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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Lima, 3 1 ENE 2018 Nº 03 1 -2018-SERVIR/PE
Visto, el Informe Técnico Nº 016-2018-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de
Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto Legislativo N2
1023, es función de la Autoridad Nacional del Servicio Civil — SERVIR, ente rector del
Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, dictar normas técnicas para
el desarrollo e implementación del Sistema, entre otras;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N' 30057, Ley
del Servicio Civil, establece que para el proceso de tránsito de las entidades públicas al
régimen del Servicio Civil se aprobarán las reglas, procesos y metodologías que
deberán seguir para dicho proceso;
Que, mediante la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N' 30057
se crea el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) como instrumento de gestión que
reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de
Personal (PAP);
Que, el artículo 128' del Reglamento General de la Ley N' 30057, aprobado
mediante el Decreto Supremo N' 040-2014-PCM, establece que SERVIR, en
coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, emitiría una Directiva para la
-6 elaboración del CPE por las entidades;
GOSfyN
Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N' 304-2015-SERVIR/PE
se formalizó la aprobación de la Directiva N' 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la
gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del
Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE;
Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N' 001-2018-SERVIR/PE se
aprobó, por delegación, la "Guía para el Procedimiento de Aprobación del Cuadro de
Puestos de la Entidad — CPE de las entidades públicas;
Que, mediante el Informe Técnico Nº 016-2018-SERVIR/GDSRH, la Gerencia de
Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, órgano encargado de la implementación
y supervisión de las políticas de gestión de los recursos humanos ha señalado que
resulta necesaria la aprobación de la "Guía para el Procedimiento de Aprobación del
Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de las entidades públicas", toda vez que
permitirá que las entidades cumplan a cabalidad con la citada Directiva;
Que, en la sesión de fecha 20 de julio de 2017, el Consejo Directivo aprobó
delegar en el Presidente Ejecutivo, entre otros, la aprobación de Manuales y Guías
LOS
isidente
ERvIrietTI: e7"
Metodológicas que regulen los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de
Recursos Humanos, decisión que fue formalizada mediante Resolución de Presidencia
Ejecutiva N' 140-2017-SERVIR-PE;
Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema
de Recursos Humanos; y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N' 1023, la Ley N' 30057 — Ley del
Servicio Civil, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N' 140-2017-SERVIR-PE.
SE RESUELVE:
Artículo Primero. — Aprobar, por delegación, la "Guía para el Procedimiento de
Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de las entidades públicas", que
en anexo forma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el
Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe), así
como de su Anexo en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y p blíquese.
senft
HERRAMIENTA DEL PERÚ QUE CRECE
Guía para el Procedimiento de
Aprobación del Cuadro de Puestos
de la Entidad — CPE de las
entidades públicas
Contenido
1. INTRODUCCIÓN 3
2. OBJETIVO DE LA GUÍA 3
3. CONSIDERACIONES PREVIAS A LA APROBACIÓN DEL CUADRO DE PUESTOS DE LA
ENTIDAD - CPE 4
4. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DEL CUADRO DE PUESTOS DE LA ENTIDAD 4
4.1 Entidades Públicas 4
4.2 Organismos Públicos / Entidades Tipo B 7
Anexo 1: Formato de opinión favorable de propuesta de CPE 12
2. 1
1
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o "el
a—
O
, re arredra i
n•
52 /
^/
,
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...,/
2
Mapeo de
Procesos
Plan de Mejoras Cuadro de Puestos de
la Entidad
1. INTRODUCCIÓN
La Autoridad Nacional del Servicio Civil — SERVIR, en su calidad de ente rector del Sistema
Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, lidera la Reforma del Servicio Civil, la cual
tiene como finalidad mejorar los niveles de eficacia y eficiencia en las entidades de la
administración pública peruana para prestar servicios de mejor calidad, así como para
promover el desarrollo de las personas que lo integran.
Parte importante de la Reforma del Servicio Civil es la implementación del régimen del servicio
civil según la Ley N° 30057. A fin de que las entidades puedan instaurar este régimen, resulta
necesaria la realización del siguiente proceso, compuesto por cuatro etapas:
Figura N° 1.1: Proceso de Tránsito
Etapa 1:
Inicio de Incorporación
al Proceso de Tránsito y
Preparación de la
Entidad
Etapa 2:
Análisis Situacional
Etapa 3:
Mejora Interna
Etapa 4:
Concursos bajo el
Nuevo Régimen
Conformación de
Comisión de Tránsito
Desarrollo de acciones
de comunicación y —
sensibilización
Dotación
Manual de Perfiles de
Puestos
Concursos de
Selección
Mapeo de puestos
2. OBJETIVO DE LA GUÍA
La presente guía es un instrumento autoinstructivo que tiene por objetivo brindar las pautas
para el procedimiento de aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de las
entidades públicas, en coherencia con el artículo 128 del Reglamento de la Ley N° 30057, Ley
del servicio civil y de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del
Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la
Entidad — CPE", aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE y
modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE.
Esta guía reemplaza a la "Guía para el Procedimiento de Aprobación del Cuadro de Puestos de
la Entidad — CPE de las entidades públicas" que fue aprobada con Resolución de Presidencia
Ejecutiva N° 001-2018-SERVIR/PE con fecha 08 de Enero del 2018.
3
3. CONSIDERACIONES PREVIAS A LA APROBACIÓN DEL CUADRO DE
PUESTOS DE LA ENTIDAD - CPE
Uno de los principales objetivos de la Reforma del Servicio Civil, es que las entidades públicas
brinden mejores bienes y servicios a la ciudadanía. En esa línea, no solo resulta clave
implementar un solo régimen laboral para los servidores civiles, sino también que las
entidades cuenten con instrumentos de gestión que les permitan gestionar eficaz y
eficientemente sus recursos humanos, mediante la planificación y administración ordenada de
sus puestos y posiciones. De este modo, durante la tercera etapa del proceso de tránsito al
nuevo régimen del servicio civil, las entidades públicas deben determinar su dotación de
personal, y elaborar sus nuevos documentos de gestión Manual de Perfiles de Puestos -MPP y
Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE.
El CPE es un documento de gestión que facilita planificar y gestionar los recursos humanos de
las entidades públicas. Las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que
las entidades públicas deben seguir para la elaboración y aprobación del CPE están
establecidas en la Directiva N* 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso
de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad
— CPE", aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE y
modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE.
Para el elaborar el CPE, se recomienda que las entidades cuenten con lo siguiente, tanto a nivel
de insumos como de recursos:
Cuadro N° 2.1: Insumos y recursos
INSUMOS
•
•
•
•
Manual de Perfiles Puestos
Cuadro de Asignación del Personal
Cuadro de Asignación del Personal - Provisional
Presupuesto Analítico del Personal
• Informe de Dotación
• Resultados de la valorización de la compensación económica
• Compromiso de la Alta Dirección y de los Directivos de los Órganos y Unidades Orgánicas.
RECURSOS • Equipo de Trabajo liderado por la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces,
con la participación por la Oficina de Planeamiento.
4. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DEL CUADRO DE
PUESTOS DE LA ENTIDAD
Según sea el tipo de entidad se seguirá el siguiente procedimiento propuesto:
4.1 Entidades Públicas
a. Una vez elaborada la propuesta de CPE, la Oficina de Recursos Humanos de la entidad
o la que haga sus veces deberá remitir la propuesta de CPE al titular de la entidad o al
órgano competente, conforme a su normativa de creación o reglamentaria. La
propuesta de CPE deberá estar acompañada de un Informe Técnico Sustentatorio,
visado por la Oficina de Planificación y Presupuesto. Dicho documento contendrá,
como mínimo, lo indicado por el inciso a del numeral 5.3.2 de la Directiva Nº 002-
2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de
Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE".
4
o
o
Y
Goget1•
Luego, la propuesta de CPE deberá ser aprobada mediante resolución por el órgano
competente, siguiendo los procedimientos establecidos en su normativa de creación o
reglamentaria. Al contar con ello, el titular de la entidadldeberá aprobar el Plan de
Implementación mediante resolución.
b. Al contar con la propuesta de CPE, el titular de la entidad remite a SERVIR la siguiente
documentación:
✓ La propuesta de CPE
✓ El Informe Técnico Sustentatorio, elaborado en el punto anterior.
✓ Cuadro de Asignación de Personal (CAP) o CAP Provisional vigente
✓ Presupuesto Analítico de Personal (PAP) vigente
✓ Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones vigente
✓ Organigrama institucional vigente
✓ Manual de Perfiles de Puestos
✓ Documento emitido por el responsable de la Oficina de Presupuesto, o la que haga
sus veces, que acredite el monto de la asignación de recursos considerados en el
Presupuesto Institucional de Apertura — PIA de la Unidad Ejecutora, de acuerdo a
lo dispuesto por las Normas Complementarias para la Aplicación del Reglamento
de Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
✓ Documento emitido por el responsable de la Oficina de Presupuesto, o la que haga
sus veces, que acredite el monto del PIA aprobado para el año 2014, de acuerdo a
lo dispuesto por las Normas Complementarias para la Aplicación del Reglamento
de Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil.
Nota:
✓ La Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos (GDSRH) de SERVIR verifica la
información concerniente a la identificación y aspectos generales de los puestos, número de
puestos y posiciones.
En caso de no encontrar observaciones, SERVIR emitirá al Ministerio de Economía y
Finanzas (MEF), con copia a la entidad un informe de opinión favorable, elaborado por
la GDSRH, en un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al
ingreso a Mesa de Partes.
En caso de encontrar observaciones, la GDSRH emitirá las observaciones a la Oficina de
Recursos Humanos de la entidad a fin de brindar información de las observaciones
identificadas. Luego, la entidad debe remitir la propuesta de CPE modificada en un
plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al ingreso a
o
▪ Mesa de Partes. Esta nueva versión debe corresponder estrictamente a la propuesta
original, incluyendo las modificaciones solicitadas. La GDSRH cuenta con un plazo de
cinco (05) días hábiles para volverse a pronunciar.
c. La Dirección General de Gestión de Recursos Públicos y la Dirección General de
Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas revisa la documentación
presentada.
Nota:
✓ La Dirección General de Gestión de Recursos Públicos (DGGRP) y la Dirección General de
Presupuesto Público (DGPP) del MEF verifica la información económica de los puestos del CPE.
1
Entendido como la máxima autoridad administrativa
5
En caso de no encontrar observaciones, el MEF emite a SERVIR con copia a la entidad
el informe de opinión favorable, en un plazo de cinco (05) días hábiles, contados a
partir del día siguiente al ingreso a Mesa de Partes.
En caso de que el MEF encuentre observaciones, en lo que corresponda a las materias
a evaluar por la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos (DGGRP) y de la
Dirección General de Presupuesto Público (DGPP), éstas serán comunicadas a la
Oficina de Recursos Humanos de la entidad, con copia a SERVIR, a fin de brindar
información de las observaciones identificadas. Luego, la entidad debe remitir la
propuesta de CPE modificada en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a
partir del día siguiente al ingreso a Mesa de Partes. Esta nueva versión debe
corresponder estrictamente a la propuesta original, incluyendo las modificaciones
solicitadas. El MEF cuenta con un plazo de cinco (05) días hábiles para volverse a
pronunciar.
d. La GDSRH de SERVIR compendia y sistematiza las versiones finales de la propuesta de
CPE, así como el informe sustentatorio y los informes de opinión favorable de SERVIR y
el MEF. Dicha documentación será remitida al Consejo Directivo de SERVIR para su
evaluación final y aprobación, de ser el caso. El plazo para que el Consejo Directivo de
SERVIR emita pronunciamiento sobre la propuesta de CPE es de diez (10) días hábiles
contados a partir del día siguiente de la remisión del expediente por parte de la
GDSRH. La aprobación del CPE de la entidad se formaliza mediante Resolución de
Presidencia Ejecutiva de SERVIR, la cual se publica en el Diario Oficial El Peruano y en
su portal institucional.
e. La entidad publica en su portal de transparencia el CPE aprobado y la respectiva
resolución de Presidencia Ejecutiva de SERVIR mediante la cual se formalizó la
aprobación. La publicación debe darse en la misma fecha en que se publica la norma
en el Diario Oficial El Peruano.
6
Consolidad nadie
final
10 dias hábiles
Verifica la información
económica de los puestos.
5 dias sablles
ENTIDAD GDSRI-1- SERVII DGPP y DGGRP - HEE CONSEJO (MECEN° • SERVIR
No
No
Flojo
de
apio
Aprueba d (PE
1O dios habiles
Verifica la información
concerniente a b
identificacion y aspectos
generales de los puestos,
número de puestosy
posiciones.
Elaboración de la propuesta
de CPE yendo a SERVR
Gráfico Nº 1: Procedimiento de aprobación del CPE para entidades públicas
4.2 Organismos Públicos / Entidades Tipo B
a. Una vez elaborada la propuesta de CPE, la Oficina de Recursos Humanos o la que haga
sus veces del Organismo Público / Entidad tipo B deberá remitirla al titular de la
entidad o al órgano competente, conforme a su normativa de creación o
reglamentaria. La propuesta de CPE deberá estar acompañada de un Informe Técnico
Sustentatorio, visado por la Oficina de Planificación y Presupuesto. Dicho documento
contendrá, como mínimo, lo indicado por el inciso a. del numeral 5.3.2 de la Directiva
Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración
de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE".
Luego, la propuesta de CPE deberá ser aprobada mediante resolución por el órgano
competente, siguiendo los procedimientos establecidos en su normativa de creación o
reglamentaria. Al contar con ello, el titular de la entidad2 deberá aprobar el Plan de
Implementación mediante resolución.
2 Entendido como la máxima autoridad administrativa
b. El titular del Organismo Público / Entidad tipo B remite la propuesta de CPE a la
entidad a la cual se encuentra adscrito / Entidad tipo A. Esta última, a través de su
Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, debe evaluar la propuesta en
base a los siguientes dos (2) puntos3:
Punto 1: Cumplimiento de los contenidos de la propuesta de CPE, según la directiva N°
002-2015-SERVIR/ GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de
Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE".
A fin de guiar la revisión, se presenta la siguiente tabla para que la oficina de
recursos humanos o la que haga sus veces verifique el cumplimiento de
contenidos requeridos en la propuesta de CPE:
Documentación sustentadora Cumple No cumple Documento aprobatorio
a) Informe Técnico de la Oficina de Recursos
Humanos o el que haga sus veces.
