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Cuadro para Asignación
de Personal Provisional
CAP Provisional
CONTENIDO
 Antecedentes y marco legal vigente
 Responsabilidades
 Aspectos previos
 Reglas generales
 Elaboración del CAP Provisional
 Elaboración y aprobación del MCC
 Anexos
Documento de gestión institucional de carácter temporal que
contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre
la base de su estructura orgánica prevista en su ROF o MOP,
según corresponda.
Tiene como finalidad viabilizar la operación de las entidades
públicas durante la etapa de transición del sector público al
Régimen del Servicio Civil previsto en la Ley N° 30057.
¡Importante!
El CAP Provisional sólo se puede aprobar si la entidad aún no ha aprobado el CPE
y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 6.2.1 de la
Directiva vigente.
¿Qué es el CAP Provisional y cuál es
su finalidad?
ANTECEDENTES Y MARCO LEGAL VIGENTE
ANTECEDENTES
Resolución de Presidencia
Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE
Anexo N° 04 de la Directiva N°
002-2015-SERVIR/GDSRH
Resolución de Presidencia
Ejecutiva N° 0150-2021-SERVIR-
PE.
Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH
(Anexo N° 04), modificada con Resol.
Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-
SERVIR-PE.
Su vigencia se mantuvo por Resol.
Presidencia Ejecutiva N° 00007-
2021-SERVIR-PE.
Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH
Elaboración del Manual de
Clasificador de Cargos y Cuadro para
Asignación de Personal Provisional
¡Importancia del nuevo marco normativo!
Las entidades públicas podrán contar con procedimientos para gestionar de
forma eficaz y eficiente su CAP Provisional y MCC.
Derogada Derogada
2015 2021
MARCO LEGAL VIGENTE
Directiva 006-2021-SERVIR-GDSRH
“ELABORACIÓN DEL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS Y DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL
PROVISIONAL”
Observancia obligatoria
Contiene los criterios, pautas, requisitos y procedimientos necesarios para que las
entidades puedan elaborar su proyecto CAP Provisional y MCC, así como los formatos
necesarios para ello. El alcance de la Directiva contempla a las entidades de nivel local,
regional y nacional.
Ley N° 28175 “Ley Marco del Empleo Público D.S N° 084-2016-PCM
Contiene los grupos ocupacionales en los cuales se
clasificarán los cargos del MCC utilizados en el CAP
Provisional, así como las disposiciones para el cálculo de
Empleados de Confianza, Directivos Superiores y aquellos
de Libre Designación y Remoción.
Determina que el cálculo del 5% de empleados de
confianza incluye la sumatoria del total de cargos del CAP o
CAP Provisional de la entidad más el número de servidores
pertenecientes al régimen CAS al 10.11.2016.
RESPONSABILIDADES
SERVIR TITULAR DE LA ENTIDAD
 Emite lineamientos para la propuesta y aprobación de la
organización de cargos estructurales y posiciones, además
supervisa el cumplimiento de estos.
 Brinda, a través de la GDSRH, asistencia técnica y/o
capacitaciones.
 Emite observaciones sobre el MCC y opinión sobre las
propuestas de CAP Provisional. No emite opinión técnica
sobre el MCC.
 Cumple y promueve el cumplimiento de la directiva N°
006-2021-SERVUR-GDSRH
 Aprueba el MCC y sus modificaciones basándose en las
observaciones de SERVIR.
 Remite a SERVIR la propuesta de CAP Provisional y
tramita su aprobación.
 Aprueba el reordenamiento del CAP Provisional solo si
ha tenido opinión técnica favorable de SERVIR.
OFICINA DE RECURSOS HUMANOS (ORH) OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO (OPP)
 Elabora las propuestas de MCC y CAP Provisional.
 Administra el CAP Provisional y aprueba sus actualizaciones,
previo informe de la OPP de la entidad.
 Las actualizaciones no vuelven a SERVIR, pues no requieren
de su aprobación.
 Emite opinión sobre las propuestas de MCC y CAP
Provisional en lo referido al alineamiento de cargos
respecto al ROF o MOP.
 Visa los formatos anexos a la propuesta de CAP
Provisional que la ORH recomienda aprobar.
Toda actualización de los documentos le compete a la ORH y OPP de las entidades.
Recuerda que NO es posible modificar la cantidad total de cargos y posiciones.
ASPECTOS PREVIOS
ENTIDAD
OFICINA DE RECURSOS
HUMANOS
TITULAR DE ENTIDAD
Si consigna variación de cargos para el OCI, se debe seguir procedimiento establecido por el ente rector del SNC.
.
-Contar ROF o MOP y MCC vigente
-En caso tener CAP Provisional aprobado por SERVIR luego del 13 de junio del 2014, debe contar con actualizaciones
del CAP Provisional aprobado, en atención al numeral 6.4 de la Directiva.
-Gestionar medidas correctivas en caso exista un CAP Provisional luego del 13 de junio del 2014 sin opinión técnica
de SERVIR.
-Identificar denominaciones de cargos en el CAP o CAP Provisional vigente
-Contar con documentación para acreditar total de cargos en situación de ocupado.
-Contar con los mandatos de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada o informe de Procuraduría Pública,
asesoría jurídica o la que haga sus veces.
¿QUÉ DEBE TENER EN CUENTA LA ENTIDAD ANTES DE
REMITIR SU PROPUESTA CAP PROVISIONAL A SERVIR?
REGLAS GENERALES
Cargos y posiciones
• La propuesta de CAP Provisional de la
entidad debe contener los cargos y
las posiciones bajo los regímenes
laborales N° 276 y N° 728, y las
carreras especiales en situación de
ocupado; y los que se proyectan crear
en virtud de los supuestos
establecidos en la directiva y/o bajo la
clasificación de EC en situación de
previsto.
Formatos
• Formato N° 1. Índice general del CAP
Provisional (Anexo N° 1).
• Formato N° 2. CAP Provisional (Anexo
N° 2).
