LA LEY DEFINIRA LAS BASES, APOYOS Y
MODALIDADES PARA EL ACCESO Y USO EQUITATIVO Y SUSTENTABLE DE
LOS RECURSOS HIDRICOS, ESTABLECIENDO LA PARTICIPACION DE LA
FEDERACION, LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS, ASI
COMO LA PARTICIPACION DE LA CIUDADANIA PARA LA CONSECUCION DE
DICHOS FINES.
(ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE
LA FEDERACION EL 8 DE FEBRERO DE 2012)
DERECHO HUMANO AL AGUA
POTABLE Y AL SANEAMIENTO
8. Suficiente. Para el uso personal y doméstico. Estos usos incluyen de forma general el agua de beber, el
saneamiento personal, la preparación de alimentos, la limpieza del hogar y la higiene personal. De
acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), son necesarios entre 50 y 100 litros de agua
por persona y día para garantizar que se cubren las necesidades más básicas.
Saludable. Libre de microorganismos, sustancias químicas y peligros radiológicos que constituyan una amenaza
para la salud humana. Las medidas de seguridad del agua potable vienen normalmente definidas por estándares
nacionales y/o locales de calidad del agua. Las Guías para la calidad del agua potable de la Organización Mundial
de la Salud (OMS) proporcionan la bases para el desarrollo de estándares nacionales que, implementadas
adecuadamente, garantizarán la salubridad del agua potable.
Aceptable. El agua ha de presentar un color, olor y sabor aceptables para ambos usos,
personal y doméstico.
Asequible. El agua y los servicios e instalaciones de acceso al agua deben ser asequibles para
todos. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) sugiere que el coste del
agua no debería superar el 3% de los ingresos del hogar.
Físicamente accesible. Todo el mundo tiene derecho a unos servicios de agua y saneamiento
accesibles físicamente dentro o situados en la inmediata cercanía del hogar, de las
instituciones académicas, en el lugar de trabajo o las instituciones de salud. De acuerdo con la
OMS, la fuente de agua debe encontrarse a menos de 1.000 metros del hogar y el tiempo de
desplazamiento para la recogida no debería superar los 30 minutos.
http://www.un.org/spanish/waterforlifedecade/human_right_to_water.shtml
9. REFORMAS RELACIONADAS
CON LA CNDH
Artículo 5 LCNDH
Presidente
Secretaría
Ejecutiva
Visitadores Generales
Visitadores Adjuntos
Personal Técnico y Administrativo
El 21 de mayo de 2012 en el
Reglamento Interno de la
CNDH se incorpora una
Dirección de Seguimiento de
Recomendaciones
COMISIÓN NACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
10. REFORMAS RELACIONADAS
CON LA CNDH
1.- Los procedimientos de la Comisión deberán ser breves y
sencillos, y estarán sujetos sólo a formalidades esenciales que
requiera la documentación de los expedientes respectivos.
2.- Seguirán además los principios de inmediatez, concentración y
rapidez. Se procurará, en la medida de lo posible, el contacto
directo con quejosos, denunciantes y autoridades, para evitar la
dilación de las comunicaciones escritas.
Artículo 4 LCNDH
COMISIÓN NACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
11. PROCEDIMIENTO DE QUEJA
ANTE CNDH
Presentación
de queja
Evaluación
OD/Q/R
Solicitud de
Información
Visitas/Análisis
Integración Conciliación
Recomendación
Seguimiento
PROCEDIMIENTO DE QUEJA
ANTE LA CNDH
12. REFORMAS CONSTITUCIONAL
10 JUNIO DE 2011
Cambio en la denominación de
Garantías Individuales por
Derechos Humanos
Principio Pro Persona
Principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad
y progresividad
Reconocimiento de los Derechos
Humanos contemplados en la
Constitución y en los Tratados
Internacionales
ANTES: “...En los Estados Unidos
Mexicanos todo individuo gozará
de las garantías que otorga esta
Constitución…”
REFORMA CONSTITUCIONAL
2011
13. REFORMAS RELACIONADAS
CON LA CNDH
Artículo 102 B
Constitucional Artículo 46 LCNDH
Fundar,
motivar y
hacer pública
su negativa.
La CNDH
determinará si
son suficientes
y se lo hará
saber.
Las autoridades
informarán, si persisten
o no en la posición de
no aceptar o no cumplir
la recomendación.
La CNDH podrá
denunciar ante el
Ministerio Público o
la autoridad
administrativa que
corresponda.