Colocar un
check si
presenta el
documento
Colocar un
check si no
presenta el
documento
Nombrar el documento
mediante el cual fue
aprobado.
a.1 Cuadro Nº 1 que contiene los puestos
del régimen de la Ley N° 30057, Ley del
Servicio Civil
6-1 (-«)
- Contiene la sección A y B (--) (—)
- En ambas secciones, contiene la
identificación de los puestos (---) (---)
- En la sección A, todas las posiciones
se encuentran vacantes con
excepción de funcionarios bajo el
régimen de la ley Nº 30057
(..) (...)
- En ambas secciones, contiene la
información económica de los
puestos
(--.) (...)
- En la sección A, las posiciones no se
encuentran presupuestadas, con
excepción de funcionarios bajo el
régimen de la ley Nº 30057
(---) (--)
a.2 Cuadro N°2 que Contiene los puestos
bajo el régimen del Decreto Legislativo
N' 276 y 728
(---) (4
b) Reglamento de Organización y Funciones —
ROF o Manual de Operaciones vigente (..) (---) (--)
c) Plan de implementación aprobado con
resolución del titular de la entidad
-
(--) (--) ("-)
) Cuadro de Asignación del Personal - CAP o
:.5
>/ CAP Provisional vigente U ) (---)
(---)
e) Presupuesto Analítico del Personal — PAP
vigente (.--) (--.) (..)
f) Opinión favorable del Informe de Dotación
por parte de SERVIR (--) 64
(---)
g) Opinión favorable del Informe de Manual de
Perfiles de Puestos por parte de SERVIR
U) (..) (..)
3 Ver Anexo N° 1
8
Punto 2: Lineamientos internos en materia de planificación y organización del sector,
en caso contar con ellos.
Indicar si el CPE de la entidad se encuentra bajo los lineamientos internos en
materia de planificación y organización que el sector pudiera tener.
En caso de no encontrar observaciones, la entidad a la cual se encuentra adscrito el
Organismo Público / Entidad tipo A emitirá opinión en un plazo máximo de quince (15)
días hábiles, contados desde el ingreso a mesa de partes.
En caso de encontrar observaciones, el Organismo Público / Entidad tipo B deberá
atenderlas en un plazo de cinco (05) días hábiles. Con dicha información, la entidad a
la que pertenece el Organismo Público / Entidad tipo A cuenta con un plazo de cinco
(05) días hábiles para volverse a pronunciar.
c. Al contar con la propuesta de CPE, el titular del Organismo Público / Entidad tipo B
remite a SERVIR lo siguiente:
✓ La propuesta de CPE
✓ El Informe Técnico Sustentatorio, elaborado en el punto anterior.
✓ Opinión favorable de la entidad a la cual se encuentra adscrito el Organismo
Público.
✓ Cuadro de Asignación de Personal (CAP) o CAP Provisional vigente
✓ Presupuesto Analítico de Personal (PAP) vigente
✓ Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones vigente
✓ Organigrama institucional vigente
✓ Manual de Perfiles de Puestos
✓ Documento emitido por el responsable de la Oficina de Presupuesto, o la que haga
sus veces, que acredite el monto de la asignación de recursos considerados en el
Presupuesto Institucional de Apertura — PIA de la Unidad Ejecutora, de acuerdo a
lo dispuesto por las Normas Complementarias para la Aplicación del Reglamento
de Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil
✓ Documento emitido por el responsable de la Oficina de Presupuesto, o la que haga
sus veces, que acredite el monto del PIA aprobado para el año 2014, de acuerdo a
lo dispuesto por las Normas Complementarias para la Aplicación del Reglamento
de Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil.
Nota:
.
7 La GDSRH de SERVIR verifica la información concerniente a la identificación y aspectos generales
de los puestos, número de puestos y posiciones.
En caso de no encontrar observaciones, SERVIR emitirá al Ministerio de Economía y
Finanzas (MEF), con copia a la entidad un informe de opinión favorable, elaborado por
la GDSRH, en un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al
ingreso a Mesa de Partes.
En caso de encontrar observaciones, la GDSRH emitirá las observaciones a la Oficina de
Recursos Humanos del Organismo Público / Entidad tipo B a fin de brindar información
de las observaciones identificadas. Luego, la entidad debe remitir la propuesta de CPE
modificada en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir del día
siguiente al ingreso a Mesa de Partes. Esta nueva versión debe corresponder
9
h.
estrictamente a la propuesta original, incluyendo las modificaciones solicitadas. La
GDSRH cuenta con un plazo de cinco (05) días hábiles para volverse a pronunciar.
f. La Dirección General de Gestión de Recursos Públicos y la Dirección General de
Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas revisa la documentación
presentada.
Nota:
✓ La Dirección General de Gestión de Recursos Públicos (DGGRP) y la Dirección General de
Presupuesto Público (DGPP) del MEF verifica la información económica de los puestos del CPE.
En caso de no encontrar observaciones, el MEF emite a SERVIR con copia a la entidad
el informe de opinión favorable, en un plazo de cinco (05) días hábiles, contados a
partir del día siguiente al ingreso a Mesa de Partes.
En caso de que el MEF encuentre observaciones, en lo que corresponda a las materias
a evaluar por la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos (DGGRP) y de la
Dirección General de Presupuesto Público (DGPP), éstas serán comunicadas a la
Oficina de Recursos Humanos del Organismo Público/Entidad Tipo B, con copia a
SERVIR. Luego, la entidad debe remitir la propuesta de CPE modificada en un plazo no
mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al ingreso a Mesa de
Partes. Esta nueva versión debe corresponder estrictamente a la propuesta original,
incluyendo las modificaciones solicitadas. El MEF cuenta con un plazo de cinco (05)
días hábiles para volverse a pronunciar.
g. La GDSRH de SERVIR compendia y sistematiza las versiones finales de la propuesta de
CPE, así como el informe sustentatorio y los informes de opinión favorable de SERVIR y
el MEF. Dicha documentación será remitida al Consejo Directivo de SERVIR para su
evaluación final y aprobación, de ser el caso. El plazo para que el Consejo Directivo de
SERVIR emita pronunciamiento sobre la propuesta de CPE es de diez (10) días hábiles
contados a partir del día siguiente de la remisión del expediente por parte de la
GDSRH. La aprobación del CPE del Organismo Público / Entidad tipo B se formaliza
mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva de SERVIR, la cual se publica en el Diario
Oficial El Peruano y en su portal institucional.
El Organismo Público / Entidad tipo B publica en su portal de transparencia el CPE
aprobado y la respectiva resolución de Presidencia Ejecutiva de SERVIR mediante la
cual se formalizó la aprobación. La publicación debe darse en la misma fecha en que se
publica la norma en el Diario Oficial El Peruano.