• Formato N° 3. Resumen cuantitativo
del CAP Provisional (Anexo N° 3).
Información adicional
• La GDSRH de SERVIR está facultada
para solicitar información
sustentatoria adicional y para realizar
observaciones a la propuesta de CAP
Provisional o a los documentos
sustentatorios.
Creación de UUOO-Órganos
• La propuesta de CAP Provisional, una
vez aprobada, no puede ser
empleado para la creación de órganos
o unidades orgánicas, o la
modificación de sus denominaciones.
Informe sustentatorio
firmado por el(la)
responsable de la ORH
¿QUÉ DEBE CONTENER EL EXPEDIENTE PRESENTADO POR LA
ENTIDAD ANTE SERVIR?
Oficio dirigido a
SERVIR, emitido por
el(la) titular de la entidad
Informe con
opinión favorable
de la OPP.
Propuesta de CAP Provisional con
formatos 1, 2 y 3 visados por el
responsable de la ORH y OPP
ROF o MOP, MCC vigente, y
CAP O CAP Provisional
(incluidos sus dispositivos
legales que los aprueban)
5.4 La GDSRH de SERVIR está facultada para solicitar información sustentatoria adicional.
Listado CAS al
10 de
noviembre del
2016
Mandatos judiciales o
informe de
procuraduría Pública,
de corresponder
Cuadro de reordenamiento y
documentación que acredite acciones
de reordenamiento, cuando
corresponda o cuente con ellos
ELABORACION Y APROBACION DEL CAP
PROVISIONAL
SUPUESTOS PARA ELABORAR EL CAP PROVISIONAL
Supuesto 1
Reorganización,
asignación o reasignación
de funciones
Supuesto 2
Excepciones a las
prohibiciones de ingreso
de personal
Supuesto 3
Cumplimiento de
sentencias judiciales
Supuesto 4
Elaboración de primer
CAP Provisional
APLICACIÓN
• Norma sustantiva que incremente o reduzca sus
competencias y/o funciones.
• Recepción o transferencia de servidores bajo el
DL 276, 728 y/o carreras especiales.
PERMITE
• Crear o reducir cargos vinculados a la
implementación, o no, de dichas competencias
y/o funciones, para lo cual debe tener en
consideración los criterios para el
establecimiento de cargos y posiciones (numeral
6.2.2 de la directiva).
SUPUESTO 1: REORGANIZACIÓN, ASIGNACIÓN O REASIGNACIÓN DE FUNCIONES
APLICACIÓN
• Entidades que sean autorizadas a realizar
modificaciones (ingresos, nombramientos,
designaciones, contrataciones) en la Ley Anual
de Presupuesto del Sector Público para el año
fiscal u otra norma con rango de ley.
PERMITE
• Crear cargos, no obstante, la entidad debe
contar con la información presupuestal que
justifique la creación e incremento de cargos o
posiciones, para que puedan ser implementados
en mérito a la ley de presupuesto
SUPUESTO 2: EXCEPCIONES A LAS PROHIBICIONES DE INGRESO DE PERSONAL
APLICACIÓN
• Cumplimiento de un mandato judicial en calidad de
cosa juzgada que disponga la incorporación de un(a)
servidor(a) bajo los regímenes laborales de los
Decretos Legislativos N° 276 y 728, así como de las
carreras especiales
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
• Mandatos judiciales (ejemplo: sentencia, resolución de
requerimiento, resolución de ejecución anticipada,
acuerdo conciliatorio, resolución que concede medida
cautelar, entre otros).
• De no disponer de la información completa,
complementar con un informe elaborado por la
Procuraduría Pública de la entidad o la que haga sus
veces, habiendo previamente contrastado la
información allí vertida con el CEJ del Poder Judicial.
SUPUESTO 3: CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS JUDICIALES
El ajuste para la creación de cargos SOLO permite las modificaciones necesarias para la incorporación bajo
mandato judicial
APLICACIÓN
• Para el caso de las entidades que no
cuentan con un CAP vigente:
• Hacer un breve resumen de la
entidad
• Indicar expresamente que no
cuenta con un CAP vigente
• En caso ser una entidad creada
antes del año 2014), debe
declarar que ha realizado la
búsqueda de dicho documento
en su acervo documentario y que
ha agotado las vías de búsqueda
APLICACIÓN
• Para el caso de las entidades que
cuentan con un CAP vigente:
• Hacer un breve resumen de la
entidad
• Indicar cuantos cargos en
situación de ocupado y en
situación de previsto existen en el
CAP vigente
• Desarrollar el motivo por el cual
formula la propuesta de CAP
Provisional
APLICACIÓN
• Para el caso de las entidades que
cuentan con un CAP Provisional
aprobado sin la opinión previa
favorable de SERVIR:
• La entidad debe indicar la (s)
medida correctiva, conforme lo
establece el numeral 5. 3.7 de la
Directiva
SUPUESTO 4: ELABORACIÓN DE PRIMER CAP PROVISIONAL
Las entidades públicas creadas y/o que entraron en funcionamiento a partir del año 2014, pueden hacer uso de este
supuesto, siempre que cumplan con los criterios presentados en el numeral 6.2.2 de la presente directiva.
CRITERIOS PARA ESTABLECER CARGOS Y POSICIONES
Considerar cargos y posiciones en situación de ocupado. Los cargos y posiciones en
situación de previsto deben ser en cantidades mínimas.
Cantidad mínima de cargos en administración interna, apoyo y asesoramiento.
Proporcionalidad entre todas las unidades de organización a fin que guarden relación
directa con las funciones sustantivas de entidad.
Otras que SERVIR estime pertinentes de acuerdo a la información de cargos y
posiciones de la entidad.
CRITERIOS PARA ESTABLECER CARGOS Y POSICIONES
Directivos
Superiores
(DS)
Estar a cargo de un
órgano o unidad
orgánica dispuesto
en el documento
de gestión vigente.