NEGATIVA DE ACEPTACION O SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIÓN
COMISIÓN NACIONAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
15. SITUACIÓN AMBIENTAL EN MÉXICO
México alberga una diversidad biológica y cultural excepcional, está
entre los 17 países con mayor biodiversidad en el mundo. Una gran
parte de esa biodiversidad es endémica del país, lo que constituye un
privilegio y una responsabilidad hacia nuestra sociedad y hacia el
mundo, así como un reto de gran complejidad para su manejo.
Sin embargo, el desarrollo de la sociedad ha traído como
consecuencia un severo deterioro de los ecosistemas y sus servicios
ambientales, acarreando como consecuencia la pérdida del capital
natural por la deforestación, el sobrepastoreo, desecación o
azolvamiento de ríos, cuerpos de agua y humedales, la degradación de
los ecosistemas naturales, sobreexplotación de especies, introducción
de especies exóticas invasoras, contaminación de suelos, mares, ríos y
mantos acuíferos, aunado a los efectos del cambio climático global.
SITUACIÓN AMBIENTAL
EN MÉXICO
16. IMPACTO DE LA ACTIVIDAD HUMANA SOBRE LA
BIODIVERSIDAD DE MÉXICO
http://www.biodiversidad.gob.mx/pais/capitalNatMex.html
IMPACTO DE LA ACTIVIDAD
HUMANA SOBRE LA
BIODIVERSIDAD EN MÉXICO
17. Tipo de
vegetación
Extensión
original (ha)
Extensión en el 2002 (ha)
Selvas
húmedas
18 millones 3.15 millones
(33.3% corresponde a
vegetación conservada y el
resto a vegetación secundaria
con diferentes grados de
perturbación)
Selvas secas 33.9 millones 8.9 millones
(38% corresponde a
vegetación conservada y el
resto a vegetación secundaria
con diferentes grados de
perturbación)
Bosque
Mesófilo de
montaña
3.1 millones 870 000
(47.6% corresponde a
vegetación conservada y el
resto a vegetación secundaria
con diferentes grados de
perturbación)
Bosque
templado de
coníferas y
latifoliadas
44 millones 22.2 millones
Ecosistemas
áridos y
semiáridos
32.4 millones 42.2 millones
Humedales 1.45 millones 859 221
TENDENCIAS DEL CAMBIO
EN LA COBERTURA DE VEGETACIÓN
PRIMARIA POR TIPO DE ECOSISTEMA
18. AUMENTO DE ZONAS
URBANAS Y
ASENTAMIENTOS
HUMANOS
AUMENTO DE ZONAS
URBANAS Y
ASENTAMIENTOS
URBANOS
19. CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA
La quema de combustibles fósiles es una de las principales fuentes de emisión
de contaminantes, que generan contaminación del aire, lluvia ácida y cambios
en el clima global.
CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA
20. CAMBIO CLIMÁTICO
Aumento de la concentración de CO2 en
la atmósfera del año 1010 al 2013 de
280 ppm a 400 ppm aproximadamente;
incrementándose significativamente
posterior a la revolución industrial
El incremento de la temperatura media mundial,
asociado con el cambio climático, ha afectado los
sistemas hidrológicos así como los ecosistemas en
muchas partes del mundo, incluido México --- mayor
frecuencia, persistencia e intensidad de fenómenos
climatológicos, cambios en los patrones de
precipitación, reducción o expansión de áreas de
distribución de diversas especies, entre otros.
CAMBIO CLIMÁTICO
21. RECURSOS HÍDRICOS
Aumento de la población ------ incremento en la
demanda alimentos y servicios que afectan a los
recursos hídricos, a través de la extracción de agua
para riego, consumo humano y para la producción
industrial
La extracción excesiva de agua puede provocar la
disminución del recurso debido a la sobreexplotación,
el agotamiento de pozos, producir hundimientos del
suelo y privar a futuras generaciones del uso de ese
recurso
RECURSOSO HÍDRICOS
22. DESCARGA DE CONTAMINANTES EN ZONAS MARINAS
POR ACTIVIDADES PETROLERAS
La explotación petrolera y
del gas natural en zonas
marinas produce, rutinaria
o accidentalmente, la
descarga, fuga y derrame
de hidrocarburos que, junto
a sus productos derivados,
resultan tóxicos para la
mayoría de las
comunidades biológicas
costeras y las especies que
las integran
DESCARGAS DE CONTAMINANTES
EN ZONAS MARINAS POR
ACTIVIDADES PETROLERAS
23. EXTINCIÓN DE ESPECIES
Oceanodroma
macrodactyla
(petrel de
Guadalupe)
Zanate del Lerma
(Quiscalus palustris)
Zamia inermis
(Cicadáceas)
Thryomanes bewickii
brevicauda
(saltaparedes)
Pipilo erythrophtalmus
consobrinus (raspador
moteado)
Campephilus
imperialis (carpintero
imperial)
Lobo mexicano
(Canis lupus)
Nutria (Enhydra
lutris)
Foca del Caribe
(Monachus tropicalis)
oso pardo (Ursus
arctos)
Mapache (Procyon
insularis)
EXTINCIÓN DE ESPECIES
25. RECOMENDACIÓN 54/2011
JONUTA
CEAS
AYUNTAMIENTO
DE JONUTA,
TABASCO
CONAGUA
CEAS
•Descargar sin contar con permiso de descarga.