10
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Aprueba el CIE
Gráfico N2 2: Procedimiento de aprobación del CPE para Organismos Públicos /
Entidades tipo B
11
Anexo 1: Formato de opinión favorable de propuesta de CPE
(De la oficina de recursos humanos, o la que haga sus veces, de la entidad a la que se
encuentra adscrito el Organismo Público / Entidad tipo A)
INFORME TÉCNICO N°
Para
Máxima autoridad administrativa, según corresponda
De
Jefe de Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces
Asunto Opinión favorable del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de la
(entidad)
Referencia : Oficio N°
Fecha
I. Objeto del informe
Mediante Oficio N° (número de oficio), (entidad) remite su Cuadro de Puestos de la
Entidad - CPE, en base a lo dispuesto en el literal i) del numeral 5.3.2 de la Directiva N°
002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de
puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE". Así, en
cumplimiento a lo dispuesto por dicho literal, la Oficina de Recursos Humanos de (sector)
elabora el presente Informe Técnico N° (número de informe) donde da opiniónfavorable
al CPE de (entidad).
II. Marco Legal
os..0EL. $
2.1 Mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se estableció un régimen único y
..1.
o exclusivo para las personas que prestan servicios en el Estado con la finalidad de que
st
C. las entidades públicas alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten

:,.
/ov .0.0 efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía a través de un mejor servicio civil.
2.2 Mediante Decreto Supremo N°040-2014-PCM, se aprobó el Reglamento General de
la Ley del Servicio Civil, disponiendo el artículo 128 que el Cuadro de Puestos de la
Entidad — CPE es el instrumento de gestión en donde las entidades establecen los
puestos, la valorización de los mismos y el presupuesto asignado a cada uno de ellos,
incluidos los puestos vacantes presupuestados, entre otra información.
2.3 Mediante Decreto Supremo N° 138-2014-EF, se aprueba el Reglamento de
Compensaciones de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y sus modificatorias.
2.4 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 004-2016-SERVIR/PE se modifica la
Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 100-2015-SERVIR/PE, se aprueba la Directiva
N° 001-2015-SERVIR/GPGSC "Familias de Puestos y Roles y Manual de Puestos Tipo
(MPT) Aplicables al Régimen del Servicio Civil", que regula las familias, roles,
12
niveles/categorías bajo los cuáles se gestionarán a los distintos grupos que
componen el nuevo régimen del servicio civil.
2.5 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 055-2016-SERVIR-PE se modifica la
Resolución de Presidencia Ejecutiva N2 200-2015-SERVIR/PE, por medio de la cual se
aprueba la Directiva N° 001-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la aplicación del
Dimensionamiento de las Entidades Públicas", que establece, entre otros aspectos,
las reglas para la determinación y análisis de la dotación de recursos humanos de una
entidad.
2.6 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE que modifica
la Resolución de Presidencia Ejecutiva N2 304-2015-SERVIR/PE, se aprueba la
Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de
administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la
Entidad — CPE", que establece, entre otras cosas, el procedimiento a seguir para la
elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE.
2.7 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 100-2016-SERVIR-PE, se aprueba la
Directiva N° 003-2016-SERVIR/GPGSC en la que se define el procedimiento para
valorizar los puestos de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, a partir de los perfiles
de puestos aprobados en el Manual de Perfiles de Puestos — MPP de la entidad.
2.8 Mediante Resolución Ministerial N° 151-2016-EF/53, se aprueban las "Normas
Complementarias para la Aplicación del Reglamento de Compensaciones de la Ley Nº
30057, Ley del Servicio Civil".
2.9 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 034-2017-SERVIR/PE se formaliza la
aprobación del documento "Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al
régimen del servicio civil, Ley Nº 30057"; asimismo, se formaliza la derogación de los
"Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil",
aprobados por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 160-2013-SERVIR/PE y
modificatoria.
2.10 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 087-2017-SERVIR/PE se formaliza la
aprobación de la Directiva N° 003-2017-SERVIR/GDSRH "Normas para la
determinación de dotación de servidores civiles en las entidades públicas", mediante
la cual establecen los lineamientos para la determinación de la dotación de
servidores civiles en las entidades públicas en el marco del proceso de tránsito al
nuevo régimen del Servicio Civil; asimismo, se formaliza la derogación de la Directiva
N° 001-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Aplicación del Dimensionamiento de las
Entidades Públicas" y su modificatoria.
2.11 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 307-2017-SERVIR/PE se formaliza la
modificación del documento "Lineamiento para el tránsito de una entidad pública al
régimen del servicio civil, Ley 30057"
2.12 De corresponder, añadir el marco normativo de los lineamientos internos en materia
de planificación y organización del sector con los que pudiera contar
III. Análisis del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de acuerdo a lo establecido en la
Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de
administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la
Entidad — CPE".
13
Documentadón sustentadora Cumple No cumple Documento aprobatorio
a) Informe Técnico de la Oficina de Recursos
Humanos o el que haga sus veces*.
l
aprobado.
b.1 Cuadro Nº 1 que contiene los puestos
del régimen de la Ley N° 30057, Ley del
Servicio Civil
l
Contiene la sección A y B l
- En ambas secciones, contiene la
identificación de los puestos
.1
- En la sección A, todas las posiciones
se encuentran vacantes con
excepción de funcionarios bajo el
II régimen de la ley Nº 30057
o
1
Nombrar el documento
mediante el cual fue
- - En ambas secciones, contiene la
, información económica de los
puestos
l
- En la sección A, las posiciones no se
encuentran presupuestadas, con
excepción de funcionarios bajo el
régimen de la ley Nº 30057
l
b.2 Cuadro N°2 que Contiene los puestos
bajo el régimen del Decreto Legislativo
N° 276 y 728
l
b) Reglamento de Organización y Funciones -
ROF o Manual de Operaciones vigente
l
c) Plan de implementación aprobado con
resolución del titular de la entidad
l
vOEL
-GO
A través del Oficio N° (número de oficio), (entidad) remite el Cuadro de Puestos de la
Entidad - CPE con el que se establecen los puestos, valorización y el presupuesto asignado
a cada uno de ellos, incluidos los puestos vacantes.
La entidad realizó el Cuadro Nº 1 que contiene los puestos del régimen de la Ley N°
30057, Ley del Servicio Civil y el Cuadro N°2 que contiene los puestos bajo el régimen del
Decreto Legislativo N° 276 y 728 tal como indica la directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH
"Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y
aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE".
A continuación, se desarrolla la revisión del Cuadro de Puestos de la Entidad en base a lo
dispuesto por la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del
proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos
de la Entidad — CPE":
3.1 De la documentación presentada:
Tal como indica el literal i. del numeral 5.3.2 de la Directiva N° 002-2015-
SERVIR/GDSRH, a fin de emitir opinión se evaluará la documentación presentada por el
titular de (entidad) mediante Oficio N° (número de oficio)
Cuadro N° 1: Documentos sustentatorios al informe técnico
14
d) Cuadro de Asignación del Personal - CAP o
CAP Provisional vigente
1
e) Presupuesto Analítico del Personal — PAP
vigente
f) Opinión favorable del Informe de Dotación
por parte de SERVIR
1
g) Opinión favorable del Informe de Manual de
Perfiles de Puestos por parte de SERVIR
1
*En cumplimiento al literal a. del numeral 5.3.2, la Oficina de Recursos Humanos de la entidad ha presentado el
Informe Isr (número de oficio), que constituye el informe técnico sustentatorio de la propuesta del CPE, contando
con el visado de la Oficina de Planificación y Presupuesto
3.2 De los lineamientos internos en materia de planificación y organización (en caso de
contar con ellos)
Indicar si el CPE de la entidad se encuentra bajo los lineamientos internos en materia
de planificación y organización.