Ejecutivo
(SP-EJ)
Responsable de
área funcional, y
contar con
personal bajo su
dependencia.
No duplicar
funciones de
Directivo Superior
del cual dependa
Especialista
(SP-ES)
Coordinador
(excepcional): Solo
para organizar
equipos de trabajo
por razones de carga o
cobertura de trabajo y
funciones de
coordinación.
Especialista, analista,
asistente o afín, deben
estar distribuidos
proporcionalmente
Apoyo
(SP-AP)
Funciones
administrativas y
secretariales,
apoyo a la gestión
institucional.
Prestación de
bienes y servicios,
mantenimiento,
soporte y/o
conducción
vehicular.
Régimen
Especial (RE)
Cargos
establecidos y
regulados en una
norma especial.
Los cargos y posiciones considerados en la propuesta de CAP Provisional debe cumplir con los siguientes
criterios:
MANUAL DE
CLASIFICADOR DE
CARGOS
MCC
.
Documento de gestión donde se describen de manera
ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su
denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos
para el ejercicio de las funciones.
¡Importante!
Es uno de los documentos de gestión con los que
debe contar la propuesta CAP Provisional para su
evaluación.
¿Qué es el MCC?
No es obligatorio utilizar
todas las clasificaciones
que señala la Ley N°
28175, Ley Marco del
Empleo Público.
CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL MCC
Elaborado conforme a la clasificación dispuesta
en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo
Público, las disposiciones de los regímenes de
carreras especiales y los lineamientos de la
presente directiva.
Debe contener los cargos
estructurales que los órganos y
unidades orgánicas requieran
para cumplir con las funciones
del ROF o MOP.
La información presentada sobre clasificación y
requisitos del cargo debe estar debidamente
sustentada.
La entidad debe respetar la denominación y
clasificación de los cargos en situación de ocupado de
los regímenes laborales de los D. Leg. N° 276 y N° 728.
Todos los cargos del MCC deben ser considerados en la propuesta CAP Provisional
Las funciones del
cargo
Reserva de
información
confidencial
El cargo demande
necesidad de
discrecionalidad y
prudencia
Alto grado de
exposición política y
mediática
Alto grado de
rotación
Personas que además
de cumplir con los
requisitos del MCC
resulten confiables
para el FP y/o SP-DS en
virtud de:
CRITERIOS PARA ESTABLECER LA CLASIFICACIÓN DE CARGOS
COMO EC Y SP-DS (DSLDR)
La alta dirección formula y establece los cargos clasificados como EC y SP-DS (DSLDR) en atención a los siguientes criterios:
APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL MCC
La ORH o la que haga las veces eleva
la propuesta al(la) titular de la
entidad, previa opinión favorable de
la OPP o la que haga las veces.
El(la) titular de la entidad
aprueba el MCC y gestiona su
publicación:
Entidad tipo A
Entidad tipo B
El(la) titular, debe remitir su
propuesta al(la) titular de la entidad
Tipo A a la que se encuentra adscrita
para que a través de su ORH evalúe la
propuesta.
Si la opinión es favorable la
ORH de la entidad Tipo A lo
comunicará por oficio a la
entidad Tipo B, según numeral
6.3.1.8 de la Directiva, para su
aprobación y publicación:
¡Importante!
Ambas entidades deben publicar en su portal de transparencia su MCC y el dispositivo legal que lo aprueba en la misma
fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano o en el diario de las publicaciones judiciales de la jurisdicción.
¿QUÉ INFORMACIÓN DEBE CONTENER EL MCC?
Clasificación Sigla Cargo estructural
Funciones del cargo estructural:
Requisitos del cargo estructural:
Formación académica
a) Nivel educativo
b) Grado/situación académica
Experiencia
a) Experiencia general
b) Experiencia específica (desarrollando funciones similares y/o en cargos
similares y/o en el Sector Público)
Requisitos adicionales
*Disposiciones contenidas en normas sustantivas, de corresponder
Fuente: Anexo N° 5 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH
Ejemplo: Funcionario
Público, Servidor Público
– Ejecutivo
Ejemplo: FP, EC, SP-
EJ, SP-ES
Ejemplo: Alcalde, Gerente
Municipal, Especialista
Detallar las
funciones del cargo
Detallar los
requisitos que
requiere el cargo,
tanto en
experiencia como
formación
académica
¡A tener en cuenta!
Prevalecen las funciones y/o
requisitos definidos para un
determinado cargo cuando estén
definidos por norma con rango de Ley
y su reglamento.
CONSIDERACIONES FINALES
Las modificaciones
(inclusión o eliminación de
cargos) se aprueban y
publican siguiendo las
mismas reglas establecidas
para el CAP Provisional.
Las modificaciones al MCC
durante el año deben ser
compendiadas y formalizadas
hasta el 31 de diciembre del
año fiscal por el titular de la
entidad y ser publicadas en
los portales institucionales y
de transparencia.
Los cargos contenidos en
el MCC deben ser
empleados en la
propuesta CAP
Provisional.
SERVIR puede formular
observaciones al MCC, las
mismas que deben ser
subsanadas por la entidad.
ANEXOS
INTRUCCIONES DE LLENADO DE LOS FORMATOS DE
LA PROPUESTA CAP PROVISIONAL
El CAP Provisional es elaborado en tres (03) formatos, los que se muestran a continuación:
Formato N° 1
Índice general del CAP
Provisional
Formato N° 2
CAP Provisional
Formato N° 3 - Resumen
Cuantitativo del CAP
Provisional
FORMATO N° 1
ÍNDICE GENERAL DEL CAP PROVISIONAL
I. - INFORMACIÓN GENERAL
Entidad:
Forma de organización:
Tipo: - Sector:
II.- INFORMACIÓN REFERIDA A LA APROBACIÓN DEL CAP PROVISIONAL
Documento de gestión Dispositivo de aprobación
ROF / MOP
Clasificador de Cargos
III.- UNIDADES DE ORGANIZACIÓN PREVISTA EN EL CAP PROVISIONAL
Naturaleza
Órgano / Unidad orgánica o Unidad
funcional
Denominación del órgano o
unidad orgánica o unidad
funcional
Ejemplo: Alta dirección, Apoyo, etc.)
