1. SOLICITUD PARA CONCILIAR
File N°: 109 – 2009 - JUS
CENTRO DE CONCILIACIÓN
Yo, GLORIA ARAPA MAMANI, identificada con Documento Nacional de Identidad N° 29553931,
domiciliado(a) Asoc. Pro. Viv. 1ro de Junio Mz. S2, Lote 9, Zona B, Alto Cayma, distrito de Cayma,
provincia y departamento de Arequipa; ante este Centro de Conciliación Gratuito del Ministerio de Justicia
me presento y digo:
1.- La solicitante es copropietaria con DAVID HERMES CONDORI TIQUE del bien inmueble ubicado en el
AA.HH. Asoc. Pro Viv. Primero de Junio Mz. S-2, lote 9, Zona B, Alto Cayma, distrito de Cayma, Arequipa.
2.- Que, actualmente existen créditos que el copropietario ha realizado para uso personal; pero los mismos
fueron garantizados con el bien inmueble antes descrito.
3.- Que, a la vez el predio adquirido en corpropiedad tiene embargos inscritos por deudas que corresponden al
copropietario.
4.- La solicitante – copropietaria se estaría perjudicando, al ver afectada con embargos y otros, el bien
inmueble de su propiedad.
Por lo antes expuesto solicita:
Materia a Conciliar (Pretensión)
1. Determinar la División y Partición del bien inmueble ubicado en Asoc. Pro. Viv. 1ro de Junio Mz.
S2, Lote 9, Zona B, Alto Cayma, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa.
2. Determinar el Monto, forma, fecha y lugar de pago de la deuda dineraria impaga.
En este sentido, SOLICITO se invite al (los) señor (es):
- DAVID HERMES CONDORI TIQUE, con domicilio en Avenida Principal Nro. 100 - Bellavista,
distrito de Hunter, Arequipa.
POR TANTO:
Pido a Usted Señor Conciliador del CENTRO DE CONCILIACIÓN DE HUNTER - AREQUIPA DEL
MINJUS, acceder a mi solicitud, a fin que proceda conforme a la ley de conciliación y su reglamento.
Arequipa, 01 de Junio de 2009.
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FIRMA DEL SOLICITANTE
Adjunto:
1. Copia de DNI (02)
2. Copia del Título de Propiedad (02)
3. Copia de la notificación de pago (02)
2. SOLICITUD PARA CONCILIAR
File N° 069 - 2009-JUS
CENTRO DE CONCILIACIÓN
Yo, MARIA LUISA CRUZ DE LA TORRE identificada con Documento Nacional de Identidad N°
29569062, domiciliado(a) Calle Teniente Rodriguez, 705 – C, distrito de Miraflores, provincia y
departamento de Arequipa; ante este Centro de Conciliación Gratuito del Ministerio de Justicia me presento y
digo:
1.- La solicitante celebro un contrato verbal de permuta con la señora NORMA CATALINA BELLIDO
RAMOS, tomando posesión del inmueble ubicado en la Calle Teniente Rodríguez N° 705 – C, distrito de
Miraflores, y a su vez esta última a manera de permuta toma posesión del inmueble ubicado en la calle Cruz
Verde N° 217-A, cercado de Arequipa
2.- Que tomando conocimiento que doña NORMA CATALINA BELLIDO RAMOS no desea continuar
con la permuta efectuada es que requiero que se me haga la entrega del inmueble ubicado en calle Cruz Verde
N° 217-A, cercado de Arequipa, así mismo se me cumpla con cancelar los gastos por la limpieza efectuada en
el domicilio ubicado en Calle Teniente Rodríguez N° 705 – C, distrito de Miraflores.
3.- La solicitante peticiona a la invitada que cumpla con devolver el pago realizado por los servicios de luz y
agua del inmueble ubicado en la calle Cruz Verde N° 217-A, cercado de Arequipa.
Por lo antes expuesto y al verse la recurrente perjudicada con la resolución del contrato de permuta es que
desea solicitar:
Materia a Conciliar (Pretensión)
1. Resolución de contrato de permuta, y en consecuencia solicito se me devuelva la posesión del bien
inmueble ubicada en Calle Cruz Verde N° 217-A, cercado de Arequipa, provincia y departamento de
Arequipa.
2.- Pago de los servicios de agua y luz.
3.- Indemnización de Daños y Perjuicios
En este sentido, SOLICITO se invite al (los) señor (es):
- NORMA CATALINA BELLIDO RAMOS, con domicilio en Calle Cruz Verde N° 217-A, cercado
de Arequipa, provincia y departamento de Arequipa.
POR TANTO:
Pido a Usted Señor Conciliador del CENTRO DE CONCILIACIÓN acceder a mi solicitud, a fin que proceda
conforme a la ley de conciliación y su reglamento.
Arequipa, 06 de Abril de 2009.
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FIRMA DEL SOLICITANTE
Adjunto:
1.- Copia de DNI (02)
2.- Copia de la Carta Notarial de fecha 27 de Marzo del 2009 (02)
3. CAPITULO SEXTO
Resolución del Arrendamiento
Artículo 1697.- Causales de resolución
El contrato de arrendamiento puede resolverse:
1.- Si el arrendatario no ha pagado la renta del mes anterior y se vence otro mes y además
quince días. Si la renta se pacta por períodos mayores, basta el vencimiento de un solo
período y además quince días. Si el alquiler se conviene por períodos menores a un mes,
basta que venzan tres períodos.
2.- En los casos previstos en el inciso 1, si el arrendatario necesitó que hubiese contra él
sentencia para pagar todo o parte de la renta, y se vence con exceso de quince días el plazo
siguiente sin que haya pagado la nueva renta devengada.
3.- Si el arrendatario da al bien destino diferente de aquél para el que se le concedió expresa
o tácitamente, o permite algún acto contrario al orden público o a las buenas costumbres.
4.- Por subarrendar o ceder el arrendamiento contra pacto expreso, o sin asentimiento
escrito del arrendador.
5.- Si el arrendador o el arrendatario no cumplen cualesquiera de sus obligaciones.
Artículo 1698.- Resolución por falta de pago de la renta
La resolución por falta de pago de la renta se sujeta a lo pactado, pero en ningún caso
procede, tratándose de casas-habitación comprendidas en leyes especiales, si no se han
cumplido por lo menos dos mensualidades y quince días.