IV. Conclusiones
• La propuesta de Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de (entidad) se enmarca en los
criterios y condiciones establecidas en la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH.
Además de ello, se puede considerar que toma en cuenta la estructura sugerida por
dicha directiva.
• La emisión de la opinión favorable de la Oficina de Recursos Humanos al Informe
Técnico del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE de (entidad) se fundamenta en el
cumplimiento de los criterios para la elaboración del CPE establecido en la Directiva
N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración
de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE".
• Por lo expuesto, se recomienda remitir a (entidad) la opinión favorable a dicho
documento. De esta manera, y tal como indica el Gráfico N° 02 "Procedimiento de
aprobación del CPE para Organismos Públicos y Entidades Tipo B" de la Directiva N°
002-2015-SERVIR/GDSRH, será posible continuar con el proceso de aprobación del
CPE de la entidad.
• Debido a la información faltante a la propuesta de CPE de (entidad), la Oficina de
Recursos Humanos no emite opinión favorable a dicho documento. Por consiguiente se
recomienda que (entidad) subsane la información faltante.
Atentamente,
15

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Guia_para_el_CPE.pdf

  • 1. RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Lima, 3 1 ENE 2018 Nº 03 1 -2018-SERVIR/PE Visto, el Informe Técnico Nº 016-2018-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto Legislativo N2 1023, es función de la Autoridad Nacional del Servicio Civil — SERVIR, ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, dictar normas técnicas para el desarrollo e implementación del Sistema, entre otras; Que, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N' 30057, Ley del Servicio Civil, establece que para el proceso de tránsito de las entidades públicas al régimen del Servicio Civil se aprobarán las reglas, procesos y metodologías que deberán seguir para dicho proceso; Que, mediante la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N' 30057 se crea el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) como instrumento de gestión que reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP); Que, el artículo 128' del Reglamento General de la Ley N' 30057, aprobado mediante el Decreto Supremo N' 040-2014-PCM, establece que SERVIR, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, emitiría una Directiva para la -6 elaboración del CPE por las entidades; GOSfyN Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N' 304-2015-SERVIR/PE se formalizó la aprobación de la Directiva N' 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N' 001-2018-SERVIR/PE se aprobó, por delegación, la "Guía para el Procedimiento de Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de las entidades públicas; Que, mediante el Informe Técnico Nº 016-2018-SERVIR/GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, órgano encargado de la implementación y supervisión de las políticas de gestión de los recursos humanos ha señalado que resulta necesaria la aprobación de la "Guía para el Procedimiento de Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de las entidades públicas", toda vez que permitirá que las entidades cumplan a cabalidad con la citada Directiva; Que, en la sesión de fecha 20 de julio de 2017, el Consejo Directivo aprobó delegar en el Presidente Ejecutivo, entre otros, la aprobación de Manuales y Guías
  • 2. LOS isidente ERvIrietTI: e7" Metodológicas que regulen los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, decisión que fue formalizada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N' 140-2017-SERVIR-PE; Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N' 1023, la Ley N' 30057 — Ley del Servicio Civil, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N' 140-2017-SERVIR-PE. SE RESUELVE: Artículo Primero. — Aprobar, por delegación, la "Guía para el Procedimiento de Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de las entidades públicas", que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe), así como de su Anexo en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y p blíquese.
  • 3. senft HERRAMIENTA DEL PERÚ QUE CRECE Guía para el Procedimiento de Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de las entidades públicas
  • 4. Contenido 1. INTRODUCCIÓN 3 2. OBJETIVO DE LA GUÍA 3 3. CONSIDERACIONES PREVIAS A LA APROBACIÓN DEL CUADRO DE PUESTOS DE LA ENTIDAD - CPE 4 4. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DEL CUADRO DE PUESTOS DE LA ENTIDAD 4 4.1 Entidades Públicas 4 4.2 Organismos Públicos / Entidades Tipo B 7 Anexo 1: Formato de opinión favorable de propuesta de CPE 12 2. 1 1 .c. o "el a— O , re arredra i n• 52 / ^/ , .- ZGDSO . ...,/ 2
  • 5. Mapeo de Procesos Plan de Mejoras Cuadro de Puestos de la Entidad 1. INTRODUCCIÓN La Autoridad Nacional del Servicio Civil — SERVIR, en su calidad de ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, lidera la Reforma del Servicio Civil, la cual tiene como finalidad mejorar los niveles de eficacia y eficiencia en las entidades de la administración pública peruana para prestar servicios de mejor calidad, así como para promover el desarrollo de las personas que lo integran. Parte importante de la Reforma del Servicio Civil es la implementación del régimen del servicio civil según la Ley N° 30057. A fin de que las entidades puedan instaurar este régimen, resulta necesaria la realización del siguiente proceso, compuesto por cuatro etapas: Figura N° 1.1: Proceso de Tránsito Etapa 1: Inicio de Incorporación al Proceso de Tránsito y Preparación de la Entidad Etapa 2: Análisis Situacional Etapa 3: Mejora Interna Etapa 4: Concursos bajo el Nuevo Régimen Conformación de Comisión de Tránsito Desarrollo de acciones de comunicación y — sensibilización Dotación Manual de Perfiles de Puestos Concursos de Selección Mapeo de puestos 2. OBJETIVO DE LA GUÍA La presente guía es un instrumento autoinstructivo que tiene por objetivo brindar las pautas para el procedimiento de aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de las entidades públicas, en coherencia con el artículo 128 del Reglamento de la Ley N° 30057, Ley del servicio civil y de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE", aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE y modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE. Esta guía reemplaza a la "Guía para el Procedimiento de Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de las entidades públicas" que fue aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 001-2018-SERVIR/PE con fecha 08 de Enero del 2018. 3
  • 6. 3. CONSIDERACIONES PREVIAS A LA APROBACIÓN DEL CUADRO DE PUESTOS DE LA ENTIDAD - CPE Uno de los principales objetivos de la Reforma del Servicio Civil, es que las entidades públicas brinden mejores bienes y servicios a la ciudadanía. En esa línea, no solo resulta clave implementar un solo régimen laboral para los servidores civiles, sino también que las entidades cuenten con instrumentos de gestión que les permitan gestionar eficaz y eficientemente sus recursos humanos, mediante la planificación y administración ordenada de sus puestos y posiciones. De este modo, durante la tercera etapa del proceso de tránsito al nuevo régimen del servicio civil, las entidades públicas deben determinar su dotación de personal, y elaborar sus nuevos documentos de gestión Manual de Perfiles de Puestos -MPP y Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE. El CPE es un documento de gestión que facilita planificar y gestionar los recursos humanos de las entidades públicas. Las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la elaboración y aprobación del CPE están establecidas en la Directiva N* 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE", aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE y modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE. Para el elaborar el CPE, se recomienda que las entidades cuenten con lo siguiente, tanto a nivel de insumos como de recursos: Cuadro N° 2.1: Insumos y recursos INSUMOS • • • • Manual de Perfiles Puestos Cuadro de Asignación del Personal Cuadro de Asignación del Personal - Provisional Presupuesto Analítico del Personal • Informe de Dotación • Resultados de la valorización de la compensación económica • Compromiso de la Alta Dirección y de los Directivos de los Órganos y Unidades Orgánicas. RECURSOS • Equipo de Trabajo liderado por la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, con la participación por la Oficina de Planeamiento. 4. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACIÓN DEL CUADRO DE PUESTOS DE LA ENTIDAD Según sea el tipo de entidad se seguirá el siguiente procedimiento propuesto: 4.1 Entidades Públicas a. Una vez elaborada la propuesta de CPE, la Oficina de Recursos Humanos de la entidad o la que haga sus veces deberá remitir la propuesta de CPE al titular de la entidad o al órgano competente, conforme a su normativa de creación o reglamentaria. La propuesta de CPE deberá estar acompañada de un Informe Técnico Sustentatorio, visado por la Oficina de Planificación y Presupuesto. Dicho documento contendrá, como mínimo, lo indicado por el inciso a del numeral 5.3.2 de la Directiva Nº 002- 2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE". 4