Oficina General de Administración
Denominación
completa (Ejemplo:
Instituto de Manejo
de Agua y Medio
Ambiente)
Solo entidad Tipo B
Ejemplo: programa,
proyecto especial u
Órgano Desconcentrado.
Ejemplo: Gobierno Regional
de Cusco
Solo entidad Tipo A
Tipo A o
Tipo B
Ambas entidades
Tipo A o B
Ejemplo: órgano
* Para el caso de programas, proyectos u otra
unidad ejecutora, se deberá emplear unidad
funcional, en vez de unidad orgánica
Entidad:
Forma de organización:
Número
correlativo
Denominación
del órgano o
unidad orgánica
o unidad
funcional
Denominación
del Cargo
estructural
Clasificación
Cantidad de
posiciones
ocupadas
Cantidad
de
posiciones
previstas
Total de
posiciones
Cantidad de
posiciones
de confianza
(EC / DSLDR)
Contrato
Sujeto a
Modalidad
Procedencia del
cargo
(Ejemplo:
001, 002,
003, etc.).
(Ejemplo: FP,
SP-EJ, SP-AP)
* Se
consigna
en
números
FORMATO N° 2
CAP PROVISIONAL
Solo entidad Tipo B
Solo entidad Tipo A
Ejemplo: Gobierno
Regional de Cusco
Denominación completa (Ejemplo:
Instituto de Manejo de Agua y
Medio Ambiente)
Documento vigente: cargo
existe en el CAP/CAP
Provisional vigente.
Cargo reordenado: cargo
existe pero ha sido
reordenado.
incorporado por supuesto
“__”: cargo creado por
alguno de los supuestos
(ejemplo: “incorporado por
supuesto “1.1”).
Ejemplo: Cargo
reordenado
Después de la aprobación del CAP Provisional, reordenamiento o nueva propuesta de CAP Provisional, el campo “PROCEDENCIA DEL CARGO”
de aquellos cargos que fueron identificados como “Incorporado por supuesto “_” o “cargo reordenado” cambian a “documento vigente” o
“cargo reordenado”, según corresponda.
FORMATO N° 3
RESUMEN CUANTITATIVO DEL CAP PROVISIONAL
Entidad:
Forma de
organización:
Naturaleza
Denominación
del órgano o
unidad orgánica o
unidad funcional
Clasificación Total
FP EC SP-DS SP-EJ SP-ES SP-AP RE General
Cargos de
confianza
Contratos
Sujetos a
Modalidad
Ejemplo: Órgano
de
Asesoramiento
Oficina General de
Asesoría Jurídica
1 4 2 6 1
Ejemplo: Órgano
de Apoyo
Oficina General de
Administración
1 2 1 4
Total General 11 10 1
Ejemplo: Gobierno
Regional de Cusco
Denominación completa (Ejemplo:
Instituto de Manejo de Agua y
Medio Ambiente)
Solo entidad Tipo B
Solo entidad Tipo A
cantidad de posiciones
de cada unidad de
organización y según
clasificación
Ambas entidades
Tipo A o B
O + P de cada
unidad de
organización
General + Cargos de confianza
+ contratos sujetos a
modalidad
ELABORACIÓN DE INFORME TÉCNICO
•La ORH Identifica
supuesto y elabora el
informe sustentatorio, y
consigna la información
en los formatos 1,2, 3 y 6.
•Sustenta y elabora el
cuadro de acciones de
reordenamiento, de ser el
caso.
1
•La alta dirección de la
entidad precisa cantidad
de EC y DSLDR en el MCC.
La entidad debe respetar
los límites porcentuales
para EC, conforme lo
establece la normativa.
2
•La ORH traslada
informe de sustento y
formatos a la OPP para
opinión técnica.
•La ORH eleva la
propuesta a Alta
Dirección de entidad.
3
•Mediante oficio el
titular de la entidad
presenta propuesta y
Solicita opinión
favorable ante SERVIR.
4
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA CAP PROVISIONAL
Ingreso de la propuesta
•El expediente remitido por la
entidad a la PE de SERVIR es
derivado a la GDSRH para revisión y
opinión.
GDSRH - SERVIR
•Plazo de 30 días para elaborar
informe técnico de opinión.
•De corresponder, evalúa pedidos de
excepción para límite de cargos EC,
aprobada mediante Resolución de
PE de SERVIR.
•Remite el informe técnico con la
opinión favorable y anexos a la
Presidencia Ejecutiva.
•En caso la propuesta tenga
observaciones, remite el informe
observado a la entidad para su
subsanación.
PRESIDENCIA EJECUTIVA (PE)
SERVIR
•Comunica opinión favorable a la
entidad, mediante oficio de PE de
SERVIR para aprobación y
publicación
APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL CAP PROVISIONAL
La entidad, una vez que cuente con opinión favorable de SERVIR, debe gestionar y publicar su CAP Provisional en atención a
los siguientes escenarios:
Documento que aprueba
la propuesta de CAP
Provisional con opinión
técnica favorable
Entidad que requiere aprobación de propuesta de CAP
Provisional
Por Resolución
Ministerial
Gobierno nacional, que incluye ministerios, organismos públicos,
programas y proyectos especiales adscritos, entidades
administradoras de fondos intangibles de la seguridad social
empresariales y las empresas del Estado pertenecientes al gobierno
nacional.
Por Resolución del(la)
titular del pliego
Poder Judicial, Poder Legislativo, organismos constitucionalmente
autónomos y universidades públicas.
Por Ordenanza Regional
Gobiernos regionales, programas y proyectos especiales adscritos, y
las empresas pertenecientes al gobierno regional.
Por Ordenanza
Municipal
Gobiernos locales, programas y proyectos especiales adscritos, y las
empresas pertenecientes al gobierno local.