•No realizar el tratamiento de las aguas residuales que se
descargan al río Usumacinta.
AYUNTAMIENTO
•No donar el terreno para la Planta de tratamiento de Aguas
Residuales.
•No contar con servicio de drenaje para toda la población.
CONAGUA
•No existencia de redes de monitoreo.
•No existencia de actos de inspección o vigilancia.
RECOMENDACIÓN 54/2011
26. RECOMENDACIÓN 54/2011
GOBIERNO DEL ESTADO
- Destinar los recursos
para la construcción de
la PTAR.
- Reparación del daños
ambiental y promoción
de desarrollo
sustentable.
- Obtención de los
permisos,
autorizaciones,
licencias o
concesiones.
- Resultados de
monitoreo de la
calidad del agua.
AYUNTAMIENTO
- Donación del terreno
para la construcción
de la PTAR.
- Campañas de
educación para la
prevención de la
contaminación y
daños a la salud.
- Se tomen las
medidas para que el
servicio de limpia y
recolección y traslado
de residuos se lleve a
cabo de manera
eficaz.
CONAGUA
- Proporcionar
financiamiento para la
construcción de la
PTAR.
- Visitas de inspección
y vigilancia.
- Monitoreo
sistemático y
permanente en el río
Usumacinta.
RECOMENDACIÓN 54/2011
27. RECOMENDACIÓN 56/2012
WIRIKUTA
Sobre la violación de los
derechos humanos
colectivos a la consulta,
uso y disfrute de los
territorios indígenas,
identidad cultural, medio
ambiente sano, agua
potable y saneamiento y
protección de la salud
del pueblo wixárika en
wirikuta.
RECOMENDACIÓN 56/2012
28. RECOMENDACIÓN 56/2012
IMPORTANCIA DE LA ZONA:
A) Cultural
Pueblo indígena Wixárika (artículo 2 constitucional)
Repetición del acto de la creación
Cerro del Quemado
AFECTACIONES:
Consulta de los pueblos y comunidades indígenas (Convenio
169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países
independientes de la Organización Internacional del Trabajo )
Identificación de los sitios sagrados
Servicios públicos (agua y drenaje)
RECOMENDACIÓN 56/2012
29. RECOMENDACIÓN 56/2012
B) Ambiental
Wirikuta es un Área Natural Protegida de competencia estatal
Lugar donde habitan especies enlistadas dentro de la NOM-059-
SEMARNAT-2010 “Especies nativas de México de flora y fauna
silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión,
exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo” (Peyote y Águila
Real)
No cuenta con el Programa de Ordenamiento Ecológico
AFECTACIONES:
Pasivos Ambientales (actividad minera) Plan de Manejo
Inexistencia de información en materia de aguas (Acuífero
Vanegas Catorce)
Impacto Ambiental (consulta)
RECOMENDACIÓN 56/2012
30. RECOMENDACIÓN 56/2012
IMPORTANCIA
1
• Trece autoridades recomendadas: Federales, Estatales y Municipales
2
• Vinculación de los derechos culturales y ambientales del pueblo
Wixárika
3
• Aplicación de la Reforma Constitucional (Instrumentos Nacionales e
Internacionales)
4
• Aplicación de principios internacionales en materia ambiental (el que
contamina paga)
5
• Conservación de los elementos y culturales naturales de Wirikuta
RECOMENDACIÓN 56/2012
31. Es necesaria la protección
y cuidado del ambiente
para asegurar la
subsistencia de la
humanidad
01.800.715.2000
Sexto Visitador General
Lic. Tomas S. Serrano P.
tserrano@cndh.org.mx
Directora de Área
Mtra. Mariana Tejado G.
mtejado@cndh.org.mx