  • 7. o o Y Goget1• Luego, la propuesta de CPE deberá ser aprobada mediante resolución por el órgano competente, siguiendo los procedimientos establecidos en su normativa de creación o reglamentaria. Al contar con ello, el titular de la entidadldeberá aprobar el Plan de Implementación mediante resolución. b. Al contar con la propuesta de CPE, el titular de la entidad remite a SERVIR la siguiente documentación: ✓ La propuesta de CPE ✓ El Informe Técnico Sustentatorio, elaborado en el punto anterior. ✓ Cuadro de Asignación de Personal (CAP) o CAP Provisional vigente ✓ Presupuesto Analítico de Personal (PAP) vigente ✓ Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones vigente ✓ Organigrama institucional vigente ✓ Manual de Perfiles de Puestos ✓ Documento emitido por el responsable de la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, que acredite el monto de la asignación de recursos considerados en el Presupuesto Institucional de Apertura — PIA de la Unidad Ejecutora, de acuerdo a lo dispuesto por las Normas Complementarias para la Aplicación del Reglamento de Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil ✓ Documento emitido por el responsable de la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, que acredite el monto del PIA aprobado para el año 2014, de acuerdo a lo dispuesto por las Normas Complementarias para la Aplicación del Reglamento de Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. Nota: ✓ La Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos (GDSRH) de SERVIR verifica la información concerniente a la identificación y aspectos generales de los puestos, número de puestos y posiciones. En caso de no encontrar observaciones, SERVIR emitirá al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con copia a la entidad un informe de opinión favorable, elaborado por la GDSRH, en un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al ingreso a Mesa de Partes. En caso de encontrar observaciones, la GDSRH emitirá las observaciones a la Oficina de Recursos Humanos de la entidad a fin de brindar información de las observaciones identificadas. Luego, la entidad debe remitir la propuesta de CPE modificada en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al ingreso a o ▪ Mesa de Partes. Esta nueva versión debe corresponder estrictamente a la propuesta original, incluyendo las modificaciones solicitadas. La GDSRH cuenta con un plazo de cinco (05) días hábiles para volverse a pronunciar. c. La Dirección General de Gestión de Recursos Públicos y la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas revisa la documentación presentada. Nota: ✓ La Dirección General de Gestión de Recursos Públicos (DGGRP) y la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) del MEF verifica la información económica de los puestos del CPE. 1 Entendido como la máxima autoridad administrativa 5
  • 8. En caso de no encontrar observaciones, el MEF emite a SERVIR con copia a la entidad el informe de opinión favorable, en un plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente al ingreso a Mesa de Partes. En caso de que el MEF encuentre observaciones, en lo que corresponda a las materias a evaluar por la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos (DGGRP) y de la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP), éstas serán comunicadas a la Oficina de Recursos Humanos de la entidad, con copia a SERVIR, a fin de brindar información de las observaciones identificadas. Luego, la entidad debe remitir la propuesta de CPE modificada en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al ingreso a Mesa de Partes. Esta nueva versión debe corresponder estrictamente a la propuesta original, incluyendo las modificaciones solicitadas. El MEF cuenta con un plazo de cinco (05) días hábiles para volverse a pronunciar. d. La GDSRH de SERVIR compendia y sistematiza las versiones finales de la propuesta de CPE, así como el informe sustentatorio y los informes de opinión favorable de SERVIR y el MEF. Dicha documentación será remitida al Consejo Directivo de SERVIR para su evaluación final y aprobación, de ser el caso. El plazo para que el Consejo Directivo de SERVIR emita pronunciamiento sobre la propuesta de CPE es de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la remisión del expediente por parte de la GDSRH. La aprobación del CPE de la entidad se formaliza mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva de SERVIR, la cual se publica en el Diario Oficial El Peruano y en su portal institucional. e. La entidad publica en su portal de transparencia el CPE aprobado y la respectiva resolución de Presidencia Ejecutiva de SERVIR mediante la cual se formalizó la aprobación. La publicación debe darse en la misma fecha en que se publica la norma en el Diario Oficial El Peruano. 6
  • 9. Consolidad nadie final 10 dias hábiles Verifica la información económica de los puestos. 5 dias sablles ENTIDAD GDSRI-1- SERVII DGPP y DGGRP - HEE CONSEJO (MECEN° • SERVIR No No Flojo de apio Aprueba d (PE 1O dios habiles Verifica la información concerniente a b identificacion y aspectos generales de los puestos, número de puestosy posiciones. Elaboración de la propuesta de CPE yendo a SERVR Gráfico Nº 1: Procedimiento de aprobación del CPE para entidades públicas 4.2 Organismos Públicos / Entidades Tipo B a. Una vez elaborada la propuesta de CPE, la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces del Organismo Público / Entidad tipo B deberá remitirla al titular de la entidad o al órgano competente, conforme a su normativa de creación o reglamentaria. La propuesta de CPE deberá estar acompañada de un Informe Técnico Sustentatorio, visado por la Oficina de Planificación y Presupuesto. Dicho documento contendrá, como mínimo, lo indicado por el inciso a. del numeral 5.3.2 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE". Luego, la propuesta de CPE deberá ser aprobada mediante resolución por el órgano competente, siguiendo los procedimientos establecidos en su normativa de creación o reglamentaria. Al contar con ello, el titular de la entidad2 deberá aprobar el Plan de Implementación mediante resolución. 2 Entendido como la máxima autoridad administrativa