ADMINISTRACIÓN DEL CAP PROVISIONAL
ORH puede actualizar el CAP Provisional bajo los siguientes supuestos:
Designación
Otorgamiento de
presupuesto para
cargos previstos
Variación
numeral o
nominal de
cargos
Variación en # de
posiciones en
ocupado o
previsto
Otras acciones
de
administración
 Los ajustes se aprueban mediante
Resolución de ORH, previo informe de la
OPP, y formalizados posteriormente por el
titular de la Entidad (como máximo al 31
de diciembre del año fiscal).
 La administración del CAP Provisional no
faculta a la entidad a modificar la cantidad
total de cargos y posiciones aprobadas en
el CAP Provisional, así como la eliminación
de cargos en situación de ocupado, salvo
que hubieran devenido en situación de
previsto en el transcurso del tiempo
Recuerda:
Para facilitar a las ORH la elaboración de la propuesta de
MCC y CAP Provisional, recomendamos el uso de los
formatos y modelos de informe disponibles en:
https://www.servir.gob.pe/proceso-de-transito-a-la-lsc/
¡ MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN!

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  • 1. Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP Provisional
  • 2. CONTENIDO  Antecedentes y marco legal vigente  Responsabilidades  Aspectos previos  Reglas generales  Elaboración del CAP Provisional  Elaboración y aprobación del MCC  Anexos
  • 3. Documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica prevista en su ROF o MOP, según corresponda. Tiene como finalidad viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del sector público al Régimen del Servicio Civil previsto en la Ley N° 30057. ¡Importante! El CAP Provisional sólo se puede aprobar si la entidad aún no ha aprobado el CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 6.2.1 de la Directiva vigente. ¿Qué es el CAP Provisional y cuál es su finalidad?
  • 4. ANTECEDENTES Y MARCO LEGAL VIGENTE
  • 5. ANTECEDENTES Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE Anexo N° 04 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 0150-2021-SERVIR- PE. Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH (Anexo N° 04), modificada con Resol. Presidencia Ejecutiva N° 057-2016- SERVIR-PE. Su vigencia se mantuvo por Resol. Presidencia Ejecutiva N° 00007- 2021-SERVIR-PE. Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y Cuadro para Asignación de Personal Provisional ¡Importancia del nuevo marco normativo! Las entidades públicas podrán contar con procedimientos para gestionar de forma eficaz y eficiente su CAP Provisional y MCC. Derogada Derogada 2015 2021
  • 6. MARCO LEGAL VIGENTE Directiva 006-2021-SERVIR-GDSRH “ELABORACIÓN DEL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS Y DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL” Observancia obligatoria Contiene los criterios, pautas, requisitos y procedimientos necesarios para que las entidades puedan elaborar su proyecto CAP Provisional y MCC, así como los formatos necesarios para ello. El alcance de la Directiva contempla a las entidades de nivel local, regional y nacional. Ley N° 28175 “Ley Marco del Empleo Público D.S N° 084-2016-PCM Contiene los grupos ocupacionales en los cuales se clasificarán los cargos del MCC utilizados en el CAP Provisional, así como las disposiciones para el cálculo de Empleados de Confianza, Directivos Superiores y aquellos de Libre Designación y Remoción. Determina que el cálculo del 5% de empleados de confianza incluye la sumatoria del total de cargos del CAP o CAP Provisional de la entidad más el número de servidores pertenecientes al régimen CAS al 10.11.2016.
  • 8. SERVIR TITULAR DE LA ENTIDAD  Emite lineamientos para la propuesta y aprobación de la organización de cargos estructurales y posiciones, además supervisa el cumplimiento de estos.  Brinda, a través de la GDSRH, asistencia técnica y/o capacitaciones.  Emite observaciones sobre el MCC y opinión sobre las propuestas de CAP Provisional. No emite opinión técnica sobre el MCC.  Cumple y promueve el cumplimiento de la directiva N° 006-2021-SERVUR-GDSRH  Aprueba el MCC y sus modificaciones basándose en las observaciones de SERVIR.  Remite a SERVIR la propuesta de CAP Provisional y tramita su aprobación.  Aprueba el reordenamiento del CAP Provisional solo si ha tenido opinión técnica favorable de SERVIR.
  • 9. OFICINA DE RECURSOS HUMANOS (ORH) OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO (OPP)  Elabora las propuestas de MCC y CAP Provisional.  Administra el CAP Provisional y aprueba sus actualizaciones, previo informe de la OPP de la entidad.  Las actualizaciones no vuelven a SERVIR, pues no requieren de su aprobación.  Emite opinión sobre las propuestas de MCC y CAP Provisional en lo referido al alineamiento de cargos respecto al ROF o MOP.  Visa los formatos anexos a la propuesta de CAP Provisional que la ORH recomienda aprobar. Toda actualización de los documentos le compete a la ORH y OPP de las entidades. Recuerda que NO es posible modificar la cantidad total de cargos y posiciones.
  • 11. ENTIDAD OFICINA DE RECURSOS HUMANOS TITULAR DE ENTIDAD Si consigna variación de cargos para el OCI, se debe seguir procedimiento establecido por el ente rector del SNC. . -Contar ROF o MOP y MCC vigente -En caso tener CAP Provisional aprobado por SERVIR luego del 13 de junio del 2014, debe contar con actualizaciones del CAP Provisional aprobado, en atención al numeral 6.4 de la Directiva. -Gestionar medidas correctivas en caso exista un CAP Provisional luego del 13 de junio del 2014 sin opinión técnica de SERVIR. -Identificar denominaciones de cargos en el CAP o CAP Provisional vigente -Contar con documentación para acreditar total de cargos en situación de ocupado. -Contar con los mandatos de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada o informe de Procuraduría Pública, asesoría jurídica o la que haga sus veces. ¿QUÉ DEBE TENER EN CUENTA LA ENTIDAD ANTES DE REMITIR SU PROPUESTA CAP PROVISIONAL A SERVIR?
  • 13. Cargos y posiciones • La propuesta de CAP Provisional de la entidad debe contener los cargos y las posiciones bajo los regímenes laborales N° 276 y N° 728, y las carreras especiales en situación de ocupado; y los que se proyectan crear en virtud de los supuestos establecidos en la directiva y/o bajo la clasificación de EC en situación de previsto. Formatos • Formato N° 1. Índice general del CAP Provisional (Anexo N° 1). • Formato N° 2. CAP Provisional (Anexo N° 2). • Formato N° 3. Resumen cuantitativo del CAP Provisional (Anexo N° 3). Información adicional • La GDSRH de SERVIR está facultada para solicitar información sustentatoria adicional y para realizar observaciones a la propuesta de CAP Provisional o a los documentos sustentatorios. Creación de UUOO-Órganos • La propuesta de CAP Provisional, una vez aprobada, no puede ser empleado para la creación de órganos o unidades orgánicas, o la modificación de sus denominaciones.
  • 14. Informe sustentatorio firmado por el(la) responsable de la ORH ¿QUÉ DEBE CONTENER EL EXPEDIENTE PRESENTADO POR LA ENTIDAD ANTE SERVIR? Oficio dirigido a SERVIR, emitido por el(la) titular de la entidad Informe con opinión favorable de la OPP. Propuesta de CAP Provisional con formatos 1, 2 y 3 visados por el responsable de la ORH y OPP ROF o MOP, MCC vigente, y CAP O CAP Provisional (incluidos sus dispositivos legales que los aprueban) 5.4 La GDSRH de SERVIR está facultada para solicitar información sustentatoria adicional. Listado CAS al 10 de noviembre del 2016 Mandatos judiciales o informe de procuraduría Pública, de corresponder Cuadro de reordenamiento y documentación que acredite acciones de reordenamiento, cuando corresponda o cuente con ellos
  • 15. ELABORACION Y APROBACION DEL CAP PROVISIONAL
  • 16. SUPUESTOS PARA ELABORAR EL CAP PROVISIONAL Supuesto 1 Reorganización, asignación o reasignación de funciones Supuesto 2 Excepciones a las prohibiciones de ingreso de personal Supuesto 3 Cumplimiento de sentencias judiciales Supuesto 4 Elaboración de primer CAP Provisional
  • 17. APLICACIÓN • Norma sustantiva que incremente o reduzca sus competencias y/o funciones. • Recepción o transferencia de servidores bajo el DL 276, 728 y/o carreras especiales. PERMITE • Crear o reducir cargos vinculados a la implementación, o no, de dichas competencias y/o funciones, para lo cual debe tener en consideración los criterios para el establecimiento de cargos y posiciones (numeral 6.2.2 de la directiva). SUPUESTO 1: REORGANIZACIÓN, ASIGNACIÓN O REASIGNACIÓN DE FUNCIONES
  • 18. APLICACIÓN • Entidades que sean autorizadas a realizar modificaciones (ingresos, nombramientos, designaciones, contrataciones) en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal u otra norma con rango de ley. PERMITE • Crear cargos, no obstante, la entidad debe contar con la información presupuestal que justifique la creación e incremento de cargos o posiciones, para que puedan ser implementados en mérito a la ley de presupuesto SUPUESTO 2: EXCEPCIONES A LAS PROHIBICIONES DE INGRESO DE PERSONAL
  • 19. APLICACIÓN • Cumplimiento de un mandato judicial en calidad de cosa juzgada que disponga la incorporación de un(a) servidor(a) bajo los regímenes laborales de los Decretos Legislativos N° 276 y 728, así como de las carreras especiales DOCUMENTACIÓN NECESARIA • Mandatos judiciales (ejemplo: sentencia, resolución de requerimiento, resolución de ejecución anticipada, acuerdo conciliatorio, resolución que concede medida cautelar, entre otros). • De no disponer de la información completa, complementar con un informe elaborado por la Procuraduría Pública de la entidad o la que haga sus veces, habiendo previamente contrastado la información allí vertida con el CEJ del Poder Judicial. SUPUESTO 3: CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS JUDICIALES El ajuste para la creación de cargos SOLO permite las modificaciones necesarias para la incorporación bajo mandato judicial
  • 20. APLICACIÓN • Para el caso de las entidades que no cuentan con un CAP vigente: • Hacer un breve resumen de la entidad • Indicar expresamente que no cuenta con un CAP vigente • En caso ser una entidad creada antes del año 2014), debe declarar que ha realizado la búsqueda de dicho documento en su acervo documentario y que ha agotado las vías de búsqueda APLICACIÓN • Para el caso de las entidades que cuentan con un CAP vigente: • Hacer un breve resumen de la entidad • Indicar cuantos cargos en situación de ocupado y en situación de previsto existen en el CAP vigente • Desarrollar el motivo por el cual formula la propuesta de CAP Provisional APLICACIÓN • Para el caso de las entidades que cuentan con un CAP Provisional aprobado sin la opinión previa favorable de SERVIR: • La entidad debe indicar la (s) medida correctiva, conforme lo establece el numeral 5. 3.7 de la Directiva SUPUESTO 4: ELABORACIÓN DE PRIMER CAP PROVISIONAL Las entidades públicas creadas y/o que entraron en funcionamiento a partir del año 2014, pueden hacer uso de este supuesto, siempre que cumplan con los criterios presentados en el numeral 6.2.2 de la presente directiva.
  • 21. CRITERIOS PARA ESTABLECER CARGOS Y POSICIONES Considerar cargos y posiciones en situación de ocupado. Los cargos y posiciones en situación de previsto deben ser en cantidades mínimas. Cantidad mínima de cargos en administración interna, apoyo y asesoramiento. Proporcionalidad entre todas las unidades de organización a fin que guarden relación directa con las funciones sustantivas de entidad. Otras que SERVIR estime pertinentes de acuerdo a la información de cargos y posiciones de la entidad.