  • 10. b. El titular del Organismo Público / Entidad tipo B remite la propuesta de CPE a la entidad a la cual se encuentra adscrito / Entidad tipo A. Esta última, a través de su Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, debe evaluar la propuesta en base a los siguientes dos (2) puntos3: Punto 1: Cumplimiento de los contenidos de la propuesta de CPE, según la directiva N° 002-2015-SERVIR/ GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE". A fin de guiar la revisión, se presenta la siguiente tabla para que la oficina de recursos humanos o la que haga sus veces verifique el cumplimiento de contenidos requeridos en la propuesta de CPE: Documentación sustentadora Cumple No cumple Documento aprobatorio a) Informe Técnico de la Oficina de Recursos Humanos o el que haga sus veces. Colocar un check si presenta el documento Colocar un check si no presenta el documento Nombrar el documento mediante el cual fue aprobado. a.1 Cuadro Nº 1 que contiene los puestos del régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil 6-1 (-«) - Contiene la sección A y B (--) (—) - En ambas secciones, contiene la identificación de los puestos (---) (---) - En la sección A, todas las posiciones se encuentran vacantes con excepción de funcionarios bajo el régimen de la ley Nº 30057 (..) (...) - En ambas secciones, contiene la información económica de los puestos (--.) (...) - En la sección A, las posiciones no se encuentran presupuestadas, con excepción de funcionarios bajo el régimen de la ley Nº 30057 (---) (--) a.2 Cuadro N°2 que Contiene los puestos bajo el régimen del Decreto Legislativo N' 276 y 728 (---) (4 b) Reglamento de Organización y Funciones — ROF o Manual de Operaciones vigente (..) (---) (--) c) Plan de implementación aprobado con resolución del titular de la entidad - (--) (--) ("-) ) Cuadro de Asignación del Personal - CAP o :.5 >/ CAP Provisional vigente U ) (---) (---) e) Presupuesto Analítico del Personal — PAP vigente (.--) (--.) (..) f) Opinión favorable del Informe de Dotación por parte de SERVIR (--) 64 (---) g) Opinión favorable del Informe de Manual de Perfiles de Puestos por parte de SERVIR U) (..) (..) 3 Ver Anexo N° 1 8
  • 11. Punto 2: Lineamientos internos en materia de planificación y organización del sector, en caso contar con ellos. Indicar si el CPE de la entidad se encuentra bajo los lineamientos internos en materia de planificación y organización que el sector pudiera tener. En caso de no encontrar observaciones, la entidad a la cual se encuentra adscrito el Organismo Público / Entidad tipo A emitirá opinión en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, contados desde el ingreso a mesa de partes. En caso de encontrar observaciones, el Organismo Público / Entidad tipo B deberá atenderlas en un plazo de cinco (05) días hábiles. Con dicha información, la entidad a la que pertenece el Organismo Público / Entidad tipo A cuenta con un plazo de cinco (05) días hábiles para volverse a pronunciar. c. Al contar con la propuesta de CPE, el titular del Organismo Público / Entidad tipo B remite a SERVIR lo siguiente: ✓ La propuesta de CPE ✓ El Informe Técnico Sustentatorio, elaborado en el punto anterior. ✓ Opinión favorable de la entidad a la cual se encuentra adscrito el Organismo Público. ✓ Cuadro de Asignación de Personal (CAP) o CAP Provisional vigente ✓ Presupuesto Analítico de Personal (PAP) vigente ✓ Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones vigente ✓ Organigrama institucional vigente ✓ Manual de Perfiles de Puestos ✓ Documento emitido por el responsable de la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, que acredite el monto de la asignación de recursos considerados en el Presupuesto Institucional de Apertura — PIA de la Unidad Ejecutora, de acuerdo a lo dispuesto por las Normas Complementarias para la Aplicación del Reglamento de Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil ✓ Documento emitido por el responsable de la Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces, que acredite el monto del PIA aprobado para el año 2014, de acuerdo a lo dispuesto por las Normas Complementarias para la Aplicación del Reglamento de Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. Nota: . 7 La GDSRH de SERVIR verifica la información concerniente a la identificación y aspectos generales de los puestos, número de puestos y posiciones. En caso de no encontrar observaciones, SERVIR emitirá al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con copia a la entidad un informe de opinión favorable, elaborado por la GDSRH, en un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al ingreso a Mesa de Partes. En caso de encontrar observaciones, la GDSRH emitirá las observaciones a la Oficina de Recursos Humanos del Organismo Público / Entidad tipo B a fin de brindar información de las observaciones identificadas. Luego, la entidad debe remitir la propuesta de CPE modificada en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al ingreso a Mesa de Partes. Esta nueva versión debe corresponder 9
  • 12. h. estrictamente a la propuesta original, incluyendo las modificaciones solicitadas. La GDSRH cuenta con un plazo de cinco (05) días hábiles para volverse a pronunciar. f. La Dirección General de Gestión de Recursos Públicos y la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas revisa la documentación presentada. Nota: ✓ La Dirección General de Gestión de Recursos Públicos (DGGRP) y la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) del MEF verifica la información económica de los puestos del CPE. En caso de no encontrar observaciones, el MEF emite a SERVIR con copia a la entidad el informe de opinión favorable, en un plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente al ingreso a Mesa de Partes. En caso de que el MEF encuentre observaciones, en lo que corresponda a las materias a evaluar por la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos (DGGRP) y de la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP), éstas serán comunicadas a la Oficina de Recursos Humanos del Organismo Público/Entidad Tipo B, con copia a SERVIR. Luego, la entidad debe remitir la propuesta de CPE modificada en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al ingreso a Mesa de Partes. Esta nueva versión debe corresponder estrictamente a la propuesta original, incluyendo las modificaciones solicitadas. El MEF cuenta con un plazo de cinco (05) días hábiles para volverse a pronunciar. g. La GDSRH de SERVIR compendia y sistematiza las versiones finales de la propuesta de CPE, así como el informe sustentatorio y los informes de opinión favorable de SERVIR y el MEF. Dicha documentación será remitida al Consejo Directivo de SERVIR para su evaluación final y aprobación, de ser el caso. El plazo para que el Consejo Directivo de SERVIR emita pronunciamiento sobre la propuesta de CPE es de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la remisión del expediente por parte de la GDSRH. La aprobación del CPE del Organismo Público / Entidad tipo B se formaliza mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva de SERVIR, la cual se publica en el Diario Oficial El Peruano y en su portal institucional. El Organismo Público / Entidad tipo B publica en su portal de transparencia el CPE aprobado y la respectiva resolución de Presidencia Ejecutiva de SERVIR mediante la cual se formalizó la aprobación. La publicación debe darse en la misma fecha en que se publica la norma en el Diario Oficial El Peruano. 10
  • 13. 401611- SERV& OGI+P y 0000P-RB C0111110 0~0 -121tVII OR4ON6R1O PIS CO o 8«, y po MAI> QUE CONTIENE Al OP O EelTDAD TrO A elaboración de le propuedd de <PE yenvío ti,. enlodad que <ontleneala OF o ten pan.4 eVall5145. 1Qdfae hibeee 10diel14..e/ Conwhda el eepet. anal chas nedde, 10 :los behiles ¿o Revisión de la prPIX10{1 CAE de 1401 ole entidad tipo 6 (onsol.d• el t, PC6Gat envia SERVIR Verifica le intpinie$h, coneerrOerte • le idendficeabn y 4..0 deneolelde lo.e.o. numero de polstcny posiciones. Ven! ira la int ograsáón ealo6YrzirA de tos dueAs Aprueba el CIE Gráfico N2 2: Procedimiento de aprobación del CPE para Organismos Públicos / Entidades tipo B 11