  • 22. CRITERIOS PARA ESTABLECER CARGOS Y POSICIONES Directivos Superiores (DS) Estar a cargo de un órgano o unidad orgánica dispuesto en el documento de gestión vigente. Ejecutivo (SP-EJ) Responsable de área funcional, y contar con personal bajo su dependencia. No duplicar funciones de Directivo Superior del cual dependa Especialista (SP-ES) Coordinador (excepcional): Solo para organizar equipos de trabajo por razones de carga o cobertura de trabajo y funciones de coordinación. Especialista, analista, asistente o afín, deben estar distribuidos proporcionalmente Apoyo (SP-AP) Funciones administrativas y secretariales, apoyo a la gestión institucional. Prestación de bienes y servicios, mantenimiento, soporte y/o conducción vehicular. Régimen Especial (RE) Cargos establecidos y regulados en una norma especial. Los cargos y posiciones considerados en la propuesta de CAP Provisional debe cumplir con los siguientes criterios:
  • 24. . Documento de gestión donde se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones. ¡Importante! Es uno de los documentos de gestión con los que debe contar la propuesta CAP Provisional para su evaluación. ¿Qué es el MCC?
  • 25. No es obligatorio utilizar todas las clasificaciones que señala la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL MCC Elaborado conforme a la clasificación dispuesta en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, las disposiciones de los regímenes de carreras especiales y los lineamientos de la presente directiva. Debe contener los cargos estructurales que los órganos y unidades orgánicas requieran para cumplir con las funciones del ROF o MOP. La información presentada sobre clasificación y requisitos del cargo debe estar debidamente sustentada. La entidad debe respetar la denominación y clasificación de los cargos en situación de ocupado de los regímenes laborales de los D. Leg. N° 276 y N° 728. Todos los cargos del MCC deben ser considerados en la propuesta CAP Provisional
  • 26. Las funciones del cargo Reserva de información confidencial El cargo demande necesidad de discrecionalidad y prudencia Alto grado de exposición política y mediática Alto grado de rotación Personas que además de cumplir con los requisitos del MCC resulten confiables para el FP y/o SP-DS en virtud de: CRITERIOS PARA ESTABLECER LA CLASIFICACIÓN DE CARGOS COMO EC Y SP-DS (DSLDR) La alta dirección formula y establece los cargos clasificados como EC y SP-DS (DSLDR) en atención a los siguientes criterios:
  • 27. APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL MCC La ORH o la que haga las veces eleva la propuesta al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces. El(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona su publicación: Entidad tipo A Entidad tipo B El(la) titular, debe remitir su propuesta al(la) titular de la entidad Tipo A a la que se encuentra adscrita para que a través de su ORH evalúe la propuesta. Si la opinión es favorable la ORH de la entidad Tipo A lo comunicará por oficio a la entidad Tipo B, según numeral 6.3.1.8 de la Directiva, para su aprobación y publicación: ¡Importante! Ambas entidades deben publicar en su portal de transparencia su MCC y el dispositivo legal que lo aprueba en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano o en el diario de las publicaciones judiciales de la jurisdicción.
  • 28. ¿QUÉ INFORMACIÓN DEBE CONTENER EL MCC? Clasificación Sigla Cargo estructural Funciones del cargo estructural: Requisitos del cargo estructural: Formación académica a) Nivel educativo b) Grado/situación académica Experiencia a) Experiencia general b) Experiencia específica (desarrollando funciones similares y/o en cargos similares y/o en el Sector Público) Requisitos adicionales *Disposiciones contenidas en normas sustantivas, de corresponder Fuente: Anexo N° 5 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH Ejemplo: Funcionario Público, Servidor Público – Ejecutivo Ejemplo: FP, EC, SP- EJ, SP-ES Ejemplo: Alcalde, Gerente Municipal, Especialista Detallar las funciones del cargo Detallar los requisitos que requiere el cargo, tanto en experiencia como formación académica ¡A tener en cuenta! Prevalecen las funciones y/o requisitos definidos para un determinado cargo cuando estén definidos por norma con rango de Ley y su reglamento.
  • 29. CONSIDERACIONES FINALES Las modificaciones (inclusión o eliminación de cargos) se aprueban y publican siguiendo las mismas reglas establecidas para el CAP Provisional. Las modificaciones al MCC durante el año deben ser compendiadas y formalizadas hasta el 31 de diciembre del año fiscal por el titular de la entidad y ser publicadas en los portales institucionales y de transparencia. Los cargos contenidos en el MCC deben ser empleados en la propuesta CAP Provisional. SERVIR puede formular observaciones al MCC, las mismas que deben ser subsanadas por la entidad.