  • 14. Anexo 1: Formato de opinión favorable de propuesta de CPE (De la oficina de recursos humanos, o la que haga sus veces, de la entidad a la que se encuentra adscrito el Organismo Público / Entidad tipo A) INFORME TÉCNICO N° Para Máxima autoridad administrativa, según corresponda De Jefe de Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces Asunto Opinión favorable del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de la (entidad) Referencia : Oficio N° Fecha I. Objeto del informe Mediante Oficio N° (número de oficio), (entidad) remite su Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE, en base a lo dispuesto en el literal i) del numeral 5.3.2 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE". Así, en cumplimiento a lo dispuesto por dicho literal, la Oficina de Recursos Humanos de (sector) elabora el presente Informe Técnico N° (número de informe) donde da opiniónfavorable al CPE de (entidad). II. Marco Legal os..0EL. $ 2.1 Mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se estableció un régimen único y ..1. o exclusivo para las personas que prestan servicios en el Estado con la finalidad de que st C. las entidades públicas alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten :,. /ov .0.0 efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía a través de un mejor servicio civil. 2.2 Mediante Decreto Supremo N°040-2014-PCM, se aprobó el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, disponiendo el artículo 128 que el Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE es el instrumento de gestión en donde las entidades establecen los puestos, la valorización de los mismos y el presupuesto asignado a cada uno de ellos, incluidos los puestos vacantes presupuestados, entre otra información. 2.3 Mediante Decreto Supremo N° 138-2014-EF, se aprueba el Reglamento de Compensaciones de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y sus modificatorias. 2.4 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 004-2016-SERVIR/PE se modifica la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 100-2015-SERVIR/PE, se aprueba la Directiva N° 001-2015-SERVIR/GPGSC "Familias de Puestos y Roles y Manual de Puestos Tipo (MPT) Aplicables al Régimen del Servicio Civil", que regula las familias, roles, 12
  • 15. niveles/categorías bajo los cuáles se gestionarán a los distintos grupos que componen el nuevo régimen del servicio civil. 2.5 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 055-2016-SERVIR-PE se modifica la Resolución de Presidencia Ejecutiva N2 200-2015-SERVIR/PE, por medio de la cual se aprueba la Directiva N° 001-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la aplicación del Dimensionamiento de las Entidades Públicas", que establece, entre otros aspectos, las reglas para la determinación y análisis de la dotación de recursos humanos de una entidad. 2.6 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE que modifica la Resolución de Presidencia Ejecutiva N2 304-2015-SERVIR/PE, se aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE", que establece, entre otras cosas, el procedimiento a seguir para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE. 2.7 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 100-2016-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva N° 003-2016-SERVIR/GPGSC en la que se define el procedimiento para valorizar los puestos de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, a partir de los perfiles de puestos aprobados en el Manual de Perfiles de Puestos — MPP de la entidad. 2.8 Mediante Resolución Ministerial N° 151-2016-EF/53, se aprueban las "Normas Complementarias para la Aplicación del Reglamento de Compensaciones de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil". 2.9 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 034-2017-SERVIR/PE se formaliza la aprobación del documento "Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil, Ley Nº 30057"; asimismo, se formaliza la derogación de los "Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil", aprobados por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 160-2013-SERVIR/PE y modificatoria. 2.10 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 087-2017-SERVIR/PE se formaliza la aprobación de la Directiva N° 003-2017-SERVIR/GDSRH "Normas para la determinación de dotación de servidores civiles en las entidades públicas", mediante la cual establecen los lineamientos para la determinación de la dotación de servidores civiles en las entidades públicas en el marco del proceso de tránsito al nuevo régimen del Servicio Civil; asimismo, se formaliza la derogación de la Directiva N° 001-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Aplicación del Dimensionamiento de las Entidades Públicas" y su modificatoria. 2.11 Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 307-2017-SERVIR/PE se formaliza la modificación del documento "Lineamiento para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil, Ley 30057" 2.12 De corresponder, añadir el marco normativo de los lineamientos internos en materia de planificación y organización del sector con los que pudiera contar III. Análisis del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de acuerdo a lo establecido en la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE". 13
  • 16. Documentadón sustentadora Cumple No cumple Documento aprobatorio a) Informe Técnico de la Oficina de Recursos Humanos o el que haga sus veces*. l aprobado. b.1 Cuadro Nº 1 que contiene los puestos del régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil l Contiene la sección A y B l - En ambas secciones, contiene la identificación de los puestos .1 - En la sección A, todas las posiciones se encuentran vacantes con excepción de funcionarios bajo el II régimen de la ley Nº 30057 o 1 Nombrar el documento mediante el cual fue - - En ambas secciones, contiene la , información económica de los puestos l - En la sección A, las posiciones no se encuentran presupuestadas, con excepción de funcionarios bajo el régimen de la ley Nº 30057 l b.2 Cuadro N°2 que Contiene los puestos bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y 728 l b) Reglamento de Organización y Funciones - ROF o Manual de Operaciones vigente l c) Plan de implementación aprobado con resolución del titular de la entidad l vOEL -GO A través del Oficio N° (número de oficio), (entidad) remite el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE con el que se establecen los puestos, valorización y el presupuesto asignado a cada uno de ellos, incluidos los puestos vacantes. La entidad realizó el Cuadro Nº 1 que contiene los puestos del régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y el Cuadro N°2 que contiene los puestos bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y 728 tal como indica la directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE". A continuación, se desarrolla la revisión del Cuadro de Puestos de la Entidad en base a lo dispuesto por la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE": 3.1 De la documentación presentada: Tal como indica el literal i. del numeral 5.3.2 de la Directiva N° 002-2015- SERVIR/GDSRH, a fin de emitir opinión se evaluará la documentación presentada por el titular de (entidad) mediante Oficio N° (número de oficio) Cuadro N° 1: Documentos sustentatorios al informe técnico 14
  • 17. d) Cuadro de Asignación del Personal - CAP o CAP Provisional vigente 1 e) Presupuesto Analítico del Personal — PAP vigente f) Opinión favorable del Informe de Dotación por parte de SERVIR 1 g) Opinión favorable del Informe de Manual de Perfiles de Puestos por parte de SERVIR 1 *En cumplimiento al literal a. del numeral 5.3.2, la Oficina de Recursos Humanos de la entidad ha presentado el Informe Isr (número de oficio), que constituye el informe técnico sustentatorio de la propuesta del CPE, contando con el visado de la Oficina de Planificación y Presupuesto 3.2 De los lineamientos internos en materia de planificación y organización (en caso de contar con ellos) Indicar si el CPE de la entidad se encuentra bajo los lineamientos internos en materia de planificación y organización. IV. Conclusiones • La propuesta de Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE de (entidad) se enmarca en los criterios y condiciones establecidas en la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH. Además de ello, se puede considerar que toma en cuenta la estructura sugerida por dicha directiva. • La emisión de la opinión favorable de la Oficina de Recursos Humanos al Informe Técnico del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE de (entidad) se fundamenta en el cumplimiento de los criterios para la elaboración del CPE establecido en la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad — CPE". • Por lo expuesto, se recomienda remitir a (entidad) la opinión favorable a dicho documento. De esta manera, y tal como indica el Gráfico N° 02 "Procedimiento de aprobación del CPE para Organismos Públicos y Entidades Tipo B" de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, será posible continuar con el proceso de aprobación del CPE de la entidad. • Debido a la información faltante a la propuesta de CPE de (entidad), la Oficina de Recursos Humanos no emite opinión favorable a dicho documento. Por consiguiente se recomienda que (entidad) subsane la información faltante. Atentamente, 15