  • 31. INTRUCCIONES DE LLENADO DE LOS FORMATOS DE LA PROPUESTA CAP PROVISIONAL El CAP Provisional es elaborado en tres (03) formatos, los que se muestran a continuación: Formato N° 1 Índice general del CAP Provisional Formato N° 2 CAP Provisional Formato N° 3 - Resumen Cuantitativo del CAP Provisional
  • 32. FORMATO N° 1 ÍNDICE GENERAL DEL CAP PROVISIONAL I. - INFORMACIÓN GENERAL Entidad: Forma de organización: Tipo: - Sector: II.- INFORMACIÓN REFERIDA A LA APROBACIÓN DEL CAP PROVISIONAL Documento de gestión Dispositivo de aprobación ROF / MOP Clasificador de Cargos III.- UNIDADES DE ORGANIZACIÓN PREVISTA EN EL CAP PROVISIONAL Naturaleza Órgano / Unidad orgánica o Unidad funcional Denominación del órgano o unidad orgánica o unidad funcional Ejemplo: Alta dirección, Apoyo, etc.) Oficina General de Administración Denominación completa (Ejemplo: Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente) Solo entidad Tipo B Ejemplo: programa, proyecto especial u Órgano Desconcentrado. Ejemplo: Gobierno Regional de Cusco Solo entidad Tipo A Tipo A o Tipo B Ambas entidades Tipo A o B Ejemplo: órgano * Para el caso de programas, proyectos u otra unidad ejecutora, se deberá emplear unidad funcional, en vez de unidad orgánica
  • 33. Entidad: Forma de organización: Número correlativo Denominación del órgano o unidad orgánica o unidad funcional Denominación del Cargo estructural Clasificación Cantidad de posiciones ocupadas Cantidad de posiciones previstas Total de posiciones Cantidad de posiciones de confianza (EC / DSLDR) Contrato Sujeto a Modalidad Procedencia del cargo (Ejemplo: 001, 002, 003, etc.). (Ejemplo: FP, SP-EJ, SP-AP) * Se consigna en números FORMATO N° 2 CAP PROVISIONAL Solo entidad Tipo B Solo entidad Tipo A Ejemplo: Gobierno Regional de Cusco Denominación completa (Ejemplo: Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente) Documento vigente: cargo existe en el CAP/CAP Provisional vigente. Cargo reordenado: cargo existe pero ha sido reordenado. incorporado por supuesto “__”: cargo creado por alguno de los supuestos (ejemplo: “incorporado por supuesto “1.1”). Ejemplo: Cargo reordenado Después de la aprobación del CAP Provisional, reordenamiento o nueva propuesta de CAP Provisional, el campo “PROCEDENCIA DEL CARGO” de aquellos cargos que fueron identificados como “Incorporado por supuesto “_” o “cargo reordenado” cambian a “documento vigente” o “cargo reordenado”, según corresponda.
  • 34. FORMATO N° 3 RESUMEN CUANTITATIVO DEL CAP PROVISIONAL Entidad: Forma de organización: Naturaleza Denominación del órgano o unidad orgánica o unidad funcional Clasificación Total FP EC SP-DS SP-EJ SP-ES SP-AP RE General Cargos de confianza Contratos Sujetos a Modalidad Ejemplo: Órgano de Asesoramiento Oficina General de Asesoría Jurídica 1 4 2 6 1 Ejemplo: Órgano de Apoyo Oficina General de Administración 1 2 1 4 Total General 11 10 1 Ejemplo: Gobierno Regional de Cusco Denominación completa (Ejemplo: Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente) Solo entidad Tipo B Solo entidad Tipo A cantidad de posiciones de cada unidad de organización y según clasificación Ambas entidades Tipo A o B O + P de cada unidad de organización General + Cargos de confianza + contratos sujetos a modalidad
  • 35. ELABORACIÓN DE INFORME TÉCNICO •La ORH Identifica supuesto y elabora el informe sustentatorio, y consigna la información en los formatos 1,2, 3 y 6. •Sustenta y elabora el cuadro de acciones de reordenamiento, de ser el caso. 1 •La alta dirección de la entidad precisa cantidad de EC y DSLDR en el MCC. La entidad debe respetar los límites porcentuales para EC, conforme lo establece la normativa. 2 •La ORH traslada informe de sustento y formatos a la OPP para opinión técnica. •La ORH eleva la propuesta a Alta Dirección de entidad. 3 •Mediante oficio el titular de la entidad presenta propuesta y Solicita opinión favorable ante SERVIR. 4
  • 36. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA CAP PROVISIONAL Ingreso de la propuesta •El expediente remitido por la entidad a la PE de SERVIR es derivado a la GDSRH para revisión y opinión. GDSRH - SERVIR •Plazo de 30 días para elaborar informe técnico de opinión. •De corresponder, evalúa pedidos de excepción para límite de cargos EC, aprobada mediante Resolución de PE de SERVIR. •Remite el informe técnico con la opinión favorable y anexos a la Presidencia Ejecutiva. •En caso la propuesta tenga observaciones, remite el informe observado a la entidad para su subsanación. PRESIDENCIA EJECUTIVA (PE) SERVIR •Comunica opinión favorable a la entidad, mediante oficio de PE de SERVIR para aprobación y publicación
  • 37. APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN DEL CAP PROVISIONAL La entidad, una vez que cuente con opinión favorable de SERVIR, debe gestionar y publicar su CAP Provisional en atención a los siguientes escenarios: Documento que aprueba la propuesta de CAP Provisional con opinión técnica favorable Entidad que requiere aprobación de propuesta de CAP Provisional Por Resolución Ministerial Gobierno nacional, que incluye ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales adscritos, entidades administradoras de fondos intangibles de la seguridad social empresariales y las empresas del Estado pertenecientes al gobierno nacional. Por Resolución del(la) titular del pliego Poder Judicial, Poder Legislativo, organismos constitucionalmente autónomos y universidades públicas. Por Ordenanza Regional Gobiernos regionales, programas y proyectos especiales adscritos, y las empresas pertenecientes al gobierno regional. Por Ordenanza Municipal Gobiernos locales, programas y proyectos especiales adscritos, y las empresas pertenecientes al gobierno local.
  • 38. ADMINISTRACIÓN DEL CAP PROVISIONAL ORH puede actualizar el CAP Provisional bajo los siguientes supuestos: Designación Otorgamiento de presupuesto para cargos previstos Variación numeral o nominal de cargos Variación en # de posiciones en ocupado o previsto Otras acciones de administración  Los ajustes se aprueban mediante Resolución de ORH, previo informe de la OPP, y formalizados posteriormente por el titular de la Entidad (como máximo al 31 de diciembre del año fiscal).  La administración del CAP Provisional no faculta a la entidad a modificar la cantidad total de cargos y posiciones aprobadas en el CAP Provisional, así como la eliminación de cargos en situación de ocupado, salvo que hubieran devenido en situación de previsto en el transcurso del tiempo
  • 39. Recuerda: Para facilitar a las ORH la elaboración de la propuesta de MCC y CAP Provisional, recomendamos el uso de los formatos y modelos de informe disponibles en: https://www.servir.gob.pe/proceso-de-transito-a-la-lsc/
  • 40. ¡ MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN!